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Fundamentos del fallo contra los Kiczka: “Cada uno actuó de manera autónoma”

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“Del análisis del material probatorio incorporado al proceso se desprende que cada uno de los imputados actuó de manera autónoma, haciendo uso individual del equipo y descargando, almacenando y conservando material ilícito sin coordinación funcional ni acuerdo de voluntades entre ellos”, concluye el magistrado Gustavo Bernie, con la adhesión de su par César Yaya, en un apartado del escrito de 146 páginas en el que volcaron los fundamentos de la sentencia que el Tribunal Penal Uno de Posadas dictó contra los hermanos Germán y Sebastián Kiczka, condenados a 14 y 12 años de prisión, respectivamente, por delitos asociados a archivos Masi.

Los jueces coincidieron al dar por acreditada la teoría del caso confeccionada por la fiscalía, como así también en desestimar la inimputabilidad de Sebastián Kiczka, sobre quien en un punto consideraron que su autoincriminación era “carente de detalles verificables”, “desprovista de todo respaldo documental o pericial” y constituía “un intento de desviar la imputación penal a su propia persona, con el propósito evidente de exonerar a su hermano Germán”.

En el documento se hace un repaso de absolutamente toda la causa, desde el requerimiento de elevación a juicio formulado por la fiscal Silvia Barronis, hasta todo lo ventilado en el debate oral llevado adelante entre el 31 de marzo y el 16 de abril, para, finalmente llegar a las conclusiones, con el análisis de las pruebas ponderadas, el marco jurídico imperante y las consideraciones que fueron tenidas en cuenta para alcanzar los montos de pena a aplicar, donde hubo discrepancia con Viviana Cukla, tercera integrante del tribunal.

“Me encuentro en condiciones de afirmar con certeza, que la parte fiscal ha logrado acreditar su hipótesis acusatoria, desvirtuando así la presunción de inocencia que ampara a los acusados”, adelanta Bernie, apenas comienza a desarrollar su extenso voto.

Después de ello, siguiendo el esquema expuesto por los fiscales Martín Rau y Vladimir Glinka, realiza un desglose de cada uno de los dispositivos electrónicos incautados en la investigación, delimitando a quién pertenecía cada cual y qué contenidos fueron encontrados en cada uno de ellos, para luego contraponer toda esa información con las declaraciones defensivas efectuadas por los imputados.

Los jueces César Yaya y Gustavo Bernie votaron coincidentemente; Viviana Cukla discrepó en algunos puntos del fallo.

Dispositivos y “acciones paralelas”

En una de sus consideraciones, el presidente del TP Uno hace especial hincapié en la computadora Acer secuestrada en la casa familiar de los Kiczka, aparato que los fiscales calificaron como “la computadora llave”, ya que fue la prueba madre de todo el resto de la investigación.

“A lo largo del debate, Sebastián incurrió en contradicciones manifiestas, primero señalando -según el informe actuarial de (se reserva nombre de testigo)- que una computadora Acer pertenecía a Germán, para luego declarar ante el tribunal que era suya. Esta actitud procesal, orientada a asumir responsabilidad en forma inconsistente y sin correspondencia con los datos técnicos recabados, disminuye notablemente la credibilidad de sus dichos y los torna jurídicamente ineficaces como descargo válido”, analiza Bernie.

En otro punto, el juez también confronta la versión dada por los acusados sobre un “desconocimiento” sobre el funcionamiento pleno de la aplicación E-mule, herramienta mediante la cual se descargaban y facilitaban gran parte de los 913 archivos Masi detectados en la causa.

“Quedó demostrado que el uso de dicha aplicación no requiere conocimientos informáticos especializados, y que su operatividad resulta accesible incluso para usuarios con habilidades tecnológicas básicas. De este modo, la evidencia visual que proporciona la pestaña de monitoreo del tráfico de archivos -visible en todo momento- permite afirmar, sin hesitación, que los imputados no podían desconocer que el material que descargaban era simultáneamente compartido con otros integrantes de la red”, respondió el magistrado.

