Judiciales
De espías y teléfonos pinchados: la causa que sacudió a Misiones y terminó en nada
“El teléfono de tu viejo, que termina en 3107, lo tiene pinchado el Fino Palacios”, fue el mensaje anónimo que a fines de 2009 dejó al descubierto una historia de espías y teléfonos pinchados que involucró a dos jueces -luego destituidos- y a cinco policías misioneros acusados de orquestar una red de espionaje ilegal y que también alcanzó al ex presidente Mauricio Macri, pero que ahora, casi 15 años después, terminó con el sobreseimiento definitivo de todos los imputados.
El llamado con el mensaje que destapó un escándalo que no paró de sumar capítulos ni protagonistas durante varios años se produjo el 22 de septiembre de 2009, a las 20.08, y la destinataria fue una hija de Sergio Burstein, viudo de Rita Worona, víctima del atentado a la Amia, e integrante de una comisión para la investigación del ataque a la mutual israelita.
La denuncia fue radicada ante la Comisaría 11 de la Policía Federal Argentina (PFA) en Capital Federal y días después Burstein se presentó ante la Justicia para ampliar la presentación, instancia en la que contó que desde hace tiempo su teléfono emitía “ruidos raros” y “ecos” que le impedían comunicarse con claridad.
La causa recayó en manos del excéntrico y ya fallecido juez federal Norberto Oyarbide, quien activó una serie de medidas de prueba mediante las cuales fueron apareciendo cada una de las puntas implicadas en el ardid, desde la pata policial hasta la judicial y la política.
De allí surge que las intervenciones telefónicas habían sido ordenadas desde el Juzgado de Instrucción Uno de Posadas, presidido en ese entonces por el ya también fallecido magistrado Horacio Gallardo, y subrogado en fechas determinadas por su par José Luis Rey –quienes meses después terminaron siendo destituidos mediante un juicio político-, quedando comprometida además Mónica González, secretaria en la misma dependencia judicial.
La pesquisa trazada por Oyarbide determinó que la mano de obra detrás de las escuchas estaba a cargo de los policías misioneros Diego Gastón Guarda, Antonio César Fernández, David Santiago Amaral y Rubén Alberto Quintana, además de Ciro Gerardo James, un auxiliar superior de inteligencia de la PFA en Buenos Aires con vínculos en la Secretaría de Inteligencia del Estado (Side).

Uno de los espiados fue Sergio Burstein, viudo de una víctima del atentado a la Amia.
Según lo reconstruido, en primera instancia desde Misiones argumentaron que las escuchas eran realizadas en el marco de la investigación por el asesinato del contador posadeño José María Piccoli, cometido en 2005, hecho por el cual habían dos detenidos pero el principal sospechoso permanecía prófugo.
Ese prófugo era Antonio Pedro “Leka” Figueredo, delincuente con prontuario y sindicado como uno de los más peligrosos de Misiones por aquellos años, quien supuestamente desde clandestinidad operaba en la venta de mercaderías de contrabando y de dudosa procedencia con comerciantes de Buenos Aires.
Fue en ese marco que Ciro James, como colaborador de la PFA con la Policía misionera, habría aportado un número de teléfono para intervenir y obtener datos que podrían ser de utilidad para ubicar al escurridizo Leka Figueredo, pero la línea terminada en 3107 en realidad pertenecía a Burstein.
Hasta allí, todo pareció tratarse de cuestión de negligencia, motivada por un error en la entrega de información, pero la causa se transformó en escandalosa cuando el empresario Carlos Ávila, creador de Torneos y Competencias (TyC), también denunció ser espiado.
La investigación determinó que, efectivamente, las líneas de Ávila también habían sido interceptadas y en la operatoria aparecieron los mismos protagonistas, ante lo cual Oyarbide cambió de perspectiva. Dejó de ver el hecho como una simple negligencia y consideró que se trataban de maniobras orquestadas a fin de acceder a conversaciones privadas.
Para el magistrado los implicados incurrieron en delitos de “interceptación indebida de las comunicaciones” y más tarde también les atribuyó ser parte de una “asociación ilícita”, entre otras imputaciones, según documentos obtenidos por La Voz de Misiones.
