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Las provincias suspendieron el consenso de Macri y firmaron un nuevo pacto con Nación

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Hubo asistencia perfecta en la reunión con el presidente. El nuevo acuerdo regirá por un año y demandará 60 mil millones para los distritos. Se suspenden los juicios contra el Estado nacional y se creará una comisión.

BUENOS AIRES (Diarios y agencias). El presidente Alberto Fernández firmó hoy con los gobernadores de todas las provincias un acuerdo que suspende por un año del consenso fiscal firmado en 2017, pero se establece otro por el término de un año y que demandará unos 60 mil millones de pesos.

El Salón Eva Perón de la Casa Rosada fue el escenario de la primera foto que el presidente se sacó este martes con los gobernadores de todas las provincias argentinas, que acordaron con el Gobierno la suspensión por un año del consenso fiscal firmado hace dos años.

Excepto el gobernador de Tierra del Fuego, que hoy asumió sus funciones, la asistencia fue perfecta: fueron 23 gobernadores de los distintos signos políticos.

También participaron el jefe de Gabinete, Santiago Cafiero; el ministro del Interior, Eduardo “Wado” de Pedro; el presidente de la Cámara de Diputados, Sergio Massa, y los funcionarios que asisten a la secretaria Legal y Técnica, Vilma Ibarra, quienes se ocuparon de controlar que la addenda fuera clara y se estampara en el lugar previsto.

En la conferencia de prensa que brindaron Sergio Uñac (San Juan) y Gerardo Morales (Jujuy), reconocieron que no todos pero “muchos pidieron al nuevo gobierno la suspensión del consenso fiscal 2017” y no quisieron entrar en detalles acerca del total de ingresos que recibirán las provincias durante el año de suspensión de la rebaja impositiva.

El Ministerio del Interior hizo un cálculo que asegura que “esta medida representará aproximadamente un alivio fiscal de 60 mil millones de pesos para las 23 provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires”.

Además informó que se creó una “Comisión de Evaluación del Impacto de la reducción del IVA y de Ganancias sobre la Canasta Básica de Alimentos que les quitó recursos a las provincias”. Y agregó que “dentro del plazo señalado, dicha comisión propondrá las medidas y cursos de acción que posibiliten una solución integral, de carácter no judicial”.

“La totalidad de las provincias argentinas, sin distinciones partidarias, y el gobierno nacional acordaron suspender los juicios (que iniciaron 15 provincias) por la baja de impuesto a las ganancias y de IVA para la canasta de alimentos durante un año, la creación de una comisión para analizar cómo podemos obtener esa devolución que reclamamos y, en segundo lugar, el consenso fiscal para que la baja paulatina de las alícuotas de impuestos que estaba prevista para el año 2020, y nos quedamos con las alícuotas para el 2019”, redondeó el gobernador Uñac.

Morales, por su lado, reconoció que “parar el cronograma de baja de impuestos nos va a permitir mayor recaudación a las provincias”.

El nuevo consenso suspende el Acuerdo para un Nuevo Federalismo rubricado el 23 de mayo de 2016, posteriormente ratificado por Ley 27.260, y la celebración del Consenso Fiscal 2017, que en su momento se realizó para “armonizar las estructuras tributarias de las distintas jurisdicciones” y que fue ratificado por el Congreso mediante la sanción de la Ley 27.429, luego votada en sus propias legislaturas.

Asistieron los gobernadores de Buenos Aires, Axel Kicillof; Catamarca, Raúl Jalil; Chaco, Jorge Capitanich; Chubut, Mariano Arcioni; Córdoba, Juan Schiaretti; Corrientes, Gustavo Valdés; Entre Ríos, Gustavo Bordet; Formosa, Gildo Insfrán; Jujuy, Gerardo Morales; La Pampa, Sergio Ziliotto; La Rioja, Ricardo Quintela.

También por Mendoza, Rodolfo Suárez; Misiones, Oscar Herrera Ahuad; Neuquén, Omar Gutiérrez; Río Negro, Arabela Carreras; Salta, Gustavo Sáenz; San Juan, Sergio Uñac; San Luis, Alberto Rodríguez Saá; Santa Cruz, Alicia Kirchner; Santa Fe, Omar Perotti; Santiago del Estero, Gerardo Zamora; Tucumán, Juan Manzur; y el jefe de Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, Horacio Rodríguez Larreta.

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La Corte declaró inconstitucional el uso estatal de datos personales

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Misiones DNU corte suprema

La Corte Suprema de Justicia de la Nación resolvió que organismos públicos no pueden utilizar teléfonos o correos electrónicos de ciudadanos sin autorización y anuló artículos de la ley de datos personales al considerar que vulneran la privacidad y la autodeterminación informativa.

El tribunal, con las firmas de Horacio Rosatti, Ricardo Lorenzetti y el conjuez Daniel Bejas, sostuvo que no existe interés legítimo que justifique un sistema de almacenamiento y circulación de datos personales sin conocimiento de sus titulares.

Además, declaró inválidos artículos de la ley 25.326 que habilitaban el intercambio de información entre organismos estatales sin consentimiento, al considerar que esas excepciones resultan excesivas e injustificadas y afectan garantías constitucionales.

