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YPF subió las naftas en Misiones: la Súper vale $134 y la Infinia casi 170

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combustibles todo el país

Un día despúes de la decisión de Axion y Shell, la empresa de bandera estatal YPF corrigió los valores al surtidor en Posadas y todo el país. Los aumentos van de 9,5% en la nafta súper y 14% para el diesel premium.

La petrolera YPF subió este lunes un 10% promedio los precios de la nafta y el gasoil que comercializa en el país. Las alzas van de 9,5% para la nafta súper y 13,9% para el diesel premium. Con la medida, la líder del mercado de combustibles local se sumó a la decisión adelantada el domingo por Shell y Axion.

Como informó ayer LVM, se trata del tercer incremento de combustibles de 2022, que acumulan en el año un alza de 21% (para el caso de la súper) y supera el 40% para los productos premium.

A diferencia de lo que venía ocurriendo, la estatal YPF se sumó a retocar los precios 24 horas después de que las dos petroleras privadas aplicaron en su caso un incremento de 11% promedio. Hasta ahora, y desde hace al menos 2 años, las firmas seguían a YPF, líder del mercado de combustibles local.

La suba en los surtidores de la red de YPF fue informada por la petrolera y en las primeras horas de este lunes ya se reflejaba en la cartelería de las estaciones de Posadas y el interior de Misiones.

El aumento aplicado este lunes es 9,5% para la nafta súper; 9,9% para el gasoil común. En tanto, la suba es de 11,5% en la nafta premium, y de 13,9% para el diesel premium.

En Posadas los combustibles de YPF quedan por litro:

  • Nafta súper: $134,00;
  • Infinia: $167,00;
  • Gasoil: $129,00;
  • Diésel premium: $170,60

También en el alza pesa la alta demanda de combustibles que se evidencia en todo el país, tras dos años con menores consumos por la pandemia y el desafaje de costos como consecuencia de la escalada de la inflación general, con el 6,7% de marzo y la previsión de 6% para abril, sostienen en el mercado.

En un comunicado, YPF expuso que el alza en los precios busca “evitar que se siga ampliando la brecha de precios ya existente con la competencia”, que antes del ajuste se encontraba entre el 7% y 12% y provocaba un incremento de demanda hacia la red de estaciones de servicio de la petrolera de bandera.

Esa situación, explicó en el comunicado, genera “importantes quiebres de productos en todo su sistema e impactando en el nivel de servicio hacia todos sus clientes”. Sostuvo que en abril se registró una muy alta demanda en el mercado local, en especial de gasoil que “tuvo el mes de mayor demanda de la historia”.

“Este aumento está asociado, además, a la evolución de las variables que conforman el precio de venta al público: la evolución de los costos asociados a la refinación y comercialización; el incremento de los precios locales de biocombustibles producido por terceros y que los comercializadores deben adquirir a precio regulado; y el sostenido aumento de los precios internacionales de los combustibles que es necesario importar para complementar la refinación local”, completó YPF.

 

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La Corte declaró inconstitucional el uso estatal de datos personales

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Misiones DNU corte suprema

La Corte Suprema de Justicia de la Nación resolvió que organismos públicos no pueden utilizar teléfonos o correos electrónicos de ciudadanos sin autorización y anuló artículos de la ley de datos personales al considerar que vulneran la privacidad y la autodeterminación informativa.

El tribunal, con las firmas de Horacio Rosatti, Ricardo Lorenzetti y el conjuez Daniel Bejas, sostuvo que no existe interés legítimo que justifique un sistema de almacenamiento y circulación de datos personales sin conocimiento de sus titulares.

Además, declaró inválidos artículos de la ley 25.326 que habilitaban el intercambio de información entre organismos estatales sin consentimiento, al considerar que esas excepciones resultan excesivas e injustificadas y afectan garantías constitucionales.

En ese sentido, advirtió que la amplitud de la norma permitía al Estado eludir casi siempre la exigencia de autorización, lo que vaciaba de contenido la protección de los datos personales.

El fallo se dictó al hacer lugar a una acción de habeas data presentada por una jubilada contra el Estado Nacional, tras un convenio que permitió a la Anses ceder información a la Secretaría de Comunicación Pública para difundir contenidos oficiales.

El caso se originó cuando la demandante cuestionó el uso de su información para fines distintos a los que motivaron su entrega, al señalar que no deseaba recibir comunicaciones oficiales ni ser objeto de contactos reiterados.

