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Misioneros varados por el país, tendrán permiso especial para volver a sus casas

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Los interesados deberán inscribirse en un registro que podrá a disposición cada provincia y esperar hasta recibir la confirmación del certificado que los autorizará a trasladarse “por única vez” hasta su domicilio. Será el único documento que necesitarán para poder viajar.

 

ARGENTINA. Ante la alta demanda por parte de algunos varados en el interior del país que todavía no pudieron regresar a sus provincias de origen para cumplir con la cuarentena en sus domicilios habituales, y tras las fallas en la implementación del último permiso que hubo para que estas personas se trasladen hasta sus respectivas casas, el Gobierno aprobó este viernes un nuevo “procedimiento” para autorizar la circulación de este grupo y solucionar el problema.

La medida se hizo efectiva a partir de la publicación en el Boletín Oficial de la Resolución Conjunta 3/2020.

El documento, firmado por los ministros de Transporte, Mario Meoni, y del Interior, Eduardo “Wado” de Pedro, aclara que los interesados deberán viajar “por única vez”, en “vehículos particulares” y cumpliendo una serie de normas que se redactaron para este fin en particular, siempre y cuando hayan recibido previamente la autorización para hacerlo por parte de las autoridades de la jurisdicción a la cual quieren volver.

En un reglamento especial que se publicó junto a la Resolución, se explicó que cada provincia, así como también la Ciudad de Buenos Aires, “abrirá y administrará un registro” de los ciudadanos residentes en cada distrito que actualmente están cumpliendo el aislamiento en otro lado y quieran retornar a sus hogares.

Estas personas “deberán inscribirse” en el registro que les corresponda según el distrito al que deseen regresar y completar una planilla con los datos personales, como nombre, apellido, DNI, patente del auto en el que circularán, punto de origen y de destino, entre otras cosas.

Las autoridades de cada lugar “aprobarán o desestimarán las solicitudes” hechas por los varados basándose en “la capacidad de ingreso diario de cada jurisdicción, en condiciones de seguridad sanitaria, comunicando la decisión a los solicitantes”.

Además, los interesados tendrán que esperar la confirmación si es que necesitan que un auto los vaya a buscar hasta el lugar donde se encuentran haciendo la cuarentena, en el caso de que no cuente con un medio de transporte propio.

“A partir del día martes 5 de mayo de 2020, las provincias y la Ciudad de Buenos Aires informarán diariamente la nómina de personas para cuyo desplazamiento prestan conformidad, a través de una nota suscripta por el señor Gobernador, Gobernadora o el Jefe de Gobierno-o el funcionario público delegado al efecto-, solicitando, asimismo, la emisión del ‘Certificado para el Regreso al Domicilio Habitual’”, se aclaró.

De acuerdo con el reglamento, “una vez recibida la información completa, se habilitará la emisión del ‘Certificado para el Regreso al Domicilio Habitual’, que cada jurisdicción deberá remitir a los interesados y que será el único permiso de circulación necesario para trasladarse desde su lugar de origen hasta su lugar de destino”.

Esta autorización “tendrá una vigencia de noventa y seis (96) horas computadas a partir de su emisión”, aunque se resaltó que los que viajen “deberán observar las recomendaciones e instrucciones de las autoridades sanitarias y de seguridad establecidas” en el marco de la pandemia por el coronavirus.

Además, se destacó que “ante el requerimiento de la autoridad competente en la vía pública, la persona deberá exhibir copia digital o impresa” del certificado y la documentación que respalde los datos incluidos en la planilla.

Por último, se remarcó que la falsedad en la información brindada durante la tramitación de la declaración jurada “dará lugar a la aplicación de las sanciones civiles o administrativas que resulten pertinentes, sin perjuicio de las denuncias penales que correspondan efectuar para determinar la eventual comisión de delitos de acción pública”.

Entre los considerandos, el Gobierno señaló que “la experiencia colectada en su implementación” durante el primer periodo de esta medida “y la existencia de numerosos casos de personas que no han podido regresar a su residencia habitual” provocan que sea “necesario implementar un nuevo procedimiento que permita evaluar autorizaciones excepcionales al efecto”.

