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Vecina que delató a Kiczka: “Me dijo que vino por un retiro espiritual”

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Vecina que delató a Kiczka: “Me dijo que vino por un retiro espiritual”

Julia, la vecina que denunció la presencia del diputado Germán Kiczka en el camping municipal de Loreto, Corrientes, contó cómo descubrió que la persona con la cual había generado una confianza hace seis días resultó ser un prófugo de la Justicia misionera y buscado por la Interpol en el marco de una causa por tenencia, consumo y distribución de material de abuso sexual infantil.

“Estuve hablando con él. Como no tengo luz acá, miro las noticias en el celu y me encontré con la cara de este señor. Me asusté, casi me agarró un infarto“, relató la mujer que vive en las inmediaciones del camping, al ser entrevistada por Noticiero El 9, que se transmite en la hora central por Canal Trece local.

Cuando Julia reconoció que el huésped era ni más ni menos que un diputado prófugo, no dudó en llamar a la Policía de correntina: “Les dije si me podían buscar porque me sentía mal. Cuando llegué a la comisaría, el comisario me preguntó: ‘Está segura que es la misma persona’, y le dije que sí”.

Consultada por el periodista desde cuándo Kiczka estaba rondando por el predio municipal, la mujer detalló que la primera vez que vio al diputado fue el pasado jueves y, aunque no precisó un horario, coincide con el día que la Legislatura misionera trató su desafuero a raíz de la orden de detención que libró el juez de Instrucción Cuatro de Apóstoles, Miguel Ángel Faría, contra los hermanos apostoleños.

“Se presentó el primer día que le conocí y le pregunté: ‘Che que necesitas, perdóname que te tutee así’, y me contestó: ‘No pasa nada’, y entonces le dije: ‘Mira, si vos necesitás algo, te traigo algunas cositas para vos, alguna comida’, y me dijo: ‘No, no, tranquila, estoy un poco caído, me siento triste y vine por unos días para hacer un retiro espiritual’“, reconstruyó la mujer sobre las conversaciones que había tenido con el ahora diputado preso en la comisaría Segunda de Apóstoles.

En esa línea, la mujer continuó relatando que Kiczka solía sentarse a unos metros de ella y conversar “como cualquier persona, tranquilamente”. También detalló que los primeros días el misionero durmió en el Toyota Corolla gris, con el cual se había fugado, y luego el encargado del predio le “dio una piecita”.

Tras denunciar el hecho, Julia contó que se sintió afligida por la situación, ya que había intentado empatizar con el legislador, quien le había manifestado que “estaba pasando un mal momento”.

“Me dolió mucho, todos los días hablábamos, le dije: ‘Germán, anda contándome, a ver si yo te puedo ayudar’, porque lo vi dolido. Y eso fue todo“. La mujer, además, añadió otro dato sobre la estadía de Germán en el camping: “Fue a buscar trabajo en el vivero, yo lo veía solo”.

Por último, la vecina de Loreto descartó haber denunciado para obtener la recompensa de 5 millones de pesos que ofreció el gobierno de Misiones para quien aporte datos sobre el paradero de los hermanos Kiczka.

“Estas cosas injustas que se viven en el mundo, porque yo crie diez hijos, nunca pasó nada. Ahora miren los inocentes se pierden, mueren, los judean, no tienen derecho a vivir ¿por qué?, recién le estuve escribiendo a mi hija porque yo le pido a Dios que no me pasé nada, porque yo no lo hago por el dinero, sino por la justicia y la paz de los chicos, que vivan en su libertad, que puedan disfrutar de su infancia, por qué tanta injusticia, ahora porque tanta violencia”, cerró la mujer.

El Toyota Corola gris en el que se movilizaba Germán Kiczka y que fue secuestrado anoche durante su detención.

 

Solo, con $100.000 y durmiendo en un camastro: así cayó Germán Kiczka

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Los fundamentos de los jueces en el fallo por el caso Belén López

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Belén López jueces

Las diferentes posturas exhibidas entre los jueces Miguel Mattos y Gustavo Bernie, por un lado, y la magistrada Viviana Cukla, por el otro, en el caso Rocío Belén López (15), por cuya muerte su madre fue condenada a 16 años de prisión, se tradujeron en un documento de 237 páginas en el que cada uno volcó sus fundamentos.

