Judiciales
Fundamentos del fallo contra los Kiczka: “Cada uno actuó de manera autónoma”

“Del análisis del material probatorio incorporado al proceso se desprende que cada uno de los imputados actuó de manera autónoma, haciendo uso individual del equipo y descargando, almacenando y conservando material ilícito sin coordinación funcional ni acuerdo de voluntades entre ellos”, concluye el magistrado Gustavo Bernie, con la adhesión de su par César Yaya, en un apartado del escrito de 146 páginas en el que volcaron los fundamentos de la sentencia que el Tribunal Penal Uno de Posadas dictó contra los hermanos Germán y Sebastián Kiczka, condenados a 14 y 12 años de prisión, respectivamente, por delitos asociados a archivos Masi.
Los jueces coincidieron al dar por acreditada la teoría del caso confeccionada por la fiscalía, como así también en desestimar la inimputabilidad de Sebastián Kiczka, sobre quien en un punto consideraron que su autoincriminación era “carente de detalles verificables”, “desprovista de todo respaldo documental o pericial” y constituía “un intento de desviar la imputación penal a su propia persona, con el propósito evidente de exonerar a su hermano Germán”.
En el documento se hace un repaso de absolutamente toda la causa, desde el requerimiento de elevación a juicio formulado por la fiscal Silvia Barronis, hasta todo lo ventilado en el debate oral llevado adelante entre el 31 de marzo y el 16 de abril, para, finalmente llegar a las conclusiones, con el análisis de las pruebas ponderadas, el marco jurídico imperante y las consideraciones que fueron tenidas en cuenta para alcanzar los montos de pena a aplicar, donde hubo discrepancia con Viviana Cukla, tercera integrante del tribunal.
“Me encuentro en condiciones de afirmar con certeza, que la parte fiscal ha logrado acreditar su hipótesis acusatoria, desvirtuando así la presunción de inocencia que ampara a los acusados”, adelanta Bernie, apenas comienza a desarrollar su extenso voto.
Después de ello, siguiendo el esquema expuesto por los fiscales Martín Rau y Vladimir Glinka, realiza un desglose de cada uno de los dispositivos electrónicos incautados en la investigación, delimitando a quién pertenecía cada cual y qué contenidos fueron encontrados en cada uno de ellos, para luego contraponer toda esa información con las declaraciones defensivas efectuadas por los imputados.

Los jueces César Yaya y Gustavo Bernie votaron coincidentemente; Viviana Cukla discrepó en algunos puntos del fallo.
Dispositivos y “acciones paralelas”
En una de sus consideraciones, el presidente del TP Uno hace especial hincapié en la computadora Acer secuestrada en la casa familiar de los Kiczka, aparato que los fiscales calificaron como “la computadora llave”, ya que fue la prueba madre de todo el resto de la investigación.
“A lo largo del debate, Sebastián incurrió en contradicciones manifiestas, primero señalando -según el informe actuarial de (se reserva nombre de testigo)- que una computadora Acer pertenecía a Germán, para luego declarar ante el tribunal que era suya. Esta actitud procesal, orientada a asumir responsabilidad en forma inconsistente y sin correspondencia con los datos técnicos recabados, disminuye notablemente la credibilidad de sus dichos y los torna jurídicamente ineficaces como descargo válido”, analiza Bernie.
En otro punto, el juez también confronta la versión dada por los acusados sobre un “desconocimiento” sobre el funcionamiento pleno de la aplicación E-mule, herramienta mediante la cual se descargaban y facilitaban gran parte de los 913 archivos Masi detectados en la causa.
“Quedó demostrado que el uso de dicha aplicación no requiere conocimientos informáticos especializados, y que su operatividad resulta accesible incluso para usuarios con habilidades tecnológicas básicas. De este modo, la evidencia visual que proporciona la pestaña de monitoreo del tráfico de archivos -visible en todo momento- permite afirmar, sin hesitación, que los imputados no podían desconocer que el material que descargaban era simultáneamente compartido con otros integrantes de la red”, respondió el magistrado.

