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Fundamentos del fallo contra los Kiczka: “Cada uno actuó de manera autónoma”

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“Del análisis del material probatorio incorporado al proceso se desprende que cada uno de los imputados actuó de manera autónoma, haciendo uso individual del equipo y descargando, almacenando y conservando material ilícito sin coordinación funcional ni acuerdo de voluntades entre ellos”, concluye el magistrado Gustavo Bernie, con la adhesión de su par César Yaya, en un apartado del escrito de 146 páginas en el que volcaron los fundamentos de la sentencia que el Tribunal Penal Uno de Posadas dictó contra los hermanos Germán y Sebastián Kiczka, condenados a 14 y 12 años de prisión, respectivamente, por delitos asociados a archivos Masi.

Los jueces coincidieron al dar por acreditada la teoría del caso confeccionada por la fiscalía, como así también en desestimar la inimputabilidad de Sebastián Kiczka, sobre quien en un punto consideraron que su autoincriminación era “carente de detalles verificables”, “desprovista de todo respaldo documental o pericial” y constituía “un intento de desviar la imputación penal a su propia persona, con el propósito evidente de exonerar a su hermano Germán”.

En el documento se hace un repaso de absolutamente toda la causa, desde el requerimiento de elevación a juicio formulado por la fiscal Silvia Barronis, hasta todo lo ventilado en el debate oral llevado adelante entre el 31 de marzo y el 16 de abril, para, finalmente llegar a las conclusiones, con el análisis de las pruebas ponderadas, el marco jurídico imperante y las consideraciones que fueron tenidas en cuenta para alcanzar los montos de pena a aplicar, donde hubo discrepancia con Viviana Cukla, tercera integrante del tribunal.

“Me encuentro en condiciones de afirmar con certeza, que la parte fiscal ha logrado acreditar su hipótesis acusatoria, desvirtuando así la presunción de inocencia que ampara a los acusados”, adelanta Bernie, apenas comienza a desarrollar su extenso voto.

Después de ello, siguiendo el esquema expuesto por los fiscales Martín Rau y Vladimir Glinka, realiza un desglose de cada uno de los dispositivos electrónicos incautados en la investigación, delimitando a quién pertenecía cada cual y qué contenidos fueron encontrados en cada uno de ellos, para luego contraponer toda esa información con las declaraciones defensivas efectuadas por los imputados.

Los jueces César Yaya y Gustavo Bernie votaron coincidentemente; Viviana Cukla discrepó en algunos puntos del fallo.

Dispositivos y “acciones paralelas”

En una de sus consideraciones, el presidente del TP Uno hace especial hincapié en la computadora Acer secuestrada en la casa familiar de los Kiczka, aparato que los fiscales calificaron como “la computadora llave”, ya que fue la prueba madre de todo el resto de la investigación.

“A lo largo del debate, Sebastián incurrió en contradicciones manifiestas, primero señalando -según el informe actuarial de (se reserva nombre de testigo)- que una computadora Acer pertenecía a Germán, para luego declarar ante el tribunal que era suya. Esta actitud procesal, orientada a asumir responsabilidad en forma inconsistente y sin correspondencia con los datos técnicos recabados, disminuye notablemente la credibilidad de sus dichos y los torna jurídicamente ineficaces como descargo válido”, analiza Bernie.

En otro punto, el juez también confronta la versión dada por los acusados sobre un “desconocimiento” sobre el funcionamiento pleno de la aplicación E-mule, herramienta mediante la cual se descargaban y facilitaban gran parte de los 913 archivos Masi detectados en la causa.

“Quedó demostrado que el uso de dicha aplicación no requiere conocimientos informáticos especializados, y que su operatividad resulta accesible incluso para usuarios con habilidades tecnológicas básicas. De este modo, la evidencia visual que proporciona la pestaña de monitoreo del tráfico de archivos -visible en todo momento- permite afirmar, sin hesitación, que los imputados no podían desconocer que el material que descargaban era simultáneamente compartido con otros integrantes de la red”, respondió el magistrado.

Germán Kiczka recibió la mayor condena: 14 años de prisión por tenencia, facilitación y distribución de archivos Masi.

Un punto que marcó diferencia en la condena contra ambos hermanos fue que al ex diputado provincial, además de tenencia y facilitación de archivos Masi, también se le atribuyó un hecho de distribución, mientras que a Sebastián no.

Bernie también se detuvo en ese punto y consideró que “el hecho se presenta como doloso, en tanto Germán Kizcka tenía pleno conocimiento del contenido del archivo -cuya denominación es reveladora- y voluntad de compartirlo a través de un canal de mensajería directa, lo que denota la intencionalidad inequívoca de ponerlo a disposición de un tercero”.

