Nuestras Redes

Judiciales

Descartan femicidio en caso Antonella y condenan a Vargas a 20 años

Publicado

el

femicidio antonella

La familia de Antonella Bernhardt (27) volvió a llorar su muerte esta tarde. Contrariamente a lo solicitado tanto por la fiscalía como por la querella, el Tribunal Penal Uno de Posadas desestimó el agravante de femicidio y encuadró el asesinato de la joven como un homicidio simple, aplicando una pena de 20 años de cárcel para el fotógrafo Cristian Daniel Vargas (33), quien de esta manera esquivó la prisión perpetua. 

El fallo fue dictado hoy, exactamente a las 14, luego de los tres extensos alegatos desarrollados por las partes involucradas y tras una deliberación de poco más de una hora por parte de los integrantes del tribunal presidido por la magistrada Viviana Cukla e integrado por sus pares Ángel Dejesús Cardozo y Gustavo Bernie.

Con el fallo resolutivo en manos, los jueces regresaron a la sala de debates y por secretaría se leyó la sentencia en la que Vargas fue declarado autor del delito de homicidio simple y condenado a purgar 20 años de prisión, de los cuales ya llevo cumplidos cuatro, debido a que permanece detenido desde el 4 de abril de 2019, día en que se cometió el hecho.

Según consta en el documento, el tribunal calificó el hecho como homicidio simple por unanimidad, al tanto que el magistrado Dejesús Cardozo votó en disidencia respecto al monto de la pena ya que consideró que lo correcto era la aplicación de 25 años de cárcel, el máximo previsto para el artículo 79 del Código Penal de la Nación.

“Vergüenza, vergüenza”, alcanzaron a gritar algunos de los presentes en un SUM del Palacio de Justicia colmado, aunque la totalidad de los presentes se retiraron del recinto sin mayores inconvenientes.

Ya en los pasillos del edificio tribunalicio, las escenas de abrazos, lamentos y llantos sí ganaron lugar, casi en forma de “gritos ahogados”, tal como algunos testigos describieron oír desde el interior del departamento de Antonella el día del crimen.

Los fundamentos del fallo serán comunicados el 28 de noviembre, a las 12.30, en la sede del TP Uno, ubicado por calle Catamarca. A partir de ahí las partes tendrán la posibilidad de apelar la sentencia para su posterior revisión por parte del Superior Tribunal de Justicia (STJ) de la provincia.

Antes de oír su sentencia, Vargas hizo uso de sus últimas palabras y se explayó durante diez minutos ante el tribunal. Allí pidió perdón a la familia, insistió por cuarta vez en su teoría defensiva, habló del “in dubio pro reo” y pidió “benevolencia” al tribunal.

El fallo fue dictado por el Tribunal Penal Uno y los fundamentos serán comunicados el 28 de noviembre. FOTO: Marcos Otaño.

La querella: “Él eligió matarla”

La sexta y última jornada del debate comenzó minutos después después de las 8.30, esta vez con transmisión en vivo a través de Youtube. El primero en exponer sus conclusiones finales fue el letrado Mauricio Vergara, querellante particular en representación de la familia Bernhardt. 

Apenas comenzado, Vergara pidió al tribunal “resolver con perspectiva de género” y solicitó “una sentencia ejemplificadora para que no hayan más Antonella’s”.

Luego, reconstruyó que el acusado contactó a la víctima a través de un ofrecimiento para realizar un book de fotos y que con ello se “aprovechó de la condición de necesidad” de Antonella, dado que la joven atravesaba un difícil momento económico, en permanente búsqueda de trabajo.

“Se aprovechó de su situación de poder, de macho y decidió matarla para callarla y poder huir”, expresó Vergara.

Respecto a la calificación legal del hecho, eje principal de la discusión, el letrado querellante desestimó la aplicación del agravante de alevosía que añadió la fiscalía en jornadas previas y solamente ató el caso a la figura de femicidio (artículo 11 del artículo 80).

“Si no la hubiese matado, los golpes ya eran elementos constituyentes de violencia de género. Él eligió matarla, así que no cabe más que condenarlo por femicidio”, concluyó Vergara, aunque de manera subsidiaria pidió que si el tribunal consideraba el hecho como un homicidio simple se aplique el máximo de la pena.

La fiscalía: “Cuando recibió un no, la mató”

Seguido a Vergara, llegó el momento del fiscal Martín Rau, quien expuso durante casi dos horas, apoyándose en filminas con transcripciones de testimoniales, reproducción de chats y exhibición de fotografías. 

