Nacionales
Escuchas: anularon la causa contra Macri, los ex jueces Gallardo y Rey y cinco policías
BUENOS AIRES y POSADAS (Agencias y Redacción de LVM). La causa de las escuchas ilegales por la que estuvieron procesados el presidente Mauricio Macri; los ex jueces de Misiones, Horacio Gallardo y José Luís Rey, además de cinco policías de la misma, provincia quedó anulada.
La decisión fue adoptada por la Cámara Federal de Casación Penal, al hacer lugar a un recurso de Jorge “Fino” Palacios, el ex jefe de la Policía Metropolitana, en tanto que puso en la mira la actuación del ex juez Norberto Oyarbide, que impulsó la causa sin que hubiera un pedido de los afectados directos de esas escuchas judiciales.
El pronunciamiento de la Sala III de Casación llegó cuando la investigación ya estaba terminada y tenía fecha de juicio oral para el año próximo. El fallo, firmado por los jueces Carlos Mahiques, Liliana Catucci y Eduardo Rafael Riggi, dispuso la nulidad de todo lo actuado desde el día uno de la causa.
“Quedó así desvirtuado, al menos en lo que a las intervenciones telefónicas se refiere, un expediente que a la hora de actuar se puede decir armado en derredor de una acción privada desdibujada durante largos años como de acción pública”, se señaló en los fundamentos.
Y añadió que “en el juzgado federal 7, por entonces el doctor Oyarbide le atribuyó a Jorge Alberto Palacios formar parte de una estructura criminal vinculada la interceptación ilegal de líneas telefónicas que no se pudo probar”, según fuentes judiciales con acceso a la resolución.
Al apuntar a la vinculación de Macri con Palacios, se advirtió que ambos se conocían desde hacía tiempo, ya que cuando el primero fue presidente de Boca Juniors, llevó al ex policía como jefe de seguridad. Y cuando Macri fue jefe de la Ciudad y quiso crear la Policía de la Ciudad, Palacios se convirtió en el elegido para encabezarla.
En 2009, cuando la causa de escuchas ya había comenzado y ante un inminente procesamiento, Palacios renunció a la policía de la Ciudad. Luego, estuvo preso. Fue detenido en noviembre de 2009 y liberado en diciembre de 2010 junto al espía Ciro James, quién también había sido detenido.
“Fui víctima de una causa armada desde la política y es falso que había una red de escuchas vinculadas a mí”, había dicho Macri en 2014. Sobre el expediente siempre pesaron sospechas de la actuación de servicios de inteligencia, gente de la política e integrantes del Poder Judicial en su impulso.
¿Por qué Casación decidió cerrar la causa? Porque los jueces advirtieron que todo el proceso resultó viciado a raíz de que el juez federal intervino en un primer momento de oficio (Oyarbide) en un delito de acción privada, que solo puede recibir impulso del afectado. “Quedó en evidencia así una franca violación a las normas del Código Penal y el Código Procesal Penal”, se sostuvo.
El fallo de Casación fue durísimo con el desplazado Oyarbide. Pero, sin nombrarlo, puso en la mira la actuación del fallecido fiscal Alberto Nisman, que también intervino.
El caso conocido como “escuchas ilegales” -aunque habían sido autorizadas por los jueces de Misiones, Gallardo y Rey- comenzó en 2009 con una llamada anónima a la casa de Sergio Burstein, representante de un sector de víctimas de la AMIA, cuando éste estaba de viaje con la entonces presidenta Cristina Kirchner en Nueva York por una asamblea de Naciones Unidas.
Los procesamientos incluyeron también de Palacios, del ex ministro de Educación porteño Narodowski, y del ex policía-espía James (contratado como asesor en esa dependencia). Fueron también procesados los ex jueces Gallardo y Rey (en la foto, al medio, flanqueados por sus abogados), la ex secretaria de éste, Mónica González y los policías misioneros Antonio Fernández, David Amaral, Rubén Quintana, Raúl Rojas y Diego Guarda.
Nacionales
Inflación de febrero fue de 2,9%: los mayores aumentos fueron en agua y luz
El Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (Indec) informó esta tarde que la inflación de febrero igualó el registro del mes pasado con 2,9% y los precios acumulan un aumento de 5,9% en lo que va del año.
Según el organismo, la división con mayor incremento en febrero fue la de Vivienda, agua, electricidad, gas y otros combustibles con 6,8%; seguido por Alimentos y bebidas no alcohólicas con 3,3%, al igual que Bienes y servicios varios.
En contrapartida, no se registró modificaciones en la sección que contempla Prendas de vestir y Calzados, mientras que Bebidas alcohólicas experimentó aumentos de apenas 0,6%.
En cuanto al análisis de los aumentos por región, el índice nacional se ubicó por encima de lo registrado en Gran Buenos Aires (2,6%) y por debajo del Noereste (3,1%).
