Nacionales
Cómo inscribirse en el registro de usuarios de cannabis medicinal
Desde que a finales del año pasado el Gobierno nacional firmó el decreto de la nueva reglamentación de la Ley de Cannabis Medicinal, en el país se habilitó el autocultivo, cultivo solidario y el cultivo en red de la planta para fines medicinales, terapéuticos o paliativos del dolor.
Luego, a los meses, el Ministerio de Salud creó la plataforma donde los usuarios deben hacer el tramite correspondiente para cultivar dentro de la actual regulación. Se trata del Registro del Programa de Cannabis (REPROCANN).
Aunque la inscripción sea relativamente sencilla, las autoridades del Ministerio de Salud confirmaron a la revista THC que constantemente reciben solicitudes para reiniciar los perfiles o deben rechazar solicitudes por errores puntuales.
El trámite es totalmente gratuito y no requiere ningún tipo de gestoría paga.
En el actual contexto regulatorio del cannabis, hay cuatro tipo de usuarios que están habilitados para inscribirse en el REPROCANN: pacientes que cultivan para sí mismos (autocultivo); pacientes que no cultivan; cultivadores que realizan la tarea para un paciente (cultivador solidario) y los profesionales de la salud que recetan el cannabis.
La reglamentación también contempla el cultivo en red a cargo de las asociaciones civiles. Sin embargo, dado que el Anexo II del decreto reglamentario establece un límite de cultivo de 9 plantas, aún la plataforma no habilita la inscripción estos actores clave, algo que ocurriría a partir de una modificación en ese criterio.
Los médicos y médicas, quienes deben prescribir el cannabis, también tienen un perfil especial para inscribirse en el REPROCANN. Estos profesionales son claves en el registro porque son el último paso -sin contar la final aprobación del Ministerio de Salud- para concluir el trámite y cultivar cannabis en la legalidad posible.
El REPROCANN es un sistema de registro donde es clave elegir adecuadamente el tipo de perfil: paciente, cultivador solidario o profesional de la salud, además de chequear que todos los datos personal ingresados sean correctos.
El sistema le da a los y las pacientes, sean o no autocultivadores, un código de vinculación. Ese número debe entenderse como una identificación. Es el que las personas usuarias deberán dar al profesional de la salud que receta el cannabis y, en caso de que sea necesario, al cultivador solidario.
El registro lo inicia el o la paciente y lo cierra el profesional de la salud, siempre a partir de ese código de vinculación.
Paso a paso
- Crear un perfil en Mi Argentina: esta es la base de datos que utiliza el Estado para vincular los usuarios. Deben hacerlo pacientes, cultivadores solidarios y profesionales de la salud.
- Ingresar al REPROCANN: una vez ingresado el sitio, hay que clickear sobre la botón “Ingresa a Mi Argentina”.
- Elegir un tipo de perfil: en este paso es clave elegir la opción correcta. Hay, de momento, cuatro posibilidades: A. Pacientes que no cultivan y que sí cultivan; B. Cultivadores solidarios; C. Profesionales de la salud; D. ONG.
- Soy usuario/a medicinal y cultivo mi propio cannabis: este perfil es el que deben elegir las personas que autocultivan. Se debe ingresar como persona en tratamiento, no como cultivador. En caso que haya errores, se deben corregir en la aplicación Mi Argentina antes de avanzar.
Hasta acá, el trámite para el paciente-cultivador concluyó. Solo debe enviar el código de verificación a su médico/a, quien lo cargará en su lista de pacientes con la correspondiente documentación que acredita la patología y la prescripción del cannabis. Por último, el Ministerio de Salud aprobará o rechazará el permiso.
Nacionales
Inflación de febrero fue de 2,9%: los mayores aumentos fueron en agua y luz
El Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (Indec) informó esta tarde que la inflación de febrero igualó el registro del mes pasado con 2,9% y los precios acumulan un aumento de 5,9% en lo que va del año.
Según el organismo, la división con mayor incremento en febrero fue la de Vivienda, agua, electricidad, gas y otros combustibles con 6,8%; seguido por Alimentos y bebidas no alcohólicas con 3,3%, al igual que Bienes y servicios varios.
En contrapartida, no se registró modificaciones en la sección que contempla Prendas de vestir y Calzados, mientras que Bebidas alcohólicas experimentó aumentos de apenas 0,6%.
En cuanto al análisis de los aumentos por región, el índice nacional se ubicó por encima de lo registrado en Gran Buenos Aires (2,6%) y por debajo del Noereste (3,1%).
#DatoINDEC
Los precios al consumidor (#IPC) aumentaron 2,9% en febrero de 2026 con respecto a enero y 33,1% interanual https://t.co/bFx8TZTULF pic.twitter.com/ChEvJSQ4mY— INDEC Argentina (@INDECArgentina) March 12, 2026
Inflación de enero fue de 2,9% y la suba de alimentos fue del 4,7% en el mes
Nacionales
El gobierno promulgó la reforma laboral y los cambios rigen desde hoy
A una semana de la sanción en el Congreso de la Nación, el gobierno promulgó este viernes la Ley de Modernización Laboral y los cambios comienzan a regir a partir de hoy.