Fiel a su estilo, el representante del Ministerio Público Fiscal comenzó su alegato desarrollando la versión dada por el imputado para luego contrastar cada fragmento de ese relato defensivo con las pruebas obrantes en el expediente y las recolectadas durante el proceso oral.

En sus tres indagatorias (una en instrucción y dos en juicio), Vargas sostuvo que, en medio de la sesión de fotos, mantuvo un encuentro sexual con Antonella que ella filmó y que luego utilizó para extorsionarlo, lo cual derivó en una discusión y un forcejeo que culminó en una puñalada “accidental” en el cuello de la víctima. Sobre ello, Rau fue directo: “Son falacias”.

Tal como lo había adelantado en la ampliación de imputación efectuada el viernes pasado, Rau trazó como hipótesis del caso que Antonella le reclamó a Vargas el pago de una sesión de fotos tomada anteriormente y que ese fue el desencadenante de una discusión que derivó en el femicidio.

El fiscal sostuvo que en medio de la discusión Vargas golpeó en la cabeza a Antonella con un velador que se rompió “en tres pedazos” y con ella desmayada en el suelo le aplicó la puñalada que le perforó la vía aérea y que se detuvo en los cuerpos vertebrales 3 y 4, provocando un shock hipovolémico y un síndrome de asfixia ya que esa misma sangre ingresó al conducto respiratorio.

El fiscal Martín Rau pidió prisión perpetua por doble homicidio calificado por femicidio y alevosía. FOTO: Marcos Otaño.

Para sustentar su teoría, Rau repasó los testimonios brindados por las tres vecinas que ese día intervinieron en auxilio de Antonella y que incluso filmaron a Vargas retirándose del lugar.

“Capdevila (testigo) escuchó ‘gritos ahogados’. Y su testimonio encuentra correlato en las pruebas. Ni ella ni las otras testigos mencionan haber oído los gritos de la pelea que refiere el imputado y eso que a través de esas paredes hasta se escuchaba el ruido de la cadena del baño”, graficó el fiscal.

A continuación, dio paso a la declaración de la médica forense Carolina Lanzos, a quien calificó como “testigo calificado” y “más importante”.

Para Rau el testimonio de Lanzos fue categórico para establecer que Antonella recibió “una paliza” que la dejó “desmayada” y que estando “acostada en el piso” recibió una “puñalada brutal”.

“Sobre el tórax tenía manchas de sangre gruesas, eran coagulaciones, eran manchas sin caída. Lo determinante no es dónde hay manchas, sino dónde no hay manchas de sangre y por el principio de transferencia de sangre se observan manchas en la pared, pero siempre en la zona baja. Todo esto demuestra dónde estaba ubicado el cuerpo al momento del hecho”, argumentó.

Rau también desestimó la versión de un encuentro sexual entre Antonella y Vargas y más aún la existencia del video del acto con el cual la joven supuestamente pretendió extorsionar al ahora condenado ya que dicho material nunca fue hallado a pesar de las pericias informáticas. 

En esa línea, apuntó que “Vargas utilizó las fotos para satisfacer su apetito voyerista y tomó a la mujer como un objeto. Sabía que Antonella buscaba trabajo y se aprovechó de eso. Cuando recibió un no, la mató. Él no aceptó que Antonella se revelara. Hoy solo quiere manipular al tribunal y cambia su versión en cuanto la prueba va derrumbando sus dichos”.

Al considerar probado que medió violencia de género en el caso y que el acusado actuó sobreseguro contra una víctima indefensa, Rau mantuvo su acusación y pidió la pena de prisión perpetua para Vargas como autor de homicidio doblemente calificado por femicidio y alevosía.

“La violencia de género ya no se sufre en silencio, la gente se involucra y la participación de estas vecinas impidió la impunidad de este hecho”, valoró Rau respecto a la conducta de las vecinas de Antonella.

Y, por último, ya ganado por la emoción, el fiscal miró al tribunal y culminó su pedido: “Hay una deconstrucción social, ahora solo falta una deconstrucción judicial. Les toca a ustedes hacer lo suyo, para que la parte judicial no quede en una voluntad vacío de contenido. Deseo que esto se traduzca en la condena que hemos pedido”. Finalmente, no sucedió.