Germán Kiczka recibió la mayor condena: 14 años de prisión por tenencia, facilitación y distribución de archivos Masi.

Un punto que marcó diferencia en la condena contra ambos hermanos fue que al ex diputado provincial, además de tenencia y facilitación de archivos Masi, también se le atribuyó un hecho de distribución, mientras que a Sebastián no.

Bernie también se detuvo en ese punto y consideró que “el hecho se presenta como doloso, en tanto Germán Kizcka tenía pleno conocimiento del contenido del archivo -cuya denominación es reveladora- y voluntad de compartirlo a través de un canal de mensajería directa, lo que denota la intencionalidad inequívoca de ponerlo a disposición de un tercero”.

Es en base a todo ese análisis independiente realizado sobre cada dispositivo y sobre cada conducta evidenciada por los imputados que Bernie arriba a la conclusión mencionada al comienzo de esta nota y detalla: “En el caso de Germán Kiczka, se constataron actividades reiteradas en la notebook ACER, notebook Lenovo, teléfono celular Samsung modelo S22 y pendrive identificado como “Fiat”. En el caso de Sebastián Kiczka, se verificó la existencia de archivos ilícitos en la notebook ACER, pendrive marca “Sandisk” y dispositivo óptico “CD 127”.

En tanto que, agrega, “a ello se suman patrones de búsqueda diferenciados, rutas de almacenamiento específicas y sesiones de uso separadas, lo que demuestra la existencia de acciones paralelas, pero no concertadas”.

Sebastián e imputabilidad

Sobre la discusión en torno a la salud mental de Sebastián Kiczka, Bernie también fue tajante: “Las pericias psiquiátricas incorporadas en el expediente no concluyen que Sebastián Kiczka padezca una psicosis, un estado de alienación mental o un cuadro de enajenación que haya anulado su capacidad de culpabilidad”.

“Por el contrario, de las constancias del proceso surge que el acusado conservaba su comprensión del injusto y su autodeterminación al momento del hecho. No solo no se acredita un trastorno severo, sino que el comportamiento del imputado revela un accionar planificado, metódico y orientado al ocultamiento del material ilícito, lo que resulta incompatible con cualquier estado de descontrol o falta de comprensión”, refuerza.

Todo ello también se valoró, además de la declaración de la víctima y otras pruebas, para dar por acreditado un hecho de abuso sexual simple de Sebastián contra una adolescente.

De allí Bernie avanza en las consideraciones finales, entre el marco legal, agravantes y atenuantes tenidos en cuenta a la hora de decir la pena final para ambos imputados, todo lo cual contó con la adhesión de César Yaya.

Los jueces consideraron que Sebastián Kiczka intentó desviar la imputación y exonerar a su hermano.

Disidencia

Quien discrepó con parte de las argumentos de sus pares fue Viviana Cukla, quien, por ejemplo, consideró que no correspondía la aplicación del concurso real en los hechos atribuidos a los imputados y valoró contrariamente el estado de salud mental de Sebastián Kiczka.

Sobre el mayor de los hermanos, la magistrada esgrimió que “la prueba rendida en juicio permite concluir que Sebastián Kiczka no contaba con plena capacidad psíquica para dirigir su conducta conforme al derecho” y apuntó que “presenta una parafilia estructural persistente, acompañada de un trastorno de ansiedad severo, con rasgos depresivos, paranoides y esquizotípicos, todos ellos descriptos y fundados técnicamente en la pericia oficial”.

Esta confluencia de padecimientos clínicos no suprime su imputabilidad, pero sí afecta sustancialmente su culpabilidad, en los términos exigidos por el juicio de reproche penal”, añade y cierra: “Esta circunstancia debe traducirse en una pena reducida, dentro del marco legal previsto, o bien en la adopción de medidas sustitutivas que, junto a la sanción penal, contemplen su abordaje terapéutico”.

