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Perpetua para Franco Ramos como único autor del femicidio de Marina en 2013

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Franco Jesús Ramos (28), actualmente imputado por el femicidio de la taxista Claudia Benítez (32), fue condenado hoy a la siesta a la pena de prisión perpetua como único autor del asesinato de su concubina Marina Da Silva (19), sentencia que dejó atrás nueve años de impunidad en la causa.

El fallo del Tribunal Penal Dos de Posadas fue dictado minutos antes de las 13.30 y se ajustó al pedido solicitado previamente por el fiscal Vladimir Antonio Glinka, ya que modificó la imputación inicial, condenó solamente a Ramos y absolvió a los otros dos acusados, Juan Ángel “Juancho” Portal (34) y Alejandro “Pili” Da Silva (37), quienes salieron libres del recinto judicial.

La sentencia, que se dio por mayoría, con los votos de los magistrados César Yaya y Gregorio Busse, y la disidencia de Viviana Cukla (subrogante), que se inclinó por declarar nula la acusación, declaró a Ramos autor penalmente responsable del delito de homicidio calificado por haber sido cometido contra una persona con la que mantenía una relación de pareja, previsto por el artículo 80, inciso 1 del Código Penal de la Nación argentino.

Ramos, único autor

La audiencia que culminó con la condena comenzó cerca de las 9, con el alegato del fiscal Glinka, quien apoyado por diapositivas con croquis, mapas e imágenes, expuso durante más de una hora y media el análisis probatorio que lo condujo a solicitar la máxima pena para Ramos.

“Llegó el momento de terminar esta historia y estoy convencido que será con justicia”, avisó el representante del Ministerio Público Fiscal al inicio.

Luego, repasó las dificultades que tuvo el expediente, que alcanzó un total de nueve cuerpos, con más de 120 declaraciones recolectadas en la instrucción y 37 testimonios relevados durante el juicio.

A partir de ahí, Glinka desglosó el caso, exhibiendo un mapa que abarcaba los barrios Cruz del Sur, Nemesio Parma y Campo Bauer, de la zona sur de Posadas, con las distintas escenas de importancia perfectamente señalizadas para que el Tribunal tuviera en cuenta ubicaciones, distancias y recorridos.

El fiscal Glinka durante su alegato ante los magistrados Yaya y Cukla.

Para el fiscal, la historia del crimen comenzó un día antes, es decir, el 20 de diciembre de 2013, cuando Marina le comunicó a Ramos que quería cortar la relación para irse con Portal, su “amante”, compañero de trabajo de su concubino en una olería de la zona e imputado en la causa pero ahora absuelto.

Esa situación generó una gran discusión familiar, de la cual Marina escapó y acudió a la olería para encontrarse con Portal, aunque a la noche regresó a dormir a la vivienda que compartía con Ramos.

“Ese 21 de diciembre Marina se levantó sin saber que no iba a poder ver el atardecer”, anticipó en su relato Glinka.

La hipótesis trazada ahora por el fiscal del tribunal señala que, ese mediodía, Ramos salió junto a Marina en moto y llevaron a la hija de ambos hasta la casa de la abuela materna de la niña.

Posteriormente, entre las 15 y las 16, Ramos ingresó a un trillo que conectaba su casa con el fondo de la olería donde trabajaba y en determinado momento le efectuó dos golpes que le fracturaron el cráneo a la muchacha.

Lo siguiente fue ocultar el cadáver y planificar su coartada. Para ello, regresó a su casa, tomó un alargue y el bolso de un parlante, elementos que utilizó para maniatar a la víctima y atarle una piedra para que el cuerpo se sumerja en el pozo de agua abandonado, donde finalmente fue descartado.

Glinka apoyó su teoría en las diversas declaraciones recolectadas en el juicio, que le permitieron inferir que Ramos mintió respecto a los recorridos que hizo ese día.

Ramos también está imputado en el femicidio de la taxista Claudia Benítez.

Para ello mencionó y marcó en el mapa cada lugar en el cual el acusado fue visto por testigos y resaltó el testimonio de Carlos Rafael Machado, que recordó haber observado cuando Ramos ingresó en moto junto a la víctima al trillo que conducía al pozo donde apareció el cadáver.

Para el fiscal, Ramos hizo todo con el objetivo de que el crimen pareciera haber sido cometido por otro: “Organizó su coartada porque sabía que lo iban a ir a buscar. Fue por eso que inventó que dejó a Marina en el kiosco y, para que pareciera que fue otro, qué mejor que dejar el cuerpo en un pozo en cercanías a la olería donde el amante de la chica esa noche iba a festejar su cumpleaños”, lanzó.

