Policiales
Niña fallecida por cocaína: allanamiento negativo a la familia y esperan autopsia
Mientras la Justicia aguarda los resultados del examen de autopsia previsto para mañana para esclarecer varios puntos relacionados a la muerte de la niña de 9 años intoxicada con cocaína, el allanamiento a la casa de sus padres dio resultado negativo y en redes sociales trascendió un audio de WhatsApp en el que la madre denuncia que la menor sufría bullying en la escuela.
De acuerdo a lo consignado por fuentes consultadas por La Voz de Misiones, esta tarde se realizó un allanamiento en la casa de la niña en el barrio Unión de Garuhapé. El resultado fue negativo, ya que no se encontró ningún elemento que pudiera estar relacionado con el hecho.
Ante esta situación, el Juzgado de Instrucción Uno de Puerto Rico, a cargo del magistrado Manuel Balanda Gómez, aguarda las conclusiones del examen de autopsia que se practicará mañana sobre los restos de la niña fallecida en la Morgue Judicial de Posadas.
El fallecimiento se produjo esta madrugada, en el hospital Samic de Eldorado, nosocomio en el cual la niña se encontraba internada en terapia intensiva desde el sábado a la noche, cuando ingresó a emergencias prácticamente en shock como consecuencia de un estado de intoxicación.
Los estudios practicados en ese nosocomio concluyeron que en el organismo de la menor se detectaron restos de cocaína y el cuadro se agravó con el correr de las horas hasta que hoy a la madrugada se produjo su deceso.
La autopsia, clave
Ahora, la Justicia aguarda los resultados de la autopsia para esclarecer varios puntos que podrían ser determinantes para el avance de la causa.
Según explicaron las fuentes de LVM, la necropsia permitirá conocer, entre otros datos, la cantidad de la sustancia ingerida y el mecanismo de ingesta, aspectos claves para orientar la pesquisa.
“Es la primera vez que detectamos cocaína en una paciente de este tipo. Las intoxicaciones casi siempre se dan por medicamentos que hay en la casa y que los niños suelen tomar por accidente, como por ejemplo clonazepam o sustancias antiepilécticas”, sostuvo a esta medio Carolina Piriz, jefa de pediatría del Samic de Eldorado.
Las mismas fuentes consultadas añadieron que, tras las denuncias radicadas por representantes legales del hospital eldoradense, la Policía le tomó declaración testimonial a los padres, instancia en la cual se mostraron sorprendidos por la situación y desconocieron las circunstancias de lo sucedido.
Al respecto, recordaron que el jueves a la noche la niña estuvo con amigas tomando tereré y que luego de ello se descompuso, presentando náuseas, vómitos e intensos dolores de estómago.
En esa instancia, la madre, quien es estudiante de avanzada de Enfermería, afirmó que le aplicó a su hija dos inyectables de Reliverán y así permanecieron hasta el sábado cuando decidieron llevarla al Caps de Garuhapé.
De allí la paciente fue al hospital de Puerto Rico y finalmente fue derivada al Samic de Eldorado, donde horas después se produjo su deceso.
Por estas horas, la Justicia cuenta con esa versión inicial indicada por los progenitores y aguarda los resultados de la autopsia para establecer los puntos aún sin respuesta.
Cuando esa información sea elevada, habrá que reconstruir paso a paso, minuto a minuto, qué sucedió desde ese jueves hasta el sábado a la noche, cuando se produjo la hospitalización de la menor.
Audio de Whatsapp
Mientras todo esto sucede, esta tarde trascendió en las redes sociales un audio de WhatsApp atribuido a la madre de la niña fallecida, donde acusa a las maestras y a los compañeros de su hija por situaciones de bullying que habrían conducido a la menor al consumo de la sustancia, aunque de allí tampoco surgen precisiones de cómo se produjo la ingesta o el origen del estupefaciente.
En un tramo del audio se oye: “Ella entró al Hospital por una intoxicación de cocaína, que no sabemos de dónde sacó, ni como ingirió. Les comentó ahora para que todos ya lo sepan y no inventen cosas que no son y se enteren por mi propia boca”.
Luego llegó la acusación: “Le re agradezco a la maestra por hacerle bullying todo el año a mi hija y a sus compañeritos también. Ya le comento desde ahora que ya no van a tener que hacer más nada. Así como ustedes le decían que era gordita, ella se iba a la escuela. Ella todos los días venía y sufría, decía que la maestra no le quería, que le atendía solo a los otros y no a ella, pero ahora ya está; ahora se fue mi bebé ya no hay más retroceso para esta situación, pero por favor cuiden mucho a sus hijos”.
