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Andresito: changarín denunció a policías de torturarlo por ir de compras

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Denunciaron ante la Comisaría de Comandante Andresito y la Comisión Provincial de Prevención de la Tortura y pusieron al tanto de lo sucedido al ministro de Gobierno, Marcelo Pérez y al ministro Coordinador de Gabinete, Víctor Kreimer.

 

ANDRESITO. El sábado, Gustavo Quevedo (19), quien se dedica a realizar changas y vive en Colonia Itatí de Comandante Andresito, en el marco de la cuarentena obligada por el COVID-19, regresaba en moto a su chacra acompañado por un amigo, Daniel Antúnez, después de comprar carne para su familia, de un negocio cercano. Fueron detenidos por un grupo de integrantes de la División Infantería de Zona Norte, montados en cuatro motos de alta cilindrada.

Según relató, le pidieron que bajen y después de maltratarlos y hostigarlos para que hagan flexiones, dejaron ir a Antúnez, mientras que a Quevedo le hicieron varias preguntas y ante sus repuestas, lo trataban de mentiroso burlándose del trabajador.

Siempre según su testimonio, fue obligado a trasladar su moto hasta el Paraje Deseado, dentro de la localidad de Andresito, mientras le pegaban latigazos, amenazándolo con que si intentaba escapar le iban a disparar con el arma reglamentaria.

El joven sostuvo que al llegar al destacamento policial de Deseado, volvieron a golpearlo, le sustrajeron su moto sin labrar ningún acta y le ordenaron que regrese “calladito” caminando -a pesar de estar muy lastimado- hasta su casa de la Colonia Itatí, distante a más de 13 kilómetros de Deseado.

“Me pegaban ‘guayazos’ en la espalda”

“Yo volvía de comprar carne con un amigo, en la motito que uso para trabajar en la chacra, cuando me pararon los policías de Infantería. Les expliqué que no estábamos de paseo, sino que salimos a hacer las compras, tenía la bolsita da carne debajo del asiento de la moto; pero no me creyeron y se burlaban de nosotros”, señaló Quevedo.

Agregó que les ordenaron que hicieran 20 flexiones, lo dejaron ir a Antúnez, y a él lo obligaron a llevar su moto hasta el Destacamento de Deseado.

“Una de esas motos grandes se puso adelante y otra atrás, yo iba en el medio con mi motito que es chica, como si fuera un criminal. Me gritaban queme apure, pero como no tenía mucho espacio casi me caigo en la ruta, y me amenazaban que no se me ocurra escapar por alguna Picada porque me iban a disparar. Y en el camino me daban ‘guayazos’ con una guaya (una especie de cable de acero) en la espalda y los brazos y se reían entre ellos”, relata.

Cuando llegaron a la Unidad de Infantería le sacaron la moto y sin hacer ningún acta o documentación, le “recomendaron” que se vaya caminando hasta su casa de Colonia Itatí, advirtiéndole que no hablara sobre lo que le hicieron. “Yo estaba todo lastimado”, lamentó el joven.

Denuncia ante Comisión Provincial de Prevención de la Tortura

La Comisión Provincial de Prevención de la Tortura este lunes realizará la presentación pertinente. Mientras que los legisladores ya pusieron al tanto de la situación, al ministro de Gobierno de la provincia, Marcelo Pérez y al ministro Coordinador de Gabinete, Víctor Kreimer.

Protocolo de Actuación para Fuerzas de Seguridad

La Procuración General de la Nación emitió un Protocolo de Actuación para las Fuerzas de Seguridad en caso de verse obligadas a intervenir para hacerlo cumplir.

El documento, elaborado por la Procuraduría de Violencia Institucional (PROCUVIN), que depende del Ministerio Público Fiscal, establece que los miembros de las Fuerzas no podrán “apartarse de los principios fijados en los protocolos de actuación que regulan el uso racional de la fuerza: legalidad, necesidad, proporcionalidad y progresividad”.

Además, subraya que sus miembros deberán abordar de forma “personal” a quienes estén rompiendo la cuarentena e identificarse con el fin de interpelarlos respecto a su presencia en ese lugar.

Remarca que la actuación policial siempre deberá dispensar buen trato y respeto, y propiciar el diálogo con las personas. Llegado el caso de no poder justificarlo, deberán acompañarlo hasta su residencia si se encuentra en las inmediaciones.

No se puede detener de manera compulsiva

La Procuración establece que “bajo ningún concepto, el personal de Seguridad podrá realizar tareas de dispersión masiva a bordo de motocicletas o vehículos de grupos de personas en la vía pública, salvo que se trate de medidas de contención ante situaciones de tumultos, para las cuales se impartirán órdenes específicas de las Jefaturas de cada fuerza”.

Tampoco podrán detener “de manera compulsiva”, y deben preguntar al presunto infractor los motivos por los que se encuentra fuera de su domicilio, y ante cualquier irregularidad, informarán a la autoridad judicial interviniente. No pueden hacer traslados a comisarías o dependencias de las Fuerzas de Seguridad sin la intervención del juez o un fiscal.

