Política
El Dr. Diego Sebastián Meana entiende que la extinción de dominio es una confiscación de bienes sin proceso
CORRIENTES y POSADAS. El doctor Diego Sebastián Meana, docente de la cátedra de Derecho Penal de la Universidad Nacional del Nordeste (UNNE), señaló que la extinción de dominio es “una confiscación de bienes sin proceso, que atentaría contra el derecho de propiedad y el debido proceso”.
Meana, quien además ejerce la docencia en otras importantes casas de estudios del país (UNCAUS, UCP, UBA), dio a conocer su opinión con respecto al Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) sobre “Extinción de Dominio”, advirtiendo que su “reflexión sobre el tema no tiene vinculación política proselitista (ni a favor ni en contra) sino estrictamente jurídica”.
En su análisis, el docente y profesional del Derecho (en la foto a la derecha, acompañado por el reconocido profesor -doctor Marcelo Alberto Sancinetti) sostuvo:
I.- Cualquier consecuencia negativa que se derive de la comisión de un hecho punible es una pena, aunque se la quiera revestir de cualquier otra cosa (de hecho este DNU lo llama: “Régimen procesal de la acción civil de extinción de dominio”). En particular, no existen “acciones autónomas”, que “vayan contra las cosas”, tal como quiere presentarlo este DNU sobre “Extinción de Dominio”.
II.- Considero que tiene que regir el art. 23, del Código Penal, tal como existe hasta hoy. El decomiso en sí es una “extinción de dominio”, pero como derivado de la demostración de que las cosas “bajo el dominio” han sido adquiridas delictivamente o han sido utilizadas como instrumentos del delito.
III.- Si un sujeto tiene una cosa como producto de un delito, esta circunstancia tiene que ser establecida como consecuencia del ejercicio de la acción penal, como efecto del decomiso, y no puede desvincularse de esta naturaleza punitiva. En otras palabras más llanas pero directas: hoy 2019 existe disposiciones (por ende, no hay un vacío legal como muchos dicen) respecto al punto en cuestión.
IV.- Estamos ante una confiscación de bienes sin proceso, que atentaría contra el derecho de propiedad y el debido proceso, a fortiori, se violan palmariamente los arts. 17 y 18 de la Constitución Nacional.
V.- Sin confundir los temas, entiendo que la “Extinción de Dominio” lleva ínsita su invalidez, similar a lo que acaece con la previsión de tipos penales como el de “enriquecimiento ilícito”, derivado también de una presunción sin determinación del hecho supuestamente cometido.
VI.- Además, con este DNU se estaría aplicando una “nueva pena” y encima “anticipada”, violando el principio de inocencia.
VII.- El DNU elucida que la extinción de dominio podrá tener efectos retroactivos, conculcando así los derechos adquiridos.
VIII.- Como todavía no hay sentencia firme: ¿qué pasaría si se le aplica este DNU a una persona que luego resulta absuelta? Es decir, no se demostró nunca su culpabilidad pero igual otrora le despojamos de sus bienes (con toda la afrenta que ello conlleva, etc., etc.). En otros términos: ya son culpables de entrada y se invierte la carga de la prueba.
IX.- En sus partes pertinentes, tomo las palabras del Dr. AQUINO sobre EL PELIGROSO CAMINO DE LOS DECRETOS DE NECESIDAD Y URGENCIA (DNU): El art. 99, inc. 3°, de la Constitución Nacional tras la reforma del año 1994 establece que: “el Poder Ejecutivo no podrá en ningún caso, bajo pena de nulidad absoluta e insanable emitir disposiciones de carácter legislativo. Solamente cuando circunstancias excepcionales hicieran imposible seguir los trámites ordinarios previstos por la Constitución para la sanción de las leyes y no se tratare de normas que regulen la materia penal, tributaria, electoral o el régimen de partidos políticos, podrá dictar decretos de necesidad y urgencia…” Se funda esta premisa en la división de poderes, principio liminar del sistema republicano.
El gobierno nacional está usando y hasta abusando de esta práctica, porque el presidente tiene posibilidad de convocar a sesiones extraordinarias, proponer estos temas y provocar el debate. No existen las “circunstancias excepcionales que hacen imposible los trámites ordinarios previstos por la constitución para la sanción de las leyes”. No hay catástrofes naturales, no hay guerras civiles, conmociones sociales graves, ni conflictos bélicos con países hermanos, al contrario, bien pueden los legisladores trasladarse al Congreso y desde allí debatir y darles a la sociedad – o no – los instrumentos que emite el Presidente. Caso contrario si el Presidente legisla, además de administrar, esto dejaría de ser una república democrática y sería un cesarismo plebiscitario, que sin la participación del congreso impondría su voluntad más allá de los límites de la constitución.
