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En Misiones paseadores y dueños de perros deberán capacitarse y sacar carnet

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Tras seis meses de vacaciones, el diputado Juan Pablo Ramírez del Frente Renovador presentó, entre otros proyectos de Ley, crear el Registro de Paseadores de Perros de la provincia. El legislador pretende que los que se dedican a esta actividad e incluso los dueños de las mascotas )cuando son más de 3) no puedan pasear a perros de diferentes tamaños; deben darle de tomar agua a los animales al menos 2 veces como mínimo durante el paseo y solo pueden trasladar a un número máximo de 8 perros; todo bajo pena de multa solidaria entre el propietario y el trabajador, entra otras “pelitas” del boceto de ley, presentado en la Cámara ante su presidente Carlos Rovira.

El polémico proyecto obliga a los paseadores a realizar un curso que será dictado por abogados, veterinarios y adiestradores de animales. Y la creación de una aplicación o pagina de internet en donde quien quiera contratar los servicios del paseador podrá ver su foto de perfil, edad, domicilio, estudios, dni, etc.

El Diputado Juan Pablo Ramirez del Frente Renovador

Aquí el proyecto completo presentado en forma textual

ARTÍCULO 1.- Créase el Registro de Paseadores de Perros de la Provincia de Misiones, el cual tendrá carácter obligatorio. El Registro otorgará una credencial habilitante, que se deberá renovar cada dos (2) años, en la que se consignaran los datos personales y fotografía del paseador. Serán requisitos para la inscripción en este Registro:
1. Ser mayor de dieciocho años.
2. Presentar certificado de aptitud psicofísica para realizar la tarea.
3. Haber aprobado el Curso de paseadores de perros.
ARTÍCULO 2.- Credencial. La credencial será el instrumento habilitante para desarrollar la actividad, la misma será otorgada una vez finalizado y aprobado el curso establecido en el artículo 4º. La credencial deberá ser exhibida toda vez que sea requerida por
autoridad competente.
ARTÍCULO 3.- Toda persona que realice la actividad de paseo en el espacio público de más de tres (3) perros por vez, sean estos propios o de terceros en forma permanente u ocasional, de manera gratuita o rentada, estará obligada a inscribirse en el
Registro de paseadores de perros.
ARTÍCULO 4.- Curso de Capacitación. Se establece la obligatoriedad de los paseadores de asistir al curso de paseadores de perros que por medio de la presente se instaura, siendo en consecuencia requisitos habilitantes e indispensables para la actividad de
paseador, el certificado del curso de paseador y la credencial.
ARTÍCULO 5.- El curso estará impartido, correspondiente a la tenencia, paseo, cuidado de la mascota y responsabilidad, y en su caso,
solidaridad con el propietario de la mascota, ante eventuales daños y/o accidentes en relación a los perros. 3) a cargo de adiestradores: a fin de volcar sus conocimientos en el manejo de perros.
ARTÍCULO 7.- Traslados. Los propietarios, tenedores o paseadores no podrán pasear más de ocho (8) perros en forma simultánea, los que deberán poseer similar alzada, porte y peso. La presencia y circulación en los espacios públicos deberá realizarse obligatoriamente utilizando correa o cadena de menos de dos metros de longitud, así como un bozal en el caso de perros potencialmente peligrosos.
ARTÍCULO 8.- Los paseadores estarán obligados a proveer agua a los perros que estén paseando, al menos 2 (dos) veces a lo largo del paseo.
ARTÍCULO 9.- El propietario/tenedor/poseedor del perro, tendrá la obligación de mostrar al paseador, el certificado de vacunación actualizado del perro.
ARTÍCULO 10.- Los paseadores de perros, deberán llevar un parte mensual, en donde consten los datos de los propietarios/tenedores/poseedores de las mascotas que paseen. Dicho parte, deberá ser firmado a su vez por el propietario del perro, a fin de que los propietarios/tenedores/poseedores de perros respondan solidariamente con el paseador ante cualquier reclamo derivado de cualquier inconveniente, accidente o daño que pudiera acaecer en relación a sus mascotas.
ARTÍCULO 11.- El propietario del perro, tendrá la obligación de solicitar al paseador, la aludida credencial.
ARTÍCULO 12.- En la vía pública, los perros no podrán permanecer atados a árboles, monumentos públicos, postes de señalización y mobiliario urbano, por más de 15 (quince) minutos, bajo pena de multa.
ARTÍCULO 13.- El propietario del perro, responderá solidariamente con el paseador de perros por las multas referidas a la falta de inscripción en el Registro de éste, sus representantes o dependientes o por quien o quienes actúen en su nombre, bajo su amparo o con su autorización.
ARTÍCULO 14.- Condiciones de Higiene. Los propietarios, tenedores o paseadores de perros que transiten por la vía pública, o permanezcan en espacios públicos están obligados a recoger las deyecciones de los animales; a tal efecto deberán contar
con elementos aptos para la recolección. En ningún caso el producto de la recolección podrá ser dispuesto en el espacio público, pudiendo utilizar los recipientes destinados para tal fin.
ARTÍCULO 15.- El Registro podrá en forma adicional contar con una página web o aplicación informática propia o de terceros, donde se podrá evaluar los perfiles de los paseadores de perros y ver detalles de sus servicios.
