Judiciales
Pidieron otra perpetua para militar misionero juzgado por lesa humanidad
El fiscal general de San Juan, Dante Vega, solicitó ayer que el represor misionero Jorge Antonio Olivera (71) reciba su tercera condena a prisión perpetua en el marco del juicio por la denominada “Megacausa III” que se le sigue a 24 policías, militares y ex funcionarios judiciales imputados por delitos de lesa humanidad cometidos en esa provincia cuyana con anterioridad y posterioridad al golpe de Estado del 24 de marzo de 1976.
El pedido de Vega fue formulado ante el Tribunal Oral Federal de San Juan, luego de cuatro jornadas de alegatos y a más de tres años de haber comenzado el debate oral que inicialmente tenía 38 imputados, aunque a lo largo del proceso varios fallecieron y otros fueron apartados por cuestiones de salud.
En la denominada Megacausa III se acumularon seis expedientes con hechos padecidos por un total de 96 víctimas, de las cuales trece permanecen desaparecidas y cinco fueron ejecutadas. También se investigan secuestros, torturas y casos de violencia sexual.
En su alegato, el fiscal Vega solicitó penas de hasta 20 años de prisión para 16 acusados y prisión perpetua para ocho de ellos, entre los cuales aparece el militar misionero Jorge Antonio Olivera, quien ya tiene otras condenas del mismo tipo en su contra, aunque goza del beneficio de la prisión domiciliaria con tobillera electrónica a pesar de un amplio historial de maniobras realizadas para evadir a la Justicia.
Para la fiscalía, Olivera debe ser condenado por los delitos de “privación ilegítima agravada por mediar violencia y amenazas en dos hechos; tormentos agravados por condición de perseguido político de la víctima en dos hechos; y homicidio doblemente agravado en cinco hechos”.
En un tramo de su exposición final, el fiscal Vega destacó que “las estructuras y engranajes represores señalados, actuaban coordinados entre ellos y valiéndose de todo el poder que le daba el aparato estatal” y consideró que los acusados han “participado activamente en cada una de las instancias que conforman el terrorismo de Estado en San Juan, ya sea en los procedimientos de detención, en los centros clandestinos de detención, en los violentos interrogatorios que se llevaban a cabo, como así también en las actuaciones con las que se buscaba darle un marco de legalidad a muchas de las detenciones que se habían producido”, consignó el portal de oficial del Ministerio Público Fiscal de la Nación.
De esta manera, Olivera, que según registros oficiales nació en Posadas el 10 de agosto de 1950 y en San Juan se desempeñaba bajo el rango de Teniente y operaba como jefe de Inteligencia del RIM 22 (Regimiento de Infantería de Montaña), en una de las esferas de mayor poder dentro de la estructura, quedó a las puertas de una tercera condena de prisión perpetua por delitos de lesa humanidad cometidos durante la última dictadura militar.
Condenas e historial de fuga
El primer fallo en su contra fue dictado en julio de 2013, mientras que la segunda fue impartida en octubre de 2018. Entre las víctimas de las desapariciones, secuestros y torturas que se investigaron en las causas donde Olivera fue imputado aparecen la francesa criada en Misiones, Marie Anne Erize, y el actual diputado y ex gobernador de San Juan en tres oportunidades, José Luis Gioja.
Actualmente, Olivera goza del beneficio de la prisión domiciliaria con tobillera electrónica tras una resolución de la Cámara Federal de Casación Penal de San Juan emitido horas antes del 24 de marzo de 2021.
La medida generó repudio y polémica de organizaciones por la Memoria, Verdad y Justicia, dado que los problemas de salud esgrimidos -insomnio, hipertensión arterial, hipoacusia del oído derecho, tabaquismo y sedentarismo- no representarían gravedad y el único fundamento para la concesión de la domiciliaria es haber superado los 70 años.
Sin embargo, en esa instancia también volvió a ponerse sobre el tapete el largo historial de maniobras ejecutadas por el militar misionero para evadir a la Justicia, según pudo reconstruir La Voz de Misiones.
