Nuestras Redes

Judiciales

Gurina y Sánchez en juicio: “Ir al acampe fue colectivo y asambleario”

Publicado

el

Gurina, Sánchez, juicio

Crisis económica, lucha colectiva y derecho a protesta fueron las palabras que más se repitieron esta mañana en el inicio del juicio oral contra los docentes y dirigentes sindicales Mónica Gurina y Leandro Sánchez, acusados de “desobediencia judicial y entorpecimiento del normal funcionamiento de los medios de transporte” durante el acampe realizado entre mayo y junio de 2024 en reclamo por una recomposición salarial.

La audiencia comenzó minutos después de las 8.30, pero ambos imputados estuvieron desde temprano en las escalinatas del Palacio de Justicia, donde recibieron el apoyo de un centenar de trabajadores de la educación, militantes sociales y dirigentes políticos que montaron una vigilia en la vereda del edificio emblema del Poder Judicial misionero.

Tanto Gurina como Sánchez tomaron el micrófono y ante la muchedumbre repitieron las palabras que luego utilizarían como defensa ante la jueza Correccional y de Menores Uno Marcela Leiva, presidenta del tribunal unipersonal encargado de impartir justicia en esta causa.

Previo a prestar declaración indagatoria, los docentes y gremialistas oyeron el auto de elevación a juicio, documento donde se asienta la carga probatoria y la hipótesis acusatoria que oportunamente fue formulada por la fiscal de Instrucción Siete de Posadas, Patricia Clerici.

Mónica Gurina en el ingreso al Palacio de Justicia.

La acusación

De acuerdo al documento, los hechos imputados contra los dos acusados ocurrieron entre el 1 y el 4 de junio del año pasado, cuando en desobediencia a una orden de desalojo firmada por el juez Ricardo Balor continuaron con el acampe docente instalado sobre la avenida Uruguay, metros antes del campamento policial montado frente al Comando Radioeléctrico Uno, obstaculizando así el tránsito sobre esa arteria.

Para la fiscal Clerici los docentes enjuiciados tenían “poder en la protesta”, “condicionaron el acatamiento de la orden judicial vigente” y “utilizaron su ascendencia sobre los docentes para continuar obstruyendo el tránsito”.

En ese marco, la hipótesis acusatoria sostiene que Gurina y Sánchez “provocaron dolosamente el entorpecimiento del tránsito desobedeciendo una orden judicial” y “no hay elemento jurídico que justifique su accionar”.

Culminada la lectura del auto de elevación a juicio, la fiscal del debate, María Laura Álvarez, solicitó incorporar como testigo al gerente de Tipoka para que detalle los perjuicios sufridos por la empresa de transporte durante los días en que ocurrieron los hechos investigados, aunque la jueza Leiva rechazó la solicitud.

Colectivo y asambleario

Siendo las 9.45, finalmente llegó el momento de los enjuiciados. La primera en declarar fue Mónica Gurina, que conforme a los pasos procesales debió presentarse ante la jueza antes de brindar su descargo.

“Es extraño estar acá y no el aula con tizas en la mano”, expresó Gurina, de 62 años, maestra de grado, dirigente sindical de CTA Autónoma y candidata opositora en varias elecciones.

Gurina sostuvo que la escalada del conflicto comenzó en octubre de 2023, cuando el acuerdo paritario que consignaba aumentos conforme a la inflación “dejó de cumplirse” y contextualizó que “en marzo de 2024 arrancamos el ciclo lectivo con 13% de aumento frente a una inflación acumulada de 115%”.

La docente luego se defendió de las acusaciones. Señaló que la decisión del acampe sobre la avenida Uruguay fue “colectivo, asambleario y en pos del conjunto del sistema educativo”, al tiempo que lanzó: “El derecho a la protesta no es un delito”.

El debate es dirigido por un tribunal unipersonal presidido por la jueza Correccional y de Menores Marcela Leiva.

Ajuste de Milei

En mismo sentido declaró Leandro Sánchez, de 55 años y oriundo de Entre Ríos, aunque hace más de dos décadas que trabaja como docente en Panambí, sobre la costa del río Uruguay.

