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Se viene el aguinaldo: cuándo se cobra y cuánto te corresponde

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aguinaldo

Comenzó diciembre, mes caracterizado por las fiestas y porque a los trabajadores de empresas privadas y del sector público les corresponde recibir el segundo pago del sueldo anual complementario (SAC), más conocido como aguinaldo.

Acerca de este pago suelen existir varias dudas, que van desde cuál es el monto que corresponde hasta en qué fecha se acredita. Según lo dispuesto por la Ley 27.073, el aguinaldo debe ser abonado cada año en dos cuotas: la primera con vencimiento en junio y la segunda con vencimiento en diciembre.

En el último mes del año se debe cobrar antes del día 18, que este año cae viernes (aunque el empleador cuenta con 4 días hábiles adicionales para hacer el pago).

Anteriormente, la Ley de Contrato de Trabajo preveía que el pago del aguinaldo se podía hacer efectivo hasta el 31 de diciembre. Pero hoy en día los plazos se han acotado a favor del empleado.

Cómo calcularlo

El aguinaldo se calcula como el 50% de la mayor remuneración cobrada en cada uno de los semestres. En otras palabras, en diciembre se cobra como adicional la mitad del mejor sueldo percibido en el segundo semestre del año.

En el caso de los trabajadores que tienen menos de un año de antigüedad, el aguinaldo se liquida de manera proporcional al tiempo trabajado en cada semestre.

Para estimar el cálculo del aguinaldo se puede tomar la mitad del mejor sueldo dividido por 6 y multiplicarlo por la cantidad de meses trabajados.

O también multiplicar el tiempo trabajado en el semestre por la mitad de la mayor remuneración mensual y dividir el resultado por seis. En el caso del personal de casas particulares, los empleadores deben abonar el aguinaldo durante diciembre y también se calcula tomando el 50% del mejor sueldo del último semestre.

Si la prestación de servicios es inferior a los seis meses, el aguinaldo deberá liquidarse en forma proporcional a los meses trabajados.

Por ejemplo, si se trabajó solo cuatro de los últimos seis meses, corresponderá como aguinaldo el 66,67% (cuatro meses sobre seis) del 50% del mejor sueldo de los últimos cuatro meses.

El aguinaldo en Argentina

Si bien el aguinaldo está vigente como parte del salario desde 1945, en enero de 1984 se promulgó la Ley 23.041 por la cual se estableció que el aguinaldo “será pagado sobre el cálculo del 50% de la mayor remuneración mensual devengada por todo concepto dentro de los semestres que culminan en junio y diciembre de cada año”.

Esta nueva manera de determinación del aguinaldo atenuó, en parte, los efectos de la alta inflación porque el cálculo quedó referido en la práctica al último mes de sueldo del semestre que generalmente es el más alto, teniendo en cuenta los aumentos salariales de carácter mensual que durante varios años acompañaron el proceso inflacionario.

Así, el decreto 1078/84, reglamentario de la citada Ley 23.041, establece que la liquidación del aguinaldo será proporcional al tiempo trabajado en cada uno de los semestres en que se devenguen (se ganen) las remuneraciones computables.

De acuerdo con lo expuesto, en los casos en que los empleados no hayan realizado actividad el semestre completo, el cálculo proporcional del aguinaldo se hará de acuerdo con la siguiente fórmula: el tiempo trabajado en el semestre multiplicado por la mitad de la mayor remuneración mensual, dividida por seis meses.

También se presentan distintos problemas a resolver al momento de liquidar el aguinaldo:

• Horas extras y comisiones: corresponde adicionar el importe de las mismas a los sueldos o jornales ganados en el mes ya que la ley se refiere a “la mayor remuneración mensual devengada”.

• Modificación de horarios por mutuo acuerdo: si el contrato de trabajo se modificase en el curso del semestre y se conviniese entre el empleador y el trabajador realizar una jornada inferior a la normal; por ejemplo, trabajar solamente medio día, corresponderá computar el mes en que se devengó la mayor remuneración sin proporcionar el tiempo de trabajo ya que la reducción de la jornada se ha operado por acuerdo mutuo de las partes.

• Retroactividades: no corresponde sumarlas al mes en que se abonan, sino prorratearlas entre los meses en que se han devengado.

• Exclusión de conceptos no remunerativos: teniendo en cuenta que el criterio de la Ley 23.041 impone calcular el aguinaldo sobre “la mayor remuneración mensual devengada por todo concepto en el semestre”, deben excluirse de su base todos aquellos conceptos o rubros que, aunque se abonen conjuntamente con la remuneración, no tienen naturaleza remuneratoria o salarial. Por lo tanto, deben excluirse de la base del aguinaldo, entre otros, a los siguientes conceptos:

• Maternidad: durante el goce de la licencia por maternidad la trabajadora no percibe remuneraciones sino un subsidio familiar. Haciendo una interpretación restrictiva de la ley, no correspondería computar dicho subsidio para el cálculo del aguinaldo, por cuyo motivo, para la obtención del sueldo anual complementario habrá que determinarlo en proporción al tiempo trabajado en el semestre.

