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Apelaciones confirmó la preventiva para Cristaldo por el crimen de Dani Tizato

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La Cámara de Apelaciones en lo Penal y de Menores de la provincia de Misiones confirmó el procesamiento con prisión preventiva de Richard Arnaldo Cristaldo (45) por el asesinato del adolescente César Daniel Tizato (15) en San José y el expediente avanza hacia su elevación a juicio con el profesor de artes marciales como único acusado del delito de “homicidio agravado por alevosía”, que prevé una pena de prisión perpetua.

La resolución en la que el tribunal de revisión rechazó una apelación defensiva y confirmó todo lo actuado por el magistrado Miguel Ángel Faría, titular del Juzgado de Instrucción Cuatro de Apóstoles, fue firmada y notificada en las últimas horas, según consignaron fuentes consultadas por La Voz de Misiones.

Dicho órgano judicial debió intervenir en el caso luego de que la defensa de Cristaldo, encabezada por el abogado particular José Antonio Reyes, apelara el dictado de la prisión preventiva firmada en mayo y solicitara la nulidad de la causa y el consecuente sobreseimiento del imputado.

Sin embargo, ahora la cámara se expidió y decidió rechazar el planteo, confirmando todas las actuaciones del juez Faría en el marco de la investigación del crimen que sacudió a la tranquila localidad de San José en agosto de 2020.

De esta forma, se comienzan a disipar todas las dudas e idas y vueltas que se habían apoderado del caso en un primer momento y ahora el expediente se encamina ahora hacia su elevación a juicio, donde un tribunal penal deberá determinar la responsabilidad del imputado.

La causa

Richard Cristaldo, también conocido como Pelado o La Grulla, era vecino de Tizato y fue la última persona que vio con vida al adolescente.

La investigación del hecho reconstruye que el 30 de agosto de 2020, entre las 10 y las 14, ambos fueron a cazar al predio de La Rosita (en San José), pero luego Cristaldo regresó solo, mientras que el adolescente permaneció desaparecido hasta el 2 de octubre, cuando su cadáver en estado de descomposición fue hallado semi-sumergido en una laguna de agua estancada, con piedras colocadas intencionalmente dentro de sus prendas para evitar que saliera a flote. En su tráquea se detectaron partículas de origen vegetal, lo que indica que aún vivía cuando fue arrojado al cauce.

Tizato desapareció el 30 de agosto de 2020 y su cuerpo fue hallado el 2 de octubre en un estancamiento de agua.

De inmediato, las sospechas se centraron en Cristaldo, que durante los primeros días de búsqueda aseguró que mientras regresaban del campo Tizato se quedó con otras personas, versión que nunca pudo ser corroborada con elementos probatorios.

Con el profesor de artes marciales detenido, el juzgado avanzó en medidas de prueba.

La autopsia estableció que se trató de una muerte violenta, relacionada a una lesión efectuada con un elemento punzo-cortante que pudo tratarse de un cuchillo o un destornillador, y también se notificó del hallazgo de un medio perfil genético correspondiente a un tercero en el cuerpo de la víctima.

Estas dos aristas fueron clarificadas en los últimos meses mediante nuevas pericias tanto balísticas como genéticas, que ayudaron a corregir el rumbo de la investigación, precisaron las fuentes de LVM.

Es que el cotejo genético de las muestras halladas en el cuerpo de Tizato y el ADN de Cristaldo dio negativo, lo cual derivó en su liberación por falta de mérito y en la detención de Telmo P. (27), otro vecino de San José que había sido apuntado como sospechoso por el profesor de artes marciales.

Sin embargo, el estudio de histocompatibilidad también dio negativo en Telmo, lo cual derivó en su liberación y la causa quedó sin detenidos por unos meses.

Dudas aclaradas

La pericia que volvió a encaminar la pesquisa fue un estudio efectuado sobre las prendas de Tizato, la cual determinó que la campera del adolescente presentaba dos perforaciones en una zona compatible con la ubicación de la lesión punzo-cortante detectada en el cuerpo.

El juez Faría ordenó profundizar sobre esa arista y las siguientes pericias esclarecieron el punto. Se determinó, entonces, que esos orificios eran compatibles con disparos de arma de fuego y, no sólo eso, sino que dichos vestigios además podían corresponderse a las municiones del rifle tipo carabina incautada en la casa de Cristaldo durante un allanamiento.

De esta manera, la mecánica del crimen quedó determinada y los elementos recolectados volvían a poner a Cristaldo bajo la lupa, aunque faltaba clarificar la cuestión relacionada al ADN negativo.

Definir este punto fue posible mediante un último informe de genética forense, donde un perito especializado explicó que, por las características del medio ADN o ADN parcial hallado en el cuerpo de Tizato, las muestras no necesariamente debían corresponderse a un tercero directo, sino que pudo haber sido una muestra con “mezclas” genéticas producidas por diversos factores como, por ejemplo, el uso de prendas en la víctima, materiales usados en los diversos procedimientos del caso o del “ambiente” donde fue hallado el cadáver.

