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De espías y teléfonos pinchados: la causa que sacudió a Misiones y terminó en nada

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“El teléfono de tu viejo, que termina en 3107, lo tiene pinchado el Fino Palacios”, fue el mensaje anónimo que a fines de 2009 dejó al descubierto una historia de espías y teléfonos pinchados que involucró a dos jueces -luego destituidos- y a cinco policías misioneros acusados de orquestar una red de espionaje ilegal y que también alcanzó al ex presidente Mauricio Macri, pero que ahora, casi 15 años después, terminó con el sobreseimiento definitivo de todos los imputados. 

El llamado con el mensaje que destapó un escándalo que no paró de sumar capítulos ni protagonistas durante varios años se produjo el 22 de septiembre de 2009, a las 20.08, y la destinataria fue una hija de Sergio Burstein, viudo de Rita Worona, víctima del atentado a la Amia, e integrante de una comisión para la investigación del ataque a la mutual israelita. 

La denuncia fue radicada ante la Comisaría 11 de la Policía Federal Argentina (PFA) en Capital Federal y días después Burstein se presentó ante la Justicia para ampliar la presentación, instancia en la que contó que desde hace tiempo su teléfono emitía “ruidos raros” y “ecos” que le impedían comunicarse con claridad. 

La causa recayó en manos del excéntrico y ya fallecido juez federal Norberto Oyarbide, quien activó una serie de medidas de prueba mediante las cuales fueron apareciendo cada una de las puntas implicadas en el ardid, desde la pata policial hasta la judicial y la política.

De allí surge que las intervenciones telefónicas habían sido ordenadas desde el Juzgado de Instrucción Uno de Posadas, presidido en ese entonces por el ya también fallecido magistrado Horacio Gallardo, y subrogado en fechas determinadas por su par José Luis Rey –quienes meses después terminaron siendo destituidos mediante un juicio político-, quedando comprometida además Mónica González, secretaria en la misma dependencia judicial. 

La pesquisa trazada por Oyarbide determinó que la mano de obra detrás de las escuchas estaba a cargo de los policías misioneros Diego Gastón Guarda, Antonio César Fernández, David Santiago Amaral y Rubén Alberto Quintana, además de Ciro Gerardo James, un auxiliar superior de inteligencia de la PFA en Buenos Aires con vínculos en la Secretaría de Inteligencia del Estado (Side). 

Uno de los espiados fue Sergio Burstein, viudo de una víctima del atentado a la Amia.

Según lo reconstruido, en primera instancia desde Misiones argumentaron que las escuchas eran realizadas en el marco de la investigación por el asesinato del contador posadeño José María Piccoli, cometido en 2005, hecho por el cual habían dos detenidos pero el principal sospechoso permanecía prófugo.

Ese prófugo era Antonio Pedro “Leka” Figueredo, delincuente con prontuario y sindicado como uno de los más peligrosos de Misiones por aquellos años, quien supuestamente desde clandestinidad operaba en la venta de mercaderías de contrabando y de dudosa procedencia con comerciantes de Buenos Aires.

Fue en ese marco que Ciro James, como colaborador de la PFA con la Policía misionera, habría aportado un número de teléfono para intervenir y obtener datos que podrían ser de utilidad para ubicar al escurridizo Leka Figueredo, pero la línea terminada en 3107 en realidad pertenecía a Burstein.

Hasta allí, todo pareció tratarse de cuestión de negligencia, motivada por un error en la entrega de información, pero la causa se transformó en escandalosa cuando el empresario Carlos Ávila, creador de Torneos y Competencias (TyC), también denunció ser espiado. 

La investigación determinó que, efectivamente, las líneas de Ávila también habían sido interceptadas y en la operatoria aparecieron los mismos protagonistas, ante lo cual Oyarbide cambió de perspectiva. Dejó de ver el hecho como una simple negligencia y consideró que se trataban de maniobras orquestadas a fin de acceder a conversaciones privadas.

Para el magistrado los implicados incurrieron en delitos de “interceptación indebida de las comunicaciones” y más tarde también les atribuyó ser parte de una “asociación ilícita”, entre otras imputaciones, según documentos obtenidos por La Voz de Misiones. 

