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Niña fallecida por cocaína: allanamiento negativo a la familia y esperan autopsia

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Mientras la Justicia aguarda los resultados del examen de autopsia previsto para mañana para esclarecer varios puntos relacionados a la muerte de la niña de 9 años intoxicada con cocaína, el allanamiento a la casa de sus padres dio resultado negativo y en redes sociales trascendió un audio de WhatsApp en el que la madre denuncia que la menor sufría bullying en la escuela.

De acuerdo a lo consignado por fuentes consultadas por La Voz de Misiones, esta tarde se realizó un allanamiento en la casa de la niña en el barrio Unión de Garuhapé. El resultado fue negativo, ya que no se encontró ningún elemento que pudiera estar relacionado con el hecho.

Ante esta situación, el Juzgado de Instrucción Uno de Puerto Rico, a cargo del magistrado Manuel Balanda Gómez, aguarda las conclusiones del examen de autopsia que se practicará mañana sobre los restos de la niña fallecida en la Morgue Judicial de Posadas.

El fallecimiento se produjo esta madrugada, en el hospital Samic de Eldorado, nosocomio en el cual la niña se encontraba internada en terapia intensiva desde el sábado a la noche, cuando ingresó a emergencias prácticamente en shock como consecuencia de un estado de intoxicación.

Los estudios practicados en ese nosocomio concluyeron que en el organismo de la menor se detectaron restos de cocaína y el cuadro se agravó con el correr de las horas hasta que hoy a la madrugada se produjo su deceso.

La autopsia, clave

Ahora, la Justicia aguarda los resultados de la autopsia para esclarecer varios puntos que podrían ser determinantes para el avance de la causa.

Según explicaron las fuentes de LVM, la necropsia permitirá conocer, entre otros datos, la cantidad de la sustancia ingerida y el mecanismo de ingesta, aspectos claves para orientar la pesquisa.

“Es la primera vez que detectamos cocaína en una paciente de este tipo. Las intoxicaciones casi siempre se dan por medicamentos que hay en la casa y que los niños suelen tomar por accidente, como por ejemplo clonazepam o sustancias antiepilécticas”, sostuvo a esta medio Carolina Piriz, jefa de pediatría del Samic de Eldorado.

Las mismas fuentes consultadas añadieron que, tras las denuncias radicadas por representantes legales del hospital eldoradense, la Policía le tomó declaración testimonial a los padres, instancia en la cual se mostraron sorprendidos por la situación y desconocieron las circunstancias de lo sucedido.

Al respecto, recordaron que el jueves a la noche la niña estuvo con amigas tomando tereré y que luego de ello se descompuso, presentando náuseas, vómitos e intensos dolores de estómago.

En esa instancia, la madre, quien es estudiante de avanzada de Enfermería, afirmó que le aplicó a su hija dos inyectables de Reliverán y así permanecieron hasta el sábado cuando decidieron llevarla al Caps de Garuhapé.

De allí la paciente fue al hospital de Puerto Rico y finalmente fue derivada al Samic de Eldorado, donde horas después se produjo su deceso.

Por estas horas, la Justicia cuenta con esa versión inicial indicada por los progenitores y aguarda los resultados de la autopsia para establecer los puntos aún sin respuesta.

Cuando esa información sea elevada, habrá que reconstruir paso a paso, minuto a minuto, qué sucedió desde ese jueves hasta el sábado a la noche, cuando se produjo la hospitalización de la menor.

Audio de Whatsapp

Mientras todo esto sucede, esta tarde trascendió en las redes sociales un audio de WhatsApp atribuido a la madre de la niña fallecida, donde acusa a las maestras y a los compañeros de su hija por situaciones de bullying que habrían conducido a la menor al consumo de la sustancia, aunque de allí tampoco surgen precisiones de cómo se produjo la ingesta o el origen del estupefaciente.

En un tramo del audio se oye: “Ella entró al Hospital por una intoxicación de cocaína, que no sabemos de dónde sacó, ni como ingirió. Les comentó ahora para que todos ya lo sepan y no inventen cosas que no son y se enteren por mi propia boca”.

Luego llegó la acusación: “Le re agradezco a la maestra por hacerle bullying todo el año a mi hija y a sus compañeritos también. Ya le comento desde ahora que ya no van a tener que hacer más nada. Así como ustedes le decían que era gordita, ella se iba a la escuela. Ella todos los días venía y sufría, decía que la maestra no le quería, que le atendía solo a los otros y no a ella, pero ahora ya está; ahora se fue mi bebé ya no hay más retroceso para esta situación, pero por favor cuiden mucho a sus hijos”.