Judiciales
Los fundamentos de los jueces en el fallo por el caso Belén López
Las diferentes posturas exhibidas entre los jueces Miguel Mattos y Gustavo Bernie, por un lado, y la magistrada Viviana Cukla, por el otro, en el caso Rocío Belén López (15), por cuya muerte su madre fue condenada a 16 años de prisión, se tradujeron en un documento de 237 páginas en el que cada uno volcó sus fundamentos.
En la sentencia dictada el 14 de agosto por el Tribunal Penal Uno de Posadas, la madre de la adolescente, Mariela Andrea Ramírez (48), fue condenada como autora del delito de homicidio calificado por el vínculo en su modalidad por omisión, aunque el fallo no fue unánime, sino por mayoría y con el voto disidente de Cukla.
En los fundamentos del fallo, el primer voto le correspondió a Bernie, quien como consideró “acreditada la hipótesis acusatoria” planteada por el fiscal Vladimir Glinka, que en su alegato consideró que la mujer dejó morir de hambre y de sed a su hija en forma deliberada.
El presidente del tribunal articuló su voto en seis “extremos fácticos” mediante los cuales dio por probado que Rocío falleció como consecuencia de un cuadro de desnutrición y deshidratación que fue generado por el descuido de su madre, quien a su vez conocía las consecuencias de su accionar y tenía posibilidades de evitarlo.
Bernie no puso reparos en el informe forense incorporado en la causa y resaltó que las conclusiones vertidas “confluyen” con los testimonios recopilados.
Sobre esa base, concluyó: “Teniendo por probado que no ha existido otra causa probable de muerte cuyo análisis me permita alejarme de la establecida por el especialista, y que ante la adecuada alimentación e hidratación R.B.L. no hubiera llegado a la causa que provocó su muerte, debo considerar probado que si R.B.L. hubiera sido alimentada e hidratada adecuadamente no hubiera fallecido”.

Ramírez recibió 16 años de prisión y fue alojada en la UP V de Mujeres de Miguel Lanús.
En otro apartado de su voto, el magistrado admite que Ramírez se encontraba en condiciones de vulnerabilidad económica y social, aunque entiende que no hay “justificaciones” que la exculpen ya que si solicitaba ayuda la niña seguiría con vida.
En esa línea, resalta que la mujer “no trabajaba después de las 14” y plantea que “no se ha explicado a lo largo del presente debate cual sería el impedimento con que contaba la Sra. Ramírez para solicitar dicha ayuda al servicio médico local, cuya gratuidad es conocida públicamente”.
También ponderó las declaraciones de las antiguas vecinas del barrio Terrazas y las escaras que presentaba la niña como indicio del “descuido” al que Ramírez sometía a su hija, como así también valoró las fotos de la escena del hecho para calificar como “depósito” a la habitación donde la imputada tuvo a Belén durante los diez días que estuvo a su cuidado exclusivo entre el 13 y el 23 de julio de 2013.
El magistrado no restó importancia al diagnóstico de Síndrome de Rett que presentaba la adolescente, pero entendió que el nivel de desnutrición y deshidratación obedecía a un accionar de la madre y no al cuadro de clínico de base.
“Diez días antes, estando bajo el cuidado de su tía y su abuela, R.B.L. ya tenía síndrome de Rett, ya tenía nivel de nutrición e hidratación deficiente (normal para una persona con la condición mencionada) sin embargo su deceso se produce luego de los diez días al cuidado de la Sra. Ramírez, no queda más que inferir que si la misma hubiera mantenido el nivel de alimentación e hidratación que R.B.L. tenía hasta diez días antes, los valores no hubieran sido aquellos que generaron su muerte”, repasa Bernie, opinión a la cual adhirió Mattos.
En su voto Bernie también explica como circunstancias de atenuación en la imposición de pena tuvo en cuenta el cuadro de base que presentaba la niña, la gestión en soledad del cuidado y la situación de “vulnerabilidad social y económica” de la imputada al momento del hecho.

Bernie y Cukla, los magistrados del tribunal opinaron en sentido contrario.
El voto disidente
En sentido opuesto opinó Cukla, que en su voto abogó por la absolución de la imputada y propuso analizar el caso con perspectiva de género y discapacidad.
