Policiales
Primer juicio en Misiones por femicidio de una mujer trans arranca el martes
El 8 de marzo será una fecha trascendental para la Justicia misionera. Ese día, a las 8.30, en el Tribunal Penal Uno de Posadas, comenzará el debate oral y público para esclarecer el caso Evelyn Rojas y será la primera vez en la historia de la provincia que el asesinato de una mujer trans se juzgue como femicidio, aunque para la querella aún se puede dar un paso más al establecer el hecho como un crimen de odio, es decir, como un travesticidio o transfemicidio.
El debate tendrá un total de seis audiencias que se extenderán hasta el 15 de marzo y está previsto la declaración de más de una veintena de testigos, entre policías, peritos, conocidos y familiares, tanto de la víctima como del único acusado, Ramón Da Silva, que llega a esta instancia imputado por el delito de “homicidio doblemente agravado por la relación de pareja preexistente y por femicidio”, figura que prevé una pena de prisión perpetua.
El caso tiene la particularidad de que será la primera vez que el crimen de una mujer trans sea considerado como femicidio en Misiones. La aplicación del agravante contemplado en el inciso 11 del artículo 80 del Código Penal de la Nación fue solicitada en la etapa de instrucción por la fiscal Adriana Herbociani y avalada en la posterior elevación a juicio de la causa dictaminada por el magistrado Fernando Verón, titular del Juzgado de Instrucción Tres de Posadas.
Sin embargo, para la querella particular, que representa a la familia de la víctima y es encabezada por la abogada y militante feminista y de las diversidades, Florencia González, en esta causa aún se puede dar un paso más para hacer historia definitiva y considerar el hecho como un crimen de odio, esperando un juicio con perspectiva de género y diversidad.
Durante la etapa de instrucción, la querella -representada en ese momento por otro letrado- solicitó el agravante de “odio” en lugar del de “femicidio”, pero el juez Verón lo desestimó y ahora, en la instancia de debate oral, encuentran otra oportunidad para plantear la misma cuestión y lograr un cambio de paradigma judicial que también contemple el reconocimiento al colectivo de las diversidades, como en este caso particular a la comunidad trans, históricamente vulnerada e invisibilizada.
Crimen de odio
“Esto representa un desafío para poder visibilizar el tema y que en la provincia se empiece a hablar y poner en la mesa del ámbito judicial la existencia de los crímenes de odio”, señaló a La Voz de Misiones la letrada González, que ahora se prepara para ser parte activa del juicio que comenzará el martes.
La profesional adelantó que en el debate la querella insistirá en solicitar que el caso sea considerado como un crimen de odio y argumentó que “si bien es real que estamos ante una mujer que se percibe como tal -por Evelyn-, no estamos ante cualquier mujer. Estamos ante una mujer trans, entonces el inciso 4 -el crimen de odio- subsume al 11 -femicidio-. Entiendo que si bien estamos ante una mujer, es una mujer trans y hay que poder individualizar el travesticidio como tal”.
De igual manera, González destacó como un “avance” que la Justicia haya dado el paso de considerar el caso Evelyn como un femicidio y no como un homicidio simple, figura ante la cual la expectativa de pena bajaría de la perpetua (35 años de prisión efectiva) a una máxima de 25 años de cárcel, pero insistió en el valor histórico que significaría encuadrar el hecho como un crimen de odio.
“Creo que tenemos que mencionar la importancia de incorporar consciencia y perspectiva de género dentro de la Justicia, pero no debemos dejar de lado a las diversidades. Por eso creemos que es importante que haya perspectiva de diversidad, que tengamos en cuenta la existencia efectiva del odio hacia el género o la orientación sexual. Nos encontramos ante un claro caso de travesticidio o transfemicidio. Si lo dejamos como un femicidio, vamos a estar invisibilizando al colectivo”, agregó González, que mencionó como antecedente el caso de Diana Sacayán, una reconocida referente y símbolo de la lucha contra la transfobia que fue asesinada en 2015 y a cuyo imputado lo condenaron como autor de un crimen de odio, reconociendo así un caso de travesticidio por primera vez en historia del país.
