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Rige la Emergencia Económica y debutó el dólar a 82 pesos: lo que hay que saber

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Modificó impuestos para personas y empresas, el ajuste de los haberes previsionales y la AUH, las retenciones para los exportadores, aumentos de salarios y la renegociación de la deuda pública.

 

BUENOS AIRES (Diarios y agencias) . La Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva, conocida como ley de Emergencia Económica, entró en vigencia y producirá fuertes cambios en diversos aspectos de la economía. Si bien hay algunas de sus disposiciones que esperan la reglamentación de diversos organismos del estado, en particular de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), otras ya han comenzado a regir.

Hay cuestiones que integran un amplio abanico y que va desde la suspensión por 180 días de la aplicación de la fórmula de actualización jubilatoria y de los aumentos de tarifas, la suba de las retenciones a los exportadores o los cambios en numerosos impuestos, como parte de esta “ley ómnibus” con la que el gobierno de Alberto Fernández lanzó su programa económico y planteó su primera batalla legislativa.

Las principales medidas incluidas en la ley son:

1.-Bono para jubilados: Serán dos pagos de hasta $5.000, el primero el 30 de diciembre y el segundo en enero. Beneficia a quienes perciben el haber mínimo de $14.068 y hasta un tope de $19.067.

2.- Movilidad jubilatoria: Se suspende por 180 días el sistema de ajuste vigente desde marzo de 2018. En marzo habrá un aumento de jubilaciones a través de un decreto.

3.-IVA: Se reemplaza la rebaja a cero de la alícuota a alimentos básicos por un reintegro selectivo: que abarcará a jubilados que perciben el haber mínimo y a beneficiarios de la AUH, hasta un tope de $700 por mesAsignación Universal por Hijo (AUH): Se pagará a todos los titulares del beneficio un adicional de $2.000, en diciembre y en enero.

4.-Operaciones de ahorro y gastos en dólares: Se aplicará por hasta 5 años un recargo del 30% a la compra de moneda extranjera, incluidos los cheques de viajero y gastos de viajes en el exterior que se paguen en dólares. Se mantiene la restricción de límite máximo de compra de USD 200 mensuales.

5.-Dólar tarjeta previa a la ley: Las operaciones hechas antes de la sanción de la ley se liquidarán y pagarán al tipo de cambio de mercado, sin impuesto.

6.-Tarifas servicios públicos: Se congelan por 180 días los cuadros tarifarios de electricidad y gas natural “de jurisdicción nacional”.

7.-Autos: por la aplicación de alícuotas diferenciadas de impuestos internos, algunos vehículos con precio de venta al público de más de $1.829.000 tendrán aumentos que variarán según el modelo, desde 14% a 36%.

8.-Bienes Personales: Se aplicarán alícuotas de 0,50% a 1,25%, según el excedente de patrimonio. Las tasas se duplicarán en el caso de activos radicados en el exterior, pero se las reducirá al nivel original si esos activos son repatriados.

9.-Pymes: Se establece un plan de regularización de deudas tributarias vencidas al 30 de noviembre hasta en 120 cuotas.

10.-Contribuciones patronales: Los empleadores de servicios o comercio con ventas de más de $48 millones anuales pagarán una alícuota de 20,40%, el resto el 18%.

11.-Retenciones: Se faculta al Poder Ejecutivo a aplicar derechos de exportación de hasta 33% para soja y derivados y del 15% para trigo y maíz. Los productos industriales y agroindustriales y los servicios tendrán un máximo del 5%. Respecto de los niveles vigentes al viernes 13 de diciembre, las retenciones a la soja pasarían de $14,77 a $19,74 por dólar (+33,6%) y las de trigo y maíz de $4 a $ 8,97 por dólar (+124,25 por ciento).

12.-Impuesto a las Ganancias: Como se reduce el ajuste por inflación de un tercio a un sexto, el saldo a pagar por el corriente año fiscal será mayor.

13-Impuesto a la Renta Financiera: Se exime a todas las colocaciones en moneda nacional a plazo fijo y en títulos públicos, a excepción de los plazos fijos en UVA.

14.-Impuesto al Cheque: Las grandes empresas deberán tributar 0,6% adicional en los casos de retiro de dinero en efectivo de las entidades bancarias, el doble que en la actualidad. No alcanza a las personas humanas, ni a las jurídicas que revistan y acrediten la condición de micro y pequeñas empresas.