Para la magistrada el “núcleo del problema” radica en la “prueba médica”, advirtiendo que la autopsia fue practicada por un médico sin conocimientos específicos sobre el Síndrome de Rett, lo cual derivó en conclusiones sin el grado de certeza requerido.
“No está determinada con certeza la causa concreta del fallecimiento ni el mecanismo que condujo a él. Está probado el resultado muerte. Está probado que el cuerpo presentaba desnutrición, deshidratación severa y escaras. Es probable que un déficit de ingesta haya operado en ese cuadro. Pero no está probado que la muerte se haya debido exclusivamente a esa privación, ni que las restantes causas compatibles con la patología de base -muerte súbita, arritmia asociada a la prolongación del QT, crisis convulsivas, un proceso inflamatorio pulmonar que el propio forense presumió- hayan quedado excluidas”, resumió.
Cukla tampoco dio por probado “el momento en que se habría iniciado la privación, ni su extensión, ni si fue total o parcial”, ni el carácter “deliberado” de la supuesta omisión de Ramírez.
“Esa afirmación no se apoya en prueba directa alguna, no hay testigo, ni registro, ni manifestación de la imputada en ese sentido, sino en una inferencia construida sobre el estado del cuerpo y de la habitación, que son datos del resultado y no de la voluntad”, añadió.
En otro apartado, la magistrada reflexionó la aplicación de perspectiva de género, pero no como un “criterio de indulgencia”, sino como un “método de control del razonamiento probatorio”.
Según su parecer, en varios testimonios vertidos en la causa se imponían comentarios “estereotipados” y que solo cargaban en el reproche en la mujer y no en el rol del hombre, en este caso en el padre biológico de Belén, que nunca se hizo cargo de la niña.
“Aquí no se juzga si Mariela Ramírez fue una buena madre, ni si su comportamiento se ajustó a lo que sus vecinas, su empleada doméstica o su familia esperaban de ella. Se juzga si realizó u omitió una conducta determinada, en un tiempo determinado, con determinadas consecuencias”, apuntó.
Caso Belén: su madre fue condenada por homicidio y recibió 16 años de prisión
Judiciales
El “rey de las mulas narco” abrevió por 11 años: “Quiero trabajar y estudiar”
A través de videoconferencia y conectado desde el módulo de internos de “alto riesgo” de la cárcel federal de Ezeiza, el surinamés Johan Bodji (52), más conocido como el “rey de las mulas narco”, aceptó ser condenado a la pena de 11 años de prisión como organizador y financista de una banda transnacional que enviaba cocaína a Europa en el estómago de jóvenes vulnerables y que recibía drogas sintéticas como contraprestación.
Su acuerdo para la firma de un juicio abreviado fue ratificado esta mañana en una audiencia realizada ante el Tribunal Oral Federal (TOF) de Posadas, instancia en la que otros tres de los siete imputados en total también eligieron acogerse al mismo procedimiento judicial.
“Estoy arrepentido, cometí un error como cualquier ser humano”, expresó Bodji desde el penal de Ezeiza.
De esta manera, el extranjero que también se movía bajo la identidad de Dominique Harry Rayngs, admitió su responsabilidad en los hechos endilgados y dio el consentimiento para ser condenado a 11 años de prisión como organizador y financista de “tráfico ilícito de estupefacientes, bajo la modalidad de comercio agravado por la intervención de tres o más personas”, además de otros delitos atribuidos como falsificación de documentos públicos y desobediencia.
No fueron sus únicas palabras, ya que aprovechó la oportunidad para realizar diferentes planteos. Por un lado, reclamó ser atendido por una lesión en el codo y por un problema de visión, mientras que por el otro solicitó abandonar el régimen de “presos de alto riesgo”, módulo que comparte con los criminales más peligrosos del país.
“Es una tortura psicológica este lugar. Yo quiero estudiar y trabajar como cualquier preso, pero acá no puedo hacerlo. Acá estoy encerrado 20 horas al día”, esgrimió, al tiempo que explicó que debido a las condiciones de estricta seguridad del régimen en el que se encuentra tampoco puede recibir la visita de sus hijos, ni comunicarse por videollamada con su madre, próxima a cumplir 81 años.

Seis de los siete imputados estuvieron conectados por videoconferencia.
Jorge Antonio Sandoval (47) fue otro de los imputados que se acogió a un juicio abreviado. En este caso, el acusado 8 años de prisión como autor “tráfico ilícito de estupefacientes bajo la modalidad de comercio agravado por la intervención de tres o más s personas en concurso real con el delito de contrabando por tratarse de estupefacientes con fines de comercialización, aunque por una condena anterior en total purgará una pena unificada de 9 años de cárcel.
