Provinciales
Juez de Puerto Iguazú rechazó presentación contra el pase sanitario
El juez Martín Brites, titular del Juzgado de Instrucción Tres de Puerto Iguazú, pero actualmente a cargo del Juzgado Civil, Comercial y Laboral por subrogancia legal, rechazó el recurso de habeas corpus presentado por dos vecinos de Puerto Esperanza que se manifestaron en contra del pasaporte sanitario impuesto en forma conjunta por los ministerios de Gobierno y Salud de Misiones, el cual rige desde el 1 de enero.
En su resolución, firmada el viernes, el juez Brites dictaminó rechazar “in limine”, es decir, sin más trámites, la presentación de los vecinos de Puerto Esperanza “por no darse ninguno de los supuestos contemplados”.
El recurso de habeas corpus fue presentado el miércoles de la semana pasada, bajo el patrocinio del abogado particular y además concejal de Montecarlo por Juntos por el Cambio (PRO), Lucas Vega.
En el documento, los accionantes se manifestaron en contra de la aplicación del pasaporte sanitario, argumentando que la medida era abusiva, arbitraria, que limita el derecho a la libertad, que viola los principios de confidencialidad y que transforma a los ciudadanos misioneros sin el permiso en virtuales “muertos civiles”.
Además, agregan que ninguna declaración de emergencia sanitaria puede pasar por alto a la Constitución Nacional, ni privar de la libertad.
La presentación fue analizada por el juez Brites, que el viernes firmó el rechazo del habeas corpus al considerar, entre otros puntos, que “el planteo formulado no logra demostrar que la normativa impugnada implique una injustificada o impertinente afectación a los derechos individuales y colectivos”.
En esa línea, el magistrado añade en su resolución que “cabe remarcar que, el Estado provincial funda su decisión en virtud de la emergencia epidemiológica y sanitaria, con el objetivo de proteger la salud pública -clara obligación indeclinable del Estado-“.
En su planteo, al cual La Voz de Misiones tuvo acceso, Brites sostiene que el pase sanitario debe ser analizado en el marco de que las medidas fueron dispuestas con el objetivo de proteger la salud pública evitando la propagación del Covid-19 y permitiendo un proceso de re-apertura de las actividades, adhiriendo además a disposiciones del Ejecutivo nacional, siguiendo recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud (OMS) y considerando los efectos de la nueva variante Ómicron.
“(…) Las medidas fueron dictadas por el Ministerio de Gobierno y de Salud con motivo de una emergencia, siendo adoptadas dentro de un prudente marco de discrecionalidad, pero en base a motivaciones objetivas, plasmadas en los informes epidemiológicos del Ministerio de Salud -como autoridad sanitaria con competencia técnica específica en la materia. En ese contexto, debo guardar deferencia respecto de la decisión del Poder Administrador, pues resultaría ajeno a mi competencia, en el marco de una acción de habeas corpus, decidir sobre el acierto o desacierto, la mayor o menor conveniencia de dichas medidas”, se sostiene en el fallo.
Y continúa: “A ello, debemos sumar que el derecho a la libertad -como todo derecho- no es absoluto. Es decir, existen otros valores que el ordenamiento jurídico también protege, tal como ocurre con la cuestión vinculada a la salud pública de la población en general. En otras palabras, la libertad individual “supuestamente afectada” (tal y como lo alegan los accionantes), no pueden excluir el legítimo derecho de la sociedad de adoptar todas las medidas necesarias para poner fin a una situación de pandemia que tanto daño y sufrimiento a causado a lo largo y ancho del planeta”.
En base a todo lo expuesto es que Brites concluye que “por estos argumentos, considero es que lo solicitado por los accionantes -se preserva- en lo que a su presentación respecta, de ningún modo cumplen con los supuestos establecidos en el artículo 3 contemplada en la ley 23.098, amén de ello los accionantes no han especificado tampoco limitación o amenaza actual a la libertad ambulatoria de persona determinada/s, por la que la presente acción carece de la individualización de beneficiario, por ello escapa a un supuesto de restricción ambulatoria a remediar por medio del hábeas corpus; una razón más, para el rechazo in limine de la acción, con costas al accionante”.
Otro habeas corpus con similares características fue presentado en paralelo por una vecina de Montecarlo, ante el recientemente creado juzgado universal de esa localidad.
Rechazo nacional
Sandra Pitta, investigadora y ex candidata a diputada nacional por Juntos por el Cambio, presentó a comienzos de enero un recurso similar y también fue rechazado.
La presentación se trató de un recurso de habeas corpus colectivo en el cual pidió que se declare la inconstitucionalidad del pase sanitario aplicado por Decisión Administrativa 1198/2021.
