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Juez de Puerto Iguazú rechazó presentación contra el pase sanitario

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El juez Martín Brites, titular del Juzgado de Instrucción Tres de Puerto Iguazú, pero actualmente a cargo del Juzgado Civil, Comercial y Laboral por subrogancia legal, rechazó el recurso de habeas corpus presentado por dos vecinos de Puerto Esperanza que se manifestaron en contra del pasaporte sanitario impuesto en forma conjunta por los ministerios de Gobierno y Salud de Misiones, el cual rige desde el 1 de enero.

En su resolución, firmada el viernes, el juez Brites dictaminó rechazar “in limine”, es decir, sin más trámites, la presentación de los vecinos de Puerto Esperanza “por no darse ninguno de los supuestos contemplados”.

El recurso de habeas corpus fue presentado el miércoles de la semana pasada, bajo el patrocinio del abogado particular y además concejal de Montecarlo por Juntos por el Cambio (PRO), Lucas Vega.

En el documento, los accionantes se manifestaron en contra de la aplicación del pasaporte sanitario, argumentando que la medida era abusiva, arbitraria, que limita el derecho a la libertad, que viola los principios de confidencialidad y que transforma a los ciudadanos misioneros sin el permiso en virtuales “muertos civiles”.

Además, agregan que ninguna declaración de emergencia sanitaria puede pasar por alto a la Constitución Nacional, ni privar de la libertad.

La presentación fue analizada por el juez Brites, que el viernes firmó el rechazo del habeas corpus al considerar, entre otros puntos, que “el planteo formulado no logra demostrar que la normativa impugnada implique una injustificada o impertinente afectación a los derechos individuales y colectivos”.

En esa línea, el magistrado añade en su resolución que “cabe remarcar que, el Estado provincial funda su decisión en virtud de la emergencia epidemiológica y sanitaria, con el objetivo de proteger la salud pública -clara obligación indeclinable del Estado-“.

En su planteo, al cual La Voz de Misiones tuvo acceso, Brites sostiene que el pase sanitario debe ser analizado en el marco de que las medidas fueron dispuestas con el objetivo de proteger la salud pública evitando la propagación del Covid-19 y permitiendo un proceso de re-apertura de las actividades, adhiriendo además a disposiciones del Ejecutivo nacional, siguiendo recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud (OMS) y considerando los efectos de la nueva variante Ómicron.

“(…) Las medidas fueron dictadas por el Ministerio de Gobierno y de Salud con motivo de una emergencia, siendo adoptadas dentro de un prudente marco de discrecionalidad, pero en base a motivaciones objetivas, plasmadas en los informes epidemiológicos del Ministerio de Salud -como autoridad sanitaria con competencia técnica específica en la materia. En ese contexto, debo guardar deferencia respecto de la decisión del Poder Administrador, pues resultaría ajeno a mi competencia, en el marco de una acción de habeas corpus, decidir sobre el acierto o desacierto, la mayor o menor conveniencia de dichas medidas”, se sostiene en el fallo.

Y continúa: “A ello, debemos sumar que el derecho a la libertad -como todo derecho- no es absoluto. Es decir, existen otros valores que el ordenamiento jurídico también protege, tal como ocurre con la cuestión vinculada a la salud pública de la población en general. En otras palabras, la libertad individual “supuestamente afectada” (tal y como lo alegan los accionantes), no pueden excluir el legítimo derecho de la sociedad de adoptar todas las medidas necesarias para poner fin a una situación de pandemia que tanto daño y sufrimiento a causado a lo largo y ancho del planeta”.

En base a todo lo expuesto es que Brites concluye que “por estos argumentos, considero es que lo solicitado por los accionantes -se preserva- en lo que a su presentación respecta, de ningún modo cumplen con los supuestos establecidos en el artículo 3 contemplada en la ley 23.098, amén de ello los accionantes no han especificado tampoco limitación o amenaza actual a la libertad ambulatoria de persona determinada/s, por la que la presente acción carece de la individualización de beneficiario, por ello escapa a un supuesto de restricción ambulatoria a remediar por medio del hábeas corpus; una razón más, para el rechazo in limine de la acción, con costas al accionante”.

Otro habeas corpus con similares características fue presentado en paralelo por una vecina de Montecarlo, ante el recientemente creado juzgado universal de esa localidad.

