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Rige la Emergencia Económica y debutó el dólar a 82 pesos: lo que hay que saber
Modificó impuestos para personas y empresas, el ajuste de los haberes previsionales y la AUH, las retenciones para los exportadores, aumentos de salarios y la renegociación de la deuda pública.
BUENOS AIRES (Diarios y agencias) . La Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva, conocida como ley de Emergencia Económica, entró en vigencia y producirá fuertes cambios en diversos aspectos de la economía. Si bien hay algunas de sus disposiciones que esperan la reglamentación de diversos organismos del estado, en particular de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), otras ya han comenzado a regir.
Hay cuestiones que integran un amplio abanico y que va desde la suspensión por 180 días de la aplicación de la fórmula de actualización jubilatoria y de los aumentos de tarifas, la suba de las retenciones a los exportadores o los cambios en numerosos impuestos, como parte de esta “ley ómnibus” con la que el gobierno de Alberto Fernández lanzó su programa económico y planteó su primera batalla legislativa.
Las principales medidas incluidas en la ley son:
1.-Bono para jubilados: Serán dos pagos de hasta $5.000, el primero el 30 de diciembre y el segundo en enero. Beneficia a quienes perciben el haber mínimo de $14.068 y hasta un tope de $19.067.
2.- Movilidad jubilatoria: Se suspende por 180 días el sistema de ajuste vigente desde marzo de 2018. En marzo habrá un aumento de jubilaciones a través de un decreto.
3.-IVA: Se reemplaza la rebaja a cero de la alícuota a alimentos básicos por un reintegro selectivo: que abarcará a jubilados que perciben el haber mínimo y a beneficiarios de la AUH, hasta un tope de $700 por mesAsignación Universal por Hijo (AUH): Se pagará a todos los titulares del beneficio un adicional de $2.000, en diciembre y en enero.
4.-Operaciones de ahorro y gastos en dólares: Se aplicará por hasta 5 años un recargo del 30% a la compra de moneda extranjera, incluidos los cheques de viajero y gastos de viajes en el exterior que se paguen en dólares. Se mantiene la restricción de límite máximo de compra de USD 200 mensuales.
5.-Dólar tarjeta previa a la ley: Las operaciones hechas antes de la sanción de la ley se liquidarán y pagarán al tipo de cambio de mercado, sin impuesto.
6.-Tarifas servicios públicos: Se congelan por 180 días los cuadros tarifarios de electricidad y gas natural “de jurisdicción nacional”.
7.-Autos: por la aplicación de alícuotas diferenciadas de impuestos internos, algunos vehículos con precio de venta al público de más de $1.829.000 tendrán aumentos que variarán según el modelo, desde 14% a 36%.
8.-Bienes Personales: Se aplicarán alícuotas de 0,50% a 1,25%, según el excedente de patrimonio. Las tasas se duplicarán en el caso de activos radicados en el exterior, pero se las reducirá al nivel original si esos activos son repatriados.
9.-Pymes: Se establece un plan de regularización de deudas tributarias vencidas al 30 de noviembre hasta en 120 cuotas.
10.-Contribuciones patronales: Los empleadores de servicios o comercio con ventas de más de $48 millones anuales pagarán una alícuota de 20,40%, el resto el 18%.
11.-Retenciones: Se faculta al Poder Ejecutivo a aplicar derechos de exportación de hasta 33% para soja y derivados y del 15% para trigo y maíz. Los productos industriales y agroindustriales y los servicios tendrán un máximo del 5%. Respecto de los niveles vigentes al viernes 13 de diciembre, las retenciones a la soja pasarían de $14,77 a $19,74 por dólar (+33,6%) y las de trigo y maíz de $4 a $ 8,97 por dólar (+124,25 por ciento).
12.-Impuesto a las Ganancias: Como se reduce el ajuste por inflación de un tercio a un sexto, el saldo a pagar por el corriente año fiscal será mayor.
13-Impuesto a la Renta Financiera: Se exime a todas las colocaciones en moneda nacional a plazo fijo y en títulos públicos, a excepción de los plazos fijos en UVA.
14.-Impuesto al Cheque: Las grandes empresas deberán tributar 0,6% adicional en los casos de retiro de dinero en efectivo de las entidades bancarias, el doble que en la actualidad. No alcanza a las personas humanas, ni a las jurídicas que revistan y acrediten la condición de micro y pequeñas empresas.
Nacionales
Renunció director del Indec a días del nuevo método para medir la inflación
Una semana antes de que se conozca el índice de inflación de enero, calculado con el nuevo IPC del Indec, este lunes se conoció la renuncia del director del organismo estadístico, Marcos Lavagna, el único funcionario nombrado durante el gobierno de Alberto Fernández que sobrevivía en la Era Milei.
Según la prensa porteña, la salida de Lavagna “sorprendió a la Casa Rosada” y se produjo horas después de conocerse el Informe de Política Monetaria del Banco Central, donde se afirma que de haberse aplicado antes la nueva tabla del IPC, los indicadores de inflación hubiesen sido más altos.
