Provinciales
Juez de Puerto Iguazú rechazó presentación contra el pase sanitario
El juez Martín Brites, titular del Juzgado de Instrucción Tres de Puerto Iguazú, pero actualmente a cargo del Juzgado Civil, Comercial y Laboral por subrogancia legal, rechazó el recurso de habeas corpus presentado por dos vecinos de Puerto Esperanza que se manifestaron en contra del pasaporte sanitario impuesto en forma conjunta por los ministerios de Gobierno y Salud de Misiones, el cual rige desde el 1 de enero.
En su resolución, firmada el viernes, el juez Brites dictaminó rechazar “in limine”, es decir, sin más trámites, la presentación de los vecinos de Puerto Esperanza “por no darse ninguno de los supuestos contemplados”.
El recurso de habeas corpus fue presentado el miércoles de la semana pasada, bajo el patrocinio del abogado particular y además concejal de Montecarlo por Juntos por el Cambio (PRO), Lucas Vega.
En el documento, los accionantes se manifestaron en contra de la aplicación del pasaporte sanitario, argumentando que la medida era abusiva, arbitraria, que limita el derecho a la libertad, que viola los principios de confidencialidad y que transforma a los ciudadanos misioneros sin el permiso en virtuales “muertos civiles”.
Además, agregan que ninguna declaración de emergencia sanitaria puede pasar por alto a la Constitución Nacional, ni privar de la libertad.
La presentación fue analizada por el juez Brites, que el viernes firmó el rechazo del habeas corpus al considerar, entre otros puntos, que “el planteo formulado no logra demostrar que la normativa impugnada implique una injustificada o impertinente afectación a los derechos individuales y colectivos”.
En esa línea, el magistrado añade en su resolución que “cabe remarcar que, el Estado provincial funda su decisión en virtud de la emergencia epidemiológica y sanitaria, con el objetivo de proteger la salud pública -clara obligación indeclinable del Estado-“.
En su planteo, al cual La Voz de Misiones tuvo acceso, Brites sostiene que el pase sanitario debe ser analizado en el marco de que las medidas fueron dispuestas con el objetivo de proteger la salud pública evitando la propagación del Covid-19 y permitiendo un proceso de re-apertura de las actividades, adhiriendo además a disposiciones del Ejecutivo nacional, siguiendo recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud (OMS) y considerando los efectos de la nueva variante Ómicron.
“(…) Las medidas fueron dictadas por el Ministerio de Gobierno y de Salud con motivo de una emergencia, siendo adoptadas dentro de un prudente marco de discrecionalidad, pero en base a motivaciones objetivas, plasmadas en los informes epidemiológicos del Ministerio de Salud -como autoridad sanitaria con competencia técnica específica en la materia. En ese contexto, debo guardar deferencia respecto de la decisión del Poder Administrador, pues resultaría ajeno a mi competencia, en el marco de una acción de habeas corpus, decidir sobre el acierto o desacierto, la mayor o menor conveniencia de dichas medidas”, se sostiene en el fallo.
Y continúa: “A ello, debemos sumar que el derecho a la libertad -como todo derecho- no es absoluto. Es decir, existen otros valores que el ordenamiento jurídico también protege, tal como ocurre con la cuestión vinculada a la salud pública de la población en general. En otras palabras, la libertad individual “supuestamente afectada” (tal y como lo alegan los accionantes), no pueden excluir el legítimo derecho de la sociedad de adoptar todas las medidas necesarias para poner fin a una situación de pandemia que tanto daño y sufrimiento a causado a lo largo y ancho del planeta”.
En base a todo lo expuesto es que Brites concluye que “por estos argumentos, considero es que lo solicitado por los accionantes -se preserva- en lo que a su presentación respecta, de ningún modo cumplen con los supuestos establecidos en el artículo 3 contemplada en la ley 23.098, amén de ello los accionantes no han especificado tampoco limitación o amenaza actual a la libertad ambulatoria de persona determinada/s, por la que la presente acción carece de la individualización de beneficiario, por ello escapa a un supuesto de restricción ambulatoria a remediar por medio del hábeas corpus; una razón más, para el rechazo in limine de la acción, con costas al accionante”.
