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El Dr. Diego Sebastián Meana entiende que la extinción de dominio es una confiscación de bienes sin proceso

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CORRIENTES y POSADAS. El doctor Diego Sebastián Meana, docente de la cátedra de Derecho Penal de la Universidad Nacional del Nordeste (UNNE), señaló que la extinción de dominio es “una confiscación de bienes sin proceso, que atentaría contra el derecho de propiedad y el debido proceso”.

Meana, quien además ejerce la docencia en otras importantes casas de estudios del país (UNCAUS, UCP, UBA), dio a conocer su opinión con respecto al Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) sobre “Extinción de Dominio”, advirtiendo que su “reflexión sobre el tema no tiene vinculación política proselitista (ni a favor ni en contra) sino estrictamente jurídica”.

En su análisis, el docente y profesional del Derecho (en la foto a la derecha, acompañado por el reconocido profesor -doctor Marcelo Alberto Sancinetti) sostuvo:

I.- Cualquier consecuencia negativa que se derive de la comisión de un hecho punible es una pena, aunque se la quiera revestir de cualquier otra cosa (de hecho este DNU lo llama: “Régimen procesal de la acción civil de extinción de dominio”). En particular, no existen “acciones autónomas”, que “vayan contra las cosas”, tal como quiere presentarlo este DNU sobre “Extinción de Dominio”.

II.- Considero que tiene que regir el art. 23, del Código Penal, tal como existe hasta hoy. El decomiso en sí es una “extinción de dominio”, pero como derivado de la demostración de que las cosas “bajo el dominio” han sido adquiridas delictivamente o han sido utilizadas como instrumentos del delito.

III.- Si un sujeto tiene una cosa como producto de un delito, esta circunstancia tiene que ser establecida como consecuencia del ejercicio de la acción penal, como efecto del decomiso, y no puede desvincularse de esta naturaleza punitiva. En otras palabras más llanas pero directas: hoy 2019 existe disposiciones (por ende, no hay un vacío legal como muchos dicen) respecto al punto en cuestión.

IV.- Estamos ante una confiscación de bienes sin proceso, que atentaría contra el derecho de propiedad y el debido proceso, a fortiori, se violan palmariamente los arts. 17 y 18 de la Constitución Nacional.

V.- Sin confundir los temas, entiendo que la “Extinción de Dominio” lleva ínsita su invalidez, similar a lo que acaece con la previsión de tipos penales como el de “enriquecimiento ilícito”, derivado también de una presunción sin determinación del hecho supuestamente cometido.

VI.- Además, con este DNU se estaría aplicando una “nueva pena” y encima “anticipada”, violando el principio de inocencia.

VII.- El DNU elucida que la extinción de dominio podrá tener efectos retroactivos, conculcando así los derechos adquiridos.

VIII.- Como todavía no hay sentencia firme: ¿qué pasaría si se le aplica este DNU a una persona que luego resulta absuelta? Es decir, no se demostró nunca su culpabilidad pero igual otrora le despojamos de sus bienes (con toda la afrenta que ello conlleva, etc., etc.). En otros términos: ya son culpables de entrada y se invierte la carga de la prueba.

IX.- En sus partes pertinentes, tomo las palabras del Dr. AQUINO sobre EL PELIGROSO CAMINO DE LOS DECRETOS DE NECESIDAD Y URGENCIA (DNU): El art. 99, inc. 3°, de la Constitución Nacional tras la reforma del año 1994 establece que: “el Poder Ejecutivo no podrá en ningún caso, bajo pena de nulidad absoluta e insanable emitir disposiciones de carácter legislativo. Solamente cuando circunstancias excepcionales hicieran imposible seguir los trámites ordinarios previstos por la Constitución para la sanción de las leyes y no se tratare de normas que regulen la materia penal, tributaria, electoral o el régimen de partidos políticos, podrá dictar decretos de necesidad y urgencia…”  Se funda esta premisa en la división de poderes, principio liminar del sistema republicano.