Portal y Da Silva, absueltos

En ese tramo ingresó en la historia Portal, que ese día efectivamente tenía pensado festejar su cumpleaños, aunque luego suspendió la celebración.

Glinka allí avisó que no pudo ubicar en tiempo ni espacio a Portal dentro de la historia del crimen, pero trazó una hipótesis conjetural para “unir cabos”.

“Yo pienso que Portal esa tarde quería festejar su cumpleaños con Marina y salió a buscarla, pero se enteró o vio a ingresar a la chica al trillo junto con Ramos. Yo creo que él fue la persona que desde el día 1 sabía lo que había pasado, pero sabía que iba a estar complicado porque él era el amante; se asustó”, estimó el fiscal.

De allí, desprendió palabras para Pili Da Silva, cercano a Portal y tercer imputado en le causa. “Portal recurrió a su mejor amigo, que además es hermano de quien es la presidenta del barrio hace 14 años, que ayudó en la búsqueda del cuerpo. Es decir, Da Silva le dio una mano a un amigo y se metió en terrible quilombo. Es la única manera de atar cabos sueltos”, agregó Glinka.

Por lo tanto, puntualizó que “si no puedo ubicar a Portal, tampoco puedo ubicar a Da Silva en el hecho y se cae la calificante de concurso premeditado”.

Portal, con la seguridad de quedar libre, abrazado a sus familiares.

Es que el expediente fue elevado a juicio con una hipótesis que planteaba que ese 21 de diciembre los tres imputados asesinaron a Marina durante el festejo de cumpleaños de Portal, pero con lo recolectado en el debate oral, Glinka llegó a la conclusión de que el crimen fue cometido horas antes y que Ramos actuó en completa soledad.

Con ello, modificó su imputación, al acusarlo como único autor de homicidio calificado por el vínculo y femicidio, por lo cual pidió la prisión perpetua para él y la absolución de Portal y Da Silva.

En la continuidad del debate expusieron sus alegatos los abogados defensores, aunque el pedido de absolución de dos acusados acortó los plazos de lo que apuntaba ser una audiencia maratónica.

El único alegato defensivo extenso fue el de los letrados Ángel Casettai y Cristian Leites, quienes consideraron que la acusación contra Ramos estuvo basada “en indicios y conjeturas, pero no hay pruebas”.

“La duda es el actor principal en esta causa”, sostuvo Leites, que agregó que “no hay elementos fácticos para acreditar que Franco haya golpeado a Marina”.

Por ello, solicitaron la absolución de Ramos, lo cual finalmente no prosperó porque el Tribunal falló en consonancia con lo planteado por la fiscalía.

Tras la sentencia, Portal y Da Silva se fundieron en un abrazo con sus familiares. Nueve años de una mochila cargada con una dura acusación que podía conducirlos a prisión por el resto de sus vidas habían acabado.

Ramos, en tanto, oyó todo inmutable, sentado y de brazos de cruzados. Así se mantuvo, incluso, cuando fue interpelado cara a cara por María Cristina Da Silva, madre de Marina, quien le recriminó por el hecho cometido.

“Lo perdono en nombre de mi nieta”

“Le pregunté por qué había hecho lo que hizo. Me dijo que está todo armado, que más tarde se iba a saber la verdad e iba a salir con la cabeza arriba, pero todas las pruebas llevaban a él y yo desde un comienzo sentía en mi corazón que fue él el que le hizo esto a mi hija”, contó luego la mujer en diálogo con la prensa fuera del tribunal.

María Cristina celebró la sentencia, pero criticó la tardanza de la Justicia para arribar a este momento. También sostuvo que “perdona” a Ramos, porque “no puedo criar a una nieta con odio en mi corazón. A pesar de todo, es el padre de mi nieta”.

Los fundamentos del fallo serán comunicados el 1 de febrero del año próximo.

María Cristina, madre de Marina, cara a cara con Ramos tras la sentencia. No hubo incidentes de ningún tipo.

La causa tuvo fecha de juicio en varias oportunidades. La última fue en 2019, pero se suspendió y, ante el vencimiento de la prisión preventiva, todos los acusados fueron excarcelados.

En el medio, se registró el femicidio de la taxista Claudia Benítez, en junio de este año, y Ramos quedó involucrado en la investigación junto al marido de la víctima.

Benítez fue asesinada y descartada en otro pozo de Nemesio Parma, ubicado en cercanías a la cavidad donde en 2013 apareció ultimada Marina. En ese causa, Ramos está procesado con prisión preventiva. La investigación está en manos del Juzgado de Instrucción Siete de Posadas, a cargo del magistrado Miguel Mattos.