#DatoINDEC
Los precios al consumidor (#IPC) aumentaron 2,9% en febrero de 2026 con respecto a enero y 33,1% interanual https://t.co/bFx8TZTULF pic.twitter.com/ChEvJSQ4mY— INDEC Argentina (@INDECArgentina) March 12, 2026
Inflación de enero fue de 2,9% y la suba de alimentos fue del 4,7% en el mes
Nacionales
El gobierno promulgó la reforma laboral y los cambios rigen desde hoy
A una semana de la sanción en el Congreso de la Nación, el gobierno promulgó este viernes la Ley de Modernización Laboral y los cambios comienzan a regir a partir de hoy.
El Poder Ejecutivo puso en vigencia la Ley 27.802, a través de la publicación en el Boletín Oficial del Decreto 137/2026, que lleva las firmas del presidente Javier Milei, del jefe de Gabinete Manuel Adorni y de la ministra de Capital Humano Sandra Pettovello.
La norma, compuesta por 25 capítulos, introduce cambios en las relaciones de trabajo, principalmente, en indemnizaciones, salarios, vacaciones, jornada laboral, derechos sindicales y flexibiliza las condiciones de contratación.
Sobre las indemnizaciones, la Ley reduce la base de cálculo y deja de considerar dentro de las mismas vacaciones, aguinaldo, propinas o premios. Quedará un tope salarial como base de remunerativa, que no puede exceder tres veces el salario promedio mensual según el convenio colectivo aplicable a la categoría del trabajador. De esta manera, las indemnizaciones se actualizarán por inflación más un plus del 3%. También habilita a las Pymes el pago en cuotas.
Los salarios podrán abonarse en dinero -en moneda nacional o extranjera- o en especie, mediante provisión de habitación o alimentos. Además, se incorpora el concepto de “salario dinámico”, que podrá ser acordado en convenios colectivos, regionales o por empresa, y contemplarse como una retribución vinculada al mérito personal del trabajador o a su productividad.
Según la norma, el empleador deberá otorgar las vacaciones entre el 1 de octubre y el 30 de abril del año siguiente, aunque las partes podrán acordar tomarlas fuera de ese período. También se prevé que empleador y trabajador puedan convenir el fraccionamiento de las vacaciones con una antelación no menor a 30 días, con períodos mínimos de siete días.
En relación con las horas extras y el banco de horas, el artículo 197 bis incorporado establece que el empleador y trabajadores “podrán acordar voluntariamente un régimen de compensación de horas extraordinarias”, el cual deberá formalizarse por escrito.
El texto señala, además, que “dicho régimen deberá respetar los descansos mínimos legales, asegurando en todo momento la protección, beneficio e interés del trabajador”.
Asimismo, la reforma establece porcentajes mínimos de funcionamiento durante las huelgas según la actividad: los servicios esenciales deberán garantizar una cobertura del 75% y los considerados trascendentales, del 50%. Además, amplía las actividades alcanzadas y dispone que, tras una conciliación obligatoria, los sindicatos presenten con anticipación el plan de la medida de fuerza. También establece que las asambleas de trabajadores deberán contar con autorización previa del empleador.
La nueva legislación aclara que sus disposiciones no alcanzan a empleados de la administración pública nacional o provincial, personal de casas particulares, trabajadores agrarios, prestadores independientes de plataformas tecnológicas ni a contratistas regidos por el Código Civil y Comercial, salvo que una norma específica los incluya.
La Reforma Laboral es ley: senadores misioneros votaron a favor
Nacionales
Paro nacional universitario por 96 horas en reclamo de ley de financiamiento
La Conadu Histórica, convocó a un paro nacional por 96 horas, desde el lunes 16 de marzo hasta el viernes 20, en reclamo de la aplicación de la Ley de Financiamiento Universitario aprobada por el Congreso de la Nación y vetada posteriormente por el presidente Javier Milei.
Sin embargo, los docentes de la Universidad de Buenos Aires (UBA) proponen que el cese de actividades sea “por tiempo indeterminado”, hasta que se aplique la ley y se concrete el pago de un aumento del 51% adeudado por la recomposición salarial.
De todas maneras, la medida será ejecutada conjuntamente el 16, en tanto, el día 20 se concretará una nueva asamblea general para evaluar los pasos a seguir. Mientras tanto, el gobierno nacional presentó un nuevo proyecto de ley, pero el Consejo Interuniversitario Nacional (CIN) ratificó la ley original.
En ese sentido, los universitarios plantean que la nueva maniobra oficialista busca “no acatar la Ley”, ya que “es una modificación que desconoce la deuda y nos da un aumento del 12%, en lugar del 51% adeudado y encima en tres cuotas a pagar hasta octubre de 2026”, expresó Laura Carboni, secretaria general de la Asociación Gremial Docente (AGD) de la UBA en diálogo con Noticias Argentinas.
En ese contexto, planean convocar a una marcha federal antes del tratamiento de la modificación en el Congreso.
LOS DOCENTES DE LAS UUNN VAN AL PARO DURANTE 2 SEMANAS
Anticipo de las resoluciones del Congreso de CONADU Histórica.El Congreso Extraordinario de Conadu Histórica resolvió:
(entre otras definiciones)Por mayoría de los votos de sus Congresales, PARAR LAS UNIVERSIDADES Y SUS… pic.twitter.com/c06Nk3ctFq
— ADUNS (@ADUNS_docentes) March 5, 2026
Milei suspendió ejecución de las leyes Garrahan y financiamiento universitario
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