Y letrada continuó: “Ser una mujer trans genera una situación de mayor vulnerabilidad, ya por el solo hecho de pertenecer a un colectivo fue que históricamente invisibilizado, discriminado, violentado, tanto desde el ámbito socio-económico como en el ámbito cultural, popular, educacional y sanitario. Entonces, creo que desde ahí también es importante avanzar en la aplicación efectiva de la norma y darle legitimidad al colectivo. Ya bastantes negaciones tienen durante toda su vida las personas del colectivo trans, para que encima se le niegue la fatalidad de su muerte y un nombre propio a su asesinato”.
González indicó que al momento de la elevación a juicio del expediente , el juez Verón argumentó que no se pudo demostrar la cuestión del “odio” como motivo del crimen de Evelyn, a lo que reflexionó que “acá no hubo cuchillazo y tampoco fue un balazo. Acá se terminó con la vida de una persona a golpes. Si bien es real que el odio es un sentimiento que no puede verse, pero sí puede verse su impronta, su obra. La única forma de reconocerlo es a través de sus manifestaciones. Entonces, creemos que tenemos las herramientas suficientes como para exponer nuestra postura ante el tribunal”.
El tribunal encargado de llevar adelante el debate oral estará integrado por Viviana Cukla, Ángel Dejesús Cardozo y Marcela Leiva -subrogante-, en tanto que al frente del Ministerio Público Fiscal estará Martín Rau y el imputado será representado por el abogado defensor oficial Mario Ramírez.
El imputado, Ramón Da Silva, también conocido como Ramoncito o Junior, está detenido desde 2016 y si es declarado responsable, tanto de femicidio como de un crimen de odio, indefectiblemente recibirá una pena de prisión perpetua. Lo único que puede aliviar su situación procesal es que en el juicio el caso termine siendo considerado como un homicidio simple, que prevé entre 8 y 25 años de cárcel.
El hombre, además, cuenta la posibilidad de evitar la exposición de un debate oral y acogerse a un acuerdo de juicio abreviado con la Fiscalía, aunque para ello deberá reconocer su responsabilidad en el hecho.
El caso
Evelyn Rojas, de 26 años, fue asesinada a golpes el 27 de octubre de 2016, en una estación de servicios abandonada en la esquina de las avenidas Uruguay y Buchardo de Posadas.
El cuerpo de la mujer fue hallado por una amiga que esa tarde fue llevarle comida y la encontró sin vida, dentro de una fosa y con signos de haber sufrido una brutal sesión de golpes.
La autopsia determinó que la muerte de Evelyn se debió a un “traumatismo de cráneo gravísimo, con fractura de base de cráneo” y además marcó múltiples contusiones, excoriaciones y hematomas en el rostro.
En esa estación de servicios la víctima solía pernoctar una vez que culminaba su jornada como trabajadora sexual en la zona y en ocasiones se encontraba con Da Silva, que era su pareja.
El hombre quedó bajo la lupa gracias al testimonio de una vecina, que conocía a Evelyn y que la noche anterior vio cuando el hombre ingresaba con ella a la gasolinera abandonada.
El acusado fue detenido días después en la terminal de colectivos de San Vicente. El hombre no tenía domicilio fijo y era conocido por diferentes alias o sobrenombres. Desde ese momento permanece privado de su libertad.
Policiales
Investigan balacera contra una vivienda en Bernardo de Irigoyen
La Policía de Misiones investiga un ataque armado registrado durante la noche del miércoles en el barrio Obrero de Bernardo de Irigoyen, donde una vivienda recibió varios impactos de bala presuntamente efectuados desde un automóvil con patente brasileña. No hubo personas lesionadas.
El hecho ocurrió cerca de las 20.30 en una casa ubicada en ese sector de la ciudad que tiene frontera seca con Brasil. De acuerdo a lo informado por fuentes policiales, la propietaria del inmueble, identificada como Camila D. S. (30), no se encontraba en la vivienda al momento del ataque.
Según las primeras averiguaciones y testimonios recolectados en la zona, un vecino observó un vehículo presuntamente brasileño circulando lentamente frente al domicilio. Instantes después se escucharon varias detonaciones y el rodado escapó rápidamente del lugar.
Tras el episodio, efectivos policiales constataron daños materiales compatibles con impactos de arma de fuego en la propiedad. Luego intervino personal de la División Policía Científica de la Unidad Regional XII, que realizó las pericias y trabajos técnicos correspondientes en la escena.
En paralelo, los investigadores trabajan sobre distintas hipótesis para determinar quiénes fueron los autores del ataque y cuál habría sido el móvil. Entre las líneas investigativas, no descartan una posible vinculación con delitos transfronterizos, teniendo en cuenta las características del hecho y la cercanía con la frontera seca entre Argentina y Brasil.
