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Juez de Puerto Iguazú rechazó presentación contra el pase sanitario

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El juez Martín Brites, titular del Juzgado de Instrucción Tres de Puerto Iguazú, pero actualmente a cargo del Juzgado Civil, Comercial y Laboral por subrogancia legal, rechazó el recurso de habeas corpus presentado por dos vecinos de Puerto Esperanza que se manifestaron en contra del pasaporte sanitario impuesto en forma conjunta por los ministerios de Gobierno y Salud de Misiones, el cual rige desde el 1 de enero.

En su resolución, firmada el viernes, el juez Brites dictaminó rechazar “in limine”, es decir, sin más trámites, la presentación de los vecinos de Puerto Esperanza “por no darse ninguno de los supuestos contemplados”.

El recurso de habeas corpus fue presentado el miércoles de la semana pasada, bajo el patrocinio del abogado particular y además concejal de Montecarlo por Juntos por el Cambio (PRO), Lucas Vega.

En el documento, los accionantes se manifestaron en contra de la aplicación del pasaporte sanitario, argumentando que la medida era abusiva, arbitraria, que limita el derecho a la libertad, que viola los principios de confidencialidad y que transforma a los ciudadanos misioneros sin el permiso en virtuales “muertos civiles”.

Además, agregan que ninguna declaración de emergencia sanitaria puede pasar por alto a la Constitución Nacional, ni privar de la libertad.

La presentación fue analizada por el juez Brites, que el viernes firmó el rechazo del habeas corpus al considerar, entre otros puntos, que “el planteo formulado no logra demostrar que la normativa impugnada implique una injustificada o impertinente afectación a los derechos individuales y colectivos”.

En esa línea, el magistrado añade en su resolución que “cabe remarcar que, el Estado provincial funda su decisión en virtud de la emergencia epidemiológica y sanitaria, con el objetivo de proteger la salud pública -clara obligación indeclinable del Estado-“.

En su planteo, al cual La Voz de Misiones tuvo acceso, Brites sostiene que el pase sanitario debe ser analizado en el marco de que las medidas fueron dispuestas con el objetivo de proteger la salud pública evitando la propagación del Covid-19 y permitiendo un proceso de re-apertura de las actividades, adhiriendo además a disposiciones del Ejecutivo nacional, siguiendo recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud (OMS) y considerando los efectos de la nueva variante Ómicron.

“(…) Las medidas fueron dictadas por el Ministerio de Gobierno y de Salud con motivo de una emergencia, siendo adoptadas dentro de un prudente marco de discrecionalidad, pero en base a motivaciones objetivas, plasmadas en los informes epidemiológicos del Ministerio de Salud -como autoridad sanitaria con competencia técnica específica en la materia. En ese contexto, debo guardar deferencia respecto de la decisión del Poder Administrador, pues resultaría ajeno a mi competencia, en el marco de una acción de habeas corpus, decidir sobre el acierto o desacierto, la mayor o menor conveniencia de dichas medidas”, se sostiene en el fallo.

Y continúa: “A ello, debemos sumar que el derecho a la libertad -como todo derecho- no es absoluto. Es decir, existen otros valores que el ordenamiento jurídico también protege, tal como ocurre con la cuestión vinculada a la salud pública de la población en general. En otras palabras, la libertad individual “supuestamente afectada” (tal y como lo alegan los accionantes), no pueden excluir el legítimo derecho de la sociedad de adoptar todas las medidas necesarias para poner fin a una situación de pandemia que tanto daño y sufrimiento a causado a lo largo y ancho del planeta”.

En base a todo lo expuesto es que Brites concluye que “por estos argumentos, considero es que lo solicitado por los accionantes -se preserva- en lo que a su presentación respecta, de ningún modo cumplen con los supuestos establecidos en el artículo 3 contemplada en la ley 23.098, amén de ello los accionantes no han especificado tampoco limitación o amenaza actual a la libertad ambulatoria de persona determinada/s, por la que la presente acción carece de la individualización de beneficiario, por ello escapa a un supuesto de restricción ambulatoria a remediar por medio del hábeas corpus; una razón más, para el rechazo in limine de la acción, con costas al accionante”.

Otro habeas corpus con similares características fue presentado en paralelo por una vecina de Montecarlo, ante el recientemente creado juzgado universal de esa localidad.