Es en base a todo ese análisis independiente realizado sobre cada dispositivo y sobre cada conducta evidenciada por los imputados que Bernie arriba a la conclusión mencionada al comienzo de esta nota y detalla: “En el caso de Germán Kiczka, se constataron actividades reiteradas en la notebook ACER, notebook Lenovo, teléfono celular Samsung modelo S22 y pendrive identificado como “Fiat”. En el caso de Sebastián Kiczka, se verificó la existencia de archivos ilícitos en la notebook ACER, pendrive marca “Sandisk” y dispositivo óptico “CD 127”.

En tanto que, agrega, “a ello se suman patrones de búsqueda diferenciados, rutas de almacenamiento específicas y sesiones de uso separadas, lo que demuestra la existencia de acciones paralelas, pero no concertadas”.

Sebastián e imputabilidad

Sobre la discusión en torno a la salud mental de Sebastián Kiczka, Bernie también fue tajante: “Las pericias psiquiátricas incorporadas en el expediente no concluyen que Sebastián Kiczka padezca una psicosis, un estado de alienación mental o un cuadro de enajenación que haya anulado su capacidad de culpabilidad”.

“Por el contrario, de las constancias del proceso surge que el acusado conservaba su comprensión del injusto y su autodeterminación al momento del hecho. No solo no se acredita un trastorno severo, sino que el comportamiento del imputado revela un accionar planificado, metódico y orientado al ocultamiento del material ilícito, lo que resulta incompatible con cualquier estado de descontrol o falta de comprensión”, refuerza.

Todo ello también se valoró, además de la declaración de la víctima y otras pruebas, para dar por acreditado un hecho de abuso sexual simple de Sebastián contra una adolescente.

De allí Bernie avanza en las consideraciones finales, entre el marco legal, agravantes y atenuantes tenidos en cuenta a la hora de decir la pena final para ambos imputados, todo lo cual contó con la adhesión de César Yaya.

Los jueces consideraron que Sebastián Kiczka intentó desviar la imputación y exonerar a su hermano.

Disidencia

Quien discrepó con parte de las argumentos de sus pares fue Viviana Cukla, quien, por ejemplo, consideró que no correspondía la aplicación del concurso real en los hechos atribuidos a los imputados y valoró contrariamente el estado de salud mental de Sebastián Kiczka.

Sobre el mayor de los hermanos, la magistrada esgrimió que “la prueba rendida en juicio permite concluir que Sebastián Kiczka no contaba con plena capacidad psíquica para dirigir su conducta conforme al derecho” y apuntó que “presenta una parafilia estructural persistente, acompañada de un trastorno de ansiedad severo, con rasgos depresivos, paranoides y esquizotípicos, todos ellos descriptos y fundados técnicamente en la pericia oficial”.

Esta confluencia de padecimientos clínicos no suprime su imputabilidad, pero sí afecta sustancialmente su culpabilidad, en los términos exigidos por el juicio de reproche penal”, añade y cierra: “Esta circunstancia debe traducirse en una pena reducida, dentro del marco legal previsto, o bien en la adopción de medidas sustitutivas que, junto a la sanción penal, contemplen su abordaje terapéutico”.

Es por ello que Cukla consideró que lo correspondiente eran penas de 8 de prisión para Germán y 6 para Sebastián, aunque por mayoría se impuso la decisión de Bernie y Yaya, quienes se inclinaron por condenas más próximas al pedido de la fiscalía e impusieron 14 y 12 años de cárcel, respectivamente, para los hermanos apostoleños.

FOTO PRINCIPAL: Marcos Otaño – Canal 12.

Los Kiczka y su esquema de archivos Masi, desentrañado por los fiscales

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Johan Bodji, el “rey de las mulas narco”, y su banda serán juzgados en Posadas

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rey de las mulas narco

El Tribunal Oral Federal (TOF) de Posadas albergará en agosto uno de los juicios más importantes del año: un surinamés conocido como ‘el rey de las mulas’, un empresario farmacéutico con antecedentes y otros cinco imputados, entre ellos una joven misionera, serán juzgados por integrar una sofisticada organización narco transnacional que enviaba cocaína a Europa y como contraprestación recibía drogas sintéticas para comercializas en Argentina.

Se estima que, de no mediar imprevistos o recursos judiciales que obliguen a modificar lo estipulado, las audiencias se desarrollen entre el 19 y el 21 de agosto próximo, con varios de los imputados conectados en forma telemática, como será el caso de Johan Bodji (52), también conocido como Dominique Harry Rayngsentre otras identidades-, sindicado líder de la organización y actualmente detenido bajo el régimen de presos de alto riesgo en el cárcel federal de Ezeiza.