Ese tendal de antecedentes comienza ya en la década del 2000, cuando viajó a refugiarse a Italia pero fue detenido tras un pedido de la Justicia de Francia que investigaba la desaparición de la joven Marie Anne Erize, aunque solo permaneció 43 días tras las rejas.
Es que sus defensores presentaron un documento que consignaba una supuesta fecha de fallecimiento de la joven francesa y los magistrados locales entonces entendieron que el delito estaba prescripto, aunque todo se trató de una maniobra fraudulenta y un certificado falso, dado que el paradero de Erize aún no fue revelado.
Posteriormente a ello, llegó la primera condena en Argentina contra Olivera. Fue el 3 de julio de 2013 y tan sólo 22 días logró escapar junto Gustavo De Marchi -otro represor condenado- del hospital militar Cosme Argerich de Buenos Aires, donde habían sido trasladados desde el Penal de Chimbas (San Juan) por supuestas dolencias.
Olivera permaneció en condición de prófugo de la Justicia y recién fue recapturado el 30 de enero de 2017, durante un allanamiento realizado en la casa de su esposa, Marta Ravasi, en la localidad bonaerense de San Isidro. El represor estaba escondido en el baúl de un auto.
Tras su recaptura, el misionero regresó a San Juan, donde quedó detenido y en 2018 fue condenado por segunda vez, pero desde el año pasado cumple arresto domiciliario.
Judiciales
Caso Belén: la defensa pidió la absolución y el tribunal delibera la sentencia
“Para esta defensa, la muerte de Belén se produce de forma natural, como consecuencia de su enfermedad”, pronunció esta mañana el defensor oficial Miguel Ángel Varela, quien se apoyó en esa premisa para refutar la acusación de asesinato planteada por la fiscalía y solicitó la absolución de Mariela Andrea Ramírez (48), madre de la adolescente con discapacidad por Síndrome Rett fallecida en julio de 2013 en Posadas.
El abogado desplegó su alegato defensivo durante más de tres horas, instancia en la que repasó testimonios recabados en la causa y concluyó en que Ramírez no tuvo dolo ni de matar, ni de abandonar a su hija Rocío Belén López (15).
Varela cuestionó el examen de autopsia practicado a la niña y en contrapartida solicitó al tribunal valorar el aporte brindado por el neurólogo infantil José Galeano como el profesional “más capacitado” para comprender el Síndrome de Rett. “Él explicó que la desnutrición y la deshidratación son consecuencias propias de la enfermedad”, indicó.
También puso en dudas el relato de Esther “Gordi” Leiva, la empleada doméstica que en su momento declaró que Ramírez dejaba “encerrada y sin comida” a Belén en la casa del barrio Terrazas con la imputada residía a mediados de la década del 2000.
“Gordi vino acá a desplegar una obra teatral más que un testimonio. Hasta en el color de los ojos mintió”, fustigó.
También atacó el testimonio de las vecinas de aquella misma época, Hilda Da Silveira y Lourdes Balmaceda, que relataron haber visto episodios de maltrato y abandono hacia Belén.
“En realidad les molestaba el sonido. Escuchaban a toda hora como a una persona que se estaba lamentando, pero en realidad era el ruido propio que hacía Belén. Se preocuparon y denunciaron, pero fue por ignorancia, por desconocimiento. Era tan sencillo cómo preguntarle a la madre qué estaba pasando”, señaló.

El tribunal pasó a cuarto intermedio para deliberar. La sentencia podría darse esta tarde o mañana.
“Víctima del Estado”
En respuesta a la teoría del caso desplegada por el fiscal Glinka, el defensor consideró que el cambio de calificación (de abandono de persona a homicidio por omisión) es nulo, aunque de igual manera planteó que “el dolo no está probado para ninguno de los casos”.
Ponderó que Ramírez amaba a su hija y le dio todos los cuidados que estaban a su alcance, descartando que la mujer haya dejado de alimentar y de hidratar a su hija en forma deliberada para quitarle la vida. “Si ella no trabajaba se quedaba en la calle”, argumentó sobre los momentos de ausencia con la niña en esos diez días que compartieron.
