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Condenaron al renovador Barboza por haber matado borracho

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Después de cuatro postergaciones, finalmente se llevó a cabo el juicio oral y público contra al ex intendente de Arroyo del Medio, Cristóbal Barboza, quien el 19 de junio de 2016 protagonizó al mando de una camioneta de su comuna, un choque que le costó la vida al remisero Alberto Mario Andersson, de Alem.

Por ese hecho, la jueza Correccional y de Menores Uno de Posadas, Marcela Leiva, lo condenó a cinco años de prisión de cumplimiento efectivo. La pena estuvo en sintonía con lo que había requerido la fiscal María Laura Álvarez, quien consideró en su alegato que el desplazado jefe comunal había actuado con total desprecio de la vida ajena al manejar totalmente ebrio y por el medio de la calzada de la ruta nacional 14.

El fallo se conoció a las 12.30, cuatro horas después del inicio del proceso. Al hombre lo encontraron culpable del delito de “homicidio culposo agravado”. Y además del encierro, lo castigaron con diez años de inhabilitación para conducir.

Además, se remitieron a la Fiscalía en turno los certificados médicos firmados por distintos profesionales que atendieron al acusado por supuestas afecciones de salud que tenía y que le sirvieron como argumento no haber enfrentado antes el juicio. El objetivo es que se investigue si esos médicos mintieron en sus diagnósticos para favorecer al acusado.

Barboza cumplirá su condena en la Unidad Penal Uno de Loreto. Los fundamentos serán leídos el 14 de noviembre. En su alegato, la fiscal Álvarez fue contundente con Barboza: era imposible que por el grado de alcohol que presentaba en sangre, 2,14, haya tenido el dominio necesario para conducir.

No pasó por alto el hecho de que el ex intendente se haya negado a que le sacaran sangre para una eventual contraprueba del test positivo de alcoholemia. “Para la Ley Nacional de Tránsito, eso es una falta grave”, sostuvo.
“El alcohol es responsable del 73% de las muertes en accidentes viales en la Argentina.

Hay 20 muertes diarias por esa causa. En Misiones, en 2018, ya murieron 253 personas en accidentes de tránsito. En 2017, habían sido 354”, apuntó, y le pidió a la jueza Leiva: “La sociedad exige condenas ejemplares, que tengan efectos disuasorios” .

“La violación al deber de cuidado que tuvo Barboza fue el desencadenante del resultado muerte”, remató.
Álvarez cuestionó lo que consideró “evasivas” del acusado para afrontar el debate oral. Recordó las cuatro veces anteriores que se lo citó a juicio y adujo problemas de salud. Precisamente, esas afecciones fueron puestas en duda por la fiscal. “La última vez que se lo llamó, justificó su ausencia en razones climáticas”, agregó.

Finalmente, indicó que en dos años y medio, nunca se contactó con la familia Andersson para pedir perdón. Y que recién lo hizo brevemente en el juicio, “como estrategia de defensa”. “No sorprende la imputación de la Fiscalía, porque Cristóbal Barboza desde un primer momento fue tratado como un ciudadano de segunda”, sostuvo en el inicio de su alegato el abogado Walter Duarte.

“Por presunción de los oficiales actuantes, al decir que tenía aliento etílico, lo convirtieron en un ciudadano de segunda. Fue llevado a un centro asistencial 11 horas después del hecho, por dolores abdominales y de cabeza”, añadió.

Duarte reiteró que la defensa desconoce el test de alcoholemia, “porque fue hecho por un personal no adiestrado y porque no se determinó si el aparato estaba calibrado u homologado”. “El sistema utilizado no es concluyente, porque no se hizo la contraprueba”, añadió.

El otro defensor, Horacio Skanata, añadió que “no se resguardó el lugar del hecho, ni se pudo descartar que pudo haber culpa concurrente”. Finalmente solicitaron la absolución. Ya al principio del debate habían planteado la nulidad de las pericias, pero la jueza Leiva había rechazado el pedido por “extemporáneo”.

Misiones Online

Policiales

Joven apuñalado en Alba Posse murió tras diez días de agonía en el hospital

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alba posse

Un joven de 25 años falleció anoche tras permanecer diez días internado en estado crítico como consecuencia de la puñalada que recibió durante un ataque registrado en la localidad de Alba Posse.

