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Perpetua para Franco Ramos como único autor del femicidio de Marina en 2013

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Franco Jesús Ramos (28), actualmente imputado por el femicidio de la taxista Claudia Benítez (32), fue condenado hoy a la siesta a la pena de prisión perpetua como único autor del asesinato de su concubina Marina Da Silva (19), sentencia que dejó atrás nueve años de impunidad en la causa.

El fallo del Tribunal Penal Dos de Posadas fue dictado minutos antes de las 13.30 y se ajustó al pedido solicitado previamente por el fiscal Vladimir Antonio Glinka, ya que modificó la imputación inicial, condenó solamente a Ramos y absolvió a los otros dos acusados, Juan Ángel “Juancho” Portal (34) y Alejandro “Pili” Da Silva (37), quienes salieron libres del recinto judicial.

La sentencia, que se dio por mayoría, con los votos de los magistrados César Yaya y Gregorio Busse, y la disidencia de Viviana Cukla (subrogante), que se inclinó por declarar nula la acusación, declaró a Ramos autor penalmente responsable del delito de homicidio calificado por haber sido cometido contra una persona con la que mantenía una relación de pareja, previsto por el artículo 80, inciso 1 del Código Penal de la Nación argentino.

Ramos, único autor

La audiencia que culminó con la condena comenzó cerca de las 9, con el alegato del fiscal Glinka, quien apoyado por diapositivas con croquis, mapas e imágenes, expuso durante más de una hora y media el análisis probatorio que lo condujo a solicitar la máxima pena para Ramos.

“Llegó el momento de terminar esta historia y estoy convencido que será con justicia”, avisó el representante del Ministerio Público Fiscal al inicio.

Luego, repasó las dificultades que tuvo el expediente, que alcanzó un total de nueve cuerpos, con más de 120 declaraciones recolectadas en la instrucción y 37 testimonios relevados durante el juicio.

A partir de ahí, Glinka desglosó el caso, exhibiendo un mapa que abarcaba los barrios Cruz del Sur, Nemesio Parma y Campo Bauer, de la zona sur de Posadas, con las distintas escenas de importancia perfectamente señalizadas para que el Tribunal tuviera en cuenta ubicaciones, distancias y recorridos.

El fiscal Glinka durante su alegato ante los magistrados Yaya y Cukla.

Para el fiscal, la historia del crimen comenzó un día antes, es decir, el 20 de diciembre de 2013, cuando Marina le comunicó a Ramos que quería cortar la relación para irse con Portal, su “amante”, compañero de trabajo de su concubino en una olería de la zona e imputado en la causa pero ahora absuelto.

Esa situación generó una gran discusión familiar, de la cual Marina escapó y acudió a la olería para encontrarse con Portal, aunque a la noche regresó a dormir a la vivienda que compartía con Ramos.

“Ese 21 de diciembre Marina se levantó sin saber que no iba a poder ver el atardecer”, anticipó en su relato Glinka.

La hipótesis trazada ahora por el fiscal del tribunal señala que, ese mediodía, Ramos salió junto a Marina en moto y llevaron a la hija de ambos hasta la casa de la abuela materna de la niña.

Posteriormente, entre las 15 y las 16, Ramos ingresó a un trillo que conectaba su casa con el fondo de la olería donde trabajaba y en determinado momento le efectuó dos golpes que le fracturaron el cráneo a la muchacha.

Lo siguiente fue ocultar el cadáver y planificar su coartada. Para ello, regresó a su casa, tomó un alargue y el bolso de un parlante, elementos que utilizó para maniatar a la víctima y atarle una piedra para que el cuerpo se sumerja en el pozo de agua abandonado, donde finalmente fue descartado.

Glinka apoyó su teoría en las diversas declaraciones recolectadas en el juicio, que le permitieron inferir que Ramos mintió respecto a los recorridos que hizo ese día.

Ramos también está imputado en el femicidio de la taxista Claudia Benítez.

Para ello mencionó y marcó en el mapa cada lugar en el cual el acusado fue visto por testigos y resaltó el testimonio de Carlos Rafael Machado, que recordó haber observado cuando Ramos ingresó en moto junto a la víctima al trillo que conducía al pozo donde apareció el cadáver.