ARTÍCULO 16.- Autoridad de Aplicación: La Autoridad de Aplicación de la presente Ley será la que designe el Poder Ejecutivo, que también dictará las normas reglamentarias que fuesen necesarias para su cumplimiento.
ARTÍCULO 17. La Autoridad de Aplicación, regulará la actividad de los paseadores de perros, estableciendo las condiciones que se deberán cumplir a los efectos de ser incluidos en el Registro de Paseadores de Perros de la Provincia de Misiones y de la
consiguiente extensión de la credencial identificatoria y su renovación a la fecha de su vencimiento y demás requisitos vinculados con la actividad.
ARTÍCULO 18.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
FUNDAMENTOS
En los últimos años la actividad de paseadores de perros se ha incrementado notablemente, produciendo en consecuencia, no solo un mayor flujo de paseadores, sino también un mayor número de perros que consumen este servicio.
Por ello resulta necesario regular esta actividad que si bien nació como una forma de trabajo transitorio e informal, hoy ya es un servicio utilizado por gran parte de los propietarios de perros.
A través de este proyecto se busca regular una actividad de la cual no se tiene registro alguno. Lo que se pretende, es que se cree un Registro Obligatorio para todos aquellos que desarrollen ésta actividad, donde se deban aportar datos filiatorios (Nombre y Apellido,
DNI, Domicilio, Teléfono, etc).
Se establece la obligatoriedad de los paseadores de asistir al curso de paseadores de perros que por medio de la presente se instaura, siendo en consecuencia requisitos habilitantes e indispensables para la actividad de paseador, el certificado del curso de paseador
y la credencial. El mismo estará impartido por profesionales (veterinarios y abogados) y por paseadores debidamente registrados.
El curso constará de tres (3) módulos:
1) a cargo de docentes de veterinaria: quienes instruirán sobre los cuidados y necesidades que requieren los perros al momento del paseo; riesgos sanitarios que conlleva la presencia de materia fecal en la vía pública; y conocimientos básicos del cuidado de las
mascotas.
2) a cargo de abogados: quienes informarán sobre la reglamentación correspondiente a la tenencia, paseo, cuidado de la mascota y responsabilidad, y en su caso, solidaridad con el propietario de la mascota, ante eventuales daños y/o accidentes en relación a
los perros.
3) a cargo de adiestradores: a fin de volcar sus conocimientos en el manejo de perros. De esta forma no buscamos coartar la libertad de trabajo de quienes realizan esta tarea, sino que, quién pasee a las mascotas estará habilitado y dotado de los conocimientos que
las mismas necesitan para un mejor cuidado.
El Registro permite identificar a los paseadores y controlar que realicen su trabajo respetando las condiciones de seguridad.
De igual manera cualquier persona que pasee en el espacio público más de 3 perros tiene que inscribirse en el Registro. No importa si los perros son suyos o ajenos o si lo hace en forma gratuita o paga.
En diversas ciudades del país ya se está implementando el Registro de Paseadores de perros, tal es caso de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires la RESOLUCIÓN Nº 426/GCABA/SPTYDS/2005 que establece los requisitos para obtener la credencial identificatoria de paseador de perros – reglamentaciones – procedimientos – ficha de inscripción animales domésticos – registro.
Asimismo la Ordenanza N° 12134/2011 de Neuquén crea el Registro de Paseadores de Perros, por la cual establece las condiciones y las obligaciones que deberán cumplir quienes se dediquen a esa actividad.
Entre las exigencias se encuentran levantar las heces de los animales, no ingresar a las plazas donde juegan niños y llevar hasta un máximo de dos perros potencialmente peligrosos con bozal en los recorridos, etc.
En los espacios públicos los animales no podrán permanecer atados a árboles, monumentos públicos, postes de señalización y mobiliario urbano público o privado, columnas de alumbrado, por más de 15 (quince) minutos, bajo pena de multa.
El Registro podrá en forma adicional contar con una página web o aplicación informática propia o de terceros, donde se podrá evaluar los perfiles de los paseadores de perros y ver detalles de sus servicios.
Es necesario lograr que los vecinos y los que ejercen el derecho de trabajar como paseadores de perros tomen conciencia de que el espacio público no es un mero corredor anónimo donde nadie es responsable de los actos individuales que vulneran los derechos de los demás.
Por todo esto a través de este proyecto se pretende jerarquizar y regular una actividad que creció en los últimos tiempos y a la vez aportar elementos de conducta ciudadana y ambiental.
Una norma innovadora de este Proyecto de Ley es la obligación por parte del paseador de asistir a un Curso habilitante, como requisito esencial para el ejercicio de la actividad y de llevar un registro de los perros que pasee el paseador a fin de responder
solidariamente con el propietario ante un eventual daño ocasionado por el perro.
Por todo esto a través de este proyecto se pretende jerarquizar y regular una actividad que creció en los últimos tiempos y a la vez aportar elementos de conducta ciudadana y ambiental.
Así es que por estas breves consideraciones y otras que se expondrán en el momento de su tratamiento, que solicito el voto afirmativo de mis pares para la aprobación del presente proyecto de Ley.-

