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Passalacqua violó la Ley Electoral con el bono para empleados y la rebaja del gasoil

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Las dos medidas se encuadran en las restricciones del Código Electoral Nacional. En especial, en el artículo 64 quáter que prohíbe anuncios de alcance colectivo desde quince días antes de los comicios. Pero nadie dijo nada.

POSADAS. El gobernador Hugo Passalacqua incurrió en flagrantes violaciones del Código Electoral Nacional al lanzar el descuento en la compra de gasoil y un bono de 7.500 pesos para los empleados públicos, aunque no se conocieron reacciones al respecto.

En los dos casos la actitud del mandatario quedó encuadrada en los alcances de la ley 19.945, cuyo artículo 64 quáter establece que mientas dure la campaña proselitista, no está permitido inaugurar obras, lanzar planes, proyectos o programas de alcance colectivo.

El programa “Ahora gasoil” que se puso en marcha el miércoles pasado, instauró un descuento del 5 por ciento por vehículo y por mes, con excepción del tipo sedan, en la compra del combustible mencionado mediante una tarjeta especial.

Dicho beneficio está destinado a personas humanas y jurídicas radicadas en Misiones que tengan camiones, camionetas, furgones, ómnibus, utilitarios y tractores, que podrán acceder al descuento de hasta 1.500 pesos por vehículo.

En la misma línea, el gobernador anunció este viernes un denominado “Bono Primavera” de 7.500 pesos, pagadero en tres cuotas iguales y consecutivas de 2.500 pesos el 12/9, 12/10 y 12/11 de este año, respectivamente.

El Bono está destinado a los empleados activos, de planta permanente y contratados con relación de dependencia, y pasivos de la administración pública provincial, excluidos el gobernador, vicegobernador, ministros y presidentes de entes descentralizados.

En ninguno de los casos hubo objeciones a los alcances sociales de la medida, en cambio sí quedó en evidencia al contrastar el momento de los anuncios, en pleno proceso electoral; el protagonista, que es el Gobierno provincial, y el tipo de beneficio que comprende a un colectivo definido.

El texto de la norma que prohíbe las acciones como las encaradas por Passalacqua señala:

Artículo 64 quáter: Publicidad de los actos de gobierno. Durante la campaña electoral, la publicidad de los actos de gobierno no podrá contener elementos que promuevan; expresamente la captación del sufragio a favor de ninguno de los candidatos a cargos públicos electivos nacionales.

Queda prohibido durante los quince (15) días anteriores a la fecha fijada para la celebración de las primarias, abiertas simultáneas y obligatorias y la elección general, la realización de actos inaugurales de obras públicas, el lanzamiento o promoción de planes, proyectos o programas de alcance colectivo y, en general, la realización de todo acto de gobierno que pueda promover la captación del sufragio a favor de cualquiera de los candidatos a cargos públicos electivos nacionales.

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Losada a Passalacqua por defensa del Inym: “De nada sirve una esquelita”

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Losada

El ex intendente de Posadas, Joaquín Losada, cruzó al gobernador Hugo Passalacqua por la reacción del mandatario contra el nuevo decreto de Javier Milei sobre el Inym y acusó al gobierno provincial del “desguace” del organismo yerbatero.

Losada, también ex ministro de Desarrollo Social del gobierno de Maurice Closs, retuiteó la publicación de Passalacqua de este martes en su cuenta de X, donde el gobernador advierte sobre “los riesgos” del Decreto 812/2025 que modifica el reglamento del Inym, y cargó contra el Ejecutivo provincial.

“Hugo, Hugo, Hugo”, escribió Losada y recordó: “Eso fue lo que votaron y acompañaron”. “De nada sirve una esquelita o un tuit (en X)”, apuntó el ex intendente posadeño y disparó: “Por acción más que por omisión, son responsables del desguace del INYM”.

Losada

De esta manera, el ex intendente de Posadas se metió de lleno en el debate por este nuevo decreto de Milei, mediante el cual la Casa Rosada refuerza lo establecido en el DNU 70/23, de diciembre de 2023, que le quitó al Inym su potestad principal: fijar los precios de referencia de la hoja verde, que se desplomaron desde entonces hasta alcanzar hoy mínimos históricos.

La nueva normativa modifica el Decreto 1240/2002, que reglamentaba la Ley 25.564, de creación del Inym y regulaba su funcionamiento, limitándolo a funciones administrativas básicas.

