Policiales
Mujer policía mató a un motochorro por la espalda y fue absuelta
La policía Carla Céspedes (24) había sido procesada y llegó a juicio acusada de “homicidio agravado por exceso en el cumplimiento de una función”, pero fue absuelta. Es policía de la Ciudad y fue absuelta en un juicio oral por haber matado a un joven que huía tras haber asaltado junto a un cómplice un supermercado chino en la zona de Parque Centenario, en diciembre de 2016.
La agente, que el lunes fue recibida por la ministra de Seguridad, Patricia Bullrich, en su despacho, había sido procesada y llegó a juicio acusada de “homicidio agravado por exceso en el cumplimiento de una función”. El Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) N° 14, en fallo dividido, la liberó de responsabilidad penal.
“Yo actué bien, no entiendo por qué estoy aquí. Sólo espero que esto se termine para volver a cumplir con mis funciones”, dijo Céspedes al decir sus últimas palabras ante los jueces Miguel Ángel Caminos, Hugo Cataldi y Beatriz Bistué de Soler.
El episodio, que quedó registrado en las cámaras de seguridad del comercio, sucedió el 22 de diciembre de 2016 en el supermercado ubicado en la esquina de las calles Estivao y Ramos Mejía, del barrio de Caballito. Allí irrumpieron dos ladrones, luego identificados como Héctor Walter Corroncini (34) y Ariel Martín Santos (42), y robaron dinero a un proveedor que estaba cobrando por la entrega de mercadería.
Céspedes, quien estaba adentro del supermercado y por entonces se desempeñaba en la Policía Federal, comenzó a perseguir con su arma reglamentaria y a disparar contra los asaltantes cuando se hallaban fueran del comercio.
Corroncini logró escapar pero Santos –que según Télam estaba desarmado- recibió tres balazos cuando intentaba huir en una moto que había dejado en la vereda a pocos metros de la puerta del supermercado.
Según indicó esta mañana el Ministerio de Seguridad de la Nación, uno de los asaltantes, al percatarse de la condición de policía de la mujer, le gritó al otro: “¡Matala, matala a esa hija de puta!”.
“Fue en ese momento que Céspedes utilizó su arma para defenderse y proteger tanto su propia vida como la del resto de las personas que circulaban por allí. Uno de los disparos terminaría por quitarle la vida a uno de los delincuentes, mientras que el otro logró huir para ser detenido en otro operativo unos días después”, añadió.
Durante el debate también fue juzgado Corroncini, quien fue condenado a tres años de prisión en suspenso por el robo. Santos, según pudo corroborar Clarín, había estado detenido al menos seis años por los mismos delitos.
La mujer policía, que se encuentra en situación de disponibilidad, fue absuelta por mayoría al considerarse que actuó en legítima defensa. Para el juez Bistué de Soler, la agente se “excedió”, aunque para el fiscal Fernando Klappenbach hubo una conducta legítima al repeler el robo, pero fuera de la ley cuando mató a Santos.
Los familiares de Santos, que actuaron como querellantes y pidieron que la policía fuera condenada a prisión perpetua, insultaron a la joven cuando se retiraba de la sede del TOC 14, en Lavalle 1171 de esta capital.
“No te importó nada” y “lo mataste como a un perro”, le gritó a Céspedes la madre de Santos, en tanto que amigos de la víctima le exhibían fotografías y le advertían que de esa cara no se olvidarían nunca.
“Estamos muy conformes con las resoluciones judiciales y convencidos que esto sienta las bases para un nuevo paradigma con respecto al accionar policial: aquellos que actúen en el marco de la ley serán defendidos. Desde el primer dia seguimos los casos, porque tenemos el compromiso de cuidar a quienes nos cuidan”, apuntó la funcionaria.
De acuerdo a la cartera conducida por Bullrich, a raíz de la investigación para dar con el paradero del prófugo, en las escuchas telefónicas se obtuvo la información clave que permitió identificar un arma escondida en un domicilio. Ésta contenía la munición modificada, adaptada al tipo de punta hueca (prohibida mundialmente) para generar heridas letales tras el impacto.
Por su parte, el caso que involucró al gendarme Narvay ocurrió de la madrugada del 27 de agosto de 2017, cuando esperaba un colectivo en Rincón de Milberg para dirigirse a tomar servicio. Fue en ese momento que dos delincuentes lo abordaron en la esquina de las calles Callao y Chubut para robarle sus pertenencias, en una escena que quedó filmada por las cámaras de seguridad del municipio de Tigre.
