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Fundamentos del fallo contra los Kiczka: “Cada uno actuó de manera autónoma”

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“Del análisis del material probatorio incorporado al proceso se desprende que cada uno de los imputados actuó de manera autónoma, haciendo uso individual del equipo y descargando, almacenando y conservando material ilícito sin coordinación funcional ni acuerdo de voluntades entre ellos”, concluye el magistrado Gustavo Bernie, con la adhesión de su par César Yaya, en un apartado del escrito de 146 páginas en el que volcaron los fundamentos de la sentencia que el Tribunal Penal Uno de Posadas dictó contra los hermanos Germán y Sebastián Kiczka, condenados a 14 y 12 años de prisión, respectivamente, por delitos asociados a archivos Masi.

Los jueces coincidieron al dar por acreditada la teoría del caso confeccionada por la fiscalía, como así también en desestimar la inimputabilidad de Sebastián Kiczka, sobre quien en un punto consideraron que su autoincriminación era “carente de detalles verificables”, “desprovista de todo respaldo documental o pericial” y constituía “un intento de desviar la imputación penal a su propia persona, con el propósito evidente de exonerar a su hermano Germán”.

En el documento se hace un repaso de absolutamente toda la causa, desde el requerimiento de elevación a juicio formulado por la fiscal Silvia Barronis, hasta todo lo ventilado en el debate oral llevado adelante entre el 31 de marzo y el 16 de abril, para, finalmente llegar a las conclusiones, con el análisis de las pruebas ponderadas, el marco jurídico imperante y las consideraciones que fueron tenidas en cuenta para alcanzar los montos de pena a aplicar, donde hubo discrepancia con Viviana Cukla, tercera integrante del tribunal.

“Me encuentro en condiciones de afirmar con certeza, que la parte fiscal ha logrado acreditar su hipótesis acusatoria, desvirtuando así la presunción de inocencia que ampara a los acusados”, adelanta Bernie, apenas comienza a desarrollar su extenso voto.

Después de ello, siguiendo el esquema expuesto por los fiscales Martín Rau y Vladimir Glinka, realiza un desglose de cada uno de los dispositivos electrónicos incautados en la investigación, delimitando a quién pertenecía cada cual y qué contenidos fueron encontrados en cada uno de ellos, para luego contraponer toda esa información con las declaraciones defensivas efectuadas por los imputados.

Los jueces César Yaya y Gustavo Bernie votaron coincidentemente; Viviana Cukla discrepó en algunos puntos del fallo.

Dispositivos y “acciones paralelas”

En una de sus consideraciones, el presidente del TP Uno hace especial hincapié en la computadora Acer secuestrada en la casa familiar de los Kiczka, aparato que los fiscales calificaron como “la computadora llave”, ya que fue la prueba madre de todo el resto de la investigación.

“A lo largo del debate, Sebastián incurrió en contradicciones manifiestas, primero señalando -según el informe actuarial de (se reserva nombre de testigo)- que una computadora Acer pertenecía a Germán, para luego declarar ante el tribunal que era suya. Esta actitud procesal, orientada a asumir responsabilidad en forma inconsistente y sin correspondencia con los datos técnicos recabados, disminuye notablemente la credibilidad de sus dichos y los torna jurídicamente ineficaces como descargo válido”, analiza Bernie.

En otro punto, el juez también confronta la versión dada por los acusados sobre un “desconocimiento” sobre el funcionamiento pleno de la aplicación E-mule, herramienta mediante la cual se descargaban y facilitaban gran parte de los 913 archivos Masi detectados en la causa.

“Quedó demostrado que el uso de dicha aplicación no requiere conocimientos informáticos especializados, y que su operatividad resulta accesible incluso para usuarios con habilidades tecnológicas básicas. De este modo, la evidencia visual que proporciona la pestaña de monitoreo del tráfico de archivos -visible en todo momento- permite afirmar, sin hesitación, que los imputados no podían desconocer que el material que descargaban era simultáneamente compartido con otros integrantes de la red”, respondió el magistrado.

Germán Kiczka recibió la mayor condena: 14 años de prisión por tenencia, facilitación y distribución de archivos Masi.

Un punto que marcó diferencia en la condena contra ambos hermanos fue que al ex diputado provincial, además de tenencia y facilitación de archivos Masi, también se le atribuyó un hecho de distribución, mientras que a Sebastián no.