El 5 de octubre de 2009 Ciro James se transformó en el primer detenido del expediente. Días después también cayeron los policías misioneros Guarda, Rojas y Quintana, mientras que los jueces Gallardo y Rey recién comparecieron en indagatoria a mediados de abril de 2010, luego de ser destituidos de sus cargos tras un segundo pedido de un juicio político formulado ante el Superior Tribunal de Justicia (STJ) de Misiones.

Tras ser destituido como juez en 2010, José Luis Rey continuó su carrera como letrado particular.

“Los falsos antecedentes que se presentaron para intervenir las líneas, los sumarios que sirvieron de base para esas conexiones, las reiteradas prórrogas ordenadas, la total falta de interés de los magistrados en el producto de las escuchas, la oportunidad en que fueron dadas de baja como así también las falaces argumentaciones que se esgrimieron para fundamentarlas y la llamativa falta de colaboración de los mencionados jueces provinciales para con los requerimientos de la justicia federal, son elementos concretos que permiten afirmar objetivamente que toda la actuación relacionada con la intervención de los teléfonos móviles de Ávila y Burstein claramente trasciende de una mera negligencia judicial para convertirse en un accionar doloso por parte de los magistrados Gallardo y Rey, respecto de quienes se alzan fuertes elementos de sospecha que justifican su llamado a prestar declaración indagatoria”, argumentó Oyarbide cuando decidió avanzar contra los jueces misioneros. 

Después de ello, la pesquisa continuó y en el medio se sumaron más denunciantes, quienes además se constituyeron como querellantes, al igual que Burstein y Ávila. Para la Justicia de instrucción, en total se interceptaron 35 líneas telefónicas y solamente de las escuchas practicadas a Ávila se encontraron 193 cassettes con grabaciones.

De Fino Palacios a Macri y al sobreseimiento

Jorge Alberto “Fino” Palacios, en tanto, el nombre mencionado en el llamado anónimo que sirvió como la punta del ovillo, era un ex comisario que fue designado como Jefe de la Policía Metropolitana durante la gestión de Mauricio Macri como alcalde de Ciudad de Buenos Aires.

En la causa se detectaron vínculos y contactos previos al escándalo entre Palacios y James, como así también se detectó que el espía de la PFA tenía un contrato fantasma como supuesto asesor letrado de Mariano Narodowski, ministro de Educación porteño. 

El expediente ingresó entonces en una tercera etapa, la que involucraba actores políticos. Además de Naradowski, también quedaron comprometidos el funcionario Horacio Chamorro y la hipótesis trazada alcanzó incluso a Mauricio Macri, a quien Burstein acusó como el ideólogo de crear un “organismo paraestatal” para conocer conversaciones telefónicas de personas en conflicto con el líder del PRO.

En ese momento, Burstein, por ejemplo, fue uno de los mayores opositores a la designación de Palacios como jefe de la Policía Metropolitana ya que tenía acusaciones por “encubrimiento” en el atentado a la Amia, mientras que Ávila estaba en plena negociación con el gobierno por las transmisiones de fútbol. Entre los titulares de líneas intervenidas, incluso, apareció Néstor Leonardo, ex cuñado Macri.

Jorge “Fino” Palacios, ex jefe de la Policía Metropolitana, sindicado nexo con la pata política de la causa. Falleció en 2020.

Con las tres patas, policial, judicial y política, del andamiaje de la presunta red de espionaje ilegal diagramada, el juez Oyarbide avanzó con imputaciones y procesamientos, lo cual abrió un largo de camino recursivo que en 2018 tuvo un capítulo clave.

Ese año, la Sala III de la Cámara Federal de Casación Penal hizo lugar a un recurso presentado por la defensa de Fino Palacios y decretó la nulidad de todo lo actuado por Oyarbide al considerar que la interceptación ilegal de comunicaciones telefónicas tipificaban un delito de acción privada, ante lo cual el caso debió ser impulsado por alguno de los querellantes damnificados y no por el fiscal, que era el fallecido Alberto Nisman, consignó el diario Primera Edición. 

