Nuestras Redes

Nacionales

Intiman a Estado nacional a responder por ley de derechos al pueblo guaraní

Publicado

el

Intiman a Estado nacional a responder por ley de derechos al pueblo guaraní

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) estableció un plazo de tres meses para que el gobierno Nacional realice un descargo por la denuncia de violación a los derechos humanos presentada ante el organismo por un total de 46 comunidades mbya guaraní de Misiones.

El abogado Julio García, integrante del grupo misionero del Equipo Nacional de Pastoral Aborigen (Endepa), dio una conferencia de prensa hoy frente a la Casa de Gobierno y explicó que la presentación de las comunidades guaraníes ante el organismo internacional es en base al incumplimiento del gobierno provincial a lo establecido en la Ley 4000, sancionada en el año 2003.

Dicha la ley incorpora a la Constitución de la provincia de Misiones los derechos de los pueblos mbya guaraní reconociéndolos como preexistentes y como segunda etapa preveía que el Poder Ejecutivo debía convocar a un plebiscito de “sufragio afirmativo del pueblo” para que los ciudadanos se pronuncien por Si o por No respecto a la incorporación de la enmienda al texto constitucional, procedimiento que nunca fue realizado y derivó en un proceso judicial.

“Esta ley de enmienda, que fue aprobada por unanimidad, requería un paso posterior que era la consulta al pueblo que debía ser realizada por el Poder Ejecutivo o por el gobierno de Misiones. Esta segunda etapa no se llevó adelante, no hubo plebiscito y no se incorporaron los derechos de los pueblos indígenas”, detalló el letrado en diálogo con los medios.

En esa línea, García explicó que “esto llevo a una serie de reclamos primero administrativo y después ante el Supremo Tribunal de Justicia (STJ) de Misiones. Ese reclamo demoró prácticamente diez años y a fines del 2021 se dictó una sentencia que no hizo lugar al planteo de la convocatoria al plebiscito”.

Tras el rechazo de la Justicia misionera, Endepa presentó el reclamo de las comunidades ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) y el máximo órgano judicial del país contestó que “era una cuestión local”.

“Nos quedó como única alternativa acudir al sistema internacional de protección de derechos humanos asistiendo a las comunidades indígenas y la Comisión Interamericana se interesó por el caso”, expresó el representante de las 46 comunidades.

Es así que el organismo interamericano corrió traslado al gobierno nacional y dispuso un plazo de tres meses, vigente desde diciembre, para responder los planteos de las 46 comunidades indígenas ante el organismo.

Sobre ello, el abogado Julio García dijo a La Voz de Misiones que “técnicamente se intimó al Estado nacional, pero quien tiene que responder de acuerdo a una cláusula federal que tiene la Comisión Interamericana es el Estado provincial, no se puede desligar de su responsabilidad del caso”.

El letrado cerró la conferencia en la plaza 9 de Julio añadiendo que: “Es un plazo para que la provincia haga el descargo a esta denuncia de violación de derechos políticos, de derechos a la participación, a la igualdad, a la no discriminación, básicamente lo que establece la Constitución para cualquier grupo humano, le fue vedado a las comunidades mbya”.

Reparación histórica

Hace más de 20 años, las comunidades mbya guaraní que habitan el territorio misionero luchan para que sus derechos sean reconocidos en la Constitución de la Provincia de Misiones.

Al reconocer la preexistencia étnica y cultural del pueblo indígena, se garantizaría el respeto a su identidad y el derecho a una educación bilingüe e intercultural, a ser impartida, preferentemente, por docentes y auxiliares indígenas. Así como también la personería jurídica de sus comunidades y organizaciones, el derecho a la participación plena, a través de sus representantes, en la gestión de sus recursos naturales, el derecho de usar, mantener, desarrollar y administrar servicios propios de salud.

Además de reconocer la posesión y propiedad comunitaria de las tierras que tradicionalmente ocupan y regular la entrega de otras aptas y suficientes para el desarrollo humano.

 

Foto: archivo Misiones Online.

Nacionales

La Corte declaró inconstitucional el uso estatal de datos personales

Publicado

el

Misiones DNU corte suprema

La Corte Suprema de Justicia de la Nación resolvió que organismos públicos no pueden utilizar teléfonos o correos electrónicos de ciudadanos sin autorización y anuló artículos de la ley de datos personales al considerar que vulneran la privacidad y la autodeterminación informativa.

El tribunal, con las firmas de Horacio Rosatti, Ricardo Lorenzetti y el conjuez Daniel Bejas, sostuvo que no existe interés legítimo que justifique un sistema de almacenamiento y circulación de datos personales sin conocimiento de sus titulares.

Además, declaró inválidos artículos de la ley 25.326 que habilitaban el intercambio de información entre organismos estatales sin consentimiento, al considerar que esas excepciones resultan excesivas e injustificadas y afectan garantías constitucionales.

En ese sentido, advirtió que la amplitud de la norma permitía al Estado eludir casi siempre la exigencia de autorización, lo que vaciaba de contenido la protección de los datos personales.