Germán Kiczka recibió la mayor condena: 14 años de prisión por tenencia, facilitación y distribución de archivos Masi.
Un punto que marcó diferencia en la condena contra ambos hermanos fue que al ex diputado provincial, además de tenencia y facilitación de archivos Masi, también se le atribuyó un hecho de distribución, mientras que a Sebastián no.
Bernie también se detuvo en ese punto y consideró que “el hecho se presenta como doloso, en tanto Germán Kizcka tenía pleno conocimiento del contenido del archivo -cuya denominación es reveladora- y voluntad de compartirlo a través de un canal de mensajería directa, lo que denota la intencionalidad inequívoca de ponerlo a disposición de un tercero”.
Es en base a todo ese análisis independiente realizado sobre cada dispositivo y sobre cada conducta evidenciada por los imputados que Bernie arriba a la conclusión mencionada al comienzo de esta nota y detalla: “En el caso de Germán Kiczka, se constataron actividades reiteradas en la notebook ACER, notebook Lenovo, teléfono celular Samsung modelo S22 y pendrive identificado como “Fiat”. En el caso de Sebastián Kiczka, se verificó la existencia de archivos ilícitos en la notebook ACER, pendrive marca “Sandisk” y dispositivo óptico “CD 127”.
En tanto que, agrega, “a ello se suman patrones de búsqueda diferenciados, rutas de almacenamiento específicas y sesiones de uso separadas, lo que demuestra la existencia de acciones paralelas, pero no concertadas”.
Sebastián e imputabilidad
Sobre la discusión en torno a la salud mental de Sebastián Kiczka, Bernie también fue tajante: “Las pericias psiquiátricas incorporadas en el expediente no concluyen que Sebastián Kiczka padezca una psicosis, un estado de alienación mental o un cuadro de enajenación que haya anulado su capacidad de culpabilidad”.
“Por el contrario, de las constancias del proceso surge que el acusado conservaba su comprensión del injusto y su autodeterminación al momento del hecho. No solo no se acredita un trastorno severo, sino que el comportamiento del imputado revela un accionar planificado, metódico y orientado al ocultamiento del material ilícito, lo que resulta incompatible con cualquier estado de descontrol o falta de comprensión”, refuerza.
Todo ello también se valoró, además de la declaración de la víctima y otras pruebas, para dar por acreditado un hecho de abuso sexual simple de Sebastián contra una adolescente.
De allí Bernie avanza en las consideraciones finales, entre el marco legal, agravantes y atenuantes tenidos en cuenta a la hora de decir la pena final para ambos imputados, todo lo cual contó con la adhesión de César Yaya.

Los jueces consideraron que Sebastián Kiczka intentó desviar la imputación y exonerar a su hermano.
Disidencia
Quien discrepó con parte de las argumentos de sus pares fue Viviana Cukla, quien, por ejemplo, consideró que no correspondía la aplicación del concurso real en los hechos atribuidos a los imputados y valoró contrariamente el estado de salud mental de Sebastián Kiczka.
Sobre el mayor de los hermanos, la magistrada esgrimió que “la prueba rendida en juicio permite concluir que Sebastián Kiczka no contaba con plena capacidad psíquica para dirigir su conducta conforme al derecho” y apuntó que “presenta una parafilia estructural persistente, acompañada de un trastorno de ansiedad severo, con rasgos depresivos, paranoides y esquizotípicos, todos ellos descriptos y fundados técnicamente en la pericia oficial”.
“Esta confluencia de padecimientos clínicos no suprime su imputabilidad, pero sí afecta sustancialmente su culpabilidad, en los términos exigidos por el juicio de reproche penal”, añade y cierra: “Esta circunstancia debe traducirse en una pena reducida, dentro del marco legal previsto, o bien en la adopción de medidas sustitutivas que, junto a la sanción penal, contemplen su abordaje terapéutico”.
Es por ello que Cukla consideró que lo correspondiente eran penas de 8 de prisión para Germán y 6 para Sebastián, aunque por mayoría se impuso la decisión de Bernie y Yaya, quienes se inclinaron por condenas más próximas al pedido de la fiscalía e impusieron 14 y 12 años de cárcel, respectivamente, para los hermanos apostoleños.
FOTO PRINCIPAL: Marcos Otaño – Canal 12.
Los Kiczka y su esquema de archivos Masi, desentrañado por los fiscales
Judiciales
El 15 de septiembre comenzará el juicio por el asesinato de Pablo Arredondo