La defensa: “No hay certeza sobre los agravantes”

El último en exponer su alegato fue el defensor oficial Mario Ramírez, quien mantuvo el eje de la discusión en los mismos términos planteados desde el día 1 del caso: oponerse a la aplicación de agravantes.

“En este juicio no hay impunidad. Los agravantes de femicidio y alevosía no están presentes en este caso. No estamos pidiendo que le den un premio ni la libertad a Vargas, estamos diciendo que hubo un exceso en la calificante”, respondió a los otros alegatos el letrado con largos años de carrera como defensor oficial.

En marco, arremetió que “hay que trabajar con lo que hay, no con lo que no hay. No hay que presumir en contra del imputado. No se puede completar lo que no se sabe con agravantes, hay que fundamentarlo con lo que hay en la plataforma fáctica y acá no hay pruebas, no hay certezas sobre los agravantes, son puras conjeturas”.

Ramírez admitió que la versión dada por Vargas “es difícil de creer” y que “quizás ni su mamá le crea”, pero “él no está obligado a decir la verdad, es el Estado el que está obligado a probar el hecho, lo que no esta pasando”.

Vargas estuvo representado por el defensor oficial Mario Ramírez. FOTO: Marcos Otaño.

Para la defensa, la pelea narrada por el imputado sí existió y sostuvo que la forense Lanzos “se aventuró más allá de sus funciones” en su testimonio.

En esa línea, cerró con que “a Vargas le importaba más el celular de Antonella con el video y no traicionar a su esposa que ir preso. Es la realidad. Por eso dejó su celular y se llevó el de ella. No hay más que eso”.

Como corolario, consideró que “no porque la víctima haya sido una mujer es un femicidio y no porque haya habido mucha sangre es alevosía”. En consecuencia realizó pidió encuadrar el caso como un homicidio culposo o, en forma subsidiaria, la aplicación la aplicación de la pena mínima por homicidio simple. 

Finalmente, el tribunal se inclinó por esa última figura, aunque aplicó una pena de 20 años. Vargas se retiró esposa por una comitiva del Servicio Penitenciario Provincial (SPP) y volvió a ser alojado en la Unidad Penal VI de Miguel Lanús.

La causa había llegado a debate oral como femicidio, delito que prevé una pena de prisión perpetua equivalente a 35 años de cárcel de cumplimiento efectivo.

Al esquivar la perpetua, Vargas también quedó habilitado a pedir la libertad condicional antes de purgar la totalidad de la pena, siempre y cuando cumpla con los requisitos previstos por la ley.

La familia de Antonella Bernhardt se retiró en lágrimas pero sin incidentes. FOTO: Marcos Otaño.

Judiciales

El juicio al “rey de las mulas narco” y su banda arranca el lunes en Posadas

Publicado

el

El Tribunal Oral Federal (TOF) de Posadas será escenario este lunes del inicio del juicio que inicialmente estaba previsto para el 19 de agosto y que tiene al ciudadano surinamés Johan Bodji (52), más conocido como “el rey de las mulas”, como principal imputado en una causa que investiga el accionar de una organización narco transnacional que enviaba cocaína a Europa y como contraprestación recibía drogas sintéticas para ser comercializadas en Argentina.

El arranque de la audiencia está pautado para las 8 de la mañana, con los siete imputados citados, aunque varios de ellos habrían adelantado intenciones de firmar acuerdos de juicios abreviados, decisión que deberán ratificar ese mismo lunes antes todas las partes intervinientes en el debate.

El proceso será llevado adelante por el tribunal conformado por los magistrados Gustavo Cardozo, Ruth María Ponce de León (recientemente designada en el cargo) y Enrique Bosch (subrogante).

Según fuentes consultadas por La Voz de Misiones, de los siete imputados, cinco estarán conectados de manera telemática, entre ellos Bodji, dado que es uno de los internos alojado bajo el régimen de presos de alto riesgo en la cárcel federal de Ezeiza, sector que comparte con los criminales más peligrosos del país y al cual ahora se sumó, por ejemplo, el misionero Luis Raúl “El Gusano” Menocchio.

Entre los acusados que estarán presentes en la sala de audiencias se encuentra otro imputado de “alto perfil”. Se trata de Ricardo Francisco Bruno (62), el “farmacéutico”, que aparece como “coautor” de Bodji en las maniobras de narcotráfico y que entre sus antecedentes registra una condena por venta de medicamentos truchos y otra como “partícipe secundario” en el homicidio de Miriam Alencar Da Silva, una joven brasileña que en 2017 murió al no poder expulsar 66 de las 94 cápsulas de éxtasis que había ingerido para ser utilizada como transporte humano de droga.

