Judiciales
Perito afirmó que el relato de Monzón “no impresionaba como verosímil”
Una vecina y dos peritos forenses cerraron hoy la etapa de testimoniales el juicio oral por el femicidio de Horacelia Marasca (16) y ahora las partes se preparan para exponer mañana sus alegatos finales, tras lo cual el Tribunal Penal Dos de Posadas podría dictar sentencia contra Martín Fernando Monzón (39), ex pareja de la víctima e único imputado en la causa.
La audiencia de hoy, la sexta desde el inicio del proceso oral, comenzó minutos después de las 9 y la primera en pasar a la sala de debates fue María Melgarejo, quien hace 28 años tiene un carrito de hamburguesas en la esquina del banco Macro de Villa Cabello y compartió varias noches de charla con Horacelia.
Justamente, la mujer fue convocada para recordar el tenor de esas conversaciones con la víctima y en esa instancia Melgarejo aseguró que la adolescente iba “día o día de por medio al carrito para hablar conmigo. Se quedaba una o dos horas por ahí, siempre con su bebé”.
Melgarejo afirmó que la joven le confesó los pesares que sufría en su relación, aunque aclaró en ningún momento observó nada, solo retransmitió lo que Horacelia le contó. “Ella me contó que su marido la hacía prostituirse para su cerveza, para su cigarrillo y para su droga. Yo le ofrecía hamburguesas porque decía que estaba sin cenar. Me decía que él la trataba mal y solo juntaba plata para tomar con su mala junta. Ella siempre estaba triste y venía a refugiarse conmigo”, relató.
La testigo describió a Horacelia como una persona “chiquitita” y “buenita”, al tiempo que aseguró que un momento se cruzó con Monzón y lo increpó para saber qué había sucedido con la adolescente que estuvo cerca de diez días en condición de desaparecida hasta que su cuerpo apareció descuartizado en varias alcantarillas de la zona Oeste de Posadas.
“Yo me crucé con él, le miré a la cara y le pregunté qué había hecho. Él me dijo que ella lo dejó y se fue con uno del Ejército. Estaba con el bebé en brazos, de verdad era como Judas”, sostuvo.

María Melgarejo, respondiendo las preguntas de Miguel Ángel Varela, defensor oficial de Monzón.
La junta psiquiátrica, en debate
En segundo orden, declararon Cintia Dipliotti y Jorge Spada, ambos peritos forenses que realizaron una junta psiquiátrica al imputado y fueron requeridos a prestar su testimonio por el defensor oficial Miguel Ángel Varela, quien buscada tener precisiones sobre el procedimiento y las metodologías utilizadas para arribar a las conclusiones expuestas en el informe final.
Tanto Dipliotti como Spada fueron claros al mencionar que el examen realizado por ellos no pretendía trazar un perfil del acusado, sino determinar si Monzón presentaba alguna patología mental que le impidiera comprender la criminalidad de sus actos, lo cual fue descartado por la pericia.
El testimonio de Spada fue resaltado tanto por el fiscal Vladimir Glinka como por el presidente del tribunal César Yaya, dado su nivel de didáctica, precisión y paciencia para atender todas las preguntas.
Es que Monzón asegura que la entrevista con la junta médica duró escasos minutos y solo fue preguntado por sus datos personales, pero Spada lo contradijo a punto tal que recordó las preguntas realizadas durante el procedimiento y repasó algunas de las respuestas brindadas por el imputado.
En esa línea, Spada aclaró todas las veces que fueron necesarias que Monzón siempre se refirió al crimen como “un accidente” y recordó que “en su relato él afirmó haberse sentido muy dolido por una hipotética infidelidad y que hubo una discusión al respecto donde él ejerció una defensa”.
También sostuvo que durante ese relato del hecho Monzón “no demostró un compromiso afectivo muy exagerado”.
A continuación, intervino el magistrado Gregorio Busse, para consultar a Spada si mediante sus conocimientos profesionales y su opinión personal creyó en el relato del acusado. El defensor Varela se opuso a la pregunta, pero el juez insistió: “No litigue contra el tribunal. Tendrá su momento de alegar. Al tribunal le interesa saber la opinión del perito”.