Ese fallo, firmado por los magistrados Liliana Catucci, Carlos Alberto Mahiques y Eduardo Riggi, sirvió de base para el sobreseimiento definitivo de todos los imputados dispuesto el pasado 21 de marzo por los integrantes del Tribunal Oral en lo Criminal Federal 5 de Ciudad de Buenos Aires, con asiento en Comodoro Py.

Es que dicho tribunal ahora hizo lugar a un recurso de excepción por falta de acción por prescripción presentado por la defensa de Narodowski y, en consecuencia, dictó el sobreseimiento de los imputados, como así también el levantamiento de todas las medidas cautelares que pesaban sobre ellos.

La decisión fue alcanzada por mayoría, con los votos de los jueces Daniel Horacio Obligado y Adriana Palliotti, mientras que Nicolás Toselli planteó un criterio disidente.

“En este caso, es el ámbito del juicio oral y público el propicio para el mejor y más exhaustivo análisis de la vigencia de la acción penal, de los hechos, de la participación de los encausados y, particularmente, de la valoración de la prueba producida; todo lo que permitirá una evaluación específica sobre los extremos invocados por la peticionante y las respuestas de la contraparte”, opinó Toselli.

De esta manera, Ciro Gerardo James, Mariano Narodowski y Osvaldo Horacio Chamorro, como así también los misioneros Diego Gastón Guarda, Raúl Alberto Rojas, Rubén Alberto Quintana, David Santiago Amaral, Antonio César Fernández, Mónica Elizabeth González y José Luis Rey, que hoy desde su destitución ejerce como letrado particular, fueron finalmente sobreseídos tras permanecer 14 años siendo objeto de investigación y la causa, al margen de las consecuencias colaterales, terminó en nada.

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Entrega de bebés en Concepción de la Sierra: maniobra, artilugios y condena

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Concepción de la Sierra bebés

Dos causas judiciales que a fines del año pasado se tradujeron en sentencias después de un extenso proceso de investigación bajo la órbita de la Justicia Federal develan los métodos, los actores y los artilugios utilizados para la entrega de niños recién nacidos en la zona sur de Misiones.

Los casos ocurrieron entre 2021 y 2022 con Concepción de la Sierra como punto neurálgico de la operación orquestada entre intermediarios, madres jóvenes en situaciones de vulnerabilidad y parejas dispuestas a saltearse el proceso de adopción legal.

En los expedientes no se alcanzaron a comprobar transacciones financieras como hablar de “venta de bebés”, pero sí constan acuerdos de mantenimiento y cobertura económica para alimentación, traslados y cuidados médicos para las madres durante el embarazo.

El ardid evidenciado pareciera sencillo y requiere de un intermediario que conecte las partes interesadas, una madre dispuesta a entregar a su niño y una pareja en busca de un menor.

Pero todo esto es completamente ilegal porque vulnera los derechos del niño y los adultos involucrados incurren en delitos penados por ley. 

Caso 1

El primer hecho comenzó a investigarse en diciembre de 2021. Involucró a Lourdes Edith Giménez, funcionaria en ese momento del Registro de las Personas de Concepción de la Sierra; a su esposo Pablo Fernando Lemes, secretario de Acción Social del municipio entre 2021 y 2023; y a A. A. S., una joven del pueblo cuya identidad completa se preserva para resguardar los derechos de su beba.

El nacimiento de la niña se produjo en junio de 2022 y Lemes fue anotado como su padre biológico, aunque más tarde el examen de ADN diría lo contrario y sería determinante para el avance de la causa que se tramitó ante el Juzgado Federal de Posadas, a cargo de la magistrada Verónica Skanata.

Cuando la maniobra quedó al descubierta, todos los implicados fueron citados a declarar. Ante la Justicia señalaron que A. A. S. trabajó como empleada doméstica de ellos y durante esa tiempo mantuvo encuentros íntimos a escondidas con Lemes, tras lo cual quedó embarazada y el hombre aceptó hacerse cargo de la niña.

“Creo que fue un error mío no haberme hecho un ADN antes de anotar a (…), confié en su mamá que yo era el padre”, se defendió Lemes en la etapa investigativa, aunque para la Justicia su versión no tuvo asidero y el expediente continuó su proceso hasta que finalmente admitió su culpabilidad en un acuerdo de juicio abreviado.

