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Ramos Padilla pidió que el Consejo de la Magistratura cite a Macri, Carrió y Bonadío

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El juez de Dolores se defendió en el proceso que le entabló el Gobierno Nacional para apartarlo de la causa Stiusso. Es porque destapó escuchas ilegales, espionaje y aprietes contra empresarios. Y su defensa amplió una lista de testigos.

BUENOS AIRES (Agencias y diarios). La defensa del juez federal Alejo Ramos Padilla, a cargo de la llamada causa D’Alessio, pidió este jueves que el Consejo de la Magistratura cite al presidente Mauricio Macri, la diputada Elisa Carrió y su par Claudio Bonadío.

El planteo llegó durante el descargo que Ramos Padilla hizo en dicho órgano por la denuncia que impulsó en su contra el Gobierno, ya que su intervención en la causa destapó una red de espionaje político y judicial que llevaba adelante extorsiones, aprietes y operaciones ilegales.

Pero su defensa atacó fuertemente la llamada “Operación Puf” y pidió citar como testigos al presidente Mauricio Macri, la diputada Elisa Carrió, el juez Claudio Bonadio y el fiscal Carlos Stornelli, entre otros. Sostuvo también que se trató de blanquear escuchas a detenidos y que desde el Ejecutivo se estuvo al tanto del contenido de esas grabaciones.

“Como juez debo avanzar en la investigación de las causas que son sometidas a mi decisión, y ello, por más que incomode a funcionarios, magistrados y/o legisladores vinculados al Poder Ejecutivo”, sostuvo el juez de Dolores.

Más adelante advirtió: “Se me quiere apartar a través de este procedimiento irregular ante este Consejo de la Magistratura y se recurre para ello a elucubraciones absurdas que se construyen a partir de la utilización indebida de escuchas”.

Recordó que respecto de dicha metodología “la Corte Suprema de Justicia Nación señaló que ‘no sólo deben ser prevenidas y castigadas por la ley y la jurisprudencia subsecuente, sino que deben merecer el máximo repudio social, pues constituyen un atentando a la confianza pública”.

El 18 de marzo, el Gobierno formalizó una denuncia por mal desempeño contra Ramos Padilla en el Consejo de la Magistratura. Fue después de que el juez fuese a la comisión de Libertad de Expresión de Diputados, invitado por la oposición, y contara detalles de la causa.

En televisión, el presidente Macri afirmó que Ramos Padilla ya se había “mandado varias” y añadió: “No es un juez que actúe con ecuanimidad, se prestó a un show mediático, espero que con las pruebas que hay el Consejo de la Magistratura evalúe destituirlo”.

La Comisión de Disciplina y Acusación analizó el caso e invitó al magistrado a hacer su descargo. Fue en ese marco en el que Ramos Padilla respondió sobre la vaguedad de la imputación en su contra.

El descargo de Ramos Padilla fue acompañado por un escrito de su defensa que reclamó que desfilen como testigos ante el Consejo desde el presidente Mauricio Macri, el ministro de Justicia Germán Garavano y el jefe de AFI Gustavo Arribas y su segunda, Silvia Majdalani, hasta la diputada Elisa Carrió.

También se pidió por el juez Claudio Bonadio, el fiscal Carlos Stornelli, el juez de Lomas de Zamora Federico Villena o el director de la oficina de escuchas que depende de la Corte Juan Rodríguez Ponte. Y que se convoque a los detenidos Roberto Baratta o Juan Pablo Schiavi, y al propio fiscal de la causa D’Alessio, Juan Pablo Curi, entre periodistas y políticos.

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Ascienden a 102 los casos de hantavirus en el país

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Según los últimos registros del Boletín Epidemiológico Nacional, en las dos últimas semanas se registró sólo un caso de hantavirus en la provincia de Buenos Aires (PBA). Sin embargo, el pasado fin de semana se confirmó un caso en la localidad de Corcovado en Chubut, mientras que el total de infectados de la temporada 2025-2026 asciende a 102, en su mayoría vinculados a la variante Andes, con presencia en el sur de Argentina y Chile.

En cuanto a la distribución geográfica, la región Centro concentró el 54% de los casos principalmente en PBA (43 casos) y la tasa de incidencia más elevada corresponde a la región del NOA (0,60 casos por 100.000 habitantes), donde se registraron 36 casos confirmados, de los cuales el 83% se concentró en Salta.

En cuanto a los orígenes del virus, las pruebas de PCR y secuenciación genómica realizadas en laboratorios de referencia de Sudáfrica y Suiza confirmaron que los casos corresponden a la cepa Andes, con presencia en el sur de Argentina y Chile.

Los casos que rondaron Misiones

Respecto del brote de hantavirus que se detectó en el crucero MV Hondius la semana pasada, el BEN correspondiente a la semana epidemiológica 17 de 2026 confirma que, hasta el momento, se identificaron ocho casos a bordo del buque (seis confirmados y dos probables), de los cuales tres fallecieron.