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La CGT convocó a movilizarse el miércoles contra la reforma laboral

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CGT

La Confederación General del Trabajo (CGT) descartó convocar a un paro general y llamó a una movilización frente al Congreso el miércoles, cuando el Senado debata la reforma laboral que desvela al gobierno de Javier Milei.

La decisión se tomó este mediodía en una reunión de la cúpula cegetista, en la sede de la central obrera en el centro porteño, donde prevaleció la convocatoria a la movilización y se descartaron las propuestas de acoplar a la marcha un paro de 12 horas para favorecer la asistencia de los manifestantes, de los sindicatos del transporte de la CATT, y la de un paro de 48 horas, como planteó Sebastián Maturano, de La Fraternidad.

Según el portal de noticias Infobae, “las propuestas de hacer paros no lograron suficiente consenso en la conducción de la CGT, donde predomina el sector dialoguista, que sigue negociando en varios frentes para introducir cambios en la reforma laboral”.

“Esta lucha no termina porque después del Senado tiene que ir a Diputados; si se llega a aprobar esta ley en general, esperamos que en el tratamiento de artículo por artículo haya muchas modificaciones que respeten los derechos del movimiento sindical”, dijo Andrés Rodríguez, de UPCN, a los periodistas que esperaron la salida de los sindicalistas de la reunión.

“Nosotros pretendemos prácticamente neutralizar todo aquel artículo que atente contra los derechos del trabajo”, afirmó.

Por su parte, Gerardo Martínez, de la Uocra, (UOCRA) afirmó que la estrategia consiste en “seguir dialogando con todos los sectores que puedan influir en el rechazo a esta reforma que atenta contra los derechos individuales y colectivos de los trabajadores”. Y si ese camino no prospera, advirtió que “recurriremos a la justicia para solicitar el rechazo de aquellos artículos que sean inconstitucionales”.

De la reunión, participaron los cotitulares de la central obrera, Octavio Argüello (Camioneros), Jorge Sola (Seguro) y Cristian Jerónimo (empleados del vidrio); Andrés Rodríguez (UPCN), Gerardo Martínez (Uocra), Hugo Moyano (Camioneros), Osvaldo Lobato (UOM), Héctor Daer (Sanidad), Sergio Romero (UDA), José Luis Lingeri (Obras Sanitarias), Juan Carlos Schmid (Dragado y Balizamiento), Sergio Palazzo (bancarios), Sebastián Maturano (La Fraternidad) y Horacio Calculli (aeronavegantes), entre otros.

Nuevo texto

El Senado tiene previsto tratar el miércoles el proyecto de reforma que el oficialismo tituló Ley de Modernización Laboral y cuyo apoyo negocia a contrarreloj con las bancadas dialoguistas y los gobernadores.

Según dejaron trascender periodistas acreditados en el Senado, el nuevo texto del proyecto incluye una fórmula para conformar a los gobernadores por la baja de impuestos que supone la ley, y posterga para más adelante la reducción de alícuotas de impuestos, como Ganancias para grandes empresas, que afectarán la masa de recursos coparticipables que reciben las provincias.

A la CGT le concederían dos de los puntos que reclama modificar: dejarían a salvo las cuotas solidarias para los sindicatos y se eliminaría el artículo 161, que recorta la contribución patronal destinada a las obras sociales del 6% al 5%, y que, según los sindicalistas, implica en los hechos un desfinanciamiento directo del sistema de salud administrado por los gremios.

La conducción de la CGT se reunió este viernes en la sede porteña de la central obrera.

 

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Reglamentan ley de Emergencia en Discapacidad: nuevo régimen de pensiones

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Personas con discapacidad serán geolocalizadas para acceder a terapias

El gobierno nacional aprobó la reglamentación de la Ley de Emergencia Nacional en Discapacidad y estableció los procedimientos operativos para un nuevo régimen de pensiones no contributivas destinado a personas con discapacidad, donde se detallan los criterios de acceso y las condiciones de permanencia.

Este miércoles fue publicado en el Boletín Oficial el Decreto 84/2026, con la firma del presidente Javier Milei. La medida responde a una sentencia del Juzgado Federal de Primera Instancia de Campana que ordenó la aplicación inmediata de la Ley 27.793, tras declarar la invalidez de un decreto anterior que había suspendido su ejecución por falta de financiamiento.

