Política
El Dr. Diego Sebastián Meana entiende que la extinción de dominio es una confiscación de bienes sin proceso
CORRIENTES y POSADAS. El doctor Diego Sebastián Meana, docente de la cátedra de Derecho Penal de la Universidad Nacional del Nordeste (UNNE), señaló que la extinción de dominio es “una confiscación de bienes sin proceso, que atentaría contra el derecho de propiedad y el debido proceso”.
Meana, quien además ejerce la docencia en otras importantes casas de estudios del país (UNCAUS, UCP, UBA), dio a conocer su opinión con respecto al Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) sobre “Extinción de Dominio”, advirtiendo que su “reflexión sobre el tema no tiene vinculación política proselitista (ni a favor ni en contra) sino estrictamente jurídica”.
En su análisis, el docente y profesional del Derecho (en la foto a la derecha, acompañado por el reconocido profesor -doctor Marcelo Alberto Sancinetti) sostuvo:
I.- Cualquier consecuencia negativa que se derive de la comisión de un hecho punible es una pena, aunque se la quiera revestir de cualquier otra cosa (de hecho este DNU lo llama: “Régimen procesal de la acción civil de extinción de dominio”). En particular, no existen “acciones autónomas”, que “vayan contra las cosas”, tal como quiere presentarlo este DNU sobre “Extinción de Dominio”.
II.- Considero que tiene que regir el art. 23, del Código Penal, tal como existe hasta hoy. El decomiso en sí es una “extinción de dominio”, pero como derivado de la demostración de que las cosas “bajo el dominio” han sido adquiridas delictivamente o han sido utilizadas como instrumentos del delito.
III.- Si un sujeto tiene una cosa como producto de un delito, esta circunstancia tiene que ser establecida como consecuencia del ejercicio de la acción penal, como efecto del decomiso, y no puede desvincularse de esta naturaleza punitiva. En otras palabras más llanas pero directas: hoy 2019 existe disposiciones (por ende, no hay un vacío legal como muchos dicen) respecto al punto en cuestión.
IV.- Estamos ante una confiscación de bienes sin proceso, que atentaría contra el derecho de propiedad y el debido proceso, a fortiori, se violan palmariamente los arts. 17 y 18 de la Constitución Nacional.
V.- Sin confundir los temas, entiendo que la “Extinción de Dominio” lleva ínsita su invalidez, similar a lo que acaece con la previsión de tipos penales como el de “enriquecimiento ilícito”, derivado también de una presunción sin determinación del hecho supuestamente cometido.
VI.- Además, con este DNU se estaría aplicando una “nueva pena” y encima “anticipada”, violando el principio de inocencia.
VII.- El DNU elucida que la extinción de dominio podrá tener efectos retroactivos, conculcando así los derechos adquiridos.
VIII.- Como todavía no hay sentencia firme: ¿qué pasaría si se le aplica este DNU a una persona que luego resulta absuelta? Es decir, no se demostró nunca su culpabilidad pero igual otrora le despojamos de sus bienes (con toda la afrenta que ello conlleva, etc., etc.). En otros términos: ya son culpables de entrada y se invierte la carga de la prueba.
IX.- En sus partes pertinentes, tomo las palabras del Dr. AQUINO sobre EL PELIGROSO CAMINO DE LOS DECRETOS DE NECESIDAD Y URGENCIA (DNU): El art. 99, inc. 3°, de la Constitución Nacional tras la reforma del año 1994 establece que: “el Poder Ejecutivo no podrá en ningún caso, bajo pena de nulidad absoluta e insanable emitir disposiciones de carácter legislativo. Solamente cuando circunstancias excepcionales hicieran imposible seguir los trámites ordinarios previstos por la Constitución para la sanción de las leyes y no se tratare de normas que regulen la materia penal, tributaria, electoral o el régimen de partidos políticos, podrá dictar decretos de necesidad y urgencia…” Se funda esta premisa en la división de poderes, principio liminar del sistema republicano.
El gobierno nacional está usando y hasta abusando de esta práctica, porque el presidente tiene posibilidad de convocar a sesiones extraordinarias, proponer estos temas y provocar el debate. No existen las “circunstancias excepcionales que hacen imposible los trámites ordinarios previstos por la constitución para la sanción de las leyes”. No hay catástrofes naturales, no hay guerras civiles, conmociones sociales graves, ni conflictos bélicos con países hermanos, al contrario, bien pueden los legisladores trasladarse al Congreso y desde allí debatir y darles a la sociedad – o no – los instrumentos que emite el Presidente. Caso contrario si el Presidente legisla, además de administrar, esto dejaría de ser una república democrática y sería un cesarismo plebiscitario, que sin la participación del congreso impondría su voluntad más allá de los límites de la constitución.
