Policiales
Primer juicio en Misiones por femicidio de una mujer trans arranca el martes
El 8 de marzo será una fecha trascendental para la Justicia misionera. Ese día, a las 8.30, en el Tribunal Penal Uno de Posadas, comenzará el debate oral y público para esclarecer el caso Evelyn Rojas y será la primera vez en la historia de la provincia que el asesinato de una mujer trans se juzgue como femicidio, aunque para la querella aún se puede dar un paso más al establecer el hecho como un crimen de odio, es decir, como un travesticidio o transfemicidio.
El debate tendrá un total de seis audiencias que se extenderán hasta el 15 de marzo y está previsto la declaración de más de una veintena de testigos, entre policías, peritos, conocidos y familiares, tanto de la víctima como del único acusado, Ramón Da Silva, que llega a esta instancia imputado por el delito de “homicidio doblemente agravado por la relación de pareja preexistente y por femicidio”, figura que prevé una pena de prisión perpetua.
El caso tiene la particularidad de que será la primera vez que el crimen de una mujer trans sea considerado como femicidio en Misiones. La aplicación del agravante contemplado en el inciso 11 del artículo 80 del Código Penal de la Nación fue solicitada en la etapa de instrucción por la fiscal Adriana Herbociani y avalada en la posterior elevación a juicio de la causa dictaminada por el magistrado Fernando Verón, titular del Juzgado de Instrucción Tres de Posadas.
Sin embargo, para la querella particular, que representa a la familia de la víctima y es encabezada por la abogada y militante feminista y de las diversidades, Florencia González, en esta causa aún se puede dar un paso más para hacer historia definitiva y considerar el hecho como un crimen de odio, esperando un juicio con perspectiva de género y diversidad.
Durante la etapa de instrucción, la querella -representada en ese momento por otro letrado- solicitó el agravante de “odio” en lugar del de “femicidio”, pero el juez Verón lo desestimó y ahora, en la instancia de debate oral, encuentran otra oportunidad para plantear la misma cuestión y lograr un cambio de paradigma judicial que también contemple el reconocimiento al colectivo de las diversidades, como en este caso particular a la comunidad trans, históricamente vulnerada e invisibilizada.
Crimen de odio
“Esto representa un desafío para poder visibilizar el tema y que en la provincia se empiece a hablar y poner en la mesa del ámbito judicial la existencia de los crímenes de odio”, señaló a La Voz de Misiones la letrada González, que ahora se prepara para ser parte activa del juicio que comenzará el martes.
La profesional adelantó que en el debate la querella insistirá en solicitar que el caso sea considerado como un crimen de odio y argumentó que “si bien es real que estamos ante una mujer que se percibe como tal -por Evelyn-, no estamos ante cualquier mujer. Estamos ante una mujer trans, entonces el inciso 4 -el crimen de odio- subsume al 11 -femicidio-. Entiendo que si bien estamos ante una mujer, es una mujer trans y hay que poder individualizar el travesticidio como tal”.
De igual manera, González destacó como un “avance” que la Justicia haya dado el paso de considerar el caso Evelyn como un femicidio y no como un homicidio simple, figura ante la cual la expectativa de pena bajaría de la perpetua (35 años de prisión efectiva) a una máxima de 25 años de cárcel, pero insistió en el valor histórico que significaría encuadrar el hecho como un crimen de odio.
“Creo que tenemos que mencionar la importancia de incorporar consciencia y perspectiva de género dentro de la Justicia, pero no debemos dejar de lado a las diversidades. Por eso creemos que es importante que haya perspectiva de diversidad, que tengamos en cuenta la existencia efectiva del odio hacia el género o la orientación sexual. Nos encontramos ante un claro caso de travesticidio o transfemicidio. Si lo dejamos como un femicidio, vamos a estar invisibilizando al colectivo”, agregó González, que mencionó como antecedente el caso de Diana Sacayán, una reconocida referente y símbolo de la lucha contra la transfobia que fue asesinada en 2015 y a cuyo imputado lo condenaron como autor de un crimen de odio, reconociendo así un caso de travesticidio por primera vez en historia del país.
Y letrada continuó: “Ser una mujer trans genera una situación de mayor vulnerabilidad, ya por el solo hecho de pertenecer a un colectivo fue que históricamente invisibilizado, discriminado, violentado, tanto desde el ámbito socio-económico como en el ámbito cultural, popular, educacional y sanitario. Entonces, creo que desde ahí también es importante avanzar en la aplicación efectiva de la norma y darle legitimidad al colectivo. Ya bastantes negaciones tienen durante toda su vida las personas del colectivo trans, para que encima se le niegue la fatalidad de su muerte y un nombre propio a su asesinato”.
