Provinciales
Juez de Puerto Iguazú rechazó presentación contra el pase sanitario
El juez Martín Brites, titular del Juzgado de Instrucción Tres de Puerto Iguazú, pero actualmente a cargo del Juzgado Civil, Comercial y Laboral por subrogancia legal, rechazó el recurso de habeas corpus presentado por dos vecinos de Puerto Esperanza que se manifestaron en contra del pasaporte sanitario impuesto en forma conjunta por los ministerios de Gobierno y Salud de Misiones, el cual rige desde el 1 de enero.
En su resolución, firmada el viernes, el juez Brites dictaminó rechazar “in limine”, es decir, sin más trámites, la presentación de los vecinos de Puerto Esperanza “por no darse ninguno de los supuestos contemplados”.
El recurso de habeas corpus fue presentado el miércoles de la semana pasada, bajo el patrocinio del abogado particular y además concejal de Montecarlo por Juntos por el Cambio (PRO), Lucas Vega.
En el documento, los accionantes se manifestaron en contra de la aplicación del pasaporte sanitario, argumentando que la medida era abusiva, arbitraria, que limita el derecho a la libertad, que viola los principios de confidencialidad y que transforma a los ciudadanos misioneros sin el permiso en virtuales “muertos civiles”.
Además, agregan que ninguna declaración de emergencia sanitaria puede pasar por alto a la Constitución Nacional, ni privar de la libertad.
La presentación fue analizada por el juez Brites, que el viernes firmó el rechazo del habeas corpus al considerar, entre otros puntos, que “el planteo formulado no logra demostrar que la normativa impugnada implique una injustificada o impertinente afectación a los derechos individuales y colectivos”.
En esa línea, el magistrado añade en su resolución que “cabe remarcar que, el Estado provincial funda su decisión en virtud de la emergencia epidemiológica y sanitaria, con el objetivo de proteger la salud pública -clara obligación indeclinable del Estado-“.
En su planteo, al cual La Voz de Misiones tuvo acceso, Brites sostiene que el pase sanitario debe ser analizado en el marco de que las medidas fueron dispuestas con el objetivo de proteger la salud pública evitando la propagación del Covid-19 y permitiendo un proceso de re-apertura de las actividades, adhiriendo además a disposiciones del Ejecutivo nacional, siguiendo recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud (OMS) y considerando los efectos de la nueva variante Ómicron.
“(…) Las medidas fueron dictadas por el Ministerio de Gobierno y de Salud con motivo de una emergencia, siendo adoptadas dentro de un prudente marco de discrecionalidad, pero en base a motivaciones objetivas, plasmadas en los informes epidemiológicos del Ministerio de Salud -como autoridad sanitaria con competencia técnica específica en la materia. En ese contexto, debo guardar deferencia respecto de la decisión del Poder Administrador, pues resultaría ajeno a mi competencia, en el marco de una acción de habeas corpus, decidir sobre el acierto o desacierto, la mayor o menor conveniencia de dichas medidas”, se sostiene en el fallo.
Y continúa: “A ello, debemos sumar que el derecho a la libertad -como todo derecho- no es absoluto. Es decir, existen otros valores que el ordenamiento jurídico también protege, tal como ocurre con la cuestión vinculada a la salud pública de la población en general. En otras palabras, la libertad individual “supuestamente afectada” (tal y como lo alegan los accionantes), no pueden excluir el legítimo derecho de la sociedad de adoptar todas las medidas necesarias para poner fin a una situación de pandemia que tanto daño y sufrimiento a causado a lo largo y ancho del planeta”.
En base a todo lo expuesto es que Brites concluye que “por estos argumentos, considero es que lo solicitado por los accionantes -se preserva- en lo que a su presentación respecta, de ningún modo cumplen con los supuestos establecidos en el artículo 3 contemplada en la ley 23.098, amén de ello los accionantes no han especificado tampoco limitación o amenaza actual a la libertad ambulatoria de persona determinada/s, por la que la presente acción carece de la individualización de beneficiario, por ello escapa a un supuesto de restricción ambulatoria a remediar por medio del hábeas corpus; una razón más, para el rechazo in limine de la acción, con costas al accionante”.
Otro habeas corpus con similares características fue presentado en paralelo por una vecina de Montecarlo, ante el recientemente creado juzgado universal de esa localidad.
Rechazo nacional
Sandra Pitta, investigadora y ex candidata a diputada nacional por Juntos por el Cambio, presentó a comienzos de enero un recurso similar y también fue rechazado.
La presentación se trató de un recurso de habeas corpus colectivo en el cual pidió que se declare la inconstitucionalidad del pase sanitario aplicado por Decisión Administrativa 1198/2021.
La científica sostuvo que se trata de una medida que “condiciona os derechos de movilidad de las personas ya que le exigen la vacunación -cuando no es obligatoria- para ingresar a eventos masivos”.
La presentación fue analizada por el juez nacional de instrucción Alfredo Godoy, que finalmente terminó rechazando el habeas corpus y, por consiguiente, avalando la medida del Gobierno.
