Judiciales
Fundamentos del fallo contra los Kiczka: “Cada uno actuó de manera autónoma”
“Del análisis del material probatorio incorporado al proceso se desprende que cada uno de los imputados actuó de manera autónoma, haciendo uso individual del equipo y descargando, almacenando y conservando material ilícito sin coordinación funcional ni acuerdo de voluntades entre ellos”, concluye el magistrado Gustavo Bernie, con la adhesión de su par César Yaya, en un apartado del escrito de 146 páginas en el que volcaron los fundamentos de la sentencia que el Tribunal Penal Uno de Posadas dictó contra los hermanos Germán y Sebastián Kiczka, condenados a 14 y 12 años de prisión, respectivamente, por delitos asociados a archivos Masi.
Los jueces coincidieron al dar por acreditada la teoría del caso confeccionada por la fiscalía, como así también en desestimar la inimputabilidad de Sebastián Kiczka, sobre quien en un punto consideraron que su autoincriminación era “carente de detalles verificables”, “desprovista de todo respaldo documental o pericial” y constituía “un intento de desviar la imputación penal a su propia persona, con el propósito evidente de exonerar a su hermano Germán”.
En el documento se hace un repaso de absolutamente toda la causa, desde el requerimiento de elevación a juicio formulado por la fiscal Silvia Barronis, hasta todo lo ventilado en el debate oral llevado adelante entre el 31 de marzo y el 16 de abril, para, finalmente llegar a las conclusiones, con el análisis de las pruebas ponderadas, el marco jurídico imperante y las consideraciones que fueron tenidas en cuenta para alcanzar los montos de pena a aplicar, donde hubo discrepancia con Viviana Cukla, tercera integrante del tribunal.
“Me encuentro en condiciones de afirmar con certeza, que la parte fiscal ha logrado acreditar su hipótesis acusatoria, desvirtuando así la presunción de inocencia que ampara a los acusados”, adelanta Bernie, apenas comienza a desarrollar su extenso voto.
Después de ello, siguiendo el esquema expuesto por los fiscales Martín Rau y Vladimir Glinka, realiza un desglose de cada uno de los dispositivos electrónicos incautados en la investigación, delimitando a quién pertenecía cada cual y qué contenidos fueron encontrados en cada uno de ellos, para luego contraponer toda esa información con las declaraciones defensivas efectuadas por los imputados.

Los jueces César Yaya y Gustavo Bernie votaron coincidentemente; Viviana Cukla discrepó en algunos puntos del fallo.
Dispositivos y “acciones paralelas”
En una de sus consideraciones, el presidente del TP Uno hace especial hincapié en la computadora Acer secuestrada en la casa familiar de los Kiczka, aparato que los fiscales calificaron como “la computadora llave”, ya que fue la prueba madre de todo el resto de la investigación.
“A lo largo del debate, Sebastián incurrió en contradicciones manifiestas, primero señalando -según el informe actuarial de (se reserva nombre de testigo)- que una computadora Acer pertenecía a Germán, para luego declarar ante el tribunal que era suya. Esta actitud procesal, orientada a asumir responsabilidad en forma inconsistente y sin correspondencia con los datos técnicos recabados, disminuye notablemente la credibilidad de sus dichos y los torna jurídicamente ineficaces como descargo válido”, analiza Bernie.
En otro punto, el juez también confronta la versión dada por los acusados sobre un “desconocimiento” sobre el funcionamiento pleno de la aplicación E-mule, herramienta mediante la cual se descargaban y facilitaban gran parte de los 913 archivos Masi detectados en la causa.
“Quedó demostrado que el uso de dicha aplicación no requiere conocimientos informáticos especializados, y que su operatividad resulta accesible incluso para usuarios con habilidades tecnológicas básicas. De este modo, la evidencia visual que proporciona la pestaña de monitoreo del tráfico de archivos -visible en todo momento- permite afirmar, sin hesitación, que los imputados no podían desconocer que el material que descargaban era simultáneamente compartido con otros integrantes de la red”, respondió el magistrado.

Germán Kiczka recibió la mayor condena: 14 años de prisión por tenencia, facilitación y distribución de archivos Masi.