En ese punto, describió que su defendida se encontraba en el contexto de ser “una madre soltera, vulnerable, con precariedad laboral y casi en estado de pobreza”, por lo que pidió que el tribunal aborde la causa con perspectiva de género.
Sobre esa línea, ahondó que Ramírez fue “víctima del abandono del Estado” y “víctima de violencia económica de su ex pareja y padre de su segunda hija.
“Por culpa de él tuvieron que vender la casa del barrio Terrazas y ahí comenzó a destruirse el proyecto de vida de Mariela, que era tener una familia”, afirmó.
Como cierre, Varela pidió la absolución de su defendida y también solicitó que, en caso de que el tribunal disponga una eventual condena, Ramírez continúe en libertad hasta tanto la sentencia quede firme.
Tras oír la posterior ronda de réplicas y dúplicas, marcadas por constantes cruces y chicanas entre las partes, como prácticamente ocurrió durante las restantes siete audiencias de debate, el Tribunal Penal Uno de Posadas pasó a deliberar y se aguarda novedades respecto a la resolución.
Según comunicó el presidente del tribunal, el magistrado Gustavo Bernie, el fallo podría darse a conocer esta misma tarde o, en su defecto, el viernes a la mañana. Los vocales que acompañan a Bernie son Viviana Cukla y Miguel Mattos (subrogante).
Fiscal pidió perpetua para la madre de Belén: “La dejó morir de hambre y sed”
Judiciales
Nuevo certificado de defunción como víctima de lesa humanidad para Tereszecuk
El Registro de las Personas de Corrientes emitió un nuevo certificado de defunción de Carlos Enrique Tereszecuk, como víctima de crímenes de lesa humanidad, en cumplimiento de la sentencia por el derecho a la verdad dictada en 2025 y como reparación para sus familiares.
Tereszecuk se graduó como trabajador social en la Facultad de Humanidades y Ciencias Sociales de la Universidad Nacional de Misiones (Unam), y fue secuestrado y asesinado por la dictadura cívico militar en 1976, cuando tenía 24 años.
Este nuevo documento se conoció a menos de un año del 11 de noviembre pasado, cuando el Juzgado Federal de Primera Instancia N° 1, de Resistencia dio a conocer por primera vez la sentencia por el derecho a la verdad bajo esa carátula y ahora finalmente se dio cumplimiento a la medida dictada por la jueza, Zunilda Niremperger.
Ahora, el certificado de defunción deja asentado oficialmente aquello que durante décadas permaneció oculto: que el cuerpo de Tereszecuk fue hallado en el río Paraná, que la causa de muerte fue un homicidio y que se trató de un crimen de lesa humanidad.
Además, fue anulada el acta de defunción original, confeccionada en 1976, y se emitió una nueva inscripción —Acta Nº 41, Tomo Nº 80, Folio Nº 41, año 2026, Empedrado— que fue entregada a sus familiares.
Desde la Comisión Provincial por la Memoria de Chaco, remarcaron que: “El nuevo certificado inscribe la restitución de Carlos Tereszecuk en un documento público con la verdad histórica que durante décadas les fue negada a sus familiares”.
Y concluye: “El Estado democrático reconoce oficialmente lo ocurrido, nombra a las víctimas y deja constancia de los crímenes del terrorismo de Estado perpetrado por la última dictadura cívico militar”.
El caso
Carlos Enrique Tereszecuk nació en Posadas, Misiones, en 1952. Tenía una activa militancia estudiantil y política, y perseguido por la represión genocida, llegó a Resistencia.
La resolución reconstruyó que fue secuestrado los primeros días del mes de noviembre de 1976 y trasladado a la Jefatura de Policía de Resistencia, donde fue alojado en el primer piso. En ese recinto funcionaba el centro clandestino de detención dirigido conjuntamente por personal policial y del Ejército.
Diferentes testigos declararon que Tereszecuk fue torturado, que estaba en pésimas condiciones de salud y que no podía mantenerse en pie ni caminar. También indicaron, por orden de los guardiacárceles, que otro detenido debió bañarlo.