Con la sentencia recibida hoy, Ramos deberá purgar un total de 35 años de prisión efectiva. Por el tiempo que ya estuvo en la cárcel, se estima que recién podría solicitar la prisión condicional cerca de 2050.

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Misionero acusado de liderar red de pedofilia irá a juicio el 27 de agosto

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angelotti

La Cámara Federal de Casación Penal rechazó un último planteo presentado por el ex Gran Hermano Marcelo Corazza y confirmó para el 27 de agosto el inicio de las audiencias del debate oral donde se lo juzgará junto a otros cuatro acusados, entre ellos dos misioneros, de integrar una red de trata y pedofilia que captaba víctimas en la tierra colorada.

Los misioneros imputados en esta causa son Francisco Rolando “Rolo” Angelotti Notarbartolo (48), sindicado líder de la organización, y su ladero Leandro Aguiar. Los demás involucrados son Andrés Fernando Charpenet (46) y Raúl Ignacio Mermet (44), además del ya mencionado Corazza, que fue el primer ganador del reality Gran Hermano.

Justamente, el ex GH, quien a diferencia del resto de los imputados se encuentra excarcelado, fue quien presentó un escrito que buscaba suspender el inicio de las audiencias, pero el máximo tribunal penal federal del país desestimó el recurso defensivo por “improcedente”.

La resolución fue firmada en las últimas horas los magistrados Mariano Borinsky y Gustavo Hornos, quienes además ratificaron el inicio del juicio previsto para el próximo 27 de agosto ante el Tribunal Oral Federal 3 de Caba, con sede en Comodoro Py 2002.

En esa instancia, los involucrados deberán responder como acusados por los delitos de “asociación ilícita, trata de personas con fines de explotación sexual, promoción de la prostitución, abuso sexual, corrupción de menores y tenencia de imágenes de abuso sexual infantil”.

Aguiar y Notarbartolo, los dos misioneros imputados en la causa que llega a juicio.

Operativo, ardid y escuchas

Cuatro de los involucrados fueron arrestados el 20 de marzo de 2023 tras tras una serie de operativos simultáneos ejecutados en Oberá, donde Angelotti residía, y en diferentes puntos de Buenos Aires.

En el requerimiento de elevación de juicio oral de la causa, los fiscales Carlos Rívolo y Alejandro Mángano sostuvieron que en base a la información recolectada surge “indubitablemente” que los cinco imputados conformaron “una organización criminal destinada a reclutar varones, en su mayoría menores de edad y en situación de extrema vulnerabilidad, con el fin de forzarlos y someterlos a diversas prácticas de índole sexual, abusarlos y explotarlos sexualmente, promoviendo su corrupción y prostitución”.

En la pesquisa global se analizaron al menos 100 horas de escuchas telefónicas y las transcripciones de esas conversaciones dan cuenta del modus operandi de Angelotti y otros dos imputados: Charpenet y Mermet.

De ese contenido se desprende, por ejemplo, esta conversación:

– Angelotti: Le dije escuchame… Te llevo ahora a los 18 cuando cumplas (…) Mañana cumple “16″ viste. En dos añitos más, cuando cumpla 18, le dije: “Te llevo a Miami. Vamos a Orlando, Disney. Y me dijo: “Bueno dale, dale, sí de una jaja…”.

– Charpenet: jajaja, claro!

– Angelotti: Olvidate, te quedás con Mickey Mouse. Bueno che, y vos ¿cómo andás con tu mini harem?

– Charpenet: Eh bien, el otro día se me pudrió el rancho jajaja.

– Angelotti: Ah sí, me dijiste, te arreglaste con él.

– Charpenet: Ya todo bien, que sé yo, como que ya me aburrí de los dos.

Luego, aparece otro fragmento donde Angelotti se jacta de sus encuentros con menores de edad.

Esa conversación se da con una persona identificada como “G”, donde se refieren a una fiesta y a sus invitados. Allí, “G” le cuestiona al misionero por estar con menores de edad, pero Angelotti retruca: “Vos me tenés envidia porque te gustaría salir con nenitos de esa edad”.

Marcelo Corazza detenido, es trasladado

Marcelo Corazza, ganador del primer GH, es el único que aguarda el juicio en libertad.

Los funcionarios judiciales además reconstruyeron que las maniobras delictivas se desarrollaron al menos desde 1999 hasta marzo de 2023, cuando fueron detenidos mediante los allanamientos ejecutados.