El 5 de octubre de 2009 Ciro James se transformó en el primer detenido del expediente. Días después también cayeron los policías misioneros Guarda, Rojas y Quintana, mientras que los jueces Gallardo y Rey recién comparecieron en indagatoria a mediados de abril de 2010, luego de ser destituidos de sus cargos tras un segundo pedido de un juicio político formulado ante el Superior Tribunal de Justicia (STJ) de Misiones.

Tras ser destituido como juez en 2010, José Luis Rey continuó su carrera como letrado particular.
“Los falsos antecedentes que se presentaron para intervenir las líneas, los sumarios que sirvieron de base para esas conexiones, las reiteradas prórrogas ordenadas, la total falta de interés de los magistrados en el producto de las escuchas, la oportunidad en que fueron dadas de baja como así también las falaces argumentaciones que se esgrimieron para fundamentarlas y la llamativa falta de colaboración de los mencionados jueces provinciales para con los requerimientos de la justicia federal, son elementos concretos que permiten afirmar objetivamente que toda la actuación relacionada con la intervención de los teléfonos móviles de Ávila y Burstein claramente trasciende de una mera negligencia judicial para convertirse en un accionar doloso por parte de los magistrados Gallardo y Rey, respecto de quienes se alzan fuertes elementos de sospecha que justifican su llamado a prestar declaración indagatoria”, argumentó Oyarbide cuando decidió avanzar contra los jueces misioneros.
Después de ello, la pesquisa continuó y en el medio se sumaron más denunciantes, quienes además se constituyeron como querellantes, al igual que Burstein y Ávila. Para la Justicia de instrucción, en total se interceptaron 35 líneas telefónicas y solamente de las escuchas practicadas a Ávila se encontraron 193 cassettes con grabaciones.
De Fino Palacios a Macri y al sobreseimiento
Jorge Alberto “Fino” Palacios, en tanto, el nombre mencionado en el llamado anónimo que sirvió como la punta del ovillo, era un ex comisario que fue designado como Jefe de la Policía Metropolitana durante la gestión de Mauricio Macri como alcalde de Ciudad de Buenos Aires.
En la causa se detectaron vínculos y contactos previos al escándalo entre Palacios y James, como así también se detectó que el espía de la PFA tenía un contrato fantasma como supuesto asesor letrado de Mariano Narodowski, ministro de Educación porteño.
El expediente ingresó entonces en una tercera etapa, la que involucraba actores políticos. Además de Naradowski, también quedaron comprometidos el funcionario Horacio Chamorro y la hipótesis trazada alcanzó incluso a Mauricio Macri, a quien Burstein acusó como el ideólogo de crear un “organismo paraestatal” para conocer conversaciones telefónicas de personas en conflicto con el líder del PRO.
En ese momento, Burstein, por ejemplo, fue uno de los mayores opositores a la designación de Palacios como jefe de la Policía Metropolitana ya que tenía acusaciones por “encubrimiento” en el atentado a la Amia, mientras que Ávila estaba en plena negociación con el gobierno por las transmisiones de fútbol. Entre los titulares de líneas intervenidas, incluso, apareció Néstor Leonardo, ex cuñado Macri.

Jorge “Fino” Palacios, ex jefe de la Policía Metropolitana, sindicado nexo con la pata política de la causa. Falleció en 2020.
Con las tres patas, policial, judicial y política, del andamiaje de la presunta red de espionaje ilegal diagramada, el juez Oyarbide avanzó con imputaciones y procesamientos, lo cual abrió un largo de camino recursivo que en 2018 tuvo un capítulo clave.
Ese año, la Sala III de la Cámara Federal de Casación Penal hizo lugar a un recurso presentado por la defensa de Fino Palacios y decretó la nulidad de todo lo actuado por Oyarbide al considerar que la interceptación ilegal de comunicaciones telefónicas tipificaban un delito de acción privada, ante lo cual el caso debió ser impulsado por alguno de los querellantes damnificados y no por el fiscal, que era el fallecido Alberto Nisman, consignó el diario Primera Edición.
Ese fallo, firmado por los magistrados Liliana Catucci, Carlos Alberto Mahiques y Eduardo Riggi, sirvió de base para el sobreseimiento definitivo de todos los imputados dispuesto el pasado 21 de marzo por los integrantes del Tribunal Oral en lo Criminal Federal 5 de Ciudad de Buenos Aires, con asiento en Comodoro Py.