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Fundamentos de la condena a docentes: “Los derechos no son absolutos”

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condena docentes

La magistrada Marcela Alejandra Leiva fundamentó la condena impartida contra los docentes y dirigentes sindicales Mónica Gurina y Leandro Sánchez en dos pilares centrales: el rol “de conducción y representación” que atribuyó a los imputados en la protesta y en la premisa de que “ningún derecho es absoluto”.

En su escrito, de 87 fojas, la jueza Correccional y de Menores Uno de Posadas, encargada de presidir el tribunal unipersonal que llevó adelante el juicio oral contra los docentes, consideró, en primera instancia, que “ambos imputados ejercían funciones orgánicas de representación y vocería institucional en el conflicto, invocando expresamente la representación colectiva y actuando como autoridades máximas de sus respectivas organizaciones”.

Para arribar a esa afirmación se apoyó en las actas de notificación y en las declaraciones efectuadas por los agentes policiales que intervinieron durante los días comprendidos entre el 1 y el 4 de junio del año pasado para comunicar las órdenes judiciales de despejar el acampe docente montado sobre la avenida Uruguay como medida de protesta para exigir mejoras salariales.

Gurina y Sánchez no sólo eran parte de la protesta sino que asumían roles de conducción y representación, lo que explica porque el personal policial y los propios manifestantes indicaron a ellos como referentes, cuya presencia resultaba determinante para la toma de decisiones en el lugar de los hechos”, expuso entre sus argumentos Leiva.

La jueza desestimó los argumentos defensivos que insistían en el hecho de que todas las decisiones tomadas en el marco de la protesta era de carácter “asambleario” y entendió que “pues aun dentro de un esquema de decisiones colectivas, ambos (por Gurina y Sánchez) aparecían como figuras representativas y funcionales para la comunicación con autoridades y para la toma de definiciones”.

Gurina y Sánchez recibieron 10 meses y 8 meses de prisión en suspenso, respectivamente.

En ese marco, consideró acreditado que ambos docentes enjuiciados cometieron de manera deliberada el delito de “desobediencia judicial” al no atender las órdenes de despejar la calle, lo cual vino aparejado con la interrupción del tránsito y el consecuente “entorpecimiento del normal funcionamiento del transporte”, que era la segunda figura penal achacada a los imputados.

Al respecto, expuso Leiva: “Las conductas desplegadas excedieron los límites razonables que la Constitución Nacional y los tratados de derechos humanos reconocen a la huelga, la protesta o la libertad de expresión, configurando una afectación inadmisible a bienes jurídicos de terceros y al orden público”.

Y argumentó: “El derecho a la protesta, como manifestación de derechos humanos de participación, no puede convertirse en un ámbito de inmunidad para la producción de resultados lesivos, tales como la obstrucción deliberada del tránsito o la desobediencia a una orden judicial válida, contravendría el núcleo estructural del propio sistema de derechos humanos, que exige compatibilizar su ejercicio con la protección simultánea de la libertad, la seguridad y la dignidad de las demás personas”.

En cuanto a lo planteado por el abogado defensor Eduardo Paredes, de aplicar en forma subsidiaria a la absolución el estado de necesidad justificante o del estado de necesidad exculpante, la jueza subrayó: “No se configura aquí un conflicto legítimo entre derechos fundamentales que permita justificar la conducta, toda vez que la huelga no comprende la facultad de impedir la circulación pública por vías de hecho ni de afectar el normal desenvolvimiento de la comunidad, encontrando límites infranqueables cuando lesiona derechos de terceros ajenos a la medida. La protesta o huelga no constituye causa de justificación de delitos ni excluye la antijuridicidad de conductas que lesionan directamente bienes jurídicos de terceros. La doctrina penal ha sido clara en este punto”.

La jueza también citó jurisprudencia y mencionó el caso de Estela del Valle Juárez, docente y secretaria general de la Regional Suroeste de la Asociación de Trabajadores de la Educación del Chubut (ATECh), que participó en cortes de rutas por un conflicto salarial que estalló en su provincia en 2019 y cuya condena a tres meses de prisión en suspenso por “entorpecimiento del transporte” fue ratificada por la Corte Suprema en abril de este año.

