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Elevaron a juicio la causa por el femicidio de Diniz Rabela en una aldea mbya

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Diniz Rabela

El Juzgado de Instrucción Tres de San Vicente dispuso la elevación a juicio de la causa por el femicidio de María Solange Diniz Rabela (22), la joven asesinada e incinerada dentro de la comunidad mbya guaraní Tarumá Poty de San Vicente, en abril de 2020. El cacique Marcelo Núñez (38) enfrentará a una acusación que podría significarle una pena de prisión perpetua.

La resolución del magistrado Gerardo Casco fue firmada el 20 de octubre, tras el requerimiento formulado por el fiscal Rodolfo Cáceres y el expediente fue remitido al Tribunal Penal Uno de Oberá, cuyas autoridades ahora deberán programar una fecha para la realización del debate oral que esclarecerá el hecho y determinará la responsabilidad penal del único acusado.

De acuerdo a lo consignado por fuentes consultadas por La Voz de Misiones, la resolución establece que el cacique Núñez, también conocido como Claudio, deberá ser juzgado como presunto autor del delito de “homicidio agravado por femicidio”, figura que prevé una pena de prisión perpetua en caso de ser hallado culpable.

Entre los elementos de prueba tenidos en cuenta contra el imputado se registran declaraciones testimoniales que mencionaron antecedentes de violencia de género en la pareja y otras que desestimaron por completo la coartada expuesta por el cacique al señalar que decidió cremar los restos de Diniz Rabela como protocolo de la comunidad ante fallecimientos por enfermedad, en ese caso, por supuesto covid.

Horror en la aldea

El femicidio de Diniz Rabela se descubrió entre la tarde del 16 y la madrugada del 17 de abril, dentro de la comunidad mbya guaraní Tarumá Poty, ubicada a unos 30 kilómetros del casco urbano de la localidad de San Vicente.

La joven, que no era originaria y era madre de dos niños producto de una relación anterior, estaba en pareja con el cacique Claudio y hace unos siete meses había decidido mudarse a la comunidad, donde residían otros 20 miembros.

Hasta allí llegó la Policía luego de varios pedidos de ayuda por parte de los familiares de la víctima, quienes sabían que la muchacha se encontraba sin vida desde el domingo de Pascuas (12 de abril), pero desconocían en qué circunstancias se produjo el deceso, al tiempo que desconfiaban del cacique por recientes antecedentes de maltrato hacia Diniz Rabela.

A partir de ese momento se inició una investigación que terminó develando una sombría trama detrás de la muerte de la joven.

El cacique Claudio quedó inmediatamente bajo la lupa y ante las preguntas de los investigadores trazó una curiosa coartada utilizando la pandemia como pretexto. Es que el aseguró que la muchacha falleció por Covid y que por recomendación de los médicos que visitaban la comunidad decidió cremar y sepultar el cuerpo.

“Ella tuvo fiebre y tos, como se escucha en la radio. Hicieron una acusación sobre mí, pero yo jamás le haría mal a la gente de mi aldea. Murió de enfermedad”, se oyó decir al cacique en un audio enviado durante esos días de incertidumbre a un funcionario municipal dedicado a atender cuestiones mbya en la zona, al tiempo que sobre la incineración del cuerpo agregó: “Eso yo hice por orden del médico, él me dijo que habló con el jefe de la Policía y no se podía trasladar el cuerpo a ningún lado”.

Esa misma teoría el cacique Claudio la expandió dentro de la comunidad, aunque varios habitantes del lugar luego declararon y pusieron en jaque la versión del acusado al desmentir que la cremación de los cuerpos sea un procedimiento habitual en sus creencias.

Los médicos y visitantes habituales de la aldea también declararon posteriormente en la causa judicial y negaron haberle dado esas macabras instrucciones al cacique involucrado.

La investigación reconstruyó, en tanto, que el femicidio fue cometido ese domingo 12 de abril. Ese día el cacique incineró a su pareja y sepultó sus restos a unos 200 metros de la zona de viviendas.

