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Imputaron por pedofilia al primer detenido por el atentado a CFK

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Nosotras By Pamela Silva
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Fernando Sabag Montiel, el primer detenido por el intento de magnicidio perpetrado contra la vicepresidenta de la Nación, Cristina Fernández de Kirchner (CFK), fue imputado ahora por el delito de pedofilia, luego de una pericia que detectó tenencia y distribución de material pornográfico en su teléfono celular.

De acuerdo a lo consignado por el portal Infobae, la imputación fue por “la tenencia con fines de distribución de 119 archivos de imagen y video y la distribución de tres videos”. En todos los documentos aparecían niños y niñas menores de 13 años, revelaron.

La imputación a Sabag Montiel fue efectuada ahora por la fiscal porteña Daniela Dupuy, que tomó la causa por presunta pedofilia tras un pedido del fiscal Carlos Rívolo, que investiga el ataque a CFK y en cuya pesquisa dio con los archivos de pornografía infantil.


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Las imágenes comprometedoras fueron halladas en la tarjeta SD del celular del implicado. Cabe mencionar que dicho aparato fue reseteado en un principio y en las últimas semanas la Policía de Seguridad Aeroportuaria (PSA) logró recuperar gran parte de los datos que había en el equipo, como así también en sus cuentas de email con sus respectivas nubes y grupos de Telegram.

Lo que no se pudo recuperar, en tanto, fueron sus conversaciones por Whatsapp, según amplió Infobae.

“Hasta fines de la semana pasada, no se encontró ningún contenido que apunte a la planificación del intento de homicidio de Cristina Fernández de Kirchner por parte de más sospechosos. También, se hallaron más selfies con el arma Bersa utilizada en el ataque, así como contenido relacionado a grupos esotéricos. La carta natal de la vicepresidenta era de particular interés de Sabag Montiel”, consignó el portal porteño.

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Anulan DNU que fijaba tarifas de servicios de telecomunicaciones

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Anulan DNU que fijaba tarifas de servicios de telecomunicaciones

En 2020 el gobierno nacional decretó el carácter de Servicio Público a las telecomunicaciones y reguló las tarifas utilizando como argumento la pandemia Covid-19. Ahora, la Justicia anuló la disposición.

Un fallo de fuero Contencioso Administrativo de la Justicia Federal declaró hoy la nulidad del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU), que el 22 de agosto de 2020 declaró como servicios públicos esenciales a los servicios de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC) y el acceso a las redes de telecomunicaciones.

Así, el presidente Alberto Fernández consiguió, bajo el argumento de la cuarentena por la pandemia Covid-19, controlar con el decreto 690/2020 las tarifas de telefonía e internet.


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Al año siguiente, el 7 de abril de 2021, la empresa Telecom Argentina S.A. presentó una demanda contra el Poder Ejecutivo Nacional y contra el Ente Nacional de Comunicaciones (ENCOM), solicitando la nulidad del decreto 690, y reservándose además el derecho a reclamar daños y perjuicios consecuencia del DNU que congeló los precios.

Entre otros aspectos, la jueza Cecilia De Negre consideró en su resolución anulatoria del decreto, que “fue la situación de emergencia sanitaria, en el marco de la pandemia del COVID-19, la que justificó otorgar medidas de protección y acceso a los servicios Tic y asegurar el derecho a la educación”.

La magistrada sostuvo que “no se estableció que su duración sería hasta la finalización de la pandemia, sino que las medidas se establecieron con carácter permanente. Ello afecta el principio de razonabilidad al establecer una discordancia entre el fin de la norma y los medios empleados”.

Entonces, De Negre explicó que el Poder Ejecutivo está habilitado constitucionalmente a dictar un DNU en determinadas circunstancias, pero que la calificación de servicio público de manera permanente exige “una ley formal en el Congreso”.

El fallo judicial es de primera instancia y el Poder Ejecutivo puede apelar ante la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal.

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Javier Milei y el aguinaldo de diciembre: “Recortarán lo que tengan que recortar”

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El presidente electo Javier Milei ratificó el plan de ajuste que implementará a partir del 10 de diciembre y puso en duda el pago del medio aguinaldo para los empleados de la administración pública nacional.

Entrevistado por el periodista Rodolfo Barilli, de Telefé Noticias, Milei ratificó que se viene un “fuerte ajuste fiscal para llevar la situación a un equilibrio” y anticipó: “Los próximos seis meses serán muy duros”.

“Hay que cortar con la emisión monetaria”, le contestó el presidente electo al periodista, que repreguntó, entonces, sobre cómo administraría el gobierno de La Libertad Avanza un eventual escenario en el que “Argentina recaude 100 y gaste 120”.


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“No va a gastar 120”, lo interrumpió Milei y retrucó: “No va a gastar más que 100”.

“¿Está garantizado por ejemplo la actividad de la administración pública, el aguinaldo, de diciembre?”, lo interrogó Barilli.

El gobierno “gastará 100”, insistió Milei y disparó: “Recortarán lo que tengan que recortar”.

 

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Comenzó la veda para el balotaje y está disponible el padrón

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Este viernes por la mañana comenzó la veda electoral en todo el país de cara al balotaje del domingo 19 de noviembre, que enfrentará a Sergio Massa y a Javier Milei por la presidencia de la Nación.

De esta forma, a 48 horas de la apertura de los centros de votación, quedaron prohibidas las campañas y publicidades políticas de los candidatos presidenciales de todas las fuerzas políticas.

El silencio o veda electoral es una jornada de reflexión que tiene por objetivo de reforzar la importancia del proceso electoral a través de ciertas prohibiciones como la venta de alcohol o la realización de actos proselitistas.


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Las sanciones por incumplimiento varían según cada caso: la venta de bebidas alcohólicas establece una pena de cárcel de entre 15 días y seis meses; la organización de espectáculos masivos prevé un plazo de entre 15 días a 6 meses y la coacción electoral va de 2 meses a 2 años de cárcel.

La veda electoral comenzó este viernes a las 8 y concluirá este domingo a las 21, tres horas después de la finalización de los comicios. En este contexto, los argentinos se verán limitados en distintas acciones: actos públicos de campaña y proselitismo electoral, espectáculos populares al aire libre o en espacios cerrados, portación de armas y de banderas, insignias o distintivos partidarios.

Por otra parte, la venta de bebidas alcohólicas estará permitida hasta las 20 horas del sábado.

Asimismo, está prohibido ofrecer boletas para el voto dentro de un radio de 80 metros de las mesas receptoras, así como la publicación y difusión de encuestas o sondeos.

Padrón disponible

La Cámara Nacional Electoral (CNE) permite consultar el padrón electoral definitivo para conocer dónde debe votar cada argentino habilitado.

A través del sitio web de la CNE, los votantes podrán conocer con exactitud el colegio o centro de sufragio al que le corresponderá acercarse para participar en la segunda vuelta, además del distrito, el circuito y la sección electoral, el establecimiento y su dirección, número de mesa y orden.

Así, a días del balotaje, se podrá conocer si se está inscripto correctamente en el registro de electores habilitados, hacer reclamos e imprimir la constancia.

Si bien el establecimiento de votación suele ser el mismo que en las elecciones Paso y en las generales, también puede haber cambios, por lo cual se recomienda volver a chequear el padrón actualizado para las elecciones del 19 de noviembre.

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