    El gobierno nacional está usando y hasta abusando de esta práctica, porque el presidente tiene posibilidad de convocar a sesiones extraordinarias, proponer estos temas y provocar el debate. No existen las “circunstancias excepcionales que hacen imposible los trámites ordinarios previstos por la constitución para la sanción de las leyes”. No hay catástrofes naturales, no hay guerras civiles, conmociones sociales graves, ni conflictos bélicos con países hermanos, al contrario, bien pueden los legisladores trasladarse al Congreso y desde allí debatir y darles a la sociedad – o no – los instrumentos que emite el Presidente. Caso contrario si el Presidente legisla, además de administrar, esto dejaría de ser una república democrática y sería un cesarismo plebiscitario, que sin la participación del congreso impondría su voluntad más allá de los límites de la constitución.

Cuando se abusa de la excepción, se hace costumbre. Cuando hay costumbre, hay una cultura. No dejemos que avance la cultura autoritaria por sobre las claras fronteras constitucionales.

X.- Antes de finiquitar, creo coyuntural la ulterior pregunta: ¿sería constitucional si nuestro Congreso aprobara una “Ley de Extinción de Dominio” siguiendo el texto del actual DNU? Inteligibilizo que para responder eso, vale comentar lo que, por ejemplo, sucedió en Alemania.

El Código Penal alemán había  introducido, por ley del 17/5/1992, un precepto de “imposición de pena patrimonial” (§ 43a, StGB), que quedaba limitada por la extensión del patrimonio del penado, aun cuando no estuviera clara la relación entre el hecho punible y el patrimonio detraído (en tanto fuera de presumir que los bienes pudieran haberse originado en hechos punibles). Empero, el Tribunal Constitucional Federal alemán declaró nula esa disposición, por ser incompatible con el art. 103, párrafo 2, GG (Ley Fundamental) que establece el principio de legalidad (“Un hecho sólo puede ser penado si la punibilidad estaba determinada legalmente antes de que el hecho fuera cometido”).

XI.- Por todo lo manifestado, la pregunta obligada sería: ¿estoy a favor de los delincuentes, de las asociaciones criminales, de los corruptos, etc., etc., que se enriquecen?, NO SEÑORES, DEBEN SER JUZGADOS Y CONDENADOS CON SENTENCIA FIRME PARA INMEDIATAMENTE SER DECOMISADOS LOS BIENES EN CUESTIÓN CONFORME EL ARTÍCULO 23 DEL CÓDIGO PENAL, PORQUE ESTOY CONVENCIDO QUE SE DEBEN RESPETAR LA CONSTITUCIÓN NACIONAL Y LOS TRATADOS INTERNACIONALES.

Política

Passalacqua con gobernadores: “El federalismo es una práctica cotidiana”

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passalacqua gobernadores

En la antesala al inicio de la penúltima sesión extraordinaria del Senado, donde el oficialismo nacional buscará sancionar el acuerdo Mercosur-Unión Europea y aprobar modificaciones en la vigente Ley de Glaciares, el gobernador de Misiones, Hugo Passalacqua, participó de un encuentro virtual con mandatarios de otras seis provincias, donde hablaron de “federalismo”, de “defender las economías regionales” y de “fortalecer” la voz en el Congreso.

El mandatario misionero informó del encuentro a través de su cuenta de X, donde etiquetó a los demás gobernadores: Raúl Jalil (Catamarca); Carlos Sadir (Jujuy); Rolando Figueroa (Neuquén); Alberto Weretilnek (Río Negro); Gustavo Sáenz (Salta) y Osvaldo Jaldo (Tucumán).

Según sus palabras, la reunión fue “para reafirmar algo que sostenemos siempre, el federalismo no es un discurso, es una práctica cotidiana. Compartimos miradas, datos y realidades sobre lo que viven nuestras provincias y sobre el papel clave que el interior debe asumir en la Argentina que viene”.

En esa línea, Passalacqua precisó que “hablamos de producción, de turismo, de energía, de minería, de agro. De cómo defender nuestras economías regionales y fortalecer la voz de nuestras provincias en el Congreso”.

“La mayoría provenimos de espacios provinciales, y eso nos da una mirada autónoma, con los pies en nuestra tierra y lejos de las viejas disputas del centralismo”, puntualizó.