Cuando se abusa de la excepción, se hace costumbre. Cuando hay costumbre, hay una cultura. No dejemos que avance la cultura autoritaria por sobre las claras fronteras constitucionales.
X.- Antes de finiquitar, creo coyuntural la ulterior pregunta: ¿sería constitucional si nuestro Congreso aprobara una “Ley de Extinción de Dominio” siguiendo el texto del actual DNU? Inteligibilizo que para responder eso, vale comentar lo que, por ejemplo, sucedió en Alemania.
El Código Penal alemán había introducido, por ley del 17/5/1992, un precepto de “imposición de pena patrimonial” (§ 43a, StGB), que quedaba limitada por la extensión del patrimonio del penado, aun cuando no estuviera clara la relación entre el hecho punible y el patrimonio detraído (en tanto fuera de presumir que los bienes pudieran haberse originado en hechos punibles). Empero, el Tribunal Constitucional Federal alemán declaró nula esa disposición, por ser incompatible con el art. 103, párrafo 2, GG (Ley Fundamental) que establece el principio de legalidad (“Un hecho sólo puede ser penado si la punibilidad estaba determinada legalmente antes de que el hecho fuera cometido”).
XI.- Por todo lo manifestado, la pregunta obligada sería: ¿estoy a favor de los delincuentes, de las asociaciones criminales, de los corruptos, etc., etc., que se enriquecen?, NO SEÑORES, DEBEN SER JUZGADOS Y CONDENADOS CON SENTENCIA FIRME PARA INMEDIATAMENTE SER DECOMISADOS LOS BIENES EN CUESTIÓN CONFORME EL ARTÍCULO 23 DEL CÓDIGO PENAL, PORQUE ESTOY CONVENCIDO QUE SE DEBEN RESPETAR LA CONSTITUCIÓN NACIONAL Y LOS TRATADOS INTERNACIONALES.
Política
Safrán confirmó adelanto financiero de Nación: “Un pago a cuenta de deudas”
El ministro de Hacienda, Adolfo Safrán, salió al cruce de las publicaciones de medios nacionales que presentan la decisión de la Casa Rosada de auxiliar financieramente a 12 provincias, entre las que se encuentra Misiones, como un resarcimiento por el apoyo a las iniciativas legislativas del gobierno en el Congreso.
Safrán descargó la posición del Ejecutivo Provincial en una publicación en su cuenta de X, titulada “Defensa de los recursos misioneros en un contexto económico complejo”, donde señala que la provincia acepta los fondos anunciados por la Casa Rosada a cuenta de las deudas que Nación tiene con Misiones.
“A propósito de lo que ha salido publicado en algunos medios nacionales acerca del adelanto financiero que recibiremos algunas provincias, me permito explicar”, escribe el ministro de Hugo Passalacqua.
“Ante la caída de la coparticipación y la recaudación provincial —que representan una pérdida de $40.000 millones mensuales debido a la fuerte disminución de la actividad económica en el país— #Misiones ha tomado una decisión estratégica”, contextualiza Safrán.
“Aceptamos un adelanto financiero del Estado Nacional equivalente a un cuarto de lo que nos ofrecieron, pero con una premisa clara: estos fondos son, en realidad, un pago a cuenta de las deudas históricas que la Nación mantiene con nuestra provincia”, apunta.
“¿Qué nos debe Nación?”, pregunta Safrán y puntualiza: “Compromisos de Consenso Fiscal”, “Financiamiento de ANSES para la caja previsional”, y “Regalías de energía y programas de obras nacionales”.
“Este adelanto -sostiene- se cancelará en el corto plazo dentro de este año, funcionando como un puente financiero mientras seguimos gestionando y exigiendo que se destraben los fondos que legítimamente les corresponden a todos los misioneros”.
Una ganga
Además de la tierra colorada, el anticipo financiero incluye a las provincias de Catamarca, Chaco, Chubut, Corrientes, La Rioja, Mendoza, Río Negro, Salta, Santa Cruz, Tierra del Fuego y Tucumán.
