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La fiscalía pidió perpetua para Policeno por el femicidio de Betiana Machado

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betiana machado

El fiscal Federico Rodríguez solicitó esta mañana la pena de prisión perpetua para Pablo Rafael Álves Policeno (29), único imputado por el femicidio de su ex pareja Beatriz Betiana Machado (17), perpetrado el 24 de julio de 2022 en la localidad de San Antonio, donde ambos residían.

El pedido del representante del Ministerio Público Fiscal fue planteado esta mañana, en el inicio de la ronda de alegatos correspondiente a la última audiencia del juicio oral que se desarrolla en el Tribunal Penal Uno de Eldorado.

En su exposición, Rodríguez consideró plenamente probado el crimen y consideró que la única coartada defensiva fue desarticulada por los elementos incorporados durante el proceso, además de considerarla un “sin sentido”.

“Es muy difícil defender a una persona cuando la única alegación que se hizo aquí fue decir que estaba inconsciente después de un vaso de cerveza y que no se acuerda de nada después de eso. Esto no solo ha desvirtuado por toda la prueba. Esa coartada ha sido deslegitimada por la prueba que se introdujo en el proceso. Además de no tener sentido”, apuntó el fiscal.

Rodríguez reconstruyó que la noche previa al crimen Álves Policeno “persiguió” a Machado hasta el boliche El Cóndor de San Antonio y que a la salida, mientras la joven regresaba a su casa junto a una amiga, él la interceptó en dos oportunidades. En primera instancia hablaron, pero en la segunda la atacó con un cuchillo.

Para graficar la violencia del suceso, repasó que la víctima recibió puñaladas que ocasionaron lesiones en cortantes brazo, antebrazo, cuello, vesícula y espalda, provocando a su vez daños en el riñón y salida de vísceras.

Rodríguez también repasó la historia previa al femicidio, marcada por situaciones de violencia y constantes amenazas de muerte proferidas contra Machado, según describieron varios familiares de la víctima.

“Estamos hablando de sucesos previos de violencia y esto sumado a la anterior condena que tiene el imputado indican inexorablemente la configuración del delito de femicidio, denota el desprecio de la víctima. El imputado no aceptaba que Machado quería dar por terminada la relación”, resumió.

“La atacó aprovechándose de su estado de vulnerabilidad y a sabiendas que sobre él ya pesaba una restricción de acercamiento por violencia familiar. Por el absoluto desprecio por la vida de una mujer y por un rechazo en la continuidad de la pareja decidió asestarle siete puñaladas que provocaron la muerte de la víctima”, ahondó, al tiempo que recordó que el implicado ya tenía una condena en suspenso previa por lesiones leves en contexto de violencia de género.

Ante todo lo expuesto, el fiscal Rodríguez procedió a solicitar la pena de prisión perpetua para Álves Policeno al considerarlo autor de los delitos de “homicidio doblemente agravado por la relación de pareja y por violencia de género (femicidio), en concurso real con desobediencia judicial”.

Lesiones graves

A su turno, la defensora oficial Ana María Mayerhoefer expuso sus conclusiones finales y en esa instancia solicitó que Álves Policeno sea condenado por el delito de “lesiones graves” y no por femicidio.

La letrada consideró probable que efectivamente su defendido experimentara un proceso de “amnesia” como consecuencia de la mezcla de bebidas alcohólicas y energizantes. Además, postuló que Policeno no recuerda nada desde el momento en que salió del boliche, es decir varios minutos antes del ataque.

En esa línea, sostuvo que el encartado debería ser condenado por lesiones graves al plantear que hubo una desviación del nexo causal entre el hecho y la muerte, dado que el deceso se produjo por una sepsis producida después de varios días de internación. “Esa sepsis no ha estado en la mente del imputado”, planteó.

Culminada la etapa de réplicas y dúplicas, el imputado tuvo la oportunidad de brindar sus últimas palabras, pero optó por mantenerse en silencio. 

El juicio oral se desarrolla ante el Tribunal Penal Uno de Eldorado, presidido por el magistrado Atilio León e integrado por su par Adriana Andino y Liliana Komisarski (subrogante). 

El tribunal pasó a un cuarto intermedio para deliberar y más tarde comunicar la sentencia. La continuidad del proceso puede seguirse en vivo, a través de una transmisión emitida por Youtube: ver en vivo.