Rechazo nacional

Sandra Pitta, investigadora y ex candidata a diputada nacional por Juntos por el Cambio, presentó a comienzos de enero un recurso similar y también fue rechazado.

La presentación se trató de un recurso de habeas corpus colectivo en el cual pidió que se declare la inconstitucionalidad del pase sanitario aplicado por Decisión Administrativa 1198/2021.

La científica sostuvo que se trata de una medida que “condiciona os derechos de movilidad de las personas ya que le exigen la vacunación -cuando no es obligatoria- para ingresar a eventos masivos”.

La presentación fue analizada por el juez nacional de instrucción Alfredo Godoy, que finalmente terminó rechazando el habeas corpus y, por consiguiente, avalando la medida del Gobierno.

Según consignó Infobae, primero el juez “explicó que en tres oportunidades citó a Pitta a una audiencia para ratificar la presentación pero la investigadora no se presentó”.

“La normativa cuestionada se ha dictado con la evidente intención de evitar la propagación de una enfermedad catalogada como pandemia, en miras de salvaguardar intereses superiores, por lo que el fin perseguido por la norma, en tanto el bien jurídico que se pretende proteger la salud pública es legítimo, los medios utilizados son razonables y prudentes”, sostuvo el juez Godoy en su fallo, según el mismo portal porteño.

Desde Republicanos Unidos, agrupación liderada por Ricardo López Murphy y que actualmente pertenece Pitta, iban a apelar el fallo para que la cuestión sea analizada por la Cámara del Crimen.

En Corrientes y La Plata también se rechazaron recursos similares, en tanto que recientemente la Corte Suprema de Justicia de Nación rechazó habilitar la feria judicial para tratar planteos contra la aplicación del pasaporte sanitario.

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Familia mbya necesita ayuda tras internación de una hija en el Garrahan

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Estefanía Méndez integra la comunidad mbya Perutí de El Alcázar, tiene 8 años y desde el 31 de enero se encuentra internada en el hospital Garrahan, donde fue sometida a una cirugía para extirpar un tumor en la cabeza.

Previamente, estuvo internada durante una semana en el hospital Pediátrico de Posadas, pero debido a la complejidad del cuadro debió ser derivada a Buenos Aires.

En diálogo con La Voz de Misiones, Cintia Méndez (24), madre de Estefanía, relató: “Los médicos me dijeron que es un tumor en la cabeza. La operaron el martes y en estos momentos se encuentra en vigilancia para controlar la infección y continuar con los tratamientos”.

Esto implica que Cintia permanezca en el nosocomio, con todos los gastos que ello conlleva. Junto a su esposo Junior César González también son padres de un niño de 10 años y un bebé de 2, quienes quedaron al cuidado de su padre y hoy se ve imposibilitado de obtener ingresos económicos para el sustento familiar, ya que el más pequeño todavía requiere cuidados intensivos.

“El bebé toma leche en mamadera, no debería faltar leche, por eso les pedí ayuda económica y ropa para mi niño”, recordó Cintia y añadió: “Mi preocupación está en los dos lados, acá con mi hija y con mis hijos qué dejé con el papá. Por eso la ayuda sería una gran bendición”.

Por su parte, Orlando Cabrera, segundo cacique de la comunidad Perutí se sumó al pedido de ayuda y comentó: “Estefanía cumplió 8 años el día 4 de febrero, estará cursando 3º grado en el instituto Perutí. Tuvo una intervención quirúrgica el martes 3 de febrero, con la que le extirparon un tumor en la cabeza. Ahora salió de terapia intensiva y fue trasladada a la sala de observación permanente”.

En la comunidad Perutí conviven 260 familias, que en su mayoría se dedican a la agricultura familiar. En total reúne alrededor de 1700 personas, entre adultos y niños, distribuidos en un total de 800 hectáreas.

Quienes deseen colaborar podrán hacerlo con leche, pañales, ropas, alimentos y artículos de higiene, coordinando la entrega a través del 3751 310974 (Cintia).

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Controlan foco ígneo en Campo Grande y reiteran riesgo extremo de incendios

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En la tarde de hoy, la rápida intervención de Bomberos Voluntarios permitió controlar un foco ígneo en una zona rural y evitó que las llamas se propagaran hacia sectores productivos cercanos en un contexto de sequía generalizada y riesgo extremo de incendios en toda la provincia. 