Autorizado a seguir, Spada se explayó: “Nosotros notamos contradicciones en su relato. El relato era completamente desafectivizado. De esto no puedo tener certezas, pero si alguien hubiera sido atacado y se produjera ese ‘accidente’ en general tendría que haber una repercusión de un tinte afectivo más intenso. No impresionaba como verosímil”.
En otro tramo del interrogatorio, el defensor Varela puso sobre la tapate la figura de la “emoción violenta”, a lo cual Spada explicó que se trata de un término jurídico y no médico.

Monzón puede ser condenado a prisión perpetua, lo que equivale a 35 años de prisión efectiva.
El debate continuará mañana, a partir de las 8.30, con la ronda de alegatos. El primero en exponer será el fiscal Glinka, quien ya adelantó que se apoyará en un muñeco de RCP para su reconstruir el hecho. Luego será el turno del defensor Varela, que desde comienzo planteó la hipótesis de que el crimen se produjo en el marco de un acto de defensa por parte del acusado.
Culminada la exposición de las conclusiones de ambas partes, el tribunal definirá los próximos pasos a seguir. Una posibilidad es que se dicte sentencia ese mismo día o el veredicto se posterga al viernes.
Monzón está acusado por el delito de “homicidio agravado por el vínculo”, que prevé una pena de prisión perpetua en caso de ser hallado autor penalmente responsable del hecho. De recibir dicha condena, deberá cumplir 35 años de prisión efectiva y recién en 2050 estaría habilitado a solicitar la libertad condicional.
En su defensa, el imputado planteó que actuó en defensa propia, dado que Horacelia lo atacó primero con un cuchillo y que luego de un forcejeo el arma acabó incrustada en el pecho de la adolescente. No niega el descuartizamiento del cadáver.
En instancias previas solicitó declarar bajo los efectos de pentotal sódico o suero de la verdad, pero el planteo fue rechazo una y otra vez.
Al inicio del juicio, al imputado volvió a plantear la misma cuestión: “Como sabía que desde el principio no me iban a creer, había solicitado a través de mi defensa que se me tome declaración bajo los efectos del suero de la verdad, porque encontraba en eso la única manera de hacer creíble mi relato”, sostuvo en la primera jornada del juicio.
Judiciales
Albañil fue condenado a 15 años de prisión por abusar de dos cuñadas menores
El Tribunal Penal Uno de Posadas declaró culpable al albañil paraguayo acusado de abusar sexualmente de dos cuñadas menores de edad en una casa del barrio Santa Clara II de Garupá y lo condenó a 15 años de prisión.
La sentencia contra Román Federico Agustín Melgarejo (28) fue dictada este mediodía, tras tres días de debate y luego de una ronda de alegatos en la que el fiscal Vladimir Glinka solicitó una pena de 20 años de cárcel para el imputado.
El fallo fue emitido por el tribunal presidido por el magistrado Gustavo Bernie e integrado por los jueces de instrucción Ricardo Balor y Fernando Verón, ambos por subrogancia legal. El imputado fue declararon penalmente responsable de un hecho de abuso sexual con acceso carnal y una tentativa del mismo abuso, ambos agravados por la convivencia.
El abogado defensor Abel Martín Acevedo solicitó la absolución de Melgarejo por falta de mérito.
Los hechos que se ventilaron en debate ocurrieron en 2016 y 2018, aunque salieron a la luz tiempo después, cuando las víctimas, de 11 y 13 años, revelaron los abusos que padecían a manos Melgarejo, que en ese entonces era pareja de la hermana mayor de las víctimas.
Juzgan a un albañil paraguayo acusado de abusar de dos cuñadas menores
Judiciales
Apelaron el archivo de la causa por la muerte de un jubilado en 2025
Los hermanos Edgar Corral y José Luis Apaza presentaron una denuncia por ejercicio ilegal de la medicina, abandono de persona seguido de muerte y falsedad ideológica, ante la Fiscalía de Instrucción Uno de Posadas, contra un enfermero y a la ex pareja de su padre, Rubén Corral, quien falleció en septiembre pasado. La Justicia resolvió desestimar y archivar la causa, por lo que ambos apelaron y solicitaron dar continuidad a la investigación.