En Escena Verás

Luis Marinoni: “En mis peores momentos saqué las mejores obras”

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Luis Marinoni dice que está “en paz” tras dirigir, días previos y por una vez más, al ballet oficial de la multitudinaria Fiesta Nacional del Chamamé. En la Semana de la Danza, el nombre de Marinoni suena como referente detrás de cada detallada coreografía de estirpe litoraleña.

“La danza es muy poderosa en la escena”, reflexiona. Dice que no le gusta que le digan “Maestro”, aunque “me estoy acostumbrando un poco”, admite sonriendo para En Escena Verás.

Mensú de Oro en 2015 en el Festival Nacional del Litoral, Marinoni remarca que crear obras “es como parir un hijo”, define y confiesa que “en mi peores momentos saqué las mejores obras”.

A pesar de quedar seleccionado entre 600 personas para integrar el Ballet Folklórico Nacional al mando de la renombrada Norma Viola, Marinoni concluye que “nunca me consideré un buen bailarín” y recuerda que se fue de Posadas con la idea de volver y crear el grupo de danzas que aún no existía.

“Me fui a buscar afuera cosas que no había acá”, aseguró quien luego creó la Compañía de Arte que, como todas sus obras, se lucen con vestuarios coloridos y cuadros alegóricos al folklore regional.

La mitología guaraní, Ramón Ayala, la historia y la tradición del Litoral aparecen en sus coreografías que suelen desplegarse además en el Ballet Folklórico del Parque del Conocimiento, adonde ya está usando la Inteligencia Artificial para las estructuras técnicas, según indicó.

Sin embargo, aclara que, a pesar de la tecnología dominante, incluso en la cultura, siempre “habrá una necesidad de volver a simple”.

Por otra parte, Marinoni admite que el arte suele ser provocador, así como las manifestaciones populares de las niñas representando a las Vírgenes, como también los tamborileros afroamericanos que se mezclan con las costumbres tradicionales correntinas durante enero. “A veces no entendemos la cultura del Litoral”, define.

En esa línea, en 2014, Marinoni incluyó al Curupí, el personaje de la mitología guaraní que tiene un pene largo y envuelto en su cuerpo, un hecho que significó una gran polémica en el anfiteatro Mario del Tránsito Cocomarola, de Corrientes, donde se hacía e festival chamamecero.