Según consignó Infobae, primero el juez “explicó que en tres oportunidades citó a Pitta a una audiencia para ratificar la presentación pero la investigadora no se presentó”.
“La normativa cuestionada se ha dictado con la evidente intención de evitar la propagación de una enfermedad catalogada como pandemia, en miras de salvaguardar intereses superiores, por lo que el fin perseguido por la norma, en tanto el bien jurídico que se pretende proteger la salud pública es legítimo, los medios utilizados son razonables y prudentes”, sostuvo el juez Godoy en su fallo, según el mismo portal porteño.
Desde Republicanos Unidos, agrupación liderada por Ricardo López Murphy y que actualmente pertenece Pitta, iban a apelar el fallo para que la cuestión sea analizada por la Cámara del Crimen.
En Corrientes y La Plata también se rechazaron recursos similares, en tanto que recientemente la Corte Suprema de Justicia de Nación rechazó habilitar la feria judicial para tratar planteos contra la aplicación del pasaporte sanitario.
Provinciales
Tormenta causó destrozos, voladura de techos y caída de postes en Aurora
Una fuerte tormenta que desató esta tarde en Colonia Aurora causó destrozos en edificaciones, voladuras de techos y caída de tendidos eléctricos.
El fenómeno meteorológico, que entremezcló intensas lluvias con fuertes ráfagas de viento, se registró después del mediodía de hoy, provocando múltiples daños en distintos puntos de la localidad.
Según reportaron vecinos del pueblo, como consecuencia del temporal hubo daños en la estructura de una iglesia luterana, como así también voladura de chapas en algunos barrios y caída de tendido eléctrico y árboles sobre una de las principales arterias con boulevard.
La tormenta de Colonia Aurora se da en un contexto de inestabilidad climática que afecta a toda la provincia, con advertencia de lluvias y más fenómenos meteorológicos como ráfagas de viento, actividad eléctrica y la eventual caída de granizo.
De acuerdo al reporte actualizado del servicio de Alerta Temprana de la Municipalidad de Posadas, para la capital provincial se espera un día con “nubosidad variable y caluroso”, con “chaparrones aislados por la tarde, que pueden ser fuertes”, mientras que el jueves la alerta pasa de celeste a amarilla con “chaparrones y tormentas” pronosticadas.
Provinciales
Acusada de estafar a egresados en Eldorado fue suspendida en su trabajo
El Ministerio de Salud Pública de la provincia de Misiones suspendió preventivamente y sin goce de haberes a Romina Paola Enríquez (42), empleada administrativa en el área de emergencias del hospital Samic de Eldorado, acusada de montar una estafa con la recaudación de dinero para una fiesta de egresados.
La medida, con una duración inicial de 30 días, se formalizó mediante la Resolución 14/2026 y tomó trascendencia pública a través de un edicto publicado en el Boletín Oficial de la provincia el pasado viernes.
Enríquez, quien se encontraba en licencia médica desde el 16 de diciembre de 2025, fue apartada de su cargo en el marco de una investigación judicial por presunta estafa, donde se la acusa de haber desviado fondos recaudados por padres y egresados de la Escuela Provincial de Comercio N° 19 de Eldorado, destinados a la organización de la fiesta de graduación del curso de su hija.
Según denuncias radicadas por familias afectadas, la suma involucrada rondaría los 2o millones de pesos, dinero que Enríquez habría destinado a apuestas en un casino local. En mensajes de Whastapp que le atribuyen, la mujer reconoció haber incurrido en el hecho por problemas con el juego, justificando que intentó recuperar el monto pero profundizó las pérdidas.
La suspensión administrativa se tomó a pesar del estado de salud de la empleada, quien presentó certificados médicos y psiquiátricos durante el proceso judicial para solicitar eximición de prisión y reposo.
El Ministerio adoptó la medida preventiva en respuesta a las denuncias y al avance de la causa penal a cargo del Juzgado de Instrucción Dos de Eldorado.

El edicto con la medida resulta fue publico el viernes pasado en el Boletín Oficial.
Provinciales
Elevan a $50 la tarifa mínima del estacionamiento medido en Eldorado
El 2 de febrero comenzará a regir el nuevo esquema del Sistema de Estacionamiento Medido (Sem), oficializado por la Municipalidad de Eldorado, que llevará la tarifa mínima a $50.
La medida fue establecida mediante la Resolución N° 625/A/2026 y contempla una actualización progresiva de las tarifas según el tiempo de permanencia.
De esta manera, la tarifa mínima que hasta diciembre fue de $30, desde el 2 de febrero se elevará a $50, contemplando la primera y segunda media hora, cada una. La tercera y cuarta media hora costarán $85 cada una, mientras que a partir de la quinta media hora el valor será de $130 por cada fracción de media hora.
Desde el municipio también aclararon que los pagos voluntarios mantienen sus valores actuales, sin modificaciones.
La oficina de Atención del Sem funciona sobre avenida Paraguay N° 1631, frente a la Escuela N° 468, cuyos horarios de atención son de lunes a viernes de 8 a 12 y de 16 a 20, y los sábados de 8 a 12.
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