Sánchez ahondó en el clima social que imperaba por aquellos meses de protesta multisectorial en Misiones, con epicentro en Posadas. “Estamos convencidos de que lo que nos llevó a la calle fue el contexto socioeconómico. Esto no fue resultado de nuestras acciones, sino el ajuste macroeconómico del gobierno de Milei”, dijo y enumeró tres factores condicionantes: la devaluación del 13 de diciembre de 2023, los tarifazos y la caída de subsidios.

Sánchez también hizo mención a la eliminación del FONID y consideró que “a la situación nacional la provincia sumó condimentos como la falta de respuestas y la corrupción en el CGE”.

Sobre las acusaciones, postuló que “fue la Policía la que nos invitó al acampe y la asamblea votó que viniéramos. No lo decidimos solo nosotros dos, este conflicto es colectivo. Nosotros hacemos asambleas en las plazas, en las rutas, en las escuelas, decidimos todo a la vista de todos, no a escondidas. Practicamos la democracia”.

“Tengo la sensación de que nos van a condenar y van a condenar la protesta social. Van a dar el argumento jurídico para llenar de maestros las cárceles porque nosotros vamos a seguir en las calles para defender la educación. Pienso que nos van a condenar, pero sé que la historia nos absolverá”, cerró, casi entre lágrimas y ante aplausos del público, entre los que habían dirigentes políticos y sociales de talla nacional como el ex diputado y presidente de Unidad Popular Claudio Lozano y el secretario general de ATE Rodolfo Aguiar.

Leandro Sánchez junto a Graciela Franzen, presa política en la dictadura y militante por los derechos humanos.

Mañana alegatos y sentencia

La audiencia no culminó allí porque la defensa de los docentes, encabezada por los abogados Eduardo Paredes, Roxana Rivas y María Laura Alvarenga, solicitó incorporar como testigos a los maestros Estela Genesini y Carlos Lezcano, lo cual no tuvo objeción por parte de la fiscalía.

Los dos testigos hicieron hincapié en la crisis salarial que afrontaba el sector como el principal motivo de protesta y sostuvieron que todas las medidas de fuerza llevadas adelante fueron decididas en asamblea. “Nosotros no tenemos un líder, somos todos rebeldes, opinamos, debatimos y después decidimos por mayoría”, dijo Lezcano.

Lo último de la jornada fue la intervención de Marta Maffei, docente, ex legisladora y referente de la Carpa Blanca en la década de los 90. La mujer expuso ante el tribunal a pedido de la defensa y en carácter de amicus curiae (amigos del tribunal).

Maffei hizo un repaso de los derechos conquistados a partir de manifestaciones sociales, reivindicó la lucha colectiva y defendió el derecho a protesta. “Hay que poner por encima las demandas colectivas. No creo que sea un conflicto para el transporte hacer una cuadra de más”, resumió.

El debate continuará mañana, con las testimoniales pendientes, la ronda de alegatos y el dictado de la sentencia. El proceso durará menos de lo previsto, debido a la depuración de testigos realizada hoy por las partes, que desistieron de al menos una decena de las comparecencias originalmente acordadas.

Trabajadores de la educación montaron una vigilia fuera del Palacio de Justicia.

Gurina y Sánchez rechazaron una probation y este martes arranca el juicio

Judiciales

Denunciante de Bruno Zapelli ratificó sus acusaciones en la Justicia

Publicado

el

juzgado dos zapelli

Luego de que María José Humeniuk (32) diera a conocer públicamente los hechos de violencia física, verbal y hostigamiento por parte de su ex pareja Bruno Zapelli (35) y recibiera custodia policial, el pasado jueves volvió a declarar ante la Justicia y ratificó cada una de sus acusaciones. 

Tras ser citado a prestar declaración testimonial en el marco de la causa que investiga a su ex pareja, la joven se presentó ante el Juzgado de Instrucción Dos de Posadas y ratificó las mismas acusaciones que dejó asentado en la denuncia que disparó el caso y en una entrevista con este medio

En su declaración Humeniuk recordó que conoció a Zapelli en el año 2020 e inició un vínculo de pareja dos años más tarde. 

