Policiales
Autopsia descartó cocaína: la niña de Garuhapé murió por una bacteria
La autopsia al cuerpo de la niña de 9 años fallecida en Garuhapé culminó en las últimas horas y el informe preliminar indica que la causa de muerte de la pequeña fue una infección generalizada por la bacteria Escherichia coli, descartando la presencia de cocaína en el organismo.
De acuerdo a lo consignado por fuentes consultadas por La Voz de Misiones, el estudio forense que se extendió durante varios días culminó en la jornada de hoy en la Morgue Judicial de Posadas y las conclusiones preliminares dieron un giro de 180° en el caso, dado que contradice el diagnóstico médico emitido inicialmente en el hospital Samic de Eldorado, donde aseguraron que la niña falleció por una intoxicación con cocaína.
En contrapartida, los forenses que llevaron adelante la necropsia concluyeron que la causa de muerte de la pequeña se debió a una infección generalizada que fue provocada por la bacteria Escherichia coli y que el diagnóstico que mencionaba la presencia de cocaína en el organismo se trató de un “falso positivo”.
“Lo de la cocaína fue un falso positivo. Ese estudio se hizo con un test orientativo, no específico y de ahí surgió el diagnóstico erróneo”, señaló una de las fuentes de LVM.
A esto se suma, además, que en el allanamiento realizado en la vivienda de los padres de la niña los efectivos policiales no hallaron ningún vestigio de estupefacientes.
Por último, los especialistas médicos-forenses intervinientes también sostuvieron que, de la historia clínica de la niña, incautada del hospital Samic, se desprende que la “sintomatología” que presentaba al llegar a emergencias es compatible con la infección bacterial que derivó en su muerte.
Recibido este informe preliminar, el juez de la causa, Manuel Balanda Gómez, titular del Juzgado de Instrucción Uno de Puerto Rico, dispuso la liberación del cuerpo y la entrega a sus familiares para el correspondiente último adiós, que probablemente se desarrolle mañana.
Según explicaron las fuentes, a partir de estos resultados, el expediente quedaría archivado, ya que no habría delito o acción delictiva de por medio.
En esa línea, señalaron, quedaría la posibilidad de que los padres de la niña decidieran iniciar acciones legales contra el hospital Samic de Eldorado y los profesionales intervinientes, aunque en tal caso todo sería abordado desde la órbita de la Justicia Civil.
El caso
El caso comenzó a investigarse el lunes a la mañana, tras la muerte de una niña de 9 años en el hospital Samic de Eldorado.
La menor, oriunda de Garuhapé, llegó a ese nosocomio durante la jornada del sábado prácticamente en shock como consecuencia de un supuesto estado de intoxicación.
“Llegó con un cuadro de abdomen agudo, con dolor abdominal intenso, desorientación en tiempo y espacio, sin posibilidad de comunicación, hipotérmica, hipotensa. Estaba en shock prácticamente, deshidratada”, explicó a LVM en ese momento Carolina Piriz, jefa del servicio de Pediatría del Samic de Eldorado.
Allí, la médica añadió que, ante los síntomas observados, se activaron dos protocolos, uno ante un posible tumor o enfermedad neurológica y otro ante sospecha de intoxicación.
En esa línea, confirmó que el examen toxicológico arrojó resultado positivo en dos oportunidades al reactivo de cocaína, ante lo cual se decidió que la niña pase a terapia intensiva.
“Es la primera vez que detectamos cocaína en una paciente de este tipo. Las intoxicaciones casi siempre se dan por medicamentos que hay en la casa y que los niños suelen tomar por accidente, como por ejemplo clonazepam o sustancias antiepilécticas”, sostuvo Piriz.
Tras ese diagnóstico, la pequeña pasó a terapia intensiva, donde desafortunadamente no evolucionó a pesar de la atención brindada y el lunes a la madrugada se produjo su deceso.
Para ese entonces, el departamento legal del nosocomio eldoradense ya había radico la denuncia ante la comisaría Tercera local para comunicar sobre lo sucedido. Ello dio pie a la investigación que ahora viró complemente.