El Tribunal Penal Uno de Posadas fijó para el próximo 15 de septiembre el inicio de las doce audiencias que fueron programadas para llevar adelante el juicio oral para esclarecer el asesinato del bonaerense Pablo Martín Arredondo (37), ultimado a golpes en un departamento del microcentro posadeño en febrero de 2020.
El caso tiene un total de seis jóvenes acusados: Alan William Saucedo (26), Elías Nahuel Trinidad (26), Miguel Ángel López (25), Oriana Saucedo (24), Brisa Torres (24) y Juan Alberto Barrios (22). Todos ellos están imputados como cautores de “homicidio doblemente calificado por el concurso premeditados de dos o más personas y criminis causae”, figura bajo la cual pueden ser condenados a prisión perpetua.
El juicio oral continuará en sucesivas audiencias programadas para el 16, 17, 18, 19, 22, 23, 24, 25, 26, 29 y 30 de septiembre. Resta definir si el proceso se realizará en el recinto de debates del TP Uno por calle La Rioja o en otra ubicación dada la cantidad de imputados.
El tribunal estará integrado por los magistrados Gustavo Bernie, Viviana Cukla y Miguel Mattos, este último como subrogante.
Por la acusación, en tanto, actuará el fiscal Martín Rau, en lo que podría ser su última participación en un juicio oral encarando ese rol ya que está pronto a ser designado oficialmente como magistrado del Tribunal Penal Dos de Posadas.
Según la información recopilada por La Voz de Misiones, hay un total de 45 testigos citados a prestar declaración testimonial ante las partes, entre los cuales hay investigadores policiales, peritos en criminalística, forenses, vecinos y familiares, tanto de la víctima como de los acusados.

Pablo Martín Arredondo (37) fue asesinado en 2020 en un departamento sobre calle Colón.
Golpeado y estrangulado
El crimen de Arredondo se descubrió el 23 de febrero de 2020, cuando los vecinos del departamento que alquilaba en un edificio sobre calle Colón, frente al colegio Roque González, alertaron sobre un olor putrefacto que provenía del lugar.
Al ingresar al inmueble, los efectivos policiales intervinientes se encontraron con el cadáver del bonaerense y la autopsia posterior determinó que fue golpeado y finalmente estrangulado con un cinto.
La investigación global estableció que el crimen se registró cuatro días antes, el 19 de febrero, en horas de la madrugada, cuando la víctima se reunió en su departamento junto a una de las jóvenes que aparentemente era su novia y un grupo de amigos de ellas.
En el lugar, se cree que Arredondo fue dopado con estupefacientes (ketamina) y que al departamento luego llegaron otros cómplices con la intención de sustraerle 300.000 pesos que el hombre tenía destinado a utilizar como parte de pago para la compra de un automóvil.
Mediante la revisión de cámaras de seguridad los investigadores pudieron reconstruir las últimas horas de la víctima y los últimos movimientos registrados en cercanías a su departamento, con lo cual fueron identificando uno a uno a los sospechosos.
Luego, la ciencia hizo el resto. En el marco de la causa constan pericias telefónicas que darían cuenta de comunicaciones entre los implicados planificando el hecho y rastros de ADN que ubican a al menos tres de los sospechosos en la escena del crimen.
El caso fue investigado por el Juzgado de Instrucción Tres de Posadas, a cargo del magistrado Fernando Verón, quien en mayo de 2023 firmó el requerimiento de elevación a juicio del expediente, medida que meses después fue ratificada por la Cámara de Apelaciones en lo Penal y de Menores de la provincia.
Confirman elevación a juicio del crimen de Arredondo con seis imputados
Judiciales
Sufrió violencia, escapó con su hija a Misiones y la Justicia la obliga a volver

Florencia Rondón es misionera. Tiene 30 años y es madre de una beba de 1. Vive y trabaja como médica en Eldorado, donde se asentó tras huir de una relación donde padecía violencia de género y ahora reclama ayuda porque la Justicia de Rosario le pide a regresar al mismo lugar donde era sometida por su ex pareja.
La joven contó su historia y clamó por ayuda en un video que rápidamente se viralizó. “Pido por favor que me ayuden a difundir para que se haga justicia y para que nosotros nos podamos mantener vivas”, suplicó.
La información recopilada da cuenta de que la médica se instaló en Rosario para convivir con quien era su pareja, un colega suyo identificado como Renzo Pellini, pero tras el nacimiento de la hija que tuvieron en común la violencia se hizo parte del día a día con maltrato psicológico, golpes, encierros y amenazas permanentes.
Tras casi un año viviendo en ese contexto, en abril pasado Rondón decidió escapar hacia Misiones, donde regresó con su núcleo familiar y comenzó nueva vida como médica en Eldorado.
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“No quiero ser una estadística más”
Esa situación dio pie a un litigio con su ex pareja y ahora el Juzgado de Familia 5 de Rosario considera que la mujer debe regresar a la ciudad porque entiende que ese lugar “es el centro de vida” de su pequeña hija.
Fue en ese marco que Rondón decidió hacer un video para difundir su caso y “llegar al corazón de la jueza de Rosario, Alicia Ana Galetto, para que por favor entienda la gravedad y el padecimiento que tenemos”.
“Tengo una hija de un año, que todavía toma la teta”, se presentó la joven en ese audiovisual, para luego contar que “en abril tuve que escapar de Rosario porque viví y sigo viviendo violencia de género por parte de su padre”.
“A mí no me quedó otra opción que salir huyendo de esa ciudad para mantenerme viva y proteger la vida de mi hija”, expresó.
Y añadió: “Hoy la Justicia de Rosario, de la Familia 5, me está obligando a mí y a mí hija a volver al calvario donde padecimos toda la violencia. Acá mis abogados y gracias al Juzgado de Familia Uno de Eldorado, me están protegiendo de manera provisoria y tratando de proteger mi integridad”.
Rondón sostuvo que “nosotros acá tenemos nuestro centro de vida. Mi hija acá aprendió a hablar, acá aprendió a caminar. Nosotros acá contamos con una red de apoyo”.
“Yo no quiero ser una estadística más, una muerta más en Rosario, no quiero que mi hija sea una niña muerta más. Pido por favor que me ayuden a difundir para que se haga justicia y para que nosotros nos podamos mantener vivas”, cerró.
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Prisión perpetua para el último acusado del doble homicidio de Puerto Rosario

