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El freno judicial al tarifazo de la luz ya impacta en todo el país

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El tarifazo de la luz dispuesto por el Gobierno comienza a recorrer idéntico camino al del gas, suspendido por la Justicia y que hoy comenzará su derrotero rumbo a la Corte Suprema. La jueza en lo contencioso administrativo Federal N° 2 de San Martín, Martina Forns dispuso ayer la suspensión -en todo el país- del aumento de la tarifa eléctrica, mediante una medida cautelar otorgada en el marco de un amparo colectivo. El fallo reviste un carácter inédito porque es el primero que no se restringe a una jurisdicción en particular, sino que ordena a la propia empresa mayorista de luz que abastece al resto de las distribuidoras que no aplique aumento alguno en todo el territorio nacional. La cautelar reiteró el incumplimiento del Ejecutivo en la manda constitucional de una audiencia pública previa, dispuso la suspensión de la facturación con incrementos a las empresas, y obligó a considerar como crédito el pago que eventualmente hayan realizado los usuarios de sus facturas.

En un nuevo amparo presentado por el Centro de Estudios para la Promoción de la Igualdad (Cepis) -que se ha convertido en la pesadilla para el Gobierno por sus éxitos judiciales- logró buena acogida en primera instancia, tras lo dispuesto por Forns. La magistrada dispuso la suspensión de las resoluciones N° 6/2016, 7/2016 del Ministerio de Energía y Minería de la Nación y 1/2016 del ENRE, y ordenó a la Compañía Administradora del Mercado Mayorista Eléctrico (Cammesa) “que se abstenga de aplicar el nuevo cuadro tarifario aprobado por la primera de las resoluciones citadas, respecto de todas las distribuidoras del país hasta tanto se realice la correspondiente audiencia pública”. Anoche, Cammesa confirmó el freno judicial y sostuvo que el precio mayorista regresará de los valores anteriores como dispuso la Justicia.

Crítica por audiencias

Forns volvió a subrayar la necesidad de realizar audiencias públicas previas a incrementar la tarifa, algo que no se cumplió, por lo que se habilitaba la vía de suspensión a través de una cautelar. Como una nota al pie citó votos de los jueces supremos Ricardo Lorenzetti y Eugenio Zaffaroni como parte de la doctrina jurídica que ya había avalado la determinación de precios de servicios públicos a través del cumplimiento de ese proceso. En definitiva, será la Corte quien también dirima el tarifazo de la luz, que se encuentra un par de escalones por detrás del de gas.

La medida de alcance nacional impacta en “todas las distribuidoras del país” y fue adoptado en función de los “exorbitantes y desproporcionados”, aumentos verificados en las boletas de electricidad. Forns arrojó algo de claridad al escenario general -que seguramente será apelado por el Estado- a través de dos aclaraciones a su fallo: todas las empresas están obligadas a refacturar sin aumentos y los usuarios que ya hubieran pagado, deberán contar con ese dinero como crédito “a cuenta” de futuras liquidaciones. Asimismo, en cumplimiento con la legislación, la magistrada solicitó al Ejecutivo un informe en la causa como parte de la resolución de fondo del pleito.

” Grave riesgo”

“De no hacerse lugar a la medida cautelar interina implicaría un grave riesgo para los usuarios del servicio público de energía eléctrica de todo el territorio nacional, en el caso de que no sean abonadas las facturas del servicio de energía eléctrica, por el posible corte del suministro”, alegó la magistrada.

Como una estocada más, Forns agregó una cita al actual procurador del Tesoro, Carlos Balbín (el encargado hoy de canalizar todas las apelaciones del Gobierno en su rol de abogado del Estado) en la que, en 2008, había cuestionado los aumentos tarifarios dispuestos durante el Gobierno kirchnerista. La ironía es que, en ese entonces, las consideró de “carácter intempestivo, desproporcionado e irrazonable, porque cualquier incremento debe ser debidamente fundado y particularmente gradual -es decir, tarifas justas y accesibles”. De todas formas, lo resuelto en la Justicia federal de San Martín no aborda la cuestión de fondo. Algo similar había dispuesto la Cámara Federal de La Plata, que hace casi un mes, suspendió por 90 días la instrumentación de los aumentos en la tarifa de luz en las áreas operadas por las empresas Edenor y Edesur.

