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Narco piloto boliviano que se fugó de Misiones en 2015 cayó en su país

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Quien scrolleaba el Facebook de Cristopher Andrei Cueto Lazcano (30) podía pensar que era un piloto más disfrutando de su trabajo y llevando una vida normal, renovando fotos de perfil, anunciando viajes y compartiendo memes, pero lo cierto es que el boliviano era uno de los tantos narcotraficantes incluidos en la lista de buscados por Interpol y los ocho años que se mantuvo prófugo tras escapar de Misiones se terminaron.

Cueto Lazcano es piloto de profesión, pero se encargaba de dirigir avionetas repletas de estupefacientes y así fue capturado el 19 de agosto de 2014, mientras aterrizaba en una pista clandestina montada en un campo de Toledo, provincia de Córdoba.

El Cessna 337 Skymaster que el boliviano piloteaba junto a un compatriota estaba cargado con 400 kilogramos de marihuana y el procedimiento marcó el fin de los vuelos narcos para una organización dedicada al tráfico de estupefacientes que era comandada por una pareja de posadeños.

El operativo global culminó con una decena de detenidos, entre ellos “La muñeca del Nea”, como fue bautizada mediáticamente la mujer que fue sindicada como “líder” de la banda junto a su marido. Entre los arrestados también hubo ciudadanos cordobeses y paraguayos.

En primera instancia la causa se tramitó en Córdoba, pero luego la competencia en la causa fue definida al Juzgado Federal de Posadas, cuyas autoridades continuaron con el desarrollo del expediente.

Sin embargo, en el medio sucedió algo: la fuga de Cueto Lazcano.

La avioneta narco y los detenidos tras el operativo en una pista clandestina de Córdoba.

La fuga

Ocurrió que mientras todos los implicados permanecían detenidos en Misiones a la espera del avance de la causa, el piloto boliviano pidió ser beneficiado con la prisión domiciliaria argumentando un problema médico en la piel cuyo cuadro podía agravarse bajo condiciones de encierro.

Al imputado le rechazaron ocho presentaciones similares, hasta que en noviembre de 2015 obtuvo dictamen favorable y para poder cumplir con los requisitos que necesitaba hizo venir a sus padres desde Bolivia, quienes alquilaron le alquilaron la pieza 10 de un inquilinato donde fijó domicilio.

En ese complejo de habitaciones temporales ubicado a media cuadra de la terminal de colectivos de Posadas Cueto Lazcano alcanzó a pernoctar una semana, hasta desapareció sin dejar rastros.

La fuga fue constatada por la Gendarmería Nacional Argentina (GNA) durante una inspección realizada el 17 de noviembre de ese año y días después pidieron su captura internacional.

Desde ese momento la alerta roja del boliviano permaneció activa en la página de Interpol, pero nunca hubo novedades de su paradero. Donde sí hubo novedades fue en su cuenta de Facebook, donde reinició actividades a partir de 2017.

La alerta roja de Interpol que pesaba sobre Cueto Lazcano.

¿Dónde andabas chato?

Empezó compartiendo fotos random de nubes, de cabinas y de aviones, hasta que comenzó a mostrarse nuevamente. “¿Dónde andabas chato?”, le preguntó un amigo al que no se le pasó por alto que Cueto volvió a las redes sociales tras una inactividad de cuatro años. “Pasame tu cel x inbox”, respondió él.

De ahí en más el piloto no paró de exhibir su vida, con fotografías en cabinas de avión, en hangares, en cabañas y en balcones de edificios. Pero todo iba a llegar a su fin en algún momento.

Entre las últimas publicaciones abiertas al público general en su cuenta de Facebook se observan posteos desde la ciudad boliviana de Tarija. “Voy por ti amor de mi vida”, escribió en junio de 2023, fecha cercana al momento de su recaptura.

Es que, de acuerdo a lo que pudo establecer La Voz de Misiones, hace aproximadamente un año el boliviano fue ubicado por Interpol en Santa Cruz de la Sierra, lo que significó el fin de sus días en libertad.

