Judiciales
Descartan femicidio en caso Antonella y condenan a Vargas a 20 años
La familia de Antonella Bernhardt (27) volvió a llorar su muerte esta tarde. Contrariamente a lo solicitado tanto por la fiscalía como por la querella, el Tribunal Penal Uno de Posadas desestimó el agravante de femicidio y encuadró el asesinato de la joven como un homicidio simple, aplicando una pena de 20 años de cárcel para el fotógrafo Cristian Daniel Vargas (33), quien de esta manera esquivó la prisión perpetua.
El fallo fue dictado hoy, exactamente a las 14, luego de los tres extensos alegatos desarrollados por las partes involucradas y tras una deliberación de poco más de una hora por parte de los integrantes del tribunal presidido por la magistrada Viviana Cukla e integrado por sus pares Ángel Dejesús Cardozo y Gustavo Bernie.
Con el fallo resolutivo en manos, los jueces regresaron a la sala de debates y por secretaría se leyó la sentencia en la que Vargas fue declarado autor del delito de homicidio simple y condenado a purgar 20 años de prisión, de los cuales ya llevo cumplidos cuatro, debido a que permanece detenido desde el 4 de abril de 2019, día en que se cometió el hecho.
Según consta en el documento, el tribunal calificó el hecho como homicidio simple por unanimidad, al tanto que el magistrado Dejesús Cardozo votó en disidencia respecto al monto de la pena ya que consideró que lo correcto era la aplicación de 25 años de cárcel, el máximo previsto para el artículo 79 del Código Penal de la Nación.
“Vergüenza, vergüenza”, alcanzaron a gritar algunos de los presentes en un SUM del Palacio de Justicia colmado, aunque la totalidad de los presentes se retiraron del recinto sin mayores inconvenientes.
Ya en los pasillos del edificio tribunalicio, las escenas de abrazos, lamentos y llantos sí ganaron lugar, casi en forma de “gritos ahogados”, tal como algunos testigos describieron oír desde el interior del departamento de Antonella el día del crimen.
Los fundamentos del fallo serán comunicados el 28 de noviembre, a las 12.30, en la sede del TP Uno, ubicado por calle Catamarca. A partir de ahí las partes tendrán la posibilidad de apelar la sentencia para su posterior revisión por parte del Superior Tribunal de Justicia (STJ) de la provincia.
Antes de oír su sentencia, Vargas hizo uso de sus últimas palabras y se explayó durante diez minutos ante el tribunal. Allí pidió perdón a la familia, insistió por cuarta vez en su teoría defensiva, habló del “in dubio pro reo” y pidió “benevolencia” al tribunal.

El fallo fue dictado por el Tribunal Penal Uno y los fundamentos serán comunicados el 28 de noviembre. FOTO: Marcos Otaño.
La querella: “Él eligió matarla”
La sexta y última jornada del debate comenzó minutos después después de las 8.30, esta vez con transmisión en vivo a través de Youtube. El primero en exponer sus conclusiones finales fue el letrado Mauricio Vergara, querellante particular en representación de la familia Bernhardt.
Apenas comenzado, Vergara pidió al tribunal “resolver con perspectiva de género” y solicitó “una sentencia ejemplificadora para que no hayan más Antonella’s”.
Luego, reconstruyó que el acusado contactó a la víctima a través de un ofrecimiento para realizar un book de fotos y que con ello se “aprovechó de la condición de necesidad” de Antonella, dado que la joven atravesaba un difícil momento económico, en permanente búsqueda de trabajo.
“Se aprovechó de su situación de poder, de macho y decidió matarla para callarla y poder huir”, expresó Vergara.
Respecto a la calificación legal del hecho, eje principal de la discusión, el letrado querellante desestimó la aplicación del agravante de alevosía que añadió la fiscalía en jornadas previas y solamente ató el caso a la figura de femicidio (artículo 11 del artículo 80).
