Judiciales
Fundamentos del fallo contra los Kiczka: “Cada uno actuó de manera autónoma”
“Del análisis del material probatorio incorporado al proceso se desprende que cada uno de los imputados actuó de manera autónoma, haciendo uso individual del equipo y descargando, almacenando y conservando material ilícito sin coordinación funcional ni acuerdo de voluntades entre ellos”, concluye el magistrado Gustavo Bernie, con la adhesión de su par César Yaya, en un apartado del escrito de 146 páginas en el que volcaron los fundamentos de la sentencia que el Tribunal Penal Uno de Posadas dictó contra los hermanos Germán y Sebastián Kiczka, condenados a 14 y 12 años de prisión, respectivamente, por delitos asociados a archivos Masi.
Los jueces coincidieron al dar por acreditada la teoría del caso confeccionada por la fiscalía, como así también en desestimar la inimputabilidad de Sebastián Kiczka, sobre quien en un punto consideraron que su autoincriminación era “carente de detalles verificables”, “desprovista de todo respaldo documental o pericial” y constituía “un intento de desviar la imputación penal a su propia persona, con el propósito evidente de exonerar a su hermano Germán”.
En el documento se hace un repaso de absolutamente toda la causa, desde el requerimiento de elevación a juicio formulado por la fiscal Silvia Barronis, hasta todo lo ventilado en el debate oral llevado adelante entre el 31 de marzo y el 16 de abril, para, finalmente llegar a las conclusiones, con el análisis de las pruebas ponderadas, el marco jurídico imperante y las consideraciones que fueron tenidas en cuenta para alcanzar los montos de pena a aplicar, donde hubo discrepancia con Viviana Cukla, tercera integrante del tribunal.
“Me encuentro en condiciones de afirmar con certeza, que la parte fiscal ha logrado acreditar su hipótesis acusatoria, desvirtuando así la presunción de inocencia que ampara a los acusados”, adelanta Bernie, apenas comienza a desarrollar su extenso voto.
Después de ello, siguiendo el esquema expuesto por los fiscales Martín Rau y Vladimir Glinka, realiza un desglose de cada uno de los dispositivos electrónicos incautados en la investigación, delimitando a quién pertenecía cada cual y qué contenidos fueron encontrados en cada uno de ellos, para luego contraponer toda esa información con las declaraciones defensivas efectuadas por los imputados.

Los jueces César Yaya y Gustavo Bernie votaron coincidentemente; Viviana Cukla discrepó en algunos puntos del fallo.
Dispositivos y “acciones paralelas”
En una de sus consideraciones, el presidente del TP Uno hace especial hincapié en la computadora Acer secuestrada en la casa familiar de los Kiczka, aparato que los fiscales calificaron como “la computadora llave”, ya que fue la prueba madre de todo el resto de la investigación.
“A lo largo del debate, Sebastián incurrió en contradicciones manifiestas, primero señalando -según el informe actuarial de (se reserva nombre de testigo)- que una computadora Acer pertenecía a Germán, para luego declarar ante el tribunal que era suya. Esta actitud procesal, orientada a asumir responsabilidad en forma inconsistente y sin correspondencia con los datos técnicos recabados, disminuye notablemente la credibilidad de sus dichos y los torna jurídicamente ineficaces como descargo válido”, analiza Bernie.
En otro punto, el juez también confronta la versión dada por los acusados sobre un “desconocimiento” sobre el funcionamiento pleno de la aplicación E-mule, herramienta mediante la cual se descargaban y facilitaban gran parte de los 913 archivos Masi detectados en la causa.
“Quedó demostrado que el uso de dicha aplicación no requiere conocimientos informáticos especializados, y que su operatividad resulta accesible incluso para usuarios con habilidades tecnológicas básicas. De este modo, la evidencia visual que proporciona la pestaña de monitoreo del tráfico de archivos -visible en todo momento- permite afirmar, sin hesitación, que los imputados no podían desconocer que el material que descargaban era simultáneamente compartido con otros integrantes de la red”, respondió el magistrado.

