Nuestras Redes

Judiciales

Vargas volvió a defenderse y la sentencia del caso Antonella será el lunes

Publicado

el

Vargas acusado femicidio de Antonella Bernhardt

En el cierre de la etapa de incorporación de pruebas, esta mañana el fotógrafo Cristian Daniel Vargas (33) volvió a defenderse ante el Tribunal Penal Uno de Posadas y ahora el debate por el femicidio de Antonella Bernhardt (27) pasó a un cuarto intermedio hasta el lunes, jornada prevista para el desarrollo de la ronda de alegatos y el posterior dictado de sentencia.

Vargas llegó a esta instancia acusado de homicidio agravado por femicidio, figura contemplada por el artículo 80 inciso 11 del Código Penal de la Nación argentina y que prevé una pena de prisión perpetua en caso de ser hallado responsable al final del proceso oral.

Sin embargo, durante el desarrollo del juicio y conforme a los elementos recolectados, principalmente el testimonio vertido por una médica forense, el fiscal Martín Rau decidió ampliar la imputación contra Vargas añadiendo el agravante de alevosía (artículo 80, inciso 2), al considerar que el implicado atacó a Antonella en un contexto de indefensión. Esta nueva figura mantiene la prisión perpetua como expectativa de pena. 

“Mediando violencia de género, aprovechando la vulnerabilidad de la víctima, mediante golpes y maniobras de asfixia, con Antonella mareada, con su sistema sensorial disminuido, quizás desmayada y mientras estaba acostada en el piso, usted le produjo la agresión con un cuchillo monocortante”, le intimó Rau al fotógrafo Vargas, quien luego realizó una ampliación de su declaración indagatoria.

En esa instancia, el imputado insistió en su teoría defensiva, en la que refiere que la puñalada letal se produjo durante un forcejeo mantenido con Antonella con la intención de despojarla del cuchillo con el que ella amenazaba agredirlo primero.

El juicio por el femicidio de Antonella se lleva adelante el Tribunal Penal Uno de Posadas, en el Palacio de Justicia. FOTO: Marcos Otaño – @mmo_marcos

La diferencia respecto a su primera indagatoria fue que esta vez y a pedido de su defensor oficial, el abogado Mario Sebastián Ramírez, el acusado brindó su relato de pie y escenificando ante el tribunal la secuencia de hechos que -según él- se produjeron dentro del departamento de Antonella en el barrio El Brete y derivaron en la muerte de la joven oriunda de Oberá. 

“Yo tenía celular en la mano y le tomé del brazo para quitarle el cuchillo. Ahí quedé atrapado contra la pared y cuando la traje hacia mí con fuerza es que se clava el cuchillo en la garganta de ella”, repitió hoy.

Vargas también dio su versión respecto a los otros dos traumatismos que Antonella presentaba en el cráneo, los cuales según estimó la forense Carolina Lanzos fueron “golpes fuertes” y que pudieron haber provocado “aturdimiento, confusión o hasta pérdida de conocimiento” en la víctima.

Fue en base a eso, entre otras consideraciones dadas por Lanzos, que el fiscal Rau entendió que Antonella fue atacada en estado de indefensión y correspondería entonces aplicar la figura de alevosía, pero Vargas se defendió: “Fueron dos tapes, no fue con violencia, ella no estaba desmayada ni nada”.

Más adelante, el imputado relató que llevó el cuchillo hasta el lavatorio, donde se lavó las manos manchadas con sangre y empezó a juntar sus cosas para retirarse del lugar. “Cuando le eché el último vistazo ella todavía tenía movimientos”, sostuvo.

Alegatos y sentencia, el lunes

Tras su declaración, el tribunal presidido por la magistrada Viviana Cukla e integrado por sus pares Ángel Dejesús Cardozo y Gustavo Bernie, cerró la etapa de incorporación de pruebas con las diligencias que quedaban pendientes, entre ellas la introducción por lectura de testimonios desistidos y la revisión de una serie de imágenes, videos y chats ya incorporados al expediente pero especialmente seleccionados por la defensa para posteriormente hacer énfasis en su alegato.

De esta manera, se dispuso un cuarto intermedio hasta el lunes a las 8.30 para el desarrollo de la ronda de alegatos, instancia en la cual las partes intervinientes, tanto la fiscalía como la defensa y también la querella representada por el letrado Mauricio Vergara, deberán exponer sus conclusiones finales y elevar sus respectivos pedidos al tribunal.

Después de ello, los camaristas deberán pasar a deliberar para arribar al dictado de la correspondiente sentencia.

