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Fundamentos del fallo contra los Kiczka: “Cada uno actuó de manera autónoma”

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“Del análisis del material probatorio incorporado al proceso se desprende que cada uno de los imputados actuó de manera autónoma, haciendo uso individual del equipo y descargando, almacenando y conservando material ilícito sin coordinación funcional ni acuerdo de voluntades entre ellos”, concluye el magistrado Gustavo Bernie, con la adhesión de su par César Yaya, en un apartado del escrito de 146 páginas en el que volcaron los fundamentos de la sentencia que el Tribunal Penal Uno de Posadas dictó contra los hermanos Germán y Sebastián Kiczka, condenados a 14 y 12 años de prisión, respectivamente, por delitos asociados a archivos Masi.

Los jueces coincidieron al dar por acreditada la teoría del caso confeccionada por la fiscalía, como así también en desestimar la inimputabilidad de Sebastián Kiczka, sobre quien en un punto consideraron que su autoincriminación era “carente de detalles verificables”, “desprovista de todo respaldo documental o pericial” y constituía “un intento de desviar la imputación penal a su propia persona, con el propósito evidente de exonerar a su hermano Germán”.

En el documento se hace un repaso de absolutamente toda la causa, desde el requerimiento de elevación a juicio formulado por la fiscal Silvia Barronis, hasta todo lo ventilado en el debate oral llevado adelante entre el 31 de marzo y el 16 de abril, para, finalmente llegar a las conclusiones, con el análisis de las pruebas ponderadas, el marco jurídico imperante y las consideraciones que fueron tenidas en cuenta para alcanzar los montos de pena a aplicar, donde hubo discrepancia con Viviana Cukla, tercera integrante del tribunal.

“Me encuentro en condiciones de afirmar con certeza, que la parte fiscal ha logrado acreditar su hipótesis acusatoria, desvirtuando así la presunción de inocencia que ampara a los acusados”, adelanta Bernie, apenas comienza a desarrollar su extenso voto.

Después de ello, siguiendo el esquema expuesto por los fiscales Martín Rau y Vladimir Glinka, realiza un desglose de cada uno de los dispositivos electrónicos incautados en la investigación, delimitando a quién pertenecía cada cual y qué contenidos fueron encontrados en cada uno de ellos, para luego contraponer toda esa información con las declaraciones defensivas efectuadas por los imputados.

Los jueces César Yaya y Gustavo Bernie votaron coincidentemente; Viviana Cukla discrepó en algunos puntos del fallo.

Dispositivos y “acciones paralelas”

En una de sus consideraciones, el presidente del TP Uno hace especial hincapié en la computadora Acer secuestrada en la casa familiar de los Kiczka, aparato que los fiscales calificaron como “la computadora llave”, ya que fue la prueba madre de todo el resto de la investigación.

“A lo largo del debate, Sebastián incurrió en contradicciones manifiestas, primero señalando -según el informe actuarial de (se reserva nombre de testigo)- que una computadora Acer pertenecía a Germán, para luego declarar ante el tribunal que era suya. Esta actitud procesal, orientada a asumir responsabilidad en forma inconsistente y sin correspondencia con los datos técnicos recabados, disminuye notablemente la credibilidad de sus dichos y los torna jurídicamente ineficaces como descargo válido”, analiza Bernie.

En otro punto, el juez también confronta la versión dada por los acusados sobre un “desconocimiento” sobre el funcionamiento pleno de la aplicación E-mule, herramienta mediante la cual se descargaban y facilitaban gran parte de los 913 archivos Masi detectados en la causa.

“Quedó demostrado que el uso de dicha aplicación no requiere conocimientos informáticos especializados, y que su operatividad resulta accesible incluso para usuarios con habilidades tecnológicas básicas. De este modo, la evidencia visual que proporciona la pestaña de monitoreo del tráfico de archivos -visible en todo momento- permite afirmar, sin hesitación, que los imputados no podían desconocer que el material que descargaban era simultáneamente compartido con otros integrantes de la red”, respondió el magistrado.

Germán Kiczka recibió la mayor condena: 14 años de prisión por tenencia, facilitación y distribución de archivos Masi.

Un punto que marcó diferencia en la condena contra ambos hermanos fue que al ex diputado provincial, además de tenencia y facilitación de archivos Masi, también se le atribuyó un hecho de distribución, mientras que a Sebastián no.

Bernie también se detuvo en ese punto y consideró que “el hecho se presenta como doloso, en tanto Germán Kizcka tenía pleno conocimiento del contenido del archivo -cuya denominación es reveladora- y voluntad de compartirlo a través de un canal de mensajería directa, lo que denota la intencionalidad inequívoca de ponerlo a disposición de un tercero”.