La figura de Bodji es que la que concentra la mayor atención. El extranjero fue catalogado como “el rey de las mulas” y sobre él recae una imputación como organizador y financista de “tráfico ilícito de estupefacientes, bajo la modalidad de comercio agravado por la intervención de tres o más personas”, además de otros delitos atribuidos como falsificación de documentos públicos y desobediencia.

El otro imputado de alto perfil es Ricardo Francisco Bruno (62), el “farmacéutico”, que aparece como “coautor” de las maniobras de narcotráfico y que entre sus antecedentes registra una condena por venta de medicamentos truchos y otra como “partícipe secundario” en el homicidio de Miriam Alencar Da Silva, una joven brasileña que en 2017 murió al no poder expulsar 66 de las 94 cápsulas de éxtasis que había ingerido para ser utilizada como transporte humano de droga.

Los demás acusados son Jorge Antonio Sandoval (47); Crainer Odyllie Abauna (37), de nacionalidad surinamesa; Jackeline Polo Carlo (41), peruano; Karen Aldana Guzmán (27), oriunda de Chaco; y la misionera Carla Luján Grondona (22). Todos están imputados como coautores de tráfico de estupefacientes.

Bruno, Sandoval, Polo Carlo y Abauna se repartían tareas vinculadas a la logística, coordinación, acompañamiento y seguimiento de las mulas, entre cuales figura la chaqueña Guzmán, mientras que la misionera Grondona cumplía funciones como apoyo logístico en Bernardo de Irigoyen, localidad en frontera seca con Brasil que la organización utilizaba como punto fijo en la hoja de ruta de los “corres humanos” con droga que llegaban hasta ciudades como Lisboa, Madrid y Paris.

Dada la complejidad de la causa, el debate contará con una doble acusación, integrada por los fiscales propios del TOF y por fiscales de la Procuraduría de Narcocriminalidad (Procunar), tal como ocurrió en el juicio oral contra el narco-sicario Néstor Fabián “El Negro” Rojas (50), condenado a prisión perpetua en septiembre de 2024.

Valijas con éxtasis incautadas en San José en 2023, hecho que dio origen a toda la investigación.

San José, el origen

El expediente llega a esta instancia luego de que el Juzgado Federal de Posadas, a cargo de la magistrada Verónica Skanata, firmara el requerimiento de elevación a juicio formulado el 12 de junio del año pasado por la fiscal federal Silvina Gutiérrez y el fiscal coadyudante de Procunar Martín Uriona.

La investigación fue el desprendimiento de un hecho registrado el 7 de junio de 2023, cuando en el puesto Centinela de San José la Gendarmería detuvo a una pareja de jóvenes bonaerenses que viajaban desde Bernardo de Irigoyen hacia Ciudad de Buenos Aires en un colectivo con 23,425 kilogramos de MDA o éxtasis.

La pareja fue detenida, imputada, procesada y más tarde condenada a penas de cinco años de prisión en en juicio abreviado, pero lo más sustancioso provino después, gracias al peritaje de sus teléfonos celulares, aparatos de donde surgieron las pistas iniciales para develar todo el ardid y dar con todos los eslabones de la estructura criminal.

En principio se estableció que los pasajeros detenidos ese 7 de junio de 2023 habían sido parte de esta estructura, pero no eran los únicos y que las maniobras continuaban ejecutándose.

La investigación continuó en silencio y los fiscales siguieron solicitando medidas hasta que descubrieron que a mediados de octubre de 2024 se iba a llevar adelante otro ardid, para el cual iban a ser utilizadas dos jóvenes chaqueñas, una de las cuales ya tenía experiencia y conocimientos sobre el itinerario a realizar como sobre la ingesta de las cápsulas.

Las pistas fueron certeras y el otro episodio clave ocurrió el 17 de octubre de 2024, cuando las dos mulas chaqueñas fueron atrapadas en el aeropuerto Silvio Pettirossi de Asunción a punto de embarcar un vuelo hacia Madrid, España, con droga en sus estómagos.

Las chicas llevaban 154 cápsulas de cocaína en su interior y apenas confirmada la maniobra, los investigadores argentinos profundizaron la pesquisa contra el resto de los involucrados, concretando una decena de allanamientos en distintos puntos del país y capturando a los involucrados que ahora serán juzgados en el TOF posadeño.

Cápsulas de cocaína que las mulas transportaban hacia Europa en sus estómagos.