Además, se hizo mención a una nota que el jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, envió el pasado 27 de abril pidiendo que los Ministerios trabajen “con las jurisdicciones provinciales” para diseñar una nueva autorización para que puedan volver a sus casas quienes todavía no lo hicieron.

Asimismo, se recordó que se registraron “inconvenientes” en algunos distritos “para la circulación de aquellas personas que regresaban a su residencia habitual”, ya que algunos gobernadores exigieron cierta documentación adicional a la que se pidió a nivel nacional.

En este sentido, la última vez los gobernadores de Jujuy, Gerardo Morales, y de San Luis, Alberto Rodríguez Saá, les advirtieron a los ciudadanos que debían tramitar permisos adicionales para poder ingresar a sus respectivas provincias si tenían que regresar desde otros puntos del país.

“Ante esta circunstancia, es dable la implementación de un procedimiento articulado con las jurisdicciones locales, que permita que éstas recaben la información y presten la debida conformidad para el traslado de personas a sus residencias emplazadas en su ámbito, para la debida ponderación sanitaria de la medida en cuestión”, remarcó la actual Resolución.

En este sentido, el Poder Ejecutivo aseguró que el trabajo conjunto con los Ministerios nacionales “coadyuvará al cumplimiento del objetivo señalado, simplificando los trámites a realizar por los solicitantes y limitando la circulación vehicular a casos especialmente autorizados, sin poner en peligro los esquemas implementados para evitar la propagación del Coronavirus COVID-19”.

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La inflación fue de 1,9% en agosto y acumula 19,5% en lo que va del año

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Inflación de junio fue de 6% y en el primer semestre acumuló 50,7%

El Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (Indec) dio a conocer hoy el Índice de Precios al Consumidor (IPC) correspondiente al octavo mes del año, el cual se ubicó en 1,9%, al igual que en julio.

Simultáneamente, los precios acumularon un alza de 19,5% en los primeros ocho meses, mientras que el incremento interanual alcanzó el 33,6%.

En cuanto a las subas más pronunciadas en agosto, en primer lugar se ubica la categoría Transporte con un 3,6%, por la suba en Adquisición de vehículos y en Combustibles, seguida de Bebidas alcohólicas y tabaco (3,5%).

Caso contrario sucedió con Prendas de vestir y calzado (-0,3%) y Recreación y cultura (0,5%), cuyas categorías registraron los menores incrementos.

A nivel de las categorías, los precios Regulados (2,7%) lideraron la suba, seguidos de IPC núcleo (2,0%) y Estacionales (-0,8%).

Repercusiones

Con estos resultados, la inflación de agosto se ubicó por debajo de lo esperado, ya que la mayoría de los pronósticos de consultoras privadas y analistas, calcularon el IPC de agosto en un rango de entre 1,8% a 2,2%.

Además, según el último Relevamiento de Expectativas del Mercado (REM) del Banco Central (BCRA), los analistas corrigieron su estimación e indicaron que el IPC sería de 2,1%.

La inflación fue de 1,9% en julio y acumula 36,6% en los últimos doce meses

 

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Milei restituyó las normas que rigen el funcionamiento de Vialidad, Inta e Inti

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Milei Vialidad

Luego del rechazo de legisladores a cinco decretos delegados, la gestión de Javier Milei restituyó las normas que rigen el funcionamiento de entes públicos como Vialidad Nacional, el Instituto Nacional de Tecnología Industrial (Inti), el Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria (Inta), entidades culturales, la actividad en distintos sectores de la economía y su intento por limitar el derecho a huelga.

Las modificaciones habían sido puestas en marcha por cinco decretos delegados y frenadas posteriormente por las cámaras de Diputados y el Senado a fines de agosto.

Finalmente, este miércoles fueron publicados los DNU 627 y 628 en el Boletín Oficial, los cuales sostienen: “Restitúyese la plena vigencia de las disposiciones normativas que fueron derogadas, sustituidas o modificadas por los Decretos Nros. 345/25, 351/25, 461/25 y 462/25 y que se encontraban vigentes al momento del dictado de cada uno de los mencionados decretos”.