Cuando se abusa de la excepción, se hace costumbre. Cuando hay costumbre, hay una cultura. No dejemos que avance la cultura autoritaria por sobre las claras fronteras constitucionales.
X.- Antes de finiquitar, creo coyuntural la ulterior pregunta: ¿sería constitucional si nuestro Congreso aprobara una “Ley de Extinción de Dominio” siguiendo el texto del actual DNU? Inteligibilizo que para responder eso, vale comentar lo que, por ejemplo, sucedió en Alemania.
El Código Penal alemán había introducido, por ley del 17/5/1992, un precepto de “imposición de pena patrimonial” (§ 43a, StGB), que quedaba limitada por la extensión del patrimonio del penado, aun cuando no estuviera clara la relación entre el hecho punible y el patrimonio detraído (en tanto fuera de presumir que los bienes pudieran haberse originado en hechos punibles). Empero, el Tribunal Constitucional Federal alemán declaró nula esa disposición, por ser incompatible con el art. 103, párrafo 2, GG (Ley Fundamental) que establece el principio de legalidad (“Un hecho sólo puede ser penado si la punibilidad estaba determinada legalmente antes de que el hecho fuera cometido”).
XI.- Por todo lo manifestado, la pregunta obligada sería: ¿estoy a favor de los delincuentes, de las asociaciones criminales, de los corruptos, etc., etc., que se enriquecen?, NO SEÑORES, DEBEN SER JUZGADOS Y CONDENADOS CON SENTENCIA FIRME PARA INMEDIATAMENTE SER DECOMISADOS LOS BIENES EN CUESTIÓN CONFORME EL ARTÍCULO 23 DEL CÓDIGO PENAL, PORQUE ESTOY CONVENCIDO QUE SE DEBEN RESPETAR LA CONSTITUCIÓN NACIONAL Y LOS TRATADOS INTERNACIONALES.
Política
Con los votos de los misioneros, Diputados aprobó la reforma laboral de Milei
Con los votos de los siete legisladores de Misiones, la Cámara de Diputados de la Nación aprobó este jueves, por 135 votos afirmativos, 115 negativos y cero abstenciones, la reforma laboral impulsada por el gobierno de Javier Milei, que ahora debe regresar al Senado debido a la modificación del proyecto original, que había obtenido la media sanción de la cámara alta la semana pasada.
Oscar Herrera Ahuad, Yamila Ruiz, Daniel Colo Vancsik y Alberto Arrúa, del Frente Renovador Neo; Diego Hartfield y Maura Gruber, de La Libertad Avanza (LLA); y Emmanuel Bianchetti, del PRO Misiones, sumaron a la mayoría que respaldó el proyecto.
Los diputados misioneristas y sus colegas del bloque de Innovación Federal, que la Renovación integra con un legislador de San Luis, otro de Formosa, y tres legisladores salteños que responden al gobernador Gustavo Sáenz; más los diputados que reportan a los gobernadores Osvaldo Jaldo, de Tucumán, y Raúl Jalil, de Catamarca, fueron determinantes para que el oficialismo reuniera el quorum mínimo para una sesión que, desde el principio, transcurrió con sobresaltos, cruces, gritos y acusaciones entre los parlamentarios.
Afuera, frente al Congreso, la multitudinaria manifestación de gremios y espacios políticos contrarios al gobierno, acompañaba el espeso clima que se vivía al mismo tiempo en el recinto.
Y, mientras en la calle los manifestantes enfrentaban la receta represiva de hidrantes y gases; adentro, Menem y el mendocino Luis Petri se alternaban en la presidencia y se esforzaban por no perder el control de una sesión que, por momentos, pareció írsele de las manos y que zozobró cerca de las 21,30, cuando el quórum se volvió intermitente y la confusión se apoderó del pleno.
En el interín, el gobierno y sus aliados rechazó a mano alzada la moción opositora de devolver el proyecto a comisión y aprobó la propuesta de la macrista Silvana Giudici, de limitar a 30 minutos el resto del debate y proceder a la votación en general de la ley, que después la misma legisladora porteña retiró en nombre “de la pacificación y la continuación de la sesión”.
