Nacionales
Bancarios mañana cobrarán un bono de 100.000 pesos en su día
Los empleados de los bancos celebrarán su día mañana con el cobro de un bono que en promedio llegará a los 100.000 pesos. Esta suma fue acordada en la última paritaria firmada entre la Asociación Bancaria y las cámaras que nuclean a las entidades del sector financiero.
El dinero de percibirá como parte del acuerdo paritario aseguró el sindicato. Además las fuentes sindicales recordaron que esta paritaria debe revisarse en el mes de diciembre. Aunque el bono a cobrarse cambia según las distintas categorías, se ubica en torno a los 100.000 pesos, indicaron las fuentes.
En un comunicado, el secretario de Administración Nacional de la Asociación Bancaria, Carlos Cisneros, confirmó el pago de este beneficio al indicar que “a partir de mañana, las trabajadoras y trabajadores bancarios recibirán su gratificación por el día del trabajador bancario, en los términos acordados en la paritaria correspondiente al año en curso”.
“Que la gratificación por el día del trabajador bancario esté incluida en nuestra paritaria es un logro de la conducción de la Asociación Bancaria y de todos aquellos bancarios que lucharon por esta reivindicación”, destacó el también diputado nacional.
El Día del Bancario celebra la fundación del gremio de los trabajadores de entidades financieras; en particular, este 6 de noviembre se cumple el 97 aniversario de la fundación de la Asociación Bancaria (La Bancaria), el gremio que representa a los trabajadores de las entidades de todo el país.
Cabe recordar que en junio la Asociación Bancaria se alineó con el nuevo tope salarial que impulsa Cristina Kirchner: acordó esta noche un aumento del 45,1% anual, más un bono por el Día del Bancario que oscila entre 100.000 y 170.000 pesos por empleado, en el contexto de la revisión de las paritarias firmadas en febrero, con lo cual el sindicato se convirtió en uno de los que consiguió el mayor porcentaje de las negociaciones de 2021 que se reabrieron por el alza de la inflación.
El acuerdo consiste en un 43% de aumento, más el reconocimiento del 2,1% adeudado del convenio del año pasado, con lo cual cual el porcentaje alcanza el 45,1%, más el bono. Ese 2,1% ya lo habían empezado a cobrar los bancarios con el acuerdo alcanzado en febrero pasado, que fue del 29%, y una cláusula que preveía revisiones en septiembre y noviembre. Con el aumento de la inflación durante el primer semestre, sin embargo, el sindicato reclamó la reapertura de las paritarias para compensar un costo de vida “que va a ser de más del 40%”, como advirtió Palazzo en declaraciones periodísticas.
De hecho, las consultoras estiman que la suba de los precios llegará al 50%, frente al 45% recientemente estimado por el Ministerio de Economía.
Al respecto, el nuevo secretario de Comercio Interior, Roberto Feletti, intenta frenar con los acuerdos de precios la dinámica de la inflación, aunque ya admitió que la suba de los precios de octubre no será menor al 3%, luego del 3,5% registrado en septiembre, explicó Télam.
El Gobierno parece haber abandonado la estrategia de reducir el déficit fiscal y tener una política monetaria proactiva para combatir la suba de los precios, como la mayoría de los países que lograron vencer la inflación.
Nacionales
El gobierno detectó sobreprecios de hasta 4239% en compras de Andis
El gobierno nacional detectó presuntos sobreprecios de hasta 4239% en compras de insumos ortopédicos realizadas por la Agencia Nacional de Discapacidad (Andis) durante 2025, según surge de un informe técnico elaborado por el Ministerio de Salud y remitido a la Justicia.
De acuerdo al documento, las irregularidades fueron detectadas tras comparar facturas emitidas al Estado con valores de referencia del mercado en adquisiciones de andadores, sillas de ruedas y prótesis. El informe señala diferencias que oscilan entre el 300% y el 1000%, aunque en algunos casos superan el 2000% y llegaron hasta el 4239%.
Según publicó La Nación, el caso más extremo corresponde a la compra de un andador, donde se registró una diferencia del 4239% entre el monto facturado al Estado y el valor de referencia de un producto de similares características. En el rubro de sillas de ruedas, los presuntos sobreprecios alcanzaron el 2000%.
El informe sostiene que el análisis de la documentación respaldatoria permitió detectar “desvíos de precios injustificables” y posibles vínculos societarios y familiares entre proveedores involucrados en las contrataciones.
La documentación quedó incorporada a una investigación judicial en trámite vinculada a contrataciones realizadas por la Andis. En paralelo, durante las últimas semanas fueron convocados a declaración empresarios y personas relacionadas con el sector bajo investigación.
