Policiales
Primer juicio en Misiones por femicidio de una mujer trans arranca el martes
El 8 de marzo será una fecha trascendental para la Justicia misionera. Ese día, a las 8.30, en el Tribunal Penal Uno de Posadas, comenzará el debate oral y público para esclarecer el caso Evelyn Rojas y será la primera vez en la historia de la provincia que el asesinato de una mujer trans se juzgue como femicidio, aunque para la querella aún se puede dar un paso más al establecer el hecho como un crimen de odio, es decir, como un travesticidio o transfemicidio.
El debate tendrá un total de seis audiencias que se extenderán hasta el 15 de marzo y está previsto la declaración de más de una veintena de testigos, entre policías, peritos, conocidos y familiares, tanto de la víctima como del único acusado, Ramón Da Silva, que llega a esta instancia imputado por el delito de “homicidio doblemente agravado por la relación de pareja preexistente y por femicidio”, figura que prevé una pena de prisión perpetua.
El caso tiene la particularidad de que será la primera vez que el crimen de una mujer trans sea considerado como femicidio en Misiones. La aplicación del agravante contemplado en el inciso 11 del artículo 80 del Código Penal de la Nación fue solicitada en la etapa de instrucción por la fiscal Adriana Herbociani y avalada en la posterior elevación a juicio de la causa dictaminada por el magistrado Fernando Verón, titular del Juzgado de Instrucción Tres de Posadas.
Sin embargo, para la querella particular, que representa a la familia de la víctima y es encabezada por la abogada y militante feminista y de las diversidades, Florencia González, en esta causa aún se puede dar un paso más para hacer historia definitiva y considerar el hecho como un crimen de odio, esperando un juicio con perspectiva de género y diversidad.
Durante la etapa de instrucción, la querella -representada en ese momento por otro letrado- solicitó el agravante de “odio” en lugar del de “femicidio”, pero el juez Verón lo desestimó y ahora, en la instancia de debate oral, encuentran otra oportunidad para plantear la misma cuestión y lograr un cambio de paradigma judicial que también contemple el reconocimiento al colectivo de las diversidades, como en este caso particular a la comunidad trans, históricamente vulnerada e invisibilizada.
Crimen de odio
“Esto representa un desafío para poder visibilizar el tema y que en la provincia se empiece a hablar y poner en la mesa del ámbito judicial la existencia de los crímenes de odio”, señaló a La Voz de Misiones la letrada González, que ahora se prepara para ser parte activa del juicio que comenzará el martes.
La profesional adelantó que en el debate la querella insistirá en solicitar que el caso sea considerado como un crimen de odio y argumentó que “si bien es real que estamos ante una mujer que se percibe como tal -por Evelyn-, no estamos ante cualquier mujer. Estamos ante una mujer trans, entonces el inciso 4 -el crimen de odio- subsume al 11 -femicidio-. Entiendo que si bien estamos ante una mujer, es una mujer trans y hay que poder individualizar el travesticidio como tal”.
De igual manera, González destacó como un “avance” que la Justicia haya dado el paso de considerar el caso Evelyn como un femicidio y no como un homicidio simple, figura ante la cual la expectativa de pena bajaría de la perpetua (35 años de prisión efectiva) a una máxima de 25 años de cárcel, pero insistió en el valor histórico que significaría encuadrar el hecho como un crimen de odio.
“Creo que tenemos que mencionar la importancia de incorporar consciencia y perspectiva de género dentro de la Justicia, pero no debemos dejar de lado a las diversidades. Por eso creemos que es importante que haya perspectiva de diversidad, que tengamos en cuenta la existencia efectiva del odio hacia el género o la orientación sexual. Nos encontramos ante un claro caso de travesticidio o transfemicidio. Si lo dejamos como un femicidio, vamos a estar invisibilizando al colectivo”, agregó González, que mencionó como antecedente el caso de Diana Sacayán, una reconocida referente y símbolo de la lucha contra la transfobia que fue asesinada en 2015 y a cuyo imputado lo condenaron como autor de un crimen de odio, reconociendo así un caso de travesticidio por primera vez en historia del país.
