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Extienden por un año la emergencia citrícola en 8 provincias, Misiones incluída

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La Cámara de Diputados de la Nación aprobó sobre tablas un proyecto que extiende la emergencia económica, productiva, financiera y social en este sector.

La Cámara de Diputados convirtió en ley un proyecto para prorrogar por un año la emergencia económica, productiva, financiera y social en el sector citrícola en ocho provincias argentinas.

El proyecto recibió 242 votos a favor y solo uno en contra, del diputado Juan Martín (UCR-Santa Fe). Si bien la iniciativa no formaba parte del temario de la sesión, los bloques aprobaron su tratamiento sobre tablas tras un acuerdo alcanzado en Labor Parlamentaria, y de ese modo posibilitaron la rápida sanción de la ley.

El proyecto aprobado extiende el plazo -vencido en mayo pasado- de la Ley 27.507, que declaró la emergencia citrícola en las provincias de Entre Ríos, Corrientes, Misiones, Jujuy y Salta, a las que ahora se agregaron Buenos Aires, Tucumán y Catamarca.

José Ruiz “Pitín” Aragón, presidente de la Comisión de Agricultura y Ganadería, sostuvo que la ley “tiene una intención clara de paliar la crisis que estamos viviendo en el sistema productivo”.

El correntino precisó que “el sector produce más de 700 millones de dólares al año y da trabajo a casi 100.000 personas” en forma directa e indirecta, por la complejidad de la cosecha.

Por su parte, la entrerriana Mayda Cresto (Frente de Todos) destacó que Argentina es “el octavo país productor de cítricos a nivel mundial”.

Advirtió que “ya el año pasado el sector atravesaba una profunda crisis por la elevada presión impositiva, altos costos internos y tasas imposibles de pagar”, y luego sobrevino la pandemia, que “coincidió con el momento más importante para la cosecha”.

Cresto explicó que también para la producción de peras y manzanas se prorrogó la emergencia, en ese caso en tres oportunidades, y así es como “está repuntando la actividad”.

El tucumano Mario Leito, también del oficialismo, recordó que su provincia había sido originalmente excluida de la emergencia aunque “somos el primer productor, procesador y exportador mundial de derivados industriales citrícolas”.

Según Leito, en Tucumán la actividad “genera 50.000 puestos de trabajo y representa el 50% de las exportaciones de la provincia”. “Las circunstancias convirtieron a este sector en un sector necesitado de las políticas del Estado”, lamentó.

Desde la UCR, Atilio Benedetti observó que la situación de emergencia “hace un año podía ser discutible, pero hoy hay muchísimas más razones para acompañar este proyecto”.

“Las economías regionales basan su desarrollo en dos patas, el consumo interno y la exportación, y a diferencia de hace un año, hoy tenemos la dificultad cambiaria, distintos tipos de dólares de referencia”, alertó el agrodiputado.

A esto sumó que “ha habido un cierre anticipado de las posibilidades de exportación, hay sobrecostos por el Covid, y para agravar más el cuadro, está el problema climático, que está afectando a la mayor parte del territorio argentino y a muchas actividades”.

Desde el Frente Progresista Cívico y Social, Luis Contigiani hizo una fuerte autocrítica: “Somos grandes especialistas en dictar leyes de emergencia para todo, pero somos muy incapaces de presentar políticas públicas que alienten la producción para salir de la dependencia de la emergencia”.

“Nunca salimos del concepto de emergencia. Pasan los gobiernos de todos los signos políticos y no somos capaces de estructurar una política de desarrollo productivo y estratégico para las economías regionales”, insistió.

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El gobierno detectó sobreprecios de hasta 4239% en compras de Andis

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Andis

El gobierno nacional detectó presuntos sobreprecios de hasta 4239% en compras de insumos ortopédicos realizadas por la Agencia Nacional de Discapacidad (Andis) durante 2025, según surge de un informe técnico elaborado por el Ministerio de Salud y remitido a la Justicia.

De acuerdo al documento, las irregularidades fueron detectadas tras comparar facturas emitidas al Estado con valores de referencia del mercado en adquisiciones de andadores, sillas de ruedas y prótesis. El informe señala diferencias que oscilan entre el 300% y el 1000%, aunque en algunos casos superan el 2000% y llegaron hasta el 4239%.

Según publicó La Nación, el caso más extremo corresponde a la compra de un andador, donde se registró una diferencia del 4239% entre el monto facturado al Estado y el valor de referencia de un producto de similares características. En el rubro de sillas de ruedas, los presuntos sobreprecios alcanzaron el 2000%.

El informe sostiene que el análisis de la documentación respaldatoria permitió detectar “desvíos de precios injustificables” y posibles vínculos societarios y familiares entre proveedores involucrados en las contrataciones.

La documentación quedó incorporada a una investigación judicial en trámite vinculada a contrataciones realizadas por la Andis. En paralelo, durante las últimas semanas fueron convocados a declaración empresarios y personas relacionadas con el sector bajo investigación.

