Provinciales
Juez de Puerto Iguazú rechazó presentación contra el pase sanitario
El juez Martín Brites, titular del Juzgado de Instrucción Tres de Puerto Iguazú, pero actualmente a cargo del Juzgado Civil, Comercial y Laboral por subrogancia legal, rechazó el recurso de habeas corpus presentado por dos vecinos de Puerto Esperanza que se manifestaron en contra del pasaporte sanitario impuesto en forma conjunta por los ministerios de Gobierno y Salud de Misiones, el cual rige desde el 1 de enero.
En su resolución, firmada el viernes, el juez Brites dictaminó rechazar “in limine”, es decir, sin más trámites, la presentación de los vecinos de Puerto Esperanza “por no darse ninguno de los supuestos contemplados”.
El recurso de habeas corpus fue presentado el miércoles de la semana pasada, bajo el patrocinio del abogado particular y además concejal de Montecarlo por Juntos por el Cambio (PRO), Lucas Vega.
En el documento, los accionantes se manifestaron en contra de la aplicación del pasaporte sanitario, argumentando que la medida era abusiva, arbitraria, que limita el derecho a la libertad, que viola los principios de confidencialidad y que transforma a los ciudadanos misioneros sin el permiso en virtuales “muertos civiles”.
Además, agregan que ninguna declaración de emergencia sanitaria puede pasar por alto a la Constitución Nacional, ni privar de la libertad.
La presentación fue analizada por el juez Brites, que el viernes firmó el rechazo del habeas corpus al considerar, entre otros puntos, que “el planteo formulado no logra demostrar que la normativa impugnada implique una injustificada o impertinente afectación a los derechos individuales y colectivos”.
En esa línea, el magistrado añade en su resolución que “cabe remarcar que, el Estado provincial funda su decisión en virtud de la emergencia epidemiológica y sanitaria, con el objetivo de proteger la salud pública -clara obligación indeclinable del Estado-“.
En su planteo, al cual La Voz de Misiones tuvo acceso, Brites sostiene que el pase sanitario debe ser analizado en el marco de que las medidas fueron dispuestas con el objetivo de proteger la salud pública evitando la propagación del Covid-19 y permitiendo un proceso de re-apertura de las actividades, adhiriendo además a disposiciones del Ejecutivo nacional, siguiendo recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud (OMS) y considerando los efectos de la nueva variante Ómicron.
“(…) Las medidas fueron dictadas por el Ministerio de Gobierno y de Salud con motivo de una emergencia, siendo adoptadas dentro de un prudente marco de discrecionalidad, pero en base a motivaciones objetivas, plasmadas en los informes epidemiológicos del Ministerio de Salud -como autoridad sanitaria con competencia técnica específica en la materia. En ese contexto, debo guardar deferencia respecto de la decisión del Poder Administrador, pues resultaría ajeno a mi competencia, en el marco de una acción de habeas corpus, decidir sobre el acierto o desacierto, la mayor o menor conveniencia de dichas medidas”, se sostiene en el fallo.
Y continúa: “A ello, debemos sumar que el derecho a la libertad -como todo derecho- no es absoluto. Es decir, existen otros valores que el ordenamiento jurídico también protege, tal como ocurre con la cuestión vinculada a la salud pública de la población en general. En otras palabras, la libertad individual “supuestamente afectada” (tal y como lo alegan los accionantes), no pueden excluir el legítimo derecho de la sociedad de adoptar todas las medidas necesarias para poner fin a una situación de pandemia que tanto daño y sufrimiento a causado a lo largo y ancho del planeta”.
En base a todo lo expuesto es que Brites concluye que “por estos argumentos, considero es que lo solicitado por los accionantes -se preserva- en lo que a su presentación respecta, de ningún modo cumplen con los supuestos establecidos en el artículo 3 contemplada en la ley 23.098, amén de ello los accionantes no han especificado tampoco limitación o amenaza actual a la libertad ambulatoria de persona determinada/s, por la que la presente acción carece de la individualización de beneficiario, por ello escapa a un supuesto de restricción ambulatoria a remediar por medio del hábeas corpus; una razón más, para el rechazo in limine de la acción, con costas al accionante”.
Otro habeas corpus con similares características fue presentado en paralelo por una vecina de Montecarlo, ante el recientemente creado juzgado universal de esa localidad.
Rechazo nacional
Sandra Pitta, investigadora y ex candidata a diputada nacional por Juntos por el Cambio, presentó a comienzos de enero un recurso similar y también fue rechazado.
La presentación se trató de un recurso de habeas corpus colectivo en el cual pidió que se declare la inconstitucionalidad del pase sanitario aplicado por Decisión Administrativa 1198/2021.