Con todo, tras más de 12 horas de debate, el oficialismo consiguió la aprobación del proyecto, luego de la controversia que obligó al gobierno a dar marcha atrás y eliminar el artículo 44 de las licencias médicas, que recortaba la remuneración salarial de los trabajadores con permisos por accidentes o enfermedad, y le hizo perder a la ley la media sanción lograda en el Senado.
Enchufes
En esta ocasión, y tal como hizo con el Presupuesto 2026, el oficialismo consiguió imponer la votación por capítulos y no por artículos, como pretendía la oposición, en una decisión a mano alzada que provocó uno de los primeros incidentes de la jornada, con los diputados de Unión por la Patria (UxP) increpando en grupo a Menem y la kirchnerista Florencia Carignano desenchufando un manojo de cables del sonido del recinto.
El episodio de los enchufes hizo que, minutos después, Menem interrumpiera al correntino Lisandro Almirón, para reclamar al kirchnerismo por haber dejado sin audio al misionero Herrera Ahuad.
“Hay un diputado que no puede escuchar porque tiene una discapacidad. Y hace unos minutos una diputada le cortó los cables y ahora no puede escuchar”, avisó el riojano. “Por favor, tengan un poco de empatía con el diputado Herrera Ahuad”, pidió Menem, en medio de un barullo generalizado.
Por lo demás, la sesión se debatió entre el apoyo incondicional al proyecto del oficialismo y sus aliados, y el rechazo, que convocó no solo al kirchnerismo de UxP y la izquierda, sino también a diputados otrora propios, como Marcela Pagano; otrora dialoguistas, como Miguel Angel Pichetto y el radical Martín Lousteau; y de bloques federales, como Provincias Unidas, Primero San Luis y La Neuquenidad.
Pichetto cuestionó que el proyecto fuera presentado como una “modernización” de la Ley de Contrato de Trabajo (LCT) de 1974, y que no introduzca cambios que realmente actualicen la legislación.
“La ley tiene un enmascaramiento: se la presenta como modernización, pero no hay ningún elemento que indique que realmente modernice”, afirmó Pichetto y mencionó la Ley 27.555, de teletrabajo, que resulta derogada, en la práctica, por el proyecto de reforma laboral del gobierno.
También, cuestionó que “la ley siempre se ponga del lado del empresario” y que autorice el uso de la caja previsional para la creación de un fondo de despidos para el pago de indemnizaciones.
“Esta modalidad daña gravemente el sistema jubilatorio”, advirtió Pichetto y afirmó: “Es una reforma estructural que deja de lado el sistema de protección del trabajador”.
Lousteau dividió sus críticas en tres ejes. Primero, las costas judiciales de los litigios por despido, que el proyecto de ley traslada a los trabajadores, y que, según el diputado radical, “está diseñado para desalentar las demandas laborales”; la “indemnización condicionada”, y la situación de los trabajadores de plataformas, que “están completamente excluidos del texto”.
La voz de la bonaerense Pagano, del bloque Coherencia, resonó entre los otrora libertarios arrepentidos de Milei, quien fustigó el proyecto, trató al gobierno y sus aliados de “casta” y vaticinó: “Nos vamos al tacho, muchachos”.
Cadenas
Las críticas más contundentes de la jornada legislativa se escucharon de parte del kirchnerismo, a través de figuras como Germán Martínez, Cecilia Moreau, Horacio Pietragalla y Juan Grabois, entre otros; y la izquierda, que hizo punta con los diputados del FIT, Nicolás del Caño, Myriam Bregman y Néstor Pitrola.
“Esta ley es una ley que nos retrotrae a la esclavitud”, lanzó Pietragalla y, dirigiéndose a Martín Menem, avisó: “Te voy a hacer entrega del símbolo de esta ley, hoy”.
El legislador kirchnerista opinó que la reforma laboral del gobierno “es claramente un retroceso para nuestros derechos laborales, para nuestros derechos históricos y para nuestra Constitución, que defiende por sobre todas las cosas a los trabajadores”.
Acto seguido, Pietragalla dejó su banca y caminó en dirección al escritorio de Menem. “Usted no puede traerme nada, diputado”, atinó a decir el riojano, segundos antes de que el legislador de UxP depositara frente a él una cadena enrollada.
El reciente cierre de Fate, la histórica fabricante de neumáticos del país, que dejó a un millar de trabajadores desempleados, sobrevoló la sesión y se hizo bandera de la izquierda del FIT, con Pitrola como su más ferviente vocero.
