Judiciales
Nuevo revés para la Municipalidad de Iguazú en su litigio contra Crucero
La Cámara Federal de Apelaciones rechazó una apelación presentada por la Municipalidad de Puerto Iguazú y confirmó una medida cautelar dictaminada el año pasado a favor de la empresa Crucero del Norte S. R. L. para poder seguir prestando el servicio de transporte internacional de pasajeros entre la Ciudad de las Cataratas y la vecina Foz de Iguazú.
La resolución fue publicada hoy en el Centro de Información Judicial (CIJ) y lleva la firma de los magistrados de cámara Mirta Delia Tyden y Mario Osvaldo Boldú, como así también la de la secretaria actuante Verónica Susana Zapata Icart, según pudo averiguar La Voz de Misiones.
El litigio lleva años y el conflicto suscita en que Crucero del Norte presta un servicio internacional de pasajeros con una línea que une Puerto Iguazú y Foz de Iguazú, aunque la municipalidad entiende que la empresa se excede en su recorrido y tampoco se ajusta a la legislación local en materia de transporte urbano, servicio que fue dado en concesión a Río Uruguay por parte del concejo deliberante.
De esta manera, a mediados del año pasado, el conflicto recrudeció como consecuencia de controles ordenados por parte del municipio conducido por el intendente Claudio Filippa, donde se efectuaron multas y también se incautaron móviles pertenecientes a Crucero del Norte. Incluso, se denunciaron bloqueos por parte de la empresa que cubre el servicio inter-ubano.
Fue en esa instancia que la empresa nacida en Garupá trabó una cautelar para seguir operando y el Juzgado Federal de Eldorado, encabezado por el magistrado Miguel Ángel Guerrero, falló a su favor.
En aquella resolución, firmada el 31 de agosto de 2023, el juez Guerrero dictaminó que la municipalidad se abstenga “de ejercer actividades de contralor, fiscalización y sancionatorias en la materia en las condiciones en las que viene desarrollando y en el término de la vigencia de la RESOL-2022-572-APN-MTR del Ministerio del Transporte de la Nación de fecha 29/8/2022 -2 años-, a las unidades de Crucero del Norte S.R.L que presten servicios de transporte público internacional de pasajeros”.
Además, en la misma resolución el magistrado resolvió declarar “la invalidez de las actas labradas” y “la restitución de las unidades secuestradas”.
“Espero que el juez Guerrero actúe con criterio y responsabilidad y no avasalle la autonomía municipal porque hoy es Crucero del Norte, mañana van a ser 20 líneas y el municipio va a carecer del poder de Policía en base a lo que dice la Carta Orgánica. Vamos a seguir actuando como actuamos, no porque sea patotero, no porque sea pesado, acá pasa por el municipio en su responsabilidad y en su alcance desde el punto de vista jurídico respecto a lo que implica el transporte urbano. Porque eso es transporte urbano, la CNRT no tiene facultad o jurisdicciones sobre todo lo que es urbano, tiene sobre lo nacional y lo internacional y esto que sale de la terminal a los barrios o al Parque Nacional es urbano”, respondió al fallo en ese entonces el intendente Filippa, en diálogo con La Voz de Cataratas.
El fallo de la Cámara
Justamente, fue en ese marco que el municipio decidió apelar la resolución de primera instancia, ante lo cual el caso debió ser analizado por la Cámara de Apelaciones, cuyos magistrados ahora emitieron un nuevo fallo y ratificaron todo lo actuado por el juez Guerrero.
“Del estudio pormenorizado de las actuaciones se observa que, no se encuentra acreditado en autos que la actora (Crucero del Norte) se extralimite del recorrido establecido en la concesión nacional de transporte público internacional de pasajeros dada por la Resolución Ministerial 769 /04. Es decir, de la documental aportada, no surge que la empresa Crucero del Norte modifique el itinerario de carácter semi-urbano internacional en el corredor de tráfico Puerto Iguazú (República Argentina y límite internacional con destino a la ciudad de Foz do Iguazú -República Federativa del Brasil) allí establecido”, alegan los camaristas en uno de los últimos considerandos de la resolución a la que LVM tuvo acceso.
Y en otra respuesta a los planteos de la municipalidad, los magistrados argumentan que “más aun, la recurrente no prueba que las unidades de transporte internacional de pasajeros de la Empresa Crucero del Norte S.R.L. se desviasen 18 km del paso fronterizo y de los puntos ubicados dentro de la ciudad de Puerto Iguazú que alega. Concretamente, no acredita que la empresa de transporte en cuestión, haya modificado unilateralmente el recorrido que realiza, como aduce”.