Desde ese momento Cueto Lazcano permaneció detenido en el cárcel de Palmasola a la espera del proceso de extradición, trámite que finalmente se concretó a fines de agosto.

Una de las últimas fotos de Cueto en su Facebook, frente a la estación de buses de Tarija, en junio del año pasado.

Según fuentes de LVM, la extradición se ejecutó a través del aeropuerto internacional Viru Viru de Santa Cruz de la Sierra y Cueto Lazcano arribó a Misiones el miércoles de la semana pasada, quedando detenido en una dependencia de la Policía Federal Argentina (PFA) a la espera de un cupo para ser trasladado a una unidad del Servicio Penitenciario Federal (SPF).

Ahora, ocho años después, el extranjero quedó a disposición de la Justicia Federal de Misiones y tras las rejas aguardará ser llevado a juicio oral y público, proceso al cual fueron sometidos sus consortes de causa. Algunos de ellos ya cumplieron sus penas, mientras que otros tuvieron un final más trágico, como es el caso de Francisco Alejandro Suescun Rivero, el otro piloto boliviano. 

En Misiones Suescun Rivero fue condenado a cinco años de prisión y tiempo después se acogió a la figura del extrañamiento, tras lo cual fue expulsado del país.

Meses después volvió a dar la nota en Paraguay, nuevamente vinculado a avionetas narcos, pero las últimas noticias lo ubican siendo acribillado a balazos en junio del año pasado en Bolivia.

A “El Carachas”, como era conocido en su país, lo presentaban como propietario de hangares y avionetas en Santa Cruz de la Sierra y sostienen que su asesinato fue un ajuste de cuentas.

 

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Revés judicial para Cerro Azul en reclamo de $165 millones a una empresa

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cerro azul

La Justicia provincial rechazó una ejecución fiscal impulsada por la Municipalidad de Cerro Azul contra la empresa MM Bioenergía S.A. por una deuda superior a los $165 millones y cuestionó la legalidad del procedimiento utilizado por la comuna para reclamar tributos.

El fallo fue dictado por el Juzgado Civil, Comercial y Laboral de Leandro N. Alem, que rechazó la demanda iniciada en junio de 2025 por la municipalidad en concepto de tasas de Seguridad e Higiene, Comercio e Industria correspondientes a distintos períodos entre 2021 y 2025.

La comuna reclamaba un total de $165.044.216,75 y había solicitado además medidas cautelares sobre bienes y fondos de la firma dedicada a la generación de energía renovable.

Sin embargo, tras varios meses de litigio, el magistrado interviniente resolvió desestimar la ejecución fiscal al considerar que la documentación presentada por el municipio no cumplía con los requisitos legales exigidos para avanzar con el cobro judicial.

Uno de los principales puntos observados en la sentencia fue la utilización de la Ordenanza VI N° 25 como fundamento del reclamo tributario. Según el fallo, esa norma fue publicada oficialmente recién el 1 de octubre de 2025, es decir, después de las intimaciones de pago y cuando ya se pretendía exigir el cobro de períodos anteriores.

En la resolución, el juez sostuvo que “la ausencia de publicación impide reconocer eficacia normativa a la ordenanza en cuestión y, por ende, priva de sustento legal exigible al crédito cuya ejecución se pretende”.

El fallo también cuestionó la boleta de deuda emitida por el municipio al señalar que el documento no detallaba con precisión qué conceptos se reclamaban, a qué períodos correspondían ni cuál había sido el mecanismo utilizado para calcular la deuda, incumpliendo requisitos establecidos en el Código Fiscal.

Durante el proceso judicial, MM Bioenergía S.A. argumentó además que su actividad se encuentra regulada bajo jurisdicción federal por tratarse de generación de energía dentro del Mercado Eléctrico Mayorista, en el marco de las leyes nacionales vinculadas a energías renovables. En ese sentido, cuestionó la potestad municipal para aplicar las tasas reclamadas.