El caso se encuentra en manos del Juzgado de Instrucción Siete de Posadas y la denuncia fue dirigida contra la ex pareja del difunto, Helga R. y el enfermero a cargo, Santiago Miguel R.
Para Edgar Corral, ambos implicados “habrían procedido irregularmente durante la atención médica domiciliaria” de su padre, “un paciente con diabetes y obesidad que necesitaba seguimiento médico permanente y supervisión profesional”. Al mismo tiempo, aseguró que hubo “encubrimientos tras el fallecimiento”.
La denuncia, a la que tuvo acceso LVM, fue radicada en septiembre del año pasado, tras el deceso de Rubén Corral y en la presentación los hijos del fallecido alegaron que: “De las pruebas reunidas surge que las personas intervinientes en el control, monitoreo y cuidado del causante no actuaron con la debida diligencia ni tomaron con seriedad su condición de salud, pese a tratarse de un paciente con enfermedad crónica (diabetes) que requería seguimiento médico permanente y supervisión profesional”.
El documento en cuestión también advierte que: “Existen sospechas fundadas de abandono y desatención, tanto en los días previos como en las horas posteriores al fallecimiento, lo que habría sido acompañado de decisiones irregulares sobre su cuerpo y sus bienes, adoptadas sin conocimiento ni consentimiento de sus hijos”.
En el caso intervino la fiscal Patricia Clerici, que tiempo después de analizar las pruebas recabadas, resolvió desestimar la denuncia y el archivo de las actuaciones, al considerar que “el hecho denunciado no encuadra en una figura penal”.
En su planteo, la fiscal argumentó que tras “una atenta lectura de sus constancias da cuenta de que el occiso habría fallecido por causas naturales sin intervención dolosa o culposa de terceros”.
Tras ese dictamen, el 21 de mayo pasado, el juez Miguel Mattos compartió la opinión fiscal al considerar que “las presentes actuaciones no reúnen las condiciones fundamentales para ser posible el avance del proceso al no existir delito”, por lo que, en consonancia con el artículo 204 del código de Procedimiento en materia Penal, resolvió el “rechazo o archivo” de la causa.
Apelación
No conformes con el resultado, los denunciantes decidieron apelar el dictamen de desestimación y archivo de la causa. En ese marco, insitieron en continuar la investigación al sostener que “existen elementos unívocos que configuran los delitos de Homicidio (Art. 79 C.P.) o Abandono de Persona Seguido de Muerte (Art. 106 C.P.), Ejercicio Ilegal de la Medicina (Art. 208 C.P.) y Falsedad Ideológica (Art. 293 C.P.)”.
Al respecto, Edgar Corral (33) expresó en diálogo con La Voz de Misiones que: “En su testimonial, el enfermero Facundo Facal manifestó que Santiago Miguel Rossler (enfermero a cargo) le impidió realizar el RCP. No pudo realizar la maniobra ya que el enfermero se lo negó haciéndose cargo de la decisión”.
Y ahondó: “Yo creo que acá la Justicia está encubriendo algo porque, yo pienso, ¿cómo con todas estas pruebas, las testimoniales hechas y demás no van a llamar para calidad indagatoria a esta gente denunciada?”.
“Mi conclusión es que la señora R., ex concubina de mi padre, hizo cremar el cuerpo sin mi consentimiento. Ella es de Salta y mientras venía de allá para Misiones coordinó todo lo que es el servicio de sepelio vía telefónica. Hay algo muy raro en el medio, ¿Cómo el servicio de sepelios va a actuar así? ¿Cómo no va a hacerse presente la Policía en el domicilio? y en la declaración de la enfermera Cristina ella afirma que el enfermero Santiago R. le había pedido el dinero de mi padre y las llaves del auto, cuando ni siquiera es familiar y estaba ejerciendo la profesión de manera ilegal”.
Y añadió: “Pido a la Justicia que investigue porque sospecho que este muchacho le inyectó algo a mi padre. Para mi fue premeditado y por parte de su ex concubina. Ella tiene un hijo con mi padre, quien es mi medio hermano, y con él hubo ocultamiento hacia los otros dos hermanos que somos yo y mi otro hermano que reside en Salta”.