Se trata de un total de $400.000 millones, distribuidos de acuerdo a la situación financiera de cada provincia y sujeto al porcentaje de coparticipación que recibe cada.
En rigor, equivale a una suerte de “préstamo”, ya que desde el equipo que trabajó en el decreto – el jefe de Gabinete Manuel Adorni, los ministros de Economía, Luis Caputo, y del Interior, Diego Santilli, y el mismo presidente Javier Milei-, se argumenta que la medida evita que las provincias “salgan al mercado para afrontar sus desafíos y corran el riesgo de endeudarse con intereses del 30% y 45% aproximadamente”, según publica el portal LPO.
“El Ejecutivo le ofrece esta posibilidad a las provincias cobrándole un 15% de interés, muy por abajo de lo que significaría endeudarse en el mercado”, señala la noticia.
Defensa de los recursos misioneros en un contexto económico complejo
A propósito de lo que ha salido publicado en algunos medios nacionales acerca del adelanto financiero que recibiremos algunas provincias, me permito explicar:
Ante la caída de la coparticipación y la… pic.twitter.com/q0YJFuTTVy
— Adolfo Safrán (@adolfosafran) April 2, 2026
Política
Abogado de yerbateros: “Vamos por la inconstitucionalidad del DNU”
El gobernador Hugo Passalacqua recibió este miércoles a productores yerbateros que avanzan en una estrategia judicial clave: una presentación en el fuero federal para declarar la inconstitucionalidad de las modificaciones que afectaron al Instituto Nacional de la Yerba Mate (Inym). La provincia anticipó su acompañamiento institucional, en una jugada con peso político y jurídico en el actual escenario nacional.
El eje de la medida no es menor. Según confirmó el abogado que lleva adelante la causa, Federico Paldosky, serán los propios productores -a través de asociaciones- quienes impulsarán la acción judicial, mientras que el Estado provincial evalúa sumarse como respaldo. “Los actores de las acciones judiciales son los productores a través de organizaciones. Nosotros al gobierno de la provincia le hemos pedido el apoyo institucional”, explicó.
En ese marco, una de las figuras posibles es la de “amicus curiae”, que permitiría a la provincia intervenir aportando argumentos técnicos y jurídicos sin ser parte directa del litigio. “Hay distintas formas de participar apoyando la acción y también haciendo una tarea pedagógica sobre la situación”, señaló.
Antecedente provincial
El propio Passalacqua, el 29 de diciembre de 2023, instruyó a la Fiscalía de Estado a presentar ante el Juzgado Federal de Posadas una medida cautelar en defensa de las funciones históricas del Inym, que se vieron afectadas tras la entrada en vigencia del DNU 70/2023. Ese antecedente marca la línea de acción que hoy la provincia vuelve a profundizar, ahora acompañando directamente la estrategia impulsada por los productores.
Una estrategia judicial en dos frentes
La presentación incluirá una acción principal y una medida cautelar. “Es una acción y un incidente, una medida cautelar”, detalló Paldosky, quien confirmó que la presentación se concretará en el fuero federal por tratarse de una impugnación contra decisiones del Poder Ejecutivo nacional.
“Es competencia federal ya que lo que se impugna es un acto del Poder Ejecutivo nacional”, precisó.
En ese sentido, aclaró un punto clave del debate público: la diferencia entre el DNU y su reglamentación. “El DNU cambia de facto la ley original del Inym sin pasar por el Congreso. Y otra cosa es el decreto reglamentario, que es una facultad del Poder Ejecutivo”, explicó.
El corazón de la demanda: inconstitucionalidad
La estrategia judicial tomará la forma de una acción declarativa de inconstitucionalidad. “Recogemos el guante que planteó la Justicia y presentamos una acción declarativa de inconstitucionalidad”, afirmó el abogado.
La presentación no será menor en términos técnicos: contará con 128 páginas de desarrollo jurídico, a las que se suma una cautelar de más de 60 páginas, además de un amplio cuerpo probatorio. “Hay muchísimas pruebas: informes, pericias, documentación institucional, el plan estratégico yerbatero”, indicó.
Tres ejes para cuestionar el DNU 70/23
El planteo se apoya en tres grandes bloques:
Falta de motivación: “El DNU, en lo que respecta al capítulo yerbatero, no tiene fundamentos concretos”.
Desviación de poder: “Se utilizó una facultad constitucional para beneficiar intereses particulares y no el interés general”.