Es que dicho tribunal ahora hizo lugar a un recurso de excepción por falta de acción por prescripción presentado por la defensa de Narodowski y, en consecuencia, dictó el sobreseimiento de los imputados, como así también el levantamiento de todas las medidas cautelares que pesaban sobre ellos.
La decisión fue alcanzada por mayoría, con los votos de los jueces Daniel Horacio Obligado y Adriana Palliotti, mientras que Nicolás Toselli planteó un criterio disidente.
“En este caso, es el ámbito del juicio oral y público el propicio para el mejor y más exhaustivo análisis de la vigencia de la acción penal, de los hechos, de la participación de los encausados y, particularmente, de la valoración de la prueba producida; todo lo que permitirá una evaluación específica sobre los extremos invocados por la peticionante y las respuestas de la contraparte”, opinó Toselli.
De esta manera, Ciro Gerardo James, Mariano Narodowski y Osvaldo Horacio Chamorro, como así también los misioneros Diego Gastón Guarda, Raúl Alberto Rojas, Rubén Alberto Quintana, David Santiago Amaral, Antonio César Fernández, Mónica Elizabeth González y José Luis Rey, que hoy desde su destitución ejerce como letrado particular, fueron finalmente sobreseídos tras permanecer 14 años siendo objeto de investigación y la causa, al margen de las consecuencias colaterales, terminó en nada.
Judiciales
Caso Arredondo: acusados firmaron juicio abreviado por penas de 16 y 18 años
El debate oral por el crimen del bonaerense Martín Arredondo (37), previsto para este jueves 4 de diciembre, fue suspendido debido a un acuerdo de juicio abreviado entre la fiscalía y los seis jóvenes imputados por el hecho, quienes admitieron su culpabilidad y aceptaron ser condenados a penas de 16 y 18 años.
Según consignaron fuentes consultadas por La Voz de Misiones, la audiencia de visu donde los seis imputados dieron el consentimiento para avanzar en el convenio de juicio abreviado se realizó esta mañana, circunstancia que derivó en la suspensión de las audiencias de debate oral que habían sido programadas para la semana entrante ante el Tribunal Penal Uno de Posadas.
Las mismas fuentes señalaron que los imputados admitieron su participación en el hecho y aceptaron recibir condenas de entre 16 y 18 años como responsables del delito de “homicidio en ocasión de robo”, figura menos gravosa que la acusación de “homicidio doblemente calificado por el concurso premeditados de dos o más personas y criminis causae” con la que fueron procesados en etapa de instrucción y que preveía prisión perpetua.
Los imputados en esta causa son Brisa Torres (24), Oriana Saucedo (24), su hermano Alan William Saucedo (26), Elías Nahuel Trinidad (26), Miguel Ángel López (25) y Juan Alberto Barrios (22).
Los tres primeros aceptaron una pena de 16 años de cárcel, mientras que la pena mayor recaerá contra Trinidad y López. Barrios, por su parte, era menor de edad al momento del hecho y por lo tanto será un juzgado correccional el que decida su sanción.
En representación del Ministerio Público Fiscal intervino la fiscal María Laura Álvarez, por subrogancia legal ante la licencia del fiscal Vladimir Glinka.
El acuerdo alcanzado entre las partes ahora deberá ser elevado al Tribunal Penal Uno, integrado por los magistrados Gustavo Bernie y Viviana Cukla, quienes deberán analizar el documento y en caso de no detectar irregularidades transformarán el acta en sentencia.

Pablo Martín Arredondo fue ultimado en su departamento sobre calle Bolívar de Posadas.
Golpeado y estrangulado
El crimen de Arredondo se descubrió el 23 de febrero de 2020, cuando los vecinos del departamento que alquilaba en un edificio sobre calle Colón, frente al colegio Roque González, alertaron sobre un olor putrefacto que provenía del lugar.
Al ingresar al inmueble, los efectivos policiales intervinientes se encontraron con el cadáver del bonaerense y la autopsia posterior determinó que fue golpeado y finalmente estrangulado con un cinto.
