Nacionales
Deberán indemnizar a playera por obligarla a trabajar en calza
La Corte de la provincia de Mendoza ordenó que una estación de servicio de Guaymallén debe indemnizar por daño moral y pagar la suma de 150 mil pesos a una empleada a la que obligó a usar, a modo de uniforme, una calza de un talle menor al suyo. Los magistrados consideraron que sufrió un contexto de violencia y discriminación en su trabajo por su condición de mujer.
Una estación de servicio de YPF deberá indemnizar a una empleada por obligarla a usar calzas. Así lo determinó la Justicia en Mendoza argumentando “discriminación y daño moral”. Ahora los propietarios de la expendedor de combustibles, deberán pagar la suma de 150 mil pesos a la mujer.
En su fallo, determinron que la denunciante sufrió un contexto de violencia y discriminación en su trabajo por su condición de mujer, y que al ser obligada a usar calzas se afectó su pudor y dignidad. Además, señalaron que: “Se vulneraron las leyes de protección de la mujer y los tratados internacionales referidos a la violencia de género”.
Según la decisión del máximo tribunal, la empresa impuso “un estereotipo patriarcal tendiente a visualizar a la mujer destacando su cuerpo como instrumento”, ya que “la imposición de vestimenta claramente sexista importa una cosificación y degradación del cuerpo”.
“Existió un conflicto entre la actora y su empleadora en torno al uso del uniforme reglamentario de la empresa. El motivo de disputa pasa por el hecho de que a la accionante se la obligaba a usar unas calzas en contra de su sentido del pudor y debía soportar frases inapropiadas de los transeúntes varones”, destacó uno de los jueces.

El lugar de trabajo. Calle Bandera de los Andes al 2700 en Guaymallén
Los hechos ocurrieron en septiembre 2012, cuando F.V. comenzó a trabajar en una estación de servicio de la calle Bandera de los Andes al 2700 en la localidad de Guaymallén, donde era la única mujer que cargaba nafta y GNC, además de limpiar vidrios y promocionar un sistema de puntos y premios.
Como parte del uniforme de trabajo, se le entregó a la mujer una calza, una medida más chica de la que le correspondía, una remera y una gorra. Si bien la mujer solicitó usar pantalón para sentirse cómoda, sus empleadores jamás atendieron sus pedidos.
En 2013 usó pantalónes, pero desde la estación de servicio se la apercibió “por haber sido advertida en reiteradas oportunidades del uso del uniforme completo obligatorio”, situación que se repitió en reiteradas oportunidades. Ese mismo año los empleadores le dieron una calza nueva y al negarse a utilizarla fue suspendida nuevamente por no ir a trabajar con el uniforme reglamentario.
F.V. explicó que el lugar era “transitado por muchos hombres que iban a la feria y habitualmente debía enfrentarse a situaciones en que le dirigían frases de tenor inapropiado relativas a su contextura física”. Asimismo, indicó que la calza dificultaba su trabajo, dado que realizaba distintas transacciones en las que requería bolsillos.
Después de muchas cartas documentos de por medio, en las que la empleada explicaba los motivos por los cuales no estaba dispuesta a utilizar las calzas otorgadas por sus empleadores, la mujer llevó el caso hasta la Corte provincial.
Nacionales
Reglamentan ley de Emergencia en Discapacidad: nuevo régimen de pensiones
El gobierno nacional aprobó la reglamentación de la Ley de Emergencia Nacional en Discapacidad y estableció los procedimientos operativos para un nuevo régimen de pensiones no contributivas destinado a personas con discapacidad, donde se detallan los criterios de acceso y las condiciones de permanencia.
Este miércoles fue publicado en el Boletín Oficial el Decreto 84/2026, con la firma del presidente Javier Milei. La medida responde a una sentencia del Juzgado Federal de Primera Instancia de Campana que ordenó la aplicación inmediata de la Ley 27.793, tras declarar la invalidez de un decreto anterior que había suspendido su ejecución por falta de financiamiento.
La reglamentación define con precisión los criterios de acceso al nuevo régimen de pensiones, las condiciones de permanencia, las incompatibilidades con otros beneficios, los procedimientos administrativos y los mecanismos de control correspondientes.
De acuerdo con los considerandos de la norma, la configuración del sistema deberá articularse con las reglas de compatibilidad de ingresos y con las políticas de inclusión laboral de las personas con discapacidad.
La reglamentación entró en vigencia a partir del día de su dictado, este 3 de febrero de 2026.
Los detalles
El decreto incorpora la Secretaría Nacional de Discapacidad al organigrama del Ministerio de Salud, centralizando la política de discapacidad en esa cartera. Esta decisión responde a una concepción integral del derecho a la salud y a la protección social, que comprende dimensiones sanitarias, sociales, económicas y de acceso a derechos.