Además, la Policía de Misiones mantiene intercambio de información con autoridades brasileñas para intentar identificar el vehículo involucrado y avanzar en la localización de los sospechosos.
Policiales
Ataques contra Coleco: atrapan a dos jóvenes armados frente a la funeraria
Dos jóvenes armados fueron atrapados anoche frente a la funeraria del ex intendente Coleco Krysvzuk y se cree que son los mismos sujetos implicados en los reiterados ataques registrados desde diciembre del año pasado contra propiedades del empresario y dirigente político de El Soberbio.
Según consignaron fuentes policiales, los detenidos fueron identificados como Jonatan “Tata” D. S. (23) y Marcelo B. (26), ambos con domicilio radicado en la misma localidad. Los jóvenes estaban a bordo de un Peugeot 207 estacionado frente a la funeraria y en su poder tenían una pistola calibre 9 milímetros con la numeración limada, además de municiones y celulares que ahora serán sometidos a pericias.
El Peugeot 207 fue una de las claves de la pesquisa, dado que tras los últimos ataques registrados, los investigadores analizaron cámaras de seguridad y de esas imágenes obtuvieron los datos necesarios para identificar el rodado en el que se movilizaban los agresores.

Los sospechosos se movilizaban en un Peugeot 207 negro.
Los hechos en investigación se repitieron desde diciembre del año pasado. Primero hubo un incendio intencional contra la funeraria La Paz, luego hubo un ataque idéntico en el complejo de cabañas Tío Coleco y, por último, a mediados de abril hubo una balacera contra el mismo local de sepelios.
Ese último hecho quedó grabado en cámaras de seguridad y toda esta seguidilla de ataques generó un clima de incertidumbre y temor en la comunidad, cuyos vecinos impulsaron un proyecto de ordenanza para declarar la emergencia en seguridad en la localidad.
“No queremos que esto sea normal ni que cualquiera entre a nuestro pueblo y empiece a disparar o a hacer este tipo de cosas. Si no se corta acá, se va a convertir en un disparate muy grande”, había advertido el comerciante Claudio Schimitz, que además es vecino de la funeraria que es propiedad del ex intendente Alberto Coleco Krysvzuk.
Ataques con fuego y ahora una balacera en la funeraria de Coleco en El Soberbio
Judiciales
Apelaron el archivo de la causa por la muerte de un jubilado en 2025
Los hermanos Edgar Corral y José Luis Apaza presentaron una denuncia por ejercicio ilegal de la medicina, abandono de persona seguido de muerte y falsedad ideológica, ante la Fiscalía de Instrucción Uno de Posadas, contra un enfermero y a la ex pareja de su padre, Rubén Corral, quien falleció en septiembre pasado. La Justicia resolvió desestimar y archivar la causa, por lo que ambos apelaron y solicitaron dar continuidad a la investigación.
El caso se encuentra en manos del Juzgado de Instrucción Siete de Posadas y la denuncia fue dirigida contra la ex pareja del difunto, Helga R. y el enfermero a cargo, Santiago Miguel R.
Para Edgar Corral, ambos implicados “habrían procedido irregularmente durante la atención médica domiciliaria” de su padre, “un paciente con diabetes y obesidad que necesitaba seguimiento médico permanente y supervisión profesional”. Al mismo tiempo, aseguró que hubo “encubrimientos tras el fallecimiento”.
La denuncia, a la que tuvo acceso LVM, fue radicada en septiembre del año pasado, tras el deceso de Rubén Corral y en la presentación los hijos del fallecido alegaron que: “De las pruebas reunidas surge que las personas intervinientes en el control, monitoreo y cuidado del causante no actuaron con la debida diligencia ni tomaron con seriedad su condición de salud, pese a tratarse de un paciente con enfermedad crónica (diabetes) que requería seguimiento médico permanente y supervisión profesional”.
El documento en cuestión también advierte que: “Existen sospechas fundadas de abandono y desatención, tanto en los días previos como en las horas posteriores al fallecimiento, lo que habría sido acompañado de decisiones irregulares sobre su cuerpo y sus bienes, adoptadas sin conocimiento ni consentimiento de sus hijos”.
En el caso intervino la fiscal Patricia Clerici, que tiempo después de analizar las pruebas recabadas, resolvió desestimar la denuncia y el archivo de las actuaciones, al considerar que “el hecho denunciado no encuadra en una figura penal”.
