Nacionales
Entre el 20 y el 23 de diciembre jubilados y pensionados cobrarán bono de $8000
El presidente Alberto Fernández anunció hoy un bono de fin de año de 8 mil pesos que se pagará entre el 20 y el 23 de este mes a todas las personas que perciban la jubilación mínima, y ratificó el compromiso del Gobierno nacional de “ir recuperando poco a poco la capacidad real de compra” del sector pasivo.
“A todos los que cobren la jubilación mínima van a recibir entre el 20 y el 23 de este mes un bono de 8 mil pesos para que pasen una buena Navidad y un buen fin de año”, anunció el mandatario al encabezar este mediodía en el Museo del Bicentenario de Casa Rosada el acto de entrega de la jubilación 50.000 por el Reconocimiento de Aportes de Tareas de Cuidado y la Jubilación Anticipada número 2.000.
Acompañado por la directora ejecutiva de la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses), Fernanda Raverta, el Presidente sostuvo que “tenemos que lograr que las jubilaciones aumenten más que la inflación y poco a poco recuperen la capacidad real de compras”.
“La fórmula que impulsamos nos permite ganarle a la inflación y permite que poco a poco recuperen su ingreso real. Pero no estoy conforme con eso, soy consciente de que sigue siendo poca plata. Tengan la plena seguridad de que seguiremos trabajando para que el ingreso de los jubilados se siga recuperando, sea digno y les permita vivir con tranquilidad”, sostuvo el jefe de Estado.
“Mientras tanto, vamos a ir remediando como podemos”, dijo Fernández, antes de anunciar el bono de fin de año, tras lo cual agregó: “Tenemos el tema de la deuda también. Martín (Guzmán, el ministro de Economía, también presente en el acto) está lidiando todos los días con los acreedores y el Fondo (Monetario Internacional), y a veces se hace difícil tomar todas las decisiones que uno quisiera tomar”.
Previamente, Fernández había dicho que la jubilación anticipada “no es otorgar un privilegio sino un derecho que tienen quienes han trabajado toda una vida y sobre el final perdieron su trabajo”.
“Estamos dando más derechos para vivir en una sociedad mejor. No podemos dejarlos desamparados a su suerte”, afirmó al encabezar este mediodía el acto en el Museo del Bicentenario, del que participaron jubilados, y que se inició con la actuación de la bandas de folklore fusión Yacaré Manso y Los Ñandubai.
Según se informó en un comunicado, el reconocimiento de Aportes por Tareas de Cuidado, que se puso en funcionamiento el 19 de julio de este año a través del Decreto 475/2021, “permitió que miles de mujeres en edad de jubilarse, que son madres y no contaban con los 30 años de aportes necesarios para acceder a una jubilación pudieran sumar años de aportes por cada hijo o hija”.
En tanto, la jubilación anticipada se oficializó en octubre pasado a través del Decreto 674/2021 con el objetivo de que hombres de entre 60 y 64 años y mujeres de entre 55 y 59 años, desocupados al 30 de junio de 2021, con 30 años de aportes registrados, puedan jubilarse en la actualidad.
“De esa manera se les garantiza la cobertura social y el 80 por ciento del haber, hasta que cumplan la edad jubilatoria requerida donde recibirán el 100 por ciento automáticamente”, se destacó en el comunicado.
Nacionales
El gobierno detectó sobreprecios de hasta 4239% en compras de Andis
El gobierno nacional detectó presuntos sobreprecios de hasta 4239% en compras de insumos ortopédicos realizadas por la Agencia Nacional de Discapacidad (Andis) durante 2025, según surge de un informe técnico elaborado por el Ministerio de Salud y remitido a la Justicia.
De acuerdo al documento, las irregularidades fueron detectadas tras comparar facturas emitidas al Estado con valores de referencia del mercado en adquisiciones de andadores, sillas de ruedas y prótesis. El informe señala diferencias que oscilan entre el 300% y el 1000%, aunque en algunos casos superan el 2000% y llegaron hasta el 4239%.
Según publicó La Nación, el caso más extremo corresponde a la compra de un andador, donde se registró una diferencia del 4239% entre el monto facturado al Estado y el valor de referencia de un producto de similares características. En el rubro de sillas de ruedas, los presuntos sobreprecios alcanzaron el 2000%.
El informe sostiene que el análisis de la documentación respaldatoria permitió detectar “desvíos de precios injustificables” y posibles vínculos societarios y familiares entre proveedores involucrados en las contrataciones.
La documentación quedó incorporada a una investigación judicial en trámite vinculada a contrataciones realizadas por la Andis. En paralelo, durante las últimas semanas fueron convocados a declaración empresarios y personas relacionadas con el sector bajo investigación.