Además, se pudo establecer que el joven fue asesinado en la segunda semana de noviembre de 1976, que su cuerpo fue arrojado al río Paraná y que el 15 de noviembre fue rescatado en la costa de la localidad correntina de Empedrado, situada a 70 kilómetros de la ciudad de Resistencia. Los restos fueron inhumados como NN en el cementerio de Empedrado e identificado en el año 2018 por el Equipo de Antropología Forense (EAAF).
La nueva sentencia también estableció que el arrojo de cuerpos al río Paraná no fueron hechos aislados, sino una práctica sistemática del terrorismo de Estado. En ese sentido, la investigación judicial reconstruyó un patrón común en los cuerpos recuperados: personas asesinadas, desnudas, atadas de manos y pies, con signos de ejecución, mutilaciones en las yemas de los dedos y cortes en el abdomen.
Ese entramado represivo pudo ser reconstruido a partir del trabajo de la Fiscalía Federal de Corrientes y del EAAF, que permitió identificar, entre otros, los restos de Rómulo Artieda, desaparecido del centro clandestino RI 9 de Corrientes; Julio “Bocha” Pereyra, víctima de la Masacre de Margarita Belén; y Carlos Tereszecuk, visto con vida en la Jefatura de Policía de Resistencia.
Justicia declaró crimen de lesa humanidad el homicidio de Carlos Tereszecuk
Judiciales
Fiscal pidió perpetua para la madre de Belén: “La dejó morir de hambre y sed”
Con un extenso, detallado y crudo alegato, el fiscal Vladimir Antonio Glinka solicitó esta mañana la pena de prisión perpetua para la empleada municipal Mariela Andrea Ramírez (48), al acusarla de actuar en forma deliberada para dejar morir de hambre y sed a su hija Rocío Belén López (15), adolescente con discapacidad cognitiva y motriz por Síndrome de Rett.
“Esto fue un asesinato. Ella adrede decidió dejar de alimentar y de dar agua a su hija para que muriera”, apuntó el fiscal y encuadró el caso en un homicidio agravado por el vínculo en su modalidad por omisión, ampliando la imputación originaria que era abandono de persona agravado por el vínculo y el resultado.
Ante el Tribunal Penal Uno de Posadas, el fiscal desarrolló un alegato de dos horas y media que partió en dos partes. En la primera trazó su teoría del caso y en la segunda fundamentó su cambio de calificación legal.
“Acá vamos a demostrar que Belén no se murió porque la imputada se fue a trabajar o por el riguroso estándar laboral de la Municipalidad”, adelantó Glinka y con ironía respondió a la estrategia defensiva planteada por la imputada y por el defensor oficial Miguel Ángel Varela desde el primer día de debate.
Antes de ahondar en su hipótesis acusatoria, el fiscal exhibió varias fotografías que consideró necesarias para graficar la gravedad del caso. Con una de ellas contrastó el antes y del después de Belén bajo el cuidado de su madre, mientras que otra serie imágenes ilustraron la escena donde la adolescente fue hallada sin vida como consecuencia de un cuadro de desnutrición, deshidratación e hipotermia.
“Estoy acá por Belén, pero voy por ella”, lanzó en referencia a la imputada y calificó el hecho como “un acto de semejante crueldad que no puede quedar impune”.

El fiscal Glinka en pleno desligue de su alegato ante el tribunal y la defensa.
“Fue un asesinato”
Repasando los testimonios recolectados durante las seis audiencias previas, Glinka recordó que Belén “pasó el 85% de su vida” al cuidado de su abuela Delira y su tía Clara -madre y hermana de la imputada-, mientras que con su madre solo estuvo un período de dos años comprendido a medidos de los 2000 donde “sufrió maltratos de todo tipo” y un lapso de diez días entre el 13 y el 23 de julio de 2013, cuando finalmente se produjo la muerte.