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Acampe docente: condenan a Gurina y Sánchez por desobediencia y corte de calle

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condenas a Monica Gurina y Leandro Sanchez

Para la Justicia misionera, los docentes y dirigentes sindicales Mónica Gurina y Leandro Sánchez cometieron delitos durante el acampe que interrumpió el tránsito sobre lo avenida Uruguay a mediados del año pasado durante una protesta multisectorial en reclamo de mejoras salariales.

Así lo determinó esta tarde la jueza Correccional y de Menores Uno de Posadas, Marcela Leiva, quien como presidenta del tribunal unipersonal encargado de llevar adelante el juicio oral decidió condenar a ambos trabajadores de la educación como coautores de los delitos de “desobediencia judicial y entorpecimiento del normal funcionamiento de los medios de transporte”, misma imputación con la cual llegaron a esta instancia.

Las penas impartidas fueron 10 meses de prisión en suspenso para Gurina y 8 meses de prisión en suspenso para Sánchez, quienes además deberán realizar 8 horas mensuales de tareas comunitarias dando clases en comedores infantiles.

Los fundamentos del fallo serán comunicados el 1 de diciembre, jornada para la cual el colectivo de docentes y trabajadores de la educación unidos en acompañamiento a los ahora condenados anunció un paro con posible movilización hacia el Palacio de Justicia, donde esta mañana volvieron a montar una vigilia y luego reclamaron que el veredicto busca “criminalizar la protesta”.

La defensa de los docentes, encabezada por el abogado Eduardo Paredes, junto a Roxana Rivas y María Laura Alvarenga, adelantó que una vez conocido los argumentos apelarán el fallo y de ser necesario insistirán hasta llevar el caso a la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN).

La fiscal María Laura Álvarez fue la primera en alegar y solicitó condenas para los imputados.

“No hay derecho absoluto”

El fallo se ajustó casi en su totalidad con el planteo efectuado previamente por la fiscal María Laura Álvarez, que al momento de su alegato consideró que ambos docentes habían cometido los delitos imputados en el marco de la protesta realizada el año pasado y, por ende, pidió 1 año de prisión en suspenso para Gurina y 10 meses en suspenso para Sánchez.

Álvarez argumentó que el mayor pedido contra Gurina fue porque ella “tenía un plus en la ejecución” de las acciones enmarcadas en la protesta y el acampe instalado sobre la avenida Uruguay, casi Trincheras de San José, una cuadra antes del campamento similar montado por agentes policiales frente al Comando Radioeléctrico Uno.

En su alegato, la fiscal remarcó los perjuicios económicos sufridos por unos 80 comerciantes de la avenida Uruguay, tomando como ejemplo a Gustavo Cardozo, dueño de Vicar Muebles, que como testigo declaró que sus ventas bajaron un 40% durante los días que duró la protesta.

Consideró, además, que ambos docentes incumplieron en forma “dolosa” con la orden de despeje de la calle emitida por el juez Ricardo Balor y para ello se apoyó en las declaraciones de varios agentes policiales que hoy comparecieron como testigos, entre ellos Mariela Acosta, mediadora de la fuerza provincial.

“Nadie está en contra del derecho a la protesta, pero la Corte dijo que no hay ningún derecho absoluto”, expresó Álvarez que anoche además presentó un escrito solicitando que la audiencia de hoy se restrinja al público.

En sus argumentos, expuso que el martes se sintió “coaccionada, intimidada y acosada” por el público que acompañaba a los docentes enjuiciados.

La defensa se opuso y la jueza Leiva también, que aceptó el ingreso del público, aunque reiteró las normas de comportamiento. Lo que no hubo fue transmisión oficial en vivo, como suele en la mayoría de los debates orales, salvo excepciones como casos de abuso sexual donde prevalece el derecho a la intimidad de la víctima.

Sánchez reinvidicó el derecho a protesta al dar sus últimas palabras, poco después de sufrir un cuadro de presión alta.

“Fue un hecho público y multitudinario”

En defensa de los imputados alegaron los tres letrados del equipo técnico legal, siendo Paredes y Rivas los principales oradores.

