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Nunca Más: la dictadura cívico-militar hizo desaparecer a 60 misioneros

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Con el “Nunca Más” como bandera, el Día Nacional por la Memoria, la Verdad y la Justicia conmemora hoy el 45º aniversario del golpe de Estado cívico-militar que irrumpió la vida democrática de la Argentina entre el 24 de marzo de 1976 y el 10 de diciembre de 1983.

A día de hoy, la Justicia ya lleva más de 1.000 condenas a represores por los crímenes de lesa humanidad cometidos durante la última dictadura militar, que se saldó con la desaparición de 30.000 personas.

Los números se desprenden de un informe de la Procuraduría de Crímenes contra la Humanidad, que consignó que, hasta fines del 2020, habían sido imputadas 3.448 personas y se habían dictado 250 sentencias, en las que resultaron condenadas 1.013 personas (276 de ellas con al menos un fallo firme) y absueltas 164.

Del total de investigados, 904 fallecieron en los años de procesos, de los que 692 lo hicieron antes de obtener sentencia y 212 tras ser condenados o absueltos. A la vez, 25 personas acusadas de crímenes de lesa humanidad están prófugas y su captura tiene precio: el Estado ofrece el pago de recompensas de entre 500.00 y 1 millón de pesos.

El camino hacia la verdad y la justicia se abrió a partir del Juicio a las Juntas militares en 1985, que condenó a la plana mayor de la dictadura, conformada por Jorge Rafael Videla, Emilio Eduardo Massera y Orlando Ramón Agosti.

También se abrieron causas contra cientos de mandos inferiores, pero este proceso se interrumpió con las leyes de Obediencia Debida y Punto Final que impulsó el ex presidente Raúl Alfonsín entre 1985 y 1986 y que impidieron el juzgamiento o ejecución de las condenas contra represores.

El pacto de impunidad se perfeccionó con la llegada a la presidencia de Carlos Menem, quien firmó indultos a favor de los militares del régimen que cometieron crímenes de lesa humanidad. Recién en 2005, durante el mandato de Néstor Kirchner, la Corte Suprema declaró la inconstitucionalidad de las “leyes de impunidad” del alfonsinismo y los juicios se reanudaron.

Hasta el momento, fueron condenados 1.013, y en los últimos años creció el número de pedidos de prisión domiciliaria, la mayoría por la avanzada edad de los acusados, algo a lo que se sumó en 2020 el argumento de la posibilidad de contraer coronavirus en la cárcel.

Nunca Más: la represión en Misiones

El aparato represivo de la dictadura se apoderó del país a partir del 24 de marzo de 1976 y la provincia de Misiones no fue la excepción.

Ese año, fue depuesto el gobernador democrático y constitucional Miguel Ángel Alterach y fue nombrado en su reemplazo el coronel Juan Antonio Beltrametti -el primer interventor de la dictadura en la tierra colorada-, quien el 23 de abril fue reemplazado por el capitán de navío René Buteler, a quien le cabría la mayor responsabilidad de la represión ilegal en Misiones.

Según cuenta el sitio Misiones tiene Historia, basado en datos de los juicios realizados en la provincia, tras el golpe de Estado, Misiones fue integrada en la zona militar 2, que abarcaba también a Santa Fe, Entre Ríos, Corrientes, Chaco y Formosa, cuyo responsable directo era el comandante del Cuerpo de Ejército II, con asiento en Rosario.

A su vez, la zona se subdividía en la subzona 23 (provincias de Misiones, Chaco, Formosa y departamentos de Capital, San Cosme, San Luis del Palmar, Empedrado, Saladas, Bella Vista, Lavalle, Goya y Esquina, en la provincia de Corrientes), a cargo del comandante de la Brigada de Infantería VII de Corrientes. Finalmente, la provincia de Misiones se unificó como área 232 bajo el comando del jefe del Regimiento de Infantería de Monte 30 de Apóstoles.

La represión en Misiones se concentró en el movimiento agrario y en sus aliados políticos, en especial la Juventud Peronista y la Unión de Estudiantes Secundarios (UES). El 50 por ciento de la primera comisión directiva del Movimiento Agrario de Misiones (MAM) fue víctima de la dictadura y el candidato a vicegobernador del Partido Auténtico y el primer candidato a diputado, Juan Figueredo, fueron asesinados durante el autodenominado Proceso de Reorganización Nacional.