“Las políticas culturales son muy importantes”, apunta el coreógrafo posadeño al considerar que siempre fue el Estado el que garantizó las seguridad laboral a los bailarines.

“Nunca vino una empresa a decirme: Luis, vamos a poner una compañía para llevarlos afuera. Siempre el Estado estuvo para garantizar espacios para la excelencia artística”.

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Información General

Lanzan colecta solidaria de ropa de invierno para personas vulnerables en Posadas

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Luego de la primera colecta solidaria organizada por Agustín Piñeiro (20) en enero pasado, que logró gran participación ciudadana, de cara a un frente frío, y la llegada del invierno, iniciará una nueva recolección de ropa y abrigos a domicilio en la capital provincial.

La actividad intenta aliviar la situación de quienes no cuentan con un techo y pasan el día a día bajo la intemperie, como resultado de la crisis económica que incrementó la indigencia. De esta manera, la colecta tendrá como objetivo ofrecer las donaciones a personas de bajos recursos y en situación de calle. 

“Hoy no queremos mirar para otro lado ni dejar de tender una mano. Sabemos que la realidad de muchos es difícil, que hay noches frías, mesas vacías y corazones que necesitan un poco de compañía. Por eso esta colecta nace desde lo más sincero: las ganas de estar presentes, de no ser indiferentes y de hacer algo, por más pequeño que parezca”, expresó Piñeiro.

Respecto a la colecta detalló: “Todo lo que se reciba será manejado con total transparencia, porque creemos que la confianza también es parte de ayudar. Queremos que cada persona que colabore sienta que realmente está siendo parte de algo genuino”.

Luego continuó: “Nuestro deseo es poder llegar a cada rincón de Posadas, acompañar, contener y brindar un poco de alivio a quienes están pasando momentos difíciles. No podemos cambiar el mundo entero, pero sí podemos cambiar el día de alguien”.

Se trata de una iniciativa hecha a pulmón, con esfuerzo propio y con el acompañamiento de cada persona que decide sumar su granito de arena, ya sea con camperas, buzos, sacos, frazadas, colchas, mantas, bufandas, gorros, guantes y todo lo que pueda abrigar. 

Cabe destacar que para mediados de mayo será la entrega de donaciones y tienen planificado realizar ollas populares de arroz con pollo, por lo que también recibirán donaciones de alimentos no perecederos.

Para comunicarse con el organizador de la iniciativa, podrán enviar mensajes, audios o realizar llamadas al 3764140551 o a través de Instagram @agustin_pineiroo.

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Policiales

Ataques con fuego y ahora una balacera en la funeraria de Coleco en El Soberbio

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balacera funeraria coleco

La funeraria La Paz de El Soberbio, propiedad del ex intendente Alberto “Coleco” Krysvzuk, que a fines de marzo ardió en llamas producto un ataque incendiario, ahora fue blanco de una balacera protagonizada por dos hombres en moto.

El nuevo episodio de violencia ocurrió durante la madrugada del domingo, cuando dos desconocidos merodearon el local ubicado sobre la ruta provincial 13 y tras unas vueltas se detuvieron frente al inmueble para abrir fuego.

El hecho quedó registrado en una cámara de seguridad lindante que captó el momento exacto en que los atacantes ejecutaron al menos cinco disparos que provocaron daños en las paredes y en el ventanal frontal de la funeraria.

Después de la balacera, los implicados huyeron en dirección hacia el acceso a El Soberbio y en el lugar intervino el personal de la comisaría Primera, quienes fueron requeridos a partir de un llamado efectuado por el sereno del predio.

Este ataque se suma a otros tantos episodios similares registrados recientemente en contra de comercios o propiedades vinculadas a Coleco, ex intendente de El Soberbio que en 2013 fue destituido del cargo por acusaciones de fraude, malversación de fondos y asociación ilícita.

En el listado de hechos recientes figuran un incendio de cabañas en el complejo Tío Coleco a fines de la semana pasada y otro ataque similar a la funeraria ahora baleada en a fines de marzo.

Todos los episodios son investigados por el personal de la comisaría local, aunque hasta el momento no se conocieron mayores novedades.

Personal de la comisaría Primera intervino en el lugar.

Encapuchados iniciaron un incendio en la funeraria de Coleco en El Soberbio

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