Cambio en la naturaleza del INYM: “El DNU transforma al instituto en un apéndice de la gran industria”.
Según explicó el letrado, esto ya tiene efectos concretos: “Hoy ni siquiera es posible fijar precios de referencia, y eso se fundamenta en el DNU y su reglamentación”.
Alcance y respaldo
La presentación se enfocará exclusivamente en el capítulo yerbatero del decreto. “No tenemos legitimación para cuestionar todo el DNU, solo los artículos vinculados a la actividad yerbatera”, aclaró.
Del encuentro también participaron el ministro del Agro y la Producción, Facundo López Sartori; Gustavo Hein, presidente de la Federación de Cooperativas Agrícolas de Misiones (Fedecoop) e integrante de la conducción de Coninagro. Además, la medida contará con el acompañamiento de organizaciones del sector productivo a nivel nacional, como la Confederación General de la Producción (CGP) de la República Argentina, la misma que su presidente, Gastón Borsini, en una reunión días atrás, le entregó al gobernador bonaerense Axel Kicillof un documento sobre la situación del sector yerbatero a partir de la desregulación .
En este escenario, la judicialización del conflicto -ahora con el acompañamiento de la provincia- se posiciona como una estrategia central para restituir herramientas regulatorias que garanticen condiciones más equitativas en una de las principales economías regionales del país.
En un contexto nacional donde la intervención del Estado es fuertemente cuestionada, el reclamo yerbatero trasciende lo sectorial y escala al plano institucional. La disputa por el precio de la hoja verde y por el rol del Estado en la regulación de la actividad ingresa así de lleno en el terreno judicial, marcando un punto de inflexión en el conflicto.
- Foto de portada gentileza Economis
Política
Hartfield anunció demanda contra Gervasoni por video fake en su contra
El diputado nacional de La Libertad Avanza (LLA) Misiones, Diego Hartfield, anunció que iniciará acciones legales contra el presidente del Instituto de Macroeconomía Circular (Imac) y espada digital de la Renovación, Roque Gervasoni, por el resposteo en sus redes sociales de un video fake en su contra.
“Me llama la atención que un funcionario del Gobierno de Passalacqua replique videos falsos sobre mí”, dijo el ex tenista obereño, entrevistado por Radio UP, en referencia a un material viralizado esta semana, donde se acusa a Hartfield y al diputado provincial y presidente de LLA Misiones, Adrián Nuñez, de volar a Buenos Aires desde Apóstoles en jets privados pagados por la Anses y el Inym.
“Voy a avanzar con acciones legales contra Gervasoni, que hace una semana también había dicho que yo facilito la vuelta de los genocidas”, adelantó Hartfield.
“El modus operandi de estas cuentas, que no tienen un nombre, generalmente lo que hacen es, como hay un tema que está viralizado; por ejemplo, lo de los vuelos privados; entonces tiran un tema y la inteligencia de las redes sociales lo manijea mucho porque la gente se prende”, explicó.
“Cuando fue lo del caso Espert, algunos decían que yo tenía vínculos con Fred Machado. Entonces, esa es la manera de golpear, porque son videos que se viralizan mucho”, añadió.
“Pero, a mí lo que me llama la atención es que un funcionario del gobierno de Passalacqua lo postee y lo replique como si fuera una verdad total”, se quejó. “Me parece que el gobernador podría, de alguna manera, mandar una señal, educativa, de algún tipo de apercibimiento a su funcionario”, agregó.
“Yo voy a hacer acciones legales porque no es un dato menor”, lanzó el legislador obereño. “Una cosa es que un video de alguien que no sabemos quién es, y otra cosa es que un funcionario del gobierno, el señor Gervasoni, que ya había dicho hace una semana que yo facilito la vuelta de los genocidas, ahora repite esto”, distinguió Hartfield y afirmó: “Creo que amerita una denuncia penal y que él explique a la Justicia por qué dice esto”.
El ex tenista desmintió, asimismo, que desde LLA Misiones se haya amenazado de muerte al hijo del presidente del Imac, que, ayer, en otro posteo de Facebook, subió dos capturas de pantalla del usuario Lucho4x4, seudónimo de Luis Burg, a quien Gervasoni describió como “tipo violento”, que “tiene una casa de computación en San Vicente” y cuya hermana “trabaja para Martín Arjol“.
“Yo te puedo asegurar que La Libertad Avanza no tiene nada que ver con eso”, afirmó Hartfield.
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