Otro habeas corpus con similares características fue presentado en paralelo por una vecina de Montecarlo, ante el recientemente creado juzgado universal de esa localidad.
Rechazo nacional
Sandra Pitta, investigadora y ex candidata a diputada nacional por Juntos por el Cambio, presentó a comienzos de enero un recurso similar y también fue rechazado.
La presentación se trató de un recurso de habeas corpus colectivo en el cual pidió que se declare la inconstitucionalidad del pase sanitario aplicado por Decisión Administrativa 1198/2021.
La científica sostuvo que se trata de una medida que “condiciona os derechos de movilidad de las personas ya que le exigen la vacunación -cuando no es obligatoria- para ingresar a eventos masivos”.
La presentación fue analizada por el juez nacional de instrucción Alfredo Godoy, que finalmente terminó rechazando el habeas corpus y, por consiguiente, avalando la medida del Gobierno.
Según consignó Infobae, primero el juez “explicó que en tres oportunidades citó a Pitta a una audiencia para ratificar la presentación pero la investigadora no se presentó”.
“La normativa cuestionada se ha dictado con la evidente intención de evitar la propagación de una enfermedad catalogada como pandemia, en miras de salvaguardar intereses superiores, por lo que el fin perseguido por la norma, en tanto el bien jurídico que se pretende proteger la salud pública es legítimo, los medios utilizados son razonables y prudentes”, sostuvo el juez Godoy en su fallo, según el mismo portal porteño.
Desde Republicanos Unidos, agrupación liderada por Ricardo López Murphy y que actualmente pertenece Pitta, iban a apelar el fallo para que la cuestión sea analizada por la Cámara del Crimen.
En Corrientes y La Plata también se rechazaron recursos similares, en tanto que recientemente la Corte Suprema de Justicia de Nación rechazó habilitar la feria judicial para tratar planteos contra la aplicación del pasaporte sanitario.
Provinciales
Asueto el 1 de diciembre por el aniversario del natalicio de Andrés Guacurarí
Mediante el decreto 2329, el gobierno de Misiones estableció asueto administrativo para el lunes 1 de diciembre en el marco del aniversario por el natalicio del prócer misionero Andrés Guacurarí.
La medida afectará al Poder Judicial y Legislativo, al Tribunal de Cuentas, entes autárquicos y descentralizados, instituciones bancarias y organismos nacionales con asiento en la provincia.
Si bien el aniversario Nº 247 es el domingo 30 de noviembre, el asueto administrativo se hará efectivo el día lunes 1 de diciembre.
El gobernador, Hugo Passalacqua, compartió el decreto a través de un posteo en su cuenta personal de “X”, en el que señaló: “Con motivo de un nuevo aniversario del natalicio de nuestro prócer misionero, el Comandante General Andrés Guacurarí y Artigas, he decretado Asueto Administrativo para la Administración Pública Provincial el 1 de diciembre de 2025, mediante el Decreto N.º 2329”.
Con motivo de un nuevo aniversario del natalicio de nuestro prócer misionero, el Comandante General Andrés Guacurarí y Artigas, he decretado Asueto Administrativo para la Administración Pública Provincial el 1 de diciembre de 2025, mediante el Decreto N.º 2329. pic.twitter.com/RUIkDC7cQM
— Hugo Passalacqua (@passalacquaok) November 17, 2025
Provinciales
El 60% de los intentos de suicidio afectan a jóvenes de 10 a 29 años en Misiones
De las 1500 notificaciones por ideaciones suicidas, registradas por la Comisión para el Abordaje Integral del Suicidio (Cais), de septiembre de 2024 al mismo período de este año; el 60% fueron intentos de suicidio, protagonizados por jóvenes de 10 a 29 años, en su mayoría mujeres, y hubo un 9% de concreciones, efectuadas mayormente por varones.