La científica sostuvo que se trata de una medida que “condiciona os derechos de movilidad de las personas ya que le exigen la vacunación -cuando no es obligatoria- para ingresar a eventos masivos”.
La presentación fue analizada por el juez nacional de instrucción Alfredo Godoy, que finalmente terminó rechazando el habeas corpus y, por consiguiente, avalando la medida del Gobierno.
Según consignó Infobae, primero el juez “explicó que en tres oportunidades citó a Pitta a una audiencia para ratificar la presentación pero la investigadora no se presentó”.
“La normativa cuestionada se ha dictado con la evidente intención de evitar la propagación de una enfermedad catalogada como pandemia, en miras de salvaguardar intereses superiores, por lo que el fin perseguido por la norma, en tanto el bien jurídico que se pretende proteger la salud pública es legítimo, los medios utilizados son razonables y prudentes”, sostuvo el juez Godoy en su fallo, según el mismo portal porteño.
Desde Republicanos Unidos, agrupación liderada por Ricardo López Murphy y que actualmente pertenece Pitta, iban a apelar el fallo para que la cuestión sea analizada por la Cámara del Crimen.
En Corrientes y La Plata también se rechazaron recursos similares, en tanto que recientemente la Corte Suprema de Justicia de Nación rechazó habilitar la feria judicial para tratar planteos contra la aplicación del pasaporte sanitario.
Provinciales
Tras un mes sin agua, se restableció el servicio en comunidad mbya de San Ignacio
La Dirección de Asuntos Guaraníes confirmó el restablecimiento del servicio de agua potable en la comunidad Ychongy Poty, luego de que, a más de un mes sin poder acceder al líquido vital, el municipio y la cooperativa afín resolvieran saldar la deuda de $1.800.000, correspondiente a la conexión del sistema hídrico.
Al respecto, Francisco Rodríguez, director del área que funciona como nexo entre las comunidades mbya y el gobierno provincial, explicó a La Voz de Misiones que: “La comunidad estaba sin agua por una deuda de dicha conexión”, lo que afectaba a ocho familias integradas por alrededor de 35 personas.
También, detalló que la misma se encontraba a nombre del cacique y no de la comunidad, por lo que la provincia junto al municipio y la cooperativa acordaron saldar la deuda a fin de restablecer el servicio.
“Hoy ya cuentan con el agua correspondiente y está funcionando bien. Ya se le notificó al segundo cacique Gervacio Benítez porque el primero no se encontraba”, concluyó Rodríguez respecto a la última visita.
Según consta el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), al que Argentina adhirió, los Estados deben garantizar a los Pueblos Indígenas el acceso a servicios básicos que aseguren condiciones de vida dignas.
El caso
La faltante de agua potable en la comunidad Ychongy Poty se remonta al mes de febrero. Desde entonces, tanto niños como ancianos se vieron obligados a pasar días de calor extremo sin agua para beber, además de no poder realizar actividades básicas para la vida cotidiana, como cocinar o higienizarse en sus hogares, y debieron acudir a la solidaridad de sus vecinos.
Desde un comienzo, el mburuvicha, Ariel Ramos, había reclamado que “el municipio debía hacerse cargo de afrontar el pago y, de un día para el otro, dejó de hacerlo sin previo aviso”, generando una deuda que les resultaba imposible saldar, por lo que realizó la denuncia correspondiente ante la Dirección de Asuntos Guaraníes.
La situación fue visibilizada por distintas organizaciones sociales y defensoras de los derechos indígenas, tal como el Equipo Misiones de Pastoral Aborigen (Emipa) y la abogada Roxana Rivas, quien coincidió en que la situación era irregular desde el punto de vista de que al contar con Personería Jurídica, el servicio debería estar a nombre de la comunidad y no del mburuvicha.
“La cooperativa tiene la obligación de garantizar un servicio mínimo a todos los ciudadanos, pero particularmente a las comunidades indígenas. Y es obligación del Estado atender esta situación desde una perspectiva comunitaria”, había señalado.
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Provinciales
Preparan actividades y marcha a la Legislatura por los 30 años del No a Corpus
El próximo 14 de abril, en el marco del aniversario Nº 30 del plebiscito que frenó la construcción de la represa hidroeléctrica sobre el río Paraná en la localidad misionera de Corpus, la mesa provincial por el No a las Represas realizará una marcha hacia la Cámara de Representantes con el fin de “celebrar y reafirmar la voluntad de continuar defendiendo la libertad de nuestros ríos”. Previamente, el domingo 12, habrá distintas actividades en ese municipio.