La figura de Bodji es que la que concentra la mayor atención. El extranjero, que también se movía bajo la identidad de Dominique Harry Rayngs y que fue catalogado como “el rey de las mulas”, enfrenta cargos como organizador y financista de “tráfico ilícito de estupefacientes, bajo la modalidad de comercio agravado por la intervención de tres o más personas”, además de otros delitos atribuidos como falsificación de documentos públicos y desobediencia.

Los demás acusados son Jorge Antonio Sandoval (47); Crainer Odyllie Abauna (37), de nacionalidad surinamesa; Jackeline Polo Carlo (41), peruano; Karen Aldana Guzmán (27), oriunda de Chaco; y la misionera Carla Luján Grondona (22). Todos están imputados como coautores de tráfico de estupefacientes.

Bruno, Sandoval, Polo Carlo y Abauna se repartían tareas vinculadas a la logística, coordinación, acompañamiento y seguimiento de las mulas, entre cuales figura la chaqueña Guzmán, mientras que la misionera Grondona cumplía funciones como apoyo logístico en Bernardo de Irigoyen, localidad en frontera seca con Brasil que la organización utilizaba como punto fijo en la hoja de ruta de los “corres humanos” con droga que llegaban hasta ciudades como Lisboa, Madrid y Paris.

Dada la complejidad de la causa, el debate contará con una doble acusación, integrada por los fiscales propios del TOF y por fiscales de la Procuraduría de Narcocriminalidad (Procunar), tal como ocurrió en el juicio oral contra el narco-sicario Néstor Fabián “El Negro” Rojas (50), condenado a prisión perpetua en septiembre de 2024.

Ricardo Francisco Bruno, el “farmacéutico”, será uno de los imputados que estarán presencialmente en el debate. Foto: Infobae.

San José, el origen

El expediente llega a esta instancia luego de que el Juzgado Federal de Posadas, a cargo de la magistrada Verónica Skanata, firmara el requerimiento de elevación a juicio formulado el 12 de junio del año pasado por la fiscal federal Silvina Gutiérrez y el fiscal coadyudante de Procunar Martín Uriona.

La investigación fue el desprendimiento de un hecho registrado el 7 de junio de 2023, cuando en el puesto Centinela de San José la Gendarmería detuvo a una pareja de jóvenes bonaerenses que viajaban desde Bernardo de Irigoyen hacia Ciudad de Buenos Aires en un colectivo con 23,425 kilogramos de MDA o éxtasis.

La pareja fue detenida, imputada, procesada y más tarde condenada a penas de cinco años de prisión en en juicio abreviado, pero lo más sustancioso provino después, gracias al peritaje de sus teléfonos celulares, aparatos de donde surgieron las pistas iniciales para develar todo el ardid y dar con todos los eslabones de la estructura criminal.

En principio se estableció que los pasajeros detenidos ese 7 de junio de 2023 habían sido parte de esta estructura, pero no eran los únicos y que las maniobras continuaban ejecutándose.

La investigación continuó en silencio y los fiscales siguieron solicitando medidas hasta que descubrieron que a mediados de octubre de 2024 se iba a llevar adelante otro ardid, para el cual iban a ser utilizadas dos jóvenes chaqueñas, una de las cuales ya tenía experiencia y conocimientos sobre el itinerario a realizar como sobre la ingesta de las cápsulas.

Las pistas fueron certeras y el otro episodio clave ocurrió el 17 de octubre de 2024, cuando las dos mulas chaqueñas fueron atrapadas en el aeropuerto Silvio Pettirossi de Asunción a punto de embarcar un vuelo hacia Madrid, España, con droga en sus estómagos.

Las chicas llevaban 154 cápsulas de cocaína en su interior y apenas confirmada la maniobra, los investigadores argentinos profundizaron la pesquisa contra el resto de los involucrados, concretando una decena de allanamientos en distintos puntos del país y capturando a los involucrados que ahora serán juzgados en el TOF posadeño.

La carga de éxtasis incautada en San José en junio de 2023 y que disparó la causa.