En la sentencia dictada el 14 de agosto por el Tribunal Penal Uno de Posadas, la madre de la adolescente, Mariela Andrea Ramírez (48), fue condenada como autora del delito de homicidio calificado por el vínculo en su modalidad por omisión, aunque el fallo no fue unánime, sino por mayoría y con el voto disidente de Cukla.

En los fundamentos del fallo, el primer voto le correspondió a Bernie, quien como consideró “acreditada la hipótesis acusatoria” planteada por el fiscal Vladimir Glinka, que en su alegato consideró que la mujer dejó morir de hambre y de sed a su hija en forma deliberada. 

El presidente del tribunal articuló su voto en seis “extremos fácticos” mediante los cuales dio por probado que Rocío falleció como consecuencia de un cuadro de desnutrición y deshidratación que fue generado por el descuido de su madre, quien a su vez conocía las consecuencias de su accionar y tenía posibilidades de evitarlo.

Bernie no puso reparos en el informe forense incorporado en la causa y resaltó que las conclusiones vertidas “confluyen” con los testimonios recopilados.

Sobre esa base, concluyó: “Teniendo por probado que no ha existido otra causa probable de muerte cuyo análisis me permita alejarme de la establecida por el especialista, y que ante la adecuada alimentación e hidratación R.B.L. no hubiera llegado a la causa que provocó su muerte, debo considerar probado que si R.B.L. hubiera sido alimentada e hidratada adecuadamente no hubiera fallecido”.

Ramírez recibió 16 años de prisión y fue alojada en la UP V de Mujeres de Miguel Lanús.

En otro apartado de su voto, el magistrado admite que Ramírez se encontraba en condiciones de vulnerabilidad económica y social, aunque entiende que no hay “justificaciones” que la exculpen ya que si solicitaba ayuda la niña seguiría con vida.

En esa línea, resalta que la mujer “no trabajaba después de las 14” y plantea que “no se ha explicado a lo largo del presente debate cual sería el impedimento con que contaba la Sra. Ramírez para solicitar dicha ayuda al servicio médico local, cuya gratuidad es conocida públicamente”.

También ponderó las declaraciones de las antiguas vecinas del barrio Terrazas y las escaras que presentaba la niña como indicio del “descuido” al que Ramírez sometía a su hija, como así también valoró las fotos de la escena del hecho para calificar como “depósito” a la habitación donde la imputada tuvo a Belén durante los diez días que estuvo a su cuidado exclusivo entre el 13 y el 23 de julio de 2013.

El magistrado no restó importancia al diagnóstico de Síndrome de Rett que presentaba la adolescente, pero entendió que el nivel de desnutrición y deshidratación obedecía a un accionar de la madre y no al cuadro de clínico de base.

“Diez días antes, estando bajo el cuidado de su tía y su abuela, R.B.L. ya tenía síndrome de Rett, ya tenía nivel de nutrición e hidratación deficiente (normal para una persona con la condición mencionada) sin embargo su deceso se produce luego de los diez días al cuidado de la Sra. Ramírez, no queda más que inferir que si la misma hubiera mantenido el nivel de alimentación e hidratación que R.B.L. tenía hasta diez días antes, los valores no hubieran sido aquellos que generaron su muerte”, repasa Bernie, opinión a la cual adhirió Mattos.

En su voto Bernie también explica como circunstancias de atenuación en la imposición de pena tuvo en cuenta el cuadro de base que presentaba la niña, la gestión en soledad del cuidado y la situación de “vulnerabilidad social y económica” de la imputada al momento del hecho.

Bernie y Cukla, los magistrados del tribunal opinaron en sentido contrario.

El voto disidente

En sentido opuesto opinó Cukla, que en su voto abogó por la absolución de la imputada y propuso analizar el caso con perspectiva de género y discapacidad.

Para la magistrada el “núcleo del problema” radica en la “prueba médica”, advirtiendo que la autopsia fue practicada por un médico sin conocimientos específicos sobre el Síndrome de Rett, lo cual derivó en conclusiones sin el grado de certeza requerido.