El caso
Ruben Corral falleció el pasado 17 de septiembre alrededor de las 21 en su domicilio situado en la ciudad de Posadas, donde recibía atención médica domiciliaria, en tratamiento por dos enfermedades crónicas: diabetes y obesidad.
Uno de sus hijos denunciantes observó una serie de “irregularidades” durante la atención médica y el posterior fallecimiento, por lo que decidió investigar al personal que lo atendió a través del Colegio de Enfermeros de Misiones y la funeraria que retiró el cuerpo de la vivienda.
“Una de las cosas que encontré es que el enfermero -que lo atendía hace dos años- tiene matrícula vencida desde el año 2022. Sin embargo, ejercía actos de médico, prescribía medicina, hacía indicaciones de médico, le inyectaba suero a mi papá y le hacía intravenosa. Entonces mandé a pedir un informe sobre su matrícula y pude constatar que se encontraba vencida”, aseguró conforme al informe emitido por el Colegio de Profesionales de Enfermería de Misiones el pasado 13 de enero.
El mismo confirma que Santiago Miguel R., quien se encontraba a cargo de los cuidados de Rubén Corral, no contaba con su matrícula profesional vigente desde el año 2022, como tampoco la declaración de su domicilio profesional.
“El mencionado profesional se encuentra inactivo por deuda, con carnet fuera de vigencia, habiendo sido matriculado el 7 de julio de 2010, y con matrícula inhabilitada desde el mes de julio del año 2022, situación que se mantiene hasta la fecha. Asimismo, se informa que no registra antecedentes éticos conforme a la información disponible en esta colegiatura”, detalla el documento.
El día del fallecimiento, también se encontraban presentes Facundo Facal y Zahra Barakat, enfermeros de la red de traslados, que condujeron las dos ambulancias para realizar las atenciones en el domicilio del difunto. “Tengo los testimonios de ellos que hizo la fiscalía bajo juramento, lo de Facal es terrible, no pudo realizar la maniobra de RCP por órden de R. Por eso digo que está demostrado el abandono de persona seguido de muerte”.
Respecto a la atención domiciliaria, explicó: “A mi padre no le gustaban las clínicas, le tenía fobia a los hospitales, entonces, él pagaba por atención en su domicilio a Santiago R. y tenía las cuidadoras que le cocinaban, le limpiaban, él iba en la camioneta, ellas le llevaban el dinero y pagaban proveedores, porque en ese momento se encontraba a cargo de un puesto con venta de legumbres en el Mercado Central”.

Distribuidora de legumbres de Rubén Corral.
“Cuando fui a Misiones pude lograr el contacto con una de las cuidadoras de mi padre, ella se llama Cristina Cantero. También contacté a Camila Alvez y empecé a reunir testimoniales mías por audios de WhatsApp, empecé a armar la historia y había muchas cosas que no me cerraban. Frente a esto, mandé un mail a la red de traslados de Misiones, me acredité como hijo del fallecido, con el acta de defunción, partida de nacimiento y documento, y me mandaron un informe que fue lo más devastador para mí”, apuntó.
El mencionado documento, emitido por la Unidad Central de Emergencias y Traslados con la firma del Ministerio de Salud de Misiones, en noviembre de 2025, dejó constancia de que R. había impedido la realización del RCP al paciente en cuestión.
Según ese historial, fue el 17 de septiembre de 2025 a las 8.58 cuando la unidad de traslado arribó al domicilio de Corral a fin de verificar su estado de salud, quien se encontraba en tratamiento por diagnóstico de diabetes tipo 2.
El mismo documento señala que, según constató la licenciada en Enfermería, Barakat, durante la comisión, “el paciente se encontraba sentado en la cama, lúcido, colaborativo, con signos vitales estables sin criterio emergente, quedando con indicaciones y pautas de alarma”. Al mismo tiempo, añadió que “al referir que no había tomado la Metformina indicada, se le administra la misma al momento del control”.