Con un cartel frente a su banca, el diputado del Partido Obrero (PO) se refirió varias veces a la situación de la empresa y sus operarios, y convocó a “resistir y enfrentar en la calle esta reforma laboral y al gobierno entreguista de Milei”.
La oposición apuntó de lleno contra puntos del proyecto, como la eliminación del concepto de Ultraactividad, que alarga la vigencia de los contratos colectivos de trabajo vencidos; el banco de horas, que pone fin al pago de las horas extras; y los cambios en el régimen de vacaciones.
Esteban Paulón, fue otra de las voces del kirchnerismo en cargar contra el proyecto mileísta, al que tachó de “reforma antilaburante” y aseguró que busca “desorganizar la vida de trabajadores y trabajadoras”, con mecanismos como el banco de horas, que “deja el tiempo libre del trabajador en manos del empleador”.
“Con esta ley, Sturzenegger se recibe de señor basura”, disparó, por su parte, Carignano. “El objetivo es hacer plata y negocios”, afirmó y aseguró que el Fondo de Asistencia Laboral (FAL), que administrará las indemnizaciones con recursos previsionales, “es el gran negocio, quedarse con el 3% que antes iban a la Anses para que todos los argentinos podamos jubilarnos”.
“Cuando salga esta ley, va a ir a los sectores financieros, a los amigos de todos ustedes, a la timba financiera”, arremetió la diputada santafesina.
“El modelo económico les va a explotar en la cara; puede tardar más o menos, pero la historia nos demuestra que todo sigue su cauce”, apuntó Carignano y lanzó: “Van a terminar presos”.
Política
El gobierno desplazó a funcionaria por video en Cancún: “Fuera pobres”
El Gobierno de la provincia dejó sin efecto la designación de Karina Mabel Acosta como Directora de Turismo Social del Ministerio de Turismo. La medida fue dispuesta mediante el Decreto N° 252, firmado en Posadas el 18 de febrero de 2026 y a partir de la fecha deja sin efecto el nombramiento establecido por la resolución N° 219 del 16 de febrero de 2024.
Acosta, se desempeñaba en el cargo de Directora de Turismo Social, categoría 23 del Agrupamiento Administrativo del Plantel de Cargos del Personal Permanente de la Jurisdicción 14 – Ministerio de Turismo – Unidad de Organización 01, Unidad Superior.
El decreto establece que el instrumento será refrendado por el ministro de Turismo, José María Arrúa, y dispone su registro, comunicación y notificación a las áreas correspondientes, entre ellas el Ministerio de Turismo, la Dirección General de Coordinación del Sector Público, la Dirección de Liquidaciones de Contaduría General y el Instituto de Previsión Social.
La norma lleva la firma del gobernador Hugo Mario Passalacqua y del ministro de Turismo.
Karina Acosta conocida en redes como “KarinaReina7” en TikTok (perfil que actualmente no existe), así como en sus diversas redes sociales, se presenta como creadora digital de Posadas y “counching Profesional”.
El gobierno decidió apartarla luego de la viralización de un video suyo en el que se la ve practicando parapente y afirma estar “volando por los aires de México, Cancún, para todos los pobres”. Luego esboza risas junto a quienes la acompañan y continúa con la frase: “Fuera, pobres”.
Además, en su cuenta de Facebook se presenta como presidenta de una asociación llamada Comunidad Solidaria y su última actividad publicada en redes sociales fue el 1 de febrero, durante el lanzamiento de los Carnavales Misioneros.
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Política
El gobernador Passalacqua congeló su sueldo hasta el 31 de diciembre
Mediante el Decreto N.° 232, publicado hoy en el Boletín Oficial, el gobernador de Misiones, Mario Hugo Passalacqua, dispuso que los aumentos salariales que se establezcan para la administración pública durante todo el año no sean aplicables a sus haberes.
En los considerandos del documento oficial, el gobierno sostiene que “se mantienen las circustancias expresadas” en decretos anteriores sobre la situación económica nacional y provincial, que imponen la necesidad de “adoptar” medidas para reducir el gasto público.
En base a ello, se estableció en el primer artículo de la medida que, “a partir de la fecha de publicación y hasta el 31 de diciembre de 2026, los aumentos de haberes que se dispongan para el personal dependiente de la Administración Pública Central, no serán aplicables para los haberes que perciba el señor gobernador“.
El decreto lleva la firma del gobernador Passalacqua, así como también la del ministro de Gabinete, Héctor Safrán, y del ministro de Hacienda, Adolfo Safrán.

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