Germán Kiczka recibió la mayor condena: 14 años de prisión por tenencia, facilitación y distribución de archivos Masi.
Un punto que marcó diferencia en la condena contra ambos hermanos fue que al ex diputado provincial, además de tenencia y facilitación de archivos Masi, también se le atribuyó un hecho de distribución, mientras que a Sebastián no.
Bernie también se detuvo en ese punto y consideró que “el hecho se presenta como doloso, en tanto Germán Kizcka tenía pleno conocimiento del contenido del archivo -cuya denominación es reveladora- y voluntad de compartirlo a través de un canal de mensajería directa, lo que denota la intencionalidad inequívoca de ponerlo a disposición de un tercero”.
Es en base a todo ese análisis independiente realizado sobre cada dispositivo y sobre cada conducta evidenciada por los imputados que Bernie arriba a la conclusión mencionada al comienzo de esta nota y detalla: “En el caso de Germán Kiczka, se constataron actividades reiteradas en la notebook ACER, notebook Lenovo, teléfono celular Samsung modelo S22 y pendrive identificado como “Fiat”. En el caso de Sebastián Kiczka, se verificó la existencia de archivos ilícitos en la notebook ACER, pendrive marca “Sandisk” y dispositivo óptico “CD 127”.
En tanto que, agrega, “a ello se suman patrones de búsqueda diferenciados, rutas de almacenamiento específicas y sesiones de uso separadas, lo que demuestra la existencia de acciones paralelas, pero no concertadas”.
Sebastián e imputabilidad
Sobre la discusión en torno a la salud mental de Sebastián Kiczka, Bernie también fue tajante: “Las pericias psiquiátricas incorporadas en el expediente no concluyen que Sebastián Kiczka padezca una psicosis, un estado de alienación mental o un cuadro de enajenación que haya anulado su capacidad de culpabilidad”.
“Por el contrario, de las constancias del proceso surge que el acusado conservaba su comprensión del injusto y su autodeterminación al momento del hecho. No solo no se acredita un trastorno severo, sino que el comportamiento del imputado revela un accionar planificado, metódico y orientado al ocultamiento del material ilícito, lo que resulta incompatible con cualquier estado de descontrol o falta de comprensión”, refuerza.
Todo ello también se valoró, además de la declaración de la víctima y otras pruebas, para dar por acreditado un hecho de abuso sexual simple de Sebastián contra una adolescente.
De allí Bernie avanza en las consideraciones finales, entre el marco legal, agravantes y atenuantes tenidos en cuenta a la hora de decir la pena final para ambos imputados, todo lo cual contó con la adhesión de César Yaya.

Los jueces consideraron que Sebastián Kiczka intentó desviar la imputación y exonerar a su hermano.
Disidencia
Quien discrepó con parte de las argumentos de sus pares fue Viviana Cukla, quien, por ejemplo, consideró que no correspondía la aplicación del concurso real en los hechos atribuidos a los imputados y valoró contrariamente el estado de salud mental de Sebastián Kiczka.
Sobre el mayor de los hermanos, la magistrada esgrimió que “la prueba rendida en juicio permite concluir que Sebastián Kiczka no contaba con plena capacidad psíquica para dirigir su conducta conforme al derecho” y apuntó que “presenta una parafilia estructural persistente, acompañada de un trastorno de ansiedad severo, con rasgos depresivos, paranoides y esquizotípicos, todos ellos descriptos y fundados técnicamente en la pericia oficial”.
“Esta confluencia de padecimientos clínicos no suprime su imputabilidad, pero sí afecta sustancialmente su culpabilidad, en los términos exigidos por el juicio de reproche penal”, añade y cierra: “Esta circunstancia debe traducirse en una pena reducida, dentro del marco legal previsto, o bien en la adopción de medidas sustitutivas que, junto a la sanción penal, contemplen su abordaje terapéutico”.