La víctima se trata de Mario Dornelles (25), cuyo deceso se confirmó anoche en el hospital Samic de Oberá, donde estaba internado desde el 16 de noviembre, cuando fue blanco de un grave ataque por parte de otros tres jóvenes que ahora serán investigados por homicidio.

De acuerdo a lo consignado por fuentes policiales, el hecho ocurrió en el paraje San Francisco de Asís, en Alba Posse, donde Dornelles caminaba junto a otro muchacho a la vera de la ruta provincial 8 y fueron emboscados por tres sujetos.

En esa instancia, ambos jóvenes fueron agredidos y Dornelles recibió una puñalada en la zona del tórax que derivó en su internación en estado crítico.

Tras el ataque, la Policía montó un operativo cerrojo y rastrillajes en zona de monte del paraje Libertad, donde horas más tarde detuvieron a los tres sospechosos: Josías D. S. (28), Elías D. S. (19) y Walter Nahuel E. (23).

En ese procedimiento también se secuestraron una motocicleta Corven Mirage 110, un casco y un machete que habría sido utilizado en la agresión.

Con la confirmación del fallecimiento de Dornelles, se dio aviso al juez interviniente, quien dispuso la autopsia en la Morgue Judicial de Posadas para determinar la causa precisa de la muerte, mientras que los tres detenidos continúan a disposición de la Justicia.

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Judiciales

Acampe docente: condenan a Gurina y Sánchez por desobediencia y corte de calle

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condenas a Monica Gurina y Leandro Sanchez

Para la Justicia misionera, los docentes y dirigentes sindicales Mónica Gurina y Leandro Sánchez cometieron delitos durante el acampe que interrumpió el tránsito sobre lo avenida Uruguay a mediados del año pasado durante una protesta multisectorial en reclamo de mejoras salariales.

Así lo determinó esta tarde la jueza Correccional y de Menores Uno de Posadas, Marcela Leiva, quien como presidenta del tribunal unipersonal encargado de llevar adelante el juicio oral decidió condenar a ambos trabajadores de la educación como coautores de los delitos de “desobediencia judicial y entorpecimiento del normal funcionamiento de los medios de transporte”, misma imputación con la cual llegaron a esta instancia.

Las penas impartidas fueron 10 meses de prisión en suspenso para Gurina y 8 meses de prisión en suspenso para Sánchez, quienes además deberán realizar 8 horas mensuales de tareas comunitarias dando clases en comedores infantiles.

Los fundamentos del fallo serán comunicados el 1 de diciembre, jornada para la cual el colectivo de docentes y trabajadores de la educación unidos en acompañamiento a los ahora condenados anunció un paro con posible movilización hacia el Palacio de Justicia, donde esta mañana volvieron a montar una vigilia y luego reclamaron que el veredicto busca “criminalizar la protesta”.

La defensa de los docentes, encabezada por el abogado Eduardo Paredes, junto a Roxana Rivas y María Laura Alvarenga, adelantó que una vez conocido los argumentos apelarán el fallo y de ser necesario insistirán hasta llevar el caso a la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN).

La fiscal María Laura Álvarez fue la primera en alegar y solicitó condenas para los imputados.

“No hay derecho absoluto”

El fallo se ajustó casi en su totalidad con el planteo efectuado previamente por la fiscal María Laura Álvarez, que al momento de su alegato consideró que ambos docentes habían cometido los delitos imputados en el marco de la protesta realizada el año pasado y, por ende, pidió 1 año de prisión en suspenso para Gurina y 10 meses en suspenso para Sánchez.

Álvarez argumentó que el mayor pedido contra Gurina fue porque ella “tenía un plus en la ejecución” de las acciones enmarcadas en la protesta y el acampe instalado sobre la avenida Uruguay, casi Trincheras de San José, una cuadra antes del campamento similar montado por agentes policiales frente al Comando Radioeléctrico Uno.

En su alegato, la fiscal remarcó los perjuicios económicos sufridos por unos 80 comerciantes de la avenida Uruguay, tomando como ejemplo a Gustavo Cardozo, dueño de Vicar Muebles, que como testigo declaró que sus ventas bajaron un 40% durante los días que duró la protesta.