En otro tramo de la sentencia, el magistrado citó jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación y de tribunales provinciales que establecen que ningún tributo puede ser exigido si la norma que lo crea no fue debidamente publicada en el Boletín Oficial.

Además de rechazar la ejecución fiscal, la Justicia impuso las costas del proceso a la Municipalidad de Cerro Azul y reguló honorarios profesionales sobre la base económica total del juicio, fijada en más de $165 millones. Según se desprende de la resolución, el impacto económico derivado del proceso podría superar los $50 millones.

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Cristaldo recibió 17 años de prisión por matar y ocultar el cadáver de Tizato

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Cristaldo Tizato

El Tribunal Penal Dos de Posadas resolvió este miércoles al mediodía condenar a Richard Arnaldo Cristaldo (49) a la pena de 17 años de prisión como autor penalmente responsable del delito de “homicidio simple agravado por el uso de arma de fuego” en perjuicio de César Daniel Tizato (16), el adolescente con el cual el 30 de agosto de 2020 salió a cazar en inmediaciones a su casa del paraje Pindapoy, de la localidad de San José.

La sentencia, emitida por los magistrados Augusto Gregorio Busse -presidente-, César Antonio Yaya y Martín Alejandro Rau, fue en disidencia al planteo efectuado por el fiscal Vladimir Glinka, que en su alegato había mantenido la acusación impuesta en etapa de instrucción y conforme a ello había solicitado que Cristaldo sea condenado a prisión perpetua por “homicidio agravado por alevosía”.

La parte resolutiva del fallo se leyó este mediodía, minutos después de las 12.30, tras un breve cuarto intermedio de poco más de 30 minutos, mientras que los fundamentos de la resolución serán comunicados el próximo 4 de junio.

Cristaldo, más conocido como Grulla, por su oficio como profesor de artes marciales, oyó el dictamen en silencio, acompañado a la distancia por sus hijas y otros familiares directos que siguieron respetuosamente la audiencia desde el sector preparado para el público presente.

Cristaldo, junto a su abogado, minutos después de firmar el acta de la sentencia.

Duda

Su abogado defensor, el ex juez penal de Apóstoles José Antonio Reyes, había solicitado en su alegato la absolución de su cliente por el beneficio de la duda, al considerar que no existían pruebas directas que vinculen al acusado con el asesinato del adolescente.

El letrado cuestionó la reconstrucción del caso trazada por el fiscal Glinka. Consideró que ese relato de hechos era “inverificable”, apunt

ó a la mayoría de los testigos por “mentir” en sus declaraciones y criticó severamente a los dos comisarios (Sergio de los Santos y Gabriel Antonio Comes) por el testimonio donde dieron cuenta que durante su detención Cristaldo admitió que mató a la víctima por accidente. 

Reyes también dirigió duras acusaciones contra los serenos de la estancia La Rosita, propiedad de la firma Rosamonte, predio donde el cuerpo de Tizato apareció sin vida, con un disparo en el tórax y sumergido en una laguna de agua estancada de 1,5 metros de profundidad.

“Han venido acá y mintieron. Ellos no es que solo caminan sin hacer nada. Ellos son sanguinarios y mutiladores con quienes entran a cazar y pescar”, lanzó.

Reyes alegó que “no hay pruebas y los indicios desaparecieron. Los testigos que lo vieron mojado han mentido antes y ahora”, al tiempo que sostuvo que “es imposible que la bala de un calibre 22” -proyectil compatible con el rifle incautado en poder del acusado- cause la lesión penetrante y perforante que presentaba la víctima.

En último intento por torcer su destino, Cristaldo volvió a hablar ante el tribunal y reiteró su inocencia, aduciendo que ese episodio en la comisaría donde presuntamente admitió el crimen, fue bajo amenazas de los policías intervinientes.

El tribunal presidido por Gregorio Busse -al centro- emitió el fallo minutos después de las 12.30.