Por ejemplo: una trabajadora goza de los 90 días de maternidad desde el 1 de enero al 31 de marzo. En tal caso la proporción será: 3 meses trabajados por la mitad de la mayor remuneración, obtenida en abril, mayo y junio dividido por 6 meses.

Para el caso de que la licencia por maternidad se gozara en el segundo trimestre del año, la mayor remuneración se habrá devengado entre enero, febrero y marzo, por cuanto en el último trimestre percibió subsidio y no remuneración.

• Licencias sin goce de sueldo: no habiéndose percibido remuneraciones sobre dicho lapso, corresponderá efectuar el pago del aguinaldo solamente en proporción al tiempo trabajado.

• Beneficios sociales: asimismo, no corresponde calcular el aguinaldo sobre los beneficios sociales cuyo pago ha dispuesto abonar el empleador, por cuanto los mismos no son remunerativos, ni dinerarios, ni sustituibles en dinero, según lo aclara el artículo 103 bis de la Ley de Contrato de Trabajo, modificado por Ley 24.700.

Incrementar el valor de éstos en oportunidad del aguinaldo, en la misma proporción que la reservada a los rubros salariales, asociaría el pago erróneamente a la idea de contraprestación, noción reservada sólo a la remuneración y extraña a la finalidad de un beneficio social cuyo pago sólo proviene de la decisión unilateral del empleador, con el objeto de mejorar la calidad de vida de su dependiente.

Tampoco es procedente abonar parte del aguinaldo con tickets u otros beneficios sociales, ya que ello implica confundir al concepto abonado con tales beneficios, con la remuneración “en especie”, de naturaleza no dineraria pero sí remunerativa.

Por otra parte, dichos beneficios no pueden ser utilizados como medio de cancelación de la remuneración del empleado. Nota con información de IProfesional.

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La inflación fue de 1,5% en mayo y acumula 13,3% en el año

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El Instituto Nacional de Estadística y Censos (Indec) informó que el Índice de Precios al Consumidor (IPC) de mayo registró una variación de 1,5%. Con este resultado, la inflación interanual se ubicó en 43,5%, mientras que el acumulado de los primeros cinco meses del año ascendió a 13,3%.

El dato mensual representa una desaceleración de 1,3 puntos porcentuales respecto al mes de abril, cuando el aumento había sido del 2,8%. De esta manera, el organismo confirmó que el último resultado quebró la barrera del 2%, convirtiéndose en la lectura más baja desde julio de 2020.

A su vez, la inflación acumula menos de 14% en el año y la variación interanual cayó al 43,5%, muy por debajo del 211% registrado a fines de 2024.

Desde el Palacio de Hacienda, sostienen que el resultado estuvo en línea con los relevamientos privados: el REM del BCRA había estimado 2,1%, mientras que Libertad y Progreso proyectaba 1,8% y EcoGo, 1,9%.

Los mayores incrementos del mes fueron Restaurantes y Hoteles (+3,5 %), Comunicación (+3,1 %) y Vivienda, agua y electricidad (+3,1 %), en tanto que Frutas cayó 6 % y la carne subió 2,3 %.

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El Gobierno vetará “todo proyecto que atente contra el déficit cero”

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presupuesto 2025

Luego de que la Cámara de Diputados diera media sanción al aumento de las jubilaciones y la moratoria, tanto el vocero presidencial Manuel Adorni como el propio mandatario nacional Javier Milei, ratificaron la decisión de no avanzar sobre los proyectos que impliquen “gastos de recursos”.

Por amplia mayoría, a última hora de ayer la oposición logró aprobar los incrementos de los haberes jubilatorios en un 7,2%, el aumento del bono complementario de 70 mil a 110 mil pesos y la extensión de la moratoria por dos años.

La iniciativa impulsada por la oposición obtuvo 142 votos a favor, 67 en contra y 19 abstenciones, y ahora pasó al Senado para su sanción definitiva. Sin embargo, el oficialismo anticipó que frenará la instancia vetando el proyecto previo a su aprobación total.

Tras los resultados en Diputados, el presidente Milei utilizó su cuenta en la red social “X” para exponer su postura al respecto y reiteró: “Esperemos que los senadores no apoyen esta demagogia populista, pero de cualquier forma nuestro compromiso es vetar cualquier cosa que atente contra el déficit cero”.

En la misma línea, el vocero Adorni coincidió en que “la medida apunta contra el objetivo de ir a déficit cero” y anticipó: “El Presidente de la Nación vetará todos y cada uno de los proyectos de ley que impliquen quebrantar el equilibrio fiscal“.

