Judiciales
Nuevo revés para la Municipalidad de Iguazú en su litigio contra Crucero
La Cámara Federal de Apelaciones rechazó una apelación presentada por la Municipalidad de Puerto Iguazú y confirmó una medida cautelar dictaminada el año pasado a favor de la empresa Crucero del Norte S. R. L. para poder seguir prestando el servicio de transporte internacional de pasajeros entre la Ciudad de las Cataratas y la vecina Foz de Iguazú.
La resolución fue publicada hoy en el Centro de Información Judicial (CIJ) y lleva la firma de los magistrados de cámara Mirta Delia Tyden y Mario Osvaldo Boldú, como así también la de la secretaria actuante Verónica Susana Zapata Icart, según pudo averiguar La Voz de Misiones.
El litigio lleva años y el conflicto suscita en que Crucero del Norte presta un servicio internacional de pasajeros con una línea que une Puerto Iguazú y Foz de Iguazú, aunque la municipalidad entiende que la empresa se excede en su recorrido y tampoco se ajusta a la legislación local en materia de transporte urbano, servicio que fue dado en concesión a Río Uruguay por parte del concejo deliberante.
De esta manera, a mediados del año pasado, el conflicto recrudeció como consecuencia de controles ordenados por parte del municipio conducido por el intendente Claudio Filippa, donde se efectuaron multas y también se incautaron móviles pertenecientes a Crucero del Norte. Incluso, se denunciaron bloqueos por parte de la empresa que cubre el servicio inter-ubano.
Fue en esa instancia que la empresa nacida en Garupá trabó una cautelar para seguir operando y el Juzgado Federal de Eldorado, encabezado por el magistrado Miguel Ángel Guerrero, falló a su favor.
En aquella resolución, firmada el 31 de agosto de 2023, el juez Guerrero dictaminó que la municipalidad se abstenga “de ejercer actividades de contralor, fiscalización y sancionatorias en la materia en las condiciones en las que viene desarrollando y en el término de la vigencia de la RESOL-2022-572-APN-MTR del Ministerio del Transporte de la Nación de fecha 29/8/2022 -2 años-, a las unidades de Crucero del Norte S.R.L que presten servicios de transporte público internacional de pasajeros”.
Además, en la misma resolución el magistrado resolvió declarar “la invalidez de las actas labradas” y “la restitución de las unidades secuestradas”.
“Espero que el juez Guerrero actúe con criterio y responsabilidad y no avasalle la autonomía municipal porque hoy es Crucero del Norte, mañana van a ser 20 líneas y el municipio va a carecer del poder de Policía en base a lo que dice la Carta Orgánica. Vamos a seguir actuando como actuamos, no porque sea patotero, no porque sea pesado, acá pasa por el municipio en su responsabilidad y en su alcance desde el punto de vista jurídico respecto a lo que implica el transporte urbano. Porque eso es transporte urbano, la CNRT no tiene facultad o jurisdicciones sobre todo lo que es urbano, tiene sobre lo nacional y lo internacional y esto que sale de la terminal a los barrios o al Parque Nacional es urbano”, respondió al fallo en ese entonces el intendente Filippa, en diálogo con La Voz de Cataratas.
El fallo de la Cámara
Justamente, fue en ese marco que el municipio decidió apelar la resolución de primera instancia, ante lo cual el caso debió ser analizado por la Cámara de Apelaciones, cuyos magistrados ahora emitieron un nuevo fallo y ratificaron todo lo actuado por el juez Guerrero.
“Del estudio pormenorizado de las actuaciones se observa que, no se encuentra acreditado en autos que la actora (Crucero del Norte) se extralimite del recorrido establecido en la concesión nacional de transporte público internacional de pasajeros dada por la Resolución Ministerial 769 /04. Es decir, de la documental aportada, no surge que la empresa Crucero del Norte modifique el itinerario de carácter semi-urbano internacional en el corredor de tráfico Puerto Iguazú (República Argentina y límite internacional con destino a la ciudad de Foz do Iguazú -República Federativa del Brasil) allí establecido”, alegan los camaristas en uno de los últimos considerandos de la resolución a la que LVM tuvo acceso.