El hecho se registró cerca de las 15 en inmediaciones de la ruta 8, kilómetro 4 de Campo Grande, dentro de una chacra de la zona, donde los bomberos desplegaron tareas para contener, controlar y extinguir el principio de incendio forestal. 

Si bien realizan las pericias correspondientes a fin de confirmar el origen del foco ígneo, desde el Ministerio de Ecología recordaron que, al igual que la semana pasada, a lo largo y ancho de la provincia las condiciones climáticas continúan caracterizándose por calor sofocante y sequía, debido al bloqueo atmosférico.

Tanto la ola de calor que llevó a temperaturas de 38º en las ciudades misioneras más calurosas, como la ausencia de lluvias en la región, generan condiciones de peligro extremo de incendios.

Por ese motivo, se encuentra prohibida toda quema o actividad que pueda provocar el inicio de focos ígneos. La medida se extiende a las tareas de limpieza de malezas en chacras y los mantenimientos domiciliarios en áreas urbanas, donde queda estrictamente prohibida la quema de basura.

En el mismo sentido, recuerdan no arrojar vidrios, residuos o colillas en áreas verdes y pastizales, ya que estos elementos pueden actuar como iniciadores de fuego bajo el sol intenso.

Asimismo, recomiendan mantener las propiedades limpias de ramas y pastizales altos para reducir la carga de combustible natural ante un posible incidente. De no hacerlo, el incumplimiento de estas normas conlleva sanciones legales severas.

En caso de observar cualquier foco de incendio, se debe dar aviso inmediato a las líneas de emergencia 911 o a los Bomberos, evitando siempre el combate individual del fuego.

Alerta por riesgo extremo de incendios en toda la provincia

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Asociación busca financiamiento para sala de faena en matadero de El Soberbio

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Asociación busca financiamiento para sala de faena en matadero de El Soberbio

Tras impulsar y lograr una ordenanza que le otorgó un marco normativo a la actividad rural en El Soberbio, los productores que integran la flamante asociación bovina Matadero del Alto Uruguay (MAU) avanzan con los acondicionamientos del nuevo establecimiento y buscan conseguir financiamiento para la construcción de la sala de faena.

La sala de faena es una instalación sanitaria específica, diseñada para el sacrificio de animales bajo estrictas normas de higiene, con el objetivo de garantizar la seguridad alimentaria y el consumo humano.

Debido a los altos costos que implica la construcción del espacio, la asociación elaboró un proyecto, dirigido al gobierno de la provincia, que incluye los planos generales de la edificación con los presupuestos de la mano de obra y los materiales, lo que arroja una inversión de unos 20 millones de pesos.

“Con esa plata, estimamos que el proyecto en el que venimos trabajando se concrete y podamos inaugurar el matadero”, explicó a La Voz de Misiones uno de los productores que impulsa en la iniciativa.

Solicitud

En el documento del proyecto de financiamiento que la asociación busca elevar a las autoridades provinciales, solicita “respetuosamente” al gobierno de Misiones apoyo para la construcción de la sala de faena, destacando que se trata de una iniciativa que no solo beneficiará a sus socios, sino que también impulsará “la economía local y generará empleo en la región“.

“Con terreno propio y permisos en regla, estamos listos para avanzar con este proyecto, pero necesitamos su apoyo para hacerlo realidad”, agregó la asociación en la misiva.

Al mismo tiempo, los productores bovinos de El Soberbio se comprometieron a “devolver el financiamiento en tiempo y forma, según las condiciones establecidas, y a trabajar de la mano con el gobierno provincial para asegurar el éxito de este proyecto”.

“Nuestra asociación tiene capacidad para adquirir deuda, según su estatuto y personería jurídica (PJ 5.580), y cuenta con el respaldo unánime de sus socios para llevar adelante este proyecto”, afirman en el documento.

Los productores bovinos del Alto Uruguay impulsan hace más de ocho meses la iniciativa de levantar un nuevo matadero para la zona, luego de que la Municipalidad dispuso el cierre definitivo del establecimiento que funcionaba desde 1993 en la localidad tras recibir numerosas denuncias de vecinos por las quemas a cielo abierto, en un contexto marcado por el crecimiento poblacional en la zona y la falta de mantenimiento e inversión en el lugar.

Asociación logró una ordenanza que habilita un matadero rural en El Soberbio

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