En disidencia, el ministro Carlos Rosenkrantz y la conjueza Beatriz Aranguren propusieron rechazar el recurso del Estado y dejar firme la sentencia previa sin pronunciarse sobre la constitucionalidad de la norma.

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La CGT pidió la nulidad del fallo que devolvió vigencia a la reforma laboral

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CGT

La Confederación General del Trabajo (CGT) pidió la nulidad del fallo que devolvió la vigencia de la reforma laboral del gobierno de Javier Milei y recusó a los camaristas Víctor Arturo Pesino y María Dora González, quienes suspendieron la medida cautelar que en marzo había frenado 83 artículos de la Ley 27.802.

La central obrera elevó una presentación de 25 páginas a la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, argumentando que la resolución “violenta la verdad jurídica” y que la sala actuante no tenía competencia en el caso.

“Hubo una manifiesta parcialidad hacia el Estado nacional”, denunció Cristian Jerónimo, uno de los integrantes del triunvirato que conduce la CGT. “Acabamos de recusar a los jueces por la aberrante suspensión de la cautelar y después la obscenidad que acaban de cometer al otro día, cuando en el Boletín Oficial se publicó la extensión de cinco años más para uno de los jueces”, puntualizó, en referencia a Pesino.

“El beneficio que recibió Pesino generó un manto de duda y de sospechas” que la central obrera “no va a dejar pasar”, advirtió.

El escrito pide la “nulidad absoluta” de la resolución dictada el 23 de abril último, que tuvo un carácter suspensivo de la cautelar y objeta la intervención de la Sala VIII, afirmando que, para respetar las reglas procesales, debió intervenir la Sala I.

“Si la Sala VIII hubiera respetado los pasos procesales para consentir su actuación, esta parte hubiera tenido oportunidad de advertirle que carecía de competencia por la prevención inicial de la Sala I; pero no se nos dio tiempo”, dijo Jerónimo.

El texto, presentado por el abogado Pablo Topet, sostiene que “debe ser la Sala I la que deba resolver la nulidad porque la Sala VIII, que violó las disposiciones procesales, es la que dictó el acto inválido, emitió opinión y prejuzgó y, tal vez lo más relevante, evidenció una manifiesta parcialidad hacia el Estado nacional”.

Sobre Pesino, el escrito señala que su participación en la causa “está viciada por haber recibido un beneficio de importancia por parte del Estado nacional”, tal como es la postergación para jubilarse, y afirma que su “inaceptable intervención (…) constituye no solo una conducta contraria a la ética, también una causa objetiva de apartamiento de acuerdo a las reglas de la ley adjetiva”.

“Los magistrados que suscribieron con rapidez la sentencia interlocutoria que se impugna, deben apartarse de una causa que tomaron ‘para sí’ sin competencia”, argumenta la presentación.

La reforma laboral mileísta se sancionó hace dos meses en el Senado, con los votos de los misioneros Carlos Arce y Sonia Rojas Decut, del Frente Renovador Neo, y Martín Goerling, del PRO Misiones.

 

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Inflación en aumento: marzo dio 3,4%, la cifra más alta en doce meses

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El Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (Indec) informó esta tarde que la inflación de marzo fue de 3,4%, convirtiéndose en la cifra mas alta en los últimos doce meses. 

Esta cifra elevó a 9,4% el índice de inflación acumulado en los primeros tres meses del año, llegando pisar el 10%, que era el porcentaje proyectado para todo el 2026 según el presupuesto aprobado por el gobierno nacional. 

Los mayores aumentos fueron en educación con un 12,1% y en transporte con 4,1% a nivel nacional. En el análisis de los aumentos por región, el índice de la zona noreste se ubicó por encima de lo registrado a nivel nacional con 4,1%. 

Los rubros dentro de esas provincias que sufrieron un mayor crecimiento en porcentaje fueron Educación con 22,7% y en Vivienda, agua, electricidad, gas y otros combustibles con 9,7%. 

En relación al mes anterior el porcentaje de suba en Equipamiento y mantenimiento del hogar mantuvieron una variación de 1,3% a nivel nacional convirtiéndose en el rubro con menor inflación.

En contraposición a las variaciones de los últimos tres meses, donde la sección que contempla Prendas de vestir y Calzados, es el rubro con la menor aumento llegando a un nivel nacional 2,6 % mientras que en la región de Cuyo el índice de precios registra un 1,9% de aumento. 

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