Y cerró: “El crecimiento del país empieza en cada provincia, productor y trabajador del interior profundo. Y ahí vamos a estar, defendiendo lo nuestro”.

El inicio de la sesión de hoy en el Senado está fijado para las 11. Además del acuerdo Mercosur-Unión Europea y las modificaciones en la Ley de Glaciares, también se tratará el pliego que propone al ex diputado Fernando Iglesias como embajador en Bélgica.

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Goerling sobre 2027: “Me gustaría un segundo tiempo de Mauricio”

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El senador del PRO Misiones, Martín Goerling, habló del futuro del partido amarillo luego de la disolución de Juntos por el Cambio, tras la derrota electoral de 2023, y del papel que le cabe a su fundador, el ex presidente Mauricio Macri.

Entrevistado en el programa “Modo Fontevechia”, en Net TV, la señal del diario Perfil, Goerling opinó que “el desafío que tiene el PRO, de hoy para el 2027, es reconstruir su identidad, sus valores, pensar en el futuro”.

“El partido necesita una reconfiguracion”, señaló el parlamentario misionero y afirmó: “Hay mucha gente en todo el país que se quiere quedar en el PRO y no quiere ser parte del partido de Milei”.

“Hoy, Milei está solo en la cancha”, lanzó Goerling. “El peronismo está fragmentado, y los que somos centro derecha nos sentimos identificados, pero tenemos que poder salir a marcar nuestras diferencias”, argumentó.

“Hay mucha gente del PRO en mi provincia que está esperando esta decisión de relanzar el partido, y yo creo que es sano para la democracia que haya otra opción que no sea solo la de Milei”, afirmó, de cara a las elecciones presidenciales de 2027.

Sobre el papel de Macri, Goerling opinó que “Mauricio es presidente del partido y el líder de nuestro espacio y, como tal, tiene que tomar la decisión que el considere oportuna y liderar equipos para que el partido se reconfigure”.

“Mauricio es un peso específico, cada vez que habla pasa algo; Mauricio tiene que liderar este proceso”, apuntó Goerling y lanzó, sobre una eventual candidatura presidencial de Macri: “A mí me encantaría un segundo tiempo de Mauricio”.

 

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Política

“Fuera pobres”: tras echar a su directora, también eliminaron Turismo Social

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Luego de que el gobierno provincial desplazara a Karina Mabel Acosta de la Dirección de Turismo Social del Ministerio de Turismo, tras publicar un video en sus redes que rápidamente se hizo viral por vanagloriarse de sus vacaciones en Cancún con la frase “fuera pobres”, el Ejecutivo eliminó esa y otras 113 áreas de distintos niveles jerárquicos. 

La medida fue oficializada a través del Decreto N° 267, publicado este miércoles en el Boletín Oficial y abarca direcciones, coordinaciones, secretarías privadas en ministerios y otras dependencias de conducción por parte del Estado. 

En lo que respecta al Ministerio de Turismo particularmente, la única área eliminada fue la Dirección de Turismo Social, cargo al que Acosta fue nombrada por la resolución N° 219 el 16 de febrero de 2024.

Se trata de la categoría 23 del Agrupamiento Administrativo del Plantel de Cargos del Personal Permanente de la Jurisdicción 14 – Ministerio de Turismo – Unidad de Organización 01, Unidad Superior.

En cuanto a las demás áreas afectadas por la medida que busca “racionalizar, modernizar y agilizar” la estructura orgánica, se encuentran Educación con 15 niveles jerárquicos eliminados, seguido por Gobernación y en el ministerio del Agro y la Producción (14).

En tanto, las dependencias con más áreas suprimidas son: la secretaría de Estado de Energía (13); ministerio de Hacienda, Finanzas, Obras y Servicios Públicos (12); y el ministerio de Coordinación de Gabinete (10).

Los demás niveles eliminados del organigrama provincial se reparten en las otras doce estructuras con jerarquía de ministerio o secretaría de Estado.

El gobierno suprimió 114 áreas del organigrama provincial

 

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