Tanto la madre de la niña como Lemes tienen un dictamen firmado el 9 de octubre de 2025, en el que aceptan ser condenados a 3 años de prisión en suspenso como autores de “alteración del Estado civil y de la Identidad de un menor de diez años y Falsedad ideológica de un instrumento público”, ambos en concurso ideal. Giménez, en tanto, fue sobreseída en instancia previa.

En paralelo al accionar penal, en lo referido a la protección de la niña involucrada intervino el Juzgado Multifuero de Apóstoles, cuyas autoridades que finalmente dispusieron que la beba continúe a cargo de su madre, que después del proceso solicitó la tenencia de su hija.

Caso 2

El segundo caso tiene características similares, aunque involucra a una pareja bonaerense, quienes alcanzaron a llevarse a la niña y convivir con ella durante un tiempo hasta que el mismo juzgado multifuero activó un operativo de rescate.

Los actores en este hecho son el utilero de escenografía Luis Gabriel Ibáñez, su esposa Lorena Soledad Márquez y Y. A. F., madre de la beba que fue entregada a los bonaerenses.

La denuncia del caso fue realizada el 18 de marzo de 2022, cuando la Directora de Niñez e Infancia de Concepción de la Sierra alertó que una beba de 4 meses había sido inscripta como hija de un hombre que en realidad no era su padre, lo cual más tarde fue confirmado mediante un cotejo genético. 

Cuando el Juzgado Federal liderado por Skanata tomó cartas en el asunto descubrió que la niña había nacido a fines de 2021 en el hospital Madariaga, que su acta de nacimiento con datos falseados se había firmado en Apóstoles y que en marzo de 2022 la pareja foránea vino a la tierra colorada para llevársela.

Fue allí que se disparó un operativo de rescate que se concretó el 3 de junio, tras lo cual la niña quedó bajo la guarda de una familia preadoptiva que luego completó los trámites y en poco tiempo se transformaron en sus adoptantes legales.

En paralelo se instruyó la causa penal por la maniobra irregular, donde los involucrados esbozaron el mismo relato que en el hecho anterior.

La pareja contó que la Y. A. F. trabajó como empleada doméstica en su casa de Buenos Aires, donde Ibáñez tuvo una relación extramatrimonial con ella y allí se produjo el embarazo del que luego decidieron “hacerse cargo” porque tenían mejores “condiciones de vida”.

La diferencia es que en el medio hubo un paso más. Cuando Ibáñez anotó la hija como suya, también pretendió hacer una autorización de viaje para llevar a la niña hasta Buenos Aires sin tener problemas con controles de ruta, pero como el trámite se iba a demorar más de lo esperado decidieron que la madre de la beba también viaje con ellos para asegurar la partida.

En el medio también se develó que Lorena Márquez era prima de una ex pareja de la madre de la beba, ante lo cual ella fue considerada como la “intermediaria” que posibilitó la concreción de la maniobra.

Los tres involucrados también terminaron admitiendo sus responsabilidades en el caso y resolvieron sus situaciones penales mediante la firma de un acuerdo de juicio abreviado.

Para todos se dispuso la misma pena, 3 años de prisión en suspenso, aunque Márquez fue considerada autora de “promoción e intermediación en la alteración del estado civil y de la identidad de un menor de diez años y participe necesaria de la Falsedad ideológica de un instrumento público”, ambos en concurso ideal, mientras que Ibáñez y Y. A. F. como autores de “alteración del Estado civil y de la Identidad de un menor de diez años y Falsedad ideológica de un instrumento público”, ambos en concurso ideal.

Este acuerdo ya fue homologado por el Tribunal Federal de Posadas (TOF) y transformado en sentencia el pasado 31 de octubre de 2025. El fallo también dispone que los condenados deben someterse a un régimen de conducta a cumplir estrictamente para mantener el beneficio de cumplir la pena en suspenso, es decir, sin ir a prisión.

