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La Corte declaró inconstitucional la reelección indefinida de Gildo Insfrán

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La Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJ) declaró inconstitucional la reelección indefinida del gobernador en la provincia de Formosa y consideró que el artículo 132 de la carta magna formoseña, que le permitió a Gildo Insfrán estar al frente del Poder Ejecutivo provincial desde 1995, colisiona con la Constitución Nacional en sus artículos 5 y 123.

En un fallo hecho público este jueves, la CSJ se expresó sobre el amparo presentado por la Confederación Frente Amplio Formoseño contra el octavo mandato consecutivo del gobernador Insfrán para el período 2023-2027.

Los jueces Horacio Rosatti, Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti advirtieron que la reelección ilimitada “fomenta la personalización del poder, debilitando el sistema de frenos y contrapesos, y otorgando ventajas inadecuadas en contiendas electorales”, y opinaron que Formosa debe volver a reformar su constitución.

Rosenkrantz sostuvo que el mandatario formoseño no debió haber sido habilitado para presentarse en 2023, aunque aclaró que por “respeto” a la “institucionalidad” y el “principio republicano”, dispuso “que el actual gobernador” pueda “terminar el mandato que culminará el 10 de diciembre de 2027″.

Insfrán fue elegido por primera vez vicegobernador en 1987, cuando la Constitución provincial no permitía la reelección de gobernador y vice, y luego de una primera reforma constitucional fue reelegido en el mismo cargo por otros cuatro años.

El formoseño asumió su primer mandato como gobernador en 1995 y fue reelecto en 1999. Luego, una segunda reforma de la Constitución provincial habilitó la reelección indefinida, y le allanó el camino para mantenerse en el Poder Ejecutivo hasta hoy.

Los argumentos

Según Rosenkrantz, Insfrán “ha ejercido ininterrumpidamente los más altos cargos provinciales por un total de treinta y siete (37) años y si finaliza el mandato en curso ese ya desmedido lapso se extenderá a cuarenta (40) años”.

No existe duda de que habilitar a que una persona se desempeñe esa cantidad de años de manera ininterrumpida en los más altos cargos provinciales impone un costo intolerablemente alto al sistema republicano, por cuanto la falta de renovación en el poder facilita el surgimiento de prácticas autoritarias de su ejercicio e imposibilita que la política democrática se desarrolle sanamente”, opinó.

Lorenzetti, por su parte, planteó que la reelección indefinida afecta los principios republicanos, en especial, la periodicidad en los cargos públicos, la garantía de las personas a un rango de opciones electorales suficientemente amplio y la división de poderes.

“Atenta contra el propio principio democrático”, afirmó.

Rosatti y Maqueda expresaron, en tanto, que “el tema a decidir en la presente causa remite al clásico debate que enfrenta a la vigencia i) del respeto a la voluntad popular, y ii) la alternancia en el ejercicio de los cargos, entendiendo que ambos operan como presupuestos del sistema democrático y republicano”.

“Conforme al primer criterio, la voluntad popular se expresa mediante el voto de los electores, debiéndose estar al principio de la mayoría”, explicaron y agregaron: “Conforme al segundo criterio, existiría un consenso previo sobre lo que debe entenderse por régimen republicano, un legado valioso cuya inobservancia descalifica al régimen infractor”.

La personalización del Poder Ejecutivo por un tiempo extenso e ilimitado debilita el sistema de frenos y contrapesos. La permanencia de una misma persona en el poder por un largo período de tiempo invalida esta salvaguarda republicana”, plantearon.

“La reelección indefinida no solo diluye la separación de poderes sino que también atenta contra el propio principio democrático”, razonaron y señalaron: “Una reelección sin límites, lejos de constituir la máxima realización de la voluntad popular, permite que quien se encuentra en ejercicio del poder acumule –tras varios mandatos sucesivos– ventajas inadecuadas para una leal contienda electoral”.

 

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Milei autorizó expulsar a extranjeros que inciten al odio contra la Argentina

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Milei

El gobierno nacional publicó esta medianoche un Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) en el que remarcó que expulsará o prohibirá el ingreso al país de aquellos extranjeros que “incitaren o dirigieran mensajes de odio, discriminación y o violencia  contra el pueblo argentino” o directamente “ultrajen los símbolos patrios”.

La medida, que lleva la firma del presidente Javier Milei, fue difundida por la Oficina del Presidente de la República Argentina (Opra) y es en respuesta “a las recientes manifestaciones de hostilidad” contra el país.