González indicó que al momento de la elevación a juicio del expediente , el juez Verón argumentó que no se pudo demostrar la cuestión del “odio” como motivo del crimen de Evelyn, a lo que reflexionó que “acá no hubo cuchillazo y tampoco fue un balazo. Acá se terminó con la vida de una persona a golpes. Si bien es real que el odio es un sentimiento que no puede verse, pero sí puede verse su impronta, su obra. La única forma de reconocerlo es a través de sus manifestaciones. Entonces, creemos que tenemos las herramientas suficientes como para exponer nuestra postura ante el tribunal”.
El tribunal encargado de llevar adelante el debate oral estará integrado por Viviana Cukla, Ángel Dejesús Cardozo y Marcela Leiva -subrogante-, en tanto que al frente del Ministerio Público Fiscal estará Martín Rau y el imputado será representado por el abogado defensor oficial Mario Ramírez.
El imputado, Ramón Da Silva, también conocido como Ramoncito o Junior, está detenido desde 2016 y si es declarado responsable, tanto de femicidio como de un crimen de odio, indefectiblemente recibirá una pena de prisión perpetua. Lo único que puede aliviar su situación procesal es que en el juicio el caso termine siendo considerado como un homicidio simple, que prevé entre 8 y 25 años de cárcel.
El hombre, además, cuenta la posibilidad de evitar la exposición de un debate oral y acogerse a un acuerdo de juicio abreviado con la Fiscalía, aunque para ello deberá reconocer su responsabilidad en el hecho.
El caso
Evelyn Rojas, de 26 años, fue asesinada a golpes el 27 de octubre de 2016, en una estación de servicios abandonada en la esquina de las avenidas Uruguay y Buchardo de Posadas.
El cuerpo de la mujer fue hallado por una amiga que esa tarde fue llevarle comida y la encontró sin vida, dentro de una fosa y con signos de haber sufrido una brutal sesión de golpes.
La autopsia determinó que la muerte de Evelyn se debió a un “traumatismo de cráneo gravísimo, con fractura de base de cráneo” y además marcó múltiples contusiones, excoriaciones y hematomas en el rostro.
En esa estación de servicios la víctima solía pernoctar una vez que culminaba su jornada como trabajadora sexual en la zona y en ocasiones se encontraba con Da Silva, que era su pareja.
El hombre quedó bajo la lupa gracias al testimonio de una vecina, que conocía a Evelyn y que la noche anterior vio cuando el hombre ingresaba con ella a la gasolinera abandonada.
El acusado fue detenido días después en la terminal de colectivos de San Vicente. El hombre no tenía domicilio fijo y era conocido por diferentes alias o sobrenombres. Desde ese momento permanece privado de su libertad.
Policiales
Incautan 139 kilogramos de marihuana en la zona costera de Garupá
Agentes de la Prefectura Naval Argentina (PNA) incautaron 139 kilogramos de marihuana en un procedimiento realizado anoche en la zona costera de Garupá.
De acuerdo a lo consignado por fuentes consultadas, todo comenzó mientras una patrulla terrestre de dicha fuerza federal realizaba recorridas preventivas al margen del río Paraná y mediante el uso de cámaras de visión nocturna divisaron una embarcación a motor que provenía desde Paraguay.
El bote venía con dos ocupantes y alcanzaron la costa durante unos pocos minutos hasta emprender el regreso al país vecino.
Cuando los agentes llegaron al lugar, encontraron 7 bultos con 155 panes de marihuana dispuestos entre las rocas de la zona ribereña. En total la carga ascendió a los 139 kilogramos de cannavis sativa, con aforo que roza los 500 millones de pesos. En el caso interviene la Fiscalía y el Juzgado Federal de Posadas.

Policiales
Robó 350.000 dólares con el cuento del tío en Paraná y cayó en Posadas
Un joven de 27 años involucrado en un hecho estafa con el cuento del tío por 350.000 dólares cometido en Paraná, Entre Ríos, fue detenido esta mañana mientras caminaba por el barrio Los Lapachitos de Posadas.
De acuerdo a lo consignado por fuentes consultadas por La Voz de Misiones, el implicado se trata de Carlos Alejandro B. (27), quien registraba un pedido de captura emitido por la Unidad Fiscal Especializada de Paraná, a cargo de Sofía Patat.