Policiales
Despiste fatal: un niño murió, su hermano está grave y su papá quedó detenido
Un niño de 8 años falleció y su hermano de 10 se encuentra internado en estado crítico como consecuencia de las lesiones sufridas en el despiste y vuelco de una camioneta que conducida por su padre, quien más tarde quedó detenido por causar desorden en el hospital y se investiga si estaba alcoholizado.
El trágico episodio ocurrió esta tarde, cerca de las 16.40, sobre la ex ruta provincial 5, a pocos kilómetros del ingreso al barrio El Progreso de Oberá.
Sobre esa arteria terrada despistó y volcó una camioneta Chevrolet en la que viajaban Andrés P. (36), junto a sus hijos de 8 y 10 años.
Los tres heridos fueron trasladados de urgencia al hospital Samic de Oberá, donde apenas ingresado se constató el fallecimiento del menor de los niños, mientras que su hermano quedó internado en grave estado y será derivado al Madariaga de Posadas para recibir una atención de mayor complejidad.
Fuentes policiales además señalaron que el conductor del vehículo presentaba signos de ebriedad y comenzó a causar desorden en el hospital obereño, ante lo cual fue detenido por agentes de la comisaría Tercera.
Judiciales
Jabornicky denunció por acoso judicial a Flores y pidió sancionar a Risko
El abogado Alejandro Jabornicky, que enfrenta una causa por violencia de género de su ex pareja, la diputada provincial electa Rita Flores, denunció a -ésta por “acoso judicial” y “mala fe procesal”, y pidió al juez de Instrucción 7, Miguel Mattos, que sancione a su colega y abogada de la querellante, Silvia Risko.
En un escrito, patrocinado por el abogado José Paulino Medina, Jabornicky contestó a la denuncia y el pedido de prisión preventiva por “violencia de género digital”, formalizados la semana pasada por Flores, por haber subido a su cuenta de Instagram fotos con ella en un posteo, que la legisladora electa y Risko, consideran una publicación pagada de la red social, que violenta la orden judicial de restricción de septiembre pasado.
“La petición de la querella constituye un claro acoso judicial: pretende transformar una fotografía en redes sociales en un delito inexistente, invocar un riesgo de femicidio sin sustento y emplear figuras de violencia política y digital de modo oportunista”, sostiene la presentación de Jabornicky y sentencia: “Estos actos constituyen un abuso del proceso y deben ser sancionados”.
“La querellante ha presentado un pronto despacho solicitando la detención y prisión preventiva, invocando un supuesto ‘ciber-hostigamiento’ por publicaciones en Instagram. Acto seguido, sostiene que existe riesgo de femicidio, violencia política y amenaza agravada, imputando hechos graves que no están acreditados en autos ni son consistentes con la medida cautelar”, señala la presentación de Jabornicky y asegura que “ello evidencia una estrategia de hostigamiento procesal, encaminada a presionar al imputado mediante la reiteración de pedidos desproporcionados y sin sustento jurídico”.
Temerarias
El escrito señala que la orden de restricción que le impuso el juez Mattos a Jabornicky el 9 de septiembre pasado, luego de la denuncia de Flores en su contra, dispuso “la prohibición de acercamiento en un radio de 500 metros”, y “todo tipo de contacto físico, verbal, telefónico, de correo electrónico y/o cualquier otro tipo o medio que signifique intromisión injustificada”, pero que “no se prohibió publicar fotografías, ni expresar ideas en redes sociales”.
Según la presentación judicial, desde la notificación de la medida, el imputado Jabornicky “ha respetado íntegramente la prohibición de contacto: no hubo acercamientos físicos, llamadas, mensajes, correos, ni interacción de ningún tipo con la denunciante”, y asegura que “las supuestas ‘publicaciones’ en redes sociales son fotografías genéricas de hechos pasados y no constituyen ninguna forma de contacto ni intromisión injustificada”.