Bernie también se detuvo en ese punto y consideró que “el hecho se presenta como doloso, en tanto Germán Kizcka tenía pleno conocimiento del contenido del archivo -cuya denominación es reveladora- y voluntad de compartirlo a través de un canal de mensajería directa, lo que denota la intencionalidad inequívoca de ponerlo a disposición de un tercero”.

Es en base a todo ese análisis independiente realizado sobre cada dispositivo y sobre cada conducta evidenciada por los imputados que Bernie arriba a la conclusión mencionada al comienzo de esta nota y detalla: “En el caso de Germán Kiczka, se constataron actividades reiteradas en la notebook ACER, notebook Lenovo, teléfono celular Samsung modelo S22 y pendrive identificado como “Fiat”. En el caso de Sebastián Kiczka, se verificó la existencia de archivos ilícitos en la notebook ACER, pendrive marca “Sandisk” y dispositivo óptico “CD 127”.

En tanto que, agrega, “a ello se suman patrones de búsqueda diferenciados, rutas de almacenamiento específicas y sesiones de uso separadas, lo que demuestra la existencia de acciones paralelas, pero no concertadas”.

Sebastián e imputabilidad

Sobre la discusión en torno a la salud mental de Sebastián Kiczka, Bernie también fue tajante: “Las pericias psiquiátricas incorporadas en el expediente no concluyen que Sebastián Kiczka padezca una psicosis, un estado de alienación mental o un cuadro de enajenación que haya anulado su capacidad de culpabilidad”.

“Por el contrario, de las constancias del proceso surge que el acusado conservaba su comprensión del injusto y su autodeterminación al momento del hecho. No solo no se acredita un trastorno severo, sino que el comportamiento del imputado revela un accionar planificado, metódico y orientado al ocultamiento del material ilícito, lo que resulta incompatible con cualquier estado de descontrol o falta de comprensión”, refuerza.

Todo ello también se valoró, además de la declaración de la víctima y otras pruebas, para dar por acreditado un hecho de abuso sexual simple de Sebastián contra una adolescente.

De allí Bernie avanza en las consideraciones finales, entre el marco legal, agravantes y atenuantes tenidos en cuenta a la hora de decir la pena final para ambos imputados, todo lo cual contó con la adhesión de César Yaya.

Los jueces consideraron que Sebastián Kiczka intentó desviar la imputación y exonerar a su hermano.

Disidencia

Quien discrepó con parte de las argumentos de sus pares fue Viviana Cukla, quien, por ejemplo, consideró que no correspondía la aplicación del concurso real en los hechos atribuidos a los imputados y valoró contrariamente el estado de salud mental de Sebastián Kiczka.

Sobre el mayor de los hermanos, la magistrada esgrimió que “la prueba rendida en juicio permite concluir que Sebastián Kiczka no contaba con plena capacidad psíquica para dirigir su conducta conforme al derecho” y apuntó que “presenta una parafilia estructural persistente, acompañada de un trastorno de ansiedad severo, con rasgos depresivos, paranoides y esquizotípicos, todos ellos descriptos y fundados técnicamente en la pericia oficial”.

Esta confluencia de padecimientos clínicos no suprime su imputabilidad, pero sí afecta sustancialmente su culpabilidad, en los términos exigidos por el juicio de reproche penal”, añade y cierra: “Esta circunstancia debe traducirse en una pena reducida, dentro del marco legal previsto, o bien en la adopción de medidas sustitutivas que, junto a la sanción penal, contemplen su abordaje terapéutico”.

Es por ello que Cukla consideró que lo correspondiente eran penas de 8 de prisión para Germán y 6 para Sebastián, aunque por mayoría se impuso la decisión de Bernie y Yaya, quienes se inclinaron por condenas más próximas al pedido de la fiscalía e impusieron 14 y 12 años de cárcel, respectivamente, para los hermanos apostoleños.

FOTO PRINCIPAL: Marcos Otaño – Canal 12.

Los Kiczka y su esquema de archivos Masi, desentrañado por los fiscales

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El hermano de Mario Golemba anunció una “inminente definición del caso”

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Mario Golemba

A un día de cumplirse el decimoctavo aniversario de la desaparición de Mario Fabián Golemba, su hermano Eliezer, anunció que “el tiempo del silencio se está terminando” y adelantó que pronto habrán novedades judiciales que ayudarán a esclarecer el caso que se mantiene en la impunidad.

“Se cumplen 18 años sin Mario, pero a diferencia de años anteriores, hoy sabemos qué pasó. Hoy conocemos la verdad”, señaló Eliezer, en un breve video publicado por la cuenta Caíco Periodismo.

