Nacionales
El peronismo se encaminaba a aprobar un repudio al “golpe de Estado” en Bolivia
Cambiemos limitó su proyecto a condenar las intervenciones políticas y militares. Pero quedó en minoría. Macri pretendía que ni se hablara de “golpe”.
BUENOS AIRES (Diarios y agencias). Sin el apoyo del macrismo, el pronunciamiento de repudio “al golpe de estado en Bolivia” iba camino a ser aprobado por la mayoría peronista en Diputados, ya que no hubo acuerdo entre los bloque
Ya se había anticipado que el oficialismo se abstendría de votar el texto del PJ a pesar de haber presentado un proyecto que condenaba lo sucedido con Evo Morales.
El presidente Mauricio Macri logró que sus legisladores evitaran referirse a la salida de Evo Morales como “un golpe de Estado”, pero no evitó que repudiaran la intervención militar que lo obligó a dimitir el domingo.
El debate interno entre el PRO y la UCR demoró la sesión de la Cámara de Diputados e impidió que acordaran una declaración conjunta con el resto de la oposición y casi se frustre.
Es que los legisladores de Cambiemos no llegaron a sus bancas cuando había pasado una hora de la citación y Emilio Monzó bien podría haber suspendido la sesión, pero prefirió esperar hasta que se reunieran 129.
Ni bien comenzó, pidió un cuarto intermedio para negociar un texto común entre los bloques pero no fue posible y el secretario parlamentario Eugenio Inchausti leyó las tres declaraciones: la del Gobierno, la de la oposición y la de Evolución, el bloque de Martín Lousteau, que no estaba para firmar.
El de Cambiemos no menciona golpe de Estado y repudia las irregularidades en las elecciones del 20 de octubre y es bastante más duro que las definiciones de Macri y Faurie por estos días, con letra de los radicales con experiencia diplomática que integran el bloque.
Dice: “Ratificar el compromiso con la cláusula democrática de la OEA y el protocolo de Usuahia del Mercosur, repudiar los ataques contra el sistema democrático, sufridos por el Estado Plurinacional de Bolivia, las condenables intervenciones policiales y militares en el proceso político, como así también las gravísimas alteraciones a la voluntad popular que desembocaron en el anuncio de una nueva convocatoria a elecciones nacionales.
Rechazar cualquier golpe contra la democracia y cualquier tipo de violencia, apoyando las autoridades constitucionales y la alternancia democrática”.
“Abogar por el inmediato restablecimiento pleno del Estado de derecho que garantice la paz en el pueblo de Bolivia a través de la convocatoria y realización de elecciones con total transparencia y la vigencia irrestricta a sus normas constitucionales”, termina el texto firmado por los tres jefes de bloque: Mario Negri (UCR), Álvaro González (PRO) y Maximiliano Ferraro (Coalición Cívica).
El segundo párrafo de los fundamentos sienta una postura que tampoco se escucha en el palacio San Martín: “Es particularmente preocupante que reaparezcan en nuestro continente injerencias directas de las fuerzas armadas propiciando la renuncia de autoridades civiles”.
El del peronismo es escueto porque buscó ser consensuado por todo el recinto, pero no fue posible. “Expresar su profundo repudio al golpe de Estado perpetrado el 10 de noviembre de 2019 en el Estado plurinacional de Bolivia, que obligó al presidente Evo Morales y a otros funcionarios a renunciar”, dice el primero de los tres párrafos.
El de Carla Carrizo y Teresita Villavicencio, aliadas de Lousteau, cuestiona el golpe de Estado en Bolivia y las “prácticas electorales” fraudulentas.
Nacionales
La Corte declaró inconstitucional el uso estatal de datos personales
La Corte Suprema de Justicia de la Nación resolvió que organismos públicos no pueden utilizar teléfonos o correos electrónicos de ciudadanos sin autorización y anuló artículos de la ley de datos personales al considerar que vulneran la privacidad y la autodeterminación informativa.
El tribunal, con las firmas de Horacio Rosatti, Ricardo Lorenzetti y el conjuez Daniel Bejas, sostuvo que no existe interés legítimo que justifique un sistema de almacenamiento y circulación de datos personales sin conocimiento de sus titulares.
Además, declaró inválidos artículos de la ley 25.326 que habilitaban el intercambio de información entre organismos estatales sin consentimiento, al considerar que esas excepciones resultan excesivas e injustificadas y afectan garantías constitucionales.
En ese sentido, advirtió que la amplitud de la norma permitía al Estado eludir casi siempre la exigencia de autorización, lo que vaciaba de contenido la protección de los datos personales.
El fallo se dictó al hacer lugar a una acción de habeas data presentada por una jubilada contra el Estado Nacional, tras un convenio que permitió a la Anses ceder información a la Secretaría de Comunicación Pública para difundir contenidos oficiales.