Para el fiscal, Ramos hizo todo con el objetivo de que el crimen pareciera haber sido cometido por otro: “Organizó su coartada porque sabía que lo iban a ir a buscar. Fue por eso que inventó que dejó a Marina en el kiosco y, para que pareciera que fue otro, qué mejor que dejar el cuerpo en un pozo en cercanías a la olería donde el amante de la chica esa noche iba a festejar su cumpleaños”, lanzó.

Portal y Da Silva, absueltos

En ese tramo ingresó en la historia Portal, que ese día efectivamente tenía pensado festejar su cumpleaños, aunque luego suspendió la celebración.

Glinka allí avisó que no pudo ubicar en tiempo ni espacio a Portal dentro de la historia del crimen, pero trazó una hipótesis conjetural para “unir cabos”.

“Yo pienso que Portal esa tarde quería festejar su cumpleaños con Marina y salió a buscarla, pero se enteró o vio a ingresar a la chica al trillo junto con Ramos. Yo creo que él fue la persona que desde el día 1 sabía lo que había pasado, pero sabía que iba a estar complicado porque él era el amante; se asustó”, estimó el fiscal.

De allí, desprendió palabras para Pili Da Silva, cercano a Portal y tercer imputado en le causa. “Portal recurrió a su mejor amigo, que además es hermano de quien es la presidenta del barrio hace 14 años, que ayudó en la búsqueda del cuerpo. Es decir, Da Silva le dio una mano a un amigo y se metió en terrible quilombo. Es la única manera de atar cabos sueltos”, agregó Glinka.

Por lo tanto, puntualizó que “si no puedo ubicar a Portal, tampoco puedo ubicar a Da Silva en el hecho y se cae la calificante de concurso premeditado”.

Portal, con la seguridad de quedar libre, abrazado a sus familiares.

Es que el expediente fue elevado a juicio con una hipótesis que planteaba que ese 21 de diciembre los tres imputados asesinaron a Marina durante el festejo de cumpleaños de Portal, pero con lo recolectado en el debate oral, Glinka llegó a la conclusión de que el crimen fue cometido horas antes y que Ramos actuó en completa soledad.

Con ello, modificó su imputación, al acusarlo como único autor de homicidio calificado por el vínculo y femicidio, por lo cual pidió la prisión perpetua para él y la absolución de Portal y Da Silva.

En la continuidad del debate expusieron sus alegatos los abogados defensores, aunque el pedido de absolución de dos acusados acortó los plazos de lo que apuntaba ser una audiencia maratónica.

El único alegato defensivo extenso fue el de los letrados Ángel Casettai y Cristian Leites, quienes consideraron que la acusación contra Ramos estuvo basada “en indicios y conjeturas, pero no hay pruebas”.

“La duda es el actor principal en esta causa”, sostuvo Leites, que agregó que “no hay elementos fácticos para acreditar que Franco haya golpeado a Marina”.

Por ello, solicitaron la absolución de Ramos, lo cual finalmente no prosperó porque el Tribunal falló en consonancia con lo planteado por la fiscalía.

Tras la sentencia, Portal y Da Silva se fundieron en un abrazo con sus familiares. Nueve años de una mochila cargada con una dura acusación que podía conducirlos a prisión por el resto de sus vidas habían acabado.

Ramos, en tanto, oyó todo inmutable, sentado y de brazos de cruzados. Así se mantuvo, incluso, cuando fue interpelado cara a cara por María Cristina Da Silva, madre de Marina, quien le recriminó por el hecho cometido.

“Lo perdono en nombre de mi nieta”

“Le pregunté por qué había hecho lo que hizo. Me dijo que está todo armado, que más tarde se iba a saber la verdad e iba a salir con la cabeza arriba, pero todas las pruebas llevaban a él y yo desde un comienzo sentía en mi corazón que fue él el que le hizo esto a mi hija”, contó luego la mujer en diálogo con la prensa fuera del tribunal.

María Cristina celebró la sentencia, pero criticó la tardanza de la Justicia para arribar a este momento. También sostuvo que “perdona” a Ramos, porque “no puedo criar a una nieta con odio en mi corazón. A pesar de todo, es el padre de mi nieta”.

Los fundamentos del fallo serán comunicados el 1 de febrero del año próximo.

María Cristina, madre de Marina, cara a cara con Ramos tras la sentencia. No hubo incidentes de ningún tipo.

La causa tuvo fecha de juicio en varias oportunidades. La última fue en 2019, pero se suspendió y, ante el vencimiento de la prisión preventiva, todos los acusados fueron excarcelados.