“La Oficina del Presidente informa que el presidente Javier G. Milei ha firmado un Decreto de Necesidad y Urgencia que incorpora como causal de prohibición de ingreso y de expulsión del territorio nacional a todo extranjero que dirigiere o incitare mensajes de odio, discriminación y/o violencia contra el pueblo argentino o sus ciudadanos por razón de su nacionalidad, así como el ultraje a los símbolos patrios”, indicó el DNU en su comienzo.

Y remarcó: “Frente a las recientes manifestaciones de hostilidad  contra la República Argentina y los argentinos, el Gobierno Nacional reafirma que la defensa de la Nación, de sus ciudadanos y de sus símbolos no es negociable. Quien ataque a la República Argentina no es bienvenido en nuestro país”.

Los ataques a los que se refiere Milei se intensificaron a través de las redes sociales y otros espacios en el marco del último Mundial de fútbol disputado en los Estados Unidos, México y Canadá.

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El misionero Javier Lanari es el nuevo director del Banco Nación

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El misionero Javier Lanari fue designado por el gobierno nacional como nuevo director del Banco de la Nación Argentina (BNA). La medida, que oficializa el nombramiento del exsecretario de Comunicación y Prensa, fue publicada este martes en el Boletín Oficial.

Mediante el Decreto 618/2026, el gobierno del presidente Javier Milei aceptó la renuncia de Gonzalo Pascual como director de la entidad bancaria y, en su reemplazo, designó al misionero Javier Lanari, quien fue uno de los principales colaboradores del ex vocero presidencial y exj efe de Gabinete, Manuel Adorni.

Lanari ejercerá sus funciones con efecto retroactivo al 25 de junio de 2026 y completará el período de ley que culmina el 4 de febrero de 2028, según el documento oficial.

La norma, que oficializó su nombramiento tras la renuncia de Pascual, fue firmada por el presidente Milei y el ministro de Economía, Luis “Toto” Caputo.

Lanari, oriundo de Posadas, fue una de las figuras dentro del esquema comunicacional libertario y de diciembre de 2025 a junio de 2026 se desempeñó como titular de la Secretaría de Comunicación y Prensa de la Nación.

Adorni anunció la salida del misionero Lanari como Secretario de Comunicación

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Criar un hijo costó más de $678.000 en junio, según el Indec

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Censo

El Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (Indec) difundió este jueves el dato de la Canasta Crianza y reveló que el costo para criar a un menor de entre 6 a 12 años llegó a $678.308 mensuales, frente a una inflación de 1,9% ese mismo mes.

El indicador que mide el organismo releva, por un lado, los costos mensuales de los bienes y servicios esenciales (alimentos, vestimenta y educación, entre otros) para la protección de la primera infancia, la niñez y la adolescencia. Por el otro, el costo del cuidado, que es el tiempo en horas requerido para cada uno de los tramos de edad.

En este sentido, para los bebés, el valor fue de $529.539, mientras que para los chicos de entre uno y tres años fue de $630.926. En tanto, para el rango etario de cuatro a cinco, la canasta de crianza totalizó $539.612.

Ese mismo mes, el costo mensual de bienes y servicios fue el siguiente para cada grupo etario: menores de un año: $173.468, de uno a tres años: $223.988, de cuatro a cinco años: $285.275 y de seis a 12 años: $353.885.

Por su parte, el costo de cuidado para cara rango fue: menores de un año: $356.071, de uno a tres años: $406.938, de cuatro a cinco años: $254.337 y de seis a 12 años: $324.423.

De acuerdo al Indec, esta medición tiene como objetivo que sea utilizado por el Poder Judicial como referencia en los litigios por cuota alimentaria.

Para el cálculo del costo de los bienes y servicios para el desarrollo de los bebés, chicos, chicas y adolescentes se toma el valor mensual de la canasta básica total (CBT) del Gran Buenos Aires (GBA) que difunde todos los meses el organismo y que se usa para la medición de la pobreza.

“Dentro de la CBT, se incluye tanto el costo de adquisición de los alimentos necesarios para cubrir los requerimientos energéticos mínimos como el de los bienes y servicios no alimentarios (vestimenta, transporte, educación, salud, vivienda, etcétera)“, explicó el ente estadístico. Esa cifra se pondera de acuerdo a los diferentes grupos de edad, hasta los 12 años.

Para la estimación del costo del cuidado se considera, en primer término, el tiempo teórico requerido de cuidado para cada uno de los tramos de edad. La estimación mensual es la siguiente: menores de un año: 147 horas. De 1 a 3 años: 168 horas. De 4 a 5 años: 105 horas y de 6 a 12 años: 68 horas.

A su vez, las horas de cuidado se valorizan tomando la remuneración de la categoría “Asistencia y cuidado de personas” del Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares.

Inflación de junio fue de 1,9% y acumula 16,8% en el año

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