Es por ello que Cukla consideró que lo correspondiente eran penas de 8 de prisión para Germán y 6 para Sebastián, aunque por mayoría se impuso la decisión de Bernie y Yaya, quienes se inclinaron por condenas más próximas al pedido de la fiscalía e impusieron 14 y 12 años de cárcel, respectivamente, para los hermanos apostoleños.
FOTO PRINCIPAL: Marcos Otaño – Canal 12.
Los Kiczka y su esquema de archivos Masi, desentrañado por los fiscales
Judiciales
Crimen del penitenciario Argüello: preventiva para la hermana y la pareja
El Juzgado de Instrucción Siete de Posadas, a cargo del magistrado Miguel Mattos, resolvió en las últimas horas el dictado de prisión preventiva contra las dos mujeres detenidas por el asesinato del agente penitenciario Julio César Argüello (45), registrado en febrero pasado.
Las implicadas son Rosa Lidia Argüello (54), hermana de la víctima, quien enfrenta una acusación como autora del delito de “homicidio simple” -que prevé entre 8 y 25 años de prisión-, y Paola Z. (35), última pareja del penitenciario, cuya imputación es por “encubrimiento agravado por tratarse de un delito grave”.
El agente penitenciario que se desempeñaba como adscripto en el ministerio de Derechos Humanos fue atacado el 6 de febrero en su casa sobre calle Puerto Rico, a metros de la residencia del gobernador en el barrio Luis Piedra Buena de Posadas.
El hecho fue alertado por la propia hermana, quien llamó a una ambulancia para auxiliar al agente que estaba herido dentro de la vivienda.
El hombre fue trasladado al hospital Madariaga y quedó internado en grave estado de salud hasta que el jueves 12 de febrero se produjo su fallecimiento, ante lo cual se realizó un examen de autopsia que confirmó que la lesión sufrida correspondía a un balazo y el caso pasó a ser investigado como homicidio.
Desde el principio hubo más dudas que certezas en cuanto a las circunstancias del hecho, pero después del estudio forense la Justicia pudo avanzar con más elementos y en la pesquisa recolectó indicios que colocaron a su hermana bajo la lupa.
Entre esos elementos sobresalen imágenes de una cámara de seguridad que la muestran ingresar a la vivienda de la víctima en un horario cercano al hecho y otro indicio más directo aún: un revólver calibre 32 encontrado en la casa de sus padres, donde la mujer reside, en calles Ghandi y Jerusalén, en cercanías a la estación transferencias Quaranta.
El arma, que además tenía una vaina percutada, fue incautada por el personal de la Dirección Científica para ser sometido a pericias.
Respecto a la pareja de la víctima, también cuenta con imágenes de seguridad que la muestran en el inmueble en cuestión y se sospecha que su intervención fue clave para limpiar la escena.
Crimen del penitenciario: su hermana se abstuvo y su pareja negó complicidad
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Passalacqua propuso al fiscal Andrés Poujade para integrar el STJ
El gobernador Hugo Passalacqua elevó la propuesta del fiscal Andrés Poujade para ocupar un lugar en el Superior Tribunal de Justicia (STJ) de Misiones, en el marco del proceso institucional para cubrir una vacante en el máximo órgano judicial de la provincia.
De acuerdo a lo comunicado, la postulación resalta el perfil académico y la trayectoria judicial de Poujade, actual fiscal de Cámara en lo Penal y de Menores de Misiones, cargo al que accedió en 2013 mediante concurso público y posterior acuerdo legislativo.
Nacido en Posadas, Poujade es abogado egresado de la Universidad de Buenos Aires y cuenta con estudios de posgrado en el país y en el exterior. Entre sus antecedentes académicos figura una maestría en Derecho Francés y Europeo de Negocios y Nuevas Tecnologías cursada en Francia.
También destaca su participación en instancias de formación vinculadas al derecho penal, derechos humanos, políticas públicas y gestión judicial, además de su paso por la docencia universitaria.
