Nuestras Redes

Nacionales

Fallo histórico en Entre Ríos: Corría riesgo de muerte, le negaron el aborto y el Estado deberá indemnizarla

Publicado

el

PARANÁ. El Estado provincial de Entre Ríos fue condenado a pagarle casi medio millón de pesos a una mujer a la que se le negó la realización de un aborto no punible en un hospital público, y que tras el parto sufrió un accidente cerebrovascular. Un médico recomendó la ILE pero un médico ‘provida’ impidió la realización. Ahora, el Estado deberá indemnizarla.

En un fallo histórico, la Justicia de Entre Ríos ordenó que el Estado indemnice a una mujer a la que se le había negado realizar un aborto no punible en 2011. La víctima, que en ese entonces tenía 36 años, sufría una patología cardíaca congénita. Tras el parto, tuvo un accidente cerebrovascular, que le provocó una parálisis de la parte izquierda del cuerpo. “El aborto era legítimo porque se justificaba para proteger la salud y la vida de la mujer embarazada”, entendió el juez Martín Furman en su fallo, luego ratificado por una cámara tras la apelación que planteó el Estado provincial.

La mujer, identificada como MG, acudió en varias oportunidades al sistema público entrerriano: para atender una patología cardíaca congénita en 2003; luego para que se le practicara una ligadura de trompas de Falopio en 2005 tras cinco abortos espontáneos, y finalmente, para la interrupción de un embarazo por razones médicas en 2011.

Ninguna de las tres veces el Estado respondió a las peticiones y la paciente terminó sufriendo un ACV tras el parto, según se desprende del fallo. Tanto la operación quirúrgica como la ligadura de trompas no se hicieron porque los quirófanos no estaban en condiciones para realizar las intervenciones. Pero el aborto no se practicó, pese a que contaba con el aval de un ateneo de profesionales de la salud, debido a que el médico cardiólogo César Pazo irrumpió en la escena con amenazas a sus colegas en caso de que llevaran a cabo la práctica y con presuntas advertencias legales a la paciente.

De esta forma, la mujer se vio obligada a llevar adelante su embarazo. Tres meses más tarde, en noviembre, MG fue trasladada de urgencia al Hospital Posadas, en el conurbano bonaerense, donde le hicieron una cesárea. A la semana de tener a su beba, sufrió un ACV. Todavía internada, tuvo una parálisis de la parte izquierda del cuerpo.

Con su intervención, Pazo -médico que milita contra el aborto- logró que se suspendiera la interrupción legal del embarazo -ILE-, que fue -según entendió el juez- determinante para que se produzca el ACV que le dejó secuelas de por vida a la paciente según publica La Nación. Para el magistrado, “la irrupción clandestina de César Pazo, quien a la postre se hizo pasar por un juez, viola el principio de confidencialidad de la paciente, previsto en el inc. d) art. 2º de la ley 26.529, por cuanto alguien, desconociendo tal derecho, le advirtió al médico mencionado para que se apersonara, actuando como lo hizo, sin tener ninguna injerencia o competencia en el tratamiento e intervenciones médicas prescriptas a MG”. Según el fallo, el médico intervino por motivos ideológicos y no médicos.

 

Nacionales

La Corte declaró inconstitucional el uso estatal de datos personales

Publicado

el

Misiones DNU corte suprema

La Corte Suprema de Justicia de la Nación resolvió que organismos públicos no pueden utilizar teléfonos o correos electrónicos de ciudadanos sin autorización y anuló artículos de la ley de datos personales al considerar que vulneran la privacidad y la autodeterminación informativa.

El tribunal, con las firmas de Horacio Rosatti, Ricardo Lorenzetti y el conjuez Daniel Bejas, sostuvo que no existe interés legítimo que justifique un sistema de almacenamiento y circulación de datos personales sin conocimiento de sus titulares.

Además, declaró inválidos artículos de la ley 25.326 que habilitaban el intercambio de información entre organismos estatales sin consentimiento, al considerar que esas excepciones resultan excesivas e injustificadas y afectan garantías constitucionales.

En ese sentido, advirtió que la amplitud de la norma permitía al Estado eludir casi siempre la exigencia de autorización, lo que vaciaba de contenido la protección de los datos personales.

El fallo se dictó al hacer lugar a una acción de habeas data presentada por una jubilada contra el Estado Nacional, tras un convenio que permitió a la Anses ceder información a la Secretaría de Comunicación Pública para difundir contenidos oficiales.

El caso se originó cuando la demandante cuestionó el uso de su información para fines distintos a los que motivaron su entrega, al señalar que no deseaba recibir comunicaciones oficiales ni ser objeto de contactos reiterados.

