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El gobierno aumenta 5% jubilaciones y eleva el mínimo a 19 mil pesos

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La jubilación mínima subió más del 35% en lo que va del año y más del 75% de los beneficios previsionales le gana a la inflación, confirmó Cafiero.

En las vísperas del debate por el proyecto de ley de una nueva fórmula de movilidad, el Gobierno anunció un aumento del 5%, el cual regirá a partir de diciembre. Se trata del cuarto incremento que el Poder Ejecutivo aplica por decreto en lo que va del año.

El jefe de gabinete, Santiago Cafiero, y la titular de la Anses, Fernanda Raverta, fueron los encargados de informar la última actualización, que eleva el haber mínimo a $19.035.

Asimismo, también se verán alcanzadas por esta suba las Pensiones No Contributivas, la Asignación Universal por Hijo, la Asignación Universal por Embarazo y las asignaciones familiares.

Así, la jubilación mínima acumulará un incremento del 35,5% en todo el año, una cifra superior al alza de precios proyectado para el 2020 (32%).

Según precisó Raverta, “el 70% de los jubilados y jubiladas le ganará a la inflación”. Este último segmento –que abarca a la mayoría de los beneficiarios- tuvo un aumento mayor por el pago de distintos bonos a la largo del primer cuatrimestre.

Otro dato que se desprende de la actualización dispuesta por el Gobierno es que los haberes mínimos finalizarán el año con un aumento superior al promedio de las negociaciones paritarias firmadas a lo largo del año.

Hasta octubre, unos 3,7 millones de puestos de trabajo recibió aumentos salariales establecidos por la paritaria 2020, de acuerdo al Ministerio de Trabajo. La cifra representa el 84% del total del empleo asalariado privado encuadrado en convenios de trabajo de más de 10.000 trabajadores.

El aumento salarial promedio ponderado según la cantidad de trabajadores alcanzados por cada convenio- punta a punta (diciembre 2019 a diciembre 2020)- es del 33%, e incorporando los incrementos salariales retroactivos de 2019 que se pagaron o se están pagando.

Así, las jubilaciones mínimas se aseguran una suba por empalme en diciembre que supere la inflación, a la espera de la aplicación de la nueva fórmula en marzo bajo una actualización semestral.

En diciembre de 2019 y enero de este año se pagaron dos bonos de $ 5.000. En marzo, las jubilaciones recibieron un aumento fijo del 2,3% más un bono de $ 1.500, mientras que en abril hubo otro bono de $ 3.000.

Luego, en junio, se decretó una actualización del 6,12% para todas las jubilaciones, mientras que en septiembre fue del 7,5%.

“Estamos contentos de poder contar esta noticia, Arrancamos con la mínima de $ 14.000 y nos comprometimos a reparar ese daño. Fijamos la gratuidad de los remedios, y un haber promedio invierte el 30% de sus ingresos en medicamentos. Además congelamos las tarifas”, subrayó la titular de Anses.

Además, destacó que con el aguinaldo de fin de año, un jubilado que gana la mínima cobrará poco más de $ 28.000.

De esta manera, el Gobierno también sorteó posibles jurídicos, ya que pudo concretar el empalme con la nueva fórmula de movilidad.

Cabe recordar que la propuesta del oficialismo prevé un aumento semestral en marzo, por lo cual podría haber surgido una contradicción legal al verse obligado a pagar una suba en diciembre.

Tras la suspensión de la fórmula sancionada durante el gobierno de Mauricio Macri a principios del corriente año, los haberes se ajustaron por decreto y los jubilados de la mínima (4,4 millones) recuperaron más de 5% de su capacidad de compra mientras que más del 80% de los beneficiarios tuvieron un aumento superior a la inflación, según datos oficiales.

Respecto al proyecto, Cafiero afirmó que “aún se está trabajando en la redacción del texto, luego ingresará al Congreso y se terminará debatiendo en sesiones extraordinarias”, según informó El Destape.

De acuerdo al organismo previsional, habría dos subas semestrales con la nueva ley en 2021: una en marzo del 11,9% y otra del 18,2% en septiembre.

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La Corte declaró inconstitucional el uso estatal de datos personales

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Misiones DNU corte suprema

La Corte Suprema de Justicia de la Nación resolvió que organismos públicos no pueden utilizar teléfonos o correos electrónicos de ciudadanos sin autorización y anuló artículos de la ley de datos personales al considerar que vulneran la privacidad y la autodeterminación informativa.

El tribunal, con las firmas de Horacio Rosatti, Ricardo Lorenzetti y el conjuez Daniel Bejas, sostuvo que no existe interés legítimo que justifique un sistema de almacenamiento y circulación de datos personales sin conocimiento de sus titulares.

Además, declaró inválidos artículos de la ley 25.326 que habilitaban el intercambio de información entre organismos estatales sin consentimiento, al considerar que esas excepciones resultan excesivas e injustificadas y afectan garantías constitucionales.