Con esa información, los pesquisas recorrieron la comunidad, encontraron rastros de tierra removida y dieron con los restos óseos correspondientes a Diniz Rabela.

Los restos de la joven fueron sepultados a unos 200 metros de las viviendas de la comunidad.

Según describieron las fuentes en ese momento, el cuerpo estaba totalmente carbonizado, a excepción de una mano que aún presentaba vestigios de piel y otras extremidades superiores que al no ser consumidas por el fuego fueron sepultadas por el cacique.

Debido a la acción del fuego sobre el cadáver, la autopsia no pudo establecer la causal de muerte de la víctima, aunque todos los elementos recogidos hacen presumir que la joven padeció una muerte violenta previo a la incineración de sus restos.

Además, en la vivienda del cacique involucrado los pesquisas encontraron un serrucho y dos mantas con manchas de sangre.

Ante este panorama, Núñez quedó detenido y tiempo después fue procesado con la prisión preventiva.

Ahora, en las últimas semanas, el juzgado intervinientes dispuso la elevación a juicio del expediente y el cacique deberá enfrentar una dura acusación que puede significarle 35 años de prisión efectiva. El hombre permanece privado de su libertad en una celda de la Unidad Penal VII de Puerto Rico.

El cacique Marcelo Núñez está detenido en la Unidad Penal VII de Puerto Rico.

 

FOTO: El Territorio

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Entrega de bebés en Concepción de la Sierra: maniobra, artilugios y condena

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Concepción de la Sierra bebés

Dos causas judiciales que a fines del año pasado se tradujeron en sentencias después de un extenso proceso de investigación bajo la órbita de la Justicia Federal develan los métodos, los actores y los artilugios utilizados para la entrega de niños recién nacidos en la zona sur de Misiones.

Los casos ocurrieron entre 2021 y 2022 con Concepción de la Sierra como punto neurálgico de la operación orquestada entre intermediarios, madres jóvenes en situaciones de vulnerabilidad y parejas dispuestas a saltearse el proceso de adopción legal.

En los expedientes no se alcanzaron a comprobar transacciones financieras como hablar de “venta de bebés”, pero sí constan acuerdos de mantenimiento y cobertura económica para alimentación, traslados y cuidados médicos para las madres durante el embarazo.

El ardid evidenciado pareciera sencillo y requiere de un intermediario que conecte las partes interesadas, una madre dispuesta a entregar a su niño y una pareja en busca de un menor.

Pero todo esto es completamente ilegal porque vulnera los derechos del niño y los adultos involucrados incurren en delitos penados por ley. 

Caso 1

El primer hecho comenzó a investigarse en diciembre de 2021. Involucró a Lourdes Edith Giménez, funcionaria en ese momento del Registro de las Personas de Concepción de la Sierra; a su esposo Pablo Fernando Lemes, secretario de Acción Social del municipio entre 2021 y 2023; y a A. A. S., una joven del pueblo cuya identidad completa se preserva para resguardar los derechos de su beba.

El nacimiento de la niña se produjo en junio de 2022 y Lemes fue anotado como su padre biológico, aunque más tarde el examen de ADN diría lo contrario y sería determinante para el avance de la causa que se tramitó ante el Juzgado Federal de Posadas, a cargo de la magistrada Verónica Skanata.

Cuando la maniobra quedó al descubierta, todos los implicados fueron citados a declarar. Ante la Justicia señalaron que A. A. S. trabajó como empleada doméstica de ellos y durante esa tiempo mantuvo encuentros íntimos a escondidas con Lemes, tras lo cual quedó embarazada y el hombre aceptó hacerse cargo de la niña.

“Creo que fue un error mío no haberme hecho un ADN antes de anotar a (…), confié en su mamá que yo era el padre”, se defendió Lemes en la etapa investigativa, aunque para la Justicia su versión no tuvo asidero y el expediente continuó su proceso hasta que finalmente admitió su culpabilidad en un acuerdo de juicio abreviado.