En Misiones, se registran a la fecha 60 casos de detenidos-desaparecidos, además de cuatro misioneros asesinados en la masacre de Margarita Belén, en Chaco. La mayoría de los secuestros se produjo entre marzo y octubre de 1976, con un total de 600 presos políticos, algunos de los cuales permanecieron en esa condición hasta el retorno de la democracia.

El principal centro clandestino de detención que funcionó en la provincia fue la Jefatura de Policía, ubicada en pleno centro de Posadas. Allí se realizaba la primera detención de las víctimas y se les aplicaban los primeros tormentos.

Luego, eran trasladados a centros de tortura, como la Casita del Mártires -en inmediaciones de la avenida Chacabuco y el arroyo homónimo del oeste posadeño- o a la Casita del Rowing, donde los detenidos eran sometidos a sesiones de tortura.

Otro centro clandestino de importancia fue el Regimiento de Infantería 30 de Apóstoles, desde donde se organizó el Operativo Toba, en octubre de 1976, con el fin de capturar a los miembros del MAM y las Ligas Agrarias que aún no habían sido aprehendidos.

Muchos de los detenidos, luego de ser blanqueados, fueron alojados en la cárcel de Candelaria o en la Unidad Federal N° 7 de Resistencia.

La premisa del Nunca Más y la consecuente reanudación de los procesos judiciales, llevó a que Misiones cuente con nueve condenas por crímenes de lesa humanidad perpetrados durante los años de plomo: Juan Antonio Beltrametti y Carlos Caggiano Tedesco, ex miembros del Ejército, recibieron la pena de prisión perpetua. Caggiano Tedesco además fue condenado por el Plan Cóndor.

José Maria Cuenca, del Servicio Penitenciario Federal (SPF) fue condenado a 20 años; Felipe Nicolás Giménez, de la Policía provincial, a 21 años y 6 meses; Rubén Alberto Gómez, del SPF, a 23 años; Carlos Omar Herrero, de Ejército, a 20 años; y Carlos Alberto Pombo, ex miembro de la Policía, fue sentenciado a siete años de cárcel.

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Comenzó la restitución de pensiones por discapacidad en Misiones

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Las pensiones no contributivas por discapacidad suspendidas durante la auditoría nacional en septiembre pasado, comenzaron a reintegrarse con retroactivos en la acreditación de pagos de este mes, el cual inició ayer y continuará hasta el 12 de diciembre para todos los beneficiarios alcanzados por la medida judicial. El cronograma se realiza según terminación de DNI.

Así lo confirmó la coordinadora del Consejo Provincial de Discapacidad, Tatiana Antúnez, consultada por La Voz de Misiones, tras el anuncio realizado días atrás por la Agencia Nacional de Discapacidad (Andis).

Si bien por el momento se desconocen las cifras exactas de pensiones que habían sido suspendidas en Misiones, la funcionaria del área provincial aseguró que “se empezaron a reintegrar en base al cronograma de pago de este mes, que es del 9 al 12 de diciembre”. 

“Varios casos de la provincia nos confirmaron que empezaron a cobrar nuevamente las pensiones no contributivas. Esperamos que Andis cumpla con la medida cautelar determinada por la Justicia Federal, entendiendo que no sólo es un pedido a la Justicia, sino que el Ejecutivo tiene la obligación de cumplir con el dictamen federal sobre esta situación”, añadió Antunez aludiendo a la restitución de pensiones por discapacidad que fueron suspendidas irregularmente en septiembre pasado. 

“Entendemos que la restitución es una medida justa y debe ser tomada, dado que todas las bajas que sucedieron fueron por la aplicación de la Ley de Trámite Administrativo, es decir que, por no haberle llegado la carta documento al domicilio y no haber podido llegar a la citación al día y en el lugar de la auditoría, procedieron a un montón de bajas injustas sin garantizar el derecho a defensa de todas estas personas”, repudió la funcionaria. 

Después de la conferencia de prensa del vicegobernador de Misiones Lucas Romero Spinelli, en la que denunció públicamente los atropellos y anunció que la provincia iniciaría acciones judiciales, se dieron de alta de manera automática los casos con CUD que habían sido suspendidos sin ningún trámite administrativo previo, quedando por fuera, en su mayoría, los casos con diagnóstico pero sin certificado único de discapacidad.