Consideró, además, que ambos docentes incumplieron en forma “dolosa” con la orden de despeje de la calle emitida por el juez Ricardo Balor y para ello se apoyó en las declaraciones de varios agentes policiales que hoy comparecieron como testigos, entre ellos Mariela Acosta, mediadora de la fuerza provincial.

“Nadie está en contra del derecho a la protesta, pero la Corte dijo que no hay ningún derecho absoluto”, expresó Álvarez que anoche además presentó un escrito solicitando que la audiencia de hoy se restrinja al público.

En sus argumentos, expuso que el martes se sintió “coaccionada, intimidada y acosada” por el público que acompañaba a los docentes enjuiciados.

La defensa se opuso y la jueza Leiva también, que aceptó el ingreso del público, aunque reiteró las normas de comportamiento. Lo que no hubo fue transmisión oficial en vivo, como suele en la mayoría de los debates orales, salvo excepciones como casos de abuso sexual donde prevalece el derecho a la intimidad de la víctima.

Sánchez reinvidicó el derecho a protesta al dar sus últimas palabras, poco después de sufrir un cuadro de presión alta.

“Fue un hecho público y multitudinario”

En defensa de los imputados alegaron los tres letrados del equipo técnico legal, siendo Paredes y Rivas los principales oradores.

En primer término, Paredes realizó un repaso de las luchas sociales y conquistas de derechos obtenidas en el marco de protestas en las calles. A nivel nacional mencionó la protesta del campo contra la resolución 125 que lideró Alfredo De Angeli -hoy senador nacional- y en materia provincial recordó el tractorazo que derivó en la creación del Instituto Nacional de la Yerba Mate (Inym).

“Hubo tractores sobre la plaza, se cortó el tránsito, los empleados apenas podían ingresar a la casa de gobierno. Aún así, el gobierno reconoció que eran derechos constitucionales y no tomó ninguna medida. Así salió el Inym y el gobierno provincial nunca impulsó un proceso”, ejemplificó.

Rivas, por su parte, consideró que la causa carecía de pruebas para dar por acreditada las acusaciones. “Fue un hecho público y multitudinario. No hay pruebas de que ambos hayan ‘liderado’ la protesta. Esto era, además, multisectorial. Es imposible endilgarle un ‘poder de dirección’ en los hechos”, apuntó.

También cuestionó que “los daños económicos en los comerciantes son presumido, no está acreditado” y aseveró que “la salida acá es entender que este conflicto ya se resolvió en sede administrativa”.

En consecuencia, la defensa pidió la absolución de los acusados o, en forma subsidiaria, la aplicación del estado de necesidad justificante o del estado de necesidad disculpante.

Los planteos defensivos no prosperaron. Tras más de dos horas de deliberación, la magistrada Leiva regresó a la sala con el veredicto y por secretaría se leyó la condena para ambos docentes.

La sentencia de la jueza Marcela Leiva fue impartida poco después de las 14.

 

Gurina y Sánchez en juicio: “Ir al acampe fue colectivo y asambleario”

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Judiciales

La defensa pidió la absolución y hay cuarto intermedio hasta sentencia

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Tras el pedido de absolución planteado por la defensa, los docentes y dirigentes sindicales Mónica Gurina y Leandro Sánchez hicieron uso de sus últimas palabras antes del cuarto intermedio para deliberar la sentencia por parte de la magistrada Marcela Leiva.

Sánchez, visiblemente emocionado y hasta con un cuadro de suba de presión, reinvindicó el derecho a protesta e insistió en el carácter asambleario de todas las decisiones tomadas durante la protesta del año pasado. “No tenemos liderazgos, tenemos asambleas en las plazas“, señaló.

Y afirmó: “No somos el diablo. Somos ciudadanos insurrectos, que no soportan la injusticia y no se resignan a ser maestros sin casa”.

A lo que agregó: “Si nos condenan, van a condenar la protesta social. Sentarán un precedente para el país y se llenarán las cárceles de maestros y trabajadores”

Gurina también se expresó brevemente y adhirió a las palabras de su colega.

Luego, la jueza Leiva dispuso un cuarto intermedio por tiempo indeterminado para deliberar y dictar sentencia.
Minutos antes, la fiscal María Laura Álvarez había solicitado penas de 1 años y 10 meses de prisión en suspenso para los imputados, siendo el mayor pedido contra Gurina.

La fiscalía pidió condenas contra Mónica Gurina y Leandro Sánchez

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