La causa que investiga un presunto fraude millonario en la Andis tiene entre sus procesados, a Diego Spagnuolo, máxima autoridad durante parte del período analizado. Consultado por el mismo diario porteño, su abogado, Mauricio D’Alessandro, señaló que el informe no le atribuye al ex director ninguna intervención en la maniobra, ni prueba tampoco conocimiento de la misma.
Nacionales
La Corte declaró inconstitucional el uso estatal de datos personales
La Corte Suprema de Justicia de la Nación resolvió que organismos públicos no pueden utilizar teléfonos o correos electrónicos de ciudadanos sin autorización y anuló artículos de la ley de datos personales al considerar que vulneran la privacidad y la autodeterminación informativa.
El tribunal, con las firmas de Horacio Rosatti, Ricardo Lorenzetti y el conjuez Daniel Bejas, sostuvo que no existe interés legítimo que justifique un sistema de almacenamiento y circulación de datos personales sin conocimiento de sus titulares.
Además, declaró inválidos artículos de la ley 25.326 que habilitaban el intercambio de información entre organismos estatales sin consentimiento, al considerar que esas excepciones resultan excesivas e injustificadas y afectan garantías constitucionales.
En ese sentido, advirtió que la amplitud de la norma permitía al Estado eludir casi siempre la exigencia de autorización, lo que vaciaba de contenido la protección de los datos personales.
El fallo se dictó al hacer lugar a una acción de habeas data presentada por una jubilada contra el Estado Nacional, tras un convenio que permitió a la Anses ceder información a la Secretaría de Comunicación Pública para difundir contenidos oficiales.
El caso se originó cuando la demandante cuestionó el uso de su información para fines distintos a los que motivaron su entrega, al señalar que no deseaba recibir comunicaciones oficiales ni ser objeto de contactos reiterados.
En disidencia, el ministro Carlos Rosenkrantz y la conjueza Beatriz Aranguren propusieron rechazar el recurso del Estado y dejar firme la sentencia previa sin pronunciarse sobre la constitucionalidad de la norma.
Nacionales
La CGT pidió la nulidad del fallo que devolvió vigencia a la reforma laboral
La Confederación General del Trabajo (CGT) pidió la nulidad del fallo que devolvió la vigencia de la reforma laboral del gobierno de Javier Milei y recusó a los camaristas Víctor Arturo Pesino y María Dora González, quienes suspendieron la medida cautelar que en marzo había frenado 83 artículos de la Ley 27.802.
La central obrera elevó una presentación de 25 páginas a la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, argumentando que la resolución “violenta la verdad jurídica” y que la sala actuante no tenía competencia en el caso.
“Hubo una manifiesta parcialidad hacia el Estado nacional”, denunció Cristian Jerónimo, uno de los integrantes del triunvirato que conduce la CGT. “Acabamos de recusar a los jueces por la aberrante suspensión de la cautelar y después la obscenidad que acaban de cometer al otro día, cuando en el Boletín Oficial se publicó la extensión de cinco años más para uno de los jueces”, puntualizó, en referencia a Pesino.
“El beneficio que recibió Pesino generó un manto de duda y de sospechas” que la central obrera “no va a dejar pasar”, advirtió.
El escrito pide la “nulidad absoluta” de la resolución dictada el 23 de abril último, que tuvo un carácter suspensivo de la cautelar y objeta la intervención de la Sala VIII, afirmando que, para respetar las reglas procesales, debió intervenir la Sala I.
“Si la Sala VIII hubiera respetado los pasos procesales para consentir su actuación, esta parte hubiera tenido oportunidad de advertirle que carecía de competencia por la prevención inicial de la Sala I; pero no se nos dio tiempo”, dijo Jerónimo.
El texto, presentado por el abogado Pablo Topet, sostiene que “debe ser la Sala I la que deba resolver la nulidad porque la Sala VIII, que violó las disposiciones procesales, es la que dictó el acto inválido, emitió opinión y prejuzgó y, tal vez lo más relevante, evidenció una manifiesta parcialidad hacia el Estado nacional”.
Sobre Pesino, el escrito señala que su participación en la causa “está viciada por haber recibido un beneficio de importancia por parte del Estado nacional”, tal como es la postergación para jubilarse, y afirma que su “inaceptable intervención (…) constituye no solo una conducta contraria a la ética, también una causa objetiva de apartamiento de acuerdo a las reglas de la ley adjetiva”.
“Los magistrados que suscribieron con rapidez la sentencia interlocutoria que se impugna, deben apartarse de una causa que tomaron ‘para sí’ sin competencia”, argumenta la presentación.
La reforma laboral mileísta se sancionó hace dos meses en el Senado, con los votos de los misioneros Carlos Arce y Sonia Rojas Decut, del Frente Renovador Neo, y Martín Goerling, del PRO Misiones.
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