Esta situación hace que, al día de hoy, Misiones no cuente con un registro preciso del total de PNC alcanzadas.

El calendario oficial para el cobro se encuentra publicado en la página web oficial de Andis.

Desvanecidos, violencia y más reclamos por auditorías de Andis en 25 de Mayo

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Piden a diputados sesiones extraordinarias para tratar crisis yerbatera

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En el marco de la sesión de asunción de diputados electos, un grupo de productores que integra la Mesa Asesora Yerbatera se hizo presente en la explanada de la Legislatura provincial para insistir en la declaración de emergencia en el sector y solicitar la convocatoria a sesiones extraordinarias a fin de abordar cinco ejes que hacen a la problemática yerbatera. 

El documento al que tuvo acceso La Voz de Misiones ingresó a mesa de entrada y describe en detalle los temas que consideran “urgentes y prioritarios” para ser tratados por el cuerpo legislativo.

“En primer lugar consideramos que se requiere la inmediata puesta en funcionamiento de esta Cámara de Representantes dejando de lado el incomprensible período de inactividad de seis meses y convocar a sesiones extraordinarias para trabajar los temas que la provincia necesita, fundamentalmente los que tienen que ver con la Producción Yerbatera”, expresaron.

En esa línea, solicitaron la declaración de Emergencia de la Actividad Yerbatera en la provincia de Misiones. En segundo lugar, eximir del pago a productores segmentados por cantidad de hectáreas de yerba mate del Impuesto Inmobiliario Básico años 2025 y 2026, y de los Ingresos Brutos en la compra de gasoil y fertilizantes a quienes presenten el certificado de exención.

En este sentido, convocaron en carácter “urgente” a las comisiones de la legislatura para el tratamiento de los distintos proyectos presentados por productores y legisladores, principalmente aquellos relacionados con la actividad yerbatera, prohibición del uso de herbicidas y modificaciones tributarias.

Como último eje, pidieron fomentar y apoyar en forma concreta el sistema cooperativo para productores yerbateros: “Respetar el acto cooperativo dentro del sistema tributario provincial”.

Finalmente, se dirigieron al desempeño de los legisladores: “Queremos sugerir un cambio en el desempeño de nuestros legisladores ya que muchos de ustedes son totalmente desconocidos por la gente. Esperamos que mantengan un contacto fluido con sus representados no sólo días antes de las elecciones, sino durante todo el período de vuestra gestión y que no se transformen en meros levantamanos”.

Queremos que cada legislador responda al mandato de quienes lo eligieron y no a la orden de algún funcionario de influencia”, concluyeron.

Productores piden declarar emergencia yerbatera en Misiones

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Arenera rechazó intimación de la EBY y advirtió sobre acciones penales

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La Arenera JM rechazó la intimación que le formulara la Entidad Binacional Yacyretá (EBY) a regularizar -en un plazo de 72 horas- los requerimientos que la Municipalidad de Candelaria hizo a la empresa y que llevaron a su clausura preventiva hace más de 20 días, un procedimiento que la compañía minera tachó de “arbitrario e irregular”.

En una nota de descargo, fechada el 2 de diciembre, la empresa no solo rechazó la intimación que le llegó de la EBY por intermedio del jefe del Departamento de Obras Complementarias (DOC), René Martinangeli, sino que previno al funcionario sobre las consecuencias legales de persistir en requerimientos que avalen lo actuado por la Municipalidad, cuyo accionar está a las puertas del foro judicial penal.

Inexistentes

“Me dirijo a Ud., en mi calidad de representante legal de la firma J.M. S.A. a fin de responder la nota fechada el 26/11/2025, por la cual se me requiere ‘regularizar’ la situación conforme a las responsabilidades asumidas en la cláusula IV del Contrato de Comodato oportunamente celebrado por este parte, bajo apercibimiento de iniciar los trámites de rescisión del referido instrumento; aduciendo como fundamento el apercibimiento y clausura preventiva dispuesta por la Municipalidad de Candelaria, mediante la Resolución N° 02/25”, reza el escrito firmado por el abogado Fernando Canteli y el propietario de la empresa minera, Jorge Muniagurria.