La denunciante aseguró que la relación se tornó conflictiva pasados unos meses con “problemas de convivencia”, además de “insultos, forcejeos y empujones” que se incrementaron paulatinamente cada vez que ella le sugería que la ayudara económicamente, ya que habría sido ella quien “sostenía el hogar” e incluso las actividades escolares diarias del hijo de Zapelli, quien convivía con ambos. 

Desde entonces, transitaron varias separaciones y reconoció que “los insultos y maltratos nunca pararon”, pero que “con la manipulación él intentaba volver” y ella “accedía”, hasta que finalmente, la ruptura definitiva se dio en mayo de 2024, cuando se produjo otro hecho de violencia física. 

Los detalles de estos episodios fueron publicados el 4 de diciembre por La Voz de Misiones, horas antes de la detención de Zapelli, quien finalmente fue liberado al día siguiente con una orden de restricción de acercamiento hacia la denunciante, entre otras medidas, como una prohibición de salida de la provincia y la obligación de acreditar tratamiento de salud mental. 

A raíz de la visibilización de ese caso, otras presuntas víctimas de Zapelli dieron a conocer su experiencia y también revelaron agresiones, dejando expuesto un “patrón de conducta” reiterativo, caracterizado por manipulación, mentiras y reacciones violentas, tanto verbales como físicas. 

Por su parte, Humeniuk recibió tres custodias renovables por 10 días y obtuvo un botón antipánico. 

Seguir Leyendo

Judiciales

Fiscal pide perpetua para Schoenfisch: “Ejecutó a sus padres mientras dormían”

Publicado

el

Pablo Schoenfisch

El juicio contra Pablo Schoenfisch (23), marcado por una serie de particularidades que tornaron el proceso lento, tedioso y mucho más extenso de lo previsto, finalmente entró en etapa decisiva con un pedido de prisión perpetua formulado por la fiscalía y un planteo de absolución efectuado por la defensa, cuestión que se definirá el próximo martes cuando el Tribunal Penal Uno de Eldorado dicte sentencia.

En la audiencia de hoy el magistrado Atilio León, vocal del tribunal que preside Adriana Andino y que también integra Javier Jourdan (subrogante), insistió en su postura de suspender el proceso en virtud de las declaraciones autoincriminatorias efectuadas por Arnoldo Schoenfisch (67), quien pidió ser imputado en lugar de su hijo al confesar que él asesinó a su esposa Faustina Antúnez (54) y luego intentó suicidarse.

Esta vez León hizo su planteo a través de un escrito dirigido a Andino y leído ante las partes previo al inicio de los alegatos, etapa cuyo inicio volvió a demorarse unos minutos por un cuarto intermedio dictaminado para resolver la cuestión.

Tenemos aquí dos sospechados por un mismo hecho delictuoso, con la única diferencia que uno llegó por el camino de rito y otro que vino como testigo”, advirtió el magistrado, quien reiteró su postura de suspender el debate hasta tanto la confesión de Arnoldo Schoenfisch sea investigada por un fiscal de instrucción para que se determine la consistencia o no de esa versión antes de avanzar sobre Pablo. 

Lo mismo había planteado la semana pasada, cuando el padre del imputado declaró por segunda vez, aunque sus pares votaron por continuar el proceso, mientras que este jueves decidieron diferir la resolución de la cuestión al momento del dictado de sentencia, ante lo cual dieron inicio a la ronda de alegatos.

El fiscal exhibió imágenes de la escena del hecho, de armas y otros elementos incautados.

Alevosía

El primero en exponer fue el fiscal Federico Rodríguez, que mantuvo la hipótesis acusatoria que ubicado a Pablo Schoenfisch como autor de un ataque parricida y tachó la autoincriminación de su padre como un “injerto introducido a destiempo por la defensa”.

“Como investigué mucho este caso llegó a esta instancia totalmente convencido de la responsabilidad del imputado en los hechos investigados. El hecho está probado irrefutablemente desde el punto de vista físico, está patentizado en las dos almohadas donde fueron ejecutados con la cabeza apoyada”, postuló.

Rodríguez consideró que “este hecho es el más grave que sucedió en los últimos tiempos: arremeter contra la vida de los padres y además tiene la connotación particular de que además fue hecho en alevosía”.