En ese sentido, advirtió que la amplitud de la norma permitía al Estado eludir casi siempre la exigencia de autorización, lo que vaciaba de contenido la protección de los datos personales.

El fallo se dictó al hacer lugar a una acción de habeas data presentada por una jubilada contra el Estado Nacional, tras un convenio que permitió a la Anses ceder información a la Secretaría de Comunicación Pública para difundir contenidos oficiales.

El caso se originó cuando la demandante cuestionó el uso de su información para fines distintos a los que motivaron su entrega, al señalar que no deseaba recibir comunicaciones oficiales ni ser objeto de contactos reiterados.

En disidencia, el ministro Carlos Rosenkrantz y la conjueza Beatriz Aranguren propusieron rechazar el recurso del Estado y dejar firme la sentencia previa sin pronunciarse sobre la constitucionalidad de la norma.

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La CGT pidió la nulidad del fallo que devolvió vigencia a la reforma laboral

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CGT

La Confederación General del Trabajo (CGT) pidió la nulidad del fallo que devolvió la vigencia de la reforma laboral del gobierno de Javier Milei y recusó a los camaristas Víctor Arturo Pesino y María Dora González, quienes suspendieron la medida cautelar que en marzo había frenado 83 artículos de la Ley 27.802.

La central obrera elevó una presentación de 25 páginas a la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, argumentando que la resolución “violenta la verdad jurídica” y que la sala actuante no tenía competencia en el caso.

“Hubo una manifiesta parcialidad hacia el Estado nacional”, denunció Cristian Jerónimo, uno de los integrantes del triunvirato que conduce la CGT. “Acabamos de recusar a los jueces por la aberrante suspensión de la cautelar y después la obscenidad que acaban de cometer al otro día, cuando en el Boletín Oficial se publicó la extensión de cinco años más para uno de los jueces”, puntualizó, en referencia a Pesino.

“El beneficio que recibió Pesino generó un manto de duda y de sospechas” que la central obrera “no va a dejar pasar”, advirtió.

El escrito pide la “nulidad absoluta” de la resolución dictada el 23 de abril último, que tuvo un carácter suspensivo de la cautelar y objeta la intervención de la Sala VIII, afirmando que, para respetar las reglas procesales, debió intervenir la Sala I.

“Si la Sala VIII hubiera respetado los pasos procesales para consentir su actuación, esta parte hubiera tenido oportunidad de advertirle que carecía de competencia por la prevención inicial de la Sala I; pero no se nos dio tiempo”, dijo Jerónimo.

El texto, presentado por el abogado Pablo Topet, sostiene que “debe ser la Sala I la que deba resolver la nulidad porque la Sala VIII, que violó las disposiciones procesales, es la que dictó el acto inválido, emitió opinión y prejuzgó y, tal vez lo más relevante, evidenció una manifiesta parcialidad hacia el Estado nacional”.

Sobre Pesino, el escrito señala que su participación en la causa “está viciada por haber recibido un beneficio de importancia por parte del Estado nacional”, tal como es la postergación para jubilarse, y afirma que su “inaceptable intervención (…) constituye no solo una conducta contraria a la ética, también una causa objetiva de apartamiento de acuerdo a las reglas de la ley adjetiva”.

“Los magistrados que suscribieron con rapidez la sentencia interlocutoria que se impugna, deben apartarse de una causa que tomaron ‘para sí’ sin competencia”, argumenta la presentación.

La reforma laboral mileísta se sancionó hace dos meses en el Senado, con los votos de los misioneros Carlos Arce y Sonia Rojas Decut, del Frente Renovador Neo, y Martín Goerling, del PRO Misiones.

 

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Inflación en aumento: marzo dio 3,4%, la cifra más alta en doce meses

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El Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (Indec) informó esta tarde que la inflación de marzo fue de 3,4%, convirtiéndose en la cifra mas alta en los últimos doce meses. 

Esta cifra elevó a 9,4% el índice de inflación acumulado en los primeros tres meses del año, llegando pisar el 10%, que era el porcentaje proyectado para todo el 2026 según el presupuesto aprobado por el gobierno nacional. 

Los mayores aumentos fueron en educación con un 12,1% y en transporte con 4,1% a nivel nacional. En el análisis de los aumentos por región, el índice de la zona noreste se ubicó por encima de lo registrado a nivel nacional con 4,1%. 

Los rubros dentro de esas provincias que sufrieron un mayor crecimiento en porcentaje fueron Educación con 22,7% y en Vivienda, agua, electricidad, gas y otros combustibles con 9,7%. 

En relación al mes anterior el porcentaje de suba en Equipamiento y mantenimiento del hogar mantuvieron una variación de 1,3% a nivel nacional convirtiéndose en el rubro con menor inflación.

En contraposición a las variaciones de los últimos tres meses, donde la sección que contempla Prendas de vestir y Calzados, es el rubro con la menor aumento llegando a un nivel nacional 2,6 % mientras que en la región de Cuyo el índice de precios registra un 1,9% de aumento. 

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