Y en otra respuesta a los planteos de la municipalidad, los magistrados argumentan que “más aun, la recurrente no prueba que las unidades de transporte internacional de pasajeros de la Empresa Crucero del Norte S.R.L. se desviasen 18 km del paso fronterizo y de los puntos ubicados dentro de la ciudad de Puerto Iguazú que alega. Concretamente, no acredita que la empresa de transporte en cuestión, haya modificado unilateralmente el recorrido que realiza, como aduce”.
Sobre estos considerandos principales los camaristas fundamentaron y asentaron su decisión de rechazar los planteos esgrimidos por la comuna y, en consecuencia, confirmar la resolución dictada el año pasado por el juez Guerrero, ante lo cual la empresa Crucero del Norte puede continuar prestando servicio en Iguazú sin ser objeto de controles ni sanciones municipales.
El fallo:
Judiciales
Muerte del soldado: motociclista que lo chocó haciendo willy continuará preso
La Justicia rechazó el pedido de excarcelación presentado por el joven de 18 años que el domingo pasado provocó la muerte de un soldado al chocarlo mientras hacía willy con su motocicleta por la costanera de Posadas.
La medida fue firmada por el magistrado Miguel Mattos, titular del Juzgado de Instrucción Siete de Posadas, que en su resolución planteó el estado incipiente de la investigación y consideró que la liberación del implicado representaría riesgo de fuga o entorpecimiento de la causa.
De esta manera, el muchacho identificado como Juan Gabriel D. N. (18) continuará detenido mientras la Justicia avanza con el expediente que lo tiene imputado por homicidio culposo en perjuicio del soldado Rodrigo Adán Barrientos (27).

Rodrigo Adán Barrientos tenía 27 años.
El trágico episodio ocurrió el domingo pasado, alrededor de las 5.30 de la madrugada, luego de los festejos por la victoria de Argentina ante Suiza por los cuartos de final del mundial.
El hecho quedó registrado en cámaras de seguridad que captaron el momento justo en que un motociclista perdió el control de su rodado durante una maniobra de willy y embistió a Barrientos, que cruzaba la costanera a pie junto a un compañero.
Como consecuencia del impacto, el soldado cayó de espaldas contra el asfalto y su muerte se produjo prácticamente en el acto. El motociclista, en tanto, fue abordado por testigos y abandonó el lugar dejando su moto Gilera Smash en el lugar.
El implicado fue arrestado horas después, luego de que los investigadores de la Policía lograran individualizarlo y ubicarlo en el barrio Madariaga de Posadas.
Desde ese momento permanece detenido a disposición de la Justicia y ahora la familia de la víctima, representada por el abogado Federico Esquivel como querellante, solicitan agravar la acusación a homicidio simple con dolo eventual.
Motociclista que chocó y mató a un soldado hacía willy en la Costanera
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Ordenaron un examen psiquiátrico para la madre del niño asesinado en Santa Ana
El Juzgado de Instrucción Siete de Posadas, a cargo del magistrado Miguel Mattos, suspendió la indagatoria a la mujer sospechada de asesinar a su hijo Ilán Mareco Vázquez (8) y ordenó que la detenida sea sometida a una junta médica-psiquiátrica para evaluar si se encuentra en condiciones de afrontar la audiencia.
El procedimiento judicial estaba programado para esta mañana, pero finalmente solo se limitó al cumplimiento de la designación de un abogado defensor oficial para María M. (30) que, a la espera de los resultados de su estudio, continuará detenida en una dependencia policial.
La suspensión de la indagatoria fue resulta por el propio magistrado, quien consideró oportuno la realización de una junta médica-psiquiátrica para determinar si la implicada se encuentra en condiciones de afrontar la citación y para garantizar que, en caso de lo que hiciera, esté en uso de sus facultades mentales plenas.
De esta manera, la Justicia ahora programará una fecha para la realización del estudio y recién cuando se conozcan los resultados de ese examen avanzará con la indagatoria, instancia en la que la mujer tendrá la oportunidad de brindar su versión de los hechos o bien guardar silencio.