“Si no la hubiese matado, los golpes ya eran elementos constituyentes de violencia de género. Él eligió matarla, así que no cabe más que condenarlo por femicidio”, concluyó Vergara, aunque de manera subsidiaria pidió que si el tribunal consideraba el hecho como un homicidio simple se aplique el máximo de la pena.
La fiscalía: “Cuando recibió un no, la mató”
Seguido a Vergara, llegó el momento del fiscal Martín Rau, quien expuso durante casi dos horas, apoyándose en filminas con transcripciones de testimoniales, reproducción de chats y exhibición de fotografías.
Fiel a su estilo, el representante del Ministerio Público Fiscal comenzó su alegato desarrollando la versión dada por el imputado para luego contrastar cada fragmento de ese relato defensivo con las pruebas obrantes en el expediente y las recolectadas durante el proceso oral.
En sus tres indagatorias (una en instrucción y dos en juicio), Vargas sostuvo que, en medio de la sesión de fotos, mantuvo un encuentro sexual con Antonella que ella filmó y que luego utilizó para extorsionarlo, lo cual derivó en una discusión y un forcejeo que culminó en una puñalada “accidental” en el cuello de la víctima. Sobre ello, Rau fue directo: “Son falacias”.
Tal como lo había adelantado en la ampliación de imputación efectuada el viernes pasado, Rau trazó como hipótesis del caso que Antonella le reclamó a Vargas el pago de una sesión de fotos tomada anteriormente y que ese fue el desencadenante de una discusión que derivó en el femicidio.
El fiscal sostuvo que en medio de la discusión Vargas golpeó en la cabeza a Antonella con un velador que se rompió “en tres pedazos” y con ella desmayada en el suelo le aplicó la puñalada que le perforó la vía aérea y que se detuvo en los cuerpos vertebrales 3 y 4, provocando un shock hipovolémico y un síndrome de asfixia ya que esa misma sangre ingresó al conducto respiratorio.

El fiscal Martín Rau pidió prisión perpetua por doble homicidio calificado por femicidio y alevosía. FOTO: Marcos Otaño.
Para sustentar su teoría, Rau repasó los testimonios brindados por las tres vecinas que ese día intervinieron en auxilio de Antonella y que incluso filmaron a Vargas retirándose del lugar.
“Capdevila (testigo) escuchó ‘gritos ahogados’. Y su testimonio encuentra correlato en las pruebas. Ni ella ni las otras testigos mencionan haber oído los gritos de la pelea que refiere el imputado y eso que a través de esas paredes hasta se escuchaba el ruido de la cadena del baño”, graficó el fiscal.
A continuación, dio paso a la declaración de la médica forense Carolina Lanzos, a quien calificó como “testigo calificado” y “más importante”.
Para Rau el testimonio de Lanzos fue categórico para establecer que Antonella recibió “una paliza” que la dejó “desmayada” y que estando “acostada en el piso” recibió una “puñalada brutal”.
“Sobre el tórax tenía manchas de sangre gruesas, eran coagulaciones, eran manchas sin caída. Lo determinante no es dónde hay manchas, sino dónde no hay manchas de sangre y por el principio de transferencia de sangre se observan manchas en la pared, pero siempre en la zona baja. Todo esto demuestra dónde estaba ubicado el cuerpo al momento del hecho”, argumentó.
Rau también desestimó la versión de un encuentro sexual entre Antonella y Vargas y más aún la existencia del video del acto con el cual la joven supuestamente pretendió extorsionar al ahora condenado ya que dicho material nunca fue hallado a pesar de las pericias informáticas.
En esa línea, apuntó que “Vargas utilizó las fotos para satisfacer su apetito voyerista y tomó a la mujer como un objeto. Sabía que Antonella buscaba trabajo y se aprovechó de eso. Cuando recibió un no, la mató. Él no aceptó que Antonella se revelara. Hoy solo quiere manipular al tribunal y cambia su versión en cuanto la prueba va derrumbando sus dichos”.