Y letrada continuó: “Ser una mujer trans genera una situación de mayor vulnerabilidad, ya por el solo hecho de pertenecer a un colectivo fue que históricamente invisibilizado, discriminado, violentado, tanto desde el ámbito socio-económico como en el ámbito cultural, popular, educacional y sanitario. Entonces, creo que desde ahí también es importante avanzar en la aplicación efectiva de la norma y darle legitimidad al colectivo. Ya bastantes negaciones tienen durante toda su vida las personas del colectivo trans, para que encima se le niegue la fatalidad de su muerte y un nombre propio a su asesinato”.
González indicó que al momento de la elevación a juicio del expediente , el juez Verón argumentó que no se pudo demostrar la cuestión del “odio” como motivo del crimen de Evelyn, a lo que reflexionó que “acá no hubo cuchillazo y tampoco fue un balazo. Acá se terminó con la vida de una persona a golpes. Si bien es real que el odio es un sentimiento que no puede verse, pero sí puede verse su impronta, su obra. La única forma de reconocerlo es a través de sus manifestaciones. Entonces, creemos que tenemos las herramientas suficientes como para exponer nuestra postura ante el tribunal”.
El tribunal encargado de llevar adelante el debate oral estará integrado por Viviana Cukla, Ángel Dejesús Cardozo y Marcela Leiva -subrogante-, en tanto que al frente del Ministerio Público Fiscal estará Martín Rau y el imputado será representado por el abogado defensor oficial Mario Ramírez.
El imputado, Ramón Da Silva, también conocido como Ramoncito o Junior, está detenido desde 2016 y si es declarado responsable, tanto de femicidio como de un crimen de odio, indefectiblemente recibirá una pena de prisión perpetua. Lo único que puede aliviar su situación procesal es que en el juicio el caso termine siendo considerado como un homicidio simple, que prevé entre 8 y 25 años de cárcel.
El hombre, además, cuenta la posibilidad de evitar la exposición de un debate oral y acogerse a un acuerdo de juicio abreviado con la Fiscalía, aunque para ello deberá reconocer su responsabilidad en el hecho.
El caso
Evelyn Rojas, de 26 años, fue asesinada a golpes el 27 de octubre de 2016, en una estación de servicios abandonada en la esquina de las avenidas Uruguay y Buchardo de Posadas.
El cuerpo de la mujer fue hallado por una amiga que esa tarde fue llevarle comida y la encontró sin vida, dentro de una fosa y con signos de haber sufrido una brutal sesión de golpes.
La autopsia determinó que la muerte de Evelyn se debió a un “traumatismo de cráneo gravísimo, con fractura de base de cráneo” y además marcó múltiples contusiones, excoriaciones y hematomas en el rostro.
En esa estación de servicios la víctima solía pernoctar una vez que culminaba su jornada como trabajadora sexual en la zona y en ocasiones se encontraba con Da Silva, que era su pareja.
El hombre quedó bajo la lupa gracias al testimonio de una vecina, que conocía a Evelyn y que la noche anterior vio cuando el hombre ingresaba con ella a la gasolinera abandonada.
El acusado fue detenido días después en la terminal de colectivos de San Vicente. El hombre no tenía domicilio fijo y era conocido por diferentes alias o sobrenombres. Desde ese momento permanece privado de su libertad.
Judiciales
Cristaldo recibió 17 años de prisión por matar y ocultar el cadáver de Tizato
El Tribunal Penal Dos de Posadas resolvió este miércoles al mediodía condenar a Richard Arnaldo Cristaldo (49) a la pena de 17 años de prisión como autor penalmente responsable del delito de “homicidio simple agravado por el uso de arma de fuego” en perjuicio de César Daniel Tizato (16), el adolescente con el cual el 30 de agosto de 2020 salió a cazar en inmediaciones a su casa del paraje Pindapoy, de la localidad de San José.
La sentencia, emitida por los magistrados Augusto Gregorio Busse -presidente-, César Antonio Yaya y Martín Alejandro Rau, fue en disidencia al planteo efectuado por el fiscal Vladimir Glinka, que en su alegato había mantenido la acusación impuesta en etapa de instrucción y conforme a ello había solicitado que Cristaldo sea condenado a prisión perpetua por “homicidio agravado por alevosía”.