Un punto que marcó diferencia en la condena contra ambos hermanos fue que al ex diputado provincial, además de tenencia y facilitación de archivos Masi, también se le atribuyó un hecho de distribución, mientras que a Sebastián no.
Bernie también se detuvo en ese punto y consideró que “el hecho se presenta como doloso, en tanto Germán Kizcka tenía pleno conocimiento del contenido del archivo -cuya denominación es reveladora- y voluntad de compartirlo a través de un canal de mensajería directa, lo que denota la intencionalidad inequívoca de ponerlo a disposición de un tercero”.
Es en base a todo ese análisis independiente realizado sobre cada dispositivo y sobre cada conducta evidenciada por los imputados que Bernie arriba a la conclusión mencionada al comienzo de esta nota y detalla: “En el caso de Germán Kiczka, se constataron actividades reiteradas en la notebook ACER, notebook Lenovo, teléfono celular Samsung modelo S22 y pendrive identificado como “Fiat”. En el caso de Sebastián Kiczka, se verificó la existencia de archivos ilícitos en la notebook ACER, pendrive marca “Sandisk” y dispositivo óptico “CD 127”.
En tanto que, agrega, “a ello se suman patrones de búsqueda diferenciados, rutas de almacenamiento específicas y sesiones de uso separadas, lo que demuestra la existencia de acciones paralelas, pero no concertadas”.
Sebastián e imputabilidad
Sobre la discusión en torno a la salud mental de Sebastián Kiczka, Bernie también fue tajante: “Las pericias psiquiátricas incorporadas en el expediente no concluyen que Sebastián Kiczka padezca una psicosis, un estado de alienación mental o un cuadro de enajenación que haya anulado su capacidad de culpabilidad”.
“Por el contrario, de las constancias del proceso surge que el acusado conservaba su comprensión del injusto y su autodeterminación al momento del hecho. No solo no se acredita un trastorno severo, sino que el comportamiento del imputado revela un accionar planificado, metódico y orientado al ocultamiento del material ilícito, lo que resulta incompatible con cualquier estado de descontrol o falta de comprensión”, refuerza.
Todo ello también se valoró, además de la declaración de la víctima y otras pruebas, para dar por acreditado un hecho de abuso sexual simple de Sebastián contra una adolescente.
De allí Bernie avanza en las consideraciones finales, entre el marco legal, agravantes y atenuantes tenidos en cuenta a la hora de decir la pena final para ambos imputados, todo lo cual contó con la adhesión de César Yaya.

Los jueces consideraron que Sebastián Kiczka intentó desviar la imputación y exonerar a su hermano.
Disidencia
Quien discrepó con parte de las argumentos de sus pares fue Viviana Cukla, quien, por ejemplo, consideró que no correspondía la aplicación del concurso real en los hechos atribuidos a los imputados y valoró contrariamente el estado de salud mental de Sebastián Kiczka.
Sobre el mayor de los hermanos, la magistrada esgrimió que “la prueba rendida en juicio permite concluir que Sebastián Kiczka no contaba con plena capacidad psíquica para dirigir su conducta conforme al derecho” y apuntó que “presenta una parafilia estructural persistente, acompañada de un trastorno de ansiedad severo, con rasgos depresivos, paranoides y esquizotípicos, todos ellos descriptos y fundados técnicamente en la pericia oficial”.
“Esta confluencia de padecimientos clínicos no suprime su imputabilidad, pero sí afecta sustancialmente su culpabilidad, en los términos exigidos por el juicio de reproche penal”, añade y cierra: “Esta circunstancia debe traducirse en una pena reducida, dentro del marco legal previsto, o bien en la adopción de medidas sustitutivas que, junto a la sanción penal, contemplen su abordaje terapéutico”.
Es por ello que Cukla consideró que lo correspondiente eran penas de 8 de prisión para Germán y 6 para Sebastián, aunque por mayoría se impuso la decisión de Bernie y Yaya, quienes se inclinaron por condenas más próximas al pedido de la fiscalía e impusieron 14 y 12 años de cárcel, respectivamente, para los hermanos apostoleños.