La mujer está detenida desde el martes, aunque previo a ello estuvo 24 horas internada con custodia policial por las lesiones autoinfligidas que presentaba cuando la socorrieron de su casa, donde fue hallada junto al cuerpo sin vida de su hijo Ilán.
El crimen de Ilán se descubrió el lunes, cerca de las 10, cuando un llamado al 911 alertó sobre un episodio de extrema violencia en una vivienda del barrio Nueva Ciudad del Este de Santa Ana.
Al llegar, los uniformados se encontraron con dos niñas adolescentes que narraron haberse topado con la escena luego de despertarse.
La escena era la siguiente: el niño Ilan Mareco Vázquez, de 8 años, sin vida sobre su cama, y su madre al lado, semi inconsciente, con lesiones cortantes en el cuello de características auto infligidas.
La autopsia practicada posteriormente confirmó que el niño falleció como consecuencia de una lesión corto-punzante en el cuello. En la escena los investigadores incautaron un cuchillo que será sometido a pericias. También encontraron una carta presuntamente escrita por su madre, ahora detenida.
Autopsia confirmó un corte en el cuello de Ilán, el niño asesinado en Santa Ana
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Piden 22 años de cárcel para misionero acusado de liderar red de trata de menores
La fiscalía pidió 22 años de prisión para el misionero Francisco Rolando Angelotti Notarbartolo, acusado de liderar una organización que se dedicó a captar menores de edad en la tierra colorada para explotación sexual en Buenos Aires, y 11 años de cárcel para Leandro Aguiar, otro coterráneo.
Los alegatos fueron formulados por el fiscal general Juan García Elorrio ante el Tribunal Oral Federal Tres de Buenos Aires, en una audiencia que también tuvo como dato sobresaliente el pedido de absolución para el ex ganador de Gran Hermano y productor televisivo Marcelo Corazza. En su caso, el representante del Ministerio Público entendió que el único hecho de abuso sexual que se le atribuye ocurrió en 2001 y prescribió, además de sostener que no existen pruebas para responsabilizarlo por el delito de asociación ilícita.
Además de las penas requeridas para los dos misioneros, la fiscalía pidió 10 años de prisión para Fernando Charpenet y Raúl Mermet, a quienes consideró partícipes necesarios de los delitos investigados. La querella, en tanto, mantuvo la acusación contra los cinco imputados, incluido Corazza, según amplió el medio porteño Infobae.
El juicio comenzó a mediados del año pasado y se desarrolla a puertas cerradas para proteger la integridad de los denunciantes y las víctimas.
Acusación
Según la investigación, la organización funcionó entre 1999 y marzo de 2023 y se dedicó a reclutar niños y adolescentes en situación de vulnerabilidad, principalmente en Misiones, para trasladarlos a la Ciudad de Buenos Aires y el conurbano bonaerense con fines de explotación sexual.
Para la fiscalía, Angelotti Notarbartolo era quien lideraba la estructura y se encargaba de captar y manipular a las víctimas, además de coordinar los encuentros con los demás integrantes de la organización.
Aguiar, también oriundo de Misiones, habría ingresado a la red en 2018. De acuerdo con la acusación, junto a Charpenet, Mermet y Corazza solicitaba encuentros con las víctimas para luego abusar de ellas y explotarlas sexualmente.
La causa incluye denuncias por abuso sexual, trata de personas con fines de explotación sexual, promoción de la prostitución, corrupción de menores y tenencia de material de abuso sexual infantil. Entre las pruebas mencionadas durante el debate figuran promesas de viajes, regalos y dinero para captar a las víctimas, que tenían entre 11 y 16 años al momento de los hechos denunciados.
Inicio
El expediente se inició en octubre de 2022, luego de la denuncia de una víctima ante la Procuraduría de Trata y Explotación de Personas (Protex). A partir de esa presentación, la investigación derivó en la detención de los cinco acusados en marzo de 2023 y posteriormente en la elevación de la causa a juicio oral.
Tras los alegatos de la fiscalía y de las querellas, restan las exposiciones de las defensas antes de que el tribunal fije la fecha del veredicto. Además de las condenas, el Ministerio Público solicitó que, en caso de sentencia condenatoria, los acusados afronten de manera solidaria una reparación económica para las víctimas.
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