En ese sentido, advirtió que la amplitud de la norma permitía al Estado eludir casi siempre la exigencia de autorización, lo que vaciaba de contenido la protección de los datos personales.

El fallo se dictó al hacer lugar a una acción de habeas data presentada por una jubilada contra el Estado Nacional, tras un convenio que permitió a la Anses ceder información a la Secretaría de Comunicación Pública para difundir contenidos oficiales.

El caso se originó cuando la demandante cuestionó el uso de su información para fines distintos a los que motivaron su entrega, al señalar que no deseaba recibir comunicaciones oficiales ni ser objeto de contactos reiterados.

En disidencia, el ministro Carlos Rosenkrantz y la conjueza Beatriz Aranguren propusieron rechazar el recurso del Estado y dejar firme la sentencia previa sin pronunciarse sobre la constitucionalidad de la norma.

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La CGT pidió la nulidad del fallo que devolvió vigencia a la reforma laboral

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CGT

La Confederación General del Trabajo (CGT) pidió la nulidad del fallo que devolvió la vigencia de la reforma laboral del gobierno de Javier Milei y recusó a los camaristas Víctor Arturo Pesino y María Dora González, quienes suspendieron la medida cautelar que en marzo había frenado 83 artículos de la Ley 27.802.

La central obrera elevó una presentación de 25 páginas a la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, argumentando que la resolución “violenta la verdad jurídica” y que la sala actuante no tenía competencia en el caso.

“Hubo una manifiesta parcialidad hacia el Estado nacional”, denunció Cristian Jerónimo, uno de los integrantes del triunvirato que conduce la CGT. “Acabamos de recusar a los jueces por la aberrante suspensión de la cautelar y después la obscenidad que acaban de cometer al otro día, cuando en el Boletín Oficial se publicó la extensión de cinco años más para uno de los jueces”, puntualizó, en referencia a Pesino.

“El beneficio que recibió Pesino generó un manto de duda y de sospechas” que la central obrera “no va a dejar pasar”, advirtió.

El escrito pide la “nulidad absoluta” de la resolución dictada el 23 de abril último, que tuvo un carácter suspensivo de la cautelar y objeta la intervención de la Sala VIII, afirmando que, para respetar las reglas procesales, debió intervenir la Sala I.

“Si la Sala VIII hubiera respetado los pasos procesales para consentir su actuación, esta parte hubiera tenido oportunidad de advertirle que carecía de competencia por la prevención inicial de la Sala I; pero no se nos dio tiempo”, dijo Jerónimo.

El texto, presentado por el abogado Pablo Topet, sostiene que “debe ser la Sala I la que deba resolver la nulidad porque la Sala VIII, que violó las disposiciones procesales, es la que dictó el acto inválido, emitió opinión y prejuzgó y, tal vez lo más relevante, evidenció una manifiesta parcialidad hacia el Estado nacional”.

Sobre Pesino, el escrito señala que su participación en la causa “está viciada por haber recibido un beneficio de importancia por parte del Estado nacional”, tal como es la postergación para jubilarse, y afirma que su “inaceptable intervención (…) constituye no solo una conducta contraria a la ética, también una causa objetiva de apartamiento de acuerdo a las reglas de la ley adjetiva”.

“Los magistrados que suscribieron con rapidez la sentencia interlocutoria que se impugna, deben apartarse de una causa que tomaron ‘para sí’ sin competencia”, argumenta la presentación.

La reforma laboral mileísta se sancionó hace dos meses en el Senado, con los votos de los misioneros Carlos Arce y Sonia Rojas Decut, del Frente Renovador Neo, y Martín Goerling, del PRO Misiones.

 

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Inflación en aumento: marzo dio 3,4%, la cifra más alta en doce meses

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El Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (Indec) informó esta tarde que la inflación de marzo fue de 3,4%, convirtiéndose en la cifra mas alta en los últimos doce meses. 

Esta cifra elevó a 9,4% el índice de inflación acumulado en los primeros tres meses del año, llegando pisar el 10%, que era el porcentaje proyectado para todo el 2026 según el presupuesto aprobado por el gobierno nacional. 

Los mayores aumentos fueron en educación con un 12,1% y en transporte con 4,1% a nivel nacional. En el análisis de los aumentos por región, el índice de la zona noreste se ubicó por encima de lo registrado a nivel nacional con 4,1%. 

Los rubros dentro de esas provincias que sufrieron un mayor crecimiento en porcentaje fueron Educación con 22,7% y en Vivienda, agua, electricidad, gas y otros combustibles con 9,7%. 

En relación al mes anterior el porcentaje de suba en Equipamiento y mantenimiento del hogar mantuvieron una variación de 1,3% a nivel nacional convirtiéndose en el rubro con menor inflación.

En contraposición a las variaciones de los últimos tres meses, donde la sección que contempla Prendas de vestir y Calzados, es el rubro con la menor aumento llegando a un nivel nacional 2,6 % mientras que en la región de Cuyo el índice de precios registra un 1,9% de aumento. 

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