En primer término, Paredes realizó un repaso de las luchas sociales y conquistas de derechos obtenidas en el marco de protestas en las calles. A nivel nacional mencionó la protesta del campo contra la resolución 125 que lideró Alfredo De Angeli -hoy senador nacional- y en materia provincial recordó el tractorazo que derivó en la creación del Instituto Nacional de la Yerba Mate (Inym).

“Hubo tractores sobre la plaza, se cortó el tránsito, los empleados apenas podían ingresar a la casa de gobierno. Aún así, el gobierno reconoció que eran derechos constitucionales y no tomó ninguna medida. Así salió el Inym y el gobierno provincial nunca impulsó un proceso”, ejemplificó.

Rivas, por su parte, consideró que la causa carecía de pruebas para dar por acreditada las acusaciones. “Fue un hecho público y multitudinario. No hay pruebas de que ambos hayan ‘liderado’ la protesta. Esto era, además, multisectorial. Es imposible endilgarle un ‘poder de dirección’ en los hechos”, apuntó.

También cuestionó que “los daños económicos en los comerciantes son presumido, no está acreditado” y aseveró que “la salida acá es entender que este conflicto ya se resolvió en sede administrativa”.

En consecuencia, la defensa pidió la absolución de los acusados o, en forma subsidiaria, la aplicación del estado de necesidad justificante o del estado de necesidad disculpante.

Los planteos defensivos no prosperaron. Tras más de dos horas de deliberación, la magistrada Leiva regresó a la sala con el veredicto y por secretaría se leyó la condena para ambos docentes.

La sentencia de la jueza Marcela Leiva fue impartida poco después de las 14.

 

Gurina y Sánchez en juicio: “Ir al acampe fue colectivo y asambleario”

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La defensa pidió la absolución y hay cuarto intermedio hasta sentencia

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Tras el pedido de absolución planteado por la defensa, los docentes y dirigentes sindicales Mónica Gurina y Leandro Sánchez hicieron uso de sus últimas palabras antes del cuarto intermedio para deliberar la sentencia por parte de la magistrada Marcela Leiva.

Sánchez, visiblemente emocionado y hasta con un cuadro de suba de presión, reinvindicó el derecho a protesta e insistió en el carácter asambleario de todas las decisiones tomadas durante la protesta del año pasado. “No tenemos liderazgos, tenemos asambleas en las plazas“, señaló.

Y afirmó: “No somos el diablo. Somos ciudadanos insurrectos, que no soportan la injusticia y no se resignan a ser maestros sin casa”.

A lo que agregó: “Si nos condenan, van a condenar la protesta social. Sentarán un precedente para el país y se llenarán las cárceles de maestros y trabajadores”

Gurina también se expresó brevemente y adhirió a las palabras de su colega.

Luego, la jueza Leiva dispuso un cuarto intermedio por tiempo indeterminado para deliberar y dictar sentencia.
Minutos antes, la fiscal María Laura Álvarez había solicitado penas de 1 años y 10 meses de prisión en suspenso para los imputados, siendo el mayor pedido contra Gurina.

La fiscalía pidió condenas contra Mónica Gurina y Leandro Sánchez

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La fiscalía pidió condenas contra Mónica Gurina y Leandro Sánchez

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La fiscal María Laura Álvarez solicitó 1 año de prisión para Mónica Gurina y 10 meses de prisión para Leandro Sánchez.

El cumplimiento de la pena es en suspenso, es decir, que no implica ir a la cárcel y también contempla la realización de tareas comunitarias.

Para la fiscalía, ambos fueron coautores de los delitos de “desobediencia judicial” y “entorpecimiento del normal funcionamiento de los medios de transporte”, misma imputación bajo la cual llegaron a juicio oral.

Alvarez argumentó que el mayor pedido de pena fue para Gurina porque “tenía un plus en la ejecución” de las acciones enmarcadas en la protesta y el acampe docente desarrollado entre mayo y junio de 2024.

En su alegato, la fiscal remarcó los perjuicios económicos sufridos por los comerciantes de la avenida Uruguay y el entorpecimiento del transporte.

“Nadie está en contra del derecho a la protesta, pero la Corte dijo que no hay ningún derecho absoluto”, expresó Álvarez.

A continuación es el turno de alegar a la defensa de los docentes imputados y más tarde la jueza Marcela Leiva dictaría sentencia.

Comenzó el segundo día de juicio a Mónica Gurina y Leandro Sánchez

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