El índice de inflación de enero es el primero en medirse con los parámetros del nuevo IPC, que se supone tiene ponderadores más acordes a los consumos actuales de los argentinos, y que estaba listo desde hace meses, pero Lavagna lo demoró para que no interfiriera en el año electoral.
El Informe de Política Monetaria del BCRA sostiene que con el nuevo IPC la inflación de los dos años de Miei hubiese sido más alta, por la suba de los servicios públicos, que recién a partir de ahora tendrán más peso en la canasta del Indec.
“Al lanzar el nuevo IPC en 2026, luego de una importante recomposición de tarifas, el Indec reduce el problema que podría haberse generado en años recientes de sobreponderar el gasto en electricidad y gas; lo que habría sucedido si se aplicaban pesos correspondientes a un año en el que las tarifas se encontraban en niveles récord (2018) a un año en el que estaban en niveles mínimos (por ejemplo, 2023)”, dice el informe del Central.
“Resulta que la corrección tarifaria iniciada en 2024 permitió aproximar parcialmente el ponderador implícito de electricidad, gas y otros en el IPC anterior (4,1%) al nuevo ponderador surgido de la ENGHo 2017/18 (5,3%)”, explica el documento.
Según detalla Clarín, en 2024 los bienes aumentaron un 96,3% y los servicios 189%, mientras que en 2025 los bienes subieron 26,5% y los servicios 43,1%, por lo que, con el nuevo IPC, el dato de inflación hubiese dado bastante más por arriba, un desfasaje que los gremios ubican en 15 puntos.
El propio BCRA dice ahora que “las actualizaciones de las tarifas de los servicios públicos, los mecanismos indexatorios en alquileres y expensas, y la evolución de los salarios tenderán a impactar relativamente más en el nuevo IPC”.
Nacionales
Oficializaron el tratamiento de la baja de la edad de imputabilidad en el Congreso
A través del Decreto 53/2026, el gobierno amplió el temario del Congreso, previsto para el período de sesiones extraordinarias convocadas a partir del 2 de febrero, para tratar el “Régimen Penal Juvenil”, que busca bajar la edad de imputabilidad, hoy fijada en 16 años.
La medida se oficializó horas después del anuncio que dio el presidente Javier Milei, ayer en Mar del Plata, y fue formalizada este martes a través del decreto publicado en el Boletín Oficial, el cual lleva las firmas del mandatario y de su vocero y jefe de Gabinete Manuel Adorni.
El texto normativo es escueto, pero contundente. En su artículo 1°, ordena: “Inclúyese en el temario a tratar por el H. Congreso de la Nación, durante el período de Sesiones Extraordinarias convocadas a partir del 2 de febrero de 2026, la consideración de los proyectos de ley vinculados al Régimen Penal Juvenil”.
De esta manera, la decisión administrativa le da marco legal al anuncio político que Milei realizó horas antes en Mar del Plata, donde ante sus seguidores sentenció: “En Argentina el que las hace las paga; delito de adulto, pena de adulto“.
El proyecto que enviará el Ejecutivo, impulsado por las carteras de Seguridad y Justicia, busca modificar el régimen actual, vigente desde la dictadura militar, bajando el piso de punibilidad, hoy fijada en 16 años, y permitir que los menores que cometan delitos graves puedan ser juzgados y condenados.
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En Buenos Aires ofrecen créditos para pagar expensas atrasadas
En medio de recortes y sueldos congelados, el Banco Ciudad lanzó una línea de crédito para que los vecinos de consorcios radicados en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA) puedan pagar sus expensas atrasadas en hasta 18 cuotas.
De esta manera, el beneficio les permitirá cancelar hasta tres meses de deuda, con un monto máximo de $1.500.000 que se deposita directo en la cuenta del consorcio.
La línea tiene tasa fija del 60% TNA y cuotas de 3, 6, 9, 12 y 18 meses, siempre que no superen el 20% de los ingresos del solicitante. A modo de ejemplo, un crédito de $1.000.000 a 18 meses tendría una primera cuota de $98.225.
Cabe recordar que, en 2025 las expensas subieron 36% en promedio en CABA y 313,6% en los últimos dos años, por lo que este nuevo crédito surge como una herramienta alternativa para facilitar que tanto propietarios como inquilinos puedan ponerse al día con sus obligaciones.
Sin ir más lejos, el anuncio se realizó en un contexto de creciente morosidad en los pagos de expensas, tanto en CABA como en el conurbano. Según datos arrojados por un relevamiento de ConsorcioAbierto 17 de cada 100 departamentos se encuentran en situación de mora, un nivel que se mantuvo estable durante todo 2025.
El informe también señala que las tasas de interés promedio en diciembre fueron del 4,8% en CABA y del 6,2% en la provincia de Buenos Aires, lo que impacta directamente en la gestión financiera de los consorcios, especialmente en un contexto de retrasos en los pagos.
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