Las partes: a la izquierda el querellante Mauricio Vergara, al medio el fiscal Martín Rau y a la derecha el defensor Mario Ramírez. FOTO: @mmo_marcos

Caso y juicio

El femicidio de Antonella Bernhardt se registró el 4 de abril de 2019, entre las 13 y las 13.30, dentro de su departamento ubicado sobre la calle Comandante Miño 980 del barrio El Brete.

La hipótesis acusatoria consigna que Vargas contactó a la víctima a través de redes sociales y le ofreció realizar sesiones de fotos a cambio de dinero ($1.500 con desnudos). Una de ellas se concretó, pero el acusado nunca pagó y en el segundo encuentro se produjo el desenlace mortal, luego de una discusión generada por el reclamo del dinero que nunca fue abonado.

Vecinas de la joven narraron -y ratificaron sus dichos en el juicio- que ese mediodía oyeron golpes, ruidos de “objetos cayendo al suelo” y a través de las endebles paredes divisorias también escucharon “gritos ahogados, como de alguien a quien le tapan la boca mientras grita”.

La autopsia concluyó que Antonella presentaba dos golpes en la cabeza, signos de compresión en el cuello y una estocada en el cuello que atravesó la vía aérea y se detuvo en los cuerpos vertebrales.

Cristian Vargas, de 33 años, está detenido desde el día del hecho y puede ser condenado a prisión perpetua.

Vargas, en tanto, sostuvo que al terminar la sesión fotográfica Antonella le propuso sexo oral y supuestamente filmó el acto, video que luego utilizó para extorsionarlo a cambio de más dinero, lo que derivó en el forcejeo que habría terminado en forma trágica.

“Fue un accidente, yo no fui hasta ahí a querer matarla. Sólo me aterroricé de que mi mujer se enterara que le fui infiel”, aseguró en la primera audiencia del debate que se desarrolla en el SUM del Palacio de Justicia, ubicado sobre la avenida Santa Catalina casi Centenario.

Vargas también declaró que mientras se producía el forcejo el celular de la víctima continuaba filmando, aunque en la “desesperación” posterior al hecho reseteó el celular y después “confió” en que ese material podía ser recuperado para demostrar su inocencia.

Sin embargo, ninguno de los videos mencionados por el acusado fueron hallados, a pesar de que el personal de la Secretaría de Apoyo para Investigaciones Complejas (Saic) logró recuperar los elementos guardados en el teléfono reseteado.

FOTO PRINCIPAL: Marcos Otaño – @mmo_marcos

Judiciales

El STJ confirmó la condena al médico Vinuesa por abuso a cuatro pacientes

Publicado

el

El Superior Tribunal de Justicia (STJ) confirmó la condena a 4 años de prisión efectiva dictada a fines de 2024 contra el médico gastroenterólogo infantil Fernando Alfredo Vinuesa por cuatro hechos de abuso sexual simple cometidos en perjuicio de pacientes adolescentes.

La resolución del máximo órgano judicial de la provincia fue emitida este lunes, con el voto inicial del ministro Roberto Rubén Uset, al cual adhirieron sus pares Rossana Pía Venchiarutti Sartori, Cristina Irene Leiva, Cristian Marcelo Benítez, María Laura Niveyro, Juan Manuel Díaz y Valeria Fiore Cáceres.

La causa llegó al STJ tras un recurso de casación interpuesto por Julio César Lenzken, abogado defensor particular de Vinuesa, quien cuestionó el fallo emitido por el Juzgado Correccional y de Menores Dos de Posadas en diciembre de 2024 tras un debate oral que se extendió durante cuatro jornadas.

En su presentación, el letrado insistía en declarar la nulidad del requerimiento de elevación a juicio de la causa iniciada en 2019 y apuntaba imprecisiones en la acusación que perjudicaban el derecho de defensa en juicio.

No se advierte la existencia de vicio procesal alguno que habilite la declaración de nulidad, toda vez que el trámite se desarrolló conforme a derecho y con pleno respeto de las garantías procesales. Cabe agregar que durante el debate oral, el Sr. Defensor ejerció sin restricciones su derecho de defensa, formulando ofrecimiento de prueba, alegando y planteando nulidades, lo que permite concluir que no se ha configurado situación alguna de indefensión derivada de las observaciones planteadas”, responde el ministro Uset en la resolución a la que La Voz de Misiones tuvo acceso.

En otra línea, el magistrado argumenta que “la nulidad de la acusación solo procede cuando indeterminación impide comprender el hecho o genera indefensión real. En el presente caso, los hechos están probados y determinados en su esencia fáctica, por lo que la variación de fechas no genera indefensión material ni afecta el derecho de defensa”.