La resolución termina por colisionar también con lo resuelto por la Cámara en lo Contencioso Administrativo de La Plata (Justicia bonaerense) que durante la feria resolvió que se le conceda al Gobierno el efecto suspensivo del fallo del juez Luis Arias, con lo que, en teoría, y para las empresas Edelap, Edesa, Edea y Eden (y sus usuarios) las tarifas con aumento volvían a estar vigentes mientras se tramitaba la apelación. Como las firmas también se abastecen de la estatal Cammesa, ahora deberán abstenerse de facturar con el nuevo cuadro tarifario.

“Deberán abstenerse de realizar cortes de suministro por falta de pago”, indicó lo resuelto por Forns, en un tema que ya había suscitado la preocupación de usuarios que estaban recibiendo intimaciones por corte de parte de las empresas, ante la falta de pago. El Gobierno apelará la medida ante la Cámara, en un expediente que amenaza con convertirse en otro dolor de cabeza para el ministro de Energía, Juan José Aranguren.

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El gobierno promulgó la reforma laboral y los cambios rigen desde hoy

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El gobierno promulgó la reforma laboral y los cambios rigen desde hoy

A una semana de la sanción en el Congreso de la Nación, el gobierno promulgó este viernes la Ley de Modernización Laboral y los cambios comienzan a regir a partir de hoy.

El Poder Ejecutivo puso en vigencia la Ley 27.802, a través de la publicación en el Boletín Oficial del Decreto 137/2026, que lleva las firmas del presidente Javier Milei, del jefe de Gabinete Manuel Adorni y de la ministra de Capital Humano Sandra Pettovello.

La norma, compuesta por 25 capítulos, introduce cambios en las relaciones de trabajo, principalmente, en indemnizaciones, salarios, vacaciones, jornada laboral, derechos sindicales y flexibiliza las condiciones de contratación.

Sobre las indemnizaciones, la Ley reduce la base de cálculo y deja de considerar dentro de las mismas vacaciones, aguinaldo, propinas o premios. Quedará un tope salarial como base de remunerativa, que no puede exceder tres veces el salario promedio mensual según el convenio colectivo aplicable a la categoría del trabajador. De esta manera, las indemnizaciones se actualizarán por inflación más un plus del 3%. También habilita a las Pymes el pago en cuotas.

Los salarios podrán abonarse en dinero -en moneda nacional o extranjera- o en especie, mediante provisión de habitación o alimentos. Además, se incorpora el concepto de “salario dinámico”, que podrá ser acordado en convenios colectivos, regionales o por empresa, y contemplarse como una retribución vinculada al mérito personal del trabajador o a su productividad.

Según la norma, el empleador deberá otorgar las vacaciones entre el 1 de octubre y el 30 de abril del año siguiente, aunque las partes podrán acordar tomarlas fuera de ese período. También se prevé que empleador y trabajador puedan convenir el fraccionamiento de las vacaciones con una antelación no menor a 30 días, con períodos mínimos de siete días.

En relación con las horas extras y el banco de horas, el artículo 197 bis incorporado establece que el empleador y trabajadores “podrán acordar voluntariamente un régimen de compensación de horas extraordinarias”, el cual deberá formalizarse por escrito.

El texto señala, además, que “dicho régimen deberá respetar los descansos mínimos legales, asegurando en todo momento la protección, beneficio e interés del trabajador”.

Asimismo, la reforma establece porcentajes mínimos de funcionamiento durante las huelgas según la actividad: los servicios esenciales deberán garantizar una cobertura del 75% y los considerados trascendentales, del 50%. Además, amplía las actividades alcanzadas y dispone que, tras una conciliación obligatoria, los sindicatos presenten con anticipación el plan de la medida de fuerza. También establece que las asambleas de trabajadores deberán contar con autorización previa del empleador.

La nueva legislación aclara que sus disposiciones no alcanzan a empleados de la administración pública nacional o provincial, personal de casas particulares, trabajadores agrarios, prestadores independientes de plataformas tecnológicas ni a contratistas regidos por el Código Civil y Comercial, salvo que una norma específica los incluya.

