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Misionero nexo entre proveedores y jefes narcos fue condenado por segunda vez

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Un misionero que operaba como nexo entre proveedores y jefes narcos fue condenado a seis años de prisión en Córdoba y acumuló su tercera condena -la segunda por narcotráfico-, por lo que ahora deberá purgar tras las rejas una pena única de diez años de cárcel.

El involucrado en esta historia narcocriminal es Gustavo Gabriel González (42), actualmente detenido pero con último domicilio radicado en el barrio Néstor Kirchner de Posadas y quien ya registra otra condena por narcotráfico impartida en 2020 por el Tribunal Oral Federal de Salta.

El posadeño fue recientemente juzgado en la provincia de Córdoba junto a otros siete integrantes de una banda imputada por delitos de asociación ilícita, confabulación, comercialización y transporte de estupefacientes, entre otros.

Según pudo reconstruir La Voz de Misiones en base a documentos recabados, la causa tuvo su inicio en marzo de 2014, cuando los investigadores federales posaron la lupa sobre una banda liderada por Juan Francisco “Gordo Loly” Britos, un hombre con presuntos vínculos con Héctor Alejandro “El Patrón” Gallardo, un sindicado capo de una organización narco acusada de tres homicidios en la zona comprendido en el límite entre las provincias de Santa Fe y Córdoba.

En el marco de la pesquisa contra Britos apareció el nombre del misionero González, quien -según la investigación- operaba como nexo en proveedores y compradores de marihuana.

En esta causa se ventilaron tres hechos, pero el que terminó condenando a González derivó de la incautación de casi 300 kilogramos de marihuana, carga que él había gestionado su compra y organizado su envío desde Paraná hasta Córdoba, donde iba a quedar en manos de la empresa criminal adjudicada a Britos.

El ardid finalmente se llevó adelante entre los días 20 y 24 de noviembre de 2014 y la carga de 276,992 kilogramos de marihuana en total, fue transportada en una Chevrolet S-10 robada pero con documentaciones adulteradas hasta una vivienda en el barrio Talleres Este de Córdoba, donde finalmente arribaron los agentes de Gendarmería Nacional Argentina (GNA) que ya venían siguiendo a la banda a través de labores de vigilancia y escuchas telefónicas.

A partir de los elementos recabados en la pesquisa, el Tribunal Oral Federal Uno de Córdoba decidió condenar a González a la pena de seis años de prisión como autor de los delitos de comercialización de estupefacientes y encubrimiento agravado por el ánimo de lucro.

Sin embargo, el misionero deberá purgar un total de diez años de prisión, dado que el tribunal decidió unificar su pena teniendo en cuenta otro fallo en su contra dictado en 2020 por el Tribunal Oral Federal de Salta en el marco de otra investigación narcocriminal y en donde su función dentro de la operación fue prácticamente la misma.

La causa salteña

En su prontuario González suma otra dos condenas. Una fue de dos años de prisión en suspenso dictada en agosto de 2014 por Tribunal Penal Uno de Posadas por robo con escalamiento en grado de tentativa y otra de nueve años de cárcel impartida en marzo de 2020 por el mencionado tribunal federal salteño.

Esa causa investigada por autoridades judiciales salteñas fue producto del desprendimiento de una pesquisa local, en la cual un arrepentido aportó datos de una organización que operaba enviando droga desde Misiones hasta Córdoba, donde los líderes del grupo impartían órdenes desde la cárcel.

Allí el nombre de González -nuevamente libre después de la causa de 2014 iniciada en Córdoba- volvió a aparecer y el hombre cumplía la misma función dentro de la estructura criminal: ser el nexo entre los proveedores (esta vez en Paraguay) y los compradores (en Córdoba) de la droga y cabecillas de la maniobra.

El expediente vinculado a ese caso consigna que efectivos de la GNA volvieron a efectuar escuchas telefónicas y vigilancia encubierta, labores mediante las cuales pudieron determinar que en febrero de 2017 la banda iba a preparar el envío de una tonelada de marihuana desde Misiones hasta Córdoba.

En principio, el envío iba a ser de 500 kilogramos de cannabis sativa, pero luego apareció otro “inversor” que aportó el dinero suficiente como para poder llevar adelante la operación por una tonelada y de una sola vez.

Según reconstruyó en el juicio el fiscal Carlos Amad, el dinero -$100.000 en aquel entonces- llegó a manos del misionero González, quien pagó la carga procedente de Paraguay y se encargó de coordinar los preparativos para el transporte, para lo cual tenía listo un camión con un doble fondo acondicionado en la caja.