Dani Tizato tenía 15 años. Fue asesinado de un disparo y luego arrojado en un estancamiento de agua con piedras entre sus prendas para que no saliera a flote.

Con todas estas conclusiones sobre la mesa, el juez Faría luego volvió a ordenar a la detención de Cristaldo y en mayo pasado le dictó la prisión preventiva por homicidio agravado por alevosía, que prevé una pena de prisión perpetua.

Respecto a la calificación legal, en su resolución Faría consideró que Cristaldo se valió de su superioridad física y colocó a Tizato en un contexto de completa indefensión al llevarlo a un lugar descampado y alejado de sus padres, sin posibilidad de pedir auxilio.

Toda esta “reorientación” de la causa mediante las diversas pericias ordenadas fue avalada ahora por la Cámara de Apelaciones, que rechazó la apelación de la defensa y confirmó el procesamiento de Cristaldo, que continuará detenido en la Unidad Penal VII de Cerro Azul.

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Caso Guirula: el fiscal pidió perpetua para dos de los seis policías imputados

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Guirula perpetua

Después de nueve audiencias, la ex oficial ayudante Lourdes Beatriz Tabarez (42) quebró en lágrimas. Lo hizo esta mañana, mientras oía al fiscal Vladimir Glinka formular un pedido de prisión perpetua en su contra como una de las máximas responsables de la muerte del albañil Carlos Guirula, ocurrida el 19 de mayo de 2014 durante un procedimiento policial que comenzó por disturbios en un motel y que culminó en la comisaría Decimotercera de Posadas. No fue el único planteo.

Para Glinka, tanto Tabarez como el cabo Ricardo Rafael Escobar (42) fueron los autores de los pisotones y los puntapiés que provocaron las lesiones que derivaron en la muerte de la víctima, por lo que pidió prisión perpetua para ambos como responsables del delito de “tortura seguida de muerte”, previsto por el artículo 144 ter, inciso 2 del Código Penal de la Nación.

En cuanto a los otro cuatro ex policías que llegaron a juicio, el fiscal los acusó a uno de ellos por haber participado de las vejaciones con el lanzamiento de un gas pimienta y a los restantes por no haber intercedido para impedir las agresiones de sus camaradas, lo que encuadraría en omisión.

En detalle, solicitó 7 años de prisión para el cabo primero Lucas Nahuel Saravia Allosa (37); 6 años y 6 meses para el oficial subayudante Carlos Alberto Zidorak (35) y para el sargento primero Claudio Marcelo Servián: y, por último, 6 años para el agente Carlos Alberto Da Silva (34). Los pedidos además incluyen una inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos en todos los acusados.

Tabarez era la de mayor de jerarquía y la encargada del procedimiento que culminó con una muerte.

“Operativo policial catastrófico”

En su alegato de casi dos horas, el representante del Ministerio Público Fiscal calificó el hecho como “un operativo policial catastrófico” e hizo un repaso cronológico del caso, desde el disturbio que derivó en el llamado a la Policía, hasta la llegada de los patrulleros, el traslado del detenido hacia la comisaría y el “punto oscuro” de una hora donde sostuvo que los implicados se dedicaron a ocultar pruebas. 

En base a testimonios recolectados, Glinka sostuvo que esa noche Guirula estaba borracho (con 3,0 gramos de alcohol por litro de sangre, según pericias), pero desacreditó las versiones que lo ubicaban como “violento”, “agresivo” e “incontrolable”. “No era un Goliat”, resumió.

“Se puso denso para no pagar sí, pero no es cierto que los encargados se tuvieron que armar con un palo para defenderse. No hubo violencia. No pegó, ni golpeó a nadie y pagó su deuda. Si a las 3.15 se iban todos a dormir, hoy no estaba nadie acá”, planteó.

Glinka reconstruyó que el primer patrullero (Toyota Hilux, móvil 3-423), integrado por Tabarez como encargada, Servian como chofer y Da Silva como acompañante, llegó al motel de Santa Catalina y Andresito a las 3.18, cuando Guirula ya había abonado las dos petacas de whisky que le reclamaban y se aprestaba a retirarse del lugar junto a sus amigos en el auto de uno de ellos.

“El propio encargado del motel contó que el problema ya estaba solucionado y pidió disculpas por el llamado a la Policía, pero Tabarez dijo ‘no importa, lo llevamos detenido igual. Se fijó en él”, recordó, aunque mencionó que Guirula se resistió a ser aprehendido, lo que derivó en el pedido de otro tres patrulleros que llegaron como refuerzos.