Va cocaína, llega éxtasis

Para ese entonces los investigadores intervinientes ya conocían al detalle el ardid desplegado, solo faltaba dar el golpe. La reconstrucción realizada consigna que la organización liderada por Bodji reclutaba jóvenes en situación de vulnerabilidad para utilizarlas como mulas para traficar cocaína hacia Europa, para luego recibir drogas sintéticas como contraprestación por el servicio.

La hoja de ruta era la siguiente. La primera etapa unía Buenos Aires con Bernardo de Irigoyen. Desde allí, las mulas iban hacia San Pablo -o Asunción-, donde ingerían las cápsulas y tomaban un vuelo que normalmente hacía escala en Natal antes de aterrizar en ciudades europeas como Lisboa, Madrid o Paris. El itinerario de regreso, en tanto, incluía una estadía en Isla Martinica, en pleno caribe, como “mini-vacaciones” o retribución por el éxito de la maniobra, además del pago de hasta dos millones de pesos por viaje.

El extenso expediente cuenta con una amplia carga probatoria, que incluye tareas de vigilancia, escuchas telefónicas, chats recuperados, transacciones bancarias, informes de aerolíneas y registros migratorios como los que ubican a Bodji en territorio misionero en varias oportunidades.

El surinamés se manejaba libremente por todo el país utilizando una serie de documentos apócrifos mediante los cuales burlaba los controles migratorios, dado que sobre su identidad verdadera pesaba una prohibición de reingreso permanente a la Argentina por una causa narco de 2010, cuando también arbitró los medios necesarios para enviar una mula desde Ezeiza a Vietnam.

Entre los chats recuperados surgen conversaciones donde al menos una de las chicas utilizadas como “correo humano” admite dedicarse a estas actividades ilícitas desde hace ocho años y también se desprenden operaciones fallidas: como cuando una de ellas no pudo ingerir las 112 cápsulas solicitadas o como cuando dos jóvenes “rebotaron” en el aeropuerto de París y debieron aguantarse varios días con las bochas en su estómago, con el elevado riesgo que eso representaba.

La investigación tienen a un total de 18 involucrados identificados, aunque son siete los que irán a juicio en esta causa que se ventilará en debate oral en Posadas, los demás están detenidos en Paraguay, mientras que otros se encuentran prófugos.

Cápsulas de cocaína que las mulas transportaban hacia Europa en sus estómagos.

 

Johan Bodji, el “rey de las mulas narco”, y su banda serán juzgados en Posadas

Seguir Leyendo

Judiciales

Discusión de tránsito y homicidio en Garupá: pidieron elevar a juicio la causa

Publicado

el

tránsito homicidio

A menos de cinco meses del hecho, el fiscal de Instrucción Dos de Posadas, Christian Antunez, formuló el requerimiento de elevación a juicio de la causa que investiga el asesinato de Fabricio Ariel Rodríguez (32), cometido durante una discusión de tránsito en Garupá.

De acuerdo a lo consignado por fuentes consultadas por La Voz de Misiones, el requerimiento fue presentado esta semana ante el magistrado Juan Manuel Monte, titular del Juzgado de Instrucción Dos, quien ahora debe analizar el documento y estampar la firma para que el expediente pase a un tribunal.

El caso tiene como imputado y procesado con prisión preventiva al jubilado y chofer de aplicación Juan Carlos D. V. (63), quien enfrenta cargos por “homicidio simple”, figura que prevé penas de entre 8 y 25 años de prisión.

El hombre cumple la medida cautelar bajo la modalidad de arresto domiciliario por razones de salud, entre otros factores que fueron tenidos en cuenta para la morigeración de las condiciones de detención.

El hecho en cuestión ocurrió el 17 de abril de este año, sobre la avenida Santa Helena, en el ingreso al barrio homónimo y a unos metros de la ruta nacional 105, en Garupá.

Escasos minutos después de las 10 habían pasado cuando dos automovilistas se trenzaron en una discusión de tránsito que subió de tono hasta que, en determinado momento, el ahora imputado regresó a su auto Ford Fiesta blanco, extrajo un arma blanca y apuñaló al otro.

El puntazo dio en el pecho de Rodríguez, que cayó inmediatamente al suelo y murió en ese mismo lugar, ante la vista de una gran cantidad de testigos.