El fallo se dictó al hacer lugar a una acción de habeas data presentada por una jubilada contra el Estado Nacional, tras un convenio que permitió a la Anses ceder información a la Secretaría de Comunicación Pública para difundir contenidos oficiales.

El caso se originó cuando la demandante cuestionó el uso de su información para fines distintos a los que motivaron su entrega, al señalar que no deseaba recibir comunicaciones oficiales ni ser objeto de contactos reiterados.

En disidencia, el ministro Carlos Rosenkrantz y la conjueza Beatriz Aranguren propusieron rechazar el recurso del Estado y dejar firme la sentencia previa sin pronunciarse sobre la constitucionalidad de la norma.

Seguir Leyendo

Nacionales

La CGT pidió la nulidad del fallo que devolvió vigencia a la reforma laboral

Publicado

el

CGT

La Confederación General del Trabajo (CGT) pidió la nulidad del fallo que devolvió la vigencia de la reforma laboral del gobierno de Javier Milei y recusó a los camaristas Víctor Arturo Pesino y María Dora González, quienes suspendieron la medida cautelar que en marzo había frenado 83 artículos de la Ley 27.802.

La central obrera elevó una presentación de 25 páginas a la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, argumentando que la resolución “violenta la verdad jurídica” y que la sala actuante no tenía competencia en el caso.

“Hubo una manifiesta parcialidad hacia el Estado nacional”, denunció Cristian Jerónimo, uno de los integrantes del triunvirato que conduce la CGT. “Acabamos de recusar a los jueces por la aberrante suspensión de la cautelar y después la obscenidad que acaban de cometer al otro día, cuando en el Boletín Oficial se publicó la extensión de cinco años más para uno de los jueces”, puntualizó, en referencia a Pesino.

“El beneficio que recibió Pesino generó un manto de duda y de sospechas” que la central obrera “no va a dejar pasar”, advirtió.

El escrito pide la “nulidad absoluta” de la resolución dictada el 23 de abril último, que tuvo un carácter suspensivo de la cautelar y objeta la intervención de la Sala VIII, afirmando que, para respetar las reglas procesales, debió intervenir la Sala I.

“Si la Sala VIII hubiera respetado los pasos procesales para consentir su actuación, esta parte hubiera tenido oportunidad de advertirle que carecía de competencia por la prevención inicial de la Sala I; pero no se nos dio tiempo”, dijo Jerónimo.

El texto, presentado por el abogado Pablo Topet, sostiene que “debe ser la Sala I la que deba resolver la nulidad porque la Sala VIII, que violó las disposiciones procesales, es la que dictó el acto inválido, emitió opinión y prejuzgó y, tal vez lo más relevante, evidenció una manifiesta parcialidad hacia el Estado nacional”.

Sobre Pesino, el escrito señala que su participación en la causa “está viciada por haber recibido un beneficio de importancia por parte del Estado nacional”, tal como es la postergación para jubilarse, y afirma que su “inaceptable intervención (…) constituye no solo una conducta contraria a la ética, también una causa objetiva de apartamiento de acuerdo a las reglas de la ley adjetiva”.

“Los magistrados que suscribieron con rapidez la sentencia interlocutoria que se impugna, deben apartarse de una causa que tomaron ‘para sí’ sin competencia”, argumenta la presentación.

La reforma laboral mileísta se sancionó hace dos meses en el Senado, con los votos de los misioneros Carlos Arce y Sonia Rojas Decut, del Frente Renovador Neo, y Martín Goerling, del PRO Misiones.

 

Seguir Leyendo

Nacionales

Inflación en aumento: marzo dio 3,4%, la cifra más alta en doce meses

Publicado

el

El Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (Indec) informó esta tarde que la inflación de marzo fue de 3,4%, convirtiéndose en la cifra mas alta en los últimos doce meses. 

Esta cifra elevó a 9,4% el índice de inflación acumulado en los primeros tres meses del año, llegando pisar el 10%, que era el porcentaje proyectado para todo el 2026 según el presupuesto aprobado por el gobierno nacional. 

Los mayores aumentos fueron en educación con un 12,1% y en transporte con 4,1% a nivel nacional. En el análisis de los aumentos por región, el índice de la zona noreste se ubicó por encima de lo registrado a nivel nacional con 4,1%. 

Los rubros dentro de esas provincias que sufrieron un mayor crecimiento en porcentaje fueron Educación con 22,7% y en Vivienda, agua, electricidad, gas y otros combustibles con 9,7%. 

En relación al mes anterior el porcentaje de suba en Equipamiento y mantenimiento del hogar mantuvieron una variación de 1,3% a nivel nacional convirtiéndose en el rubro con menor inflación.

En contraposición a las variaciones de los últimos tres meses, donde la sección que contempla Prendas de vestir y Calzados, es el rubro con la menor aumento llegando a un nivel nacional 2,6 % mientras que en la región de Cuyo el índice de precios registra un 1,9% de aumento. 

Seguir Leyendo
Publicidad

Lo más visto