El documento, que lleva como título “Facultades y límites a la actuación de los agentes de las fuerzas policiales y de seguridad en el marco del control del Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio”, puntualiza, que la principal tarea del personal policial y de seguridad es “garantizar que las personas que circulen sin estar debidamente autorizadas y fuera de los supuestos de desplazamientos mínimos permitidos, retornen inmediatamente a sus hogares”, especifica la PROCUVIN.

Diario Federal

Judiciales

Ex juez pide censura a LVM por nota sobre entrega de bebés en Concepción

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juez reyes concepción

Una semana después del informe que releva un esquema de entrega de bebés en Concepción de la Sierra llegó una amenaza de censura contra La Voz de Misiones. Lo hizo el ex juez penal de Apóstoles José Antonio Reyes, quien ahora se desempeña como abogado defensor particular de una pareja bonaerense que fue condenada por los delitos cometidos en el hecho investigado.

El ex magistrado, que fue destituido por un juicio político realizado en 2007, envío una carta documento a título a personal que llegó este lunes a la mañana a la redacción de La Voz de Misiones, medio que el 5 de enero pasado publicó la nota “Entrega de bebés en Concepción de la Sierra: maniobra, artilugios y condena”.

En dicha publicación, LVM expuso dos casos de entrega de niños recién nacidos que ocurrieron entre 2021 y 2022 en Concepción de la Sierra, donde los diversos autores implicados, tanto la madre biológica, como quienes oficiaron de intermediarios y quienes recibieron a los menores, asumieron sus respectivas responsabilidades en sendos acuerdos de juicio abreviado que se tradujeron en sentencias condenatorias.

Uno de esos involucra a la pareja conformada por el utilero de escenografía Luis Gabriel Ibáñez y a su esposa Lorena Soledad Márquez, quienes residen en San Miguel, provincia de Buenos Aires, pero que en marzo de 2022 vinieron hasta la tierra colorada para llevarse a una niña de cuatro meses con la que convivieron unos pocos meses hasta que el Juzgado Multifuero de Apóstoles descubrió la maniobra y ordenó un operativo de rescate que se concretó exitosamente.

Después de ello, se activó una causa penal que fue dirigida por la magistrada Verónica Skanata, titular del Juzgado Federal de Posadas. El expediente continuó su curso normal, con incorporación de pruebas, toma de indagatorias y exámenes de ADN, hasta que fue enviado a juicio oral, aunque antes de llegar a esa instancia los bonaerenses firmaron un acuerdo de juicio abreviado donde admitieron su culpabilidad con la anuencia de Reyes como abogado defensor.

De esa manera, tanto Ibáñez como Márquez recibieron 3 años de prisión en suspenso por delitos de “alteración del Estado civil y de la Identidad de un menor de diez años y Falsedad ideológica de un instrumento público”, con la diferencia de que a la mujer también se le atribuyó “promoción e intermediación”.

La carta documento de Reyes fue emitida el 9 de enero y llegó hoy a la redacción de LVM.

“Merecen la censura”

Ahora, Reyes, en su carácter de abogado defensor de ambos condenados, pero a título personal y desde su estudio en J.J. Lanusse 136 de Apóstoles, envío una carta documento intimando al medio a eliminar la nota publicada argumentando “calumnias”, atacando la fuente de información y considerando que los datos revelados “merecen la censura”.

Intimo se abstenga a calumniar a mis defendidos mencionados en el segundo caso publicado en las redes sociales, en clara violación ART. 1° Ley 27.708, que únicamente pudieron ser obtenidos de fuentes judiciales del fuero penal federal y provincial”, invoca Reyes.

En otro párrafo, arguye que “el periodismo viola el ART. 28 CN porque están incurriendo en el delito revelando los datos de los involucrados judicialmente y con ello perjudican el honor, la reputación e integridad de personas concretas”.

“Es indudable que obtuvieron esos datos y los publicaron injustificadamente con un efecto de amplitud y velocidad impredecible que merecen la censura”, remata luego.

Incluso, añade cuestiones que de índole cuasi personal que en ningún momento fueron objeto de la publicación efectuada por este diario. En su escrito Reyes acusa que “el juez y la defensora oficial de Apóstoles inculparon falsamente a sus defensores por instigadores a cometer delito supresión de identidad” y acto seguido se defiende “nunca antes tuvimos contactos con ellos ni la madre de la niña”.

El documento cierra con una intimidación de 72 horas para “retractarse y suprimir de las redes dicha noticia”, con la advertencia de ser “demandados y querellados” en caso contrario.

Información pública

Asesores consultados por LVM calificaron la presentación como “errónea, improcedente y hasta contradictoria”.