La causa que investiga un presunto fraude millonario en la Andis tiene entre sus procesados, a Diego Spagnuolo, máxima autoridad durante parte del período analizado. Consultado por el mismo diario porteño, su abogado, Mauricio D’Alessandro, señaló que el informe no le atribuye al ex director ninguna intervención en la maniobra, ni prueba tampoco conocimiento de la misma.
Nacionales
La Corte declaró inconstitucional el uso estatal de datos personales
La Corte Suprema de Justicia de la Nación resolvió que organismos públicos no pueden utilizar teléfonos o correos electrónicos de ciudadanos sin autorización y anuló artículos de la ley de datos personales al considerar que vulneran la privacidad y la autodeterminación informativa.
El tribunal, con las firmas de Horacio Rosatti, Ricardo Lorenzetti y el conjuez Daniel Bejas, sostuvo que no existe interés legítimo que justifique un sistema de almacenamiento y circulación de datos personales sin conocimiento de sus titulares.
Además, declaró inválidos artículos de la ley 25.326 que habilitaban el intercambio de información entre organismos estatales sin consentimiento, al considerar que esas excepciones resultan excesivas e injustificadas y afectan garantías constitucionales.
En ese sentido, advirtió que la amplitud de la norma permitía al Estado eludir casi siempre la exigencia de autorización, lo que vaciaba de contenido la protección de los datos personales.
El fallo se dictó al hacer lugar a una acción de habeas data presentada por una jubilada contra el Estado Nacional, tras un convenio que permitió a la Anses ceder información a la Secretaría de Comunicación Pública para difundir contenidos oficiales.
El caso se originó cuando la demandante cuestionó el uso de su información para fines distintos a los que motivaron su entrega, al señalar que no deseaba recibir comunicaciones oficiales ni ser objeto de contactos reiterados.
En disidencia, el ministro Carlos Rosenkrantz y la conjueza Beatriz Aranguren propusieron rechazar el recurso del Estado y dejar firme la sentencia previa sin pronunciarse sobre la constitucionalidad de la norma.
Nacionales
La CGT pidió la nulidad del fallo que devolvió vigencia a la reforma laboral
La Confederación General del Trabajo (CGT) pidió la nulidad del fallo que devolvió la vigencia de la reforma laboral del gobierno de Javier Milei y recusó a los camaristas Víctor Arturo Pesino y María Dora González, quienes suspendieron la medida cautelar que en marzo había frenado 83 artículos de la Ley 27.802.
La central obrera elevó una presentación de 25 páginas a la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, argumentando que la resolución “violenta la verdad jurídica” y que la sala actuante no tenía competencia en el caso.
“Hubo una manifiesta parcialidad hacia el Estado nacional”, denunció Cristian Jerónimo, uno de los integrantes del triunvirato que conduce la CGT. “Acabamos de recusar a los jueces por la aberrante suspensión de la cautelar y después la obscenidad que acaban de cometer al otro día, cuando en el Boletín Oficial se publicó la extensión de cinco años más para uno de los jueces”, puntualizó, en referencia a Pesino.
“El beneficio que recibió Pesino generó un manto de duda y de sospechas” que la central obrera “no va a dejar pasar”, advirtió.
El escrito pide la “nulidad absoluta” de la resolución dictada el 23 de abril último, que tuvo un carácter suspensivo de la cautelar y objeta la intervención de la Sala VIII, afirmando que, para respetar las reglas procesales, debió intervenir la Sala I.
“Si la Sala VIII hubiera respetado los pasos procesales para consentir su actuación, esta parte hubiera tenido oportunidad de advertirle que carecía de competencia por la prevención inicial de la Sala I; pero no se nos dio tiempo”, dijo Jerónimo.
El texto, presentado por el abogado Pablo Topet, sostiene que “debe ser la Sala I la que deba resolver la nulidad porque la Sala VIII, que violó las disposiciones procesales, es la que dictó el acto inválido, emitió opinión y prejuzgó y, tal vez lo más relevante, evidenció una manifiesta parcialidad hacia el Estado nacional”.
Sobre Pesino, el escrito señala que su participación en la causa “está viciada por haber recibido un beneficio de importancia por parte del Estado nacional”, tal como es la postergación para jubilarse, y afirma que su “inaceptable intervención (…) constituye no solo una conducta contraria a la ética, también una causa objetiva de apartamiento de acuerdo a las reglas de la ley adjetiva”.
“Los magistrados que suscribieron con rapidez la sentencia interlocutoria que se impugna, deben apartarse de una causa que tomaron ‘para sí’ sin competencia”, argumenta la presentación.
La reforma laboral mileísta se sancionó hace dos meses en el Senado, con los votos de los misioneros Carlos Arce y Sonia Rojas Decut, del Frente Renovador Neo, y Martín Goerling, del PRO Misiones.
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