En su planteo, la fiscal argumentó que tras “una atenta lectura de sus constancias da cuenta de que el occiso habría fallecido por causas naturales sin intervención dolosa o culposa de terceros”.
Tras ese dictamen, el 21 de mayo pasado, el juez Miguel Mattos compartió la opinión fiscal al considerar que “las presentes actuaciones no reúnen las condiciones fundamentales para ser posible el avance del proceso al no existir delito”, por lo que, en consonancia con el artículo 204 del código de Procedimiento en materia Penal, resolvió el “rechazo o archivo” de la causa.
Apelación
No conformes con el resultado, los denunciantes decidieron apelar el dictamen de desestimación y archivo de la causa. En ese marco, insitieron en continuar la investigación al sostener que “existen elementos unívocos que configuran los delitos de Homicidio (Art. 79 C.P.) o Abandono de Persona Seguido de Muerte (Art. 106 C.P.), Ejercicio Ilegal de la Medicina (Art. 208 C.P.) y Falsedad Ideológica (Art. 293 C.P.)”.
Al respecto, Edgar Corral (33) expresó en diálogo con La Voz de Misiones que: “En su testimonial, el enfermero Facundo Facal manifestó que Santiago Miguel Rossler (enfermero a cargo) le impidió realizar el RCP. No pudo realizar la maniobra ya que el enfermero se lo negó haciéndose cargo de la decisión”.
Y ahondó: “Yo creo que acá la Justicia está encubriendo algo porque, yo pienso, ¿cómo con todas estas pruebas, las testimoniales hechas y demás no van a llamar para calidad indagatoria a esta gente denunciada?”.
“Mi conclusión es que la señora R., ex concubina de mi padre, hizo cremar el cuerpo sin mi consentimiento. Ella es de Salta y mientras venía de allá para Misiones coordinó todo lo que es el servicio de sepelio vía telefónica. Hay algo muy raro en el medio, ¿Cómo el servicio de sepelios va a actuar así? ¿Cómo no va a hacerse presente la Policía en el domicilio? y en la declaración de la enfermera Cristina ella afirma que el enfermero Santiago R. le había pedido el dinero de mi padre y las llaves del auto, cuando ni siquiera es familiar y estaba ejerciendo la profesión de manera ilegal”.
Y añadió: “Pido a la Justicia que investigue porque sospecho que este muchacho le inyectó algo a mi padre. Para mi fue premeditado y por parte de su ex concubina. Ella tiene un hijo con mi padre, quien es mi medio hermano, y con él hubo ocultamiento hacia los otros dos hermanos que somos yo y mi otro hermano que reside en Salta”.
El caso
Ruben Corral falleció el pasado 17 de septiembre alrededor de las 21 en su domicilio situado en la ciudad de Posadas, donde recibía atención médica domiciliaria, en tratamiento por dos enfermedades crónicas: diabetes y obesidad.
Uno de sus hijos denunciantes observó una serie de “irregularidades” durante la atención médica y el posterior fallecimiento, por lo que decidió investigar al personal que lo atendió a través del Colegio de Enfermeros de Misiones y la funeraria que retiró el cuerpo de la vivienda.
“Una de las cosas que encontré es que el enfermero -que lo atendía hace dos años- tiene matrícula vencida desde el año 2022. Sin embargo, ejercía actos de médico, prescribía medicina, hacía indicaciones de médico, le inyectaba suero a mi papá y le hacía intravenosa. Entonces mandé a pedir un informe sobre su matrícula y pude constatar que se encontraba vencida”, aseguró conforme al informe emitido por el Colegio de Profesionales de Enfermería de Misiones el pasado 13 de enero.
El mismo confirma que Santiago Miguel R., quien se encontraba a cargo de los cuidados de Rubén Corral, no contaba con su matrícula profesional vigente desde el año 2022, como tampoco la declaración de su domicilio profesional.
“El mencionado profesional se encuentra inactivo por deuda, con carnet fuera de vigencia, habiendo sido matriculado el 7 de julio de 2010, y con matrícula inhabilitada desde el mes de julio del año 2022, situación que se mantiene hasta la fecha. Asimismo, se informa que no registra antecedentes éticos conforme a la información disponible en esta colegiatura”, detalla el documento.