Es por ello que Cukla consideró que lo correspondiente eran penas de 8 de prisión para Germán y 6 para Sebastián, aunque por mayoría se impuso la decisión de Bernie y Yaya, quienes se inclinaron por condenas más próximas al pedido de la fiscalía e impusieron 14 y 12 años de cárcel, respectivamente, para los hermanos apostoleños.

FOTO PRINCIPAL: Marcos Otaño – Canal 12.

Los Kiczka y su esquema de archivos Masi, desentrañado por los fiscales

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Condena de 15 años para albañil que intentó asesinar a su ex en Campo Ramón

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El Tribunal Penal Uno de Oberá condenó este jueves a 15 años de prisión a Adrián Francisco Zuachzer (30) por haber atacado con 13 puñaladas a su ex pareja en un intento de femicidio cometido a fines de diciembre de 2022 en una plaza pública de Villa Bonita, localidad de Campo Ramón.

El juicio contra el albañil de 30 años comenzó y terminó hoy mismo. En la instancia de alegatos el fiscal Juan Pablo Fernández Rissi había solicitado que el imputado sea declarado culpable del delito de “homicidio en gravo de tentativa agravado por el vínculo y por mediar violencia de género” y reciba la pena máxima prevista para esa figura: 15 años de prisión efectiva.

A su turno, el defensor oficial Matías Olivera solicitó que Zuachzer se considere la emoción violenta como circunstancia atenuante y reciba una pena de 2 años de prisión o, en forma subsidiaria, planteó que el imputado reciba la pena mínima prevista para la acusación, es decir, 10 años de prisión.

Después de un cuarto intermedio, el tribunal presidido por el magistrado Horacio Paniagua e integrado por David Milicich y Jorge Villalba (subrogante) dictó sentencia por 15 años de prisión para el imputado, tal lo solicitado por la fiscalía.

Calvario

Noemí Matoso, la víctima del hecho, fue una de las testigos citadas en la causa y esta mañana declaró ante tribunal.

Conmovida por volver a recordar su historia, la joven narró que con Zuachzer mantuvo una relación de pareja durante nueve años, período que calificó como un “infierno”.

“Durante todo ese tiempo sufrí violencia de género, de todo tipo. Golpes, puños, violencia verbal. Me traumó psicológicamente, viví traumada nueve años, fue un infierno vivir con él. Me hacía sentir culpable de todo, siempre me pegaba, me torturaba y me amenazaba”, describió.

Sobre el día el ataque registrado el 22 de diciembre de 2022, Matoso recordó que como ese día hacía mucho calor y su departamento era muy pequeño decidió ir a la plaza de Villa Bonita para tomar tereré con sus tres hijos y su hermana.

“Lo que recuerdo es que estábamos en una escalera de la tribuna, yo estaba de espaldas. Sentí que la persona llegó y me apretó el cuello y me dijo ´te voy a matar´. Ahí sentí la puñalada que me perforó el pulmón. Ahí me desvanecí. Esa persona era Adrián Zuachzer, el que está detenido, mi ex pareja. Escuché y ví que era él. Era imposible no reconocer su voz después de nueve años”, agregó.

De acuerdo a las pruebas pericias incorporadas a la causa, en ese ataque Matoso recibió un total de trece puñaladas en diferentes partes del cuerpo, varias de ellas localizadas en zonas consideradas “vitales” como el tórax y hemitórax, lesiones que dejaron a la víctima al borde de la muerte. El acusado tenía una restricción de acercamiento.

Después del hecho, el violento escapó del lugar y se mantuvo 27 días prófugo, lapso en el cual continuó hostigando a la víctima a través de mensajes de texto. “Saldrás de esa, si te vas me voy con vos, te lo juro y te amo, jamás pensé que llegaríamos a eso. Sos fuerte vas a estar bien”, escribió en uno de los chats mientras la víctima se encontraba en terapia intensiva.

Hoy Zuachzer brindó una escueta declaración en la que se defendió de algunas acusaciones y sobre el hecho relató que en ese momento Matoso todavía era “su señora” y que ese día la encontró a ella con su “mejor amigo”.

