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Fundamentos del fallo contra los Kiczka: “Cada uno actuó de manera autónoma”

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“Del análisis del material probatorio incorporado al proceso se desprende que cada uno de los imputados actuó de manera autónoma, haciendo uso individual del equipo y descargando, almacenando y conservando material ilícito sin coordinación funcional ni acuerdo de voluntades entre ellos”, concluye el magistrado Gustavo Bernie, con la adhesión de su par César Yaya, en un apartado del escrito de 146 páginas en el que volcaron los fundamentos de la sentencia que el Tribunal Penal Uno de Posadas dictó contra los hermanos Germán y Sebastián Kiczka, condenados a 14 y 12 años de prisión, respectivamente, por delitos asociados a archivos Masi.

Los jueces coincidieron al dar por acreditada la teoría del caso confeccionada por la fiscalía, como así también en desestimar la inimputabilidad de Sebastián Kiczka, sobre quien en un punto consideraron que su autoincriminación era “carente de detalles verificables”, “desprovista de todo respaldo documental o pericial” y constituía “un intento de desviar la imputación penal a su propia persona, con el propósito evidente de exonerar a su hermano Germán”.

En el documento se hace un repaso de absolutamente toda la causa, desde el requerimiento de elevación a juicio formulado por la fiscal Silvia Barronis, hasta todo lo ventilado en el debate oral llevado adelante entre el 31 de marzo y el 16 de abril, para, finalmente llegar a las conclusiones, con el análisis de las pruebas ponderadas, el marco jurídico imperante y las consideraciones que fueron tenidas en cuenta para alcanzar los montos de pena a aplicar, donde hubo discrepancia con Viviana Cukla, tercera integrante del tribunal.

“Me encuentro en condiciones de afirmar con certeza, que la parte fiscal ha logrado acreditar su hipótesis acusatoria, desvirtuando así la presunción de inocencia que ampara a los acusados”, adelanta Bernie, apenas comienza a desarrollar su extenso voto.

Después de ello, siguiendo el esquema expuesto por los fiscales Martín Rau y Vladimir Glinka, realiza un desglose de cada uno de los dispositivos electrónicos incautados en la investigación, delimitando a quién pertenecía cada cual y qué contenidos fueron encontrados en cada uno de ellos, para luego contraponer toda esa información con las declaraciones defensivas efectuadas por los imputados.

Los jueces César Yaya y Gustavo Bernie votaron coincidentemente; Viviana Cukla discrepó en algunos puntos del fallo.

Dispositivos y “acciones paralelas”

En una de sus consideraciones, el presidente del TP Uno hace especial hincapié en la computadora Acer secuestrada en la casa familiar de los Kiczka, aparato que los fiscales calificaron como “la computadora llave”, ya que fue la prueba madre de todo el resto de la investigación.

“A lo largo del debate, Sebastián incurrió en contradicciones manifiestas, primero señalando -según el informe actuarial de (se reserva nombre de testigo)- que una computadora Acer pertenecía a Germán, para luego declarar ante el tribunal que era suya. Esta actitud procesal, orientada a asumir responsabilidad en forma inconsistente y sin correspondencia con los datos técnicos recabados, disminuye notablemente la credibilidad de sus dichos y los torna jurídicamente ineficaces como descargo válido”, analiza Bernie.

En otro punto, el juez también confronta la versión dada por los acusados sobre un “desconocimiento” sobre el funcionamiento pleno de la aplicación E-mule, herramienta mediante la cual se descargaban y facilitaban gran parte de los 913 archivos Masi detectados en la causa.

“Quedó demostrado que el uso de dicha aplicación no requiere conocimientos informáticos especializados, y que su operatividad resulta accesible incluso para usuarios con habilidades tecnológicas básicas. De este modo, la evidencia visual que proporciona la pestaña de monitoreo del tráfico de archivos -visible en todo momento- permite afirmar, sin hesitación, que los imputados no podían desconocer que el material que descargaban era simultáneamente compartido con otros integrantes de la red”, respondió el magistrado.

Germán Kiczka recibió la mayor condena: 14 años de prisión por tenencia, facilitación y distribución de archivos Masi.

Un punto que marcó diferencia en la condena contra ambos hermanos fue que al ex diputado provincial, además de tenencia y facilitación de archivos Masi, también se le atribuyó un hecho de distribución, mientras que a Sebastián no.