La científica sostuvo que se trata de una medida que “condiciona os derechos de movilidad de las personas ya que le exigen la vacunación -cuando no es obligatoria- para ingresar a eventos masivos”.
La presentación fue analizada por el juez nacional de instrucción Alfredo Godoy, que finalmente terminó rechazando el habeas corpus y, por consiguiente, avalando la medida del Gobierno.
Según consignó Infobae, primero el juez “explicó que en tres oportunidades citó a Pitta a una audiencia para ratificar la presentación pero la investigadora no se presentó”.
“La normativa cuestionada se ha dictado con la evidente intención de evitar la propagación de una enfermedad catalogada como pandemia, en miras de salvaguardar intereses superiores, por lo que el fin perseguido por la norma, en tanto el bien jurídico que se pretende proteger la salud pública es legítimo, los medios utilizados son razonables y prudentes”, sostuvo el juez Godoy en su fallo, según el mismo portal porteño.
Desde Republicanos Unidos, agrupación liderada por Ricardo López Murphy y que actualmente pertenece Pitta, iban a apelar el fallo para que la cuestión sea analizada por la Cámara del Crimen.
En Corrientes y La Plata también se rechazaron recursos similares, en tanto que recientemente la Corte Suprema de Justicia de Nación rechazó habilitar la feria judicial para tratar planteos contra la aplicación del pasaporte sanitario.
Provinciales
Sala de 4 sin docente en Neni 2067 de Concepción: “Hay 20 niños sin clases”
Un grupo conformado por alrededor de 20 padres acudió al Consejo General de Educación (CGE), donde presentaron una nota para reclamar la interrupción del ciclo lectivo por ausencia de la maestra que desde al menos tres años prestaba servicios en el Núcleo Educativo de Nivel Inicial (Neni) 2067, sede 26, de la localidad de Concepción de la Sierra.
“Los alumnos están sin maestra y sin clases hace dos semanas”, reclamaron los padres en diálogo con La Voz de Misiones y añadieron: “La señora directora Margarita Sadaniowski no da respuestas. No da solución”.
Frente a esta situación, decidieron dirigirse en la mañana de este viernes al Consejo General de Educación (CGE) donde presentaron una nota en reclamo de la suplente correspondiente, ante la ausencia de la docente titular de la salita de 4 años.
“Queremos dejar en claro que es un derecho la educación en la salita de 4 años. Son 20 niños los que están esperando ansiosos a iniciar sus clases. Además, no tenemos información sobre quién es la supervisora a cargo; no tenemos nombre, contacto ni datos”, apuntaron los tutores.
Y concluyeron: “La directora solo repite lo que le dijeron, que le contaron, pero nunca da una conclusión final. Como padres ya no confiamos más en estas dilaciones. No queremos llegar a la tercera semana sin clases. Exigimos una respuesta definitiva e inmediata”.
Hasta el momento no lograron iniciar el ciclo lectivo, por lo que los padres denunciantes exigen una reunión con la supervisora escolar para, al menos, lograr la reincorporación de la suplente Samanta Danember.
Sobre lo que concluyeron: “Lo único que queremos nosotros como padres es respuesta por parte de la señora directora, Margarita Sadaniowski, quien nos niega reuniones con la supervisora y tampoco resuelve esta situación que lleva dos semanas. No podemos esperar más”.

Nota presentada por los padres de los alumnos de la salita de 4 años ante el CGE
Provinciales
La dueña de Samsa congela inversiones en Posadas y pone sus acciones en venta
Por Fernando OZ
Ante el proceso de desinversión del fondo estadounidense Platinum Equity, SAMSA frena obras en la red de agua potable de Posadas y Garupá, incumpliendo los planes proyectados para 2026. La filial argentina opera sin actualizaciones de infraestructura mientras busca nuevos compradores, dejando al Gobierno con la opción de exigir la renegociación de la concesión ante la crisis de servicios.
Servicios de Aguas de Misiones Sociedad Anónima (SAMSA) no invertirá más en Posadas ni en Garupá. La proyección de la firma para 2025, según su plan de inversión, era de casi 5.000 millones de pesos para la mejora de servicios, pero apenas se ejecutaron 1.450 millones. El mes pasado se presentó una presunta inyección de 520 millones de pesos en una flota de vehículos, pero en los balances esa partida sería parte del remanente del año anterior. El extraño flujo y la presunta sobrefacturación que padecen los vecinos sucede justo cuando el principal fondo inversor se encuentra por abandonar el país.