La chaqueña Karen Aldana Guzmán (27) y la misionera Carla Luján Grondona (22) fueron las últimas dos que evitaron el debate oral. La primera acordó una pena por 6 años y 6 meses de prisión, mientras que la segunda aceptó recibir 4 años de cárcel que, en principio, continuaría bajo la modalidad domiciliaria.
Todos los acuerdos que fueron ratificados hoy ahora quedaron en manos del tribunal presidido por el magistrado Gustavo Fabián Cardozo, Ruth María Ponce de León y Enrique Bosch (subrogante), quienes deberán homologar los documentos para que se transformen en sentencias formales.
El otro ciudadano surinamés imputado en la causa, Crainer Odyllie Abauna (37), inicialmente estaba notado entre los imputados que habían adelantado su intención de firmar un abreviado por 7 años de prisión, pero en la audiencia de hoy de cambió de parecer al reclamar como “condición” su expulsión del país, medida que no corresponde al tribunal sino a Migraciones, ante lo cual el acuerdo se cayó y ahora deberá enfrentar el proceso oral.
A juicio
Junto a él irán a juicio oral los últimos dos imputados. La peruana Jackeline Polo Carlo (41) y el bonaerense Ricardo Francisco Bruno (62), más conocido como “el farmacéutico”, el acusado de mayor perfil junto a Bodji.
Bruno es el único integrante de la banda que sigue el proceso en forma presencial en el TOF posadeño. Está imputado como “coautor” de Bodji en las maniobras de narcotráfico y entre sus antecedentes registra una condena por venta de medicamentos truchos y otra como “partícipe secundario” en el homicidio de Miriam Alencar Da Silva, una joven brasileña que en 2017 murió al no poder expulsar 66 de las 94 cápsulas de éxtasis que había ingerido para ser utilizada como transporte humano de droga.

Ricardo Francisco Bruno, el “farmacéutico”, el único presente y uno de los que no aceptó el abreviado.
Según la acusación, Bodji era el capo de la organización, con Bruno como su mano derecha. Sandoval, Polo Carlo y Abauna, en tanto, se repartían tareas vinculadas a la logística, coordinación, acompañamiento y seguimiento de las mulas, entre cuales figura la chaqueña Guzmán, mientras que la misionera Grondona cumplía funciones como apoyo logístico en Bernardo de Irigoyen, localidad en frontera seca con Brasil que la banda utilizaba como punto fijo en la hoja de ruta de los “corres humanos” con droga que llegaban hasta ciudades como Lisboa, Madrid y Paris.
Dada la complejidad de la causa, el debate contará con una doble acusación, integrada por el fiscal del TOF Pablo Ricardo Di Loreto y por el fiscal de Procuraduría de Narcocriminalidad (Procunar) Martín Uriona, tal como ocurrió en el juicio oral contra el narco-sicario Néstor Fabián “El Negro” Rojas (50), condenado a prisión perpetua en septiembre de 2024.
En la audiencia de hoy no se llegó a concretar la apertura formal del debate, paso que se dará en la próxima audiencia programada para el 28 de septiembre. En esa instancia, los tres imputados quedaron podrán dar su versión de los hechos.
El juicio al “rey de las mulas narco” y su banda arranca el lunes en Posadas
Policiales
Fracrán: pareja en moto murió en un choque y buscan a un automovilista
La Policía busca al conductor de un automóvil implicado en un siniestro vial que provocó la muerte de dos motociclistas en la localidad de Fracrán.
De acuerdo a lo consignado por fuentes policiales, el hecho ocurrió ayer sobre la ruta nacional 14, a la altura del kilómetro 1005, donde dos motociclistas fallecieron al ser embestidos por un automóvil que escapó de la escena.
Las mismas fuentes añadieron que las víctimas fatales fueron identificadas como José Darío Arévalo (28), conductor de la moto, y su pareja Micaela Soledad Golhard (21), que iba como acompañante y que falleció minutos después en el hospital de la zona.
Tras las primeras labores en la escena, los efectivos locales iniciaron rastrillajes por la zona en busca de más pistas y en ese trabajo dieron con un Ford Territory abandonado a unos 1.000 metros de distancia.
Todo indica que se trata del rodado involucrado en el hecho fatal, aunque ahora resta dar con el conductor implicado y en eso se enfocan ahora los pesquisas intervinientes en el caso.
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