El fiscal Glinka e imágenes de la reconstrucción del hecho, donde se recreó de qué manera Tabarez pisó en la cabeza a Guirula.

En ese punto, Glinka hizo un paréntesis, marcó un punto de inflexión y reforzó su postura: “Es verdad que Guirula se opuso y estuvo mal. Pero cuando le pusieron las esposas se terminó el procedimiento. Todo lo que vino después de ser esposado es delito y los acusados deben responder por ello”.

A partir de ahí desarrolló la parte central de su teoría del caso. El fiscal dio por acreditado que con la víctima esposada y en el suelo, Tabarez la pisó la cabeza primero y luego le aplicó al menos cuatro patadas.

Sobre Escobar, apuntó que también efectuó patadas al detenido y lo acusó de ir “saltando” sobre la espalda de la víctima durante el traslado del hombre hacia la comisaría en la caja de la Toyota Hilux. 

Asoció, además, las mecánicas de esas agresiones con los resultados de la autopsia y vinculó el accionar de Tabarez con el edema cerebral y las tres fracturas costales que perforaron el pulmón izquierdo de Guirula.

Para Glinka, los saltos de Escobar sobre la víctima ocasionaron la fractura lineal de seis cosquillas del lado derecho y se basó en los forenses para concluir que cada una de esas lesiones por separado ya revestían carácter de letal, aunque era atendibles en caso de recibir una asistencia médica urgente.

A Saravia Allosa, por su parte, le adjudicó el lanzamiento de gas pimienta contra la víctima, como así también la omisión de no haber impedido las agresiones de Tabarez y Escobar, misma responsabilidad que le atribuyó a los otros tres imputados.

También planteó que después de constatar la muerte de Guirula los acusados llevaron adelante una serie de acciones para ocultar pruebas del caso, como lavar el patrullero, limpiar vestigios de sangre e iniciar ellos mismos la investigación del hecho. 

Como cierre de su alegato, Glinka consideró que los acusados “no estaban capacitados” para ejercer como policías, cuestionó la actitud de camaradería que todavía impera entre uniformados y reclamó un proceso más “estricto” para la selección de agentes dentro de la fuerza.

Escobar y más atrás Saravia Allosa, otro de los imputados en la causa.

Vías alternativas de la defensa

A continuación, expuso el defensor oficial Mario Ramírez en representación de la oficial Tabarez. El letrado contrapuso lo desarrollado por Glinka y ofreció cuatro vías posibles para resolver el proceso sin que su defendida reciba prisión perpetua.

Ramírez arrancó su exposición con un video con un compilado de diferentes procedimientos donde se observan agentes policiales de diferentes lugares en tareas para reducir a un detenido. “Esto es como para tener un contexto, porque es muy fácil decir cómo debe actuar un policía con el diario del lunes”, señaló.

A diferencia de Glinka, Ramírez sí consideró que Guirula actuó con violencia aquella noche del hecho, sumado a que resaltó sus características físicas (1,80 metros de alto y casi 100 kilogramos), como así también su potencia como albañil.

“Él si fue violento esa noche y también es una realidad que entre tres no pudieron detener a un tipo. Guirula era un albañil que levantaba bolsas de cemento como cajas de pizza”, ilustró.

También pidió tener en cuenta que “debajo de los uniformados hay personas” y consideró que en el procedimiento hubo un “un desorden y un componente emocional”.

Por último, reconoció y cuestionó: “Hubo golpes, hubo lesiones, hubo incumplimiento, sí. Pero el artículo 144 (tortura seguida de muerte) es sumamente grave y forzado. Estamos ante un debate de tipicidad y de desproporcionalidad de la pena”.

Los imputados llegaron libres al juicio pero ahora aguardan el fallo en “arresto preventivo” por decisión del tribunal presidido por Gregorio Busse.

Ante ese panorama, como planteo principal solicitó que el caso sea considerado como “lesiones en riña” (artículo 95), al entender que contra Guirula hubo varios agresores y no está claro quien efectuó el golpe determinante.

De prosperar esto, Ramírez entendió que a Tabarez debía dársele por cumplida la pena por los años que ya estuvo presa durante la instrucción de la cusa y quedar en inmediatamente en libertad tras el dictado de la sentencia. 

En forma subsidiaria, solicitó aplicar el artículo 80, inciso 9 (homicidio en abuso de su función), atenuando por emoción violenta.

La tercera opción que trazó sería enmarcar el caso como un “ejercicio excesivo de la fuerza”, contemplado por el artículo 35, mientras que, por último, solicitó que se mantenga la acusación por tortura pero en concurso real con abandono de persona seguido de muerte, pero que en ese caso su defendida mantenga su libertad hasta tanto el fallo quede firme.

El debate continuará mañana, a partir de las 8.30, con los demás alegatos defensivos. Una vez culminada esas exposiciones, el Tribunal Penal Dos, presidido por el magistrado Gregorio Busse, decidirá cuándo dar el veredicto.