Al considerar probado que medió violencia de género en el caso y que el acusado actuó sobreseguro contra una víctima indefensa, Rau mantuvo su acusación y pidió la pena de prisión perpetua para Vargas como autor de homicidio doblemente calificado por femicidio y alevosía.
“La violencia de género ya no se sufre en silencio, la gente se involucra y la participación de estas vecinas impidió la impunidad de este hecho”, valoró Rau respecto a la conducta de las vecinas de Antonella.
Y, por último, ya ganado por la emoción, el fiscal miró al tribunal y culminó su pedido: “Hay una deconstrucción social, ahora solo falta una deconstrucción judicial. Les toca a ustedes hacer lo suyo, para que la parte judicial no quede en una voluntad vacío de contenido. Deseo que esto se traduzca en la condena que hemos pedido”. Finalmente, no sucedió.
La defensa: “No hay certeza sobre los agravantes”
El último en exponer su alegato fue el defensor oficial Mario Ramírez, quien mantuvo el eje de la discusión en los mismos términos planteados desde el día 1 del caso: oponerse a la aplicación de agravantes.
“En este juicio no hay impunidad. Los agravantes de femicidio y alevosía no están presentes en este caso. No estamos pidiendo que le den un premio ni la libertad a Vargas, estamos diciendo que hubo un exceso en la calificante”, respondió a los otros alegatos el letrado con largos años de carrera como defensor oficial.
En marco, arremetió que “hay que trabajar con lo que hay, no con lo que no hay. No hay que presumir en contra del imputado. No se puede completar lo que no se sabe con agravantes, hay que fundamentarlo con lo que hay en la plataforma fáctica y acá no hay pruebas, no hay certezas sobre los agravantes, son puras conjeturas”.
Ramírez admitió que la versión dada por Vargas “es difícil de creer” y que “quizás ni su mamá le crea”, pero “él no está obligado a decir la verdad, es el Estado el que está obligado a probar el hecho, lo que no esta pasando”.

Vargas estuvo representado por el defensor oficial Mario Ramírez. FOTO: Marcos Otaño.
Para la defensa, la pelea narrada por el imputado sí existió y sostuvo que la forense Lanzos “se aventuró más allá de sus funciones” en su testimonio.
En esa línea, cerró con que “a Vargas le importaba más el celular de Antonella con el video y no traicionar a su esposa que ir preso. Es la realidad. Por eso dejó su celular y se llevó el de ella. No hay más que eso”.
Como corolario, consideró que “no porque la víctima haya sido una mujer es un femicidio y no porque haya habido mucha sangre es alevosía”. En consecuencia realizó pidió encuadrar el caso como un homicidio culposo o, en forma subsidiaria, la aplicación la aplicación de la pena mínima por homicidio simple.
Finalmente, el tribunal se inclinó por esa última figura, aunque aplicó una pena de 20 años. Vargas se retiró esposa por una comitiva del Servicio Penitenciario Provincial (SPP) y volvió a ser alojado en la Unidad Penal VI de Miguel Lanús.
La causa había llegado a debate oral como femicidio, delito que prevé una pena de prisión perpetua equivalente a 35 años de cárcel de cumplimiento efectivo.
Al esquivar la perpetua, Vargas también quedó habilitado a pedir la libertad condicional antes de purgar la totalidad de la pena, siempre y cuando cumpla con los requisitos previstos por la ley.

La familia de Antonella Bernhardt se retiró en lágrimas pero sin incidentes. FOTO: Marcos Otaño.
Judiciales
Acampe docente: condenan a Gurina y Sánchez por desobediencia y corte de calle
Para la Justicia misionera, los docentes y dirigentes sindicales Mónica Gurina y Leandro Sánchez cometieron delitos durante el acampe que interrumpió el tránsito sobre lo avenida Uruguay a mediados del año pasado durante una protesta multisectorial en reclamo de mejoras salariales.