FOTO PRINCIPAL: Marcos Otaño – Canal 12.
Los Kiczka y su esquema de archivos Masi, desentrañado por los fiscales
Judiciales
Abogado de intendente denunciado por abuso: “Estaríamos ante una fábula”
Sergio Báez, el abogado de Mario Peyer, el intendente de Caraguatay que hoy retomó su cargo tras pedirse 30 días de licencia para ponerse a disposición de la Justicia por una denuncia por abuso sexual que pesaba en su contra, calificó el caso como una “falsa denuncia” y apuntó que la presentación en contra de su cliente consistió en una “fábula” por parte de la presunta víctima.
Las declaraciones de Báez se dieron esta mañana, en paralelo al pedido de sobreseimiento total y definitivo de Peyer solicitado por Héctor Simón, titular de la Fiscalía de Instrucción Uno de Puerto Rico, interviniente en el expediente abierto en febrero pasado cuando se radicó la denuncia contra el jefe comunal.
“Hoy tuvimos varias novedades. Una fue el pedido de sobreseimiento total y definitivo del intendente Mario Peyer. Lógicamente el juez (Manuel Balanda Gómez) va a correr traslado a la querella y a las otras partes, para después tomar su decisión. Al ser el fiscal el dueño de la acción pública, esto es un tema prácticamente consumado”, aseveró Báez, en diálogo con Radio República.
Sobre el desarrollo de la causa en sí, el letrado consideró que “nos encontramos con una falsa denuncia, pero hemos demostrado que el intendente es inocente” y detalló que “hoy se agregaron las pericias psicológicas que establecen que la denuncian recurre a la fabulación y a la sobreactuación de sus síntomas como estrategia defensiva y tiende a reinterpretar su vivencia”.
“Esto significa que tiene un cuadro de magnificación y fabulación instrumental. Estos indicadores están en contra de una persona que haya sufrido un trauma de abuso sexual. Es decir, estaríamos ante una fábula”, resumió.
Báez también sostuvo que, en el marco de la investigación y análisis de pruebas, del teléfono de la denunciante se recuperó una grabación donde advierten que al momento de efectuar la presentación contra Peyer sus dichos estuvieron “semidirigidos” por su abogada.
“La víctima puede ir acompañada porque se siente protegida, pero lo que no puede pasar es que esa persona que la acompaña semidirija la denuncia acotando datos y solicitando que se agregue datos. Esa otra persona es la abogada de la supuesta víctima”, precisó.
“A pesar de eso, nosotros, durante todo el proceso, como estrategia defensiva, tratamos de ofrecer todo tipo de pruebas. Testigos, lugares donde podían haber cámaras y más”, agregó y explicó que en esa labor buscaron fotografías tomadas en fechas cercanas a los hechos denunciados para “demostrar que ni la denunciante ni el intendente presentaban signos de golpes o marcas en sus cuerpos como se señaló en la primera denuncia”.
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La fiscalía pidió el sobreseimiento de Peyer, intendente denunciado por abuso
Tras el analizar el compendio de pruebas recabadas, entre las que se sumó ayer la declaración indagatoria del propio acusado, el fiscal Héctor Simón solicitó este jueves el sobreseimiento total y definitivo de Mario Peyer, el intendente de Caraguatay que hoy mismo retomó sus funciones tras tomarse una licencia de 30 días para ponerse a disposición de la Justicia y someterse a la investigación abierta en su contra.
El pedido fue planteado ante el magistrado Manuel Balanda Gómez, titular del Juzgado de Instrucción Uno de Puerto Rico, quien ahora deberá resolver la situación conforme a los elementos que obran en el expediente por abuso sexual con acceso carnal y amenazas abierto en febrero pasado, tras una denuncia radicada contra el intendente por parte de una trabajadora del concejo deliberante de Caraguatay.
En su presentación, la mujer acusó al jefe comunal por dos episodios puntuales. En uno afirmó que Peyer se sobrepasó con miramientos y tocamientos indebidos, mientras que en el segundo hecho fue sometida sexualmente.