Identificaron al hombre asesinado tras una discusión de tránsito en Garupá

Seguir Leyendo

Judiciales

Un misionero condenado y otro absuelto en juicio por red de trata de menores

Publicado

el

misionero red trata

El Tribunal Oral Federal N°3 de Buenos Aires condenó este miércoles a 22 años de prisión al misionero Francisco Rolando Angelotti Notarbartolo, señalado durante la investigación como líder de una organización dedicada a captar menores para su explotación sexual. En el mismo veredicto, los jueces absolvieron al también misionero Leandro Agustín Aguiar y ordenaron su inmediata libertad.

La sentencia fue dictada por los jueces Javier Feliciano Ríos, Andrés Fabián Basso y Fernando Marcelo Machado Pelloni, en el juicio que también tuvo como acusado al ex ganador de Gran Hermano Marcelo Corazza y a otros dos hombres.

Angelotti Notarbartolo recibió la pena que había solicitado la fiscalía, que durante sus alegatos lo había señalado como quien encabezaba la estructura investigada. El tribunal lo encontró responsable de los delitos de trata de personas agravada, abuso sexual con acceso carnal, promoción de la corrupción de menores y tenencia de representaciones de abuso sexual infantil.

Según el fallo, los delitos por los que fue condenado tuvieron como víctimas a al menos cuatro personas. En el caso de la trata, fue responsabilizado por hechos cometidos contra cuatro víctimas, tres de ellas menores de edad. La figura fue considerada agravada por el abuso de una situación de vulnerabilidad y por la pluralidad de víctimas.

Además, fue condenado por abusos sexuales con acceso carnal contra tres víctimas y por distintos hechos de corrupción de menores. También fue responsabilizado por tenencia de material de abuso sexual infantil.

La sentencia, sin embargo, también declaró prescriptas otras acusaciones contra Angelotti Notarbartolo y lo absolvió respecto de esos hechos. Se trata de delitos contra la integridad sexual vinculados con otras ocho víctimas.

Como parte de la resolución, el tribunal dispuso además que Angelotti y otro de los condenados, Raúl Ignacio Mermet, paguen una reparación económica equivalente a veinte salarios mínimos vitales y móviles a cada una de las víctimas por las que fueron sentenciados.

Aguiar, absuelto 

La situación del otro misionero acusado tuvo un desenlace diferente.

Leandro Agustín Aguiar, para quien la fiscalía había solicitado 11 años de prisión, fue absuelto por el tribunal. La misma decisión alcanzó a Andrés Fernando Charpenet, otro de los acusados, y ambos recuperarán la libertad de manera inmediata.

Durante el juicio, la acusación había sostenido que Aguiar se incorporó a la organización en 2018 y que, junto con Charpenet y Mermet, participaba de encuentros con las víctimas. El Ministerio Público había considerado que su intervención justificaba una condena de 11 años.

Sin embargo, los jueces no encontraron elementos suficientes para condenarlo por los delitos que se le atribuían y dispusieron su absolución.

Corazza, también fue absuelto

El fallo tuvo como principal repercusión nacional la absolución de Marcelo Corazza, ex ganador de Gran Hermano y productor televisivo.

El tribunal lo desvinculó de las acusaciones de abuso sexual infantil, corrupción de menores y trata de personas. Los magistrados consideraron que algunos de los hechos atribuidos estaban prescriptos y que respecto de otros no existían pruebas suficientes.

En consecuencia, el tribunal ordenó quitarle la tobillera electrónica, levantar la prohibición para salir del país y dejar sin efecto el embargo que pesaba sobre sus bienes.

La fiscalía ya había solicitado su absolución durante los alegatos. El fiscal general Patricio García Elorrio había sostenido que el hecho de abuso sexual que se le atribuía, ocurrido en 2001, estaba prescripto y que tampoco había elementos suficientes para sostener la acusación por asociación ilícita.

Los fundamentos completos del fallo serán difundidos el próximo 22 de octubre.

El expediente se inició en octubre de 2022 a partir de la denuncia de una víctima ante la Procuraduría de Trata y Explotación de Personas (Protex). La investigación posterior derivó en la detención de los cinco acusados y finalmente en el juicio oral.

La causa investigó una estructura que, según la acusación fiscal, habría operado entre 1999 y marzo de 2023 en Misiones, la Ciudad de Buenos Aires y la provincia de Buenos Aires, captando principalmente a adolescentes varones en situación de vulnerabilidad para someterlos a prácticas de explotación y abuso sexual.

Piden 22 años de cárcel para misionero acusado de liderar red de trata de menores

Seguir Leyendo
Publicidad
Publicidad la voz

Lo más visto