La parte resolutiva del fallo se leyó este mediodía, minutos después de las 12.30, tras un breve cuarto intermedio de poco más de 30 minutos, mientras que los fundamentos de la resolución serán comunicados el próximo 4 de junio.
Cristaldo, más conocido como Grulla, por su oficio como profesor de artes marciales, oyó el dictamen en silencio, acompañado a la distancia por sus hijas y otros familiares directos que siguieron respetuosamente la audiencia desde el sector preparado para el público presente.

Cristaldo, junto a su abogado, minutos después de firmar el acta de la sentencia.
Duda
Su abogado defensor, el ex juez penal de Apóstoles José Antonio Reyes, había solicitado en su alegato la absolución de su cliente por el beneficio de la duda, al considerar que no existían pruebas directas que vinculen al acusado con el asesinato del adolescente.
El letrado cuestionó la reconstrucción del caso trazada por el fiscal Glinka. Consideró que ese relato de hechos era “inverificable”, apunt
ó a la mayoría de los testigos por “mentir” en sus declaraciones y criticó severamente a los dos comisarios (Sergio de los Santos y Gabriel Antonio Comes) por el testimonio donde dieron cuenta que durante su detención Cristaldo admitió que mató a la víctima por accidente.
Reyes también dirigió duras acusaciones contra los serenos de la estancia La Rosita, propiedad de la firma Rosamonte, predio donde el cuerpo de Tizato apareció sin vida, con un disparo en el tórax y sumergido en una laguna de agua estancada de 1,5 metros de profundidad.
“Han venido acá y mintieron. Ellos no es que solo caminan sin hacer nada. Ellos son sanguinarios y mutiladores con quienes entran a cazar y pescar”, lanzó.
Reyes alegó que “no hay pruebas y los indicios desaparecieron. Los testigos que lo vieron mojado han mentido antes y ahora”, al tiempo que sostuvo que “es imposible que la bala de un calibre 22” -proyectil compatible con el rifle incautado en poder del acusado- cause la lesión penetrante y perforante que presentaba la víctima.
En último intento por torcer su destino, Cristaldo volvió a hablar ante el tribunal y reiteró su inocencia, aduciendo que ese episodio en la comisaría donde presuntamente admitió el crimen, fue bajo amenazas de los policías intervinientes.

El tribunal presidido por Gregorio Busse -al centro- emitió el fallo minutos después de las 12.30.
Cobarde, traicionero y abusivo
Un alegato diametralmente opuesto fue el desarrollado por el fiscal Glinka, quien consideró que el imputado pergeñó un “engaño” para llevar al adolescente a cazar a una zona inhóspita, actuando sobreseguro y aprovechándose del estado de vulnerabilidad e indefensión de Tizato.
“A Tizato lo mataron de una forma muy cobarde, traicionera y abusiva. Lo privaron de la posibilidad de torcer su destino. Lo manosearon. Le pusieron una piedra en la ropa para que se hunda y se pudra en la profundidad”, describió.
Glinka también sostuvo que, a partir del hecho, el imputado hizo de todo para desviar la investigación y confundir a la Policía durante las labores de búsqueda con tal de asegurar su impunidad.
Para el fiscal, fue imposible determinar “las razones” del crimen, pero afirmó que ya no quedan “teorías alternativas” para analizar, descartando las hipótesis de un hecho accidental, de una posible responsabilidad de los serenos del campo La Rosita o del involucramiento de otros presuntos jóvenes con quienes Cristaldo afirmó que la víctima decidió quedarse para no volver con él.
“¿Existieron esas personas? Yo lo descarto. La lógica es que Daniel nunca se separó del imputado. Es solo un relato más que jamás se pudo comprobar. Tizato murió por el disparo mientras se hundía en el agua. Ahí empezó un intento desesperado por torcer las pruebas y se mojó hasta el ombligo ocultando el cuerpo, no caminando por el campo. Los arroyos estaban secos”, reconstruyó.
“En fin. Ya no hay posibilidad de teorías alternativas. Se investigó todo. Fue la última persona que estuvo con Dani, era el único armado, estaba todo mojado cuando volvió y la ciencia determinó que era imposible que ese rifle se dispare por accidente”, resumió Glinka y solicitó la pena de prisión perpetua como autor de “homicidio agravado por alevosía”, aunque luego el tribunal modificó la calificación del caso.