La investigación global estableció que el crimen se registró cuatro días antes, el 19 de febrero, en horas de la madrugada, cuando la víctima se reunió en su departamento junto a una de las jóvenes que aparentemente era su novia y un grupo de amigos de ellas.
En el lugar, se cree que Arredondo fue dopado con estupefacientes (ketamina) y que al departamento luego llegaron otros cómplices con la intención de sustraerle 300.000 pesos que el hombre tenía destinado a utilizar como parte de pago para la compra de un automóvil.
Mediante la revisión de cámaras de seguridad los investigadores pudieron reconstruir las últimas horas de la víctima y los últimos movimientos registrados en cercanías a su departamento, con lo cual fueron identificando uno a uno a los sospechosos.
Luego, la ciencia hizo el resto. En el marco de la causa constan pericias telefónicas que darían cuenta de comunicaciones entre los implicados planificando el hecho y rastros de ADN que ubican a al menos tres de los sospechosos en la escena del crimen.
El caso fue investigado por el Juzgado de Instrucción Tres de Posadas, a cargo del magistrado Fernando Verón, quien en mayo de 2023 firmó el requerimiento de elevación a juicio del expediente, medida que meses después fue ratificada por la Cámara de Apelaciones en lo Penal y de Menores de la provincia.
Se reprogramó para el 4 de diciembre el juicio por el caso Arredondo
Judiciales
Acampe docente: condenan a Gurina y Sánchez por desobediencia y corte de calle
Para la Justicia misionera, los docentes y dirigentes sindicales Mónica Gurina y Leandro Sánchez cometieron delitos durante el acampe que interrumpió el tránsito sobre lo avenida Uruguay a mediados del año pasado durante una protesta multisectorial en reclamo de mejoras salariales.
Así lo determinó esta tarde la jueza Correccional y de Menores Uno de Posadas, Marcela Leiva, quien como presidenta del tribunal unipersonal encargado de llevar adelante el juicio oral decidió condenar a ambos trabajadores de la educación como coautores de los delitos de “desobediencia judicial y entorpecimiento del normal funcionamiento de los medios de transporte”, misma imputación con la cual llegaron a esta instancia.
Las penas impartidas fueron 10 meses de prisión en suspenso para Gurina y 8 meses de prisión en suspenso para Sánchez, quienes además deberán realizar 8 horas mensuales de tareas comunitarias dando clases en comedores infantiles.
Los fundamentos del fallo serán comunicados el 1 de diciembre, jornada para la cual el colectivo de docentes y trabajadores de la educación unidos en acompañamiento a los ahora condenados anunció un paro con posible movilización hacia el Palacio de Justicia, donde esta mañana volvieron a montar una vigilia y luego reclamaron que el veredicto busca “criminalizar la protesta”.
La defensa de los docentes, encabezada por el abogado Eduardo Paredes, junto a Roxana Rivas y María Laura Alvarenga, adelantó que una vez conocido los argumentos apelarán el fallo y de ser necesario insistirán hasta llevar el caso a la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN).

La fiscal María Laura Álvarez fue la primera en alegar y solicitó condenas para los imputados.
“No hay derecho absoluto”
El fallo se ajustó casi en su totalidad con el planteo efectuado previamente por la fiscal María Laura Álvarez, que al momento de su alegato consideró que ambos docentes habían cometido los delitos imputados en el marco de la protesta realizada el año pasado y, por ende, pidió 1 año de prisión en suspenso para Gurina y 10 meses en suspenso para Sánchez.
Álvarez argumentó que el mayor pedido contra Gurina fue porque ella “tenía un plus en la ejecución” de las acciones enmarcadas en la protesta y el acampe instalado sobre la avenida Uruguay, casi Trincheras de San José, una cuadra antes del campamento similar montado por agentes policiales frente al Comando Radioeléctrico Uno.
En su alegato, la fiscal remarcó los perjuicios económicos sufridos por unos 80 comerciantes de la avenida Uruguay, tomando como ejemplo a Gustavo Cardozo, dueño de Vicar Muebles, que como testigo declaró que sus ventas bajaron un 40% durante los días que duró la protesta.
Consideró, además, que ambos docentes incumplieron en forma “dolosa” con la orden de despeje de la calle emitida por el juez Ricardo Balor y para ello se apoyó en las declaraciones de varios agentes policiales que hoy comparecieron como testigos, entre ellos Mariela Acosta, mediadora de la fuerza provincial.