Es en base a todo ese análisis independiente realizado sobre cada dispositivo y sobre cada conducta evidenciada por los imputados que Bernie arriba a la conclusión mencionada al comienzo de esta nota y detalla: “En el caso de Germán Kiczka, se constataron actividades reiteradas en la notebook ACER, notebook Lenovo, teléfono celular Samsung modelo S22 y pendrive identificado como “Fiat”. En el caso de Sebastián Kiczka, se verificó la existencia de archivos ilícitos en la notebook ACER, pendrive marca “Sandisk” y dispositivo óptico “CD 127”.

En tanto que, agrega, “a ello se suman patrones de búsqueda diferenciados, rutas de almacenamiento específicas y sesiones de uso separadas, lo que demuestra la existencia de acciones paralelas, pero no concertadas”.

Sebastián e imputabilidad

Sobre la discusión en torno a la salud mental de Sebastián Kiczka, Bernie también fue tajante: “Las pericias psiquiátricas incorporadas en el expediente no concluyen que Sebastián Kiczka padezca una psicosis, un estado de alienación mental o un cuadro de enajenación que haya anulado su capacidad de culpabilidad”.

“Por el contrario, de las constancias del proceso surge que el acusado conservaba su comprensión del injusto y su autodeterminación al momento del hecho. No solo no se acredita un trastorno severo, sino que el comportamiento del imputado revela un accionar planificado, metódico y orientado al ocultamiento del material ilícito, lo que resulta incompatible con cualquier estado de descontrol o falta de comprensión”, refuerza.

Todo ello también se valoró, además de la declaración de la víctima y otras pruebas, para dar por acreditado un hecho de abuso sexual simple de Sebastián contra una adolescente.

De allí Bernie avanza en las consideraciones finales, entre el marco legal, agravantes y atenuantes tenidos en cuenta a la hora de decir la pena final para ambos imputados, todo lo cual contó con la adhesión de César Yaya.

Los jueces consideraron que Sebastián Kiczka intentó desviar la imputación y exonerar a su hermano.

Disidencia

Quien discrepó con parte de las argumentos de sus pares fue Viviana Cukla, quien, por ejemplo, consideró que no correspondía la aplicación del concurso real en los hechos atribuidos a los imputados y valoró contrariamente el estado de salud mental de Sebastián Kiczka.

Sobre el mayor de los hermanos, la magistrada esgrimió que “la prueba rendida en juicio permite concluir que Sebastián Kiczka no contaba con plena capacidad psíquica para dirigir su conducta conforme al derecho” y apuntó que “presenta una parafilia estructural persistente, acompañada de un trastorno de ansiedad severo, con rasgos depresivos, paranoides y esquizotípicos, todos ellos descriptos y fundados técnicamente en la pericia oficial”.

Esta confluencia de padecimientos clínicos no suprime su imputabilidad, pero sí afecta sustancialmente su culpabilidad, en los términos exigidos por el juicio de reproche penal”, añade y cierra: “Esta circunstancia debe traducirse en una pena reducida, dentro del marco legal previsto, o bien en la adopción de medidas sustitutivas que, junto a la sanción penal, contemplen su abordaje terapéutico”.

Es por ello que Cukla consideró que lo correspondiente eran penas de 8 de prisión para Germán y 6 para Sebastián, aunque por mayoría se impuso la decisión de Bernie y Yaya, quienes se inclinaron por condenas más próximas al pedido de la fiscalía e impusieron 14 y 12 años de cárcel, respectivamente, para los hermanos apostoleños.

FOTO PRINCIPAL: Marcos Otaño – Canal 12.

Los Kiczka y su esquema de archivos Masi, desentrañado por los fiscales

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Recibió 15 años de prisión por abusar de dos hijastras en San Javier

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Tribunal Oberá

Quince años de prisión fue la condena impuesta por el Tribunal Penal Uno de Oberá contra un hombre acusado de abusos sexuales cometidos en perjuicio de dos hijas menores de su concubina.

El imputado es oriundo de San Javier y la investigación en su contra comenzó en agosto de 2022 por una denuncia de violación contra una hijastra de 10 años.

De acuerdo a lo reconstruido, ese hecho sucedió en una vivienda del barrio Nueva Esperanza, donde el hombre residía junto a su concubina, a las dos hijas menores de ella y a otros niños que tuvieron en común.

El abuso de la niña de 10 años se habría registrado mientras su madre no se encontraba en la casa y después de ese primer hecho la otra niña reveló haber padecido lo mismo años antes en otra vivienda.

Tras la denuncia, el acusado identificado como Antonio M. fue detenido y ahora llegó a instancia de juicio oral, donde finalmente fue condenado a 15 años de prisión, pena que deberá ser cumplida en la Unidad Penal VIII de Cerro Azul.