Va cocaína, llega éxtasis

Para ese entonces los investigadores intervinientes ya conocían al detalle el ardid desplegado, solo faltaba dar el golpe. La reconstrucción realizada consigna que la organización liderada por Bodji reclutaba jóvenes en situación de vulnerabilidad para utilizarlas como mulas para traficar cocaína hacia Europa, para luego recibir drogas sintéticas como contraprestación por el servicio.

La hoja de ruta era la siguiente. La primera etapa unía Buenos Aires con Bernardo de Irigoyen. Desde allí, las mulas iban hacia San Pablo -o Asunción-, donde ingerían las cápsulas y tomaban un vuelo que normalmente hacía escala en Natal antes de aterrizar en ciudades europeas como Lisboa, Madrid o Paris. El itinerario de regreso, en tanto, incluía una estadía en Isla Martinica, en pleno caribe, como “mini-vacaciones” o retribución por el éxito de la maniobra, además del pago de hasta dos millones de pesos por viaje.

El extenso expediente cuenta con una amplia carga probatoria, que incluye tareas de vigilancia, escuchas telefónicas, chats recuperados, transacciones bancarias, informes de aerolíneas y registros migratorios como los que ubican a Bodji en territorio misionero en varias oportunidades.

El surinamés se manejaba libremente por todo el país utilizando una serie de documentos apócrifos mediante los cuales burlaba los controles migratorios, dado que sobre su identidad verdadera pesaba una prohibición de reingreso permanente a la Argentina por una causa narco de 2010, cuando también arbitró los medios necesarios para enviar una mula desde Ezeiza a Vietnam.

Entre los chats recuperados surgen conversaciones donde al menos una de las chicas utilizadas como “correo humano” admite dedicarse a estas actividades ilícitas desde hace ocho años y también se desprenden operaciones fallidas: como cuando una de ellas no pudo ingerir las 112 cápsulas solicitadas o como cuando dos jóvenes “rebotaron” en el aeropuerto de París y debieron aguantarse varios días con las bochas en su estómago, con el elevado riesgo que eso representaba.

La investigación tienen a un total de 18 involucrados identificados, aunque son siete los que irán a juicio en esta causa que se ventilará en debate oral en Posadas, los demás están detenidos en Paraguay, mientras que otros se encuentran prófugos.

Bolsas de drogas sintéticas incautadas en los allanamientos realizados en Bernardo de Irigoyen en 2024.

 

Irigoyen, ruta clave para red internacional de mulas de cocaína y éxtasis

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La Justicia suspendió desalojo de escuela campesina Ñande Kokue en Montecarlo

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El Juzgado Civil y Comercial Tres de Eldorado resolvió suspender de manera provisoria el desalojo en los lotes 48 y 49 de Montecarlo, previsto para este jueves, lo que habría afectado a 112 familias de campesinos que asisten a la escuela de formación agroecológica aledaña, espacio que sería trasladado a otra zona próximamente.

Luego de la mesa de diálogo concretada el pasado lunes 8 de junio, entre campesinos y docentes de la escuela Ñande Kokue, donde funciona el Bachillerato Provincial (BOP) 126, el ministro de Gabinete Carlos “Kako” Sartori, entre otras autoridades del gobierno provincial, el juzgado interviniente decidió postergar el desalojo “atento a las delicadas circunstancias sociales y humanas relevadas en las actuaciones efectuadas”.

En la resolución, a la que accedió La Voz de Misiones, la Justicia determinó que “corresponde imperioso destacar la preeminencia del orden institucional y el compromiso social que debe guiar la actividad jurisdiccional”. 

En ese contexto, también advirtió sobre la configuración social del grupo en cuestión y la necesidad de garantizar los derechos humanos básicos: “Ante situaciones que evidencian un estado de vulnerabilidad de los sujetos que concurren -menores y adultos, días sábados- al inmueble, el servicio de justicia no puede permanecer ajeno a las derivaciones materiales de sus pronunciamientos, resultando indispensable articular mecanismos de contención interinstitucional que resguarde los derechos fundamentales en juego”.

En este sentido, asumieron el compromiso de diseñar y ejecutar medidas de apoyo específicas, por lo que también reiteraron la inmediata intervención a los organismos competentes: la secretaría de Niñez del municipio, la Dirección de Acción Social municipal, el Ministerio de Educación de la provincia, el Ministerio de Gobierno y la Secretaría de Gobierno e intendencia municipal. 

A estos se sumarían la Secretaría de Gobierno, Asuntos Registrales y Tierras de la provincia y la Dirección de Catastro del municipio, a fin de adoptar las “medidas conducentes para la reubicación de las actividades de formación en oficios”, que actualmente se desarrollan en el mencionado espacio.