Según información difundida por el sitio Mundo en Conflicto, la fallecida pareja holandesa señalada estuvo en Misiones en un recorrido por Argentina, Chile y Uruguay, antes de embarcar en el buque que en este momento navega hacia las Islas Canarias con 149 personas a bordo. 

Si bien la ANLIS Malbrán determinó que la secuencia del virus del crucero tiene un alto grado de parentesco con cepas detectadas en 2018 en Neuquén, aún no es posible confirmar el origen del brote, ya que el caso testigo no estuvo en zonas endémicas de la cepa Andes durante los días que se estima que tuvo lugar el contagio. 

Mientras tanto, el fin de semana pasado la Secretaría de Salud de Paraná, confirmó dos infectados en el estado brasileño, un hombre de 34 años de Pérola d’Oeste y una mujer de 28 de Ponta Grossa. El primero de ellos muy cercano al departamento misionero de General Manuel Belgrano.

Se trata de la enfermedad viral, transmitida a los humanos por roedores silvestres infectados. De no tratarse, puede causar infecciones pulmonares o renales severas, siendo el Síndrome Cardiopulmonar por Hantavirus (SCPH) la forma más común en América.

Infectados con hantavirus en el crucero de Ushuaia estuvieron 20 días en Misiones

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El gobierno detectó sobreprecios de hasta 4239% en compras de Andis

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Andis

El gobierno nacional detectó presuntos sobreprecios de hasta 4239% en compras de insumos ortopédicos realizadas por la Agencia Nacional de Discapacidad (Andis) durante 2025, según surge de un informe técnico elaborado por el Ministerio de Salud y remitido a la Justicia.

De acuerdo al documento, las irregularidades fueron detectadas tras comparar facturas emitidas al Estado con valores de referencia del mercado en adquisiciones de andadores, sillas de ruedas y prótesis. El informe señala diferencias que oscilan entre el 300% y el 1000%, aunque en algunos casos superan el 2000% y llegaron hasta el 4239%.

Según publicó La Nación, el caso más extremo corresponde a la compra de un andador, donde se registró una diferencia del 4239% entre el monto facturado al Estado y el valor de referencia de un producto de similares características. En el rubro de sillas de ruedas, los presuntos sobreprecios alcanzaron el 2000%.

El informe sostiene que el análisis de la documentación respaldatoria permitió detectar “desvíos de precios injustificables” y posibles vínculos societarios y familiares entre proveedores involucrados en las contrataciones.

La documentación quedó incorporada a una investigación judicial en trámite vinculada a contrataciones realizadas por la Andis. En paralelo, durante las últimas semanas fueron convocados a declaración empresarios y personas relacionadas con el sector bajo investigación.

La causa que investiga un presunto fraude millonario en la Andis tiene entre sus procesados, a Diego Spagnuolo, máxima autoridad durante parte del período analizado. Consultado por el mismo diario porteño, su abogado, Mauricio D’Alessandro, señaló que el informe no le atribuye al ex director ninguna intervención en la maniobra, ni prueba tampoco conocimiento de la misma.

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La Corte declaró inconstitucional el uso estatal de datos personales

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Misiones DNU corte suprema

La Corte Suprema de Justicia de la Nación resolvió que organismos públicos no pueden utilizar teléfonos o correos electrónicos de ciudadanos sin autorización y anuló artículos de la ley de datos personales al considerar que vulneran la privacidad y la autodeterminación informativa.

El tribunal, con las firmas de Horacio Rosatti, Ricardo Lorenzetti y el conjuez Daniel Bejas, sostuvo que no existe interés legítimo que justifique un sistema de almacenamiento y circulación de datos personales sin conocimiento de sus titulares.

Además, declaró inválidos artículos de la ley 25.326 que habilitaban el intercambio de información entre organismos estatales sin consentimiento, al considerar que esas excepciones resultan excesivas e injustificadas y afectan garantías constitucionales.

En ese sentido, advirtió que la amplitud de la norma permitía al Estado eludir casi siempre la exigencia de autorización, lo que vaciaba de contenido la protección de los datos personales.

El fallo se dictó al hacer lugar a una acción de habeas data presentada por una jubilada contra el Estado Nacional, tras un convenio que permitió a la Anses ceder información a la Secretaría de Comunicación Pública para difundir contenidos oficiales.

El caso se originó cuando la demandante cuestionó el uso de su información para fines distintos a los que motivaron su entrega, al señalar que no deseaba recibir comunicaciones oficiales ni ser objeto de contactos reiterados.

En disidencia, el ministro Carlos Rosenkrantz y la conjueza Beatriz Aranguren propusieron rechazar el recurso del Estado y dejar firme la sentencia previa sin pronunciarse sobre la constitucionalidad de la norma.

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