“Fíjense la diferencia en el cuidado que hubo que ella entró caminando y bailando a la casa de su madre y diez días después salió en una morguera, muerta de hambre, de sed, con hipotermia y escaras en la espalda del tiempo que llevaba postrada en un colchón todo podrido”, señaló.
En ese punto, volvió a mostrar las fotografías de Criminalística que registraron a la víctima tendida en una cama en condiciones precarias y prácticamente sin colchón, dentro de una habitación abarrotada de muebles rotos y bolsas de ropa apilada que apenas dejaban un angosto pasillo de acceso.
“Belén estaba tirada como una cosa. Tenía una barricada a sus costados para que no pudiera salirse de ahí. Y así estuvo no sabemos cuánto tiempo”, describió con vehemencia.
Para Glinka no hay dudas y todo el accionar de Ramírez fue adrede. “Ella tomó la decisión de eliminarla porque Belén no formaba parte de su proyecto de vida. Esto fue un asesinato y lo más grave de todo es que no solo le privó de alimentos, sino que también se aseguró de que nadie se interponga en su plan porque nadie ni siquiera sabía que Belén estaba en esa pieza”, fustigó.
El fiscal desacreditó la versión de la imputada en la que alegaba que por sus obligaciones laborales se veía impedida de brindar el cuidado necesario a Belén y criticó la estrategia defensiva: “Ella trabajaba 6 horas. Tenía otras 18 para cuidar a Belén. Acá vinieron a deshumanizar a una nena, a reducirla a una simple enfermedad que ella no eligió tener para justificar los actos de su madre”.
También objetó el pedido de “reautopsia” planteado por la defensa e interpeló a las partes en forma cruda: “¿Qué dudas hay en la causa de muerte? A Belén la abrieron al medio, le sacaron las tripas y en su estómago no encontraron ni un arroz. Murió de hambre y por no tomar una gota de agua en siete días”.
Como cierre, encuadró el caso en un homicidio agravado por el vínculo cometido por omisión, pidió la prisión perpetua.
Alternativamente, solicitó que se mantenga la calificación inicial de abandono de persona agravado por el vínculo y el resultado y se dicte la máxima pena prevista: 20 años de cárcel.
Para cualquiera de los casos, Glinka pidió que la imputada sea inmediatamente detenida una vez que se dicte sentencia. “Han demostrado que están dispuestos a entorpecer la causa, sumado a que la presunción de inocencia se encuentra en riesgo y que no he escuchado una sola palabra cierta de su parte, no estoy seguro de que se someta a la justicia”, concluyó.

El defensor Miguel Ángel Varela pidió diferir su alegato al jueves y el tribunal aceptó.
Defensa
Concluida su exposición era el turno del defensor Miguel Ángel Varela, aunque el letrado pidió diferir su alegato al jueves. “No estoy condiciones”, planteó y argumentó un agotamiento físico propiciado por la seguidilla de audiencias y por la “extensa” presentación de Glinka.
El fiscal se opuso al pedido al considerar que el otorgamiento de un plazo extra atentaba contra la “igualdad de armas” e incluso acusó a Varela de dilatar el inicio de la audiencia. “Si es tarde es porque el defensor llegó una hora tarde”, apuntó.
El tribunal presidido por Gustavo Bernie e integrado por los magistrados Viviana Cukla y Miguel Mattos (subrogante) pasó a deliberar y tras un cuarto intermedio decidieron hacer lugar al pedido del defensor. El debate se reanudará mañana a las 7.30.
La palabra de Ramírez
Previo a los alegatos de la fiscalía, la imputada brindó una ampliación de declaración indagatoria en la que mantuvo su versión de los hechos.
Argumentó que debió afrontar el cuidado de su hija en soledad, con dificultades económicas y apremiada por obligaciones laborales. “Reconozco que estuvo mal haberla dejado e irme a trabajar. Hice lo que estaba dentro de mis posibilidades, no podía darme el lujo de quedar sin trabajo”, justificó.
E insistió: “Jamás la abandoné. Nunca dejé de cuidarla y alimentarla. Jamás se me pasó por la mente este resultado. Pude tener mis errores como madre pero nunca quise matar a mi hija”.
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