El caso se originó cuando la demandante cuestionó el uso de su información para fines distintos a los que motivaron su entrega, al señalar que no deseaba recibir comunicaciones oficiales ni ser objeto de contactos reiterados.
En disidencia, el ministro Carlos Rosenkrantz y la conjueza Beatriz Aranguren propusieron rechazar el recurso del Estado y dejar firme la sentencia previa sin pronunciarse sobre la constitucionalidad de la norma.
Nacionales
La CGT pidió la nulidad del fallo que devolvió vigencia a la reforma laboral
La Confederación General del Trabajo (CGT) pidió la nulidad del fallo que devolvió la vigencia de la reforma laboral del gobierno de Javier Milei y recusó a los camaristas Víctor Arturo Pesino y María Dora González, quienes suspendieron la medida cautelar que en marzo había frenado 83 artículos de la Ley 27.802.
La central obrera elevó una presentación de 25 páginas a la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, argumentando que la resolución “violenta la verdad jurídica” y que la sala actuante no tenía competencia en el caso.
“Hubo una manifiesta parcialidad hacia el Estado nacional”, denunció Cristian Jerónimo, uno de los integrantes del triunvirato que conduce la CGT. “Acabamos de recusar a los jueces por la aberrante suspensión de la cautelar y después la obscenidad que acaban de cometer al otro día, cuando en el Boletín Oficial se publicó la extensión de cinco años más para uno de los jueces”, puntualizó, en referencia a Pesino.
“El beneficio que recibió Pesino generó un manto de duda y de sospechas” que la central obrera “no va a dejar pasar”, advirtió.
El escrito pide la “nulidad absoluta” de la resolución dictada el 23 de abril último, que tuvo un carácter suspensivo de la cautelar y objeta la intervención de la Sala VIII, afirmando que, para respetar las reglas procesales, debió intervenir la Sala I.
“Si la Sala VIII hubiera respetado los pasos procesales para consentir su actuación, esta parte hubiera tenido oportunidad de advertirle que carecía de competencia por la prevención inicial de la Sala I; pero no se nos dio tiempo”, dijo Jerónimo.
El texto, presentado por el abogado Pablo Topet, sostiene que “debe ser la Sala I la que deba resolver la nulidad porque la Sala VIII, que violó las disposiciones procesales, es la que dictó el acto inválido, emitió opinión y prejuzgó y, tal vez lo más relevante, evidenció una manifiesta parcialidad hacia el Estado nacional”.
Sobre Pesino, el escrito señala que su participación en la causa “está viciada por haber recibido un beneficio de importancia por parte del Estado nacional”, tal como es la postergación para jubilarse, y afirma que su “inaceptable intervención (…) constituye no solo una conducta contraria a la ética, también una causa objetiva de apartamiento de acuerdo a las reglas de la ley adjetiva”.
“Los magistrados que suscribieron con rapidez la sentencia interlocutoria que se impugna, deben apartarse de una causa que tomaron ‘para sí’ sin competencia”, argumenta la presentación.
La reforma laboral mileísta se sancionó hace dos meses en el Senado, con los votos de los misioneros Carlos Arce y Sonia Rojas Decut, del Frente Renovador Neo, y Martín Goerling, del PRO Misiones.
Nacionales
Inflación en aumento: marzo dio 3,4%, la cifra más alta en doce meses
El Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (Indec) informó esta tarde que la inflación de marzo fue de 3,4%, convirtiéndose en la cifra mas alta en los últimos doce meses.
Esta cifra elevó a 9,4% el índice de inflación acumulado en los primeros tres meses del año, llegando pisar el 10%, que era el porcentaje proyectado para todo el 2026 según el presupuesto aprobado por el gobierno nacional.
Los mayores aumentos fueron en educación con un 12,1% y en transporte con 4,1% a nivel nacional. En el análisis de los aumentos por región, el índice de la zona noreste se ubicó por encima de lo registrado a nivel nacional con 4,1%.
Los rubros dentro de esas provincias que sufrieron un mayor crecimiento en porcentaje fueron Educación con 22,7% y en Vivienda, agua, electricidad, gas y otros combustibles con 9,7%.
En relación al mes anterior el porcentaje de suba en Equipamiento y mantenimiento del hogar mantuvieron una variación de 1,3% a nivel nacional convirtiéndose en el rubro con menor inflación.
En contraposición a las variaciones de los últimos tres meses, donde la sección que contempla Prendas de vestir y Calzados, es el rubro con la menor aumento llegando a un nivel nacional 2,6 % mientras que en la región de Cuyo el índice de precios registra un 1,9% de aumento.
#DatoINDEC#IPC: la división con mayor alza mensual en marzo de 2026 fue Educación (12,1%); y la de menor, Equipamiento y mantenimiento del hogar (1,3%) https://t.co/ALtx4h5Sbd pic.twitter.com/n7aRYFVFA5
— INDEC Argentina (@INDECArgentina) April 14, 2026
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