Bernie también se detuvo en ese punto y consideró que “el hecho se presenta como doloso, en tanto Germán Kizcka tenía pleno conocimiento del contenido del archivo -cuya denominación es reveladora- y voluntad de compartirlo a través de un canal de mensajería directa, lo que denota la intencionalidad inequívoca de ponerlo a disposición de un tercero”.

Es en base a todo ese análisis independiente realizado sobre cada dispositivo y sobre cada conducta evidenciada por los imputados que Bernie arriba a la conclusión mencionada al comienzo de esta nota y detalla: “En el caso de Germán Kiczka, se constataron actividades reiteradas en la notebook ACER, notebook Lenovo, teléfono celular Samsung modelo S22 y pendrive identificado como “Fiat”. En el caso de Sebastián Kiczka, se verificó la existencia de archivos ilícitos en la notebook ACER, pendrive marca “Sandisk” y dispositivo óptico “CD 127”.

En tanto que, agrega, “a ello se suman patrones de búsqueda diferenciados, rutas de almacenamiento específicas y sesiones de uso separadas, lo que demuestra la existencia de acciones paralelas, pero no concertadas”.

Sebastián e imputabilidad

Sobre la discusión en torno a la salud mental de Sebastián Kiczka, Bernie también fue tajante: “Las pericias psiquiátricas incorporadas en el expediente no concluyen que Sebastián Kiczka padezca una psicosis, un estado de alienación mental o un cuadro de enajenación que haya anulado su capacidad de culpabilidad”.

“Por el contrario, de las constancias del proceso surge que el acusado conservaba su comprensión del injusto y su autodeterminación al momento del hecho. No solo no se acredita un trastorno severo, sino que el comportamiento del imputado revela un accionar planificado, metódico y orientado al ocultamiento del material ilícito, lo que resulta incompatible con cualquier estado de descontrol o falta de comprensión”, refuerza.

Todo ello también se valoró, además de la declaración de la víctima y otras pruebas, para dar por acreditado un hecho de abuso sexual simple de Sebastián contra una adolescente.

De allí Bernie avanza en las consideraciones finales, entre el marco legal, agravantes y atenuantes tenidos en cuenta a la hora de decir la pena final para ambos imputados, todo lo cual contó con la adhesión de César Yaya.

Los jueces consideraron que Sebastián Kiczka intentó desviar la imputación y exonerar a su hermano.

Disidencia

Quien discrepó con parte de las argumentos de sus pares fue Viviana Cukla, quien, por ejemplo, consideró que no correspondía la aplicación del concurso real en los hechos atribuidos a los imputados y valoró contrariamente el estado de salud mental de Sebastián Kiczka.

Sobre el mayor de los hermanos, la magistrada esgrimió que “la prueba rendida en juicio permite concluir que Sebastián Kiczka no contaba con plena capacidad psíquica para dirigir su conducta conforme al derecho” y apuntó que “presenta una parafilia estructural persistente, acompañada de un trastorno de ansiedad severo, con rasgos depresivos, paranoides y esquizotípicos, todos ellos descriptos y fundados técnicamente en la pericia oficial”.

Esta confluencia de padecimientos clínicos no suprime su imputabilidad, pero sí afecta sustancialmente su culpabilidad, en los términos exigidos por el juicio de reproche penal”, añade y cierra: “Esta circunstancia debe traducirse en una pena reducida, dentro del marco legal previsto, o bien en la adopción de medidas sustitutivas que, junto a la sanción penal, contemplen su abordaje terapéutico”.

Es por ello que Cukla consideró que lo correspondiente eran penas de 8 de prisión para Germán y 6 para Sebastián, aunque por mayoría se impuso la decisión de Bernie y Yaya, quienes se inclinaron por condenas más próximas al pedido de la fiscalía e impusieron 14 y 12 años de cárcel, respectivamente, para los hermanos apostoleños.

FOTO PRINCIPAL: Marcos Otaño – Canal 12.

Los Kiczka y su esquema de archivos Masi, desentrañado por los fiscales

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Ex penitenciario irá a juicio por el crimen a martillazos de una jubilada

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El magistrado Juan Manuel Monte, titular del Juzgado de Instrucción Dos de Posadas, decretó en las últimas horas la elevación a juicio de la causa por el femicidio de la jubilada Amanda Müller (70), perpetrado un año atrás en Santa Ana, y el expediente ya fue remitido al Tribunal Penal Uno de la capital provincial.