Finalmente, el juzgado interviniente dictaminó que, las instituciones mencionadas deberán informar, dentro del plazo de tres días de notificados, las acciones implementadas y, posteriormente, remitir informes periódicos cada cinco días hasta la efectiva solución de la situación planteada. 

De esta manera, la sentencia de desalojo, firme ante la Cámara de Apelaciones, quedó suspendida provisoriamente, lo que “no altera ni afecta la firmeza de la sentencia de desalojo, limitándose exclusivamente a diferir temporalmente su ejecución material a fin de posibilitar la intervención coordinada, y de carácter urgente, de los organismos estatales involucrados en resguardo de la paz social y la tutela judicial efectiva para efectivizar la desocupación del inmueble”.

Abren mesa de diálogo entre La Misionera y campesinos de Montecarlo

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Piden entre 16 y 3 años de prisión para ex gendarmes narcos misioneros en Salta

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El fiscal federal Ricardo Toranzos solicitó penas de entre 3 y 16 años de prisión para los siete integrantes de una organización narcocriminal integrada por gendarmes, ex miembros de la fuerza y aspirantes a ingresar a la institución, acusados de transportar 334 kilogramos de cocaína en dos operativos realizados en Salta durante 2024.

Entre los principales imputados aparecen varios misioneros, señalados como piezas clave de la estructura delictiva.

Durante su alegato ante el Tribunal Oral Federal N.º 2 de Salta, Toranzos pidió la pena máxima de 16 años de prisión para los misioneros Richar Ariel Delgado y Jonathan Leonel Ostapowicz (comerciante), además de Gabriel Ruiz Apaza, al considerarlos coautores del delito de transporte de estupefacientes agravado por la intervención de tres o más personas en dos hechos distintos.

Para los otros ex gendarmes misioneros Adrián Emilio Escarlata y Diego Hernán Delgado, el fiscal solicitó 13 y 9 años y 6 meses de prisión, respectivamente.

La causa expuso el funcionamiento de una organización con fuerte impronta misionera que quedó al descubierto en mayo de 2024, cuando Diego Delgado fue detenido en Salta mientras trasladaba más de 300 kilos de cocaína ocultos en una Volkswagen Amarok. El secuestro de su teléfono celular permitió a los investigadores reconstruir la trama criminal, identificar a los demás involucrados y desarticular la estructura.

El fiscal solicitó 13 y 9 años y 6 meses de prisión para Adrián Emilio Escarlata y Diego Hernán Delgado

Según la investigación encabezada por Toranzos, Ostapowicz y Richar Delgado eran dos de los principales organizadores de la maniobra. Ambos fueron detenidos meses después en operativos realizados en Posadas y Bernardo de Irigoyen, respectivamente. Los investigadores sostienen que tenían un rol central en la logística de los viajes y en la provisión de vehículos utilizados para transportar la droga desde el norte salteño hacia Buenos Aires.

Richar Delgado, oriundo de Azara, había pertenecido a Gendarmería Nacional y llegó a desempeñarse en áreas de investigación de la fuerza. Su hermano menor, Diego Hernán Delgado, también integró la institución hasta ser expulsado tras quedar involucrado en actividades vinculadas al narcotráfico. Ambos quedaron ubicados por la fiscalía entre los actores más relevantes de la organización.

Otro de los misioneros alcanzados por el pedido de condena es Escarlata, domiciliado en Apóstoles. El ex gendarme fue detenido en octubre de 2024 cuando transportaba otros 31 kilos de cocaína ocultos en una rueda de auxilio. Junto a él viajaba su esposa, Marlene Leonor Hañek, también oriunda de esa localidad.

La fiscalía sostuvo que la banda operaba mediante una estructura estable y organizada, aprovechando conocimientos adquiridos dentro de las fuerzas de seguridad para ocultar cargamentos y eludir controles. Entre las pruebas incorporadas al debate figuran conversaciones extraídas de un grupo de WhatsApp denominado “Los Peluches”, donde los acusados coordinaban traslados y compartían instrucciones sobre cómo acondicionar la droga en los vehículos y cómo actuar ante eventuales inspecciones.

El tribunal ya declaró la responsabilidad penal de los acusados y resta conocer la sentencia definitiva, que se dará a conocer el próximo jueves. Además de las penas de prisión, el fiscal solicitó el decomiso de bienes secuestrados durante la investigación, entre ellos vehículos de alta gama, dinero en efectivo y otros activos que presuntamente habrían sido adquiridos con fondos provenientes de la actividad ilícita.

Contrabando de granos y lavado de activos, otras causas de los narcogendarmes

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