La causa que investiga un presunto fraude millonario en la Andis tiene entre sus procesados, a Diego Spagnuolo, máxima autoridad durante parte del período analizado. Consultado por el mismo diario porteño, su abogado, Mauricio D’Alessandro, señaló que el informe no le atribuye al ex director ninguna intervención en la maniobra, ni prueba tampoco conocimiento de la misma.

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La Corte declaró inconstitucional el uso estatal de datos personales

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Misiones DNU corte suprema

La Corte Suprema de Justicia de la Nación resolvió que organismos públicos no pueden utilizar teléfonos o correos electrónicos de ciudadanos sin autorización y anuló artículos de la ley de datos personales al considerar que vulneran la privacidad y la autodeterminación informativa.

El tribunal, con las firmas de Horacio Rosatti, Ricardo Lorenzetti y el conjuez Daniel Bejas, sostuvo que no existe interés legítimo que justifique un sistema de almacenamiento y circulación de datos personales sin conocimiento de sus titulares.

Además, declaró inválidos artículos de la ley 25.326 que habilitaban el intercambio de información entre organismos estatales sin consentimiento, al considerar que esas excepciones resultan excesivas e injustificadas y afectan garantías constitucionales.

En ese sentido, advirtió que la amplitud de la norma permitía al Estado eludir casi siempre la exigencia de autorización, lo que vaciaba de contenido la protección de los datos personales.

El fallo se dictó al hacer lugar a una acción de habeas data presentada por una jubilada contra el Estado Nacional, tras un convenio que permitió a la Anses ceder información a la Secretaría de Comunicación Pública para difundir contenidos oficiales.

El caso se originó cuando la demandante cuestionó el uso de su información para fines distintos a los que motivaron su entrega, al señalar que no deseaba recibir comunicaciones oficiales ni ser objeto de contactos reiterados.

En disidencia, el ministro Carlos Rosenkrantz y la conjueza Beatriz Aranguren propusieron rechazar el recurso del Estado y dejar firme la sentencia previa sin pronunciarse sobre la constitucionalidad de la norma.

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La CGT pidió la nulidad del fallo que devolvió vigencia a la reforma laboral

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CGT

La Confederación General del Trabajo (CGT) pidió la nulidad del fallo que devolvió la vigencia de la reforma laboral del gobierno de Javier Milei y recusó a los camaristas Víctor Arturo Pesino y María Dora González, quienes suspendieron la medida cautelar que en marzo había frenado 83 artículos de la Ley 27.802.

La central obrera elevó una presentación de 25 páginas a la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, argumentando que la resolución “violenta la verdad jurídica” y que la sala actuante no tenía competencia en el caso.

“Hubo una manifiesta parcialidad hacia el Estado nacional”, denunció Cristian Jerónimo, uno de los integrantes del triunvirato que conduce la CGT. “Acabamos de recusar a los jueces por la aberrante suspensión de la cautelar y después la obscenidad que acaban de cometer al otro día, cuando en el Boletín Oficial se publicó la extensión de cinco años más para uno de los jueces”, puntualizó, en referencia a Pesino.

“El beneficio que recibió Pesino generó un manto de duda y de sospechas” que la central obrera “no va a dejar pasar”, advirtió.

El escrito pide la “nulidad absoluta” de la resolución dictada el 23 de abril último, que tuvo un carácter suspensivo de la cautelar y objeta la intervención de la Sala VIII, afirmando que, para respetar las reglas procesales, debió intervenir la Sala I.

“Si la Sala VIII hubiera respetado los pasos procesales para consentir su actuación, esta parte hubiera tenido oportunidad de advertirle que carecía de competencia por la prevención inicial de la Sala I; pero no se nos dio tiempo”, dijo Jerónimo.

El texto, presentado por el abogado Pablo Topet, sostiene que “debe ser la Sala I la que deba resolver la nulidad porque la Sala VIII, que violó las disposiciones procesales, es la que dictó el acto inválido, emitió opinión y prejuzgó y, tal vez lo más relevante, evidenció una manifiesta parcialidad hacia el Estado nacional”.

Sobre Pesino, el escrito señala que su participación en la causa “está viciada por haber recibido un beneficio de importancia por parte del Estado nacional”, tal como es la postergación para jubilarse, y afirma que su “inaceptable intervención (…) constituye no solo una conducta contraria a la ética, también una causa objetiva de apartamiento de acuerdo a las reglas de la ley adjetiva”.

“Los magistrados que suscribieron con rapidez la sentencia interlocutoria que se impugna, deben apartarse de una causa que tomaron ‘para sí’ sin competencia”, argumenta la presentación.

La reforma laboral mileísta se sancionó hace dos meses en el Senado, con los votos de los misioneros Carlos Arce y Sonia Rojas Decut, del Frente Renovador Neo, y Martín Goerling, del PRO Misiones.

 

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