Rechazo nacional

Sandra Pitta, investigadora y ex candidata a diputada nacional por Juntos por el Cambio, presentó a comienzos de enero un recurso similar y también fue rechazado.

La presentación se trató de un recurso de habeas corpus colectivo en el cual pidió que se declare la inconstitucionalidad del pase sanitario aplicado por Decisión Administrativa 1198/2021.

La científica sostuvo que se trata de una medida que “condiciona os derechos de movilidad de las personas ya que le exigen la vacunación -cuando no es obligatoria- para ingresar a eventos masivos”.

La presentación fue analizada por el juez nacional de instrucción Alfredo Godoy, que finalmente terminó rechazando el habeas corpus y, por consiguiente, avalando la medida del Gobierno.

Según consignó Infobae, primero el juez “explicó que en tres oportunidades citó a Pitta a una audiencia para ratificar la presentación pero la investigadora no se presentó”.

“La normativa cuestionada se ha dictado con la evidente intención de evitar la propagación de una enfermedad catalogada como pandemia, en miras de salvaguardar intereses superiores, por lo que el fin perseguido por la norma, en tanto el bien jurídico que se pretende proteger la salud pública es legítimo, los medios utilizados son razonables y prudentes”, sostuvo el juez Godoy en su fallo, según el mismo portal porteño.

Desde Republicanos Unidos, agrupación liderada por Ricardo López Murphy y que actualmente pertenece Pitta, iban a apelar el fallo para que la cuestión sea analizada por la Cámara del Crimen.

En Corrientes y La Plata también se rechazaron recursos similares, en tanto que recientemente la Corte Suprema de Justicia de Nación rechazó habilitar la feria judicial para tratar planteos contra la aplicación del pasaporte sanitario.

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Realizarán operativos de asistencia a comunidades mbya en Misiones

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El Instituto Nacional de Asuntos Indígenas y la Dirección Provincial de Asuntos Guaraníes desarrollarán un operativo multiagencial en comunidades mbya guaraníes de distintas localidades misioneras del 3 al 7 de noviembre, con el objetivo de “acercar servicios y garantizar derechos básicos”.

Durante los siete días brindarán múltiples servicios, como ser: la emisión y renovación del Documento Nacional de Identidad (DNI), actualizaciones para menores y mayores e inscripciones tardías y reposiciones.

También tramitarán la libreta de la Asignación Universal por Hijo (AUH), acreditaciones de CUIL y certificación de escolaridad, carga de embarazo prenatal, asesoramiento jurídico y general, atención nutricional y orientación social.

El operativo comenzará el lunes 3 de noviembre en la comunidad Arandú de Pozo Azul de 7:30 a 12 y continuará en Ysyrý de Colonia Delicia Mado, de 14 a 18.

El día martes 4 será en Puerto Leoni. En la comunidad Marangatú de 7:30 a 12 y en Virgen María de 14 a 18.

El miércoles 5 la actividad tendrá lugar en el Centro Integrado de Ruiz de Montoya de 7:30 a 18.

El jueves 6 se desarrollará en la comunidad Mbokajaty de San Ignacio 7:30 a 18. En tanto, el viernes 7 concluirá en la Andresito de 7:30 a 18.

Esta acción es impulsada en conjunto por Anses, Pami, el Registro Nacional de las Personas (Renaper), el Ministerio del Interior de la Nación, el Ministerio de Capital Humano y el Gobierno de Misiones, a través de la Dirección Provincial de Asuntos Guaraníes, organismo que coordina el trabajo territorial con las comunidades indígenas.

Desde ese último destacaron que las jornadas “permiten garantizar la presencia del Estado en los territorios, acercando herramientas concretas a las comunidades mbya guaraníes y promoviendo su inclusión integral”.

El Consejo de Caciques renovó autoridades y reclama derechos fundamentales

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Prorrogan compatibilidad de planes sociales con trabajos rurales temporales

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El gobernador Hugo Passalacqua anunció la continuidad del régimen que permite a los trabajadores rurales con planes sociales acceder a un empleo formal sin perder la asistencia estatal. La medida, que vencía este año, fue prorrogada hasta el 1 de septiembre de 2026.