El nuevo decreto de Milei, suprime del texto del artículo 8 la atribución del Inym de “implementar medidas para equilibrar oferta y demanda”, y prohíbe, explícitamente, el dictado de normas que “distorsionen precios, interfieran en la libre competencia o alteren la interacción natural entre oferta y demanda”.

Asimismo, deroga los artículos 9, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18 y 19, que le otorgaban al directorio del Inym atribuciones como control de producción, comercialización y sanciones; a la vez que obliga al organismo a adaptar toda su normativa interna en el plazo de 30 días.

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Política

Passalacqua advirtió sobre los “riesgos” del nuevo decreto de Milei sobre el Inym

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El gobernador de Misiones, Hugo Passalacqua, reaccionó al Decreto 812/2025 del presidente Javier Milei, publicado este martes en el Boletín Oficial y que avanza en la desregulación del mercado yerbatero, modificando el reglamento del Instituto Nacional de la Yerba Mate (Inym).

“Ante las nuevas medidas oficializadas hoy por el Gobierno Nacional en torno al INYM, nos sentimos en la obligación de reiterar nuestro llamado de atención sobre los riesgos de mayor concentración en el sector”, advirtió Passalacqua en su cuenta oficial de X.

“Es, fue y será siempre nuestra prioridad cuidar a toda la familia yerbatera: productores, tareferos, cooperativas e industrias”, escribió el mandatario provincial en el posteo donde hizo público el malestar del gobierno misionero con el nuevo decreto presidencial.

“Solo un mercado equilibrado garantiza que todos puedan vivir de su trabajo”, completó Passalacqua.

Refuerzo

Con este nuevo decreto, la Casa Rosada refuerza lo establecido en el DNU 70/23, de diciembre de 2023, que le quitó al Inym su potestad principal: fijar los precios de referencia de la hoja verde, que se desplomaron desde entonces hasta alcanzar hoy mínimos históricos.

La nueva normativa modifica el Decreto 1240/2002, que reglamentaba la Ley 25.564, de creación del Inym y regulaba su funcionamiento, limitándolo a funciones administrativas básicas.

El nuevo decreto de Milei, modifica el texto del artículo 8, que le otorgaba al Instituto la atribución de “implementar medidas para equilibrar oferta y demanda”, prohibiendo explícitamente el dictado de normas que “distorsionen precios, interfieran en la libre competencia o alteren la interacción natural entre oferta y demanda”.

Asimismo, deroga los artículos 9, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18 y 19, que le otorgaban al directorio del Inym atribuciones como control de producción, comercialización y sanciones; a la vez que obliga al organismo a adaptar toda su normativa interna en el plazo de 30 días.

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Nuevo decreto de Milei avanza en vaciamiento del Inym

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Inym

Mediante el Decreto 812/2025, firmado por el presidente Javier Milei, el ministro de Economía Luis Toto Caputo y el jefe de Gabinete Manuel Adorni, y publicado este martes en el Boletín Oficial, el gobierno avanzó en la desregulación del mercado yerbatero, consolidando el achicamiento del Instituto Nacional de la Yerba Mate (Inym).

Con este nuevo decreto, la Casa Rosada refuerza lo establecido en el DNU 70/23, de diciembre de 2023, que le quitó al Inym su potestad principal: fijar los precios de referencia de la hoja verde, que se desplomaron desde entonces hasta alcanzar hoy mínimos históricos.

La nueva normativa modifica el Decreto 1240/2002, que reglamentaba la Ley 25.564, de creación del Inym y regulaba su funcionamiento, limitándolo a funciones administrativas básicas.

El nuevo decreto de Milei, modifica el texto del artículo 8, que le otorgaba al Instituto la atribución de “implementar medidas para equilibrar oferta y demanda”, prohibiendo explícitamente el dictado de normas que “distorsionen precios, interfieran en la libre competencia o alteren la interacción natural entre oferta y demanda”.

Asimismo, deroga los artículos 9, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18 y 19, que le otorgaban al directorio del Inym atribuciones como control de producción, comercialización y sanciones; a la vez que obliga al organismo a adaptar toda su normativa interna en el plazo de 30 días.

En los considerandos del decreto, el gobierno argumenta que estas medidas buscan una “administración pública más eficiente y eficaz”, eliminando regulaciones que contravienen la defensa de la competencia.

La Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca enfatizó que esto fomenta la “liberación de mercados” y termina de “alinear” al Inym con los objetivos del DNU 70/23.

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