No está determinada con certeza la causa concreta del fallecimiento ni el mecanismo que condujo a él. Está probado el resultado muerte. Está probado que el cuerpo presentaba desnutrición, deshidratación severa y escaras. Es probable que un déficit de ingesta haya operado en ese cuadro. Pero no está probado que la muerte se haya debido exclusivamente a esa privación, ni que las restantes causas compatibles con la patología de base -muerte súbita, arritmia asociada a la prolongación del QT, crisis convulsivas, un proceso inflamatorio pulmonar que el propio forense presumió- hayan quedado excluidas”, resumió.

Cukla tampoco dio por probado “el momento en que se habría iniciado la privación, ni su extensión, ni si fue total o parcial”, ni el carácter “deliberado” de la supuesta omisión de Ramírez.

“Esa afirmación no se apoya en prueba directa alguna, no hay testigo, ni registro, ni manifestación de la imputada en ese sentido, sino en una inferencia construida sobre el estado del cuerpo y de la habitación, que son datos del resultado y no de la voluntad”, añadió.

En otro apartado, la magistrada reflexionó la aplicación de perspectiva de género, pero no como un “criterio de indulgencia”, sino como un “método de control del razonamiento probatorio”.

Según su parecer, en varios testimonios vertidos en la causa se imponían comentarios “estereotipados” y que solo cargaban en el reproche en la mujer y no en el rol del hombre, en este caso en el padre biológico de Belén, que nunca se hizo cargo de la niña.

“Aquí no se juzga si Mariela Ramírez fue una buena madre, ni si su comportamiento se ajustó a lo que sus vecinas, su empleada doméstica o su familia esperaban de ella. Se juzga si realizó u omitió una conducta determinada, en un tiempo determinado, con determinadas consecuencias”, apuntó.

Caso Belén: su madre fue condenada por homicidio y recibió 16 años de prisión

 

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Judiciales

El “rey de las mulas narco” abrevió por 11 años: “Quiero trabajar y estudiar”

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bodji mulas narco

A través de videoconferencia y conectado desde el módulo de internos de “alto riesgo” de la cárcel federal de Ezeiza, el surinamés Johan Bodji (52), más conocido como el “rey de las mulas narco”, aceptó ser condenado a la pena de 11 años de prisión como organizador y financista de una banda transnacional que enviaba cocaína a Europa en el estómago de jóvenes vulnerables y que recibía drogas sintéticas como contraprestación.

Su acuerdo para la firma de un juicio abreviado fue ratificado esta mañana en una audiencia realizada ante el Tribunal Oral Federal (TOF) de Posadas, instancia en la que otros tres de los siete imputados en total también eligieron acogerse al mismo procedimiento judicial.

“Estoy arrepentido, cometí un error como cualquier ser humano”, expresó Bodji desde el penal de Ezeiza.

De esta manera, el extranjero que también se movía bajo la identidad de Dominique Harry Rayngs, admitió su responsabilidad en los hechos endilgados y dio el consentimiento para ser condenado a 11 años de prisión como organizador y financista de “tráfico ilícito de estupefacientes, bajo la modalidad de comercio agravado por la intervención de tres o más personas”, además de otros delitos atribuidos como falsificación de documentos públicos y desobediencia.

No fueron sus únicas palabras, ya que aprovechó la oportunidad para realizar diferentes planteos. Por un lado, reclamó ser atendido por una lesión en el codo y por un problema de visión, mientras que por el otro solicitó abandonar el régimen de “presos de alto riesgo”, módulo que comparte con los criminales más peligrosos del país.

Es una tortura psicológica este lugar. Yo quiero estudiar y trabajar como cualquier preso, pero acá no puedo hacerlo. Acá estoy encerrado 20 horas al día”, esgrimió, al tiempo que explicó que debido a las condiciones de estricta seguridad del régimen en el que se encuentra tampoco puede recibir la visita de sus hijos, ni comunicarse por videollamada con su madre, próxima a cumplir 81 años.

Seis de los siete imputados estuvieron conectados por videoconferencia.

Jorge Antonio Sandoval (47) fue otro de los imputados que se acogió a un juicio abreviado. En este caso, el acusado 8 años de prisión como autor “tráfico ilícito de estupefacientes bajo la modalidad de comercio agravado por la intervención de tres o más s personas en concurso real con el delito de contrabando por tratarse de estupefacientes con fines de comercialización, aunque por una condena anterior en total purgará una pena unificada de 9 años de cárcel.