Para dar a conocer la agenda movilizada por docentes, ambientalistas, organizaciones sociales, sindicales y la ciudadanía en general, la mesa provincial emitió un comunicado en el que recordó los últimos intentos por reactivar la propuesta.
“En nuestra provincia en los últimos tiempos se han escuchado voces de ex funcionarios provinciales y nacionales, diputados mandato cumplido, referentes de organismos nacionales, como la Comip, organizaciones como el colegio de ingenieros, tratando de promover un debate, ampliamente superado en nuestra provincia, acerca de la construcción de la represa de Corpus Christi”, resaltaron.
Lo que calificaron como “una clara actitud tendiente a desoír la voluntad de las misioneras y los misioneros expresada en el plebiscito de 1996 y no dar cumplimiento a la ley provincial que prohíbe avanzar en su construcción, sobre cualquier emplazamiento sobre el río Paraná”.
Por este motivo, convocaron a dos jornadas conmemorativas con el objetivo de “recordar que el próximo 14 de abril se cumplen 30 años de aquel histórico acontecimiento, en el que la ciudadanía misionera pudo libremente expresar su voluntad, rechazando la construcción del mencionado mega proyecto”.
El día domingo 12 de abril las actividades centrales se desarrollarán en la localidad de Corpus, lugar emblemático donde se llevó a cabo uno de los actos más recordados de la campaña por el NO. También habrá acciones en otras localidades a lo largo y ancho de la provincia, cuyos detalles se conocerán en los próximos días.
En tanto, el martes 14 de abril habrá una marcha desde el centro de Posadas hacia la Legislatura donde presentarán una nota exigiendo se avance con el tratamiento del proyecto de “Ley de Ríos Libres” ingresado el 15/07/2015 con expediente P.P. 2626/15 en la Comisión de Recursos Naturales y Conservación del Medio Ambiente, el cual no logró tratamiento hasta el momento.
Para finalizar, exigieron públicamente “que las autoridades provinciales y legisladores, expresen de igual manera su voluntad de defender la Ley que ratifica el resultado del plebiscito con un 88 % de NO A LA CONSTRUCCIÓN DE LA HIDROELÉCTRICA DE CORPUS”.
Por otro lado, instaron a las autoridades competentes a solicitar el “no apoyo a la reforma de la Ley de glaciares 26.639 y Ley de bosques 26.331, construidas, consensuadas y promulgadas con el acompañamiento amplio de la comunidad científica y los pobladores de los territorios de posible afectación siendo esto un motivo más que suficiente para que un legislador de nuestra provincia se oponga a semejante voluntad popular”.
Provinciales
Yerbateros acordaron no vender el kilo de hoja verde por menos de $500
Productores yerbateros de distintos puntos de la zona centro se reunieron en asamblea, a la altura del kilómetro 43 de la ruta 14 en Campo Grande, a fin de establecer un precio de referencia para la venta de hoja verde a secaderos e industrias.
El encuentro comenzó en horas de la mañana de este sábado con la presencia de un centenar de productores provenientes de esa localidad, como también de Itacaruaré, San Javier, San Vicente, Oberá, Campo Ramón, Campo Viera y El Soberbio.
En ese marco, el debate estuvo marcado por diversas cuestiones que hacen a la crisis del sector yerbatero, por lo que definieron ejes de acción como ser la venta de la hoja verde por un monto de $500 o superior.
“El cálculo contempla costos que rondan los $391 pesos por kilo de hoja verde y si se agrega un 30% de rentabilidad para el productor este número cerraría en no menos $500”, explicaron.
En este sentido, también recordaron el aumento de precios programados por el empresario yerbatero sirio, Omar Kassab, quien ofreció $350 por el kilo de hoja verde, lo cual consideraron insuficiente. “No obstante aplaudimos la predisposición de que un industrial plantee un precio de $350, aun así estamos trabajando por debajo de los costos de producción“, afirmaron.
Al mismo tiempo, señalaron: “Sumado a la merma en el rinde de la zona sur y Corrientes ante la sequía del verano, habrá una merma en la cosecha de este año, por lo tanto la definición del grupo de productores fue de no vender la hoja verde de yerba a valores inferiores a $500 puesto en secadero“.
Durante el encuentro que finalmente concluyó a las 16:30, vaticinaron que este año el mercado necesitará yerba ante el aumento de la demanda por consumo interno y el incremento de exportaciones.
Si bien aguardan que los productores cumplan con la medida de no entregar la hoja verde por menos de $500, continuarán exigiendo al gobierno provincial y a la Cámara de Representantes que se declare la emergencia yerbatera.

Asamblea de productores yerbateros en Campo Grande
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