Nacionales
Viuda de Escobar, su hijo y Chicho Serna serán juzgados por lavar dinero narco
Además, otras seis personas serán juzgadas por lavado unos 3.000.000 de dólares y 1.700.000 pesos proveniente de la venta de drogas.
BUENOS AIRES. La viuda del narcotraficante Pablo Escobar Gaviria, su hijo, el ex futbolista colombiano Mauricio “Chicho” Serna y a otras seis personas serán sometidas a juicio como acusados de lavar unos 3.000.000 de dólares y 1.700.000 pesos provenientes de la venta de drogas mediante inversiones inmobiliarias realizadas entre 2008 y 2017 en Argentina, entre ellas en el emblemático Café de los Angelitos.
Según informó hoy el Ministerio Público Fiscal (MPF) de la Nación a través de su página web, el juez federal 3 de Morón, Néstor Barral, resolvió elevar la causa a la etapa de debate oral.
Esta resolución coincidió con lo solicitado en agosto último por el fiscal federal 1 de dicho departamento judicial, Sebastián Basso, y el titular de la Procuraduría de Narcocriminalidad (Procunar), Diego Iglesias.
Entre los nueve acusados que irán a juicio están la viuda de Escobar Gaviria, María Isabel Santos Caballero (59); el hijo de ambos, Juan Sebastián Marroquín Santos (42); y el ex futbolista “Chicho” Serna (52), a quienes se les atribuye haber realizado un aporte “esencial” para inyectar en el país fondos del narcotraficante José Bayron Piedrahita Ceballos (60), vinculado al líder del Cartel de Medellín.
Antes de elevar el caso a juicio, el magistrado rechazó los planteos de oposición y de sobreseimiento realizados por parte de las defensas.
El MPF les imputa a Piedrahita Ceballos, al abogado argentino Mateo Corvo Dolcet (55), a María de los Ángeles Verta (53), a María Gabriela Sánchez (50) y a Pedro Antonio Ruíz (58), haber integrado “una asociación criminal de corte internacional que operó en el territorio argentino desde al menos 2008 -fecha en la que se detectaron las primeras inyecciones de fondos- hasta el 29 de septiembre de 2017”.
Para los pesquisas, esta organización se dedicaba a “poner en circulación en el sistema financiero local bienes provenientes de maniobras de tráfico ilícito de estupefacientes que cometió el ciudadano colombiano Piedrahita Ceballos por fuera del país, específicamente en la República de Colombia y en los Estados Unidos de América, con el objeto de otorgarles apariencia lícita”.
Con ese fin, la banda llevó a cabo “actos tales como la conversión, la transferencia, la administración, la venta, el gravamen, la disimulación, entre otros medios idóneos” y mediante distintas empresas logró ingresar al sistema financiero argentino “sumas que alcanzaron los -cuanto menos- 3.081.164 dólares y 1.713.035,15 pesos”.
Por otro lado, los fiscales atribuyen a la viuda e hijo de Escobar Gaviria “haber efectuado un aporte de naturaleza esencial para el cumplimiento de los objetivos criminales de la estructura ilícita mencionada”.
Similar acusación pesa sobre Serna, a quien se acusa de “haberle entregado a Piedrahita Ceballos, a un precio irrisorio y ficticio, los derechos posesorios de un inmueble situado en el paraje denominado El Campito -actualmente identificado como Club de Campo San Diego-, y dos lotes del Barrio Terravista SA, los cuales tenía bajo su propiedad, pero pertenecían realmente al ex jefe de la Oficina de Envigado Carlos María Aguilar”.
Finalmente, se le imputa a Esteban Adrián Delrio (59) el haber puesto en circulación en el sistema financiero local bienes provenientes de maniobras de tráfico ilícito de estupefacientes desplegadas por Piedrahita Ceballos, también en Colombia y los Estados Unidos.
El devenir del expediente permitió establecer que este colombiano y su entorno tenían contactos con el grupo económico que lideraba Corvo Colcet quien, a través de un conjunto de sociedades comerciales, canalizaría y administraría los fondos provenientes del narcotráfico en emprendimientos inmobiliarios en Pilar y servicios de bar/confitería, entre ellos en la explotación de “El Café de los Angelitos” de Balvanera, que fue allanado en 2017.
Mientras que el 25 de marzo último, el juez Barral dispuso que el predio “Pilar Bicentenario”, afectado a esta causa sea entregado al Municipio de ese partido del norte del conurbano para establecer un centro de diagnóstico de Covid-19.
En tanto, hace un año, el mismo magistrado había dispuesto el procesamiento con prisión preventiva del principal acusado junto a un embargo de 200 millones de pesos.
De acuerdo al MPF, Piedrahita Ceballos “fue señalado como una persona que ocupaba cargos jerárquicos dentro de todas las estructuras criminales que integró desde –cuanto menos- los años 90, y podríamos presumir que fue esa predilecta ubicación la que le permitió conocer a Escobar Gaviria”.
“Tengamos en cuenta que ese mismo posicionamiento fue el que a posteriori le permitió escalar en las altas esferas del Cartel de Cali, y laborar junto a los hermanos Rodríguez Orejuela”, añadieron los fiscales en aquel entonces.
Nacionales
La Corte declaró inconstitucional el uso estatal de datos personales
La Corte Suprema de Justicia de la Nación resolvió que organismos públicos no pueden utilizar teléfonos o correos electrónicos de ciudadanos sin autorización y anuló artículos de la ley de datos personales al considerar que vulneran la privacidad y la autodeterminación informativa.
El tribunal, con las firmas de Horacio Rosatti, Ricardo Lorenzetti y el conjuez Daniel Bejas, sostuvo que no existe interés legítimo que justifique un sistema de almacenamiento y circulación de datos personales sin conocimiento de sus titulares.