Por ejemplo, explicaron que uno de los articulados citados, el ART. 1° Ley 27.708 (Ley Argentina Digital), que tiene por objeto declarar “de interés público el desarrollo de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, las Telecomunicaciones, y sus recursos asociados, estableciendo y garantizando la completa neutralidad de las redes”, normativa considerada “no aplicable” para este caso puntual.

Además, yerra severamente Reyes cuando hipotetiza sobre el origen de la información. Es que, más allá de las inobjetables fuentes consultadas por este medio, el fallo que condena a sus defendidos es de público conocimiento en internet, donde el documento está a solo unos click’s de distancia para quien sabe navegar en sitios oficiales de información pública.

Sin ir más lejos, la sentencia condenatoria de 16 páginas emitida por el Tribunal Oral Federal de Posadas contra los defendidos de Reyes se encuentra aún disponible en el Centro de Información Judicial (CIJ), siendo de esta manera información pública, a disposición de cualquier ciudadano.

El fallo que condena a los defendidos de Reyes es público en el Centro de Información Judicial (CIJ) del Poder Judicial de la Nación.

Destituido

Reyes, que ahora ejerce como abogado particular, supo ser un juez marcado por resoluciones polémicas que incluso le valieron un juicio político que derivó en su destitución.

El ex magistrado fue titular del Juzgado de Instrucción Cuatro de Apóstoles, pero fue acusado de habilitar un recurso de amparo a favor de la empresa “Touché-Moreno Ocampo y Otros UTE”, que le permitió extraer 3 millones de pesos del banco Macro, supuestamente en concepto de pagos pendientes por el cobro tercerizado de morosos de Rentas.

Esa situación le valió un Jury que culminó en 2007 con su destitución del cargo. Para evitar la expulsión había renunciado, pero la dimisión no le fue aceptada.

El nombre Reyes, además, volvió a ser noticia recientemente cuando se supo que la Sala I de la Cámara Federal de Casación Penal (CFCP) ordenó reabrir la investigación por la muerte del soldado Mauro Ramírez, ocurrida el 26 de junio de 2003 dentro del destacamento de Monte 30 del Ejército Argentino en Apóstoles.

El primero en atender esa causa fue Reyes cuando dirigía el Juzgado de Instrucción Cuatro de Apóstoles, pero en tres meses decidió archivar el expediente al considerar el hecho como suicidio, tesis que aún 20 años después sigue en duda, con fuertes indicios de que en realidad se trató de un caso de violencia institucional. 

Entrega de bebés en Concepción de la Sierra: maniobra, artilugios y condena

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Policiales

Peatón falleció tras ser atropellado por un auto sobre ruta 12 en Jardín América

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En la madrugada de este lunes, un automóvil Fiat Cronos, conducido por un hombre de 66 años, circulaba en sentido Iguazú–Posadas cuando embistió a un peatón, provocando su muerte sobre la ruta 12 a la altura del kilómetro 1441, en jurisdicción de la ciudad de Jardín América.

La víctima fue identificada como Hugo Orlando Villar (60), quien se encontraba domiciliado en Colonia Primavera. Al momento del impacto quedó sobre la banquina, sin obstruir la circulación vehicular.

En el lugar trabajó personal policial de la Comisaría Seccional Primera de Jardín América, dependiente de la Unidad Regional IX.

Por disposición judicial, las autoridades procedieron al secuestro del vehículo involucrado y practicaron los exámenes de dosaje sanguíneo tanto al conductor como a la víctima

Por estas horas realizan las averiguaciones correspondientes a fin de establecer la identidad del fallecido y los motivos que desencadenaron el fatal desenlace.

Por disposición judicial, el cuerpo fue entregado a un familiar para velatorio y posterior inhumación.

Identificaron al peatón que murió atropellado sobre avenida Quaranta

 

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Policiales

Un hombre en una moto brasileña chocó y murió sobre la avenida Quaranta

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Un hombre que conducía una motocicleta con dominio brasileño y cuya identidad aún no fue establecida falleció esta tarde en un accidente de tránsito protagonizado contra un automóvil sobre la avenida Quaranta de Posadas.

De acuerdo a lo consignado por fuentes policiales, el siniestro ocurrió a las 16.50, en Quaranta y avenida Zapiola, en jurisdicción de la comisaría Decimoctava, dependiente de la Unidad Regional X.

En ese sitio, por causas que se intentan establecer, colisionaron un automóvil Chevrolet Prisma conducido por Fabián Guillermo E. y una motocicleta BMW GS, patente brasileña, guiada por un hombre cuya identidad aún se desconoce.

Como consecuencia del fuerte impacto, el motociclista falleció en el lugar, mientras que el conductor del auto fue trasladado al hospital Madariaga para recibir la atención médica correspondiente.

En el lugar trabajó el personal de la comisaría jurisdiccional y los agentes especializados de la División Científica, quienes realizaron las pericias de rigor para esclarecer las circunstancias del suceso y determinar posibles responsabilidades.

El auto era conducido por Fabián Guillermo E., quien fue llevado al hospital. 

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