A partir de la presentación de estos fundamentos, el equipo legal que defiende a los docentes tiene un plazo de diez para presentar una recurso de casación, lo cual es prácticamente un hecho ya que a apenas conocida la sentencia del miércoles pasado adelantaron que “apelaremos el fallo y de ser necesario insistiremos hasta llevar el caso a la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN)”.

El fallo dictado por la jueza Leiva dispone 10 meses de prisión en suspenso para Mónica Gurina y 8 meses de prisión en suspenso para Leandro Sánchez, además de 8 horas mensuales de tareas comunitarias.

En las escalinatas del Palacio de Justicia los docentes volvieron a recibir el acompañamiento y el apoyo de sus compañeros.

Acampe docente: condenan a Gurina y Sánchez por desobediencia y corte de calle

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Desestiman otra autoincriminación en el caso Schoenfisch y pasan a los alegatos

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caso schoenfisch

Tal como lo hizo un mes atrás, el ex intendente de Santiago de Liniers, Arnoldo Schoenfisch (67) volvió a autoincriminarse ante el tribunal que juzga a su hijo Pablo (23), acusado de un ataque parricida que ocasionó la muerte de su madre Faustina Antúnez (54) y dejó ciego a su padre, quien ahora pretende responsabilizarse por el hecho para favorecer al imputado.

Es la tercera vez que insiste en la versión autoincriminatoria. Primero lo hizo con un declaración jurada vertida ante escribano público en diciembre de 2024, luego hizo lo propio en el inicio del debate oral que conducir a su hijo a una pena de prisión perpetua y lo repitió hoy.

Esta situación obligó que el comienzo del debate quede stand by hasta que sus declaraciones sean analizadas por la fiscalía de instrucción, cuyas autoridades finalmente desestimaron la versión y eso permitió que el juicio se reanude, pero Schoenfisch padre hoy volvió a declarar: “Discutimos, la maté y luego me quise suicidar”.

El magistrado Atilio León, integrante del tribunal que preside Adriana Andino y completa Javier Jourdan (subrogante), pidió “suspender definitivamente” el juicio debido “al alto riesgo para la validez del proceso” que representaba el hecho de continuar interrogando a un testigo que pedía ser imputado.

Sin embargo, por mayoría, con los votos de Andino y Jourdan, el debate prosiguió y la declaración continuó en los mismos términos, instancia en la que el fiscal Federico Rodríguez solicitó que Schoenfisch sea investigado por falso testimonio, tal como lo hizo con un hermano suyo, Rubén Schoenfisch, que incluso fue detenido al finalizar la audiencia. 

Para el fiscal, el testigo continúa siendo parte de un “esquema defensivo” donde busca adjudicarse el hecho para favorecer a su hijo con un versión “imposible de acreditar”.

En ese sentido, marcó las contradicciones expuestas por Schoenfisch, que en etapa de instrucción formuló expresiones completamente diferentes a las vertidas en el juicio e incluso negó las declaraciones dadas por al menos otros tres testigos que comprometen la situación del imputado.

Hace unos días me enteré que acá estaban diciendo que yo dije, ‘que esto hizo Pablo’. Eso es mentira. Yo nunca le mencioné a él. Hay dos o tres que dijeron eso y eso es una mentira. Lo digo francamente. La mentira tiene patas cortas. Eso me indigna”, lanzó hoy en referencia a los testimonios de Lucas Szumkoski y Miguel Ángel Szumkoski, hijos de Antúnez y hermanastros del imputado.

Schoenfisch padre también negó que a su hijo le hubieran “cortado” la entrega de dinero y el uso de vehículos como castigo a su mal comportamiento. También minimizó discusiones.

Después de su testimonio, pasaron a declarar dos licenciados en criminalística, quienes repasaron las pericias realizadas en el caso, las cuales concluyeron que los disparos que recibieron ambas víctimas fueron efectuadas a corta distancia.

El debate continuará el miércoles, a partir de las 8.30, con la ronda de alegatos. El primero en exponer será el fiscal Rodríguez, mientras que luego lo harán los abogados defensores María Laura Alvarenga y Fabián De Sá.

Juicio y versiones

Pablo Schoenfisch llega al debate privado de su libertad desde 2020 y enfrenta una acusación por los delitos de “homicidio calificado por el vínculo y por haberse cometido con alevosía agravado por la utilización de un arma de fuego”, en perjuicio de su madre, y “homicidio calificado por el vínculo y por haberse cometido con alevosía agravado por la utilización de un arma de fuego, en grado de tentativa”, contra su padre, imputación bajo la cual puede ser condenado a prisión perpetua.