En el medio, se registró el femicidio de la taxista Claudia Benítez, en junio de este año, y Ramos quedó involucrado en la investigación junto al marido de la víctima.

Benítez fue asesinada y descartada en otro pozo de Nemesio Parma, ubicado en cercanías a la cavidad donde en 2013 apareció ultimada Marina. En ese causa, Ramos está procesado con prisión preventiva. La investigación está en manos del Juzgado de Instrucción Siete de Posadas, a cargo del magistrado Miguel Mattos.

Con la sentencia recibida hoy, Ramos deberá purgar un total de 35 años de prisión efectiva. Por el tiempo que ya estuvo en la cárcel, se estima que recién podría solicitar la prisión condicional cerca de 2050.


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Condenan a prisión perpetua a los asesinos de La Noche de los Lápices

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perpetua

En el marco del Juicio por las Brigadas que operaron de manera clandestina en el Sur del Conurbano bonaerense durante los años ‘70, el Tribunal Oral Federal (TOF) de La Plata, sentenció a cadena perpetua a los responsables de la llamada Noche de los Lápices, que desembocó en el secuestro y asesinato de estudiantes secundarios platenses que reclamaban el boleto estudiantil.

Luego de 10 años de juicio, el TOF leyó este martes la pena a prisión perpetua por crímenes de lesa humanidad para el abogado Jaime Lamont Smart, ex ministro de Justicia bonaerense, y el médico Jorge Bergés.

El tribunal, integrado por los jueces Ricardo Basílico, Esteban Rodríguez Eggers, Walter Venditti y Fernando Canero, consideraron que los crímenes fueron cometidos en el marco de un genocidio.

La causa por el secuestro de los 10 estudiantes de la Unión de Estudiantes Secundarios de La Plata (UES) se tramitó en el marco de los juicios a las brigadas bonaerenses 607 crímenes de lesa humanidad.

Desaparecidos

La denominada Noche de los Lápices es uno de los casos más emblemáticos de la lucha por la memoria, la verdad y la justicia en los crímenes de la dictadura cívico militar que asaltó el poder el 24 de marzo de 1976.

En septiembre de aquel año, los grupos de tareas de la policía bonaerense que comandaban el coronel Ramón Camps y el comisario Miguel Etchecolatz secuestraron y enviaron a centros clandestinos de detención a estudiantes secundarios que militaban en distintas organizaciones sociales y estudiantiles.

El 16 de septiembre de aquel año, las patotas policiales secuestraron a 10 estudiantes de la UES que luchaban por el boleto estudiantil.

Los torturaron durante meses en el CCD conocido como Pozo de Banfield. Solo cuatro sobrevivieron y pudieron contar al mundo la terrible historia: Gustavo Calotti, Pablo Díaz, Patricia Miranda y Emilce Moler.

Los otros seis continúan desaparecidos y son parte de los 30.000: Claudio de Acha, María Clara Ciocchini, María Claudia Falcone, Francisco López Muntaner, Daniel A. Racero y Horacio Ungaro.

Desaparecidos: Claudio de Acha, María Clara Ciocchini, María Claudia Falcone, Francisco López Muntaner, Daniel A. Racero y Horacio Ungaro.

 


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Piden enviar a juicio al misionero acusado de liderar red de trata y pedofilia

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Los fiscales que intervienen en la investigación contra el misionero Francisco Rolando “Rolo” Angelotti Notarbartolo (47), acusado de liderar una red dedicada a captar jóvenes en condición de vulnerabilidad en la tierra colorada para luego enviarlos y someterlos a la explotación sexual en Buenos Aires, solicitaron la elevación a juicio del expediente que tiene a otros cuatro imputados, entre ellos Marcelo Corazza, ganador de la primera edición del reality show Gran Hermano.

El requerimiento fue formulado por Carlos Rívolo, titular de la Fiscalía Nacional en loa Criminal y Correccional Federal N.º 2 de Ciudad de Buenos Aires, y Alejandra Mángano, fiscal cotitular de la Procuraduría de Trata y Explotación de Personas (Protex).

En su documento, los fiscales solicitaron que tanto Angelotti como sus consortes de causa responsan en debate oral como acusados por los delitos de “asociación ilícita, trata de personas con fines de explotación sexual, promoción de la prostitución, abuso sexual, corrupción de menores y tenencia de imágenes de abuso sexual infantil”.