Y ahondó: “Porque no solamente que mató a su madre e intentó matar a su padre, sino que también hubo alevosía, porque ejecutó a sus padres mientras dormían, sin darles ninguna posibilidad de defensa y con total inmunidad para su persona. Y también hay una connotación extra: la premeditación. Esto fue fríamente calculado, tanto por dónde entró, por dónde salió y la utilización de los guantes”.

De esta manera, el fiscal dio por acreditado que Pablo Schoenfisch fue quien el 14 de mayo de 2020 utilizando un revólver calibre 38 disparó a corta distancia contra sus padres mientras dormían en su casa de Santiago de Liniers, provocando la muerte de su madre Faustina Antúnez y provocando graves lesiones en su padre Arnoldo, que como consecuencia de la agresión quedó ciego.

El fiscal Federico Rodríguez fue en el encargado de formular la acusación.

La defensa, encabezada por los letrados María Laura Alvarenga y Fabián De Sá (concejal de Puerto Iguazú desde el 10 de diciembre), confrontó con la hipótesis acusatoria y argumentó que no hay pruebas “que ubiquen a Pablo en la escena del hecho”.

No hay una prueba de que Pablo haya estado en ese lugar. Pablo no se llevó nada de esta escena y tampoco dejó nada. No hay ADN de Pablo. En Pablo no hay sangre de Arnoldo, ni de Faustina, ni rastros de pólvora. Tampoco en el supuesto guante que encontró la empleada”, desarrolló la defensa, entre otros argumentos.

En etapa de réplicas y dúplicas, en tanto, Rodríguez respondió con las declaraciones efectuadas por el padre del imputado en etapa de instrucción y ratificadas por varios testigos: “Fue el propio Arnoldo el que ubicó a Pablo en la escena cuando pidió auxilio y dijo: ‘Por culpa de Pablito. Pablito hizo cagada”.

“En este proceso se vio una falta de respeto tremenda de este chico hacia a sus padres. A su madre le insultaba, no le hacía caso, le empujaba y le robaba”, trazó.

También contestó que “por la fuerza de gravedad la pólvora no subió al brazo, pero sí quedó en el guante” utilizado por el acusado.

Los alegatos culminaron con un pedido de absolución por el beneficio de la duda por parte de la defensa y una solicitud de prisión perpetua formulado por Rodríguez, quien consideró al imputado como autor de “homicidio calificado por el vínculo y por haberse cometido con alevosía agravado por la utilización de un arma de fuego”, en perjuicio de su madre, y “homicidio calificado por el vínculo y por haberse cometido con alevosía agravado por la utilización de un arma de fuego, en grado de tentativa”.

Las partes volverán a encontrarse en audiencia el martes de 16 de diciembre, fecha fijada por el tribunal para las últimas palabras del imputado y el posterior dictado de sentencia.

El debate para esclarecer este hecho registrado en 2020 comenzó el 10 de noviembre, pero tras la incriminación del padre del imputado el proceso entró a un sinuoso camino cargado de interrupciones, pedidos de nulidad e idas y vueltas.

Pablo Schoenfisch tiene 23 años y está detenido desde 2020.

Desestiman otra autoincriminación en el caso Schoenfisch y pasan a los alegatos

Seguir Leyendo

Judiciales

Fundamentos de la condena a docentes: “Los derechos no son absolutos”

Publicado

el

condena docentes

La magistrada Marcela Alejandra Leiva fundamentó la condena impartida contra los docentes y dirigentes sindicales Mónica Gurina y Leandro Sánchez en dos pilares centrales: el rol “de conducción y representación” que atribuyó a los imputados en la protesta y en la premisa de que “ningún derecho es absoluto”.

En su escrito, de 87 fojas, la jueza Correccional y de Menores Uno de Posadas, encargada de presidir el tribunal unipersonal que llevó adelante el juicio oral contra los docentes, consideró, en primera instancia, que “ambos imputados ejercían funciones orgánicas de representación y vocería institucional en el conflicto, invocando expresamente la representación colectiva y actuando como autoridades máximas de sus respectivas organizaciones”.