Mientras tanto, los seis acusados continuarán alojados en diferentes unidades penitenciarias, cumpliendo así con “la medida administrativa de arresto preventivo” ordenada por Busse en la previa a los alegatos.

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El juicio contra los docentes Gurina y Sánchez comenzará el 25 de noviembre

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El juicio contra los docentes Gurina y Sánchez comenzará el 25 de noviembre

La Justicia de Misiones estableció nuevas fechas para el juicio contra los docentes y sindicalistas, Leandro Sánchez y Mónica Gurina, quienes están acusados de “desobediencia judicial” y “obstrucción del libre tránsito” por su participación en la protesta multisectorial sobre la avenida Uruguay de Posadas, entre mayo y junio de 2024.

El debate oral se realizará los días 25, 26 y 27 de noviembre, luego de que el inicio previsto para el 15 de octubre fuera suspendido a pedido de la defensa y de diversas organizaciones sociales, con el objetivo de garantizar un espacio con mayor capacidad para la asistencia del público.

La Justicia hizo lugar al pedido de la defensa, encabezada por el abogado Eduardo Paredes, y dispuso que las audiencias se realicen en el Palacio de Justicia de Misiones, desde las 8.

Sánchez, secretario general de la Unión de Trabajadores de la Educación de Misiones (Utem), y Gurina, secretaria general de la CTA Misiones, son referentes del sector docente y sostienen que el proceso judicial en su contra representa un intento de “criminalizar la protesta social”.

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Policías imputados en el caso Guirula aguardarán la sentencia detenidos

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caso guirula

En la antesala de los alegatos que comenzarán mañana, el Tribunal Penal Dos de Posadas dispuso hoy que los seis ex policías imputados por la muerte del albañil Carlos Raúl Guirula (34) aguarden el dictado de la sentencia privados de su libertad.

A través de su presidente Gregorio Busse, el tribunal que también lo integran los jueces Fernando Verón y Miguel Mattos, comunicó que la decisión obedece a un “medida meramente administrativa para garantizar el proceso” y sostuvo que la disposición no equivale a una prisión preventiva sino a un “arresto preventivo”.

El fiscal Vladimir Glinka acompañó la postura, mientras que las defensas se opusieron e incluso el letrado Federico Tilli planteó un recurso de revocatoria que fue rechazado por el tribunal tras un breve cuarto intermedio.

De esta manera, los seis imputados fueron esposados y trasladados a unidades penitenciarias donde quedarán alojados hasta el dictado de la sentencia, resolución que podría darse este viernes.

Como paso previo se dará inicio mañana la ronda de alegatos, donde el primero en exponer será el fiscal Glinka, quien ya adelantó que tiene por probada su teoría del caso y podría solicitar duras penas para los imputados.

La causa tiene siete imputados por “tortura seguida de muerte y ocultamiento de pruebas”, figura bajo la cual pueden ser recibir prisión perpetua. Los acusados son Lourdes Beatriz Tabarez (42); Claudio Marcelo Servian; Carlos Alberto Da Silva (35); Ricardo Rafael Escobar (42); Carlos Alberto Zidorak (35); y Lucas Nahuel Saravia Allosa (37).

Todos habían llegado a esta instancia en libertad en virtud del vencimiento de sus prisiones preventivas, aunque iniciado el juicio tuvieron una consigna policial y ahora fueron arrestados preventivamente.

El hecho ocurrió el 19 de julio de 2014, cuando el albañil Guirula fue detenido por disturbios en el motel Park de Posadas y trasladado a la comisaría Decimotercera, aunque llegó muerto. La autopsia determinó que el deceso se produjo como consecuencia de una suma de lesiones como un traumatismo de cráneo y fractura de costillas que le perforaron un pulmón.

El juicio comenzó el 21 de octubre. Desde ese día hasta acá declararon más de 20 testigos y cuatro de los imputados, quienes cruzaron incriminaciones.

Los imputados Da Silva y Zidorak apuntaron contra Tabarez y Escobar por golpes, patadas y pisotones efectuados contra Guirula, que aquella madrugada del 19 de julio de 2014 llegó muerto a la comisaría Decimotercera tras ser detenido en el motel Park de Posadas.

Sobre Escobar incluso señalaron que “iba saltando” sobre el cuerpo del albañil tendido en la cajuela del patrullero Toyota Hilux en el que se realizó el traslado hacia la seccional. El apuntado también pasó frente al tribunal y admitió haber “apoyado el pie” sobre el hombre, aunque afirmó que lo hizo “sin ejercer presión” y “por motivos de seguridad”.

FOTO: Marcelo Rodríguez – El Territorio.

Caso Guirula: personalidad “psicopática” en Tabarez y sangre en el patrullero

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