FOTO PRINCIPAL: Cristian Valdez – El Territorio.

Intentó matar de 13 puñaladas a su ex y la fiscalía pide 15 años de cárcel

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Intentó matar de 13 puñaladas a su ex y la fiscalía pide 15 años de cárcel

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Esta mañana, en el Tribunal Penal Uno de Oberá, comenzó el juicio oral contra Adrián Francisco Zuachzer (30), detenido e imputado desde diciembre de 2022 por el intento de femicidio cometido en perjuicio de su ex pareja Marcia Noemí Matoso, a quien atacó en una plaza pública de Campo Ramón y asestó trece puñaladas que de milagro no provocaron su muerte. La fiscalía pidió una condena de 15 años de prisión. 

Zuachzer está imputado por “homicidio en gravo de tentativa agravado por el vínculo y por mediar violencia de género” y brindó una breve declaración en la que solamente expresó: “No estuve ninguna vez preso en nueve años. Yo siempre estuve laburando. Era mi señora y ese día vine y le encontré a ella con mi mejor amigo”. 

Infierno

Matoso, la víctima del ataque que casi le cuesta la vida, sí declaró durante largos minutos. Conmovida por volver a recordar su historia, la joven narró que con Zuachzer mantuvo una relación de pareja durante nueve años, período que calificó como un “infierno”.

“Durante todo ese tiempo sufrí violencia de género, de todo tipo. Golpes, puños, violencia verbal. Me traumó psicológicamente, viví traumada nueve años, fue un infierno vivir con él. Me hacía sentir culpable de todo, siempre me pegaba, me torturaba y me amenazaba”, describió.

Sobre el día el ataque registrado el 22 de diciembre de 2022, Matoso recordó que como ese día hacía mucho calor y su departamento era muy pequeño decidió ir a la plaza de Villa Bonita para tomar tereré con sus tres hijos y su hermana.

“Lo que recuerdo es que estábamos en una escalera de la tribuna, yo estaba de espaldas. Sentí que la persona llegó y me apretó el cuello y me dijo ´te voy a matar´. Ahí sentí la puñalada que me perforó el pulmón. Ahí me desvanecí. Esa persona era Adrián Zuachzer, el que está detenido, mi ex pareja. Escuché y ví que era él. Era imposible no reconocer su voz después de nueve años”, relató ante el tribunal presidido por el magistrado Horacio Paniagua e integrado por David Milicich y Jorge Erasmo Villalba (subrogante).

De acuerdo a las pruebas pericias incorporadas a la causa, en ese ataque Matoso recibió un total de trece puñaladas en diferentes partes del cuerpo, varias de ellas localizadas en zonas consideradas “vitales” como el tórax y hemitórax, lesiones que dejaron a la víctima al borde de la muerte. El acusado tenía una restricción de acercamiento.

Noemí Matoso recordó el calvario sufrido durante su relación con el imputado.

Después del hecho, el violento escapó del lugar y se mantuvo 27 días prófugo, lapso en el cual continuó hostigando a la víctima a través de mensajes de texto. “Saldrás de esa, si te vas me voy con vos, te lo juro y te amo, jamás pensé que llegaríamos a eso. Sos fuerte vas a estar bien”, escribió en uno de los chats mientras la víctima se encontraba en terapia intensiva.

Durante su declaración de hoy, Matoso también contó que en una oportunidad previa, mientras se encontraban en Corrientes por un tratamiento médico para una de las dos hijas que tuvieron en común, el hombre la maltrató y cuando ella iba a denunciarlo Zuachzer prendió fuego la vivienda en la que se encontraban.

En el transcurso del debate declararon al menos cinco testigos, entre efectivos policiales, vecinos y familiares tanto de la víctima como del acusado. Cerrada la etapa de incorporación de pruebas, las partes dieron inicio a la ronda de alegatos.