Tanto la madre de la niña como Lemes tienen un dictamen firmado el 9 de octubre de 2025, en el que aceptan ser condenados a 3 años de prisión en suspenso como autores de “alteración del Estado civil y de la Identidad de un menor de diez años y Falsedad ideológica de un instrumento público”, ambos en concurso ideal. Giménez, en tanto, fue sobreseída en instancia previa.

En paralelo al accionar penal, en lo referido a la protección de la niña involucrada intervino el Juzgado Multifuero de Apóstoles, cuyas autoridades que finalmente dispusieron que la beba continúe a cargo de su madre, que después del proceso solicitó la tenencia de su hija.

Caso 2

El segundo caso tiene características similares, aunque involucra a una pareja bonaerense, quienes alcanzaron a llevarse a la niña y convivir con ella durante un tiempo hasta que el mismo juzgado multifuero activó un operativo de rescate.

Los actores en este hecho son el utilero de escenografía Luis Gabriel Ibáñez, su esposa Lorena Soledad Márquez y Y. A. F., madre de la beba que fue entregada a los bonaerenses.

La denuncia del caso fue realizada el 18 de marzo de 2022, cuando la Directora de Niñez e Infancia de Concepción de la Sierra alertó que una beba de 4 meses había sido inscripta como hija de un hombre que en realidad no era su padre, lo cual más tarde fue confirmado mediante un cotejo genético. 

Cuando el Juzgado Federal liderado por Skanata tomó cartas en el asunto descubrió que la niña había nacido a fines de 2021 en el hospital Madariaga, que su acta de nacimiento con datos falseados se había firmado en Apóstoles y que en marzo de 2022 la pareja foránea vino a la tierra colorada para llevársela.

Fue allí que se disparó un operativo de rescate que se concretó el 3 de junio, tras lo cual la niña quedó bajo la guarda de una familia preadoptiva que luego completó los trámites y en poco tiempo se transformaron en sus adoptantes legales.

En paralelo se instruyó la causa penal por la maniobra irregular, donde los involucrados esbozaron el mismo relato que en el hecho anterior.

La pareja contó que la Y. A. F. trabajó como empleada doméstica en su casa de Buenos Aires, donde Ibáñez tuvo una relación extramatrimonial con ella y allí se produjo el embarazo del que luego decidieron “hacerse cargo” porque tenían mejores “condiciones de vida”.

La diferencia es que en el medio hubo un paso más. Cuando Ibáñez anotó la hija como suya, también pretendió hacer una autorización de viaje para llevar a la niña hasta Buenos Aires sin tener problemas con controles de ruta, pero como el trámite se iba a demorar más de lo esperado decidieron que la madre de la beba también viaje con ellos para asegurar la partida.

En el medio también se develó que Lorena Márquez era prima de una ex pareja de la madre de la beba, ante lo cual ella fue considerada como la “intermediaria” que posibilitó la concreción de la maniobra.

Los tres involucrados también terminaron admitiendo sus responsabilidades en el caso y resolvieron sus situaciones penales mediante la firma de un acuerdo de juicio abreviado.

Para todos se dispuso la misma pena, 3 años de prisión en suspenso, aunque Márquez fue considerada autora de “promoción e intermediación en la alteración del estado civil y de la identidad de un menor de diez años y participe necesaria de la Falsedad ideológica de un instrumento público”, ambos en concurso ideal, mientras que Ibáñez y Y. A. F. como autores de “alteración del Estado civil y de la Identidad de un menor de diez años y Falsedad ideológica de un instrumento público”, ambos en concurso ideal.

Este acuerdo ya fue homologado por el Tribunal Federal de Posadas (TOF) y transformado en sentencia el pasado 31 de octubre de 2025. El fallo también dispone que los condenados deben someterse a un régimen de conducta a cumplir estrictamente para mantener el beneficio de cumplir la pena en suspenso, es decir, sin ir a prisión.

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Imputaron por homicidio al médico que apuñaló a un gitano en Oberá

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médico homicidio gitano

La Justicia imputó por “homicidio” al médico Ernesto Omar Ramp (55), ex director del hospital de Aristóbulo del Valle, detenido desde el 26 de diciembre por apuñalar durante una pelea a un gitano cuyo fallecimiento se produjo cinco días después.