La norma instruye a la Secretaría Nacional de Discapacidad a convocar al Consejo Federal de Discapacidad para acordar los criterios de evaluación socioeconómica y presentar un plan de auditorías periódicas dentro de los 30 días. A su vez, faculta a esa secretaría a dictar las normas aclaratorias y complementarias necesarias para la implementación.
El decreto establece la conversión de oficio de las pensiones no contributivas otorgadas con anterioridad a su vigencia en la nueva Pensión No Contributiva por Discapacidad para Protección Social, lo que impone a la autoridad de aplicación la adopción de medidas para identificar, relevar y verificar las condiciones de las prestaciones alcanzadas.
Las medidas adicionales que se acuerden con el Consejo Federal de Discapacidad serán implementadas mediante esquemas de cooperación y cofinanciamiento entre el Estado Nacional y las jurisdicciones provinciales y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, conforme a sus respectivas competencias y disponibilidades presupuestarias.
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Nacionales
Renunció director del Indec a días del nuevo método para medir la inflación
Una semana antes de que se conozca el índice de inflación de enero, calculado con el nuevo IPC del Indec, este lunes se conoció la renuncia del director del organismo estadístico, Marcos Lavagna, el único funcionario nombrado durante el gobierno de Alberto Fernández que sobrevivía en la Era Milei.
Según la prensa porteña, la salida de Lavagna “sorprendió a la Casa Rosada” y se produjo horas después de conocerse el Informe de Política Monetaria del Banco Central, donde se afirma que de haberse aplicado antes la nueva tabla del IPC, los indicadores de inflación hubiesen sido más altos.
El índice de inflación de enero es el primero en medirse con los parámetros del nuevo IPC, que se supone tiene ponderadores más acordes a los consumos actuales de los argentinos, y que estaba listo desde hace meses, pero Lavagna lo demoró para que no interfiriera en el año electoral.
El Informe de Política Monetaria del BCRA sostiene que con el nuevo IPC la inflación de los dos años de Miei hubiese sido más alta, por la suba de los servicios públicos, que recién a partir de ahora tendrán más peso en la canasta del Indec.
“Al lanzar el nuevo IPC en 2026, luego de una importante recomposición de tarifas, el Indec reduce el problema que podría haberse generado en años recientes de sobreponderar el gasto en electricidad y gas; lo que habría sucedido si se aplicaban pesos correspondientes a un año en el que las tarifas se encontraban en niveles récord (2018) a un año en el que estaban en niveles mínimos (por ejemplo, 2023)”, dice el informe del Central.
“Resulta que la corrección tarifaria iniciada en 2024 permitió aproximar parcialmente el ponderador implícito de electricidad, gas y otros en el IPC anterior (4,1%) al nuevo ponderador surgido de la ENGHo 2017/18 (5,3%)”, explica el documento.
Según detalla Clarín, en 2024 los bienes aumentaron un 96,3% y los servicios 189%, mientras que en 2025 los bienes subieron 26,5% y los servicios 43,1%, por lo que, con el nuevo IPC, el dato de inflación hubiese dado bastante más por arriba, un desfasaje que los gremios ubican en 15 puntos.
El propio BCRA dice ahora que “las actualizaciones de las tarifas de los servicios públicos, los mecanismos indexatorios en alquileres y expensas, y la evolución de los salarios tenderán a impactar relativamente más en el nuevo IPC”.
Nacionales
Oficializaron el tratamiento de la baja de la edad de imputabilidad en el Congreso
A través del Decreto 53/2026, el gobierno amplió el temario del Congreso, previsto para el período de sesiones extraordinarias convocadas a partir del 2 de febrero, para tratar el “Régimen Penal Juvenil”, que busca bajar la edad de imputabilidad, hoy fijada en 16 años.
La medida se oficializó horas después del anuncio que dio el presidente Javier Milei, ayer en Mar del Plata, y fue formalizada este martes a través del decreto publicado en el Boletín Oficial, el cual lleva las firmas del mandatario y de su vocero y jefe de Gabinete Manuel Adorni.
El texto normativo es escueto, pero contundente. En su artículo 1°, ordena: “Inclúyese en el temario a tratar por el H. Congreso de la Nación, durante el período de Sesiones Extraordinarias convocadas a partir del 2 de febrero de 2026, la consideración de los proyectos de ley vinculados al Régimen Penal Juvenil”.
De esta manera, la decisión administrativa le da marco legal al anuncio político que Milei realizó horas antes en Mar del Plata, donde ante sus seguidores sentenció: “En Argentina el que las hace las paga; delito de adulto, pena de adulto“.
El proyecto que enviará el Ejecutivo, impulsado por las carteras de Seguridad y Justicia, busca modificar el régimen actual, vigente desde la dictadura militar, bajando el piso de punibilidad, hoy fijada en 16 años, y permitir que los menores que cometan delitos graves puedan ser juzgados y condenados.
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