Provinciales
Juez de Puerto Iguazú rechazó presentación contra el pase sanitario
El juez Martín Brites, titular del Juzgado de Instrucción Tres de Puerto Iguazú, pero actualmente a cargo del Juzgado Civil, Comercial y Laboral por subrogancia legal, rechazó el recurso de habeas corpus presentado por dos vecinos de Puerto Esperanza que se manifestaron en contra del pasaporte sanitario impuesto en forma conjunta por los ministerios de Gobierno y Salud de Misiones, el cual rige desde el 1 de enero.
En su resolución, firmada el viernes, el juez Brites dictaminó rechazar “in limine”, es decir, sin más trámites, la presentación de los vecinos de Puerto Esperanza “por no darse ninguno de los supuestos contemplados”.
El recurso de habeas corpus fue presentado el miércoles de la semana pasada, bajo el patrocinio del abogado particular y además concejal de Montecarlo por Juntos por el Cambio (PRO), Lucas Vega.
En el documento, los accionantes se manifestaron en contra de la aplicación del pasaporte sanitario, argumentando que la medida era abusiva, arbitraria, que limita el derecho a la libertad, que viola los principios de confidencialidad y que transforma a los ciudadanos misioneros sin el permiso en virtuales “muertos civiles”.
Además, agregan que ninguna declaración de emergencia sanitaria puede pasar por alto a la Constitución Nacional, ni privar de la libertad.
La presentación fue analizada por el juez Brites, que el viernes firmó el rechazo del habeas corpus al considerar, entre otros puntos, que “el planteo formulado no logra demostrar que la normativa impugnada implique una injustificada o impertinente afectación a los derechos individuales y colectivos”.
En esa línea, el magistrado añade en su resolución que “cabe remarcar que, el Estado provincial funda su decisión en virtud de la emergencia epidemiológica y sanitaria, con el objetivo de proteger la salud pública -clara obligación indeclinable del Estado-“.
En su planteo, al cual La Voz de Misiones tuvo acceso, Brites sostiene que el pase sanitario debe ser analizado en el marco de que las medidas fueron dispuestas con el objetivo de proteger la salud pública evitando la propagación del Covid-19 y permitiendo un proceso de re-apertura de las actividades, adhiriendo además a disposiciones del Ejecutivo nacional, siguiendo recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud (OMS) y considerando los efectos de la nueva variante Ómicron.
“(…) Las medidas fueron dictadas por el Ministerio de Gobierno y de Salud con motivo de una emergencia, siendo adoptadas dentro de un prudente marco de discrecionalidad, pero en base a motivaciones objetivas, plasmadas en los informes epidemiológicos del Ministerio de Salud -como autoridad sanitaria con competencia técnica específica en la materia. En ese contexto, debo guardar deferencia respecto de la decisión del Poder Administrador, pues resultaría ajeno a mi competencia, en el marco de una acción de habeas corpus, decidir sobre el acierto o desacierto, la mayor o menor conveniencia de dichas medidas”, se sostiene en el fallo.
Y continúa: “A ello, debemos sumar que el derecho a la libertad -como todo derecho- no es absoluto. Es decir, existen otros valores que el ordenamiento jurídico también protege, tal como ocurre con la cuestión vinculada a la salud pública de la población en general. En otras palabras, la libertad individual “supuestamente afectada” (tal y como lo alegan los accionantes), no pueden excluir el legítimo derecho de la sociedad de adoptar todas las medidas necesarias para poner fin a una situación de pandemia que tanto daño y sufrimiento a causado a lo largo y ancho del planeta”.
En base a todo lo expuesto es que Brites concluye que “por estos argumentos, considero es que lo solicitado por los accionantes -se preserva- en lo que a su presentación respecta, de ningún modo cumplen con los supuestos establecidos en el artículo 3 contemplada en la ley 23.098, amén de ello los accionantes no han especificado tampoco limitación o amenaza actual a la libertad ambulatoria de persona determinada/s, por la que la presente acción carece de la individualización de beneficiario, por ello escapa a un supuesto de restricción ambulatoria a remediar por medio del hábeas corpus; una razón más, para el rechazo in limine de la acción, con costas al accionante”.
Otro habeas corpus con similares características fue presentado en paralelo por una vecina de Montecarlo, ante el recientemente creado juzgado universal de esa localidad.
Rechazo nacional
Sandra Pitta, investigadora y ex candidata a diputada nacional por Juntos por el Cambio, presentó a comienzos de enero un recurso similar y también fue rechazado.
La presentación se trató de un recurso de habeas corpus colectivo en el cual pidió que se declare la inconstitucionalidad del pase sanitario aplicado por Decisión Administrativa 1198/2021.