“Nunca fue un capricho: papá tenía razón. A Mario no se lo tragó la tierra. A Mario lo secuestraron. A Mario lo desaparecieron”, apuntó en la continuidad del audiovisual.

Eliezer adelantó que “estamos ante la inminente definición del caso” e indicó que “pronto la Justicia ordenará las medidas necesarias para esclarecer esta historia. El tiempo del silencio se está terminando. Falta poco”.

El hermano Mario Golemba resaltó que los avances judiciales se dieron a partir de una nueva denuncia radicada por los abogados Rafael Pereyra Pigerl y Vanesa Vignoles, quienes recurrieron a la Justicia Federal para investigar lo sucedido hace casi dos décadas atrás.

“La Justicia Federal hizo lo que la Justicia provincial no quiso hacer”, resaltó Eliezer.

Las últimas novedades que se habían registrado en la causa fueron a mediados de 2022, cuando la Justicia Federal ordenó excavaciones e inspecciones oculares en predios e instalaciones de la Comisaría de Dos Mayo.

Los procedimientos fueron ordenados en base a la línea investigativa que sigue la hipótesis de que Golemba fue detenido, golpeado y desaparecido por agentes de la Policía de Misiones.

 

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El caso

Mario Golemba fue visto por última vez el 27 de marzo de 2008. Ese día, el joven de 27 años en aquel entonces, salió de su casa en Picada Indumar -Dos de Mayo- con dirección hacia Oberá para asistir a una consulta médica con una nutricionista porque quería aumentar de peso para su boda.

La reconstrucción indica que el muchacho llegó a la consulta y esa nutricionista fue la última persona, comprobada fehacientemente, que vio con vida al agricultor. Cerca de las 15 de ese mismo día Golemba mandó un mensaje a su familia avisando que volvería más tarde, pero eso nunca sucedió y nada más se supo de él desde ese momento.

A partir de ahí se tejieron innumerables hipótesis, desde un suicidio hasta la posibilidad de que el joven se haya ido del país por voluntad propia. Sin embargo, nada de eso tenía sentido para la familia. Mario ansiaba casarse, soñaba con ir a estudiar Historia. Es decir, tenía muchos planes por delante.

Fue a comienzos de 2009 cuando dos detenidos se entrevistaron con el padre de Mario y aportaron un testimonio que apuntaba hacia lo peor.

Los dos detenidos relataron que ese 27 de marzo de 2008, mientras estaban presos en la Comisaría de Dos de Mayo, vieron cuando los efectivos de esa dependencia policial tenían a Mario esposado en el lugar. Sus testimonios fueron tan fuertes como coincidentes: ambos recordaron haber oído que golpeaban a Mario y que él repetía una y otra vez que no había hecho nada.

La declaración de los dos presos culmina cuando aseguran que después de los golpes oyeron que el joven que ellos identificaron como Mario Golemba fue subido a un patrullero y llevado a otro lugar con destino incierto.

En mayo de 2010, en tanto, se realizaron excavaciones en un ex destacamento de la comisaría local, pero el resultado fue negativo.

Desde ese momento la causa no registró avances, hasta que, a mediados de 2021, la querella logró que el expediente sea remitido a la Justicia Federal y que el caso sea investigado como “desaparición forzada de persona”.

Ahí la investigación se reactivó, se volvieron a recolectar elementos de prueba y dos testigos de identidad reservada declararon haber visto a Golemba detenido en la comisaría, donde lo habrían golpeado.

Inspección ocular coincide con testimonios que ubican a Golemba en comisaría

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Declaró Thomas en la Causa Cuadernos: “Nunca delinquí”

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Thomas

El ex director de la Entidad Binacional Yacyretá (EBY) durante los gobiernos de Néstor Kirchner y Cristina Fernández, el misionero Oscar Thomas, imputado en la denominada “Causa Cuadernos” sobre una red de coimas y sobornos durante la década kirchnerista, declaró este jueves en el Tribunal Oral Federal (TOF) 7, y negó cualquier vínculo con la trama de corrupción que se investiga.

La megacausa judicial, que se originó a partir de los cuadernos donde Óscar Centeno, chofer de Roberto Baratta, mano derecha del ex ministro Julio De Vido, que también está procesado, anotó recorridos, fechas y bolsos que tenían como destino a funcionarios y la Quinta de Olivos, tiene 85 imputados, entre los que figuran el misionero y la ex presidenta CFK, quien actualmente guarda prisión domiciliaria por la condena en la causa Vialidad.