De acuerdo a fuentes consultadas por La Voz de Misiones, en el requerimiento de elevación a juicio se dispuso que el único acusado del hecho, el ex agente penitenciario Sebastián Isaías Keller (31), responda bajo la imputación de homicidio agravado por violencia de género (femicidio), figura contemplada por el artículo 80, inciso 11, del Código Penal de la Nación, y que prevé una pena de prisión perpetua.

Las mismas fuentes indicaron que el expediente ya fue remitido al Tribunal Penal Uno de Posadas, cuyas autoridades ahora deberán fijar fecha en su agenda para realización del debate oral y público.

El auto de la víctima fue encontrado días después en Posadas.

El caso

El femicidio de Müller fue descubierto el 18 de enero de 2025, en horas de la tarde, cuando vecinos del barrio Parque Industrial de Santa Ana alertaron sobre la presencia de un cadáver dentro de un inmueble de la zona.

Al llegar, los efectivos locales se toparon con el cuerpo de la dueña de casa masacrada a golpes. La autopsia luego estableció que la víctima recibió al menos diez martillazos que le fracturaron el cráneo y otras tantas heridas cortantes en la espalda que le perforaron un pulmón.

Tras las primeras averiguaciones, quien quedó bajo la lupa fue Keller, un ex penitenciario dado de baja en diciembre de 2024 por “conductas incompatibles” y que en el último tiempo se había convertido en un hombre de extrema confianza para Müller.

La relación entre ambos era tal que la mujer le encomendaba trabajos domésticos y mandados a Keller, además de que planeaba alquilarle su casa y que ese 16 de enero almorzaron juntos, según los últimos movimientos que pudieron reconstruir en ese momento los investigadores que intervinieron el caso bajo la supervisión del juez Monte.

Incluso, los pesquisas determinaron que ese mismo día el sospechoso llegó a la casa de su novia en Posadas totalmente ensangrentado y alegó haberse peleado con el presunto comprador de un auto que tenía en venta.

Tras quedar bajo la lupa, la Policía desplegó operativos en toda la provincia y el domingo 19 de enero, a la madrugada, detuvieron al sospechoso en Colonia Aurora, donde tenía previsto viajar para pasar el fin de semana junto a familiares.

Al momento de su detención, Keller iba al mando de un automóvil Volkswagen y en compañía de su novia. La joven, de 28 años, fue demorada inicialmente pero ya recuperó la libertad tras la constatación de antecedentes y fue desvinculada de la causa.

Dentro de ese auto incautaron una mochila que contenía 1,8 millones de pesos, dinero que se supone fue robado a Müller, además del Peugeot 208 negro, dominio AG-914-NL, que recién fue encontrado el 23 de enero en una vivienda de la comunidad gitana en Posadas.

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Juzgan a Polaquito Ferreyra, acusado de matar a un amigo y violar a la novia

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Polaquito Ferreyra

Tras la suspensión de la semana pasada, el Tribunal Penal Uno de Eldorado fijó para este martes a las 8.30 la nueva fecha de inicio del juicio oral contra Nazareno “Polaquito” Ferreyra (38), acusado de asesinar a su amigo Bruno Mendez (21) y violar a la novia de éste dentro de una casa del barrio Villa Alta de Puerto Iguazú, en uno de los crímenes más resonantes de los últimos años en la provincia.

El implicado, de 38 años, está imputado por “homicidio doblemente calificado por ensañamiento y criminis causa” en perjuicio de Mendez y por “abuso sexual con acceso carnal agravado por el uso de arma y privación ilegítima de la libertad agravada” en perjuicio de la muchacha.

Bajo esos cargos, que pueden significarle una pena de prisión perpetua al final del proceso, Polaquito enfrentará el debate oral que prevé una extensión de al menos tres jornadas y la participación de una quincena de testigos que fueron citados para prestar declaración.

El hecho que se ventilará en debate oral se registró el 4 de abril de 2022, en una vivienda del barrio Villa Alta de Puerto Iguazú y se descubrió a partir de que la joven abusada pudo escapar de su captor para pedir ayuda a los vecinos de la zona.

La reconstrucción del caso indica que esa madrugada Ferreyra estuvo compartiendo una ronda de tragos en su casa con Mendez y la novia de éste, de 18 años.

En determinado momento de la noche, se estima que Mendez le pidió al dueño de casa una habitación para tener intimidad con su novia y el acusado accedió, aunque luego intentó participar del encuentro sexual.