A las 20.30 de ese mismo día, se concretó la visita de la segunda unidad de traslado en cuestión, tras un llamado al 911. Fue entonces cuando el enfermero Facundo Facal informó que Corral se encontraba tendido en el baño, en decúbito neutral, por lo que lo ayudaron a cambiar de posición e ingresó en Paro Cardíaco Repentino (PCR) y el enfermero Facal sugirió reanimación, a lo que R., encargado del paciente, “decide no comenzar, haciéndose responsable de la decisión”.
Tras el fallecimiento, el hijo denunciante decidió dirigirse a la funeraria donde realizaron el sepelio y posterior cremación. “En la información que pedí a la funeraria pude ver que la ex concubina de mi papá mintió en la declaración jurada del crematorio diciendo que mi padre no tenía hijos, apurando la cremación y haciéndola de manera expres”.
Y sumó: “Leí una ordenanza municipal que dice que mínimamente el cuerpo tiene que cumplir 24 horas, antes de cremarlo. Ella pagó una cremación exprés para apurar y que no se pueda hacer una autopsia, sabiendo de mi existencia y sin consultarme. A todo esto, en una testimonial de una de las enfermeras que lo cuidaban, ella dice que cuando él muere, ella ve que se va la ambulancia y automáticamente llega el servicio de sepelios, nunca se hizo presente la Policía ni un médico forense”.
“Con todo esto que reuní, sobre la red de traslados, el crematorio, el informe del Colegio de Enfermeros, fui, hice la denuncia, con la denuncia entregué un pendrive con toda esta información e informes, con el testimonio mío y de mi hermano, y bueno, creo que la fiscal no leyó o no entendió nada y me quieren archivar la causa”, lamentó en diálogo con este medio.
Luego, concluyó: “Esto va a ir a la Cámara de Apelaciones, no puede quedar así. No me dieron la posibilidad de despedirlo, me negaron el contacto con él y la verdad es que me parece muy injusto. Por eso quiero hacer público todo esto, para que también la gente sepa cómo se maneja la Justicia en Misiones. Me parece que con todas estas pruebas no pueden mirar para otro lado”.
Atienden denuncias por enfermeros sin matrícula y advierten: “Es un delito”
Judiciales
Juzgan a un albañil paraguayo acusado de abusar de dos cuñadas menores
Esta mañana, en el Tribunal Penal Uno de Posadas, comenzó el juicio oral contra un albañil paraguayo acusado de cometer abusos sexuales en perjuicio de dos cuñadas menores de 13 años con quienes convivía en un inmueble del barrio Santa Clara II de Garupá.
En la audiencia de hoy, se procedió a la lectura del requerimiento de elevación de la causa, documento en el cual la fiscal de instrucción Patricia Clerici, volcó la reconstrucción de los hechos endilgados, las pruebas recolectadas y la acusación que ahora enfrenta el implicado.
El extranjero, identificado como Román Federico Agustín Melgarejo (28), está imputado por los delitos de “abuso sexual con acceso carnal (un hecho) y abuso sexual con acceso carnal en grado de tentativa (varios hechos), en concurso real”.
Según la lectura del expediente, el primer hecho se registró en perjuicio de una niña de 11 años, hermana de la pareja del acusado, quien reveló que durante el 2016 fue abusada sexualmente por su cuñado mientras convivían en el mismo hogar.
No es lo único. El hombre también está acusado de intentar en varias oportunidades cometer el mismo hecho en perjuicio de otra cuñada también menor de edad. Esa situación habría ocurrido en 2018, aunque la denuncia que disparó el caso se radicó tiempo después.
El tribunal encargado de llevar adelante el debate es presidido por el magistrado Gustavo Bernie e integrado por Ricardo Balor y Fernando Verón como vocales subrogantes.
En la fiscalía interviene Vladimir Glinka, mientras que la defensa del acusado está a cargo del abogado particular Abel Martín Acevedo.
Tras la lectura del requerimiento de elevación a juicio, la audiencia avanzó en la toma de testimoniales a los testigos de la causa, etapa que se realiza a instancia privada a fin de resguardar la identidad y la integridad de las denunciantes.

El comienzo del debate fue transmitido en vivo, durante la lectura del requerimiento de elevación a juicio de la causa.
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