Asimismo, destaca que “la sentencia demuestra que el juez ha valorado la prueba de manera racional, ponderando los elementos de cargo y descargo, y otorgando mayor fuerza convictiva a aquellos que resultan más verosímiles y concordantes. No se advierte contradicción ni arbitrariedad en la valoración probatoria, sino un razonamiento lógico que conduce a la conclusión alcanzada”.

Por todo lo expuesto, el STJ resolvió declarar admisible el planteo recursivo, aunque rechazó los agravios esgrimidos y en consecuencia confirmó el fallo oportunamente dictado por el Juzgado Correccional y de Menores Dos de Posadas, en ese momento a cargo del magistrado ahora jubilado César Raúl Jiménez.

En dicha sentencia, Vinuesa fue condenado a la pena de 4 años de prisión efectiva e inhabilitación perpetua para ejercer la medicina como autor penalmente responsable del delito de “abuso sexual simple, cuatro hechos en concurso real”, aunque el cumplimiento de la pena fue diferida hasta que el fallo quedara firme, lo cual ocurrió ahora tras la revisión del STJ.

El fallo condenatorio fue emitido el 6 de diciembre de 2024, tras cuatro audiencias de juicio oral en el que las cuatro denunciantes ratificaron haber sido manoseadas y acosadas por el médico. En el proceso oral intervino como fiscal María Laura Álvarez, que en la instancia de alegatos había solicitado una pena de 7 años de prisión para el acusado.

FOTO: Archivo El Territorio.

Seguir Leyendo

Judiciales

Ex gendarme irá a juicio por el crimen de su esposa 24 años después

Publicado

el

ex gendarme juicio tribunal penal dos

Después de 9.047 días, lapso en el que pasaron nueve presidentes, siete mundiales y hasta cuatro papas, el ex gendarme misionero Carlos Ramón Gómez enfrentará debate oral y público como único acusado por el asesinato de su esposa María Esther Barreda (36), cometido el 9 de diciembre de 2001 en Posadas.

El debate se realizará en el Tribunal Penal Dos de Posadas. Comenzará el 16 de septiembre, se extenderá durante otras dos jornadas consecutivas y se espera la comparecencia de al menos diez testigos, según consignaron fuentes consultadas por La Voz de Misiones,

El tribunal será presidido por el magistrado César Antonio Yaya y estará integrado por otros dos jueces como vocales subrogantes, mientras que en la fiscalía actuará Vladimir Glinka y en defensa del imputado estará la abogada particular María Laura Alvarenga.

Gómez llega a esta instancia libertad y enfrenta cargos por “homicidio calificado”, figura bajo la cual puede ser condenado a prisión perpetua, pena que al momento del hecho preveía 25 años de cárcel. 

El expediente quedó habilitado para tratarse en debate oral luego de que el pasado 7 de julio la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) fallara en contra de uno de los tantos planteos defensivos que los diferentes abogados de Gómez presentaron a lo largo de dos décadas.

En la previa al inicio del juicio, la defensora de Gómez dialogó con este medio y expresó que “se intenta llevar a juicio pese a la existencia de una resolución del 19 de noviembre de 2003 que ordenó aplicar las normas relativas a la inimputabilidad y al sobreseimiento, decisión que quedó firme al no haber sido recurrida mediante el recurso de casación que correspondía”.

“A más de 24 años del inicio de la causa, se reclama que los tribunales resuelvan de manera efectiva tanto el planteo de cosa juzgada como la eventual vulneración del derecho a ser juzgado dentro de un plazo razonable, antes de avanzar con un nuevo debate oral, ya que tanto, peritos como testigos fundamentales de la causa ya no se encuentran por diversos motivos, entre ellos por fallecimiento”, planteó.

Y agregó jurisprudencia que buscarán hacer valer en el caso: “Se desconoce doctrina de la corte donde se apercibió al Superior Tribunal de Justicia por desconocer la cosa juzgada y la preclusión en expte. Mierez Ruben y otros en 2012. Por ejemplo, desconoce totalmente la doctrina la Corte IDH -obligatoria- en los autos López de Belva y otro vs. Argentina (publicado en 08/2026)- deviniendo en una cuestión de grosera gravedad institucional”.

María Laura Alvarenga será la abogada defensora del ex gendarme.

Crimen y derrotero judicial

El hecho que se pretende esclarecer se registró el 9 de diciembre de 2001 y la víctima fue María Esther Barreda, una mujer de 36 años que estaba en pareja con el ex gendarme acusado.