Los implicados fueron detenidos el 20 de marzo del año pasado tras una serie de operativos simultáneos ejecutados en Oberá, donde Angelotti residía, y en diferentes puntos de Buenos Aires.

Pero las detenciones fueron gestadas mucho antes, ya que detrás de esos procedimientos hubo una paciente y delicada pesquisa que comenzó en octubre de 2022, cuando un joven de identidad reservada rompió el silencio para denunciar que a comienzos de la década del 2001 fue abusado sexualmente por Corazza, que en ese momento gozaba de fama por ser el primer ganador de la historia de Gran Hermano en Argentina.

A partir de esta denuncia, los investigadores comenzaron a recolectar más testimonios y elementos de prueba que evidenciaron el funcionamiento de aceitada red de trata, cuyo mecanismo consistía en captar víctimas en Misiones, para luego ser abusadas y trasladadas hasta Buenos Aires para ser sometidas a la explotación sexual.

En el requerimiento presentado en las últimas horas, los fiscales Rívolo y Mángano sostuvieron que en base a la información recolectada surge “indubitablemente” que los cinco imputados conformaron “una organización criminal destinada a reclutar varones, en su mayoría menores de edad y en situación de extrema vulnerabilidad, con el fin de forzarlos y someterlos a diversas prácticas de índole sexual, abusarlos y explotarlos sexualmente, promoviendo su corrupción y prostitución”.

En la pesquisa global se analizaron al menos 100 horas de escuchas telefónicas y las transcripciones de esas conversaciones dan cuenta del modus operandi de Angelotti y otros dos imputados identificados como Andrés Fernando Charpenet (54) y Raúl Ignacio Mermet (43).

De ese contenido se desprende, por ejemplo, esta conversación:

– Angelotti: Le dije escuchame… Te llevo ahora a los 18 cuando cumplas (…) Mañana cumple “16″ viste. En dos añitos más, cuando cumpla 18, le dije: “Te llevo a Miami. Vamos a Orlando, Disney. Y me dijo: “Bueno dale, dale, sí de una jaja…”.

– Charpenet: jajaja, claro!

– Angelotti: Olvidate, te quedás con Mickey Mouse. Bueno che, y vos ¿cómo andás con tu mini harem?

– Charpenet: Eh bien, el otro día se me pudrió el rancho jajaja.

– Angelotti: Ah sí, me dijiste, te arreglaste con él.

– Charpenet: Ya todo bien, que sé yo, como que ya me aburrí de los dos.

Luego, aparece otro fragmento donde Angelotti se jacta de sus encuentros con menores de edad.

Esa conversación se da con una persona identificada como “G”, donde se refieren a una fiesta y a sus invitados. Allí, “G” le cuestiona al misionero por estar con menores de edad, pero Angelotti retruca: “Vos me tenés envidia porque te gustaría salir con nenitos de esa edad”.

Los funcionarios judiciales además reconstruyeron que las maniobras delictivas se desarrollaron al menos desde 1999 hasta marzo de 2023, cuando fueron detenidos mediante los allanamientos ejecutados.

Los fiscales consideran que las pruebas reunidas demuestran que para captar a las víctimas Angelotti se apoyaba en maniobras de seducción y engaño utilizando aplicaciones de citas.

En ese rol también ubicaron más tarde a Leandro Aguiar, un ladero de Angelotti que fue detenido en agosto del año pasado tras un allanamiento concretado en el barrio Yacyretá de Posadas.

Y en el avance de la pesquisa el misionero, que en Oberá primero tuvo un ciber, luego administró unos boliches y finalmente ofrecía un pizzas a domicilio, e incluso participó como chef jurado en un torneo de asado, también acumuló acusaciones por abusos sexuales perpetrados contra varios de los mismos chicos que a su vez entregaba a los clientes de la red.

Incluso, en su momento, La Voz de Misiones confirmó que en la tierra colorada, más precisamente en Apóstoles, el implicado enfrentó otra acusación por violar a un adolescente del pueblo.

La denuncia fue radicada en 2005 y la causa fue tramitada ante el Juzgado de Instrucción Cuatro de Apóstoles, por aquel entonces a cargo del magistrado José Antonio Reyes (luego destituido por otro caso), pero con el tiempo el expediente ingresó en un proceso marcado por medidas dilatorias e inhibiciones y finalmente habría sido cajoneada.

