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Aprueban uso de vacuna contra el dengue en la Argentina

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vacuna contra el dengue

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) autorizó el uso de la vacuna contra el dengue desarrollada por el laboratorio japonés Takeda. De esta forma, la aplicación podrá realizarse para todas las personas mayores de 4 años, hayan cursado o no previamente la enfermedad.

Según se informó de manera oficial, con el nombre de TAK-003, la vacuna se basa en el virus del dengue 2, al que se añade ADN de los otros tres serotipos para proteger contra cualquiera de los cuatro tipos de dengue.

La forma de administración de la vacuna -cuyo uso está previsto para zonas endémicas- son dos dosis que deben ser aplicadas en un intervalo de tres meses.

La TAK-003, también conocida como Qdenga, recibió su primera aprobación en agosto de 2022 en Indonesia y posteriormente en la Unión Europea en diciembre de 2022. Luego, le siguieron el Reino Unido en enero de 2023 y recientemente ha sido también aprobada por la Agencia Nacional de Vigilancia Sanitaria de Brasil (Anvisa).

Tras la aprobación de Argentina, el laboratorio japonés establecerá los protocolos de inicio del proceso productivo para el envío de un lote al país. Cuando esto suceda, una vez concluido ese ciclo y siempre siguiendo estándares de calidad y trazabilidad, se estará en condiciones de recibir ese envío para su posterior comercialización en territorio nacional.

En tanto, el Ministerio de Salud de la Nación mantuvo un encuentro con especialistas y expertos para analizar las diferentes vacunas aprobadas contra dengue, o en vías de aprobación, así como estudiar las posibles recomendaciones de implementación de una vacuna contra esta enfermedad.

De la reunión formaron parte representantes del laboratorio Takeda, como del Instituto Butantan de Brasil y del laboratorio Sanofi-Pasteur, quienes presentaron una actualización de los estudios de fase III de sus vacunas contra dengue.

El grupo de expertos y autoridades sanitarias consideraron que, en base a los datos presentados, ninguna vacuna cumple función de bloqueo frente a un brote de dengue como el que tiene lugar actualmente en nuestro país.

En ese sentido, coincidieron en que la mejor estrategia de prevención sigue siendo la participación de la comunidad en cuanto al control y eliminación de criaderos de mosquitos, así como el fortalecimiento de la comunicación de las medidas de prevención para evitar picaduras del Aedes aegypti y el empleo de métodos de aislamiento vectorial (repelentes, espirales, mosquiteros).

Asimismo, consideraron que la mayor carga de enfermedad, que se traduce en sobrecarga del sistema de salud, está vinculada a las formas leves o moderadas que no requieren hospitalización. Por su parte, la tasa de mortalidad y de formas graves es baja, de modo que la incorporación de una vacuna podría pensarse para bajar la carga de enfermedad, y evitar la sobrecarga en el sistema de salud.

Finalmente, los presentes acordaron que, en enfermedades transmitidas por vectores, la vacunación no es ni debe ser la única estrategia de prevención, aun cuando pudiera contarse con vacunas eficaces, seguras y económicas.

Es que, como es sabido, el mismo vector Aedes aegypti es capaz de transmitir otros virus como el zika y el chikungunya, enfermedades para las cuales aún no se cuenta con vacunas.

Brote nacional

Hasta la semana epidemiológica 15 de 2023, es decir, hasta el 15 de abril, se notificaron en el país 56.324 casos de dengue, de los cuales 51.637 adquirieron la infección en la Argentina.

Al momento, la circulación de este virus se ha identificado en la Región Centro (Buenos Aires, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Córdoba, Entre Ríos y Santa Fe), región NEA (Corrientes, Formosa, Chaco y Misiones), región NOA (Catamarca, Jujuy, La Rioja, Salta, Santiago del Estero y Tucumán) y la provincia de San Luis, en la región Cuyo.