La reglamentación define con precisión los criterios de acceso al nuevo régimen de pensiones, las condiciones de permanencia, las incompatibilidades con otros beneficios, los procedimientos administrativos y los mecanismos de control correspondientes. 

De acuerdo con los considerandos de la norma, la configuración del sistema deberá articularse con las reglas de compatibilidad de ingresos y con las políticas de inclusión laboral de las personas con discapacidad.

La reglamentación entró en vigencia a partir del día de su dictado, este 3 de febrero de 2026.

Los detalles

El decreto incorpora la Secretaría Nacional de Discapacidad al organigrama del Ministerio de Salud, centralizando la política de discapacidad en esa cartera. Esta decisión responde a una concepción integral del derecho a la salud y a la protección social, que comprende dimensiones sanitarias, sociales, económicas y de acceso a derechos.

La norma instruye a la Secretaría Nacional de Discapacidad a convocar al Consejo Federal de Discapacidad para acordar los criterios de evaluación socioeconómica y presentar un plan de auditorías periódicas dentro de los 30 días. A su vez, faculta a esa secretaría a dictar las normas aclaratorias y complementarias necesarias para la implementación.

El decreto establece la conversión de oficio de las pensiones no contributivas otorgadas con anterioridad a su vigencia en la nueva Pensión No Contributiva por Discapacidad para Protección Social, lo que impone a la autoridad de aplicación la adopción de medidas para identificar, relevar y verificar las condiciones de las prestaciones alcanzadas. 

Las medidas adicionales que se acuerden con el Consejo Federal de Discapacidad serán implementadas mediante esquemas de cooperación y cofinanciamiento entre el Estado Nacional y las jurisdicciones provinciales y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, conforme a sus respectivas competencias y disponibilidades presupuestarias. 

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Renunció director del Indec a días del nuevo método para medir la inflación

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Una semana antes de que se conozca el índice de inflación de enero, calculado con el nuevo IPC del Indec, este lunes se conoció la renuncia del director del organismo estadístico, Marcos Lavagna, el único funcionario nombrado durante el gobierno de Alberto Fernández que sobrevivía en la Era Milei.

Según la prensa porteña, la salida de Lavagna “sorprendió a la Casa Rosada” y se produjo horas después de conocerse el Informe de Política Monetaria del Banco Central, donde se afirma que de haberse aplicado antes la nueva tabla del IPC, los indicadores de inflación hubiesen sido más altos.

El índice de inflación de enero es el primero en medirse con los parámetros del nuevo IPC, que se supone tiene ponderadores más acordes a los consumos actuales de los argentinos, y que estaba listo desde hace meses, pero Lavagna lo demoró para que no interfiriera en el año electoral.

El Informe de Política Monetaria del BCRA sostiene que con el nuevo IPC la inflación de los dos años de Miei hubiese sido más alta, por la suba de los servicios públicos, que recién a partir de ahora tendrán más peso en la canasta del Indec.

“Al lanzar el nuevo IPC en 2026, luego de una importante recomposición de tarifas, el Indec reduce el problema que podría haberse generado en años recientes de sobreponderar el gasto en electricidad y gas; lo que habría sucedido si se aplicaban pesos correspondientes a un año en el que las tarifas se encontraban en niveles récord (2018) a un año en el que estaban en niveles mínimos (por ejemplo, 2023)”, dice el informe del Central.

“Resulta que la corrección tarifaria iniciada en 2024 permitió aproximar parcialmente el ponderador implícito de electricidad, gas y otros en el IPC anterior (4,1%) al nuevo ponderador surgido de la ENGHo 2017/18 (5,3%)”, explica el documento.

Según detalla Clarín, en 2024 los bienes aumentaron un 96,3% y los servicios 189%, mientras que en 2025 los bienes subieron 26,5% y los servicios 43,1%, por lo que, con el nuevo IPC, el dato de inflación hubiese dado bastante más por arriba, un desfasaje que los gremios ubican en 15 puntos.

El propio BCRA dice ahora que “las actualizaciones de las tarifas de los servicios públicos, los mecanismos indexatorios en alquileres y expensas, y la evolución de los salarios tenderán a impactar relativamente más en el nuevo IPC”.

 

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