El escrito dirigido al juez Mattos, acusa a Flores y Risko de “presentaciones reiteradas y desproporcionadas”, “afirmaciones falsas o sin prueba”, “calificaciones jurídicas infundadas” y “temeridad y mala fe procesal”.
Afirma que, en la última denuncia de Flores, Risko “asevera que el imputado ‘abonó publicidad de la publicación de Instagram’ e interpreta que ello configura violencia digital”, y asegura que “estas afirmaciones no están acompañadas de prueba alguna”.
“La querella invoca la Ley 27.736 sobre violencia de género digital y la Convención de Belém do Pará, pretendiendo encuadrar una publicación genérica como un delito de ciber-hostigamiento”, relata Jabornicky y acusa: “Esta ampliación no solo carece de sustento fáctico, sino que constituye un abuso del derecho penal al pretender equiparar una fotografía con un acto de violencia digital”.
Desmiente, asimismo, que hubiera incurrido en “violencia política” contra Flores, en su rol de legisladora electa a punto de asumir, y que tal afirmación ignora que “el proceso penal en curso se refiere a hechos anteriores y que el suscripto ha mantenido un comportamiento respetuoso y alejado de la vida pública de la Sra. Flores”.
“No existe en autos ningún indicio de que las publicaciones referidas tuvieran un ánimo de obstaculizar la función pública”, señala el escrito.
Jabornicky invoca el artículo 32, del Código Procesal Penal de Misiones, y el artículo 34, inciso 6º, del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, para acusar a Flores y Risko de llevar a cabo “un ejercicio irresponsable y abusivo del derecho de acción que persigue hostigar y estigmatizar al imputado”, que “constituye, en términos doctrinales, acoso judicial” y “justifica que se disponga un llamado de atención o sanción al profesional interviniente”.
“La conducta de la querella no solo busca imponer una prisión preventiva desproporcionada, sino que pretende censurar la libertad de expresión y asociación del imputado mediante el bloqueo de sus redes sociales”, lo que “atenta contra los derechos constitucionales a la libertad de expresión, al trabajo y a la defensa en juicio, pues se pretende privar al imputado de medios lícitos de comunicación y de interacción social sin fundamento legal alguno”.
Amonestación
Por todo lo expuesto, Jabornicky pide al juez Mattos que declare “la existencia de temeridad procesal y abuso de derecho” por parte de Risko y la amoneste, “recordándole su obligación de ajustarse a la verdad y al derecho, bajo apercibimiento de imponer sanciones”.
A la vez, solicita “advertir a la querella que cualquier nueva presentación deberá fundarse en hechos objetivos y acreditados en autos, absteniéndose de utilizar el proceso como medio de hostigamiento o propaganda política”, y “reafirmar que la medida de restricción vigente prohíbe el contacto e intromisiones con las víctimas, pero no suprime la libertad de expresión, ni la posibilidad de publicar contenidos generales, por lo que cualquier interpretación extensiva debe desecharse”.
DENUNCIA_DE_ACOSO_JUDICIAL_Y_ABUSO_DE_PROCEDIMIENTO (1)Policiales
Cruzaba la avenida Quaranta con su hijo y murió arrollada por un auto
Una mujer de 47 años falleció esta mañana al ser embestida por un automóvil mientras cruzaba la avenida Quaranta de Posadas junto a su hijo.
De acuerdo a lo consignado por fuentes policiales, la víctima fue identificada como Antonia Isabel Lima (47).
El hecho ocurrió esta mañana, cerca de las 11, cuando la mujer cruzaba la avenida Quaranta, en inmediaciones a la avenida Zapiola, hasta que, por causas que se intentan establecer, fue arrollada por un automóvil Fiat Siena que circulaba en sentido Oeste-Este.
Como consecuencia del hecho, la mujer perdió la vida en el acto, mientras que su hijo menor de edad debió recibir asistencia profesional.
En el sitio trabajaron diversas dependencias policiales que llevaron adelante las tareas de rigor y las correspondientes pericias para esclarecer las circunstancias del siniestro.
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