Máxima

El primero en exponer fue el fiscal Juan Pablo Fernández Rissi, quien consideró acreditado el hecho y la autoría en cabeza del imputado. “Semejante nivel de violencia muestran claramente la intención de quitarle la vida”, apuntó el encargado de la acusación, que también hizo hincapié en el historial violento de Zuachzer.

“Zuachzer intentó matar a su ex pareja, intentó matar a la madre de sus hijos. Hasta que no se cansó de atacar a la víctima, no cesó en su accionar. No cabe otra que la máxima que prevé esta figura”, alegó Fernández Rissi y solicitó que el imputado sea condenado a 15 años de prisión.

En último orden expondrá será el turno de la defensa del imputado, encabezada por el defensor oficial Matías Olivera. Luego, se prevé que el tribunal disponga un cuarto intermedio para deliberar la sentencia.

El Tribunal Penal Uno de Oberá es presidido por el magistrado Horacio Paniagua.

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Maestro detenido por abuso había sido denunciado por lo mismo en 2015

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El maestro de 55 años detenido el martes por la tarde tras una serie de denuncias por hechos contra la integridad sexual de sus alumnas enfrentó otra causa judicial de idénticas características en la que terminó sobreseído en 2020, aunque dicha medida no se encuentra firme y puede ser reabierta en virtud del avance de esta nueva investigación.

De acuerdo a lo consignado por fuentes consultadas por La Voz de Misiones, Pedro N. (55), el maestro detenido ayer a la tarde, es el mismo docente que en junio de 2015 fue denunciado por supuestos manoseos en perjuicio de una alumna de quinto grado. 

Aquel episodio, al igual que ahora, ocurrió en el Instituto Adventista Alta Gracia de Posadas y aunque el docente no fue detenido, sí enfrentó una causa judicial por “abuso sexual simple” que duró varios años.

Entre otras coincidencias, en la causa de 2015 también intervino el Juzgado de Instrucción Dos de Posadas, aunque en aquel entonces dicha dependencia estaba a cargo del magistrado César Antonio Yaya, que a mediados de 2018 resolvió dictar la falta de mérito en beneficio del imputado a raíz de falta de pruebas.

El sobreseimiento, en tanto, se resolvió a fines de 2020, con la firma del magistrado Juan Manuel Monte, que tomó las riendas del juzgado luego de que Yaya pasara a integrar el Tribunal Penal Dos de Posadas.

De igual manera, las fuentes consultadas por este diario precisaron que el sobreseimiento no se encuentra firme, ante lo cual la investigación puede volver a tomar impulso. “No es un expediente muerto”, graficaron voceros judiciales.

El caso de 2015 generó revuelvo y manifestaciones a favor y en contra, e incluso hubo padres que se concentraron fuera del colegio para reclamar su inocencia. 

Nueva denuncia y detención

Las nuevas denuncias en contra del docente se radicaron en mayo y junio, aunque los hechos habrían ocurrido en abril. Las acusaciones apuntan contra el maestro por episodios de tocamientos, manoseos y comentarios indebidos, indecorosos y obscenos hacia algunas de sus alumnas, hechos que son considerados contra la integridad sexual y que podrían encuadrarse bajo la figura de abuso sexual simple.

Fue el mismo juez Monte que, al recibir las nuevas denuncias y atento a los hechos previos, ordenó la detención inmediata del implicado, procedimiento que se concretó el martes a la tarde en la zona sur de Posadas y ahora se aguarda que en la jornada del viernes comparezca en audiencia de declaración indagatoria.

Conocida la detención del maestro, desde el Instituto Adventista Alta Gracia emitieron un comunicado en el que alegaron haber activado de “manera inmediata” los protocolos correspondientes e incluso formularon una denuncia por el caso y desvincularon al implicado.

“Deseamos dejar en claro que las conductas denunciadas, resultan absolutamente incompatibles con los principios, valores y estándares éticos que promueve y sostiene la educación adventista”, expresaron.

Desvincularon al docente denunciado y detenido por abuso en escuela de Posadas

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