Según lo reconstruido en su momento, el crimen ocurrió en una vivienda del barrio San Lucas, a pocas cuadras del club Centro de Cazadores de Posadas, donde Gómez habría encontrado a su pareja con otro hombre y la atacó a balazos con su arma reglamentaria.

La mujer recibió un total de cuatro disparos y falleció en el lugar, mientras que el ex uniformado huyó de la escena para un día después entregarse en el puesto de Gendarmería Nacional Argentina (GNA) de San José.

Inicialmente, la causa quedó en manos del Juzgado de Instrucción Tres de Posadas, presidido en ese entonces por el magistrado Eduardo D’Orsaneo, aunque más tarde el caso ingresó en un largo proceso recursivo y el derrotero judicial que se extendió durante más de 20 años fue reconstruido por El Territorio en 2022.

Tras las primeras actuaciones, el juez D’Orsaneo dictó la prisión preventiva para el imputado e incluso más tarde la fiscal Margarita Wenner avanzó con el requerimiento de elevación a juicio.

La defensa, por su parte, jugó otra carta. Se opuso al requerimiento y pidió el sobreseimiento de Gómez alegando una “inimputabilidad” de su cliente en razón de haber actuado en forma “enceguecida” por encontrar a su pareja con un presunto amante.

Para 2003, en el expediente intervino el Tribunal Penal Uno de Posadas, que resolvió revocar la elevación a juicio y dictar el sobreseimiento de Gómez, cuya ejecución fue apelada, no así la resolución que lo dispuso.

ex gendarme juicio posadas

El ex gendarme fue detenido en dos oportunidades: al comienzo del caso y en 2013. Ahora llega en libertad al debate.

De ahí, el asunto pasó a manos del Tribunal Penal Dos, actuando como Cámara de Apelaciones, cuyas autoridades consideraron que el caso debía seguir siendo investigado y en consecuencia remitió las actuaciones al Juzgado de Instrucción Uno, entonces presidido por Horacio Gallardo (fallecido), que liberó al sospechoso y estableció una prórroga extraordinaria para resolver si Gómez debía ir al banquillo o no.

Los años pasaron y recién en 2013 el ex gendarme volvió a ser detenido para enfrentar el juicio. El inicio de las audiencias estuvo programado para 2018, pero fue suspendido por el pedido de licencia del fiscal.

En ese lapsus, la defensa volvió a jugar otra carta y recurrió al máximo órgano judicial del país aludiendo el sobreseimiento dictado en su momento a favor de Gómez, entre otros planteos como de prescriptibilidad, arbitrariedad y violación del principio de defensa en juicio por preclusión.

Ese planteo es el que recientemente respondió de manera negativa la Corte, aunque sin analizar la cuestión de fondo. Tras ese revés, Gómez quedó sin más posibilidades recursivas y, por eso, a partir del 16 de septiembre estará en el banquillo de los acusados. 

Seguir Leyendo

Judiciales

Los fundamentos de los jueces en el fallo por el caso Belén López

Publicado

el

Belén López jueces

Las diferentes posturas exhibidas entre los jueces Miguel Mattos y Gustavo Bernie, por un lado, y la magistrada Viviana Cukla, por el otro, en el caso Rocío Belén López (15), por cuya muerte su madre fue condenada a 16 años de prisión, se tradujeron en un documento de 237 páginas en el que cada uno volcó sus fundamentos.

En la sentencia dictada el 14 de agosto por el Tribunal Penal Uno de Posadas, la madre de la adolescente, Mariela Andrea Ramírez (48), fue condenada como autora del delito de homicidio calificado por el vínculo en su modalidad por omisión, aunque el fallo no fue unánime, sino por mayoría y con el voto disidente de Cukla.

En los fundamentos del fallo, el primer voto le correspondió a Bernie, quien como consideró “acreditada la hipótesis acusatoria” planteada por el fiscal Vladimir Glinka, que en su alegato consideró que la mujer dejó morir de hambre y de sed a su hija en forma deliberada. 

El presidente del tribunal articuló su voto en seis “extremos fácticos” mediante los cuales dio por probado que Rocío falleció como consecuencia de un cuadro de desnutrición y deshidratación que fue generado por el descuido de su madre, quien a su vez conocía las consecuencias de su accionar y tenía posibilidades de evitarlo.

Bernie no puso reparos en el informe forense incorporado en la causa y resaltó que las conclusiones vertidas “confluyen” con los testimonios recopilados.

Sobre esa base, concluyó: “Teniendo por probado que no ha existido otra causa probable de muerte cuyo análisis me permita alejarme de la establecida por el especialista, y que ante la adecuada alimentación e hidratación R.B.L. no hubiera llegado a la causa que provocó su muerte, debo considerar probado que si R.B.L. hubiera sido alimentada e hidratada adecuadamente no hubiera fallecido”.