Sobre estos considerandos principales los camaristas fundamentaron y asentaron su decisión de rechazar los planteos esgrimidos por la comuna y, en consecuencia, confirmar la resolución dictada el año pasado por el juez Guerrero, ante lo cual la empresa Crucero del Norte puede continuar prestando servicio en Iguazú sin ser objeto de controles ni sanciones municipales.
El fallo:
falloJudiciales
Rechazan anular causa contra contador imputado desde 2013 por delitos fiscales
El contador Rubén Eduardo Kuhlmann, procesado hace más de diez años en una causa por asociación ilícita fiscal que tiene otros once involucrados, solicitó que la acción penal en su contra sea anulada por aplicación de la Ley 27.743, más conocida como “Paquete Fiscal”, que prevé el blanqueo de capitales y moratoria para deudas de contribuyentes, aunque el planteo fue denegado en dos instancias y por lo tanto el caso continúa abierto.
El planteo efectuado por Khulmann, a través de su abogado defensor, que también representa a otros tres imputados en la misma causa, fue rechazado por la Cámara Federal de Apelaciones, que en un fallo firmado este jueves ratificó una resolución en idéntico sentido alcanzada por el Juzgado Federal de Posadas, dependencia judicial que lleva la instrucción del expediente.
En su presentación, los recurrentes argumentaron que la Ley 27.743, sancionada en junio de 2024, establece “la extinción de todas las acciones penales derivadas de ‘delitos tributarios’ sin distinguir entre ellos” e hicieron especial hincapié en el decreto reglamentario 608/2024, que incluyó de manera específica a la asociación ilícita fiscal entre los delitos alcanzados por la normativa, medida que no había ocurrido en legislaciones antecesoras sobre la misma cuestión.
Sin embargo, los camaristas Mirta Delia Tyden y Mario Osvaldo Boldú, no compartieron los argumentos esgrimidos y en contrapartida avalaron el rechazo al recurso, al considerar que “el ilícito investigado al ser un delito de peligro abstracto no generó obligaciones tributarias o impositivas susceptibles de regularización a través del procedimiento previsto en la ley”.

Rubén Kuhlmann, en 2013, cuando nombre y su rostro ocupó la portada los diarios durante varias semanas.
Y en otro párrafo del documento alegan que “más allá de la improcedencia de acceder a la extinción de la acción penal respecto del delito enrostrado a los incidentistas, tampoco se acompañó constancia alguna que acredite el pago de tributo en los términos exigidos por la normativa aplicable, lo que no hace sino evidenciar la inexistencia de obligaciones tributarias generadas por el tipo penal en cuestión”.
Conocida esta resolución, ahora la defensa cuenta con un plazo de diez días hábiles para presentar un nuevo recurso de casación o, en caso contrario, el expediente regresará al Juzgado Federal de Posadas para que la instrucción avance hasta la elevación a juicio del caso.
Según pudo averiguar La Voz de Misiones, la causa ya había sido elevada al Tribunal Oral Federal (TOF) de Posadas, aunque regresó a instrucción para subsanar falencias y deficiencias observadas.
La causa tiene un total de doce imputados, aunque Khulmann fue el hombre de mayor relevancia cuando estalló el caso a comienzos de 2013 y su nombre supo ser tapa de diario en la provincia durante varios meses.
Tanto él como los demás involucrados fueron procesados por la Justicia Federal a mediados de 2024, al considerar que formaban parte de una organización dedicada a facilitar la evasión tributaria de terceras personas a través de la creación de empresas fantasmas, utilización de presta nombres y documentación apócrifa, entre otras tretas.
En el marco de la investigación hubo una veintena de allanamientos y como querellantes particulares en la causa se constituyeron tanto Afip -ahora Arca- y la Dirección General Impositiva (DGI).
Judiciales
Crimen del penitenciario: su hermana se abstuvo y su pareja negó complicidad
Tanto la hermana como la pareja del penitenciario Julio César Argüello (45), asesinado de un disparo en la cabeza, comparecieron este miércoles en audiencia de declaración indagatoria, instancia en la que la primera de ellas guardó silencio y la otra se desligó de la acusación, al tiempo que ambas fueron imputadas por el crimen y continuarán detenidas mientras avanza la investigación que se tramita ante el Juzgado de Instrucción Siete de Posadas.
De acuerdo a lo consignado por fuentes consultadas por La Voz de Misiones, ambas mujeres fueron trasladadas esta mañana hacia dicha dependencia judicial, donde la primera en comparecer ante el magistrado Miguel Mattos fue Lidia Rosa Argüello (54), hermana de la víctima.
La mujer ya había estado en ese mismo juzgado el lunes, cuando designó como defensor legal a un abogado particular y ahora estaba citada para prestar declaración indagatoria, aunque optó por guardar silencio.