Así lo determinó esta tarde la jueza Correccional y de Menores Uno de Posadas, Marcela Leiva, quien como presidenta del tribunal unipersonal encargado de llevar adelante el juicio oral decidió condenar a ambos trabajadores de la educación como coautores de los delitos de “desobediencia judicial y entorpecimiento del normal funcionamiento de los medios de transporte”, misma imputación con la cual llegaron a esta instancia.
Las penas impartidas fueron 10 meses de prisión en suspenso para Gurina y 8 meses de prisión en suspenso para Sánchez, quienes además deberán realizar 8 horas mensuales de tareas comunitarias dando clases en comedores infantiles.
Los fundamentos del fallo serán comunicados el 1 de diciembre, jornada para la cual el colectivo de docentes y trabajadores de la educación unidos en acompañamiento a los ahora condenados anunció un paro con posible movilización hacia el Palacio de Justicia, donde esta mañana volvieron a montar una vigilia y luego reclamaron que el veredicto busca “criminalizar la protesta”.
La defensa de los docentes, encabezada por el abogado Eduardo Paredes, junto a Roxana Rivas y María Laura Alvarenga, adelantó que una vez conocido los argumentos apelarán el fallo y de ser necesario insistirán hasta llevar el caso a la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN).

La fiscal María Laura Álvarez fue la primera en alegar y solicitó condenas para los imputados.
“No hay derecho absoluto”
El fallo se ajustó casi en su totalidad con el planteo efectuado previamente por la fiscal María Laura Álvarez, que al momento de su alegato consideró que ambos docentes habían cometido los delitos imputados en el marco de la protesta realizada el año pasado y, por ende, pidió 1 año de prisión en suspenso para Gurina y 10 meses en suspenso para Sánchez.
Álvarez argumentó que el mayor pedido contra Gurina fue porque ella “tenía un plus en la ejecución” de las acciones enmarcadas en la protesta y el acampe instalado sobre la avenida Uruguay, casi Trincheras de San José, una cuadra antes del campamento similar montado por agentes policiales frente al Comando Radioeléctrico Uno.
En su alegato, la fiscal remarcó los perjuicios económicos sufridos por unos 80 comerciantes de la avenida Uruguay, tomando como ejemplo a Gustavo Cardozo, dueño de Vicar Muebles, que como testigo declaró que sus ventas bajaron un 40% durante los días que duró la protesta.
Consideró, además, que ambos docentes incumplieron en forma “dolosa” con la orden de despeje de la calle emitida por el juez Ricardo Balor y para ello se apoyó en las declaraciones de varios agentes policiales que hoy comparecieron como testigos, entre ellos Mariela Acosta, mediadora de la fuerza provincial.
“Nadie está en contra del derecho a la protesta, pero la Corte dijo que no hay ningún derecho absoluto”, expresó Álvarez que anoche además presentó un escrito solicitando que la audiencia de hoy se restrinja al público.
En sus argumentos, expuso que el martes se sintió “coaccionada, intimidada y acosada” por el público que acompañaba a los docentes enjuiciados.
La defensa se opuso y la jueza Leiva también, que aceptó el ingreso del público, aunque reiteró las normas de comportamiento. Lo que no hubo fue transmisión oficial en vivo, como suele en la mayoría de los debates orales, salvo excepciones como casos de abuso sexual donde prevalece el derecho a la intimidad de la víctima.

Sánchez reinvidicó el derecho a protesta al dar sus últimas palabras, poco después de sufrir un cuadro de presión alta.
“Fue un hecho público y multitudinario”
En defensa de los imputados alegaron los tres letrados del equipo técnico legal, siendo Paredes y Rivas los principales oradores.
En primer término, Paredes realizó un repaso de las luchas sociales y conquistas de derechos obtenidas en el marco de protestas en las calles. A nivel nacional mencionó la protesta del campo contra la resolución 125 que lideró Alfredo De Angeli -hoy senador nacional- y en materia provincial recordó el tractorazo que derivó en la creación del Instituto Nacional de la Yerba Mate (Inym).
