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Fallo a favor de gendarme que pide volver a Eldorado para cuidado de familiares

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Un fiscal de Capital Federal falló a favor del pedido planteado por una gendarme misionera que solicitó regresar a Eldorado para atender a su madre y su hermano, ambos con cuadros de discapacidad, dictaminó que un juez le ordene a la Gendarmería Nacional Argentina (GNA) dar tratamiento urgente al traslado peticionado.

La resolución fue firmada por el titular de la Fiscalía en lo Civil y Comercial y Contencioso Administrativo Federal N°8, Fabián Canda, quien intervino en el caso a partir de una acción de amparo presentada por la agente de Gendarmería demandante, quien todavía tiene abierto un proceso administrativo dentro de la fuerza para resolver el pedido de traslado.

Según consignaron en el portal oficial del Ministerio Público de la Nación, todo comenzó en octubre de 2022, cuando la uniformada solicitó a GNA ser trasladada y cumplir funciones en el Escuadrón 10 de Eldorado, en virtud de atender a su madre y a su hermano, quienes residen en esa localidad y ambos presentan un cuadro de discapacidad.

Sin embargo, el trámite administrativo ingresó análisis de distintas dependencias y áreas de la institución, sin llegar a una pronta resolución.

Ante esta situación, la gendarme involucrada decidió recurrir a la vía de una acción de amparo contra el Estado Nacional, el Ministerio de Seguridad y la GNA, a fin de que se ordene a la fuerza federal que disponga su “traslado inmediato y urgente al Escuadrón Eldorado”, con el “fin de con el fin de continuar prestando servicio en la institución y también para atender a su madre y hermano, que padecen una discapacidad”.

En su momento, el representante legal de GNA que intervino en el caso, señaló que “un cambio de destino se efectúa de acuerdo a las necesidades del comendo y de servicio, y no por circunstancias particulares de las y los agentes, y que todo cambio de destino, pase o traslado obedece a una facultad no susceptible de revisión judicial, siempre que no se incurra en arbitrariedad o ilegalidad manifiesta, circunstancia que no ocurriría en el caso”.

Además, desde la GNA enfatizaron que “si cada gendarme que pretende un cambio por razones particulares o individuales interpusiera un amparo con ese fin, la Gendarmería -a la que voluntaria y libremente se unen- no podría cumplir su labor”.

Las posturas de ambas partes fueron analizadas por el fiscal Canda, quien ahora emitió su resolución y en la misma decidió rechazar la acción de amparo al considerar que esta vía judicial no estaba habilitada en virtud de que todavía había un trámite administrativo abierto, aunque sí dictaminó en favor de que el juez interviniente le ordene a la GNA a le dé trámite urgente a la solicitud de traslado de la gendarme y que fije un plazo para que se dicte una resolución.

Entre sus consideraciones, el fiscal sostuvo que “hasta el momento, la demandada ha demostrado desplegar una aceptable actividad procedimental tendiente a considerar en forma fundada y razonable la petición de la parte actora” y añadió que los elementos aportados por la gendarme “no permiten concluir que la conducta de la Fuerza se base en un balance manifiestamente irrazonable de los delicadísimos intereses en juego, que debe conciliar el legítimo derecho invocado, con la elevada misión de una fuerza federal de seguridad”.

Según concluyeron desde fiscales.gob, el dictamen del fiscal Canda “procuró atender la potestad de una fuerza de seguridad para disponer de sus agentes del modo más eficaz y el derecho de la gendarme en relación a la atención de la salud de sus familiares”.

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Imputaron al ex convicto detenido por el crimen del productor Von Steiger

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El ex convicto detenido por el asesinato a machetazos de su patrón, el productor agrícola Hugo Orlando Von Steiger (75), se abstuvo de declarar y fue imputado por homicidio agravado.

La audiencia de declaración indagatoria se concretó en las últimas horas y fue realizada ante la magistrada Adriana Zajackowski, titular del Juzgado Correccional y de Menores Uno de Oberá, pero actualmente a cargo por subrogancia del Juzgado de Instrucción Uno de la misma circunscripción judicial.

Frente a ella compareció Samuel de Almeida (45), ex convicto y peón rural de la víctima, quien decidió guardar silencio y acto seguido fue imputado preliminarmente por “homicidio agravado”.

De esta manera, el sospechoso continuará privado de su libertad y su futuro dependerá de los elementos probatorios que los instructores de la causa logren reunir para esclarecer el hecho.

El crimen de Von Steiger se registró el 9 de enero, cuando su cuerpo fue encontrado a un costado de su camioneta Volkswagen Saveiro sobre un camino vecinal en una zona de plantaciones en el límite entre Oberá y General Alvear.