Sin embargo, la plan se frustró por un desperfecto mecánico que llevó al conductor del cambión abandonar todo y escapar. El rodado fue hallado e incautado a un costado de la ruta nacional 12, a la altura de la localidad de Eldorado, con más de una tonelada de marihuana oculta.

El camión abandonado con una tonelada de marihuana fue incautado el 19 de febrero de 2017 en Eldorado.

Después de ello, uno a uno fueron cayendo los involucrados en la frustrada maniobra, develando que los sindicados líderes del grupo, Juan Marcos Ríos y Roberto “Ñoño” Aguirre, ya estaban presos en distintas unidades penales de Córdoba y que González nuevamente aparecía vinculado al ardid.

El hecho fue ventilado en juicio y el 10 de marzo de 2020 el Tribunal Oral Federal de Salta impartió sentencia, condenando a González a la pena de nueve de prisión por el delito de transporte de estupefacientes agravado por el número de participantes, en tanto que otros acusados recibieron condenas de hasta 12 años de encierro.

Durante el proceso de investigación penal, el misionero negó tener vinculación con la carga de una tonelada de marihuana hallada en el camión abandonado, pero los instructores del expediente -entre otras conclusiones- sostuvieron que “González sería un referente para el desarrollo de las actividades ilícitas que se venían planificando, por cuanto era “conocedor” de diferentes personas vinculadas al narcotráfico”, teniendo como prueba de ello el contenido de las interceptaciones telefónicas realizadas.

fallo - condena gonzález

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El 8 de mayo se reiniciará el juicio contra acusado de balear a su ex pareja

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juicio balear ex pareja

El Tribunal Penal Uno de Posadas fijó para el próximo 8 de mayo el reinicio del debate oral contra Manuel Rivero (59), acusado de balear a su ex pareja en un grave episodio de violencia de género registrado a fines de 2016 en el barrio San Marcos de la capital provincial.

El juicio contra el hombre imputado por los delitos de “homicidio calificado por el vínculo en grado de tentativa y homicidio simple en grado de tentativa (dos hechos) y portación ilegal de arma de fuego en concurso real en carácter de autor” había comenzado el 26 de febrero, pero un día después y luego de la declaración de la víctima, el proceso debió ser suspendido ante un diagnóstico de dengue en el juez Ángel Dejesús Cardozo, que presidía el tribunal.

Después de ello, el plazo de 10 días previsto para su reanudación venció y, en consecuencia, las autoridades judiciales decidieron declarar la nulidad de todo lo actuado en esas primeras dos audiencias realizadas, ante lo cual ahora el proceso debe comenzar de cero.

De esta manera, tanto Rivero, como las partes intervinientes y los testigos volvieron a ser citados para comparecer ante el tribunal para que el debate oral vuelva a comenzar el próximo 8 de mayo.

Según la información recopilada por La Voz de Misiones, el tribunal volverá a estar integrado por los magistrados Cardozo (presidente), Viviana Cukla y Gustavo Bernie, aunque ya está previsto que en caso de ausencia de uno de ellos será el juez Gregorio Busse (del Tribunal Penal Dos de Posadas) quien ocupe el lugar en carácter de subrogante legal.

Las audiencias realizadas en febrero fueron suspendidas ante un cuadro de dengue en el juez Cardozo (al centro).

Audiencias nulas

En el juicio que finalmente fue declarado nulo, Rivero se abstuvo de brindar una declaración formal sobre los hechos que le imputan y sólo se limitó a decir “soy responsable del hecho, pero de ese momento no me acuerdo nada”.

En la segunda jornada, en tanto, declaró Elisa de Souza, víctima y que además actúa como querellante particular en la causa.

Ante los presentes, la mujer relató minuto a minuto lo que sucedió durante esa mañana del 14 de diciembre de 2016 cuando fue sorprendida en su casa por Rivero, quien la persiguió hasta la calle y le disparó a matar en tres oportunidades con un revólver calibre 22 milímetros marco Doberman.

“Me acuerdo que me levanté a las 6, preparé a los chicos (sus hijos) y los acompañé a la parada porque tenían que ir a la terminal para encontrarse con su papá (Rivero). Cuando volví me senté a tomar mate en el hall, escuché un ruido y cuando miré para atrás estaba Rivero. Tenía un arma en la mano, me miraba y se reía” recordó De Souza.