El servicio de suministro de agua potable del mayor conglomerado urbano de la provincia está en manos de Platinum Equity, un gigantesco fondo de inversiones estadounidense cuyos negocios van desde la producción de vinos en Italia con Fantini Group Vini, pasando por una fábrica de galletas francesa, Biscuit International, hasta la famosa Awaze, con sede en Londres, que alquila resorts, hoteles y castillos por media Europa.
En estos momentos, Platinum Equity tiene en venta sus activos de Urbaser Inversiones Argentina, la firma que administra SAMSA, que es apenas una fracción de Urbaser Global, un holding que opera en 30 países de cuatro continentes y tiene una nómina de unos 35.000 empleados.
Urbaser Inversiones Argentina se encuentra en un proceso de desinversión y la venta está a cargo del banco Santander. En consecuencia, según fuentes de la misma compañía, no habrá más inversiones para la red de provisión de agua para Posadas y Garupá. La administración central de SAMSA sigue estando en las oficinas de la Avenida Alem 1050, en la zona conocida como Catalinas Norte, frente al barrio porteño de Puerto Madero. En la sede de Urbaser Global, en Madrid, sobre la calle Agustín de Foxá, dicen que ya tienen otros dueños y se desentienden del asunto.
El mes pasado, Platinum Equity anunció la venta de Urbaser Global por casi 6.000 millones de dólares a un consorcio formado por dos fondos financieros: el estadounidense Blackstone y el sueco EQT. De lo único que no pudo desprenderse fue de la división de negocios en Argentina, es decir, de SAMSA.
En los salones de la Cámara de Comercio de Estados Unidos en Argentina (AmCham) están al tanto de la venta y dan por hecho que hay grupos interesados en las operaciones en la tierra colorada. Entre los lobbistas del sector, hay quienes siguen de cerca el destino de SAMSA y recuerdan que en 2018 quedó en manos del grupo chino China Tianying Inc., hasta que se vendió a Urbaser en 2021.
El embajador estadounidense en Buenos Aires, Peter Lamelas, un médico de origen cubano cercano a Donald Trump, se encuentra recorriendo todo el país con tres objetivos bien claros: generar negocios para las empresas de su país, hacer lobby con los gobernadores para evitar que se instalen capitales chinos y sumar a las provincias en la guerra contra el narcoterrorismo.
Se estima que casi 2,8 millones de hectáreas de todo el país están bajo control de capitales estadounidenses. En Misiones la presencia, por metros cuadrados, es significativa, especialmente en el sector forestal y en fondos de inversión que adquirieron tierras con vistas a negocios ecosistémicos y los futuros bonos de carbono. Además, Estados Unidos es el principal destino de las exportaciones de la provincia, especialmente de pasta celulosa.
El Gobierno de Hugo Passalacqua puede revocar la concesión si se demuestran fallas graves y reiteradas en la prestación del servicio. Es el EPRAC, el organismo regulador, el encargado de aplicar sanciones que, al acumularse, fundamenten una rescisión con causa. ¿Podrá SAMSA comprobar el plan de inversiones obligatorio que firmó en el contrato original?
Tal vez haya que esperar el proceso de venta de la filial argentina de Urbaser, en manos de Platinum. El Gobierno, si quisiera, se encuentra en una posición de fuerza para exigir al nuevo comprador la renegociación de los términos de una concesión que expirará en 2030.
Vecinos protestaron frente a Samsa: “El aire no se paga, basta de robar”
Provinciales
Río Uruguay restablecerá este jueves servicio de colectivos en Apóstoles
A primera hora de este jueves, la empresa Río Uruguay restablecerá el servicio de transporte público de pasajeros en Apóstoles, tras 48 horas de interrupción en la ciudad.
Según pudo confirmar La Voz de Misiones, la compañía y el Ejecutivo municipal, a cargo de la intendenta María Eugenia Safrán, llegaron a un acuerdo con el objetivo de garantizar la movilidad de los vecinos de Apóstoles a partir de mañana.
El último martes, Río Uruguay decidió “unilateralmente” interrumpir el servicio de colectivos en la localidad por incumplimientos de carácter nacional y ajenos “a cuestiones de la administración del municipio”, había informado el Ejecutivo a través de sus redes oficiales.
Ante esta situación, la Municipalidad dispuso unidades para trasladar a estudiantes a los establecimientos educativos mientras se destrababa el conflicto.
Finalmente, tras la intervención del Ejecutivo local y luego de 48 horas de interrupción, la empresa retomará el servicio de colectivos en la ciudad.
Apóstoles sin colectivos hace un día por decisión “unilateral” de Río Uruguay
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