Para arribar a esa afirmación se apoyó en las actas de notificación y en las declaraciones efectuadas por los agentes policiales que intervinieron durante los días comprendidos entre el 1 y el 4 de junio del año pasado para comunicar las órdenes judiciales de despejar el acampe docente montado sobre la avenida Uruguay como medida de protesta para exigir mejoras salariales.

Gurina y Sánchez no sólo eran parte de la protesta sino que asumían roles de conducción y representación, lo que explica porque el personal policial y los propios manifestantes indicaron a ellos como referentes, cuya presencia resultaba determinante para la toma de decisiones en el lugar de los hechos”, expuso entre sus argumentos Leiva.

La jueza desestimó los argumentos defensivos que insistían en el hecho de que todas las decisiones tomadas en el marco de la protesta era de carácter “asambleario” y entendió que “pues aun dentro de un esquema de decisiones colectivas, ambos (por Gurina y Sánchez) aparecían como figuras representativas y funcionales para la comunicación con autoridades y para la toma de definiciones”.

Gurina y Sánchez recibieron 10 meses y 8 meses de prisión en suspenso, respectivamente.

En ese marco, consideró acreditado que ambos docentes enjuiciados cometieron de manera deliberada el delito de “desobediencia judicial” al no atender las órdenes de despejar la calle, lo cual vino aparejado con la interrupción del tránsito y el consecuente “entorpecimiento del normal funcionamiento del transporte”, que era la segunda figura penal achacada a los imputados.

Al respecto, expuso Leiva: “Las conductas desplegadas excedieron los límites razonables que la Constitución Nacional y los tratados de derechos humanos reconocen a la huelga, la protesta o la libertad de expresión, configurando una afectación inadmisible a bienes jurídicos de terceros y al orden público”.

Y argumentó: “El derecho a la protesta, como manifestación de derechos humanos de participación, no puede convertirse en un ámbito de inmunidad para la producción de resultados lesivos, tales como la obstrucción deliberada del tránsito o la desobediencia a una orden judicial válida, contravendría el núcleo estructural del propio sistema de derechos humanos, que exige compatibilizar su ejercicio con la protección simultánea de la libertad, la seguridad y la dignidad de las demás personas”.

En cuanto a lo planteado por el abogado defensor Eduardo Paredes, de aplicar en forma subsidiaria a la absolución el estado de necesidad justificante o del estado de necesidad exculpante, la jueza subrayó: “No se configura aquí un conflicto legítimo entre derechos fundamentales que permita justificar la conducta, toda vez que la huelga no comprende la facultad de impedir la circulación pública por vías de hecho ni de afectar el normal desenvolvimiento de la comunidad, encontrando límites infranqueables cuando lesiona derechos de terceros ajenos a la medida. La protesta o huelga no constituye causa de justificación de delitos ni excluye la antijuridicidad de conductas que lesionan directamente bienes jurídicos de terceros. La doctrina penal ha sido clara en este punto”.

La jueza también citó jurisprudencia y mencionó el caso de Estela del Valle Juárez, docente y secretaria general de la Regional Suroeste de la Asociación de Trabajadores de la Educación del Chubut (ATECh), que participó en cortes de rutas por un conflicto salarial que estalló en su provincia en 2019 y cuya condena a tres meses de prisión en suspenso por “entorpecimiento del transporte” fue ratificada por la Corte Suprema en abril de este año.

A partir de la presentación de estos fundamentos, el equipo legal que defiende a los docentes tiene un plazo de diez para presentar una recurso de casación, lo cual es prácticamente un hecho ya que a apenas conocida la sentencia del miércoles pasado adelantaron que “apelaremos el fallo y de ser necesario insistiremos hasta llevar el caso a la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN)”.

El fallo dictado por la jueza Leiva dispone 10 meses de prisión en suspenso para Mónica Gurina y 8 meses de prisión en suspenso para Leandro Sánchez, además de 8 horas mensuales de tareas comunitarias.

En las escalinatas del Palacio de Justicia los docentes volvieron a recibir el acompañamiento y el apoyo de sus compañeros.

Acampe docente: condenan a Gurina y Sánchez por desobediencia y corte de calle

Seguir Leyendo
Publicidad

Lo más visto