Los ladrones hirieron a Narvay en la pierna derecha con un arma blanca y el gendarme mató a uno de los atacantes con su arma reglamentaria e hirió al cómplice. El agente debió retirarse del lugar mientras intentaba comunicarse con el servicio de emergencias 911 ya que un grupo de personas intentó agredirlo luego de lo sucedido.
Por el hecho, Narvay pasó un año y tres meses preso hasta que, días atrás, el Tribunal Oral N° 5 de San Isidro, compuesto por los jueces Marcela Ramos, Pablo Rolón y Ariel Introzzi Truglia, dispuso su absolución.
VIRAL. BUENOS AIRES. MATÓ A UN MOTOCHORRO Y LA ABSOLVIERON DE TODO CARGO Y CULPA.
VIRAL. BUENOS AIRES. MATÓ A UN MOTOCHORRO POR LA ESPALDA Y LA ABSOLVIERON DE TODO CARGO Y CULPA.Una mujer policía mató a un motochorro que asaltó un súper chino y la absolvieron. “Yo actué bien”, se defendió la agente, de 24 años, quien fue recibida en su despacho por la ministra de Seguridad, Patricia Bullrich.
Publicado por La Voz de Misiones en Martes, 6 de noviembre de 2018
Policiales
Despiste fatal: un niño murió, su hermano está grave y su papá quedó detenido
Un niño de 8 años falleció y su hermano de 10 se encuentra internado en estado crítico como consecuencia de las lesiones sufridas en el despiste y vuelco de una camioneta que conducida por su padre, quien más tarde quedó detenido por causar desorden en el hospital y se investiga si estaba alcoholizado.
El trágico episodio ocurrió esta tarde, cerca de las 16.40, sobre la ex ruta provincial 5, a pocos kilómetros del ingreso al barrio El Progreso de Oberá.
Sobre esa arteria terrada despistó y volcó una camioneta Chevrolet en la que viajaban Andrés P. (36), junto a sus hijos de 8 y 10 años.
Los tres heridos fueron trasladados de urgencia al hospital Samic de Oberá, donde apenas ingresado se constató el fallecimiento del menor de los niños, mientras que su hermano quedó internado en grave estado y será derivado al Madariaga de Posadas para recibir una atención de mayor complejidad.
Fuentes policiales además señalaron que el conductor del vehículo presentaba signos de ebriedad y comenzó a causar desorden en el hospital obereño, ante lo cual fue detenido por agentes de la comisaría Tercera.
Judiciales
Jabornicky denunció por acoso judicial a Flores y pidió sancionar a Risko
El abogado Alejandro Jabornicky, que enfrenta una causa por violencia de género de su ex pareja, la diputada provincial electa Rita Flores, denunció a -ésta por “acoso judicial” y “mala fe procesal”, y pidió al juez de Instrucción 7, Miguel Mattos, que sancione a su colega y abogada de la querellante, Silvia Risko.
En un escrito, patrocinado por el abogado José Paulino Medina, Jabornicky contestó a la denuncia y el pedido de prisión preventiva por “violencia de género digital”, formalizados la semana pasada por Flores, por haber subido a su cuenta de Instagram fotos con ella en un posteo, que la legisladora electa y Risko, consideran una publicación pagada de la red social, que violenta la orden judicial de restricción de septiembre pasado.
“La petición de la querella constituye un claro acoso judicial: pretende transformar una fotografía en redes sociales en un delito inexistente, invocar un riesgo de femicidio sin sustento y emplear figuras de violencia política y digital de modo oportunista”, sostiene la presentación de Jabornicky y sentencia: “Estos actos constituyen un abuso del proceso y deben ser sancionados”.
“La querellante ha presentado un pronto despacho solicitando la detención y prisión preventiva, invocando un supuesto ‘ciber-hostigamiento’ por publicaciones en Instagram. Acto seguido, sostiene que existe riesgo de femicidio, violencia política y amenaza agravada, imputando hechos graves que no están acreditados en autos ni son consistentes con la medida cautelar”, señala la presentación de Jabornicky y asegura que “ello evidencia una estrategia de hostigamiento procesal, encaminada a presionar al imputado mediante la reiteración de pedidos desproporcionados y sin sustento jurídico”.
Temerarias
El escrito señala que la orden de restricción que le impuso el juez Mattos a Jabornicky el 9 de septiembre pasado, luego de la denuncia de Flores en su contra, dispuso “la prohibición de acercamiento en un radio de 500 metros”, y “todo tipo de contacto físico, verbal, telefónico, de correo electrónico y/o cualquier otro tipo o medio que signifique intromisión injustificada”, pero que “no se prohibió publicar fotografías, ni expresar ideas en redes sociales”.
