Provinciales
Juez de Puerto Iguazú rechazó presentación contra el pase sanitario
El juez Martín Brites, titular del Juzgado de Instrucción Tres de Puerto Iguazú, pero actualmente a cargo del Juzgado Civil, Comercial y Laboral por subrogancia legal, rechazó el recurso de habeas corpus presentado por dos vecinos de Puerto Esperanza que se manifestaron en contra del pasaporte sanitario impuesto en forma conjunta por los ministerios de Gobierno y Salud de Misiones, el cual rige desde el 1 de enero.
En su resolución, firmada el viernes, el juez Brites dictaminó rechazar “in limine”, es decir, sin más trámites, la presentación de los vecinos de Puerto Esperanza “por no darse ninguno de los supuestos contemplados”.
El recurso de habeas corpus fue presentado el miércoles de la semana pasada, bajo el patrocinio del abogado particular y además concejal de Montecarlo por Juntos por el Cambio (PRO), Lucas Vega.
En el documento, los accionantes se manifestaron en contra de la aplicación del pasaporte sanitario, argumentando que la medida era abusiva, arbitraria, que limita el derecho a la libertad, que viola los principios de confidencialidad y que transforma a los ciudadanos misioneros sin el permiso en virtuales “muertos civiles”.
Además, agregan que ninguna declaración de emergencia sanitaria puede pasar por alto a la Constitución Nacional, ni privar de la libertad.
La presentación fue analizada por el juez Brites, que el viernes firmó el rechazo del habeas corpus al considerar, entre otros puntos, que “el planteo formulado no logra demostrar que la normativa impugnada implique una injustificada o impertinente afectación a los derechos individuales y colectivos”.
En esa línea, el magistrado añade en su resolución que “cabe remarcar que, el Estado provincial funda su decisión en virtud de la emergencia epidemiológica y sanitaria, con el objetivo de proteger la salud pública -clara obligación indeclinable del Estado-“.
En su planteo, al cual La Voz de Misiones tuvo acceso, Brites sostiene que el pase sanitario debe ser analizado en el marco de que las medidas fueron dispuestas con el objetivo de proteger la salud pública evitando la propagación del Covid-19 y permitiendo un proceso de re-apertura de las actividades, adhiriendo además a disposiciones del Ejecutivo nacional, siguiendo recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud (OMS) y considerando los efectos de la nueva variante Ómicron.
“(…) Las medidas fueron dictadas por el Ministerio de Gobierno y de Salud con motivo de una emergencia, siendo adoptadas dentro de un prudente marco de discrecionalidad, pero en base a motivaciones objetivas, plasmadas en los informes epidemiológicos del Ministerio de Salud -como autoridad sanitaria con competencia técnica específica en la materia. En ese contexto, debo guardar deferencia respecto de la decisión del Poder Administrador, pues resultaría ajeno a mi competencia, en el marco de una acción de habeas corpus, decidir sobre el acierto o desacierto, la mayor o menor conveniencia de dichas medidas”, se sostiene en el fallo.
Y continúa: “A ello, debemos sumar que el derecho a la libertad -como todo derecho- no es absoluto. Es decir, existen otros valores que el ordenamiento jurídico también protege, tal como ocurre con la cuestión vinculada a la salud pública de la población en general. En otras palabras, la libertad individual “supuestamente afectada” (tal y como lo alegan los accionantes), no pueden excluir el legítimo derecho de la sociedad de adoptar todas las medidas necesarias para poner fin a una situación de pandemia que tanto daño y sufrimiento a causado a lo largo y ancho del planeta”.
En base a todo lo expuesto es que Brites concluye que “por estos argumentos, considero es que lo solicitado por los accionantes -se preserva- en lo que a su presentación respecta, de ningún modo cumplen con los supuestos establecidos en el artículo 3 contemplada en la ley 23.098, amén de ello los accionantes no han especificado tampoco limitación o amenaza actual a la libertad ambulatoria de persona determinada/s, por la que la presente acción carece de la individualización de beneficiario, por ello escapa a un supuesto de restricción ambulatoria a remediar por medio del hábeas corpus; una razón más, para el rechazo in limine de la acción, con costas al accionante”.