Además, declaró inválidos artículos de la ley 25.326 que habilitaban el intercambio de información entre organismos estatales sin consentimiento, al considerar que esas excepciones resultan excesivas e injustificadas y afectan garantías constitucionales.
En ese sentido, advirtió que la amplitud de la norma permitía al Estado eludir casi siempre la exigencia de autorización, lo que vaciaba de contenido la protección de los datos personales.
El fallo se dictó al hacer lugar a una acción de habeas data presentada por una jubilada contra el Estado Nacional, tras un convenio que permitió a la Anses ceder información a la Secretaría de Comunicación Pública para difundir contenidos oficiales.
El caso se originó cuando la demandante cuestionó el uso de su información para fines distintos a los que motivaron su entrega, al señalar que no deseaba recibir comunicaciones oficiales ni ser objeto de contactos reiterados.
En disidencia, el ministro Carlos Rosenkrantz y la conjueza Beatriz Aranguren propusieron rechazar el recurso del Estado y dejar firme la sentencia previa sin pronunciarse sobre la constitucionalidad de la norma.
Nacionales
La CGT pidió la nulidad del fallo que devolvió vigencia a la reforma laboral
La Confederación General del Trabajo (CGT) pidió la nulidad del fallo que devolvió la vigencia de la reforma laboral del gobierno de Javier Milei y recusó a los camaristas Víctor Arturo Pesino y María Dora González, quienes suspendieron la medida cautelar que en marzo había frenado 83 artículos de la Ley 27.802.
La central obrera elevó una presentación de 25 páginas a la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, argumentando que la resolución “violenta la verdad jurídica” y que la sala actuante no tenía competencia en el caso.
“Hubo una manifiesta parcialidad hacia el Estado nacional”, denunció Cristian Jerónimo, uno de los integrantes del triunvirato que conduce la CGT. “Acabamos de recusar a los jueces por la aberrante suspensión de la cautelar y después la obscenidad que acaban de cometer al otro día, cuando en el Boletín Oficial se publicó la extensión de cinco años más para uno de los jueces”, puntualizó, en referencia a Pesino.
“El beneficio que recibió Pesino generó un manto de duda y de sospechas” que la central obrera “no va a dejar pasar”, advirtió.
El escrito pide la “nulidad absoluta” de la resolución dictada el 23 de abril último, que tuvo un carácter suspensivo de la cautelar y objeta la intervención de la Sala VIII, afirmando que, para respetar las reglas procesales, debió intervenir la Sala I.
“Si la Sala VIII hubiera respetado los pasos procesales para consentir su actuación, esta parte hubiera tenido oportunidad de advertirle que carecía de competencia por la prevención inicial de la Sala I; pero no se nos dio tiempo”, dijo Jerónimo.
El texto, presentado por el abogado Pablo Topet, sostiene que “debe ser la Sala I la que deba resolver la nulidad porque la Sala VIII, que violó las disposiciones procesales, es la que dictó el acto inválido, emitió opinión y prejuzgó y, tal vez lo más relevante, evidenció una manifiesta parcialidad hacia el Estado nacional”.
Sobre Pesino, el escrito señala que su participación en la causa “está viciada por haber recibido un beneficio de importancia por parte del Estado nacional”, tal como es la postergación para jubilarse, y afirma que su “inaceptable intervención (…) constituye no solo una conducta contraria a la ética, también una causa objetiva de apartamiento de acuerdo a las reglas de la ley adjetiva”.
“Los magistrados que suscribieron con rapidez la sentencia interlocutoria que se impugna, deben apartarse de una causa que tomaron ‘para sí’ sin competencia”, argumenta la presentación.
La reforma laboral mileísta se sancionó hace dos meses en el Senado, con los votos de los misioneros Carlos Arce y Sonia Rojas Decut, del Frente Renovador Neo, y Martín Goerling, del PRO Misiones.
Nacionales
Inflación en aumento: marzo dio 3,4%, la cifra más alta en doce meses
El Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (Indec) informó esta tarde que la inflación de marzo fue de 3,4%, convirtiéndose en la cifra mas alta en los últimos doce meses.
Esta cifra elevó a 9,4% el índice de inflación acumulado en los primeros tres meses del año, llegando pisar el 10%, que era el porcentaje proyectado para todo el 2026 según el presupuesto aprobado por el gobierno nacional.
Los mayores aumentos fueron en educación con un 12,1% y en transporte con 4,1% a nivel nacional. En el análisis de los aumentos por región, el índice de la zona noreste se ubicó por encima de lo registrado a nivel nacional con 4,1%.
Los rubros dentro de esas provincias que sufrieron un mayor crecimiento en porcentaje fueron Educación con 22,7% y en Vivienda, agua, electricidad, gas y otros combustibles con 9,7%.
En relación al mes anterior el porcentaje de suba en Equipamiento y mantenimiento del hogar mantuvieron una variación de 1,3% a nivel nacional convirtiéndose en el rubro con menor inflación.
En contraposición a las variaciones de los últimos tres meses, donde la sección que contempla Prendas de vestir y Calzados, es el rubro con la menor aumento llegando a un nivel nacional 2,6 % mientras que en la región de Cuyo el índice de precios registra un 1,9% de aumento.
#DatoINDEC#IPC: la división con mayor alza mensual en marzo de 2026 fue Educación (12,1%); y la de menor, Equipamiento y mantenimiento del hogar (1,3%) https://t.co/ALtx4h5Sbd pic.twitter.com/n7aRYFVFA5
— INDEC Argentina (@INDECArgentina) April 14, 2026
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