El Tribunal Penal Uno de Oberá condenó a la pena de prisión perpetua a Pablo Dlugokinski (42), el último acusado que restaba juzgar por el doble homicidio de una pareja de agricultores de Puerto Rosario, Florentino Ameghino, quienes en marzo de 2017 fueron asesinados y enterrados en una fosa.
La misma pena habían recibido en 2021 su hermano Víctor Dlugokinski (37) -ex policía- y su cuñado Leonardo Bublitz (44), pero el juicio contra el ahora condenado se demoró más tiempo ya que estuvo más de dos años prófugo en Brasil, donde residía con una identidad falsa.
La sentencia de hoy fue dictada por los magistrados Horacio Paniagua, Jorge Villalba y Julio Carvallo, tras una audiencia en la cual el fiscal subrogante Elías Bys expuso un alegato donde consideró a Pablo Dlugokinski coautor del doble crimen de los agricultores Sandro Leiva (39) y Olivia Márquez (46).
Para el fiscal no quedaron dudas respecto a la participación del acusado en el acto criminal y reconstruyó que las víctimas fueron “emboscadas, golpeadas brutalmente, ejecutadas con armas de fuego y enterradas en una fosa cavada en la chacra de los acusados”.
Tras oír el veredicto, Dlugokinski fue inmediatamente trasladado a la Unidad Penal II de Oberá, donde deberá purgar la condena que prevé el cumplimiento efectivo de 35 años de encierro.
Doble homicidio
El doble homicidio se descubrió el 2 de abril de 2017, cuando los cuerpos de la pareja fueron encontrados semienterrados en cercanías a un cerro que está dentro de la chacra de los hermanos acusados.
Una semana antes, es decir el 25 de marzo, Ildo Victoriano Dlugokinski (58), padre de los condenados, falleció en el incendio de su casa y se cree que los hermanos responsabilizaron de ese hecho a la pareja de agricultores, ante lo cual decidieron cobrar venganza.
En ese contexto, Márquez, que era tía de los Dlugokinski, y su pareja Leiva, que trabajaba en la chacra de los hermanos, desaparecieron el 28 de marzo, ante lo cual se inició una búsqueda que terminó develando el horror.
En el medio, los hermanos y Bublitz fueron identificados por una patrulla de la Gendarmería Nacional Argentina (GNA) durante un control sobre la ruta costera 2 y en el baúl del auto del policía transportaban una moto Gilera 110 desarmada.
Esa motocicleta días más tarde fue encontrada en el cauce del arroyo Los Toros y se confirmó que el vehículo era propiedad de las víctimas, lo que orientó la investigación hacía el trío ahora condenado a prisión perpetua.
El primero en ser detenido fue Dublitz, mientras que el ex policía cayó días después en Brasil. Pablo Dlugokisnki, el último condenado, fue también el último detenido.
Su captura recién se concretó en 2019, cuando la Policía lo encontró en Novo Hamburgo, a unos 500 kilómetros de la frontera con Misiones, donde se movía como Oskcar Dos Santos y se promocionaba como cantante.
FOTO: El Territorio.
Misionero prófugo por doble homicidio, vive en Brasil y promociona sus shows por Facebook
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