La detención se concretó esta mañana, cerca de las 11.30, cuando el hombre fue interceptado en la esquina de la avenida Juan José Paso y calle Laprida. Según detallaron, al advertir la presencia policial el implicado comenzó a correr y por el camino rompió su teléfono celular, aunque a las pocas cuadras fue alcanzado y quedó detenido.
El procedimiento fue realizado por el personal de la Dirección Investigaciones Complejas y el detenido quedó a disposición del Juzgado de Instrucción Siete de Posadas, a cargo del magistrado Miguel Mattos, que ahora deberá decidir los próximos pasos a seguir.

El sospechoso rompió su celular al ver a la Policía.
La estafa y la pesquisa
Sobre el posadeño recaía un pedido de detención emitido en mayo del año pasado, cuando fue identificado como uno de los presuntos autores de un golpe millonario a través de un cuento del tío perpetrado en la capital de Entre Ríos.
Según pudo reconstruir LVM en base a diversas fuentes consultadas en aquel momento, el damnificado fue un anciano de 80 años a quien los malvivientes engañaron con el relato de una posible devaluación y tras ganar su confianza lo convencieron de dirigirse al banco para extraer el dinero.
Sin embargo, no fue única la víctima, ya que en la caja de seguridad asociada al hombre había ahorros pertenecientes a todo su grupo familiar. La denuncia refirió una pérdida de 350.000 dólares, aunque el total podía superar o hasta duplicar ese monto.
Realizada la denuncia, en el caso comenzó a trabajar el personal la División Delitos Económicos de Entre Ríos, quienes mediante cámaras de vigilancia pudieron identificar el rodado utilizado por los estafadores y de allí avanzaron en sistemas de reconocimiento de fisonomías y entrecruzamiento de datos entre direcciones de IP e impactos de antenas a partir de las pistas obtenidas de las líneas telefónicas usadas por los delincuentes.
Los investigadores reconstruyeron entonces que el hecho fue perpetrado por dos sujetos, aunque en primera instancia solo pudieron identificar a uno de ellos, de quien más tarde se supo que era oriundo de Posadas.
Al ahondar en esa pista, descubrieron que el sospechoso ostentaba un crecimiento económico exponencial en redes sociales, mostrando la adquisición de vehículos y otros elementos de gran valor.
De allí se solicitó colaboración a Misiones, donde se activó un trabajo conjunto con los agentes de Dirección Investigaciones Complejas y la Dirección de Cibercrimen, labor que no solo permitió ubicar el domicilio de los implicados, sino también identificar al segundo sospechoso, más específicamente al conductor del vehículo con el cual trasladaron a la víctima hacia el banco en Paraná.
Fue así que en mayo del año pasado se ejecutaron varios allanamientos en Posadas y en uno de los inmuebles los investigadores de la Policía de Misiones incautaron dinero en efectivo, tanto en dólares como en pesos, como así también una Toyota Hilux 0km, un Volkswagen Vento modelo 2024 y un Toyota Corolla modelo 2024, todos adquiridos posteriormente al hecho y valuados en más de 100 millones de pesos.
Sin embargo, ninguno de los sospechosos fue hallado en los operativos ejecutados, ante lo cual se mantuvieron en condición de prófugos y uno de ellos fue detenido hoy.
Dos misioneros se alzaron con USD 350.000 con el cuento del tío en Entre Ríos
Judiciales
Arenera de Candelaria demanda al municipio ante el STJ por clausura
El empresario arenero Jorge Muniagurria inició una demanda contencioso administrativa en el Superior Tribunal de Justicia (STJ) contra la Municipalidad de Candelaria por la resolución que le clausuró la planta de acopio que tiene en un predio costero cedido en comodato por la Entidad Binacional Yacyretá (EBY) en 2017, como resarcimiento del emplazamiento original afectado por la suba del embalse de la represa.
En la presentación judicial, a la que tuvo acceso La Voz de Misiones, el empresario solicitó al STJ la nulidad de la Resolución 02/25, del ingeniero Eduardo M. Quiroga, que firmó como secretario de Planificación, Catastro y Medio Ambiente de la Municipalidad, ratificada por el intendente Carlos Flores; y pidió la suspensión de la medida administrativa de clausura del predio de la empresa.
El escrito, patrocinado por los abogados Fernando Marcelo Canteli y Graciela Beatriz Canteli, señala que la Resolución de Quiroga, refrendada por Flores, “no reviste siquiera la adecuada formalidad” y tampoco “los actos administrativos que las precedieron, por afectar gravemente los derechos e intereses legítimos” del empresario afectado.