“El populismo ya no es parte del camino. Fin”, concluyó el portavoz al expresarse en la misma red social para confirmar lo anticipado por el jefe de Gabinete, Guillermo Francos.

Previo al debate en el Congreso, Francos había asegurado que “si se aprueban” los anunciados proyectos de reforma previsional o sobre mejoras en los subsidios a la discapacidad, el Poder Ejecutivo “los va a vetar” porque “no están los recursos” para afrontar esos nuevos gastos.

“No existen los recursos, en particular del sistema previsional, donde tenemos un trabajador y medio activo por cada jubilado, así que no se puede pagar, por más que propongan un aumento de partidas no se puede aprobar una ley así, y si lo hacen el Ejecutivo la va a vetar”, sostuvo en declaraciones radiales.

Para el jefe de Gabinete, antes de hablar de jubilaciones “es necesaria una reforma laboral” para que “existan más trabajadores activos, con una relación razonable es de cuatro trabajadores activos por cada jubilado, según las pautas internacionales para un sistema previsional”.

Por otro lado, consideró que una reforma laboral “no va a tener impacto inmediato”, ya que llegar a cuatro activos por jubilado “no va a suceder de un día para el otro”, por lo que también dejó en claro que “será necesaria una reforma tributaria”.

Diputados aprobó 7,2% de aumento en las jubilaciones y llevó el bono a $110.000

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Elecciones en Caba: Adorni superó a Santoro y Lospennato quedó tercera

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El vocero presidencial y candidato a diputado de La Libertad Avanza, Manuel Adorni, se impuso en las elecciones en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (Caba) con el 30,02% de los votos, superando a Leandro Santoro que alcanzó 27,46 y relegando al PRO, encabezado por Silvia Lospennato, al tercer lugar con el 15,89%. Los resultados fueron conformados por el 90,21% de las mesas escrutadas y un 53% del padrón que acudió a las urnas en la jornada de ayer.

Tras los resultados Adorni celebró su victoria y afirmó que la sociedad eligió “definitivamente” a ese espacio como “instrumento para terminar para siempre con el kirchnerismo”.

Las expresiones fueron parte de un encendido discurso que brindó desde el Hotel Libertador, acompañado por el presidente Javier Milei y su hermana Karina, actual secretaria general de la presidencia y armadora electoral del partido.

Sobre la contienda electoral, el vocero y legislador electo indicó que “llamó la atención en una elección local ver tantas caras relevantes y es precisamente porque no era solo una elección local, era una elección se elegía entre dos modelos”.

“Esa fue la elección mal que muchos no supieron verla: entre el modelo kirchnerista, la decadencia y el pobrismo, y la libertad que la sociedad eligió”, reflexionó Adorni.

Por su parte, el presidente pidió tener consciencia de la victoria de su partido y dijo: “Es un día bisagra para las ideas de la libertad. Hoy se pintó de violeta el bastión amarillo y, ahora, a pintar de violeta todo el país”.

“Sin lugar a dudas, este trabajo y este triunfo tiene claros responsables: quiero agradecer a todos los equipos de gobierno. Entendiendo el desafío histórico, le pusieron el cuerpo a la campaña a todos los ministros”, destacó el mandatario.

Histórica derrota del PRO

Por primera vez en 18 años el PRO pasó al tercer lugar, lo que fue calificado como una “histórica derrota”, aunque de todas maneras, con el 15,89% de los votos lograron sumar cinco legisladores.

Tras los resultados, Sylvia Lospennato admitió que “No son los resultados que esperábamos“, al reconocer el triunfo libertario y la reafirmación del peronismo en segundo lugar, representado por Santoro, quien remató al sostener que “se ha cerrado un ciclo del abandono” y que el PRO “dejó de representar a los porteños”.

En cuarto lugar se ubicó el ex jefe de Gobierno Horacio Rodríguez Larreta, quien con su lista “Volvamos Buenos Aires” alcanzó el 8,08%. Debajo se anotaron el Frente de Izquierda, con Vanina Biasi a la cabeza, con el 3,17%, y el postulante de la UCeDé Ramiro Marra con el 2,61.

Luego, la Coalición Cívica (2,50%), Evolución (2,31%), Principios y Valores (2,03%), Movimiento de Integración y Desarrollo (1,67) y Unión Porteña Libertaria (0,62%).

La participación apenas superó el 50%

El porcentaje oficial de participación electoral en los comicios legislativos porteños fue del 53,35%, lo que arroja unos 20 puntos menos que en las elecciones generales porteñas de 2023, cuando la participación fue del 76,7%.

Comparado al 2021, la diferencia se reduce a 17 puntos, cuando, pandemia mediante, participó el 73,4% en aquella oportunidad.

Con los resultados electorales de este domingo, La Libertad Avanza logró 11 legisladores, Unión por la Patria 10, el PRO 5, Volvamos Buenos Aires 3 y el Frente de Izquierda 1.

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