Al mismo tiempo fueron restituidas “las disposiciones normativas derogadas, sustituidas o modificadas por los Decretos Nros. 531 del 1° de agosto de 2025, 571 del 11 de agosto y los 583, 584 y 585, del 14 de agosto”.

Cabe recordar que los decretos delegados, que fueron rechazados por el Congreso, implicaban cambios en el régimen laboral de la Marina Mercante y restringía el derecho a huelga en numerosos sectores de la economía considerados esenciales o estratégicos; la transformación del Banco Nacional de Datos Genéticos; la disolución de Vialidad Nacional; la eliminación de la Agencia Regulatoria de la Industria del Cáñamo; así como una serie de modificaciones en el Inti, Inta y entidades culturales.

Desde el gobierno justificaron la restitución sosteniendo que la finalidad es “no comprometer la continuidad operativa de la Administración Pública Nacional y salvaguardar los principios de buena administración, juridicidad, buena fe y simplificación administrativa”.

Decretos sin efecto

El decreto 462/2025 establecía que el Instituto Nacional de Vitivinicultura (INV) y el Instituto Nacional de Tecnología Industrial (Inti) se convirtieran en unidades organizativas dependientes de la Agricultura y de Industria y Comercio, respectivamente. En concreto, modificaba sus funciones.

Con el decreto 587, el Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria (Inta) pasó a depender de la secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca. Mientras que con el decreto 371, el Gobierno eliminó la Dirección Nacional del organismo.

A través del decreto 461/2025, el Ejecutivo disolvía la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV), la Dirección Nacional de Vialidad (DNV) y la Comisión Nacional del Tránsito y la Seguridad Vial.

El Gobierno desreguló el transporte marítimo a través del decreto 340 y habilitaba a buques y tripulaciones extranjeras en el cabotaje nacional. Implicaba la pérdida de la exclusividad de la Marina Mercante y restringía el derecho a huelga en numerosos sectores económicos.

El decreto 351 ordenaba la transformación del Banco Nacional de Datos Genéticos (BNDG), de un organismo descentralizado a uno desconcentrado. Había pasado a depender de la Secretaría de Innovación, Ciencia y Tecnología.

La fusión entre el Instituto Nacional Yrigoyeano y el Instituto Nacional de Investigaciones Históricas Juan Manuel de Rosas. Estaba dispuesto en el decreto 345/25.

La reconversión del Inti pone en riesgo 2400 puestos de trabajo en el país

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La inflación fue de 1,9% en julio y acumula 36,6% en los últimos doce meses

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La inflación de julio fue del 4%: la más baja desde enero del 2022

El Instituto Nacional de Estadística y Censos (Indec) dio a conocer el dato de inflación de julio, el cual se ubicó en 1,9% y acumuló un 36,6% en los últimos doce meses. Mientras que, en lo que va del año suma un 17,3%.

Este resultado da cuenta de que hubo un leve incremento respecto al mes de junio, cuando la inflación mensual se ubicó en 1,6%.

El rubro que registró el mayor aumento fue Recreación y cultura (4,8%), seguida de Transporte (2,8%) y Restaurantes y Hoteles (2,8%). Por su parte, la división Alimentos y bebidas no alcohólicas aumentó 1,9%, a la par del promedio de la inflación general.

Las dos divisiones con las menores variaciones de julio fueron Bebidas alcohólicas y tabaco (0,6%) y Prendas de vestir y calzado, que registró una caída de precios (-0,9%).

Las consultoras esperaban que el valor se mantuviera por debajo del 2%, al igual que los dos meses previos.

Por su parte, el Relevamiento de Expectativas de Mercado (REM) del Banco Central, que aglomera las proyecciones de más de 40 instituciones, había estimado a la inflación de julio 2025 en 1,8% en promedio.

Días atrás las mediciones privadas anticipaban que la suba de casi 14% del dólar en julio no impactaría tanto sobre la inflación, lo que puede contrastarse con el mes anterior, cuando la inflación fue del 1,6%, apenas por encima del 1,5% del mayo, hasta ahora la menor de los últimos cinco años.

La inflación fue de 1,6% en junio y acumula 15,1% en el año

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