“Nadie está en contra del derecho a la protesta, pero la Corte dijo que no hay ningún derecho absoluto”, expresó Álvarez que anoche además presentó un escrito solicitando que la audiencia de hoy se restrinja al público.
En sus argumentos, expuso que el martes se sintió “coaccionada, intimidada y acosada” por el público que acompañaba a los docentes enjuiciados.
La defensa se opuso y la jueza Leiva también, que aceptó el ingreso del público, aunque reiteró las normas de comportamiento. Lo que no hubo fue transmisión oficial en vivo, como suele en la mayoría de los debates orales, salvo excepciones como casos de abuso sexual donde prevalece el derecho a la intimidad de la víctima.

Sánchez reinvidicó el derecho a protesta al dar sus últimas palabras, poco después de sufrir un cuadro de presión alta.
“Fue un hecho público y multitudinario”
En defensa de los imputados alegaron los tres letrados del equipo técnico legal, siendo Paredes y Rivas los principales oradores.
En primer término, Paredes realizó un repaso de las luchas sociales y conquistas de derechos obtenidas en el marco de protestas en las calles. A nivel nacional mencionó la protesta del campo contra la resolución 125 que lideró Alfredo De Angeli -hoy senador nacional- y en materia provincial recordó el tractorazo que derivó en la creación del Instituto Nacional de la Yerba Mate (Inym).
“Hubo tractores sobre la plaza, se cortó el tránsito, los empleados apenas podían ingresar a la casa de gobierno. Aún así, el gobierno reconoció que eran derechos constitucionales y no tomó ninguna medida. Así salió el Inym y el gobierno provincial nunca impulsó un proceso”, ejemplificó.
Rivas, por su parte, consideró que la causa carecía de pruebas para dar por acreditada las acusaciones. “Fue un hecho público y multitudinario. No hay pruebas de que ambos hayan ‘liderado’ la protesta. Esto era, además, multisectorial. Es imposible endilgarle un ‘poder de dirección’ en los hechos”, apuntó.
También cuestionó que “los daños económicos en los comerciantes son presumido, no está acreditado” y aseveró que “la salida acá es entender que este conflicto ya se resolvió en sede administrativa”.
En consecuencia, la defensa pidió la absolución de los acusados o, en forma subsidiaria, la aplicación del estado de necesidad justificante o del estado de necesidad disculpante.
Los planteos defensivos no prosperaron. Tras más de dos horas de deliberación, la magistrada Leiva regresó a la sala con el veredicto y por secretaría se leyó la condena para ambos docentes.

La sentencia de la jueza Marcela Leiva fue impartida poco después de las 14.
Gurina y Sánchez en juicio: “Ir al acampe fue colectivo y asambleario”
Judiciales
La defensa pidió la absolución y hay cuarto intermedio hasta sentencia
Tras el pedido de absolución planteado por la defensa, los docentes y dirigentes sindicales Mónica Gurina y Leandro Sánchez hicieron uso de sus últimas palabras antes del cuarto intermedio para deliberar la sentencia por parte de la magistrada Marcela Leiva.
Sánchez, visiblemente emocionado y hasta con un cuadro de suba de presión, reinvindicó el derecho a protesta e insistió en el carácter asambleario de todas las decisiones tomadas durante la protesta del año pasado. “No tenemos liderazgos, tenemos asambleas en las plazas“, señaló.
Y afirmó: “No somos el diablo. Somos ciudadanos insurrectos, que no soportan la injusticia y no se resignan a ser maestros sin casa”.
A lo que agregó: “Si nos condenan, van a condenar la protesta social. Sentarán un precedente para el país y se llenarán las cárceles de maestros y trabajadores”
Gurina también se expresó brevemente y adhirió a las palabras de su colega.
Luego, la jueza Leiva dispuso un cuarto intermedio por tiempo indeterminado para deliberar y dictar sentencia.
Minutos antes, la fiscal María Laura Álvarez había solicitado penas de 1 años y 10 meses de prisión en suspenso para los imputados, siendo el mayor pedido contra Gurina.
La fiscalía pidió condenas contra Mónica Gurina y Leandro Sánchez
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