La chaqueña Karen Aldana Guzmán (27) y la misionera Carla Luján Grondona (22) fueron las últimas dos que evitaron el debate oral. La primera acordó una pena por 6 años y 6 meses de prisión, mientras que la segunda aceptó recibir 4 años de cárcel que, en principio, continuaría bajo la modalidad domiciliaria.

Todos los acuerdos que fueron ratificados hoy ahora quedaron en manos del tribunal presidido por el magistrado Gustavo Fabián Cardozo, Ruth María Ponce de León y Enrique Bosch (subrogante), quienes deberán homologar los documentos para que se transformen en sentencias formales.

El otro ciudadano surinamés imputado en la causa, Crainer Odyllie Abauna (37), inicialmente estaba notado entre los imputados que habían adelantado su intención de firmar un abreviado por 7 años de prisión, pero en la audiencia de hoy de cambió de parecer al reclamar como “condición” su expulsión del país, medida que no corresponde al tribunal sino a Migraciones, ante lo cual el acuerdo se cayó y ahora deberá enfrentar el proceso oral.

A juicio

Junto a él irán a juicio oral los últimos dos imputados. La peruana Jackeline Polo Carlo (41) y el bonaerense Ricardo Francisco Bruno (62), más conocido como “el farmacéutico”, el acusado de mayor perfil junto a Bodji.

Bruno es el único integrante de la banda que sigue el proceso en forma presencial en el TOF posadeño. Está imputado como “coautor” de Bodji en las maniobras de narcotráfico y entre sus antecedentes registra una condena por venta de medicamentos truchos y otra como “partícipe secundario” en el homicidio de Miriam Alencar Da Silva, una joven brasileña que en 2017 murió al no poder expulsar 66 de las 94 cápsulas de éxtasis que había ingerido para ser utilizada como transporte humano de droga.

Ricardo Francisco Bruno, el “farmacéutico”, el único presente y uno de los que no aceptó el abreviado.

Según la acusación, Bodji era el capo de la organización, con Bruno como su mano derecha. Sandoval, Polo Carlo y Abauna, en tanto, se repartían tareas vinculadas a la logística, coordinación, acompañamiento y seguimiento de las mulas, entre cuales figura la chaqueña Guzmán, mientras que la misionera Grondona cumplía funciones como apoyo logístico en Bernardo de Irigoyen, localidad en frontera seca con Brasil que la banda utilizaba como punto fijo en la hoja de ruta de los “corres humanos” con droga que llegaban hasta ciudades como Lisboa, Madrid y Paris.

Dada la complejidad de la causa, el debate contará con una doble acusación, integrada por el fiscal del TOF Pablo Ricardo Di Loreto y por el fiscal de Procuraduría de Narcocriminalidad (Procunar) Martín Uriona, tal como ocurrió en el juicio oral contra el narco-sicario Néstor Fabián “El Negro” Rojas (50), condenado a prisión perpetua en septiembre de 2024.

En la audiencia de hoy no se llegó a concretar la apertura formal del debate, paso que se dará en la próxima audiencia programada para el 28 de septiembre. En esa instancia, los tres imputados quedaron podrán dar su versión de los hechos.

El juicio al “rey de las mulas narco” y su banda arranca el lunes en Posadas

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Fracrán: pareja en moto murió en un choque y buscan a un automovilista

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La Policía busca al conductor de un automóvil implicado en un siniestro vial que provocó la muerte de dos motociclistas en la localidad de Fracrán.

De acuerdo a lo consignado por fuentes policiales, el hecho ocurrió ayer sobre la ruta nacional 14, a la altura del kilómetro 1005, donde dos motociclistas fallecieron al ser embestidos por un automóvil que escapó de la escena.

Las mismas fuentes añadieron que las víctimas fatales fueron identificadas como José Darío Arévalo (28), conductor de la moto, y su pareja Micaela Soledad Golhard (21), que iba como acompañante y que falleció minutos después en el hospital de la zona.

Tras las primeras labores en la escena, los efectivos locales iniciaron rastrillajes por la zona en busca de más pistas y en ese trabajo dieron con un Ford Territory abandonado a unos 1.000 metros de distancia.

Todo indica que se trata del rodado involucrado en el hecho fatal, aunque ahora resta dar con el conductor implicado y en eso se enfocan ahora los pesquisas intervinientes en el caso.

 

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