“Logramos la prórroga del régimen que compatibiliza los planes sociales con el trabajo formal rural, una herramienta clave para el bienestar de los trabajadores temporarios que sostienen la Misiones productiva”, expresó el mandatario provincial a través de sus redes sociales.

En esa línea, Passalacqua agradeció al gobierno nacional por “atender el pedido que hicimos desde Misiones para garantizar empleo registrado, inclusión social y previsibilidad en los períodos de cosecha”.

El pedido de extensión había sido presentado el pasado 16 de octubre, cuando el gobernador solicitó formalmente a Nación la prórroga del Decreto 514/2021, una norma que, según destacó, resultó “clave” en los últimos años al permitir que los trabajadores rurales temporarios pudieran acceder a un empleo formal sin perder sus planes sociales.

El decreto, que perdió vigencia el 1 de septiembre de este año, fue considerado por el Ejecutivo misionero como una herramienta esencial para promover la inclusión laboral y la formalización en el sector rural.

En su presentación, la provincia advirtió que su caída afecta directamente a miles de peones rurales, uno de los sectores más vulnerables, debido a la estacionalidad y la alta informalidad de sus tareas.

Con la renovación del régimen, el gobierno provincial busca dar continuidad a una política que resulta clave para Misiones, donde gran parte del empleo rural depende de actividades temporarias como la cosecha de yerba mate, té y tabaco.

La medida apunta a garantizar que esos trabajadores puedan acceder a empleos registrados sin perder los beneficios sociales que complementan sus ingresos en los períodos de menor actividad.

 

FOTO PRINCIPAL: Ilustrativa

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Solicitan dadores de sangre para heridos de la tragedia en Campo Viera

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El Banco de Sangre de Misiones hizo un llamado a toda la población invitando a posibles dadores a acercarse a los centros de donación más cercanos a fin de colaborar con los 14 heridos que permanecen internados en el Samic de Oberá y el hospital Madariaga de Posadas.

Cada donación puede salvar hasta cuatro vidas”, enfatizaron desde el organismo a través de un comunicado que comenzó a circular a través de las redes sociales.

“Queremos expresar nuestro profundo pesar por las víctimas fatales del accidente vial en la localidad de Campo Viera. Nos toca desde nuestra labor profesional y responsabilidad institucional, cubrir la demanda de sangre para los heridos de este siniestro, más la demanda habitual de los diferentes centros de salud de la provincia”, ahondaron en el escrito.

La tragedia que involucró a un vehículo y un colectivo que cayó sobre el cauce del arroyo Yazá en Campo Viera dejó como saldo 9 muertos y 29 heridos, de los cuales 10 permanecen internados en el samic de Oberá y cuatro en terapia intensiva, con cuidados especiales en el hospital Madariaga de Posadas.

Por esto, invitan a realizar donaciones de sangre en avenida Cabred y López Torres, de lunes a viernes de 7 a 19. También se pueden acercar al Madariaga o al hospital de Fátima.

En el resto de la provincia, podrán hacerlo en los hospitales públicos de San Ignacio, Jardín América, Puerto Rico, Eldorado, Puerto Iguazú, Apóstoles, Leandro N. Alem, Oberá y San Vicente.

Comunicado Banco de Sangre de Misiones

Colecta

Los interesados en donar deberán tener presente una serie de requisitos, entre ellos: ser mayor de 18 y menor de 65 años de edad y portar el documento de identidad.

Se debe pesar más de 50 kilos y registrar un Índice de Masa Corporal (IMC) mayor de 19. No haber padecido de enfermedades de transmisión sexual o sospechar ser portador de alguna.

No haber padecido de cáncer, ni tener enfermedades del corazón o los pulmones, como tampoco haber sido sometido a cirugías, transfusiones, tatuajes o piercing en los últimos 12 meses o haber sido sometido a tratamientos odontológicos en los últimos 7 días, padecer de infecciones o estar en tratamiento con antibióticos, antiparasitarios o antivirales.

Desde la institución recordaron que quienes presenten presión alta igual pueden realizar la donación y que “no es necesario ir en ayunas”.

A su vez, señalaron que el grupo más común en la región es el 0 positivo, seguido del A positivo. Pero al ser los más comunes, también son los que más se consumen.

Tragedia del Yazá: catorce heridos permanecen internados en Oberá y Posadas

 

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