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Imputaron por homicidio al médico que apuñaló a un gitano en Oberá

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La Justicia imputó por “homicidio” al médico Ernesto Omar Ramp (55), ex director del hospital de Aristóbulo del Valle, detenido desde el 26 de diciembre por apuñalar durante una pelea a un gitano cuyo fallecimiento se produjo cinco días después.

El profesional de la salud fue trasladado hoy hacia el Juzgado de Instrucción Dos de Oberá, a cargo del magistrado Horacio Alarcón, donde fue notificado del agravamiento de la acusación en su contra y posteriormente volvió a ser trasladado a una celda de la comisaría Segunda, donde permanece privado de su libertad.

Con el cambio de carátula, la situación de Ramp se ve más que comprometida, dado que la imputación por homicidio prevé penas de entre 8 y 25 años de prisión en caso de ser declarado culpable en un futuro debate oral.

Pelea y muerte

El hecho de violencia se registró el pasado 26 de diciembre, sobre calle Apóstoles Norte al 158, en Oberá, donde Ramp llegó para reclamar una deuda y mantuvo una discusión con Marco y dos de sus hijos, conflicto que acabó con la víctima trasladado de urgencia al hospital Samic, desde donde fue derivado a Posadas debido a su complejo cuadro de salud.

Según detallaron las fuentes, la herida le ocasionó a Marco perforación de pulmón y a pesar de los esfuerzos médicos perdió la vida en la mañana del 31 de diciembre, mientras seguía hospitalizado en Posadas.

Tras el hecho, en redes sociales se registraron múltiples comentarios a favor de Ramp, donde además aseguran que la versión del detenido apunta que él fue atacado en primera instancia y las agresiones se dieron en un acto de defensa.

En paralelo, allegados al médico también iniciaron una junta de firmas para solicitar la liberación del médico que en 2023 fue candidato a intendente de Aristóbulo del Valle.

Murió el gitano apuñalado durante una discusión con el médico Ernesto Ramp

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Grooming en Garupá: el padre de una las niñas se constituyó como querellante

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El padre de una de las niñas que escapó del hogar Papa Francisco de Garupá y terminó cautiva en una fábrica abandonada se constituyó como querellante particular en la causa que investiga por grooming y otros delitos a cuatro sospechosos, entre ellos un efectivo de la Policía misionera.

El requerimiento formal fue presentado ante el Juzgado de Instrucción Uno de Posadas y la solicitud fue aceptada por el magistrado Fernando Verón, en carácter subrogante legal de dicha dependencia judicial.

De esta manera, el padre de una de las víctimas, a través del abogado Roberto Oscar Oudin como querellante, podrá ser parte activa del proceso, participando de las audiencias, ofreciendo pruebas, solicitando medidas y emitiendo opinión en planteos defensivos y/o resoluciones del magistrado interviniente.

La causa continúa en trámite y tiene cuatro sospechosos imputados por “grooming”, aunque hasta el momento no se dictó prisión preventiva para ninguno. Ellos son Pedro G. (37), Eugenio A. (63), Samuel N. (63) y el policía Cristian Rolando M.(38).

Inicialmente hubo otros detenidos, el gomero Matías C. (19) y otro policía identificado como Mario Enrique M. (48), aunque ambos fueron excarcelados y aunque continúan supeditados a la causa sus respectivas defensas avanzan en los pedidos de sobreseimiento.

La hipótesis del caso es que una de las niñas del hogar Papa Francisco fue contactada por Instagram por un adulto que se hizo pasar por menor de edad y la convenció de escaparse para ir a dormir a otro lugar.

La invitación se extendió hacia otra menor, quienes finalmente lograron fugarse del hogar a pesar de la custodia y de esa forma cayeron en la trampa que, se presume, tenía fines de abuso y explotación sexual en el predio abandonado y sórdido descubierto ese 14 de octubre pasado.

Las pistas condujeron la pesquisa hacia el predio de la ex firma Envasadora Misionera en Ñu Porá, arrestaron a tres de los sospechosos y también encontraron a la niña que estaba desaparecida.

La menor estaba semidormida -se investiga si era producto de algún somnífero o estupefaciente- sobre una cama, tapada con una manta y en compañía de uno de los implicados, describieron las fuentes consultadas en su momento.

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