Y entre lágrimas continuó: “Le pregunté qué hacía y me respondió: ‘Sabés lo que voy a hacer, te voy a matar, porque si no sos mía, no sos de nadie’. Ahí entendí la gravedad de lo que pasaba y corrí por la puerta de atrás. Salí a la calle, no sabía qué hacer”.

Fue después de eso que De Souza escapó por las calles del barrio hasta llegar a una parada de colectivos donde intentó refugiarse detrás de un joven, pero ambos fueron baleados por Rivero, que posteriormente se dio a la fuga y más tarde incluso escapó de una comisaría posadeña.

Tanto la mujer como el muchacho de la parada sobrevivieron al ataque, aunque De Souza quedó con severas secuelas de movilidad en uno de sus brazos.

Ahora, toda la causa deberá volver a ser ventilada el 8 de mayo, cuando se reinicie el proceso oral ante el Tribunal Penal Uno y el caso pueda encontrar resolución después de más de ocho años.


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Condenan por tenencia simple a misionera que tenía un growshop en la Patagonia

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growshop

Una joven misionera que administraba un growshop en Tierra del Fuego fue condenada por el delito de “tenencia simple de sustancias estupefacientes” en el marco de una causa que revistió mayor gravedad al inicio ya que la investigación comenzó tras la intoxicación de varios estudiantes secundarios que consumieron un brownie con marihuana.

La muchacha, de 25 años y oriunda de Posadas, recibió una pena de 3 años de prisión de suspenso, ante lo cual no irá a la cárcel, aunque sí deberá cumplir una serie de restricciones y reglas de conducta impuestas por el Tribunal Oral Federal (TOF) de Tierra del Fuego.

La misma sentencia alcanzó a un fueguino de 30 años, aunque lo recibido por ambos imputados fue considerablemente menor a la pena que tenían en expectativa bajo la acusación con la cual llegaron a instancia a juicio, que era por “comercialización de sustancias estupefacientes agravado por haberse producido en perjuicio de menores de edad”, lo que pudo haber significado una sanción más severa con prisión efectiva. 

Para dimensionar el caso hay que remontarse a mediados de 2022, época en la cual la mujer administraba un emprendimiento de artículos cannábicos llamado Chalaland 420, que recibía pedidos a Instagram y entre los productos ofrecidos habían tortas de marihuana. 

Justamente, una adolescente de la localidad de Río Grande adquirió uno de esos postres y lo llevó al colegio para compartir con sus compañeros, aunque cinco de ellos resultaron intoxicados tras su consumo, lo que generó un gran revuelo en la ciudad. 

Consecuencia de ello, un padre radicó una denuncia y eso disparó la investigación que finalmente dejó a la misionera involucrada a la causa federal que ahora se resolvió mediante la firma de un juicio abreviado.

Tras quedar detenida, uniformados locales allanaron el departamento de la joven posadeña en el barrio Chacra 2 de Río Grande e incautó plantas de marihuana, entre otros elementos como semillas y macetas. 

En la continuidad de la pesquisa, en tanto, se determinó que los productos gastronómicos elaborados no contenían THC -componente psicoactivo del cannabis- y tampoco no se detectó presencia de sustancias estupefacientes en los exámenes médicos practicados a los estudiantes.

Con estos elementos sobre la mesa y ante la imposibilidad de comprobar todos los hechos contemplados en la acusación inicial, la Justicia alivianó la imputación de los dos involucrados y solo les atribuyó el delito de “tenencia simple de estupefacientes”, ante lo cual recibieron 3 años de prisión en suspenso.


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El STJ redujo la pena a joven que chocó y mató tras un after en Posadas

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STJ zielinski

El Superior Tribunal de Justicia (STJ) decidió reducir la pena impuesta a Matías Ezequiel Zielinski (24), el joven que en 2019 chocó y mató luego de un after sobre la avenida Quaranta de Posadas, que ahora en vez de 4 años de prisión efectiva recibió 3 en suspenso, ante lo cual podrá recuperar la libertad en la próximas horas.

El fallo, firmado ayer, fue alcanzado por mayoría, con el voto preponderante del magistrado Jorge Antonio Rojas, al cual adhirieron luego sus pares Rosanna Pía Venchiarutti Sartori, María Laura Niveyro, Froilán Zarza y Cristian Marcelo Benítez, mientras que Juan Manuel Díaz, Roberto Rubén Uset y Ramona Beatriz Velázquez tuvieron una opinión disidente. 