El hombre presentaba múltiples lesiones de machetazos en miembros inferiores, superiores, tórax y rostro.

De Almeida fue la última persona vista junto a la víctima y después del hecho permaneció prófugo casi un día, hasta que efectivos policiales lo capturaron a unos 25 kilómetros de la escena del crimen.

El sospechoso trabajaba como peón de Von Steiger hace unos tres años. Antes de eso estuvo cuatro años preso por un delito contra la integridad sexual.

Atrapan a ex convicto acusado de matar a machetazos al productor Von Steiger

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Fopea “deplora” el intento de censura del ex juez Reyes contra LVM

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El Foro de Periodismo Argentino (Fopea) se hizo eco del intento de censura contra La Voz de Misiones y mediante un comunicado expresó que “deplora” el accionar del abogado y ex juez penal José Antonio Reyes, autor de una carta documento enviada a este medio.

El caso fue relevado por integrantes del monitoreo de libertad de expresión de Fopea, quienes se interiorizaron en la situación y resolvieron expresar su postura a favor de La Voz de Misiones.

En el mismo comunicado señalaron que “Fopea advierte que pretender impedir o condicionar la publicación de información veraz sobre hechos juzgados constituye un intento de censura, incompatible con los principios constitucionales que protegen la libertad de expresión y el derecho de la ciudadanía a estar informada”.

“La existencia de resoluciones judiciales refuerza el carácter público de la información difundida y el derecho de los medios a darla a conocer”, consignan después y cierran: “Reafirmamos que la libertad de expresión y el derecho a la información son pilares esenciales del sistema democrático, que deben ser garantizados y protegidos frente a cualquier intento de restricción”.

El intento de censura contra LVM provino de parte del ex juez penal de Apóstoles José Antonio Reyes –destituido en 2007-, quien ahora se desempeña como abogado particular y actuó como defensor de una pareja de bonaerenses condenada por participar de una maniobra de entrega de bebés en Concepción de la Sierra, ardid que fue expuesto por este medio mediante un informe publicado el pasado 5 de enero.

 

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Ex juez pide censura a LVM por nota sobre entrega de bebés en Concepción

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La Corte Suprema ratificó en 2021 la destitución de José Reyes como juez

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José Antonio Reyes, el abogado que pidió censurar a La Voz de Misiones por una nota sobre entrega de bebés que involucraba a dos de sus defendidos, fue juez penal de Apóstoles hasta su destitución en 2007, aunque eso ya se sabía y múltiples publicaciones dan cuenta de ello.

En contrapartida, lo que en estos años pasó desapercibido es que la destitución de Reyes fue ratificada en 2021 por la mismísima Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN), hasta donde el ex magistrado recurrió para tratar de revertir el fallo que le quitó el cargo por incumplimiento de sus deberes.

La medida del máximo órgano judicial del país fue firmada por los jueces Carlos Fernando Rosenkratz, Juan Carlos Maqueda y Horacio Daniel Rosatti, quienes analizaron el recurso de casación interpuesto y desestimaron uno por uno los argumentos esgrimidos  por Reyes en su escrito.

La resolución tiene 17 páginas, es información pública en internet y en uno de sus apartados los jueces la Corte concluyen, sin vueltas: “Que, en las condiciones expresadas, no puede ponerse fundadamente en tela de juicio que el ex magistrado fue imputado por un cargo definido, en base a una conducta descripta con suficiente precisión; que pudo ejercer su derecho de defensa, efectuando su descargo sobre la base de los hechos concretos que le fueron imputados; que su conducta fue evaluada y juzgada dentro de un plazo razonable; y que fue destituido, con sustento en los mismos hechos”.

De esta manera, quedó ratificada la destitución resuelta por el jurado de enjuiciamiento que analizó el caso en 2007 y encontró a Reyes responsable de “incumplimiento de sus deberes”.

El pedido de jury había sido formulado por Gabriel Díaz, por aquel entonces gerente regional del banco Macro, quien acusó a Reyes de emitir un recurso de amparo a favor de la empresa “Touché-Moreno Ocampo y Otros UTE” pese a no ser competente.

Esa resolución le permitió a la empresa extraer unos 3 millones de pesos del banco, supuestamente en concepto por pagos pendientes por el cobro tercerizado de morosos de Rentas.

Antes de llegar al jury, el magistrado presentó la renuncia, pero el gobierno no se la aceptó. Tras su destitución, Reyes habló con el diario El Territorio y prometió: “Voy a reclamar hasta la última instancia porque considero justo, se violó mi derecho a la defensa y el debido proceso, eso tilda de nulo el proceso. Es una grosera sentencia”.

Décadas después, la contienda judicial llegó hasta la Corte Suprema, cuyos magistrados entendieron que a Reyes no le asistía la razón. 

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