Los letrados se refieren a la Comunicación de clausura que hace Flores a Muniagurria el 15 de diciembre de 2025, y sostienen que la “ratificación” por parte del intendente, de la Resolución 02/25 de Quiroga, es elemento suficiente para la admisión de la demanda por parte del STJ, según lo establecido en el artículo 8 de la ley I Nº 95.
“Con dicha ‘ratificación’ se cierra la instancia administrativa municipal, ya que emana de la más alta autoridad competente y al rechazar el Recurso Jerárquico agota los remedios recursivos”, reza el escrito judicial.
Inspección
La presentación judicial relata que el 15 de octubre de 2025, se labró el Acta de Inspección R-01-00000134 suscripta por quien se identificó como secretario de la comuna de Candelaria, ingeniero Eduardo M. Quiroga, en el inmueble de la arenera JM, cuya actividad principal es la extracción y venta de arena, y que en dicha Acta se requirió a la empresa la presentación de un estudio de impacto ambiental, en el marco de la Ordenanza 03/12, y la Declaración Jurada de las ventas de arena realizadas.
“En tiempo oportuno, se realizó el descargo sobre ambos puntos, indicando sobre el primero que era imposible presentar un informe ambiental, ya que la Ordenanza 03/12 se remitía a una reglamentación que era desconocida, puesto que se había requerido la misma en varias oportunidades y siempre se habían obtenidos evasivas”, reza el escrito y agrega que “sin perjuicio de ello, se adjuntó documentación que acreditaba el cumplimiento de todos los presupuestos ambientales, expedida por las autoridades provinciales con competencia sobre la materia”.
“En cuanto al segundo punto se acompañó toda la documentación contable de la empresa, que reflejaba el estricto cumplimiento de las normas tributarias”, señala la presentación y añade que “dicho descargo fue ignorado por completo, dictándose la Resolución Nº 02/25, que fue suscripta por el mismo funcionario que intervino en el labrado del Acta de Inspección Nº R-01-00000134”.
Nulidad
En la presentación judicial, el empresario arenero arremete contra la Resolución 02/25, del ingeniero Quiroga, y la define como “ilegítima y nula, de nulidad absoluta”.
Argumenta que “ha sido dictada por quien no tiene competencia para ello y sin causa ni motivación expresa ni implícitamente considerada”, y “en violación de la ley aplicable y los procedimientos previos a la emisión del acto”.
En tal sentido, el escrito invalida la “competencia” de Quiroga como secretario, ya que la Municipalidad de Candelaria no cuenta con Carta Orgánica propia y se rige por la Ley Orgánica de Municipalidades de Misiones, y “no existe norma alguna que lo instituya como tal”.
“No existe ordenanza alguna que reglamente las atribuciones, derechos, funciones y deberes del secretario de Planificación, Catastro y Medio Ambiente”, sostiene y desconoce, también, el papel del intendente Flores en el procedimiento que derivó en la clausura de la empresa.
“Por último, también traigamos a colación que no existe intervención alguna del Sr. Intendente requiriendo la inspección ni la posterior sanción que por este acto se recurre”, afirma y concluye que, “tanto la inspección como la posterior sanción han sido resueltas por un funcionario que no tiene atribuciones para ello”.
“Tal circunstancia, vicia irremediablemente el acto administrativo registrado bajo la forma de Resolución 02/2025 tornando inevitable la declaración de nulidad a su respecto”, afirma.
La presentación judicial advierte, también, sobre “vicios en la motivación” por parte del municipio, en lo referente al rechazo de la Declaración Jurada de ventas, de enero a septiembre de 2025, presentada por la empresa; y el desconocimiento de los estudios de impacto ambiental aprobados por instancias provinciales.
En el último tramo de la presentación, el demandante advierte la existencia de “peligro en la demora y verosimilitud en el derecho”, ya que “no estamos frente a una eventualidad, sino que hay una realidad concreta: hace seis meses que el emprendimiento productivo no funciona por una decisión absolutamente arbitraria”.
“Hay familias (de los trabajadores y accionistas ya que se trata de una Pyme) cuya subsistencia está dañada”, señala y destaca: “Y ni que hablar ante un mercado altamente competitivo por las bajas en las ventas y la competencia desleal) del perjuicio que significa volver a reinsertarse en el mercado”.
“En cuanto a la verosimilitud en el derecho, del relato que hemos volcado de los hechos surge claramente que dicho recaudo se cumple acabadamente, ya que están en juego el derecho de propiedad y el ejercicio de industria lícita, ambos tutelado constitucionalmente (art. 14 y 18 C.N.)”, advierte el escrito.
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