De esta manera, el máximo órgano judicial de la provincia hizo lugar de manera parcial al recurso de casación presentado por la defensa del imputado, confirmando por un lado la calificación legal y autoría del hecho por parte del joven automovilista, pero reduciendo el monto de pena impartido.

En consecuencia, el STJ resolvió condenar a Zielinski a la pena de 3 años de prisión en suspenso como autor de “homicidio culposo agravado y lesiones culposas agravadas”, ante lo cual podrá recuperar la libertad con restricciones o patrones de conducta que deberán ser establecidas por el mismo tribunal que lo condenó tras el juicio realizado a fines de 2022.

Dicho debate fue realizado ante el tribunal unipersonal presidido por la magistrada Marcela Leiva, titular del Juzgado Correccional y de Menores Uno de Posadas, que en ese momento condenó al joven a 4 años de prisión efectiva, tras lo cual el imputado fue trasladado a la Unidad Penal I de Loreto.

Pena reducida

En su voto, que terminó siendo decisivo en la resolución dispuesta por el STJ, el camarista Jorge Antonio Rojas consideró que existen atenuantes a favor del implicado como para no cumplir su pena en contexto de encierro. 

En primer lugar, reconoció que el joven actuó de manera negligente e imprudente, pero remarcó que el delito es de tipo culposo, es decir, que no tuvo intención de provocar ni la muerte de un acompañante, ni las graves lesiones de otro. 

Rojas también ponderó la corta edad del joven (19 años al momento del hecho), como así también su estilo de vida (buen concepto, trabajador, vínculos familiares), su falta de antecedentes y la conducta ajustada a derecho tomada tras el siniestro, sin obstaculizar ni esquivar el proceso penal.

“Por todo ello, considero justa la aplicación de una pena de tres años de prisión cuya ejecución será dejada en suspenso, fundando el mismo criterio en la “personalidad moral del condenado, su actitud posterior al delito, los motivos que lo impulsaron a delinquir, la naturaleza del hecho…” según lo que establece el art. 26 del CP”, planteó Rojas.

Y añadió: “No dejo de ponderar que se trata de la primer condena por un delito de naturaleza culposa y que se trata de un hombre que contribuye con el trabajo de su padre al sustento familiar, no luciendo así el monto y modalidad de cumplimiento efectivo de la pena la más acertada, atento a que dicho encierro habrá de segregarlo de la sociedad y de su grupo familiar, todo con las secuelas negativas que de ello derivaría”.

En esa línea, propuso que ahora sea el tribunal de juicio el encargado de fijarle al condenado las restricciones que considere apropiadas para que Zielinski curse el último tramo de su pena en libertad, advirtiendo que en caso de incumplirlas el beneficio será revocado. 

De esta manera, ahora el expediente deberá regresar a manos de la jueza Marcela Leiva para que disponga de estos nuevos considerandos y una vez resuelto el trámite el muchacho recuperará la libertad tras 15 meses preso.

Choque y muerte

El hecho por el cual Zielinski fue condenado se produjo el 24 de febrero de 2019, cerca de las 11, sobre la avenida Quaranta, frente a la planta de colectivos de la empresa Río Uruguay.

Según lo que se pudo reconstruir, esa mañana Zielinski estaba en un denominado “after” en una casa del barrio Itaembé Miní hasta que tomó sin permiso las llaves del Toyota Corolla de un conocido y junto a dos acompañantes identificados como Alberto Rubén Galeano (31) y Juan Alejandro Báez (30) acudieron a un kiosco para comprar más bebidas. A la vuelta se produjo el siniestro.

El momento exacto del accidente fue captado por cámaras de seguridad. En las imágenes se observa la circulación a gran velocidad y en forma zigzagueante del Corolla sobre la avenida Quaranta (en dirección desde la Rotonda hacia el Aeropuerto) hasta que se cruzó de carril y terminó impactando contra un colectivo urbano.

Como consecuencia de la colisión, Galeano perdió la vida en el acto y Báez resultó con severas heridas en distintas partes del cuerpo.

En el juicio se estableció, además, que el implicado condujo el rodado en exceso de velocidad y alcoholizado.

En ese marco, la fiscal interviniente en el debate, María Laura Álvarez, solicitó una pena de 5 años de prisión “por homicidio culposo y lesiones agravados doblemente por exceso en el consumo de alcohol y exceso de velocidad” contra el automovilista, aunque la jueza Leiva decidió otorgar un año menos y ahora el STJ redujo aún más la pena.

FOTO: El Territorio.


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