Piden prisión perpetua para Richard Cristaldo por el homicidio de Dani Tizato
Judiciales
Piden prisión perpetua para Richard Cristaldo por el homicidio de Dani Tizato
El fiscal Vladimir Glinka mantuvo la acusación de “homicidio agravado por alevosía” y solicitó la pena de prisión perpetua para Richard Arnoldo “Grulla” Cristaldo (49), único imputado por el asesinato de Dani Tizato (16), registrado en 2020 en San José.
Para el titular de la fiscalía, quedó comprobado que Cristaldo pergeñó un “engaño” para llevar al adolescente a cazar y luego cometió el crimen, asesinándolo de un disparo que le atravesó el corazón y ocultando el cadáver en una laguna de agua estancada.
Glinka también sostuvo que, a partir del hecho, el imputado hizo de todo para desviar la investigación y confundir a la Policía durante las labores de búsqueda con tal de asegurar su impunidad.
Para el fiscal fue imposible determinar “las razones” del crimen, pero afirmó que ya no quedan “teorías alternativas” para analizar, descartando la hipótesis de un hecho accidental o de una posible responsabilidad de los serenos del campo La Rosita, predio donde ocurrió el crimen y se descubrió el cuerpo tras 32 días de búsqueda.
“Tizato murió por el disparo mientras se hundía en el agua. Ahí empezó un intento desesperado por torcer las pruebas. Él se mojó hasta el ombligo ocultando el cuerpo, no caminando por el campo. Los arroyos estaban secos”, apuntó.
Tras el pedido, el Tribunal Penal Dos dispuso un cuarto intermedio y más tarde será el turno de alegar para José Antonio Reyes, abogado defensor del imputado.
El caso Tizato comenzó el 30 de agosto de 2020, cuando fue a cazar con Cristaldo y nunca volvió. Su cuerpo apareció 32 días después en una laguna de agua estancada de 1,5 metros de profundidad. Tenía un disparo en el pecho y rocas entre sus prendas para evitar que flote.
Cristaldo arguyó que en medio del camino el adolescente se quedó junto a otros tres jóvenes que nunca pudieron ser ubicados y quiénes, para el fiscal, “nunca existieron”.
Policiales
Se le cayó el hierro de un camión en el parabrisas sobre ruta 14 y está en coma
Un inspector de tránsito de Oberá permanece internado en estado crítico luego de que un trozo de hierro se desprendiera de un camión cargado con chatarra e impactara contra el vehículo municipal en el que circulaba sobre la ruta14.
Tras una investigación con testimonios y registros fílmicos, la Policía identificó el rodado involucrado y demoró a su conductor en San José.
El hecho ocurrió este martes cerca de las 17:20 sobre la ruta 14, a la altura del kilómetro 871, cuando un Renault Clío perteneciente al área de Tránsito Municipal de Oberá circulaba en sentido Oberá-Campo Viera.
El vehículo era conducido por el inspector Alejandro G., de 63 años, quien viajaba junto a la inspectora Patricia L., de 44. En esas circunstancias, un fragmento de hierro se desprendió de un camión que transitaba en sentido contrario y atravesó el automóvil, provocando gravísimas lesiones al conductor.
Según el parte médico, Alejandro sufrió traumatismo de cráneo y tórax, hematoma subdural aracnoideo y contusión pulmonar, permaneciendo en coma farmacológico con asistencia respiratoria mecánica. En tanto, su acompañante sufrió traumatismo en el hombro izquierdo, sin fracturas.
A partir de averiguaciones, testimonios y registros fílmicos, los investigadores establecieron que no sería ajeno al hecho un camión Iveco blanco con acoplado, que transportaba chatarra.
Con apoyo de distintas dependencias policiales, el rodado fue interceptado sobre la ruta 14, a la altura del Arco Centinela, en San José, donde fue demorado su conductor, Nelson Rubén M., de 47 años.
Por disposición judicial, el camión fue secuestrado preventivamente para la realización de pericias, mientras continúan las actuaciones para esclarecer el hecho.
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