De igual manera, Lidia fue notificada del hecho que se investiga, oyó al detalle el listado de indicios que se registran en su contra y provisoriamente fue imputada como autora del homicidio, que podría sumar el agravante del vínculo existente con la víctima, lo que elevaría la expectativa de pena que podría recibir en su contra en caso de declararse su responsabilidad en el hecho en un futuro debate oral y público.
La que pisó por primera vez el juzgado que dirige Mattos fue Paola Z. (35), pareja del penitenciario, quien en contrapartida su cuñada eligió declarar y negó haber prestado su complicidad en el crimen.
La joven fue imputada como encubridora del homicidio y por el momento también continuará detenida hasta que las autoridades dispongan nuevas medidas en el marco de la causa que aún aguarda el resultado de pericias balísticas.

Lidia Argüello fue imputada como autora del homicidio.
Crimen y sospechas
El agente penitenciario que se desempeñaba como adscripto en el ministerio de Derechos Humanos fue atacado el 6 de febrero en su casa sobre calle Puerto Rico, a metros de la residencia del gobernador en el barrio Luis Piedra Buena de Posadas.
El hecho fue alertado por la propia hermana, quien llamó a una ambulancia para auxiliar al agente que estaba herido dentro de la vivienda.
El hombre fue trasladado al hospital Madariaga y quedó internado en grave estado de salud hasta que el jueves 12 se produjo su fallecimiento, ante lo cual se realizó un examen de autopsia que confirmó que la lesión sufrida correspondía a un balazo y el caso pasó a ser investigado como homicidio.
Desde el principio hubo más dudas que certezas en cuanto a las circunstancias del hecho, pero después del estudio forense la Justicia pudo avanzar con más elementos y en la pesquisa recolectó indicios que colocaron a su hermana bajo la lupa.
Entre esos elementos sobresalen imágenes de una cámara de seguridad que la muestran ingresar a la vivienda de la víctima en un horario cercano al hecho y otro indicio más directo aún: un revólver calibre 32 milímetros encontrado en la casa de sus padres, donde la mujer reside, en calles Ghandi y Jerusalén, en cercanías a la estación transferencias Quaranta.
El arma, que además tenía una vaina percutada, fue incautada por el personal de la Dirección Científica y será sometido a pericias.
Respecto a la pareja de la víctima, también cuenta con imágenes de seguridad que la muestran en el inmueble en cuestión y se sospecha que su intervención fue clave para limpiar la escena.

Un revólver calibre 32 que se investiga como arma homicida fue incautada en la casa de la hermana de la víctima.
Muerte de penitenciario se investiga como homicidio y detuvieron a su hermana
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Crimen del penitenciario: su hermana designó abogado y declara el miércoles
El miércoles fue el día establecido por la Justicia para citar en audiencia de declaración indagatoria a Lidia Rosa Argüello (54), detenida desde el último viernes como sospechosa del crimen de su hermano, el agente penitenciario Julio César Argüello (45), herido de un disparo en la cabeza en su casa y fallecido una semana después en el hospital Madariaga.
Según consignaron fuentes consultadas por La Voz de Misiones, la mujer fue trasladada este lunes al Juzgado de Instrucción Siete de Posadas y designó a un abogado defensor, mientras que la indagatoria ante el juez Miguel Mattos fue postergada al miércoles.
En esa instancia, la sospechosa podrá brindar su versión de los hechos o bien abstenerse de declarar. También será notificada del hecho que se investiga, de los elementos de prueba que se registran en su contra y sería imputada.
Cabe mencionar que la causa tiene una segunda persona detenida, que se trata, ni más ni menos, que de la pareja de la víctima, quien fue aprehendida como presunta encubridora del crimen.
El caso
Según lo que se pudo reconstruir, todo comenzó el viernes 6 de febrero, minutos antes de las 9, cuando Lidia alertó haber encontrado a su hermano herido dentro de su casa sobre la calle Puerto Rico de Posadas.
El hombre fue trasladado al hospital Madariaga y quedó internado en severo estado de salud hasta que este jueves se produjo su fallecimiento, ante lo cual se realizó un examen de autopsia que confirmó que la lesión sufrida correspondía a un balazo.
Desde el principio hubo más dudas que certezas en cuanto a las circunstancias del hecho, pero después del estudio forense la Justicia pudo avanzar con más elementos y en la pesquisa recolectó indicios que colocaron a su hermana bajo la lupa.
Entre esos elementos se destacan una cámara de seguridad que la muestra ingresar a la vivienda de la víctima en un horario cercano al hecho y otro indicio más directo aún: un revólver calibre 32 milímetros encontrado en la casa de sus padres, donde la mujer reside, en calles Ghandi y Jerusalén, en cercanías a la estación transferencias Quaranta.
El arma, que además tenía una vaina percutada, fue incautada por el personal de la Dirección Científica.
Crimen del penitenciario Argüello: detuvieron a su pareja por encubrimiento
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