Cobarde, traicionero y abusivo

Un alegato diametralmente opuesto fue el desarrollado por el fiscal Glinka, quien consideró que el imputado pergeñó un “engaño” para llevar al adolescente a cazar a una zona inhóspita, actuando sobreseguro y aprovechándose del estado de vulnerabilidad e indefensión de Tizato.

A Tizato lo mataron de una forma muy cobarde, traicionera y abusiva. Lo privaron de la posibilidad de torcer su destino. Lo manosearon. Le pusieron una piedra en la ropa para que se hunda y se pudra en la profundidad”, describió.

Glinka también sostuvo que, a partir del hecho, el imputado hizo de todo para desviar la investigación y confundir a la Policía durante las labores de búsqueda con tal de asegurar su impunidad.

Para el fiscal, fue imposible determinar “las razones” del crimen, pero afirmó que ya no quedan “teorías alternativas” para analizar, descartando las hipótesis de un hecho accidental, de una posible responsabilidad de los serenos del campo La Rosita o del involucramiento de otros presuntos jóvenes con quienes Cristaldo afirmó que la víctima decidió quedarse para no volver con él.

¿Existieron esas personas? Yo lo descarto. La lógica es que Daniel nunca se separó del imputado. Es solo un relato más que jamás se pudo comprobar. Tizato murió por el disparo mientras se hundía en el agua. Ahí empezó un intento desesperado por torcer las pruebas y se mojó hasta el ombligo ocultando el cuerpo, no caminando por el campo. Los arroyos estaban secos”, reconstruyó.

“En fin. Ya no hay posibilidad de teorías alternativas. Se investigó todo. Fue la última persona que estuvo con Dani, era el único armado, estaba todo mojado cuando volvió y la ciencia determinó que era imposible que ese rifle se dispare por accidente”, resumió Glinka y solicitó la pena de prisión perpetua como autor de “homicidio agravado por alevosía”, aunque luego el tribunal modificó la calificación del caso.

 

Piden prisión perpetua para Richard Cristaldo por el homicidio de Dani Tizato

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Piden prisión perpetua para Richard Cristaldo por el homicidio de Dani Tizato

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El fiscal Vladimir Glinka mantuvo la acusación de “homicidio agravado por alevosía” y solicitó la pena de prisión perpetua para Richard Arnoldo “Grulla” Cristaldo (49), único imputado por el asesinato de Dani Tizato (16), registrado en 2020 en San José.

Para el titular de la fiscalía, quedó comprobado que Cristaldo pergeñó un “engaño” para llevar al adolescente a cazar y luego cometió el crimen, asesinándolo de un disparo que le atravesó el corazón y ocultando el cadáver en una laguna de agua estancada.

Glinka también sostuvo que, a partir del hecho, el imputado hizo de todo para desviar la investigación y confundir a la Policía durante las labores de búsqueda con tal de asegurar su impunidad.

Para el fiscal fue imposible determinar “las razones” del crimen, pero afirmó que ya no quedan “teorías alternativas” para analizar, descartando la hipótesis de un hecho accidental o de una posible responsabilidad de los serenos del campo La Rosita, predio donde ocurrió el crimen y se descubrió el cuerpo tras 32 días de búsqueda.

“Tizato murió por el disparo mientras se hundía en el agua. Ahí empezó un intento desesperado por torcer las pruebas. Él se mojó hasta el ombligo ocultando el cuerpo, no caminando por el campo. Los arroyos estaban secos”, apuntó.

Tras el pedido, el Tribunal Penal Dos dispuso un cuarto intermedio y más tarde será el turno de alegar para José Antonio Reyes, abogado defensor del imputado.

El caso Tizato comenzó el 30 de agosto de 2020, cuando fue a cazar con Cristaldo y nunca volvió. Su cuerpo apareció 32 días después en una laguna de agua estancada de 1,5 metros de profundidad. Tenía un disparo en el pecho y rocas entre sus prendas para evitar que flote.

Cristaldo arguyó que en medio del camino el adolescente se quedó junto a otros tres jóvenes que nunca pudieron ser ubicados y quiénes, para el fiscal, “nunca existieron”.

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