La nueva versión expuesta por Arnoldo Schoenfisch, que tras el hecho quedó con ceguera, representa un abrupto giro del caso en relación a lo expuesto en el requerimiento de elevación a juicio formulada por el fiscal Edgar Francisco Doldán y firmada por el magistrado Roberto Saldaña, ex juez de Instrucción Uno de Eldorado.

La hipótesis acusatoria sostiene que en la madrugada del 14 de mayo de 2020, Pablo Schoenfisch atacó a sus padres mientras dormían, efectuándoles disparos a corta distancia. Como consecuencia del hecho, Antúnez perdió la vida y Arnoldo quedó con secuelas permanentes.

Según lo plasmado en ese documento, el acusado mantenía una relación conflictiva con sus padres, motivada por desavenencias y mal comportamiento del muchacho, cuestión que fue ratificada por varios familiares y amigos del imputado al momento de declarar como testigos en la etapa investigativa.

En el transcurso del presente debate, varios testigos ratificaron que el joven mantenía una mala relación con sus padres e incluso recordaron expresiones como deseos de matarlos.

Por ejemplo Gladis Aquino, que era empleada doméstica de la familia y ante los jueces declaró: “Un día Pablo de la nada me dice ‘qué pasaría si mato a mi papá y a mi mamá’. Yo le dije que iba a arruinar su juventud y me dijo que en cualquier momento mataba a su papá y a su mamá”.

Claudia Padilla (30), integrante de la misma familia y una de las primeras personas que intervino en auxilio de las víctimas esa madrugada, también dio un testimonio revelador: “Cuando yo entro Arnoldo estaba parado, ensangrentado. Tina (Antúnez) estaba en la cama agonizando. Salgo de la habitación y Polaco (por Arnoldo) se tocaba la cara y decía ‘no veo nada, no sé lo que pasó, Pablito hizo cagada”.

Testigos ratificaron acusaciones contra Pablo Schoenfisch por ataque parricida

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Resguardan a cuatro niños encerrados y sin comida en Villa Bonita

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La Policía de Misiones asistió a cuatro niños que fueron encontrados sin alimentos y en estado de vulnerabilidad extrema en un departamento de alquiler situado sobre la calle Puerto Iguazú de Villa Bonita.

El hecho se registró hoy alrededor de las 11:30 por efectivos de la Unidad Regional II, quienes arribaron al lugar y entregaron a los menores a familiares para su resguardo y posterior intervención del área social municipal.

El operativo se realizó en conjunto con el Comando Radioeléctrico, donde fueron alertados sobre la situación. Inmediatamente, el personal de la división de emergencia urbana constató la presencia de dos niñas de 3 años, y dos niños de 2 y 4 años, quienes permanecían encerrados y sin alimentos desde el sábado por la tarde, momento en que su madre se habría ausentado del domicilio, sin datos actuales sobre su paradero.

Ante el cuadro crítico, los policías adquirieron alimentos de primera necesidad para brindar asistencia alimentaria inmediata a los menores, como así también dieron intervención al gabinete interdisciplinario policial de esa jurisdicción. 

Minutos después, lograron establecer contacto con la ciudadana Mary Graciela R. (26), tía de los niños, quien se hizo presente en el lugar y manifestó desconocer la situación en la que se encontraban sus sobrinos.

Por razones de urgencia y preservación de la integridad de los menores, la fuerza procedió a la entrega de los cuatro niños a su tía para guarda y custodia responsable, hasta tanto se definan nuevas medidas del sistema de protección.

Algunos detalles

Durante las entrevistas con los moradores del barrio, los vecinos coincidieron en que la situación detectada sería presuntamente habitual, señalando que la madre los dejaría solos, encerrados y sin alimentos durante varios días, y que los niños podrían ser víctimas de maltrato sistemático cuando la progenitora se encuentra en el domicilio.

En ese contexto, se requirió la intervención del área social, interviniendo el equipo de Asistentes Sociales de la Municipalidad de Oberá, que fue activado para el abordaje del grupo familiar y el seguimiento institucional del caso.

La causa fue informada al Juzgado y organismos provinciales competentes para la continuidad de las investigaciones y el resguardo integral de los menores.

Detienen a un hombre acusado de abuso a menores en Iguazú

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