En el ámbito institucional, además de desempeñarse como fiscal de Cámara, Poujade integra como vocal titular el Tribunal Electoral de Misiones.
Desde el Ejecutivo provincial señalaron que la propuesta apunta a fortalecer el Poder Judicial con perfiles que combinen experiencia, formación y trayectoria dentro del sistema judicial misionero.
La nominación deberá seguir ahora el procedimiento institucional correspondiente para su tratamiento legislativo y su designación cubriría la vacante que dejó Ramona Velázquez, tras su renuncia por jubilación el año pasado.
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Un misionero prófugo y dos detenidos en causa federal por tráfico de éxtasis
Una investigación de la Justicia Federal de San Martín (Buenos Aires) por el tráfico de 18,5 kilogramos de pastillas de éxtasis valuadas en $650 millones tiene a Misiones como uno de los puntos centrales de la maniobra, con al menos tres personas oriundas de la provincia involucradas y una hipótesis judicial que ubica a la Triple Frontera como nueva vía de ingreso de drogas sintéticas al país.
En la causa se contabilizan dos prófugos y uno de ellos es Dyonathan Leonardo da Silva, de 31 años, oriundo de Oberá e hijo de un pastor, sobre quien pesa un pedido de captura internacional y una recompensa oficial de 5 millones de pesos para quien aporte datos que permitan localizarlo. El otro involucrado que elude a la Justicia es Ernesto Lionel Godoy, con último domicilio en la Ciudad de Buenos Aires.
Según la investigación, ambos aparecen vinculados a una estructura que habría coordinado el envío de un cargamento de comprimidos de alto poder desde el norte del país hacia Buenos Aires, con presunto origen en Paraguay o Brasil. Los investigadores sostienen que la ruta utilizada muestra un desplazamiento del tráfico de drogas sintéticas hacia corredores vinculados con la Triple Frontera.
El portal porteño Infobae reconstruyó que la causa se originó el 29 de mayo de 2025, cuando personal de Gendarmería Nacional Argentina (GNA) detectó una encomienda sospechosa durante un control en el kilómetro 240 de la ruta nacional 14, en la provincia de Entre Ríos. El paquete había sido despachado desde Puerto Esperanza y tenía como destino el partido bonaerense de San Martín. Un perro detector marcó la carga y permitió hallar las pastillas ocultas en el interior del envío.
Por ese tramo de la causa quedaron procesados otros dos misioneros, Ruth Engel (26) y su pareja Juan Sandobal, ambos oriundos de Puerto Esperanza. De acuerdo con el expediente, fueron señalados por empleados de la empresa de transporte utilizada para despachar la encomienda y permanecen con prisión preventiva y embargo de 15 millones de pesos cada uno.

El misionero entre los más buscados del país.
El gendarme y la pista
La resolución judicial también menciona la intervención de un gendarme nacido en Misiones, actualmente radicado en San Miguel, provincia de Buenos Aires, quien habría sido convocado para retirar el paquete una vez arribado al conurbano bonaerense. Según declaró, aceptó realizar el traslado a cambio de 50 mil pesos, bajo la explicación de que se trataba de una caja con perfumes.
El efectivo fue detenido en la sucursal donde debía retirar la encomienda, aunque luego obtuvo falta de mérito tras entregar su teléfono celular y aportar información sobre el contacto que lo convocó, identificado por la Justicia como Sandobal.
En paralelo, la pesquisa vincula a Da Silva con el número telefónico usado para recibir el cargamento y con la importación de una máquina para fabricar pastillas adquirida en Hong Kong, elemento que abrió otra línea de investigación sobre una posible estructura de producción o fraccionamiento.
La jueza federal Alicia Vence y el secretario Juan Ignacio Furia sostienen que los movimientos detectados entre Misiones, Paraguay, Brasil y Buenos Aires consolidan una nueva modalidad de tráfico de drogas sintéticas, con la provincia de Misiones como punto de salida dentro del circuito investigado.
Cayó gendarme que fue a retirar 18 kilos de éxtasis enviados desde Misiones
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