El profesional de la salud fue trasladado hoy hacia el Juzgado de Instrucción Dos de Oberá, a cargo del magistrado Horacio Alarcón, donde fue notificado del agravamiento de la acusación en su contra y posteriormente volvió a ser trasladado a una celda de la comisaría Segunda, donde permanece privado de su libertad.

Con el cambio de carátula, la situación de Ramp se ve más que comprometida, dado que la imputación por homicidio prevé penas de entre 8 y 25 años de prisión en caso de ser declarado culpable en un futuro debate oral.

Pelea y muerte

El hecho de violencia se registró el pasado 26 de diciembre, sobre calle Apóstoles Norte al 158, en Oberá, donde Ramp llegó para reclamar una deuda y mantuvo una discusión con Marco y dos de sus hijos, conflicto que acabó con la víctima trasladado de urgencia al hospital Samic, desde donde fue derivado a Posadas debido a su complejo cuadro de salud.

Según detallaron las fuentes, la herida le ocasionó a Marco perforación de pulmón y a pesar de los esfuerzos médicos perdió la vida en la mañana del 31 de diciembre, mientras seguía hospitalizado en Posadas.

Tras el hecho, en redes sociales se registraron múltiples comentarios a favor de Ramp, donde además aseguran que la versión del detenido apunta que él fue atacado en primera instancia y las agresiones se dieron en un acto de defensa.

En paralelo, allegados al médico también iniciaron una junta de firmas para solicitar la liberación del médico que en 2023 fue candidato a intendente de Aristóbulo del Valle.

Murió el gitano apuñalado durante una discusión con el médico Ernesto Ramp

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Grooming en Garupá: el padre de una las niñas se constituyó como querellante

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grooming querellante

El padre de una de las niñas que escapó del hogar Papa Francisco de Garupá y terminó cautiva en una fábrica abandonada se constituyó como querellante particular en la causa que investiga por grooming y otros delitos a cuatro sospechosos, entre ellos un efectivo de la Policía misionera.

El requerimiento formal fue presentado ante el Juzgado de Instrucción Uno de Posadas y la solicitud fue aceptada por el magistrado Fernando Verón, en carácter subrogante legal de dicha dependencia judicial.

De esta manera, el padre de una de las víctimas, a través del abogado Roberto Oscar Oudin como querellante, podrá ser parte activa del proceso, participando de las audiencias, ofreciendo pruebas, solicitando medidas y emitiendo opinión en planteos defensivos y/o resoluciones del magistrado interviniente.

La causa continúa en trámite y tiene cuatro sospechosos imputados por “grooming”, aunque hasta el momento no se dictó prisión preventiva para ninguno. Ellos son Pedro G. (37), Eugenio A. (63), Samuel N. (63) y el policía Cristian Rolando M.(38).

Inicialmente hubo otros detenidos, el gomero Matías C. (19) y otro policía identificado como Mario Enrique M. (48), aunque ambos fueron excarcelados y aunque continúan supeditados a la causa sus respectivas defensas avanzan en los pedidos de sobreseimiento.

La hipótesis del caso es que una de las niñas del hogar Papa Francisco fue contactada por Instagram por un adulto que se hizo pasar por menor de edad y la convenció de escaparse para ir a dormir a otro lugar.

La invitación se extendió hacia otra menor, quienes finalmente lograron fugarse del hogar a pesar de la custodia y de esa forma cayeron en la trampa que, se presume, tenía fines de abuso y explotación sexual en el predio abandonado y sórdido descubierto ese 14 de octubre pasado.

Las pistas condujeron la pesquisa hacia el predio de la ex firma Envasadora Misionera en Ñu Porá, arrestaron a tres de los sospechosos y también encontraron a la niña que estaba desaparecida.

La menor estaba semidormida -se investiga si era producto de algún somnífero o estupefaciente- sobre una cama, tapada con una manta y en compañía de uno de los implicados, describieron las fuentes consultadas en su momento.

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