El fallo fue dictado por los magistrados Horacio Paniagua como presidente y Jorge Erasmo Villaba y Teresa Hedman como vocales en carácter de subrogantes.

En representación de la fiscalía intervino David Milicich, que en su alegato solicitó la misma pena impuesta, mientras que también hubo un querellante particular que había pedido 35 años de prisión contra el acusado y la defensa requirió la absolución.

El imputado fue condenado como autor de los delitos de “abuso sexual con acceso carnal agravado por la convivencia, dos hechos en concurso real”.

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Acusado de trata contra dos adolescentes firmó un juicio abreviado por 9 años

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Un día antes de enfrentar a la Justicia desde el banquillo de los acusados en un juicio oral, Fernando Ariel Skuarek (41) decidió reconocer su responsabilidad en la causa que se le seguía desde 2017 por “suministro de estupefacientes, abuso y reducción a la servidumbre sexual” contra dos adolescentes posadeñas y firmó un acuerdo de juicio abreviado por 9 años de prisión.

El debate oral en su contra debía comenzar este miércoles a la mañana en el Tribunal Oral Federal (TOF) de Posadas, pero todo quedó suspendido en virtud de un cambio de postura en el imputado, quien decidió admitir su culpabilidad y aceptar los 9 años prisión que la fiscalía propuso como pena.

Según adelantaron fuentes consultadas por La Voz de Misiones, Skuarek firmó el acuerdo ayer y este miércoles el acta sumó las rúbricas de los fiscales, del abogado defensor del imputado y de los letrados que intervinieron en la causa como querellantes particulares en representación de las dos denunciantes.

Además de los 9 de años de prisión establecidos como pena, el acuerdo también contempla una reparación integral para las víctimas. Todo lo firmado deberá ser analizado por los magistrados del TOF y posteriormente homologado como sentencia.

Resta determinar si el implicado continúa internado en una clínica especializada en salud mental o cumpla su condena con prisión efectiva en una unidad carcelaria de Misiones.

La causa

La investigación contra el imputado data desde 2017, cuando los padres de una adolescente denunciaron la privación de la libertad de su hija de 17 años.

Luego se sumó otra denunciante y las acusaciones avanzaron. Los señalamientos eran que Skuarek suministraba estupefacientes a las chicas, tras lo cual las exponía a contextos de encierro, violencia y abuso sexual.

Los hechos ocurrieron en diferentes departamentos que el muchacho habitaba en el microcentro posadeño y las denunciantes narraron haber sido drogadas con cócteles de alcohol, cocaína, éxtasis y ketamina, episodios que provocaron trastornos de salud mental que hasta ahora requieren tratamiento terapéutico.

El implicado, oriundo de Aristóbulo del Valle e hijo de un contador con vínculos políticos, más tarde fue procesado con prisión preventiva en orden a los delitos de suministro de estupefacientes, abuso y reducción a la servidumbre sexual en perjuicio de dos adolescentes. Todo ello configura una violación a la ley 26.364 de Trata de Personas.

De ahí en más se sucedieron presentaciones judiciales y recursos de apelación. En mayo de 2023 quedó detenido por el revocamiento de una prisión domiciliaria, aunque más tarde consiguió que le acepten su internación en una clínica, condición que ahora podría volver a cambiar.

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Imputan a psiquiatra acusado de entregar certificados truchos en Posadas

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certificados truchos

El médico acusado de entregar certificados médicos truchos fue imputado por la Justicia y continúa detenido a la espera de que se resuelva el pedido de excarcelación presentado por su defensa.

De acuerdo a lo consignado por fuentes consultadas por La Voz de Misiones, la audiencia de declaración indagatoria al médico Manuel Ramón G. (72) se concretó ayer a la mañana, ante el magistrado Juan Manuel Monte, titular del Juzgado de Instrucción Dos de Posadas.

La información obtenida añade que el profesional decidió abstenerse de declarar, tal como lo ampara su derecho y fue formalmente imputado por hechos que van desde estafa, falsificación de documentos, ejercicio irregular de la profesión hasta asociación ilícita.

La detención del psiquiatra se efectuó el jueves a la tarde, cuando la Policía irrumpió en su departamento del microcentro posadeño a raíz de una investigación por la confección de certificados truchos que luego eran utilizados para obtener licencias médicas.

La investigación comenzó en la empresa Casino Club, tras advertir que al menos una treintena de trabajadores solicitaron licencias con certificaciones firmadas por el mismo profesional médico.

A partir de ese dato profundizaron en una pesquisa interna y mediante una cámara oculta confirmaron el ardid, tras lo cual dieron intervención a la Justicia.

Con cámara oculta descubren a psiquiatra que firmaba certificados truchos

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