La científica sostuvo que se trata de una medida que “condiciona os derechos de movilidad de las personas ya que le exigen la vacunación -cuando no es obligatoria- para ingresar a eventos masivos”.
La presentación fue analizada por el juez nacional de instrucción Alfredo Godoy, que finalmente terminó rechazando el habeas corpus y, por consiguiente, avalando la medida del Gobierno.
Según consignó Infobae, primero el juez “explicó que en tres oportunidades citó a Pitta a una audiencia para ratificar la presentación pero la investigadora no se presentó”.
“La normativa cuestionada se ha dictado con la evidente intención de evitar la propagación de una enfermedad catalogada como pandemia, en miras de salvaguardar intereses superiores, por lo que el fin perseguido por la norma, en tanto el bien jurídico que se pretende proteger la salud pública es legítimo, los medios utilizados son razonables y prudentes”, sostuvo el juez Godoy en su fallo, según el mismo portal porteño.
Desde Republicanos Unidos, agrupación liderada por Ricardo López Murphy y que actualmente pertenece Pitta, iban a apelar el fallo para que la cuestión sea analizada por la Cámara del Crimen.
En Corrientes y La Plata también se rechazaron recursos similares, en tanto que recientemente la Corte Suprema de Justicia de Nación rechazó habilitar la feria judicial para tratar planteos contra la aplicación del pasaporte sanitario.
Provinciales
Concejal sobre tasa para cruce Alba Posse-Porto Mauá: “Se cobra hace mucho”
Tras el debate que se instaló este martes en torno a la “Tasa por uso del Puerto” abonado en el cruce fronterizo de Alba Posse-Porto Mauá (Brasil), el presidente del Concejo Deliberante de esa ciudad misionera, Ariel Masis, salió al cruce de las versiones que aseguraban que el tributo había sido incorporado recientemente a raíz del éxodo de misioneros hacia Brasil.
“Es una tasa que se cobra desde hace mucho, en todas las administraciones y está autorizada por el Poder Legislativo”, afirmó el edil, al desmentir que se trate de un nuevo gravamen.
Según detalló, los valores vigentes para quienes cruzan el río Uruguay hacia el vecino país son los siguientes: $2.500 para automóviles, $2.000 para peatones y $1.000 para motocicletas, tal como figura en la cartelería exhibida en la garita junto al punto de venta de tickets del servicio de balsa.
Masis aclaró que lo recaudado por esta tasa se destina a la prestación de servicios municipales en el puerto. “Con ese valor, la Municipalidad realiza tareas de limpieza y mantenimiento en el predio”, explicó.
Además, sostuvo que en todos los municipios donde funciona un servicio de balsa se aplica una tasa mínima con el mismo fin.
El concejal aseguró que la difusión mediática del tema tuvo “fines políticos” y señaló que el intendente Lucas Gerhardt prevé viajar este jueves a Posadas para presentar una denuncia penal contra los medios que replicaron la información.
En cuanto a las medidas que adoptará el Concejo frente a la controversia -que algunos compararon con la Ecotasa implementada en Wanda-, Masis indicó que los concejales se reunieran esta noche para hacer pública la ordenanza vigente.
Según remarcó, la normativa incluye un artículo que establece que los fondos recaudados deben invertirse en el municipio.
Provinciales
Ofrecen mesa de diálogo para conflicto territorial entre Arauco y Okä Porã
La comunidad mbya guaraní Okä Porã denunció públicamente hostigamientos y amenazas en el marco de un conflicto territorial con la empresa forestal Arauco en el municipio de Puerto Libertad, situado 45 kilómetros al sur de Puerto Iguazú en Misiones.
“Nosotros estamos luchando por un territorio que era antiguo, de nuestros abuelos que ahora no están más, y que estuvieron antes -estamos hablando de mucho tiempo atrás-. Esa zona desapareció tras la construcción de la represa Urugua-í en el año 1990”, comenzó relatando el mburuvicha Javier Martínez en comunicación telefónica con La Voz de Misiones.
Tras ese infortunio, se asentaron en un nuevo espacio sobre el que reclaman reconocimiento oficial, acceso a servicios básicos y el cese de hostigamientos: “Cuando volvimos a encontrar lugar, recuperamos el territorio y seguimos luchando”.
Sin embargo, en diciembre pasado estas cinco familias, integradas por quince personas entre niños y adultos, reportaron presiones para abandonar el territorio donde residen actualmente, cuyo mecanismo se caracterizó por dos principios de incendio en zonas aledañas a plantaciones de eucaliptos.