La Reforma Laboral es ley: senadores misioneros votaron a favor

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Paro nacional universitario por 96 horas en reclamo de ley de financiamiento

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La Conadu Histórica, convocó a un paro nacional por 96 horas, desde el lunes 16 de marzo hasta el viernes 20, en reclamo de la aplicación de la Ley de Financiamiento Universitario aprobada por el Congreso de la Nación y vetada posteriormente por el presidente Javier Milei.

Sin embargo, los docentes de la Universidad de Buenos Aires (UBA) proponen que el cese de actividades sea “por tiempo indeterminado”, hasta que se aplique la ley y se concrete el pago de un aumento del 51% adeudado por la recomposición salarial.

De todas maneras, la medida será ejecutada conjuntamente el 16, en tanto, el día 20 se concretará una nueva asamblea general para evaluar los pasos a seguir. Mientras tanto, el gobierno nacional presentó un nuevo proyecto de ley, pero el Consejo Interuniversitario Nacional (CIN) ratificó la ley original.

En ese sentido, los universitarios plantean que la nueva maniobra oficialista busca “no acatar la Ley”, ya que “es una modificación que desconoce la deuda y nos da un aumento del 12%, en lugar del 51% adeudado y encima en tres cuotas a pagar hasta octubre de 2026”, expresó Laura Carboni, secretaria general de la Asociación Gremial Docente (AGD) de la UBA en diálogo con Noticias Argentinas.

En ese contexto, planean convocar a una marcha federal antes del tratamiento de la modificación en el Congreso.

Milei suspendió ejecución de las leyes Garrahan y financiamiento universitario

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Renunció Cúneo Libarona y lo reemplazará Juan Mahiques como ministro de Justicia

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El fiscal general de la Ciudad de Buenos Aires y titular de la Asociación Internacional de Fiscales, Juan Bautista Mahiques, dará el salto al Poder Ejecutivo tras la salida de Mariano Cúneo Libarona, según anunció el propio presidente Javier Milei.

Esta mañana alrededor de las 10, el mandatario argentino recibió al ministro de Justicia saliente, Mariano Cúneo Libarona, para resolver la conducción de la cartera luego de varios intentos del abogado mediático por renunciar al cargo, lo que finalmente se concretó este mediodía. 

Si bien en la danza de nombres para el reemplazo figuraba el ex intendente de Mar del Plata Guillermo Montenegro y el fiscal federal Carlos Stornelli, el presidente anunció a través de su cuenta de X la designación de Mahiques, quien inmediatamente expresó su agradecimiento por nombrarlo en esa cartera y enfatizó que “sin Justicia no hay futuro posible”.

Por su parte, el nuevo ministro de Justicia, hasta ahora fiscal general de la Ciudad de Buenos Aires, expresó: “Agradezco al Presidente Javier Milei por la confianza para asumir esta responsabilidad. Su liderazgo ha sido claro al marcar el camino: sin justicia no hay futuro posible”. 

Para el flamante funcionario, “ese rumbo exige instituciones que funcionen con arreglo al Estado de Derecho y un sistema jurídico con reglas claras y estables, que reconstruya la confianza pública, brinde seguridad real y un marco previsible para quien cumple la ley”.

Asimismo, agradeció también a la secretaria General de la Presidencia, Karina Milei, “por su apoyo permanente y por la dedicación con la que conduce y fortalece al equipo político del Gobierno”.

El responsable de Justicia también manifestó su “reconocimiento” a la labor de Cúneo Libarona “quien se ocupó de la primera etapa de transformación que debemos consolidar con responsabilidad y firmeza”.  

“La Argentina -recalcó- necesita una Justicia independiente de las disputas políticas, imparcial en sus decisiones, ágil en sus tiempos y moderna en sus herramientas; una institución que proteja a las víctimas, que no confunda garantías con impunidad y que reafirme, sin excepciones, que la ley se cumple para todos por igual”.

Finalmente destacó: “Asumo esta función con la convicción de que sin seguridad jurídica no hay inversión, sin reglas estables no hay desarrollo y sin jueces independientes no hay República”.

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