El Poder Ejecutivo puso en vigencia la Ley 27.802, a través de la publicación en el Boletín Oficial del Decreto 137/2026, que lleva las firmas del presidente Javier Milei, del jefe de Gabinete Manuel Adorni y de la ministra de Capital Humano Sandra Pettovello.
La norma, compuesta por 25 capítulos, introduce cambios en las relaciones de trabajo, principalmente, en indemnizaciones, salarios, vacaciones, jornada laboral, derechos sindicales y flexibiliza las condiciones de contratación.
Sobre las indemnizaciones, la Ley reduce la base de cálculo y deja de considerar dentro de las mismas vacaciones, aguinaldo, propinas o premios. Quedará un tope salarial como base de remunerativa, que no puede exceder tres veces el salario promedio mensual según el convenio colectivo aplicable a la categoría del trabajador. De esta manera, las indemnizaciones se actualizarán por inflación más un plus del 3%. También habilita a las Pymes el pago en cuotas.
Los salarios podrán abonarse en dinero -en moneda nacional o extranjera- o en especie, mediante provisión de habitación o alimentos. Además, se incorpora el concepto de “salario dinámico”, que podrá ser acordado en convenios colectivos, regionales o por empresa, y contemplarse como una retribución vinculada al mérito personal del trabajador o a su productividad.
Según la norma, el empleador deberá otorgar las vacaciones entre el 1 de octubre y el 30 de abril del año siguiente, aunque las partes podrán acordar tomarlas fuera de ese período. También se prevé que empleador y trabajador puedan convenir el fraccionamiento de las vacaciones con una antelación no menor a 30 días, con períodos mínimos de siete días.
En relación con las horas extras y el banco de horas, el artículo 197 bis incorporado establece que el empleador y trabajadores “podrán acordar voluntariamente un régimen de compensación de horas extraordinarias”, el cual deberá formalizarse por escrito.
El texto señala, además, que “dicho régimen deberá respetar los descansos mínimos legales, asegurando en todo momento la protección, beneficio e interés del trabajador”.
Asimismo, la reforma establece porcentajes mínimos de funcionamiento durante las huelgas según la actividad: los servicios esenciales deberán garantizar una cobertura del 75% y los considerados trascendentales, del 50%. Además, amplía las actividades alcanzadas y dispone que, tras una conciliación obligatoria, los sindicatos presenten con anticipación el plan de la medida de fuerza. También establece que las asambleas de trabajadores deberán contar con autorización previa del empleador.
La nueva legislación aclara que sus disposiciones no alcanzan a empleados de la administración pública nacional o provincial, personal de casas particulares, trabajadores agrarios, prestadores independientes de plataformas tecnológicas ni a contratistas regidos por el Código Civil y Comercial, salvo que una norma específica los incluya.
La Reforma Laboral es ley: senadores misioneros votaron a favor
Nacionales
Paro nacional universitario por 96 horas en reclamo de ley de financiamiento
La Conadu Histórica, convocó a un paro nacional por 96 horas, desde el lunes 16 de marzo hasta el viernes 20, en reclamo de la aplicación de la Ley de Financiamiento Universitario aprobada por el Congreso de la Nación y vetada posteriormente por el presidente Javier Milei.
Sin embargo, los docentes de la Universidad de Buenos Aires (UBA) proponen que el cese de actividades sea “por tiempo indeterminado”, hasta que se aplique la ley y se concrete el pago de un aumento del 51% adeudado por la recomposición salarial.
De todas maneras, la medida será ejecutada conjuntamente el 16, en tanto, el día 20 se concretará una nueva asamblea general para evaluar los pasos a seguir. Mientras tanto, el gobierno nacional presentó un nuevo proyecto de ley, pero el Consejo Interuniversitario Nacional (CIN) ratificó la ley original.
En ese sentido, los universitarios plantean que la nueva maniobra oficialista busca “no acatar la Ley”, ya que “es una modificación que desconoce la deuda y nos da un aumento del 12%, en lugar del 51% adeudado y encima en tres cuotas a pagar hasta octubre de 2026”, expresó Laura Carboni, secretaria general de la Asociación Gremial Docente (AGD) de la UBA en diálogo con Noticias Argentinas.
En ese contexto, planean convocar a una marcha federal antes del tratamiento de la modificación en el Congreso.
LOS DOCENTES DE LAS UUNN VAN AL PARO DURANTE 2 SEMANAS
Anticipo de las resoluciones del Congreso de CONADU Histórica.El Congreso Extraordinario de Conadu Histórica resolvió:
(entre otras definiciones)Por mayoría de los votos de sus Congresales, PARAR LAS UNIVERSIDADES Y SUS… pic.twitter.com/c06Nk3ctFq
— ADUNS (@ADUNS_docentes) March 5, 2026
Milei suspendió ejecución de las leyes Garrahan y financiamiento universitario
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