Sobre esto, recordó: “El tema con Arauco fue cuando hubo incendios. Hicieron incendios acá cerca de nosotros y ahí fue que empezaron a llegar los representantes de la empresa con policías. Nos dijeron que estábamos en la propiedad de ellos, que no podemos estar acá y quería que salgamos sí o sí. Nosotros seguimos luchando y vamos a estar hasta que podamos”.
Además de eucaliptos, en la zona predominan monocultivos forestales de pino y otras especies utilizadas para producir madera y celulosa, materia prima para la elaboración de papel, cartón, papel higiénico, pañuelos, servilletas e incluso aditivos alimentarios.
Sin bien las amenazas e intrusiones cesaron por el momento, Martínez aseguró: “Ellos siempre están. Andan por el camino, van controlando, no nos dejan tranquilos. Pero mientras no vengan a nuestro territorio, estaremos bien”.
Según el cacique, cuando se apersonó en el lugar el personal de la empresa junto al efectivo policial “no existía orden judicial que avalara el procedimiento”.
Al mismo tiempo, realizó el pedido de tramitación para el acceso a la personería jurídica y posterior obtención del título de propiedad, a través de la Dirección de Asuntos Guaraníes de la provincia, aunque aseguró que hasta el momento no obtuvo respuestas.
En este lugar, la pesca es una de las principales actividades domésticas que permiten abastecer con alimentos a todos los integrantes de la comunidad, además de la producción de zapallos, maíz, legumbres, frutas y la elaboración de canastos y animales tallados sobre madera de yerba mate para la venta.
Legislación
La principal norma que amparaba la posesión territorial de las comunidades mbya guaraní en Misiones fue la Ley Nacional 26.160 de Emergencia Territorial Indígena, vigente a partir del año 2006, la cual suspendía desalojos y ordenaba el relevamiento de tierras ocupadas tradicionalmente, fundamentada en el artículo 75, inciso 17 de la Constitución Nacional.
En ese sentido, concebía a un territorio “ocupado tradicionalmente por los mbya guaraní” cuando era habitado ancestralmente, manteniendo una relación cultural, espiritual y de uso comunitario (caza, recolección, agricultura de roza y quema), como posesión preexiste a la formación del Estado nacional y se basaba en el uso dinámico y la movilidad en áreas selváticas presentes en la región.
Sin embargo, la mencionada ley que suspendía desalojos y ordenaba el relevamiento de tierras, ha dejado de tener efecto práctico tras la derogación del decreto 805/2021 en diciembre de 2024, por parte del gobierno nacional presidido por Javier Milei.
De esta manera, a través del Decreto 1083/2024 publicado en el Boletín Oficial en diciembre de 2024, se eliminó la prórroga de la norma, facilitando nuevamente los desalojos a lo largo y ancho de todo el país.
Búsqueda de consenso
Este miércoles 4 de marzo, la Dirección de Asuntos Guaraníes, área gubernamental encargada de la promoción integral, protección de derechos, regularización territorial y mejora de la calidad de vida de las comunidades mbya guaraní, se apersonó en el predio de Okä Porã, mediante la visita de su titular, Francisco Rodríguez.
Al ser consultado por La Voz de Misiones, sobre la situación del territorio en disputa y la posibilidad de un amparo legal para la comunidad, el funcionario adelantó: “Eso lo analizaremos. Hoy estuve dialogando con ellos, le propusimos generar una mesa de diálogo con Arauco y avanzar en una pronta solución“.
Respecto al plan de contingencia que evaluaron para Misiones tras la derogación de la ley 26.160, expresó: “Estamos trabajando en un programa de tierras para comunidades y en un convenio con Nación para regularizar las comunidades que fueron relevadas bajo la ley 26160“.
Derogación de ley de emergencia indígena: analizan plan de contingencia en Misiones
Provinciales
El SPP pausó el ingreso de aspirantes por el “actual contexto económico”
La Universidad de las Fuerzas de Seguridad de la Provincia de Misiones, a través de su Sede Servicio Penitenciario Provincial (SPP), informó que se resolvió pausar la convocatoria e ingreso de aspirantes a cadetes penitenciarios, correspondiente al ciclo lectivo 2026.
Según se indicó en el comunicado oficial, la decisión responde al “actual contexto económico nacional y a la necesidad de reducir el gasto administrativo”, con el objetivo de resguardar las finanzas provinciales.
Asimismo, el SPP aclaró que las instancias alcanzadas hasta el momento por los aspirantes serán reconocidas cuando se retome el proceso de selección para la formación de la Diplomatura Universitaria en Tratamiento y Seguridad Penitenciaria.
Finalmente, desde la universidad señalaron que la instituc ión agradece y valora el compromiso demostrado por los aspirantes.
Cabe mencionar que las inscripciones online para aspirantes a la fuerza provincial habían comenzado en octubre del 2025.

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