Otro habeas corpus con similares características fue presentado en paralelo por una vecina de Montecarlo, ante el recientemente creado juzgado universal de esa localidad.
Rechazo nacional
Sandra Pitta, investigadora y ex candidata a diputada nacional por Juntos por el Cambio, presentó a comienzos de enero un recurso similar y también fue rechazado.
La presentación se trató de un recurso de habeas corpus colectivo en el cual pidió que se declare la inconstitucionalidad del pase sanitario aplicado por Decisión Administrativa 1198/2021.
La científica sostuvo que se trata de una medida que “condiciona os derechos de movilidad de las personas ya que le exigen la vacunación -cuando no es obligatoria- para ingresar a eventos masivos”.
La presentación fue analizada por el juez nacional de instrucción Alfredo Godoy, que finalmente terminó rechazando el habeas corpus y, por consiguiente, avalando la medida del Gobierno.
Según consignó Infobae, primero el juez “explicó que en tres oportunidades citó a Pitta a una audiencia para ratificar la presentación pero la investigadora no se presentó”.
“La normativa cuestionada se ha dictado con la evidente intención de evitar la propagación de una enfermedad catalogada como pandemia, en miras de salvaguardar intereses superiores, por lo que el fin perseguido por la norma, en tanto el bien jurídico que se pretende proteger la salud pública es legítimo, los medios utilizados son razonables y prudentes”, sostuvo el juez Godoy en su fallo, según el mismo portal porteño.
Desde Republicanos Unidos, agrupación liderada por Ricardo López Murphy y que actualmente pertenece Pitta, iban a apelar el fallo para que la cuestión sea analizada por la Cámara del Crimen.
En Corrientes y La Plata también se rechazaron recursos similares, en tanto que recientemente la Corte Suprema de Justicia de Nación rechazó habilitar la feria judicial para tratar planteos contra la aplicación del pasaporte sanitario.
Provinciales
Yerbateros solicitaron audiencia con el Inym en medio de los despidos
Tanto ayer lunes, como hoy martes, productores nucleados en la asociación civil Impulso Yerbatero, junto a otras organizaciones y cooperativas, elevaron un documento al directorio de la sede del Instituto Nacional de la Yerba Mate (Inym) en Posadas, solicitando una audiencia institucional a fin de dialogar y exponer las inquietudes del sector.
El pedido se dio en consonancia con el abrupto despido de 20 trabajadores del organismo, quienes recibieron sus respectivos telegramas entre ayer y hoy, por orden de Rodrigo Martín Correa, quien fue designado presidente del instituto el pasado 12 de diciembre.
En el documento al que tuvo acceso La Voz de Misiones, expresaron: “Las instituciones y asociaciones abajo firmantes se dirigen a ese Honorable Directorio con el objeto de solicitar formalmente el otorgamiento de una audiencia institucional, a fin de poder dialogar y exponer distintas inquietudes, propuestas y consideraciones vinculadas a la realidad actual del sector yerbatero y su impacto en las comunidades que representamos”.
En ese sentido, reconocieron el “rol fundamental” que cumple el Inym en la regulación, promoción y defensa de esta economía regional, por lo que consideraron de suma importancia “generar un espacio de intercambio directo, que permita contribuir desde nuestras miradas y experiencias al fortalecimiento del sector y a la búsqueda de soluciones consensuadas”.
En el mismo sentido, añadieron: “La audiencia solicitada tiene como finalidad principal propiciar un diálogo abierto y constructivo, que permita acercar posiciones, plantear preocupaciones y aportar propuestas que contemplen el desarrollo sostenible de la actividad yerbatera”, así como también el trabajo de los productores, tareferos, industriales y demás actores involucrados.
Por estas horas continúan aguardando respuestas con el objetivo de coordinar fecha y modalidad de la audiencia, conforme a la disponibilidad del directorio.
Impulso Yerbatero cuenta con el apoyo de otras cinco asociaciones de productores, cuatro cooperativas y la Federación de Cooperativas Agrícolas de Misiones Limitada (Fedecop), quienes adhirieron al pedido de audiencia.