El día del fallecimiento, también se encontraban presentes Facundo Facal y Zahra Barakat, enfermeros de la red de traslados, que condujeron las dos ambulancias para realizar las atenciones en el domicilio del difunto. “Tengo los testimonios de ellos que hizo la fiscalía bajo juramento, lo de Facal es terrible, no pudo realizar la maniobra de RCP por órden de R. Por eso digo que está demostrado el abandono de persona seguido de muerte”.
Respecto a la atención domiciliaria, explicó: “A mi padre no le gustaban las clínicas, le tenía fobia a los hospitales, entonces, él pagaba por atención en su domicilio a Santiago R. y tenía las cuidadoras que le cocinaban, le limpiaban, él iba en la camioneta, ellas le llevaban el dinero y pagaban proveedores, porque en ese momento se encontraba a cargo de un puesto con venta de legumbres en el Mercado Central”.

Distribuidora de legumbres de Rubén Corral.
“Cuando fui a Misiones pude lograr el contacto con una de las cuidadoras de mi padre, ella se llama Cristina Cantero. También contacté a Camila Alvez y empecé a reunir testimoniales mías por audios de WhatsApp, empecé a armar la historia y había muchas cosas que no me cerraban. Frente a esto, mandé un mail a la red de traslados de Misiones, me acredité como hijo del fallecido, con el acta de defunción, partida de nacimiento y documento, y me mandaron un informe que fue lo más devastador para mí”, apuntó.
El mencionado documento, emitido por la Unidad Central de Emergencias y Traslados con la firma del Ministerio de Salud de Misiones, en noviembre de 2025, dejó constancia de que R. había impedido la realización del RCP al paciente en cuestión.
Según ese historial, fue el 17 de septiembre de 2025 a las 8.58 cuando la unidad de traslado arribó al domicilio de Corral a fin de verificar su estado de salud, quien se encontraba en tratamiento por diagnóstico de diabetes tipo 2.
El mismo documento señala que, según constató la licenciada en Enfermería, Barakat, durante la comisión, “el paciente se encontraba sentado en la cama, lúcido, colaborativo, con signos vitales estables sin criterio emergente, quedando con indicaciones y pautas de alarma”. Al mismo tiempo, añadió que “al referir que no había tomado la Metformina indicada, se le administra la misma al momento del control”.
A las 20.30 de ese mismo día, se concretó la visita de la segunda unidad de traslado en cuestión, tras un llamado al 911. Fue entonces cuando el enfermero Facundo Facal informó que Corral se encontraba tendido en el baño, en decúbito neutral, por lo que lo ayudaron a cambiar de posición e ingresó en Paro Cardíaco Repentino (PCR) y el enfermero Facal sugirió reanimación, a lo que R., encargado del paciente, “decide no comenzar, haciéndose responsable de la decisión”.
Tras el fallecimiento, el hijo denunciante decidió dirigirse a la funeraria donde realizaron el sepelio y posterior cremación. “En la información que pedí a la funeraria pude ver que la ex concubina de mi papá mintió en la declaración jurada del crematorio diciendo que mi padre no tenía hijos, apurando la cremación y haciéndola de manera expres”.
Y sumó: “Leí una ordenanza municipal que dice que mínimamente el cuerpo tiene que cumplir 24 horas, antes de cremarlo. Ella pagó una cremación exprés para apurar y que no se pueda hacer una autopsia, sabiendo de mi existencia y sin consultarme. A todo esto, en una testimonial de una de las enfermeras que lo cuidaban, ella dice que cuando él muere, ella ve que se va la ambulancia y automáticamente llega el servicio de sepelios, nunca se hizo presente la Policía ni un médico forense”.
“Con todo esto que reuní, sobre la red de traslados, el crematorio, el informe del Colegio de Enfermeros, fui, hice la denuncia, con la denuncia entregué un pendrive con toda esta información e informes, con el testimonio mío y de mi hermano, y bueno, creo que la fiscal no leyó o no entendió nada y me quieren archivar la causa”, lamentó en diálogo con este medio.
Luego, concluyó: “Esto va a ir a la Cámara de Apelaciones, no puede quedar así. No me dieron la posibilidad de despedirlo, me negaron el contacto con él y la verdad es que me parece muy injusto. Por eso quiero hacer público todo esto, para que también la gente sepa cómo se maneja la Justicia en Misiones. Me parece que con todas estas pruebas no pueden mirar para otro lado”.
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