Los casos registrados hasta el momento presentan una distribución territorial amplia con un mayor número de casos en las regiones del NOA y Centro, predominado la circulación de DEN-2 y, en menor medida, DEN-1. Esto es una importante diferencia respecto de otros años en los que predominó el DEN-1.


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El gobierno limitó acceso a la información sobre los perros de Milei

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El gobierno le puso un bozal a la información sobre los perros del presidente Javier Milei, que viven en la Quinta de Olivos en una serie de caniles especialmente ambientados.

Un reciente dictamen de la Procuración del Tesoro de la Nación, a cargo del ministro Rodolfo Barra, estableció límites para las solicitudes de acceso a la información sobre el tema y los extendió a cualquier dato que pueda ser considerado parte de la “vida privada” de Milei.

Barra, contestó así un pedido de la secretaria General de la Presidencia, Karina Milei, ante los requerimientos sobre los clones de cuatro patas de su hermano, amparados en la Ley de Acceso a la Información Pública 27.275, y dictaminó que las consultas deben rechazarse por “banales”.

Los perros, a quien Milei llama “mis hijitos de cuatro patas”, fueron desde el día después del triunfo electoral un tema de interés que, incluso, en un determinado momento fue abordado como una cuestión de Estado.

En mayo pasado, un informe de CNN Español mostró cómo fue la clonación de Conan, por la que Milei pagó US$50.000 y de la que resultaron los cinco mastines ingleses que lo acompañan en Olivos.

Banalidades

El dictamen de Barra se ocupó en primer término de aclarar que, según la información que recibió de Karina Milei, los gastos que generaron los perros del presidente no corrieron por cuenta del Tesoro Nacional, y además afirmó que la naturaleza de la información que se solicita corresponde a la “vida privada” del mandatario y no afecta al interés público.

La banalidad misma de la cuestión impone no sólo el rechazo del pedido sino que debería mover a la reflexión acerca del gasto (material y personal) innecesario, inútil e intrascendente que, para el Tesoro, este tipo de solicitudes provoca”, escribió.

“En todos los casos las áreas competentes de la Secretaría General de la Presidencia de la Nación informaron que los gastos vinculados con el acondicionamiento del Sector Casa sustentable, para ser utilizado para caniles y/o los relacionados con el cuidado y manutención de las mascotas, no fueron abonados con fondos del Tesoro Nacional”, indicó.

Barra, reconoció el rango constitucional del acceso a la información pública, ya que promueve la “participación ciudadana” y la “transparencia” en la gestión, aunque más adelante indicó que las consultas ciudadanas recibidas por la oficina de Karina Milei no se corresponden con el espíritu de la ley.

“La consulta que motiva esta intervención -explicó Barra- tiene como antecedente las numerosas peticiones dirigidas a conocer ciertos aspectos vinculados a las mascotas del Presidente de la Nación, tales como, la cantidad, raza, nombre, edad, marca y tipo del alimento que consumen, elementos destinados al cuidado y manutención, incluido su embellecimiento; información vinculada a su estadía en la residencia Presidencial -fecha de ingreso, profesionales afectados a su cuidado pasado y presente, entre otros-, y al origen de los fondos con los que se solventaron las obras destinadas a su alojamiento (caniles)”.

Admitir este tipo de solicitudes -sostuvo Barra- importaría un notorio apartamiento del espíritu y la letra de la Ley, con consecuencias no deseables a la luz del objetivo que persigue el régimen, llevando al absurdo de procesar por dicho procedimiento, pedidos que no involucran cuestiones públicas ligadas a la actividad estatal.”

“La información a la que se hace referencia en el objeto de la consulta no califica como pública, no se justifica su divulgación”, escribió.

“La información que se solicita se refiere a un aspecto de la vida privada y familiar del Señor Presidente de la Nación”, dictaminó Barra y explicó: “Si bien, la Residencia Presidencial de Olivos es una instalación pública, también es el hogar temporal del Presidente y la privacidad de este espacio debe ser respetada”.