En la indagatoria de ayer, el alcalde negó cada una de las acusaciones y en su defensa sostuvo que el día en que la muchacha afirma haber sido abusada él se encontraba en otro lugar.
Peyer retomó la intendencia de Caraguatay tras un mes de licencia
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Este miércoles indagan a Mario Peyer, intendente denunciado por abuso
El Juzgado de Instrucción Uno de Puerto Rico, a cargo del magistrado Manuel Balanda Gómez, fijó para este miércoles la audiencia de declaración indagatoria para Mario Peyer, intendente en uso de licencia de Caraguatay, denunciado por abuso sexual en perjuicio de una trabajadora del concejo deliberante de ese mismo municipio.
La citación llega tras más de un mes de investigación, que incluyó secuestro de documentos, inspecciones oculares, pericias a dispositivos, informes médicos y toma de testimoniales por parte del juzgado que dirige el magistrado Balanda Gómez.
Al momento de comparecer ante la Justicia, Peyer tendrá la posibilidad de brindar su versión de los hechos o bien abstenerse de declarar, tal como lo ampara su derecho y sin que ese silencio le signifique presunción de culpabilidad.
La indagatoria, además, se dará un día antes del vencimiento de la licencia solicitada por el implicado como jefe comunal de Caraguatay, cargo que temporalmente quedó en menos de la concejal Norma Gularte, que obtuvo su banca por la Renovación y en diciembre se pasó a las filas de La Libertad Avanza (LLA).
Esta mañana, en diálogo con Radio Up, el letrado Sergio Rafael Báez, adelantó que Peyer aceptará declarar y ante la Justicia negará los hechos y reafirmará su inocencia, tal como lo hizo a través de sus redes sociales apenas estalló el escándalo.
Báez resaltó que desde el comienzo de la investigación el jefe comunal se puso a disposición de la Justicia y afirmó que durante el avance del expediente han presentado un “gran caudal de pruebas” para demostrar la inocencia de Peyer.
Denuncia y causa
La denuncia contra el jefe comunal fue radicada el pasado 25 de febrero, cuando una trabajadora del Concejo Deliberante de Caraguatay lo acusó por hechos de acoso y abuso sexual perpetrados a mediados del año pasado.
Sumado a la presentación inicial, más tarde la denunciante volvió a comparecer ante el juzgado y ratificó cada una de sus acusaciones, brindando un detallado relato de los padecimientos que afirma haber sufrido en manos del alcalde que llegó al cargo en 2023.
Ante la Justicia, la joven denunció que primer suceso ocurrió el 8 de julio de 2025, cuando el intendente citó a la joven en su despacho y le “acarició las manos”, entre otros actos de miramientos, tocamientos y expresiones indebidas.
El segundo episodio y más grave, sucedió el 4 de septiembre, en el marco del Día de la Secretaria, cuando el jefe comunal se presentó en el Concejo Deliberante para entregar presentes a las trabajadoras del lugar.
En esas circunstancias -amplia la denuncia-, el hombre ingresó a la oficina de la denunciante y tras una breve conversación, llaveó la puerta, se abalanzó sobre ella, le corrió la ropa y la sometió carnalmente, a la fuerza y sin el consentimiento de la muchacha.
La joven, incluso, narró que el intendente la golpeó y ejerció constante fuerza sobre ella para mantenerse en posición dominante durante el abuso. También describió que al momento del hecho llevaba pocos días de haber dado a luz, ante lo cual sufrió mayores dolencias físicas.
Después del hecho -aseguró la denunciante-, Peyer se retiró del lugar y amenazó a la joven para que no denuncie lo sucedido si quería mantener su trabajo, extorsión que se extendió durante varios meses, insertando a la víctima en un clima de sometimiento constante con llamados desde diferentes números telefónicos y visitas sorpresivas al Concejo Deliberante.
Atento a que Peyer goza de inmunidad de arresto por su condición de alcalde, el magistrado que dirige la investigación dispuso una serie de medidas preventivas, entre ellas una restricción de acercamiento y contacto hacia la denunciante.
Violación, golpes y amenazas: la denuncia contra el intendente de Caraguatay
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