Los fiscales consideran que las pruebas reunidas demuestran que para captar a las víctimas Angelotti se apoyaba en maniobras de seducción y engaño utilizando aplicaciones de citas.

En ese rol también ubicaron más tarde a Leandro Aguiar, un ladero de Angelotti que fue detenido en agosto de 2024 tras un allanamiento concretado en el barrio Yacyretá de Posadas.

Y en el avance de la pesquisa, el misionero, que en Oberá primero tuvo un ciber, luego administró unos boliches y finalmente ofrecía un pizzas a domicilio, e incluso participó como chef jurado en un torneo de asado, también acumuló acusaciones por abusos sexuales perpetrados contra varios de los mismos chicos que a su vez entregaba a los clientes de la red.

Preventiva a Angelotti: asociación ilícita, trata, abuso y pedofilia

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Pidió el desalojo de su mamá en el microcentro y la Justicia lo rechazó

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El Juzgado Civil y Comercial Dos de Posadas falló en contra de un pedido de desalojo presentado por un hombre que mantiene una disputa con su madre por el inmueble donde reside la mujer de 75 años en el microcentro de la ciudad. 

El fallo que desestima la acción de desalojo fue firmado este lunes por la magistrada Silvina Inés Bacigalupi, quien consideró improcedente el pedido formulado en razón de que la mujer señalada reside en esa propiedad con autorización de otra hija que figura como copropietaria del lugar, entre otros argumentos.

La acción legal fue interpuesta por el abogado y actual presidente del Honorable Concejo Deliberante (HCD) de Posadas, Jair Miguel Ángel Dib, en carácter de apoderado del ciudadano Antonio Germán Vigo (45), quien solicitó desalojar a su madre de un inmueble ubicado en calle San Lorenzo 1376, en el microcentro posadeño.

En su planteo, el demandante señaló que en primera instancia prestó el inmueble a su madre hasta que ella consiguiera un lugar donde residir, pero los años pasaron y la propiedad nunca fue restituida a pesar de los pedidos efectuados y de los intentos por conciliar un contrato de alquiler entre las partes.

También se argumentó que “ha quedado demostrada la presencia de personas extrañas habitando el inmueble sin autorización alguna del Sr. Vigo, lo que demuestra que la demandada abusó de la confianza que depositó el actor e hizo inconsultamente un cambio de uso y destino de la vivienda ya que el préstamo lo era para su uso personal y no para que ella alquilara determinadas unidades funcionales existentes”.

Respuesta y rechazo

Ante esta situación, la señora Chavez respondió la demanda efectuada por su propio hijo y lo hizo bajo la representación legal del abogado Sebastián Mieres, que presentó las pruebas de parte y expuso que su clienta cuenta con la autorización de otra hija que aparece como copropietaria del inmueble en litigio.

En el escrito de respuesta, Mieres esgrimió que el demandante “no ha acreditado su legitimación activa al bien, circunstancia por la cual su posición dentro del proceso no se halla sostenida por la prueba” y además enfatizó en que el hombre le “ha despojado de más de 17 lotes a su madre y ahora pretende despojarla del lugar en el que vive”.

Los planteos de ambas partes fueron analizados entonces por la magistrada Bacigalupi, quien resolvió rechazar el pedido de desalojo al advertir que Chávez está autorizada a ocupar el inmueble en disputa.

“El desalojo solo procedería si el ocupante estuviera menoscabando los derechos de todos los condóminos o si su permanencia no estuviera respaldada por ningún título legal. Este no es el caso, ya que la señora Chávez ha demostrado que tiene un título que justifica su ocupación”, señala la resolución a la que La Voz de Misiones tuvo acceso.

“Si bien el actor reclama su derecho a la coposesión del inmueble, lo cierto es que la situación planteada no se encuadra en los supuestos habilitantes de la acción de desalojo”, desarrolla después.

Y sobre el final explica: “Ello es así porque la demandada no ha ingresado al inmueble en calidad de intruso, precarista o sin título, sino como tenedor derivado de un contrato celebrado con una de las coposeedoras, cuya legitimidad, aunque discutible frente a la otra condómina, no ha sido objeto de análisis ni ha sido cuestionada mediante una acción que tienda a obtener la nulidad del comodato, la partición del condominio o indemnización por el uso exclusivo”.

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Piden reconocer el crimen de Carlos Tereszecuk como de lesa humanidad

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Carlos Tereszecuk

La Fiscalía Federal de Resistencia solicitó que se dicte una sentencia por el derecho a la verdad en el caso del militante misionero Carlos Enrique Tereszecuk, detenido, torturado, asesinado y desaparecido en noviembre de 1976, tras su paso como preso político en la Jefatura de la Policía chaqueña.