En esa instancia, se desató una pelea entre Mendez y Ferreyra, que alcanzó a tomar un cuchillo e hirió de al menos cuatro estocadas a su contrincante.

Bruno Mendez recibió al menos cuatro estocadas durante el ataque de su amigo.

Después de ello, el hombre abusó sexualmente de la joven y a la mañana siguiente se dispuso a esconder el cadáver de su amigo, pero la muchacha logró aprovechar un descuido suyo para escapar junto su bebé de un año.

Allí el acusado intentó darse a la fuga, pero fue detenido a los pocos minutos por una comisión policial.

Al momento de prestar declaración indagatoria, el acusado dio vuelta la versión de los hechos, afirmando que la relación sexual con la joven fue consentida y que a Mendez lo mató en defensa propia ya que él fue agredido en primera instancia. “Me defendí y me fui de mambo, me pasé”, declaró.

La joven sobreviviente luego dialogó con el canal CVI Noticias 5 de Iguazú y dio un testimonio que contrasta severamente con la versión del acusado: “Toda la noche abusó de mí. Mi hijo estaba cerca de nosotros y en un momento le pasó el cuchillo por el cuerpo de mi bebé para que yo le tratara con cariño. Me dijo que si no le hacía sentir placer, lo iba a matar”.

Ferreyra fue procesado con prisión preventiva en mayo 2022 y desde ese momento está preso en la Unidad Penal VII de Cerro Azul.

Además del testimonio de la sobreviviente, en la causa también obran informes periciales que confirman la presencia del perfil genético de Ferreyra tanto en el cuchillo utilizado para matar a Mendez, como en el cuerpo de la joven abusada sexualmente.

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Abogado de intendente denunciado por abuso: “Estaríamos ante una fábula”

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Sergio Báez, el abogado de Mario Peyer, el intendente de Caraguatay que hoy retomó su cargo tras pedirse 30 días de licencia para ponerse a disposición de la Justicia por una denuncia por abuso sexual que pesaba en su contra, calificó el caso como una “falsa denuncia” y apuntó que la presentación en contra de su cliente consistió en una “fábula” por parte de la presunta víctima.

Las declaraciones de Báez se dieron esta mañana, en paralelo al pedido de sobreseimiento total y definitivo de Peyer solicitado por Héctor Simón, titular de la Fiscalía de Instrucción Uno de Puerto Rico, interviniente en el expediente abierto en febrero pasado cuando se radicó la denuncia contra el jefe comunal.

“Hoy tuvimos varias novedades. Una fue el pedido de sobreseimiento total y definitivo del intendente Mario Peyer. Lógicamente el juez (Manuel Balanda Gómez) va a correr traslado a la querella y a las otras partes, para después tomar su decisión. Al ser el fiscal el dueño de la acción pública, esto es un tema prácticamente consumado”, aseveró Báez, en diálogo con Radio República.

Sobre el desarrollo de la causa en sí, el letrado consideró que “nos encontramos con una falsa denuncia, pero hemos demostrado que el intendente es inocente” y detalló que “hoy se agregaron las pericias psicológicas que establecen que la denuncian recurre a la fabulación y a la sobreactuación de sus síntomas como estrategia defensiva y tiende a reinterpretar su vivencia”.

“Esto significa que tiene un cuadro de magnificación y fabulación instrumental. Estos indicadores están en contra de una persona que haya sufrido un trauma de abuso sexual. Es decir, estaríamos ante una fábula”, resumió.

Báez también sostuvo que, en el marco de la investigación y análisis de pruebas, del teléfono de la denunciante se recuperó una grabación donde advierten que al momento de efectuar la presentación contra Peyer sus dichos estuvieron “semidirigidos” por su abogada.

“La víctima puede ir acompañada porque se siente protegida, pero lo que no puede pasar es que esa persona que la acompaña semidirija la denuncia acotando datos y solicitando que se agregue datos. Esa otra persona es la abogada de la supuesta víctima”, precisó.

“A pesar de eso, nosotros, durante todo el proceso, como estrategia defensiva, tratamos de ofrecer todo tipo de pruebas. Testigos, lugares donde podían haber cámaras y más”, agregó y explicó que en esa labor buscaron fotografías tomadas en fechas cercanas a los hechos denunciados para “demostrar que ni la denunciante ni el intendente presentaban signos de golpes o marcas en sus cuerpos como se señaló en la primera denuncia”.

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