Según la presentación judicial, desde la notificación de la medida, el imputado Jabornicky “ha respetado íntegramente la prohibición de contacto: no hubo acercamientos físicos, llamadas, mensajes, correos, ni interacción de ningún tipo con la denunciante”, y asegura que “las supuestas ‘publicaciones’ en redes sociales son fotografías genéricas de hechos pasados y no constituyen ninguna forma de contacto ni intromisión injustificada”.
El escrito dirigido al juez Mattos, acusa a Flores y Risko de “presentaciones reiteradas y desproporcionadas”, “afirmaciones falsas o sin prueba”, “calificaciones jurídicas infundadas” y “temeridad y mala fe procesal”.
Afirma que, en la última denuncia de Flores, Risko “asevera que el imputado ‘abonó publicidad de la publicación de Instagram’ e interpreta que ello configura violencia digital”, y asegura que “estas afirmaciones no están acompañadas de prueba alguna”.
“La querella invoca la Ley 27.736 sobre violencia de género digital y la Convención de Belém do Pará, pretendiendo encuadrar una publicación genérica como un delito de ciber-hostigamiento”, relata Jabornicky y acusa: “Esta ampliación no solo carece de sustento fáctico, sino que constituye un abuso del derecho penal al pretender equiparar una fotografía con un acto de violencia digital”.
Desmiente, asimismo, que hubiera incurrido en “violencia política” contra Flores, en su rol de legisladora electa a punto de asumir, y que tal afirmación ignora que “el proceso penal en curso se refiere a hechos anteriores y que el suscripto ha mantenido un comportamiento respetuoso y alejado de la vida pública de la Sra. Flores”.
“No existe en autos ningún indicio de que las publicaciones referidas tuvieran un ánimo de obstaculizar la función pública”, señala el escrito.
Jabornicky invoca el artículo 32, del Código Procesal Penal de Misiones, y el artículo 34, inciso 6º, del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, para acusar a Flores y Risko de llevar a cabo “un ejercicio irresponsable y abusivo del derecho de acción que persigue hostigar y estigmatizar al imputado”, que “constituye, en términos doctrinales, acoso judicial” y “justifica que se disponga un llamado de atención o sanción al profesional interviniente”.
“La conducta de la querella no solo busca imponer una prisión preventiva desproporcionada, sino que pretende censurar la libertad de expresión y asociación del imputado mediante el bloqueo de sus redes sociales”, lo que “atenta contra los derechos constitucionales a la libertad de expresión, al trabajo y a la defensa en juicio, pues se pretende privar al imputado de medios lícitos de comunicación y de interacción social sin fundamento legal alguno”.
Amonestación
Por todo lo expuesto, Jabornicky pide al juez Mattos que declare “la existencia de temeridad procesal y abuso de derecho” por parte de Risko y la amoneste, “recordándole su obligación de ajustarse a la verdad y al derecho, bajo apercibimiento de imponer sanciones”.
A la vez, solicita “advertir a la querella que cualquier nueva presentación deberá fundarse en hechos objetivos y acreditados en autos, absteniéndose de utilizar el proceso como medio de hostigamiento o propaganda política”, y “reafirmar que la medida de restricción vigente prohíbe el contacto e intromisiones con las víctimas, pero no suprime la libertad de expresión, ni la posibilidad de publicar contenidos generales, por lo que cualquier interpretación extensiva debe desecharse”.
DENUNCIA_DE_ACOSO_JUDICIAL_Y_ABUSO_DE_PROCEDIMIENTO (1)Policiales
Cruzaba la avenida Quaranta con su hijo y murió arrollada por un auto
Una mujer de 47 años falleció esta mañana al ser embestida por un automóvil mientras cruzaba la avenida Quaranta de Posadas junto a su hijo.
De acuerdo a lo consignado por fuentes policiales, la víctima fue identificada como Antonia Isabel Lima (47).
El hecho ocurrió esta mañana, cerca de las 11, cuando la mujer cruzaba la avenida Quaranta, en inmediaciones a la avenida Zapiola, hasta que, por causas que se intentan establecer, fue arrollada por un automóvil Fiat Siena que circulaba en sentido Oeste-Este.
Como consecuencia del hecho, la mujer perdió la vida en el acto, mientras que su hijo menor de edad debió recibir asistencia profesional.
En el sitio trabajaron diversas dependencias policiales que llevaron adelante las tareas de rigor y las correspondientes pericias para esclarecer las circunstancias del siniestro.
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