El pedido fue formulado por el fiscal ad hoc de Derechos Humanos Diego Vigay a la jueza federal Zunilda Niremperger, con el objetivo de que se reconstruya lo sucedido y que se establezca que el misionero fue ultimado por razones políticas, declarándolo así víctima de un crimen de lesa humanidad en el marco de las acciones de terrorismo de Estado perpetrado por el régimen militar que llevó adelante un gobierno de facto en el país entre 1976 y 1983.

El requerimiento se da a raíz del fallecimiento de los máximos responsables de la Jefatura de Policía del Chaco en 1976, los comisarios Carlos Thomas, Wenceslao Ceniquel y Lucio Humberto Caballero, y ante la imposibilidad de avanzar con la identificación de otros responsables del secuestro y la desaparición de Tereszecuk, cuyos restos recién fueron identificados en 2018 gracias a un trabajo del prestigioso Equipo Argentino de Antropología Forense (EAAF).

Los familiares de Tereszecuk acompañaron el planteo al considerar que un pronunciamiento de este tipo garantiza el derecho a la verdad con un sentido de reparación y contribuye a la reconstrucción de la memoria histórica de la sociedad.

Tereszecuk -al medio- junto a otros militantes misioneros.

Detenido, torturado, asesinado y desaparecido

Para la fiscalía, las pruebas recolectadas permiten reconstruir que el misionero fue secuestrado en los primeros días de noviembre de 1976 y posteriormente fue llevado a la Jefatura de la Policía de Resistencia, donde fue alojado en un primer piso acondicionado como Centro Clandestino de Detención, que estaba dirigido de manera conjunta entre la fuerza provincial y el Ejército Argentino.

Tereszecuk fue visto en ese lugar en pésimas condiciones de salud como consecuencia de las graves y diversas torturas padecidas. Su deterioro físico era tal que, según los testimonios recogidos, ya ni podía mantenerse en pie y necesitó ayuda hasta para bañarse. 

En la segunda semana de noviembre finalmente fue asesinado y arrojado al río Paraná. Sus restos fueron encontrados días después en la costa de Empedrado y el misionero fue sepultado como NN en el cementerio local.

Los investigadores entienden que entonces que el caso Tereszecuk “su secuestro, tortura y homicidio se produjo en un contexto de persecución generalizada y sistemática por razones ideológicas, dirigida contra la población, y que tenía como objetivo la detención y exterminio de todo aquel que encuadrara en lo que se etiquetaba como opositores al régimen”.

El pronunciamiento requerido también solicita que la Justicia declare al arrojamiento de cuerpos al río Paraná como una maniobra sistemática, respondiendo a un patrón común de ejecuciones por parte de las fuerzas armadas durante la dictadura.

“Cuerpos desnudos, atados con alambres en manos y pies, con disparos de ejecución en el pecho o el cráneo, con la yema de los dedos cortados para obstaculizar su individualización y con un corte importante en el abdomen para intentar que no flotaran”, reconstruye la fiscalía.

Sus restos fueron identificados en 2018 gracias al trabajo del EAAF.

Carlos Tereszecuk

Carlos Enrique Tereszecuk nació en Posadas en 1952. Estudió para ser sacerdote en el Seminario de Fátima de Córdoba, pero abandonó la carrera. 

Luego tuvo una activa militancia estudiantil y política, siendo elegido en 1974 vicepresidente del Centro de Estudiantes de la Escuela de Servicio Social de la Universidad Nacional de Misiones y en 1975 participó de la campaña electoral del Partido Auténtico, pasando a ser secretario de los diputados provinciales electos Juan Figueredo y Pablo Fernández Long.

Como secretario legislativo realizó un gran trabajo con representantes de gremios, comisiones barriales, colonos, tareferos, trabajadoras de casas particulares, siendo el autor de diversos proyectos de ley de protección de sus derechos.

En 1975 un operativo de efectivos de civil intentó secuestrarlo en la Cámara de Diputados, pero pudo escapar, debiendo pasar a la clandestinidad. 

En 1976 se refugió en Corrientes, siendo visto finalmente como detenido político y muy torturado en la Jefatura de Policía de Resistencia Chaco.

Con la vuelta de la democracia su hermano Norberto Tereszecuk realizó la denuncia en la Comisión Nacional sobre la Desaparición de Personas (Conadep) y ante el Juzgado Federal de Resistencia.

Margarita Belén, 45 años: cartas de un fusilado

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