Ahora su suerte es bien diferente. Angelotti permanece detenido en una celda dentro del Complejo Penitenciario Federal de Ezeiza y está pronto a tener que ocupar un lugar en el banquillo de los acusados por una serie de delitos que podrían significarle varios años más de encierro.

Engaño y violación: la denuncia contra Angelotti hace 18 años en Apóstoles


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Rechazan domiciliaria a represor misionero condenado por lesa humanidad

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represor misionero

En vísperas al Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia, la Sala II de la Cámara Nacional de Casación rechazó un pedido de prisión domiciliaria presentada por Bernardo “El Ángel” Caballero (68), un ex militar misionero condenado en 2022 a 20 años de prisión por delitos de lesa humanidad perpetrados durante la última dictadura.

La resolución fue alcanzada por mayoría, mediante los votos de los jueces Alejandro Slokar y Ángela Ledesma, en tanto que Guillermo Yacobucci se inclinó por pedir informes al Cuerpo Médico Forense antes de adoptar una decisión.

De esta manera, el máximo tribunal penal del país resolvió desestimar el pedido planteado por la defensa de Caballero para morigerar sus condiciones de detención y lograr que el ex militar continúa cumpliendo el resto de su pena de su domicilio particular.

En el fallo, además, el magistrado Slokar consideró que “la liberación anticipada de una persona condenada por crímenes de lesa humanidad, con fundamentos contrarios a estándares internacionales, constituye un agravio a las víctimas, pues las puede exponer a violencia, revictimización e intimidación”.

En otro punto, el voto de mayoría sostiene que “los crímenes de esta laya resultan imprescriptibles, no pasibles de indulto ni amnistía, tampoco puede conmutarse o reducirse la respuesta punitiva impuesta”, subrayando que en caso contrario “se ingresaría nuevamente en un pasaje de impunidad que se ha desandado paulatinamente durante los últimos 20 años a partir de la incorporación de los Derechos Humanos al bloque de constitucionalidad”.

De esta forma, Caballero, que es uno de los pocos represores que se encuentran detenidos, continuará privado de su libertad y cumpliendo la pena de 20 años de cárcel impuesta en 2022 por el Tribunal Oral en lo Criminal Federal N.º 1 de San Martín, provincia de Buenos Aires, en el marco del juicio por la denominada “Megacausa de Campo de Mayo”, donde hubo otros 18 imputados.

Caballero era custodio en El Campito, un centro clandestino de detención donde el nivel de sobrevivencia se estima que fue menor al 1%.

De San Ignacio a Campo de Mayo, de Bernardo a El Ángel

El militar retirado, nacido en San Ignacio el 4 de octubre de 1955, fue condenado como autor de los delitos de allanamiento ilegal (24 casos); robo agravado por el uso de armas de fuego (5 casos); privación ilegal de la libertad cometida por abuso funcional agravada por el empleo de violencias y amenazas (9 casos); privación ilegal de la libertad cometida por abuso funcional doblemente agravada por el empleado de violencia y amenazas y por su duración de más de un mes (43 casos); imposición de tormentos agravador por ser la víctima un perseguido político (52 casos).

El misionero pasa sus días y noches en una celda de la Unidad Penal 34 de Campo Mayo, dependiente del Servicio Penitenciario Federal (SPF), es decir que ahora purga su pena en el mismo donde operó, custodiando detenidos y siendo parte de grupos operativos o “patotas” durante la dictadura militar. 

Según contó el propio imputado durante una declaración indagatoria vertida telemáticamente desde la misma cárcel en la jornada 90 del juicio oral, Caballero pisó Campo de Mayo por primera vez a los 16 años, cuando comenzó la escuela militar.

Una vez egresado, fue destinado a la Escuela de Caballería y en 1976 -a los 20 años- fue designado a cumplir funciones al Departamento II del Comando de Institutos Militares de Campo de Mayo.

Es allí donde se produjeron los hechos por los cuales finalmente fue condenado. Caballero, identificado por testigos de la causa como “El Ángel”, era custodio del centro clandestino de detención “El Campito”, ubicado dentro de la guarnición militar de Campo de Mayo, un predio de 4.000 hectáreas con distintos recintos para alojamiento y tortura de presos políticos. Se estima que más de 6.000 personas pasaron por allí y el nivel sobrevivencia fue menor al 1%.


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