Thomas, que aparece en los cuadernos como presunto intermediario en el cobro de coimas a empresas contratistas, declaró este jueves ante el tribunal oral por las visitas que, según Centeno, le hizo a su casa el “valijero” del caso, y negó haberle entregado nunca a Baratta los “bolsos con dinero” de los que habló el chofer, asegurando que en todas las ocasiones entregó al funcionario “bolsas de yerba mate”.

“Nunca integré una asociación ilícita, ni manejé dinero, ni emití cheques, ni tenía fondos reservados, ni delinquí, ni fui funcionario público. Mi tarea siempre fue en el escenario de Yacyretá, un organismo internacional de Argentina y Paraguay con sus normas propias”, fue lo primero que dijo el misionero al tribunal, según publica el diario porteño Clarín.

Thomas, que en 2018 estuvo 47 días prófugo de la Justicia, comentó que se reunía con Baratta cuando visitaba a Julio De Vido en el Ministerio de Planificación y reconoció que Baratta lo visitó en su casa en la calle Juncal, pero negó que las visitas hayan sido 17, ni para buscar coimas, como reza la imputación armada a partir de los cuadernos del chofer Centeno.

“Siempre le traía yerba al personal que me trataba bien. A Baratta le llevaba yerba o se la hacía mandar por mi chofer. O pasaba por mi casa a retirar bolsas de yerba. Yo bajaba y se la daba en la puerta”, declaró el misionero y contó que, en otra ocasión, entregó al ex funcionario de De Vido un libro, que “era grande, pesaba ocho kilos, se llamaba ´Yacyretá energía para el desarrollo’”.

“Niego las 17 veces que se me nombra en los cuadernos. No recibí ni di dinero a nadie y nunca fui apretado”, recalcó el misionero, que comparte el mismo abogado defensor que la ex presidenta, José Manuel Ubeira.

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Sobreseyeron a dos gendarmes misioneros investigados por homicidio en La Quiaca

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La Quiaca

El avance de la causa por el homicidio de Ivo Rodrigo Torres, el joven indígena de 22 años asesinado durante una persecución de Gendarmería Nacional Argentina (GNA) en La Quiaca (Jujuy), derivó en el sobreseimiento de dos efectivos misioneros que habían sido imputados en el expediente judicial.

Se trata del subalférez Alexander Gunther, oriundo de Aristóbulo del Valle, y del cabo primero Marcos Leonardo Wisniewski, oriundo de Santa Rita, quienes integraban la patrulla del Escuadrón 21 al momento del hecho ocurrido el 6 de febrero de 2025.

La resolución fue adoptada por la Justicia Federal de Jujuy tras considerar que no existían elementos suficientes para atribuirles participación directa en los disparos que terminaron con la vida del joven motociclista.

La investigación determinó, a partir de pericias balísticas y reconstrucciones técnicas, que los proyectiles mortales provinieron de un único arma reglamentaria, utilizada por el sargento primero Walter Daniel Álvarez, otro integrante del operativo.

En una primera etapa, los dos efectivos misioneros, junto a la cabo Juliana Enciso, habían quedado imputados por homicidio agravado, aunque con el correr de la instrucción fueron desvinculados del hecho principal.

Los sobreseimientos fueron firmados el 27 de febrero y el 4 de marzo pasado, por el juez de Garantías N° 1 de Jujuy Eduardo Hansen.

Ivo Rodrigo Torres fue asesinado de un disparo en la espalda en febrero del año pasado.

Un gendarme a juicio

Con la elevación de la causa, el único acusado que llegará a juicio oral será el sargento primero Álvarez, señalado como autor de los dos disparos efectuados durante la persecución que se extendió por varios kilómetros en inmediaciones de la frontera entre Argentina y Bolivia.

Según la acusación fiscal, uno de los proyectiles impactó por la espalda en Torres y le provocó heridas fatales. Por ese hecho, Álvarez deberá responder por homicidio doblemente agravado, tanto por alevosía como por su condición de integrante de una fuerza de seguridad.

La acusación es impulsada por el fiscal federal Federico Zurueta, mientras que la querella, en representación de la familia de la víctima, sostiene que existió un uso desproporcionado de la fuerza durante el procedimiento.

Dos gendarmes misioneros detenidos por el crimen de un joven indígena en Jujuy

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