Ramírez recibió 16 años de prisión y fue alojada en la UP V de Mujeres de Miguel Lanús.

En otro apartado de su voto, el magistrado admite que Ramírez se encontraba en condiciones de vulnerabilidad económica y social, aunque entiende que no hay “justificaciones” que la exculpen ya que si solicitaba ayuda la niña seguiría con vida.

En esa línea, resalta que la mujer “no trabajaba después de las 14” y plantea que “no se ha explicado a lo largo del presente debate cual sería el impedimento con que contaba la Sra. Ramírez para solicitar dicha ayuda al servicio médico local, cuya gratuidad es conocida públicamente”.

También ponderó las declaraciones de las antiguas vecinas del barrio Terrazas y las escaras que presentaba la niña como indicio del “descuido” al que Ramírez sometía a su hija, como así también valoró las fotos de la escena del hecho para calificar como “depósito” a la habitación donde la imputada tuvo a Belén durante los diez días que estuvo a su cuidado exclusivo entre el 13 y el 23 de julio de 2013.

El magistrado no restó importancia al diagnóstico de Síndrome de Rett que presentaba la adolescente, pero entendió que el nivel de desnutrición y deshidratación obedecía a un accionar de la madre y no al cuadro de clínico de base.

“Diez días antes, estando bajo el cuidado de su tía y su abuela, R.B.L. ya tenía síndrome de Rett, ya tenía nivel de nutrición e hidratación deficiente (normal para una persona con la condición mencionada) sin embargo su deceso se produce luego de los diez días al cuidado de la Sra. Ramírez, no queda más que inferir que si la misma hubiera mantenido el nivel de alimentación e hidratación que R.B.L. tenía hasta diez días antes, los valores no hubieran sido aquellos que generaron su muerte”, repasa Bernie, opinión a la cual adhirió Mattos.

En su voto Bernie también explica como circunstancias de atenuación en la imposición de pena tuvo en cuenta el cuadro de base que presentaba la niña, la gestión en soledad del cuidado y la situación de “vulnerabilidad social y económica” de la imputada al momento del hecho.

Bernie y Cukla, los magistrados del tribunal opinaron en sentido contrario.

El voto disidente

En sentido opuesto opinó Cukla, que en su voto abogó por la absolución de la imputada y propuso analizar el caso con perspectiva de género y discapacidad.

Para la magistrada el “núcleo del problema” radica en la “prueba médica”, advirtiendo que la autopsia fue practicada por un médico sin conocimientos específicos sobre el Síndrome de Rett, lo cual derivó en conclusiones sin el grado de certeza requerido.

No está determinada con certeza la causa concreta del fallecimiento ni el mecanismo que condujo a él. Está probado el resultado muerte. Está probado que el cuerpo presentaba desnutrición, deshidratación severa y escaras. Es probable que un déficit de ingesta haya operado en ese cuadro. Pero no está probado que la muerte se haya debido exclusivamente a esa privación, ni que las restantes causas compatibles con la patología de base -muerte súbita, arritmia asociada a la prolongación del QT, crisis convulsivas, un proceso inflamatorio pulmonar que el propio forense presumió- hayan quedado excluidas”, resumió.

Cukla tampoco dio por probado “el momento en que se habría iniciado la privación, ni su extensión, ni si fue total o parcial”, ni el carácter “deliberado” de la supuesta omisión de Ramírez.

“Esa afirmación no se apoya en prueba directa alguna, no hay testigo, ni registro, ni manifestación de la imputada en ese sentido, sino en una inferencia construida sobre el estado del cuerpo y de la habitación, que son datos del resultado y no de la voluntad”, añadió.

En otro apartado, la magistrada reflexionó la aplicación de perspectiva de género, pero no como un “criterio de indulgencia”, sino como un “método de control del razonamiento probatorio”.

Según su parecer, en varios testimonios vertidos en la causa se imponían comentarios “estereotipados” y que solo cargaban en el reproche en la mujer y no en el rol del hombre, en este caso en el padre biológico de Belén, que nunca se hizo cargo de la niña.

“Aquí no se juzga si Mariela Ramírez fue una buena madre, ni si su comportamiento se ajustó a lo que sus vecinas, su empleada doméstica o su familia esperaban de ella. Se juzga si realizó u omitió una conducta determinada, en un tiempo determinado, con determinadas consecuencias”, apuntó.

Caso Belén: su madre fue condenada por homicidio y recibió 16 años de prisión

 

Seguir Leyendo
Publicidad
Publicidad la voz

Lo más visto