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El gobierno aumentó por decreto el salario mínimo en cuotas hasta octubre

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Tras el fracaso de las conversaciones con empresarios y sindicatos, el gobierno nacional estableció por decreto los aumentos del salario mínimo que regirán en los próximos meses, elevando el monto a $254.231,91 pesos en julio y hasta llegar a $271.571,22 en octubre.

Los incrementos fueron instrumentados a partir de la Resolución 13/2024 publicada hoy en el Boletín Oficial y comenzarán a regir desde el próximo mes.

El decreto establece que el salario mínimo, vital y móvil pasará de los actuales $234.315,24 a $254.231,91 en julio, para todos los trabajadores mensualizados que cumplen una jornada legal completa de trabajo. Para los trabajadores jornalizados, en tanto, la hora subirá a $1.271,16.

Desde el 1 de agosto, por su parte, el piso salarial será de $262.432,93 para la jornada laboral y de $1.312,16 por hora para trabajadores jornalizados. Los montos de septiembre, a su vez, serán de $268.056,50 y de $1.340,28, respectivamente.

El último aumento dispuesto en este decreto será en octubre, mes en el cual el mínimo llegará a los $271.571,22, mientras que la hora de trabajo se abonará $1.357,86.

“En ningún caso la prestación mensual podrá ser inferior al 50% del Salario Mínimo Vital y Móvil vigente, ni superior al 100% del Salario Mínimo Vital y Móvil vigente”, se aclaró en la resolución firmada por el gobierno que lidera el presidente Javier Milei.

El más bajo en tres décadas

De acuerdo a un informe del Centro de Investigación y Formación (Cifra) de la Central de los Trabajadores de la Argentina (CTA), que encabeza Hugo “Cachorro” Godoy, el salario mínimo tiene un poder de compra 32,1% menor del que tenía en noviembre del año pasado, ya que “los aumentos nominales sumaron 60,5% respecto de noviembre de 2023, cuando en el mismo período se proyecta acumular una inflación superior al 136%”.

El mismo estudio indicó que en lo que va del año, el salario mínimo en términos reales fue 53,1% menor que en 2015 y está en el nivel “más bajo de las últimas tres décadas”.

Y agregó: “El valor es inferior incluso al vigente durante la mayor parte de la década de 1990. En ese entonces, como ahora, el nivel era tan bajo que este instrumento había perdido su rol como piso salarial, tal como se buscaba desde un gobierno que bregaba por la desregulación y flexibilización del mercado de trabajo”.


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Sturzenegger desmintió extensión de jornada laboral y vuelta del “ticket canasta”

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El ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, desmintió que el gobierno estuviera impulsando la extensión de la jornada laboral y la vuelta de los “tickets canasta”, como publicaron esta semana diarios porteños como El Destape, Crónica y Página/12, y un sinnúmero de medios provinciales, entre los que se cuenta La Voz de Misiones.

FALSO”, se limitó a escribir Sturzenegger en su cuenta de X sobre un artículo de El Destape, que daba cuenta de la información surgida a la par de la reglamentación del capítulo laboral de la Ley Bases y las conversaciones del secretario de Trabajo, Julio Cordero, con representantes de las centrales sindicales y las cámaras empresariales.

La información periodística desmentida por el ministro, sugería que el plan de avanzar en una reforma laboral que reponga figuras jurídicas de los ’90, como los tickets creados por el ministro de Economía de Carlos Menem, Domingo Cavallo, que permitía a las patronales pagar parte de los salarios de sus trabajadores en vales de comida intercambiables en supermercados, está “inspirado” en ideas que Sturzenegger ya plasmó en el mega DNU 70/23, cuyo capítulo laboral fue frenado por un amparo que está a consideración de la Corte Suprema de Justicia.

La idea es ampliar la jornada laboral, de 8 a 12 horas, por convenio colectivo; la vuelta de los tickets y la habilitación de contratos de tipo “intermedio”, que introduzcan nuevas figuras en la relación laboral, como la del “trabajador colaborador”, diseñada para los monotributistas.


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