“Hubo tractores sobre la plaza, se cortó el tránsito, los empleados apenas podían ingresar a la casa de gobierno. Aún así, el gobierno reconoció que eran derechos constitucionales y no tomó ninguna medida. Así salió el Inym y el gobierno provincial nunca impulsó un proceso”, ejemplificó.
Rivas, por su parte, consideró que la causa carecía de pruebas para dar por acreditada las acusaciones. “Fue un hecho público y multitudinario. No hay pruebas de que ambos hayan ‘liderado’ la protesta. Esto era, además, multisectorial. Es imposible endilgarle un ‘poder de dirección’ en los hechos”, apuntó.
También cuestionó que “los daños económicos en los comerciantes son presumido, no está acreditado” y aseveró que “la salida acá es entender que este conflicto ya se resolvió en sede administrativa”.
En consecuencia, la defensa pidió la absolución de los acusados o, en forma subsidiaria, la aplicación del estado de necesidad justificante o del estado de necesidad disculpante.
Los planteos defensivos no prosperaron. Tras más de dos horas de deliberación, la magistrada Leiva regresó a la sala con el veredicto y por secretaría se leyó la condena para ambos docentes.

La sentencia de la jueza Marcela Leiva fue impartida poco después de las 14.
Gurina y Sánchez en juicio: “Ir al acampe fue colectivo y asambleario”
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La defensa pidió la absolución y hay cuarto intermedio hasta sentencia
Tras el pedido de absolución planteado por la defensa, los docentes y dirigentes sindicales Mónica Gurina y Leandro Sánchez hicieron uso de sus últimas palabras antes del cuarto intermedio para deliberar la sentencia por parte de la magistrada Marcela Leiva.
Sánchez, visiblemente emocionado y hasta con un cuadro de suba de presión, reinvindicó el derecho a protesta e insistió en el carácter asambleario de todas las decisiones tomadas durante la protesta del año pasado. “No tenemos liderazgos, tenemos asambleas en las plazas“, señaló.
Y afirmó: “No somos el diablo. Somos ciudadanos insurrectos, que no soportan la injusticia y no se resignan a ser maestros sin casa”.
A lo que agregó: “Si nos condenan, van a condenar la protesta social. Sentarán un precedente para el país y se llenarán las cárceles de maestros y trabajadores”
Gurina también se expresó brevemente y adhirió a las palabras de su colega.
Luego, la jueza Leiva dispuso un cuarto intermedio por tiempo indeterminado para deliberar y dictar sentencia.
Minutos antes, la fiscal María Laura Álvarez había solicitado penas de 1 años y 10 meses de prisión en suspenso para los imputados, siendo el mayor pedido contra Gurina.
La fiscalía pidió condenas contra Mónica Gurina y Leandro Sánchez
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La fiscalía pidió condenas contra Mónica Gurina y Leandro Sánchez
La fiscal María Laura Álvarez solicitó 1 año de prisión para Mónica Gurina y 10 meses de prisión para Leandro Sánchez.
El cumplimiento de la pena es en suspenso, es decir, que no implica ir a la cárcel y también contempla la realización de tareas comunitarias.
Para la fiscalía, ambos fueron coautores de los delitos de “desobediencia judicial” y “entorpecimiento del normal funcionamiento de los medios de transporte”, misma imputación bajo la cual llegaron a juicio oral.
Alvarez argumentó que el mayor pedido de pena fue para Gurina porque “tenía un plus en la ejecución” de las acciones enmarcadas en la protesta y el acampe docente desarrollado entre mayo y junio de 2024.
En su alegato, la fiscal remarcó los perjuicios económicos sufridos por los comerciantes de la avenida Uruguay y el entorpecimiento del transporte.
“Nadie está en contra del derecho a la protesta, pero la Corte dijo que no hay ningún derecho absoluto”, expresó Álvarez.
A continuación es el turno de alegar a la defensa de los docentes imputados y más tarde la jueza Marcela Leiva dictaría sentencia.
Comenzó el segundo día de juicio a Mónica Gurina y Leandro Sánchez
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