“Sobre el particular, rechazo tempranamente vuestra intimación de regularizar la situación”, continúa y detalla las “irregularidades”, detectadas y recusadas por la empresa, del procedimiento de clausura del predio donde opera en la costa del río Paraná, cedido en comodato por la EBY en 2017, como resarcimiento del emplazamiento original afectado por la suba del embalse de la represa.

“La primera de tales circunstancias es que la clausura de mención, es ‘preventiva’ e inclusive no se halla firme, ya que se ha interpuesto ante el Sr. Intendente el Recurso Jerárquico respectivo; sin perjuicio de acotar que luego de ello se abre la vía contenciosa administrativa ante los órganos judiciales correspondientes”, explica la nota.

El escrito le informa al ingeniero Martinangeli que la Resolución 02/25 de la Municipalidad de Candelaria, invocada por el funcionario de la EBY en la intimación a la empresa, “ha sido dictada por un funcionario inexistente” y “una reglamentación inexistente”, y por lo tanto “ilegal”.

“El municipio de Candelaria carece de Carta Orgánica, por lo cual se rige por la Ley Orgánica de Municipalidades; en dicha norma legal, no se regula la creación de una ‘Secretaria de Planificación Catastro y Medio Ambiente’, limitándose a señalar la necesidad de dictar las pertinentes ordenanzas que prevean las distintas secretarías con sus respectivas atribuciones y funciones”, explica y remarca: “No existe… en la Municipalidad de Candelaria un organismo (en este caso secretaría) que tenga las facultades de apercibir, intimar y/o clausurar actividades fundadas en el supuesto incumplimiento de normas municipales”.

“Así de grave se presenta la cuestión ya que nos vemos expuestos a actuaciones de funcionarios municipales cuyas funciones no están regladas en absoluto en ningún texto legal”, advierte la nota.

Agrega que “en una consulta dirigida al Boletín Oficial de la Provincia de Misiones, surge que no solamente no está publicada la Carta Orgánica del Municipio de Candelaria, sino que tampoco se halla publicado el supuesto Decreto Reglamentario 4/12”.

El empresario y su abogado le recuerdan al alto funcionario de Yacyretá, que si una norma jurídica, cualquiera sea su naturaleza, “no está correctamente publicada, no existe en el derecho positivo argentino”, por lo que la clausura preventiva del predio de la empresa “es absolutamente infundada e ilegal”.

“No cabe duda alguna que la simple exposición de los hechos resulta más que suficiente para dejar sin efecto la intimación sobre la regularización que me fuera cursada”, dice la respuesta de la empresa a la nota de Martinangeli, donde la EBY intima a la arenera a resolver lo relativo a la clausura, so pena de rescindirle el contrato de comodato.

Prevenidos

En otro tramo del escrito, el empresario y su abogado relatan al jefe del Departamento de Obras Complementarias que la Municipalidad de Candelaria rechazó, de manera “arbitraria y sin ningún tipo de fundamento”, la información tributaria y contable de la empresa, que le habían exigido en virtud de la recusada Resolución 02/25.

“El acto administrativo, en este caso la resolución N° 02/25, que contiene este tipo de calificación, automáticamente, es nulo en el plano judicial por carecer de motivación adecuada y abrir las puertas a la absoluta arbitrariedad”, señalan.

“Antes de terminar, debo señalar que tales actuaciones municipales merecen, largamente, las pertinentes denuncias penales por abuso de autoridad y violación de los deberes del funcionario público (art. 248 y ccts. del Código Penal Argentino), que serán presentadas en corto plazo”, anuncia el escrito de Muniagurria y Canteli.

En tal sentido, previenen a Martinangeli de avanzar con la intimación expresada en su nota a la empresa “para no hacer extensivas a terceros las denuncias pertinentes”, y le advierten “que cualquier decisión que avale el accionar delictivo descripto, hace pasible a los autores de tal confirmación de las mismas imputaciones”.

“Todo ello, sin perjuicio atento a los ingentes daños y perjuicios que me provoca el accionar referido, de iniciar oportunamente las acciones contra los funcionarios intervinientes, en procura de las indemnizaciones que me corresponden”, finaliza la nota al jefe del DOC.

Nota descargo EBY (2-12-25)

 

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