El área fue creada el 10 de septiembre de 2024, por el gobernador Hugo Passalacqua, a través del Decreto 1945, y desde su creación la premisa fue “coordinar esfuerzos interministeriales y del sector privado para prevenir, asistir y realizar posvención para dar respuesta a la problemática”. Al mismo tiempo, impulsó el sistema de registro unificado de los casos relacionados con las conductas suicidas.
Al ser consultada por La Voz de Misiones, Natalia Falcone, titular del área, reconoció: “No tenemos datos del año anterior para comparar, en términos estadísticos. Tomamos el año 2025 como base, pero de todas formas, comparando con cifras del 2024 informadas por el Ministerio de Salud, se mantienen números similares”.
En 2024, la Dirección de Salud Mental del Ministerio de Salud de Misiones había notificado 180 suicidios concretados en la provincia a lo largo de 12 meses, y aseguraron que por cada muerte se producían al menos 20 intentos.
Respecto a las edades más frecuentes, de septiembre a septiembre, Falcone alertó que “las edades que reportaron frecuencias más altas fueron las pertenecientes al grupo etario de entre 15 a 19 años, seguidas por el grupo de 20 a 24 años”.
Y agregó: “En la franja de entre 10 y 29 años están el 60% de los casos de intentos de suicidio y el 64 % son mujeres”.
Al mismo tiempo, remarcó que en el caso de los suicidios concretados, las cifras se distribuyen de manera homogénea en todos los grupos etarios, con un leve aumento en la franja de 20 a 29 años. En este caso el 76% son varones.
En cuanto a la geografía provincial, el sistema de registro permitió constatar que Posadas, Garupá, Eldorado, Iguazú, Oberá , Alem, San Vicente, Jardín América, son los municipios más afectados, sin embargo, reconocieron que “es una realidad que afecta a casi todos los municipios”.
Otros detalles
La comisión Cais se encuentra conformada por la Vicegobernación, los ministerios de Salud, Educación, Gobierno, Prevención de Adicciones y Control de Drogas; SPEPM; el Consejo General de Educación; el Instituto de Previsión Social -IPS-, la Subsecretaría de Asuntos Municipales, la Policía de Misiones, la Municipalidad de Posadas, la Asociación Defender la Vida y Proyecto Help, acompañados además por todos los municipios de la provincia.
Conjuntamente con este primer aniversario, la Legislatura misionera sancionó la ley que establece a septiembre como “Mes Provincial de la Prevención del Suicidio”.
Prevención del suicidio: “Cada vez más personas se animan a pedir ayuda”
Provinciales
El gobierno eliminó aplicación de recargos por VTV vencida
En julio pasado el gobierno anunció el cobro de un recargo del 35% por trimestre para quienes realicen la Verificación Técnica Vehicular (VTV) con la oblea anterior vencida. Estaba previsto que la medida entrara en vigencia en diciembre, pero finalmente fue eliminada por el Ministerio de Gobierno de Misiones.
De esta manera, la cartera resolvió dejar sin efecto “de manera transitoria y excepcional”, el régimen de intereses por mora aplicable a la tarifa de VTV, tanto para autos como para motos.
En el artículo segundo del documento también detallaron que “la suspensión dispuesta en el artículo precedente tendrá vigencia a partir de la fecha de publicación de la presente resolución y hasta tanto se disponga lo contrario mediante nueva normativa expresa”.
A su vez, la resolución declaró de interés prioritario para la seguridad vial el cumplimiento regular y oportuno de la VTV, en tanto “constituye un instrumento esencial para garantizar que los vehículos en circulación se encuentren en condiciones técnicas adecuadas y seguras, sin perjuicio de la suspensión que se establece en el Artículo 1°”.
Finalmente, se instruye a las plantas verificadoras habilitadas a aplicar la presente medida en forma inmediata, debiendo adaptar sus sistemas de liquidación y facturación a fin de suprimir los intereses por mora durante el período de vigencia establecido.
La resolución lleva la firma del ministro de Gobierno de Misiones, Marcelo Gabriel Pérez y se conoció a primera hora de este viernes.

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