Pedido de audiencia institucional de productores yerbateros al presidente del Inym
Motosierra de fin de año en el Inym: despiden a 20 trabajadores
Provinciales
El Parque Nacional Iguazú recibió un millón y medio de visitantes en 2025
Con gran flujo de visitantes extranjeros, provenientes de los países del Mercosur y de distintas provincias argentinas, el Parque Nacional Iguazú celebró la Navidad recibiendo al visitante 1.500.500, cifra que volvió a posicionarse cerca del récord de 1.508.776 registrado en 2023.
“Recibimos con orgullo la noticia de esta nueva cifra, que marca un récord de visitantes en el Parque Nacional Iguazú como resultado del trabajo articulado entre la Administración de Parques Nacionales (APN), la Secretaría de Turismo y Ambiente, los concesionarios y prestadores del área protegida, la ciudad de Puerto Iguazú y la Provincia de Misiones. En el marco de este cierre de año, celebramos los frutos de la sinergia entre actores clave y nos comprometemos a profundizar este camino conjunto”, expresó el presidente de la APN, Sergio Álvarez.
Por su parte, el intendente del área protegida, José María Hervás, afirmó que “la combinación de récord turístico y compromiso con la calidad convierte al Parque Nacional Iguazú en un referente mundial de conservación y hospitalidad”.
Las autoridades coincidieron en que esta cifra fue posible gracias a la combinación del flujo de visitantes extranjeros, con un fuerte aporte nacional que incluye la participación destacada de visitantes locales y jubilados.
En 2024, el Parque Nacional Iguazú recibió aproximadamente 1.331.641 visitantes, mostrando una ligera disminución respecto al año anterior, cuando se registraron 1.508.776, mientras que en 2022 se contabilizaron 1.455.641 turistas.
Además de conservar una porción de Selva Paranaense, la ecorregión más biodiversa del país, el Parque Nacional Iguazú fue declarado Sitio de Patrimonio Mundial por la Unesco; mientras que las Cataratas del Iguazú resguardadas en el área protegida son consideradas una de las Nuevas Siete Maravillas Naturales del Mundo.
Autorizan la realización de “microeventos” en el Parque Nacional Iguazú
Provinciales
Eldorado aprobó el boleto de transporte gratuito para personas con discapacidad
El Concejo Deliberante de Eldorado aprobó la ordenanza que establece la gratuidad del transporte urbano para personas con discapacidad, quienes podrán disponer de 60 pasajes por mes y un acompañante con la misma disponibilidad de viajes -no acumulables- y cuyos montos serán solventados por el municipio.
Hasta el momento, no existía una partida presupuestaria que cubriera el costo del servicio prestado por la concesionaria del transporte urbano, lo que generaba permanentes reclamos de la empresa prestataria que brindaba el servicio pero no obtenía compensación alguna, en contraposición a lo que establecen las leyes nacionales y provinciales sobre la gratuidad del transporte para personas con discapacidad.
Por iniciativa del Departamento Ejecutivo Municipal, el Concejo Deliberante de la Capital del Trabajo aprobó una ordenanza que establece que los fondos provengan de una partida presupuestaria específica a cargo del municipio.
El único requisito para poder acceder a la gratuidad será el Certificado Único de Discapacidad (Cud) emitido por el órgano competente y la empresa prestataria del servicio no podrá exigir ninguna otra documentación y sólo podrá ser utilizado para personas con domicilio en la ciudad.
El municipio abrirá un período de 120 días hábiles para realizar un registro de los beneficiarios y una vez otorgado el beneficio, la empresa prestataria se abstendrá de pedir una renovación por el plazo de un año.
El beneficio será retroactivo al 1º de octubre de 2025, por lo cual se autoriza al municipio a realizar las readecuaciones presupuestarias para abonar el servicio.
Financiamiento
Hasta el momento se desconoce el número de beneficiarios y los pasajes establecidos, por lo que tampoco se sabe con precisión cuál será el costo que deberá afrontar el municipio, aunque estiman que el volumen de pasajes gratuitos para ese rubro oscila entre los 40.000 y 50.000.
Teniendo en cuenta que el valor del boleto es de $1500, el subsidio alcanzaría un monto aproximado de 60 millones de pesos ($60.000.000) mensualmente. Aunque desde el municipio señalaron que “tras los controles dispuestos en la ordenanza se espera que el número de pasajes gratuitos por este concepto disminuya”.
El 6 de enero habrá audiencia pública por aumento del boleto en Posadas
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