En disidencia, el ministro Carlos Rosenkrantz y la conjueza Beatriz Aranguren propusieron rechazar el recurso del Estado y dejar firme la sentencia previa sin pronunciarse sobre la constitucionalidad de la norma.

Seguir Leyendo

Nacionales

La CGT pidió la nulidad del fallo que devolvió vigencia a la reforma laboral

Publicado

el

CGT

La Confederación General del Trabajo (CGT) pidió la nulidad del fallo que devolvió la vigencia de la reforma laboral del gobierno de Javier Milei y recusó a los camaristas Víctor Arturo Pesino y María Dora González, quienes suspendieron la medida cautelar que en marzo había frenado 83 artículos de la Ley 27.802.

La central obrera elevó una presentación de 25 páginas a la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, argumentando que la resolución “violenta la verdad jurídica” y que la sala actuante no tenía competencia en el caso.

“Hubo una manifiesta parcialidad hacia el Estado nacional”, denunció Cristian Jerónimo, uno de los integrantes del triunvirato que conduce la CGT. “Acabamos de recusar a los jueces por la aberrante suspensión de la cautelar y después la obscenidad que acaban de cometer al otro día, cuando en el Boletín Oficial se publicó la extensión de cinco años más para uno de los jueces”, puntualizó, en referencia a Pesino.

“El beneficio que recibió Pesino generó un manto de duda y de sospechas” que la central obrera “no va a dejar pasar”, advirtió.

El escrito pide la “nulidad absoluta” de la resolución dictada el 23 de abril último, que tuvo un carácter suspensivo de la cautelar y objeta la intervención de la Sala VIII, afirmando que, para respetar las reglas procesales, debió intervenir la Sala I.

“Si la Sala VIII hubiera respetado los pasos procesales para consentir su actuación, esta parte hubiera tenido oportunidad de advertirle que carecía de competencia por la prevención inicial de la Sala I; pero no se nos dio tiempo”, dijo Jerónimo.

El texto, presentado por el abogado Pablo Topet, sostiene que “debe ser la Sala I la que deba resolver la nulidad porque la Sala VIII, que violó las disposiciones procesales, es la que dictó el acto inválido, emitió opinión y prejuzgó y, tal vez lo más relevante, evidenció una manifiesta parcialidad hacia el Estado nacional”.

Sobre Pesino, el escrito señala que su participación en la causa “está viciada por haber recibido un beneficio de importancia por parte del Estado nacional”, tal como es la postergación para jubilarse, y afirma que su “inaceptable intervención (…) constituye no solo una conducta contraria a la ética, también una causa objetiva de apartamiento de acuerdo a las reglas de la ley adjetiva”.

“Los magistrados que suscribieron con rapidez la sentencia interlocutoria que se impugna, deben apartarse de una causa que tomaron ‘para sí’ sin competencia”, argumenta la presentación.

La reforma laboral mileísta se sancionó hace dos meses en el Senado, con los votos de los misioneros Carlos Arce y Sonia Rojas Decut, del Frente Renovador Neo, y Martín Goerling, del PRO Misiones.

 

Seguir Leyendo

Nacionales

Inflación en aumento: marzo dio 3,4%, la cifra más alta en doce meses

Publicado

el

El Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (Indec) informó esta tarde que la inflación de marzo fue de 3,4%, convirtiéndose en la cifra mas alta en los últimos doce meses. 

Esta cifra elevó a 9,4% el índice de inflación acumulado en los primeros tres meses del año, llegando pisar el 10%, que era el porcentaje proyectado para todo el 2026 según el presupuesto aprobado por el gobierno nacional. 

Los mayores aumentos fueron en educación con un 12,1% y en transporte con 4,1% a nivel nacional. En el análisis de los aumentos por región, el índice de la zona noreste se ubicó por encima de lo registrado a nivel nacional con 4,1%. 

Los rubros dentro de esas provincias que sufrieron un mayor crecimiento en porcentaje fueron Educación con 22,7% y en Vivienda, agua, electricidad, gas y otros combustibles con 9,7%. 

En relación al mes anterior el porcentaje de suba en Equipamiento y mantenimiento del hogar mantuvieron una variación de 1,3% a nivel nacional convirtiéndose en el rubro con menor inflación.

En contraposición a las variaciones de los últimos tres meses, donde la sección que contempla Prendas de vestir y Calzados, es el rubro con la menor aumento llegando a un nivel nacional 2,6 % mientras que en la región de Cuyo el índice de precios registra un 1,9% de aumento. 

Seguir Leyendo
Publicidad

Lo más visto